Biblia

Comentario de Levítico 25:1 – Exégesis y Hermenéutica de la Biblia

Comentario de Levítico 25:1 – Exégesis y Hermenéutica de la Biblia

Jehovah habló a Moisés en el monte Sinaí, diciendo:

Éxo 19:1; Núm 1:1; Núm 10:11, Núm 10:12; Gál 4:24, Gál 4:25.

Fuente: El Tesoro del Conocimiento Bíblico

El día de reposo del séptimo año, Lev 25:1-7.

El jubileo en el quintoagésimo año, Lev 25:8-13.

Cuidado en las ventas, Lev 25:14-17.

La bendición de obediencia, Lev 25:18-22.

El rescate de la tierra vendida, Lev 25:23-28.

De las casas, Lev 25:29-34.

Compasión para los pobres, Lev 25:35-38.

El uso de esclavos, Lev 25:39-46.

La redención de los siervos, Lev 25:47-55.

Fuente: El Tesoro del Conocimiento Bíblico

en el monte de Sinaí fue donde Dios dio el pacto. Así lo que sigue era parte del pacto y debía observarse para mantener la fe en Dios.

 PERSPECTIVA

El año de Jubileo

• El año de Jubileo de Israel ocurría cada año cincuenta (Lev 25:9). Era como un año sabático (Lev 25:3-7) salvo que tenía el propósito de devolver la propiedad y las tierras a sus dueños originales y los esclavos a sus familias (Lev 25:10). Esto significaba que dos veces en un siglo se nivelaba la economía de Israel, aunque de ningún modo se redistribuía. El punto era que ninguna familia perdía permanentemente sus tierras ante sus acreedores, y nadie perdía definitivamente su libertad debido a la esclavitud.

Fuente: Nuevo Comentario Ilustrado de la Biblia Caribe

25. Ordenaciones Complementarias.

El Año Sabático (1-7).
1Yahvé habló a Moisés en el monte Sinaí, diciendo: 2“Habla a los hijos de Israel y diles: Cuando hubiereis entrado en la tierra que Yahvé os da, descansará la tierra; será un descanso en honor de Yahvé. 3Seis años sembrarás tu campo y seis años vendimiarás tu viña y recogerás sus productos; 4pero el séptimo será un sábado de descanso para la tierra, sábado en honor de Yahvé. Ni sembrarás en él tu campo, ni podarás tu viña, 5ni recogerás lo que de sí dieren; ni el trigo que dé tu campo ni las uvas que dé tu viña las vendimiarás; será para la tierra año de descanso. 6Lo que la tierra diere de sí os servirá de comida a ti, a tu siervo y a tu sierva, a tu jornalero y al extranjero que habita contigo, 7a tus bestias y a los animales de tu tierra; todo su producto os servirá de alimento.

Es principalísimo en la legislación mosaica el precepto sabático, que impone al hombre la santificación del séptimo día por medio del descanso. Una aplicación de este mismo principio es la santificación del año séptimo por el descanso de la tierra. El uso de dejar en barbecho la tierra se halla vigente todavía en Palestina, como en otras partes de terrenos pobres. En Israel se regulaba este uso por el precepto sabático. Así, en Exo 23:10s se lee que no se sembrará la tierra el año séptimo, ni se cogerá la aceituna, ni se vendimiará la viña. No parece que este precepto imponga la simultaneidad general, de suerte que en el mismo año se dejen sin cultivar todas las tierras y sin recoger todos los frutos de todos los olivares y viñas. Esto, fuera del problema económico que implica, traería consigo otro problema moral, la holganza de la población agrícola durante un año. Sin embargo, en el Levítico semejante precepto reviste un carácter religioso; la tierra descansará al año séptimo en honor de Yahvé; no habrá en ese año ni sementera, ni poda de árboles, ni recolección de frutas; las familias vivirán de lo que den la tierra y los árboles espontáneamente y de las reservas del año sexto, que Dios promete sobremanera abundante (v.21). Esta promesa dice bien claro que el descanso sabático es aquí simultáneo para toda la tierra. En la restauración de Nehemías1, el pueblo se compromete a “liberar la tierra el año séptimo”; y que se puso luego en práctica lo vemos por 1Ma 6:49, donde se consignan las dificultades por que pasaba el pueblo aquel “año de reposo de la tierra,” por lo que “escaseaban los víveres en los almacenes,” no pudiendo así atender a los muchos que se habían refugiado en Judea huyendo de los gentiles. Flavio Josefo nos habla también varias veces de la vigencia de esta ley2. Con todo esto, creemos que esta deducción del precepto sabático, aplicado a la tierra, debía encontrar graves dificultades en la práctica. En Lev 26:345 se anuncia que en los días de la cautividad “la tierra disfrutará de sus sábados todo el tiempo que durase su soledad y estéis vosotros en la tierra de vuestros enemigos.” Estas palabras parecen indicar que la ley no se observaba como entonces se observará. De hecho, en el tiempo anterior al exilio babilónico apenas se alude al cumplimiento de esta extraña ley3.

