VIUDEZ

Isa 47:9 estas dos cosas te vendrán .. orfandad y v
Isa 54:4 y de la afrenta de tu v no tendrás más


(v. matrimonio)

(ESQUERDA BIFET, Juan, Diccionario de la Evangelización, BAC, Madrid, 1998)

Fuente: Diccionario de Evangelización

La viudez es el estado en que llega a encontrarse un cónyuge al morir el otro.

La tradición cristiana ha honrado siempre a la viudez vivida de forma †œirreprensible† (1 Tim 5,3-7) y ha expresado una preferencia por este estado de vida más que por las segundas nupcias (1 Cor 7 39-40). Estas últimas, aunque legí­timas y a veces incluso aconsejables, han sido vistas por la reflexión teológica como menos honorables, menos perfectas, ya que el único matrimonio constituye una “imagen)† más evidente del único pacto salví­fico entre Cristo y su Iglesia.

La viudez, según el Vaticano II, entra en el ámbito de la espiritualidad de los laicos, constituyendo una caracterí­stica especificación de la misma (AA 4); debe aceptarse †œcon ánimo valiente, como continuación de la vocación conyugal†) (GS 481. Las personas viudas, como las casadas, en cuanto partí­cipes de la misión de la Iglesia, “pueden contribuir no poco a la santidad y a la actividad de la Iglesia† (LG 41).

“La muerte, en vez de destruir los lazos de amor humano y sobrenatural contraí­dos en el matrimonio, puede perfeccionarlos y reforzarlos” (Pí­o XII, Alocución 16 de septiembre de 1957).

Aunque desaparezca la institución matrimonial bajo el aspecto jurí­dico y el matrimonio como tal, es decir como “signo† sensible, hasta el punto de que la persona viuda puede reconstituir el signo sacramental mediante un nuevo matrimonio, queda en pie sin embargo la realidad del amor conyugal, que encuentra en la viudez una forma nueva de ser vivido, mediante una modalidad distinta de presencia.

El amor conyugal sigue siendo vivido por la persona viuda en una dimensión escatológica: está llamado a concretarse como caridad con el esposo dentro de un amor altamente virginal, en í­ntima comunión y participación con la Iglesia esposa, que anhela encontrarse definitivamente con su Señor (cf. LG 6).

La decisión de contraer o no nuevas nupcias debe pensarse delante de Dios, teniendo presentes las situaciones personales y las de los hijos.

G. Cappelli

Bibl.: San Agustí­n, De bono viduitatis, original Y trad, en Obras, XII, BAC Madrid 1954, 2291279; T. Goffi, Viudez, en DE, III, 612-616; F. Jebb, Viudez, Sal Terrae, Santander 1978.

PACOMIO, Luciano [et al.], Diccionario Teológico Enciclopédico, Verbo Divino, Navarra, 1995

Fuente: Diccionario Teológico Enciclopédico