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Comentario de Deuteronomio 19:1 – Exégesis y Hermenéutica de la Biblia

Comentario de Deuteronomio 19:1 – Exégesis y Hermenéutica de la Biblia

“Cuando Jehovah tu Dios extermine las naciones cuya tierra Jehovah tu Dios te da, y tú las desalojes y habites en sus ciudades y en sus casas,

destruya a las naciones. Deu 6:10; Deu 7:1, Deu 7:2; Deu 12:1, Deu 12:29; Deu 17:14.

y tu las heredares. Deu 12:29.

Fuente: El Tesoro del Conocimiento Bíblico

Las ciudades de refugio, Deu 19:1-3.

La oportunidad para el homicida, Deu 19:4-13.

La tierra, Deu 19:14.

Se requieren por lo menos dos testigos, Deu 19:15.

El castigo contra un falso testigo, Deu 19:16-21.

Fuente: El Tesoro del Conocimiento Bíblico

Deu 20:1-20; Deu 21:1-14

La administración de justicia y las leyes de la guerra. Dios enseña a su pueblo a reflejar la justicia en todas las situaciones, privadas, comunales y nacionales.

Fuente: Nuevo Comentario Ilustrado de la Biblia Caribe

El Deuteronomio fue escrito anticipándose a la conquista de Canaán, el regalo de Dios a su pueblo. Las ciudades de la tierra llegarían a ser posesión del pueblo de Israel. Los israelitas no debían destruir las ciudades conquistadas, sino destruir a la gente que vivía en ellas combatiéndola en el campo de batalla. Sólo debía quemar Jericó y Hazor. La quema de Hai era consecuencia del pecado.

Fuente: Nuevo Comentario Ilustrado de la Biblia Caribe

19. Leyes Complementarias.

Ciudades de Refugio (1-13).
1“Cuando Yahvé, tu Dios, haya exterminado las naciones cuya tierra te dará, y las hayas desposeído, y habites en sus ciudades y en sus casas, 2te separarás tres ciudades de en medio de la tierra que Yahvé, tu Dios, te dará en posesión; 3allanarás los caminos y dividirás en tres regiones el territorio que Yahvé, tu Dios, te dará en heredad, para que todo homicida pueda refugiarse en esas ciudades. 4He aquí el caso en que el homicida que allí se refugie tendrá salva la vida: si mató a su prójimo sin querer, sin que antes fuera enemigo suyo ni ayer ni anteayer. 5Así, si uno va a cortar leña en el bosque con otro y, mientras maneja con fuerza el hacha para derribar el árbol, salta del mango el hierro y da a su prójimo y le mata, ése huirá a una de las ciudades, y tendrá salva la vida. 6Si no, el vengador de la sangre persiguiría en su furor al homicida, y, si el camino era demasiado largo, le alcanzaría y le heriría de muerte; y, sin embargo, ese hombre no merecía la muerte, pues que ni de ayer ni de anteayer tenía odio. 7Por eso te doy este mandato: Separa tres ciudades; 8y si Yahvé, tu Dios, ensancha tus fronteras, como a tus padres se lo ha jurado, y te da toda la tierra que a tus padres juró darte, 9siempre que guardes y pongas por obra todos los mandamientos que te prescribo hoy, amando a Yahvé, tu Dios, y siguiendo todos sus caminos añadirás a esas tres otras ciudades, 10para que no sea derramada sangre inocente en medio de la tierra que Yahvé, tu Dios, te dará por heredad y no caiga sangre sobre ti. 11Pero si uno que odiara a su prójimo le acechare, se echare sobre él y le hiriere mortalmente, y huyera a una de esas ciudades, 12los ancianos de la ciudad le mandarán prender y le entregarán en manos del vengador de la sangre para que muera. 13No tendréis piedad de él; quitarás de Israel sangre inocente y prosperarás.”

Una vez más, el legislador habla de las ciudades de refugio1, que serán tres en la tierra prometida o Canaán. Deben estar convenientemente distribuídas, y en buenas condiciones los caminos que a ellas se dirigen, para que el homicida involuntario pueda encontrar refugio en ellas, protegiéndose contra el vengador de la sangre, que le buscará implacablemente por exigencias de la reciprocidad. Se prevén otras tres ciudades de refugio si el territorio de Israel se ensancha hacia Transjordania2. Substancialmente, la legislación y su aplicación es la misma que en los textos legislativos anteriores. El legislador no prohíbe el derecho de venganza expresamente, pero procura defender al inocente con estas ciudades de refugio. Naturalmente, el asesino no las puede utilizar, y caso de que se refugie en ellas, debe ser entregado al vengador de la sangre (v.12). Esta legislación deuteronómica parece ser anterior a la que hemos visto en el libro de los Números.