Año Jubilar (8-22).
8Contarás siete semanas de años, siete veces siete años, viniendo a ser el tiempo de las siete semanas de cuarenta y nueve años. 9El día décimo del séptimo mes harás que resuene el sonido de la trompeta, el sonido de la expiación; haréis resonar el sonido de la trompeta por toda vuestra tierra, 10y santificaréis el año cincuenta, y pregonaréis la libertad por toda la tierra para todos los habitantes de ella. Será para vosotros jubileo, y cada uno de vosotros recobrará su propiedad, volverá a su familia.11El año cincuenta será para vosotros jubileo; no sembraréis ni recogeréis lo que de sí diere la tierra, ni vendimiaréis la viña no podada; 12porque es el jubileo, que será sagrado para vosotros. Comeréis el fruto que de sí dieren los campos. 13En este año jubilar volverá cada uno a su posesión. 14Si vendéis a vuestro prójimo o le compráis alguna cosa, que nadie perjudique a su hermano. 15 Comprarás a tu prójimo conforme al número de años transcurridos después del jubileo, y conforme al número de años de cosecha te venderá él a ti. 16Cuantos más años queden, tanto más aumentarás el precio; cuantos menos queden, tanto más lo bajarás, porque es el número de las cosechas lo que se vende. 17Que nadie de vosotros defraude a su hermano; teme a tu Dios, porque yo soy Yahvé, vuestro Dios. 18Cumplid mis leyes y poned por obra mis mandamientos, guardadlos y viviréis seguros en la tierra. 19La tierra dará sus frutos, comeréis a saciedad y habitaréis en ella en seguridad. 20Si preguntáis: ¿Qué comeremos el año séptimo, pues que no sembramos ni cosechamos nuestros frutos?, 21yo os mandaré mi bendición el año sexto, y producirá frutos para tres años. 22Sembraréis el año octavo y comeréis de la cosecha añeja; hasta la cosecha del año venidero comeréis frutos añejos.

Es ésta otra nueva aplicación del mismo principio sabático. Pasadas siete semanas de años, el año siguiente, que será el quincuagésimo, será año de jubileo. Se le anunciará en toda la tierra al sonido de trompeta, y en él no se sembrará la tierra, no se vendimiará la viña, y vivirán todos de lo que ésta produjera espontáneamente. En este año, las propiedades volverán a la familia a quien antes habían pertenecido. De aquí resulta lógico que al venderlas se tase su valor en proporción a los años que falten hasta el jubileo. Esta ley se funda en el principio de que la tierra es propiedad de Yahvé, el cual la concede en usufructo a su pueblo, repartida entre familias. Para impedir la alteración de este reparto y la acumulación de la riqueza en manos de pocos, el legislador establece este rescate de las propiedades vendidas. En las tribus nómadas de la región de Moab se reparte cada año la tierra que cada uno ha de cultivar. También se cuenta de algunos pueblos que cada cierto número de años hacen esto mismo con la tierra, que consideran propiedad de la comunidad. La aplicación de esta ley jubilar debía tropezar con graves inconvenientes. Primero, porque el año cincuenta sigue inmediatamente al séptimo, que es de descanso sabático. Todavía serían más graves las dificultades originadas de las alteraciones que en el espacio de cincuenta años se pueden introducir en las familias, de las cuales unas desaparecen y otras se multiplican, y no se sabría en muchos casos a quién habían de volver las propiedades, tanto más cuanto que esta devolución se hacía sin indemnización alguna. Tampoco esta ley representaría un estímulo para mejorar las tierras con el trabajo. Cuanto a su vigencia, no tenemos en la Biblia ni en las otras fuentes históricas noticia alguna que nos asegure de ello. Parece una ley ideal que nunca tuvo cumplimiento. Los profetas condenan con frecuencia la ambición de los ricos por extender sus propiedades, como si quisieran habitar ellos solos en la tierra4. Tal vez esta ley, como otras, no significa más que la expresión de un principio de orden moral o jurídico. Este principio sería que, habiendo sido otorgada la tierra por Dios a su pueblo, éste debía considerarla como simple colono y sentirse obligado a pagar su renta a Dios, representado en los sacerdotes.

