Comentario de Deuteronomio 15:3 – Exégesis y Hermenéutica de la Biblia
De un extranjero podrás exigir el reintegro, pero lo que tu hermano tenga de ti desistirás de cobrarlo.
Deu 23:20; Éxo 22:25; Mat 17:25, Mat 17:26; Jua 8:35; 1Co 6:6, 1Co 6:7; Gál 6:10.
Fuente: El Tesoro del Conocimiento Bíblico
Del extranjero demandarás el reintegro. La provisión para la liberación sabática de deudas no era para uno que se quedaba únicamente en la tierra. Ese extranjero aún era responsable de pagar sus deudas.
Fuente: Biblia de Estudio MacArthur
— forastero: El término hebreo no designa aquí al extranjero que reside en alguna de las ciudades de Israel, sino que se refiere más bien al que está de paso y no se ha integrado en la comunidad (ver Deu 14:21).
Fuente: Traducción Interconfesional HispanoAmericana
REFERENCIAS CRUZADAS
d 865 Éxo 12:43; Deu 14:21; Deu 23:20
Fuente: Traducción del Nuevo Mundo
De un extranjero lo puedes exigir. Los extranjeros fueron exentos de la ley de remisión, de modo que de ellos podían exigir la deuda. El propósito de la ley fue prevenir la miseria en Israel.
Fuente: La Biblia de las Américas
O, exonerará
Lit., esté con tu hermano