VENGADOR DE LA SANGRE

Se estableció en las leyes de Moisés que cuando un †œhomicida … hiriere a alguno de muerte sin intención† tení­a la posibilidad de hacer uso de alguna de las †¢ciudades de refugio (Num 35:9-28; Deu 19:6-12; Jos 20:3-9). Pero si se trataba de un asesinato, penado con la muerte, era deber del pariente más cercano ejecutar la sentencia, después del juicio correspondiente. A éste se le llamaba el v. de la s. (2Sa 14:4-11). †¢Ciudades de refugio. †¢Venganza.

Fuente: Diccionario de la Biblia Cristiano

tip, LEYE

ver, CIUDADES DE REFUGIO

vet, Después del Diluvio Dios dio a Noé la ley de que “el que derramare sangre del hombre, por el hombre su sangre será derramada” (Gn. 9:6). La ley establecí­a la distinción entre homicida y asesino; cuando una persona era muerta accidentalmente, el homicida podí­a huir a una de las ciudades de refugio (véase CIUDADES DE REFUGIO) para ser protegido allí­ del vengador de la sangre. Entonces se consideraba que el ejecutor de la justicia debí­a ser el pariente más próximo del asesinado. Dios ha investido al hombre con una autoridad gubernamental para mantener en vigor este mandato universal, dado mucho antes que la Ley de Moisés, y que nunca ha sido revocado ni mitigado. En el NT se menciona que el magistrado no lleva en vano la espada, porque es servidor de Dios para castigar a los que hacen lo malo (Ro. 13). Bajo la Ley de Moisés se promulgó el “ojo por ojo y diente por diente” (Mt. 5:38; Ex. 21:24). Para el cristiano es totalmente diferente: habiendo sido tratado en gracia, tiene que actuar también hacia los demás con este mismo espí­ritu de gracia. Lo que a él se le indica es: “No os venguéis vosotros mismos, amados mí­os, sino dejad lugar a la ira de Dios; porque escrito está: Mí­a es la venganza, yo pagaré, dice el Señor” (Ro. 12:19; Ap. 6:10; 19:2). Ahora es el dí­a de la gracia; pero se avecina el dí­a de la venganza que caerá sobre aquellos “que no conocieron a Dios, ni obedecen al evangelio de nuestro Señor Jesucristo” (2 Ts. 1:8). El deber del cristiano de no vengarse no choca en absoluto con el ejercicio del gobierno de Dios por los magistrados, que derivan su autoridad de El en la represión y retribución del mal.

Fuente: Nuevo Diccionario Bíblico Ilustrado

En hebreo esta expresión es go·´él had·dám. La palabra hebrea go·´él (que se aplica a un vengador de la sangre) es un participio de ga·´ál, cuyo significado †œrecuperar†, †œreclamar†, †œrecomprar† o †œredimir†. (Ex 15:13; Sl 69:18; Le 25:25; Isa 43:1; Jer 31:11.) En la ley hebrea la palabra se aplicó al pariente varón más cercano de la persona a la que se habí­a dado muerte, y era quien tení­a la obligación de vengar su sangre. (Nú 35:19.) El término go·´él también designaba a un pariente que tení­a el derecho de recomprar (o redimir). (Le 25:48, 49; Rut 2:20, nota; véase RECOMPRA, RECOMPRADOR.)
El vengar la sangre se basa en el mandato declarado a Noé concerniente a la santidad de la sangre y de la vida humana. Jehová dijo: †œSu sangre de sus almas la reclamaré […] de la mano de cada uno que es su hermano, reclamaré el alma del hombre. Cualquiera que derrame la sangre del hombre, por el hombre será derramada su propia sangre, porque a la imagen de Dios hizo él al hombre†. (Gé 9:5, 6.) Un asesino deliberado tení­a que morir a manos del †œvengador de la sangre† y no podí­a aceptarse ningún rescate por él. (Nú 35:19-21, 31.)
Jehová se encargará de que a su debido tiempo se vengue la sangre inocente de todos sus siervos fieles. (Dt 32:43; Rev 6:9-11.)
Las leyes justas de Jehová hicieron una clara distinción entre el homicidio deliberado y el involuntario. Para este último caso se proveyeron amorosamente ciudades de refugio con el fin de proteger a los homicidas involuntarios de los vengadores de la sangre. (Nú 35:6-29; Dt 19:2-13; Jos 20:2-9.) También se crearon tribunales para poder oí­r los casos que tení­an que ver con situaciones relacionadas con la culpa por derramamiento de sangre. (Dt 17:8, 9; 2Cr 19:10.)

Fuente: Diccionario de la Biblia

(heb. gō˒ēl haddām, lit. “redentor de la sangre”). Rasgo característico de la vida primitiva, aun antes de la época de Moisés, lo constituía el sistema conocido como venganza de la sangre por daños personales. Se lo menciona con aprobación ya en Gn. 9.5. Todos los integrantes del clan se consideraban de una misma sangre, pero la responsabilidad principal de vengar la sangre derramada recaía sobre el pariente más próximo, el que podía, en otras circunstancias, ser llamado a redimir la propiedad o la persona de un pariente pobre o cautivo (Lv. 25.25, 47–49; Rt. 4.1ss, aunque en este último caso entraban también otros factores). El código penal mosaico autorizaba al vengador a ejecutar al asesino pero a nadie más (Dt. 24.16; 2 R. 14.6; 2 Cr. 25.4), y hacía provisión para casos de homicidio accidental. La venganza de la sangre parece haber persistido hasta los reinados de David (2 S. 14.7–8) y Josafat (2 Cr. 19.10) (* Pariente, * Ciudades de refugio).

J.D.D.

Douglas, J. (2000). Nuevo diccionario Biblico : Primera Edicion. Miami: Sociedades Bíblicas Unidas.

Fuente: Nuevo Diccionario Bíblico