El Rescate de las Propiedades (23-34).
23Las tierras no se venderán a perpetuidad, porque la tierra es mía, y vosotros sois en lo mío peregrinos y extranjeros. 24En todo el territorio de vuestra posesión daréis derecho a redimir la tierra. 25Si tu hermano empobreciere y vendiere algo de su propiedad, vendrá el que tenga derecho, su pariente más próximo, y rescatará lo vendido por su hermano. 26Si no tuviere rescatador, que busque él con qué hacer el rescate; 27entonces descontará los años desde la venta y pagará al comprador lo que reste, volviendo a su propiedad. 28Si no halla de qué pagar el resto, lo vendido quedará en poder del comprador hasta el año del jubileo, y entonces será libre, y el vendedor tornará a entrar en su propiedad. 29Si vendiere uno una casa en ciudad amurallada, tendrá derecho al rescate durante un año a partir de la venta; su derecho al rescate durará un año entero. 30Si la casa situada en una ciudad amurallada no es rescatada dentro del año completo, será por siempre del que la compró y de sus descendientes; no quedará libre el año del jubileo. 31Las casas de los pueblos no amurallados serán tenidas como feudo de la tierra, podrán ser rescatadas y serán liberadas el año del jubileo. 32Por lo que hace a las ciudades de los levitas, las casas que en ellas tengan los levitas serán perpetuamente rescatables. 33Cuando la casa de un levita no fuere rescatada, la casa vendida en ciudad, de las que les han sido dadas, quedará liberada en el jubileo, porque las casas de los levitas en sus ciudades son su posesión en medio de los hijos de Israel. 34Los campos situados en derredor de las ciudades de los levitas no podrán venderse, pues son su posesión a perpetuidad.

Esta propiedad fundamental de Yahvé sobre las tierras de los israelitas aparece también en el derecho de rescate que cada israelita tiene de sus tierras vendidas. Así, el que ha vendido algo por necesidad tiene derecho a recuperarlo por sí o por un pariente antes del año jubilar pagando el importe correspondiente a su valor conforme a los años que quedan para este año de liberación y retorno. En todo caso, si el que la vendió no puede recuperarla por falta de medios económicos, la tierra volverá a él en el año jubilar. El pariente que rescata lo vendido es llamado go’el, término que viene a significar liberador, y en la Biblia tiene varios sentidos, pues se aplica al pariente que debe vengar la sangre de un familiar5, al que tiene que casarse con la viuda de su pariente difunto6 y al que libera a su pariente esclavizado7.
Respecto del rescate de las casas vendidas, el legislador distingue entre casas de ciudades amuralladas y casas de la campiña (v.29-30). En el primer caso, una vez vendida la casa, el vendedor tiene derecho a recuperarla en el plazo de un año después de la venta. Una vez transcurrido el año después de la venta, la casa, si no ha sido recuperada, queda propiedad del. comprador a perpetuidad, pues no le afecta en este caso el rescate del año jubilar (v.30). En cambio, las casas rurales forman parte de la propiedad rural, y, por tanto, siguen la suerte de éstas, es decir, pueden ser rescatadas en todo tiempo, y, en todo caso, en el año jubilar vuelven a su antiguo propietario (v.31). Las casas de los levitas, aunque estén en zonas urbanas o ciudades amuralladas, están sujetas a rescate en todo tiempo, como los bienes rurales. Son propiedad de Yahvé de un modo particular y no pueden ser enajenadas a perpetuidad. Los campos que rodean las ciudades levíticas no pueden ser enajenados ni momentáneamente.

Rescate de los Siervos (35-55).
35Si empobreciere tu hermano y te tendiere su mano, acógele y viva contigo como extranjero y peregrino; 36no le darás tu dinero a usura ni de tus bienes a ganancia. Terne a tu Dios y viva contigo tu hermano. 37No le prestes tu dinero a usura ni tus víveres a ganancia. 38Yo, Yahvé, vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto para daros la tierra de Canaán para ser vuestro Dios. 39Si empobreciere tu hermano cerca de ti y se te vende, no le trates como siervo; 40sea para ti como mercenario; te servirá hasta el año del jubileo. 41 Saldrá de tu casa él y sus hijos con él, y volverá a su familia, entrando de nuevo en la propiedad de sus padres. 42Porque son siervos míos que saqué yo de la tierra de Egipto y no han de ser vendidos como esclavos. 43No los dominarás duramente, sino que temerás a Yahvé, tu Dios. 44Los esclavos o esclavas que tengas, tomadlos de las gentes que están en derredor vuestro; de ellos compraréis siervos y siervas. 45También podréis comprar de entre los hijos de los extranjeros que viven con vosotros y de entre los que de su linaje han nacido en medio de vosotros, y serán propiedad vuestra. 46Se los dejaréis en herencia a vuestros hijos después de vosotros, como posesión hereditaria, sirviéndoos de ellos siempre; pero de vuestros hermanos, los hijos de Israel, ninguno de vosotros será para su hermano un amo duro. 47Si el extranjero o peregrino que vive en medio de vosotros se enriqueciere, y un hermano tuyo cerca de él empobreciere, y se vendiere al extranjero que vive contigo o a uno de su linaje, 48tendrá derecho a su rescate después de haberse vendido; cualquiera de sus hermanos podrá redimirle; 49su tío, o el hijo de su tío, o un pariente próximo podrá redimirle; o si él ganare con qué, él mismo se redimirá. 50Contará al que le compró los años desde su venta al año del jubileo, y el precio de venta se computará según el número de años, valorando sus jornadas de trabajo como las de un jornalero. 51Si quedan todavía muchos años, pagará su rescate conforme al número de esos años, pagará el precio en que se vendió; 52si quedan pocos años hasta el día del jubileo, hará la cuenta, y conforme al número de esos años pagará su rescate. 53Le tratará como a un ajustado por año, y no consentirás que a tus ojos le trate su amo con dureza. 54Si no es rescatado por sus parientes, quedará libre el año del jubileo, él y sus hijos consigo. 55Porque son míos los hijos de Israel, son siervos míos, que saqué yo de la tierra de Egipto. Yo, Yahvé, vuestro Dios.

En el libro de Nehemías8 se cuenta un episodio, al que ya hemos aludido, que nos ayuda a entender este precepto legal. “Las gentes de los pueblos y sus mujeres levantaron muchas quejas contra sus hermanos los judíos.” La usura con que estos ricos agobiaban al pueblo, había privado a éste de sus campos, viñas y olivares, y le iba reduciendo a la esclavitud. Es éste un fenómeno social que muchas veces leemos haber ocurrido en la historia de la Roma antigua, y que dio origen a graves revoluciones de la plebe contra los ricos y patricios. Nehemías se pone de parte de los oprimidos y obliga a los opresores a devolver los bienes raíces, a perdonar las deudas y a socorrer a los necesitados, según el empleo que él les venía dando desde el principio de su gobierno. A la luz de este episodio hemos de entender esta perícopa de la legislación levítica. En nuestros días, los bancos hacen préstamos a los que desean emprender un negocio. Nada más justo que exijan intereses por tales préstamos, con los que los prestatarios pretenden enriquecerse. Pero, cuando se presta a los pobres, se hallan éstos agobiados para salir de sus apuros, y entonces la usura no hace sino hundirlos en la miseria. Este era el caso en los tiempos de Nehemías, y muy frecuente en la historia de Israel. Para evitar esta situación, el legislador prohíbe prestar con interés. Pero prácticamente los ricos no hicieron caso, y su espíritu de usura fomentó el estado de esclavitud de muchos que no podían responder de sus deudas. Esta prohibición de préstamo con usura es característico de la legislación mosaica9. El código de Hammurabi reglamenta el tipo de interés por los préstamos10. Por los contratos vemos que el interés medio era de un 20 por 100 para la plata y de un 33 para los cereales11. Dios, para incitarlos a la generosidad con el prójimo, les recuerda que los ha salvado a todos de la esclavitud de Egipto (v.39).
En caso de que algún deudor no pueda responder de su deuda y tenga que ofrecer su persona al prestamista, se pide a éste que no le trate con dureza y no le considere como esclavo, sino como mercenario. En el código de la alianza se ordena dar libertad a los esclavos hebreos después de seis años de servicio12. En Deu 15:13-14 se ordena que el dueño debe dar al esclavo que sale de su dominio parte de sus bienes que Dios le ha otorgado, de forma que el esclavo no quedase sin defensa ante la vida. La ley del jubileo trata de facilitarle la vuelta a recuperar sus propiedades (v.41). En la legislación babilónica se prevé el caso de un esclavo-babilonio de un extranjero que es rescatado por dinero del templo o del palacio real13. En la legislación levítica se permite la esclavitud de extranjeros (v.44). Su dueño puede ser propfétáfip perpetuo, sin que para los extranjeros tenga lugar la’liberación del año jubilar (v.46). En el caso de un israelita que es esclavo de un extranjero, siempre hay opción al rescate (y.48). El precio de rescate será en proporción a los años que falten para el año jubilar (v.50). En todo caso, el israelita tendrá categoría de mercenario y no de esclavo hasta que sea liberado en el año jubilar, si no le rescatan antes.
Como otras leyes ideales, esta de la liberación del esclavo parece que apenas tuvo aceptación en la práctica. Jeremías echa en cara a sus conciudadanos el que no hayan liberado a los esclavos, como habían prometido14, y él habla de haber rescatado un campo a uno de sus parientes15. Con todo, en la práctica estos esquemas legislativos han resultado demasiado elevados y humanitarios para el egoísmo de los potentados israelitas.

1 Cf. Neh 10:31. – 2 Cf. Ant. Jud. XI 8,26; XIV 10,6. – 3 Cf. 2Cr 26:21. – 4 Cf. Isa 5:8; Miq 2:2. – 5 Cf. Núm 35:10-20. – 6 Cf. Rut 3:13s. – 7 Cf. Lev 25:47. – 8 Cf. Neh s.1-11. – 9 Cf. Exo 22:25; Deu 23:20-21. – 10 Véanse art.48-52.100-101. – 11 Cf. art. Babylone et la Bible: DBS I 815. – 12 Exo 21:1-6. – 13 Véanse art.32 y 280. – 14 Cf. Jer 34:8-22. – 15 Cf. Jer 32:7; Eze 46:17 y Lev 25:10.

Fuente: Biblia Comentada

Esto involucra la revitalización de la tierra. El séptimo año de reposo vigorizaría y repondría los nutrientes en el suelo. Lo que creciera de natural era libre para quien lo tomase (vv. Lev 25:6-7).

Fuente: Biblia de Estudio MacArthur

En esta sección se dan directrices detalladas para la santidad práctica.

Fuente: Biblia de Estudio MacArthur

Se da un bosquejo de los temas de santidad que corresponden a la nación de forma colectiva.

Fuente: Biblia de Estudio MacArthur

Se prescribe un cuidado adecuado para las posesiones del Señor para el Año sabático (Lev 25:1-7) y para el Año del jubileo (Lev 25:8-55).

Fuente: Biblia de Estudio MacArthur

Este capítulo contiene la única regulación registrada en el Pentateuco sobre la propiedad de la tierra. El principio operante es que la tierra no se puede vender a perpetuidad ya que sólo Dios es su dueño (Lev 25:23-24).

Fuente: Traducción Interconfesional HispanoAmericana

Éxo 23:10-11; (ver Deu 15:1 ss; Neh 10:1; 1Ma 6:49; 1Ma 6:53).

Fuente: Traducción Interconfesional HispanoAmericana

El año sabático. Esta provisión es una extensión de la ley relacionada con el año sabático en Exo. 23:10, 11. Así como los seres humanos descansaban en su sábado semanal, también se debía permitir que la tierra “descansara” en el séptimo año. El motivo humanitario que se presenta en Exo. en relación con esta ley, se ha ampliado incluyendo los derechos anuales de espigar prescritos en Lev. (19:9, 10; 23:22). El año sabático se amplía un poco más en Deut. 15:1, 2 en el cual las deudas (o más probablemente las promesas dadas en los préstamos) debían perdonarse. (Sobre la relación entre las leyes sabáticas, ver God’s People in God’s Land, por Wright, pp. 141-151, 249-259.)

Fuente: Nuevo Comentario Bíblico Siglo Veintiuno

25.1-7 El año sabático brindaba un año de cada siete para descanso de la tierra (no se araba). Esto constituía una buena administración de los recursos naturales y recordaba al pueblo el control de Dios y su provisión para ellos.25.8-17 El año del jubileo tenía que celebrarse cada cincuenta años. Incluía la cancelación de todas las deudas, la liberación de todos los esclavos y la devolución a sus dueños originales de todas las tierras que habían sido vendidas. No existe ningún indicio en la Biblia de que alguna vez se haya llevado a cabo el año del jubileo. Si Israel hubiera seguido esta práctica fielmente, habrían tenido una sociedad sin pobreza permanente.25.23 Algún día, el pueblo poseería la tierra de Canaán, pero en el plan de Dios, sólo Dios era dueño absoluto. Quería que su pueblo evitara la avaricia y el materialismo. Si usted tiene la actitud de que su vida es propiedad de Dios y que únicamente está al cuidado de ella, entonces se hará más disponible a los demás. Pero será difícil si mantiene una actitud de dueño de su vida. Piense en sí mismo como un administrador de todo lo que está bajo su cuidado, no como un dueño.25.35ss La Biblia hace mucho énfasis en la ayuda a los pobres y desamparados, especialmente a huérfanos, viudas e incapacitados. En la sociedad israelita, a las mujeres no se les pagaba por trabajar; así, una viuda y sus hijos no tenían cómo vivir. Tampoco había trabajo para los seriamente incapacitados en esta nación de granjeros y pastores. Se debía ayudar al pobre sin aplicarle ningún interés. La responsabilidad individual y de la familia por los pobre era crucial ya que no había ayuda por parte del gobierno.25.35-37 Dios dijo que abandonar al pobre era pecado. En Israel no se permitía la pobreza permanente. Las familias financieramente solventes eran responsables de ayudar y amparar a los que estaban en necesidad. Muchas veces no hacemos nada, no por falta de compasión, sino porque nos encontramos abrumados por el tamaño del problema y no sabemos por dónde comenzar. Dios no espera que usted elimine la pobreza, ni tampoco que descuide a su familia para proveer para otros. El espera, sin embargo, que cuando usted vea a alguien con necesidad lo ayude de la manera que pueda, incluyendo la hospitalidad.25.44 ¿Por qué permitió Dios que los israelitas compraran esclavos? Bajo las leyes hebreas, los esclavos eran tratados de una forma diferente que en las otras naciones. Eran vistos como seres humanos con dignidad y no como animales. Los esclavos hebreos, por ejemplo, participaban en las fiestas religiosas y descansaban el sábado. En ninguna parte la Biblia condona la esclavitud, pero reconoce su existencia. Las leyes de Dios ofrecían muchas instrucciones sobre cómo tratar a los esclavos.

Fuente: Comentarios de la Biblia del Diario Vivir

[=] *Dt 15:1

[.] Dios ordena que la tierra descanse. Las tierras se agotan cuando son cultivadas en demasía. El año sabático (o de descanso) ocurre cada siete años. Esta costumbre cobra un significado preciso en el Levítico es una oportunidad para demostrarle confianza a Dios, el que no permitirá que su pueblo perezca de hambre. Si tal año cae en tiempos de miseria, o después de una invasión, será un gran sacrificio el observar dicha prescripción (ver 1 Mac 6,49). Sin embargo, Dios mismo promete ayudar a los que la observen con fe (23,30), y éste es uno de los temas del libro de Judit. Cada cincuenta años se celebra el Año de jubileo que tiene valor aún más sagrado. La palabra jubileo no viene de júbilo sino que ambas palabras provienen de yobel o sea, cuerno con que se proclamaba dicho año santo. En ese año, todos los esclavos tienen que conseguir su libertad; los campos y las casas empeñadas vuelven a sus propietarios sin que medie pago. Ustedes están en mi tierra como forasteros y huéspedes. En los largos capítulos del Deuteronomio y de Josué que relatan la conquista y la repartición de la Tierra Santa, siempre se habla de herencia. Es la herencia que Yavé da a las tribus de su pueblo. La tierra, pues, es de esas tribus; y al lado de la propiedad privada existen los terrenos pertenecientes a la comunidad, los cuales se reparten periódicamente. El año del jubileo es, pues, muy santo porque quiere reconciliar a los israelitas, no sólo entre ellos, sino que también con Dios. A él también se le invita a que perdone las deudas. Este año santo celebrado por el pueblo entero mantiene viva la esperanza de un año santo a expensas de Dios, que será el tiempo de la salvación véase en Is 61,2 un texto que Jesús comentará en Lc 4,19. Esa garantía de una heredad inalienable otorgada a los pobres y a los desafortunados se expresa en el marco de una sociedad aún rural, pero el espíritu que la anima está en el corazón de la Biblia todo derecho de propiedad tiene límites ante Dios. ¿Cómo no pensaríamos en los estragos causados por el liberalismo salvaje, los que han ido creciendo a lo largo de este siglo? Los países más fuertes, que siempre tenían algunos años de ventaja sobre los demás, les han predicado e impuesto el libre mercado. Esto les permitía, imponer por todas partes sus propios productos mientras que la producción local se venía abajo. Y antes de mucho, con la ayuda de la corrupción, se adueñaban de los recursos del país minas, mercados agropecuarios, y, al final, del poder real. Los dos últimos siglos han justificado a nivel de la economía mundial el lenguje de los profetas que no hablan de pobres y de ricos, sino de pobres y de opresores. En el siglo pasaado la Iglesia no cesó de denunciar los males del liberalismo. Debemos reconocer que al hacerlo, no tuvo siempre una comprensión clara del mundo moderno y muchas veces no supo identificar al adversario. Pero la condenación es más que nunca justificada en un momento en que el liberalismo dispone de un casi monopolio de los medios de comunicación y no se enfrenta más que a escasas oposiciones declaradas. Así que debemos esperar el momento en que los cristianos proclamarán abiertamente las exigencias de la Biblia. Habrá que recordar que cada pueblo tiene una herencia inalienable, la cual no es sólo la tierra pelada; que nadie puede obligarles a dejar sin trabajo a todos sus trabajadores, o a tirar a las cacharras sus herramientas de producción; que nadie puede imponerles el rescate al precio fuerte, o el bloqueo económico, o las invasiones disfrazadas, cuando quieren recuperar bienes cuyos propietarios extranjeros ya repatriaron varias veces el valor.

[o] EL AÑO SABÁTICO El año sabático se arraigaba en costumbres antiguas de los agricultores cananeos. Consideraban necesario el descanso periódico de las tierras, el que revistía un carácter sagrado. La Biblia quiere que sea antes que nada una liberación del hombre sometido a los ritmos de la producción e inquieto por su pan del mañana o del año que viene. Es la oportundiad de una reordenación social, salvaguardando el patrimonio inalienable de los pobres… ¿Será necesario decir que dichas regulaciones eran muy poco respetadas? Parece ser que se introdujo el año jubilar como el medio de volver más eficaz la liberación antes prevista cada siete años, al hacerla menos frecuente. Al leer Jer 34, entendemos que también elaño jubilar se impuso difícilmente. Despues del Exilio, Ne 10,32 y 1Mac 6,49 son testigos de su puesta en práctica.

Fuente: Notas de la Biblia Latinoamericana

[5] Deut 15, 2, y 31, 10.[10] El año del jubileo anunciado al son de las trompetas acentuaba el deseo de volver a la libertad y la autonomía después de un ciclo de siete años sabáticos. 7 x 7 = 49 + 1 = 50 Año jubilar.[11] Podían tomar lo necesario para comer; pero no para hacer vino ni para almacenar, pues esto iba en perjuicio de los pobres. Se debe tener en cuenta la fertilidad de la Palestina, para entender estos capítulos.[23] Lev 27, 20.[30] Se hace una distinción entre las casas de la ciudad, o junto a ella, y las de campo.

Fuente: Notas Torres Amat