Cambio de Lindes y Prueba Testifical (14-21).
14“No moverás los términos de tu prójimo de donde los pusieron los antepasados en la heredad de tu propiedad, en la tierra que Yahvé, tu Dios, va a darte en posesión. 15Un solo testigo no vale contra uno en cualquier delito o en cualquier pecado, cualquiera que sea el pecado. En la palabra de dos o tres testigos se apoyará la sentencia. 16Si surgiere contra uno un testigo malo, acusándole de un delito, 17los dos interesados en la causa se presentarán ante Yahvé, ante los sacerdotes y los jueces en funciones en ese tiempo,18quienes si, después de una escrupulosa investigación, averiguan que el testigo, mintiendo, había dado falso testimonio contra su hermano, 19le castigarán, haciéndole a él lo que él pretendía se hiciera con su hermano; así quitarás el mal de en medio de Israel. 20Los otros, al saberlo, temerán y no cometerán esa mala acción en medio de ti; 21no tendrá tu ojo piedad; vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie.”

La propiedad se consideraba como algo sagrado, y por eso se prohibe cambiar los lindes fraudulentamente3. Entre los babilonios, estos mojones se llamaban kudurru, y llevaban símbolos de deidades, con amenazas contra los que los cambiaran4. Entre los romanos se veneraba al dios terminus, como custodio de la propiedad de los campos5.
El precepto legal del v.15 es una repetición de Num 35:30 y Deu 17:6. Un solo testigo no basta para fundamentar una sentencia. Las sanciones contra el falso acusador son también la sencilla aplicación de la ley del talión, establecida en Ex 21.235. Se determina el modo de probar el delito de acusación falsa. Para ello se acudirá al tribunal supremos establecido, integrado por sacerdotes y jueces en funciones6. A ellos toca investigar la malicia del acusador y fijar la pena al tenor del principio del talión. Los primeros artículos del código de Hammurabi tratan también de los falsos acusadores e imponen la ley del talión contra ellos, es decir, deben sufrir la pena que ellos querían imponer al acusado7.

1 Cf. Exo 21:12-14; Num 35:9-34; Deu 4:41-43. – 2 Cf. Num 35:9-34. – 3 Cf. Deu 27:17; Job 24:2; Pro 22:28; Pro 23:10; Ose 5:10. – 4 Cf. P. Dhorme, La religión assyro babylonienne 228. – 5 Cf. E. Cuq, études sur le Droit babylonien 81s. – 6 Deu 17:8s. – 7 Cf. arts.3-4.

Fuente: Biblia Comentada

El corazón de Deuteronomio se encuentra en este largo segundo discurso de Moisés. «Esta, pues, es la ley» (Deu 4:44) la cual Moisés le explicó a Israel (cp. Deu 1:5). Después de una breve introducción (Deu 4:44-49), Moisés le dio al pueblo un entendimiento claro de lo que la ley dirigía con respecto a su relación con el Señor en el tierra (Deu 5:1Deu 26:19), después concluía al relatar las bendiciones o las maldiciones que vendrían sobre la nación como una consecuencia de su respuesta a las estipulaciones de esta ley (Deu 27:1Deu 28:68).

Fuente: Biblia de Estudio MacArthur

Habiendo delineado los principios generales de la relación de Israel con el Señor (Deu 5:1Deu 11:32), Moisés entonces explicó leyes específicas que ayudarían al pueblo a subordinar cada área de la vida de ellos al Señor. Estas instrucciones fueron dadas para que Israel las pusiera «por obra en la tierra» (Deu 12:1)

Fuente: Biblia de Estudio MacArthur

Los estatutos explicados por Moisés en esta parte de Deuteronomio lidian en términos generales con el orden social y comunitario. Estas leyes se enfocan en relaciones interpersonales.

Fuente: Biblia de Estudio MacArthur

Ciudades de refugio. A las tres ciudades de refugio provistas en la Transjordania (4:41-43) se sumarían tres más al lado occidental del río Jordán (v. 2); y todavía tres más si era necesario (v. 9). Su propósito era que si alguien era culpable de un homicidio accidental pudiera tener un lugar seguro de refugio de fácil acceso, en cualquier parte del territorio donde esto llegara a suceder (v. 3). Por supuesto, para otros no sería inmediatamente claro si la persona que buscaba refugio en la ciudad era realmente inocente. Por lo tanto, la ciudad no tenía el propósito de proveer protección incondicional a todo el que llegara. Sin embargo, el vengador de la sangre (que podía ser un familiar de la víctima, o un anciano de su ciudad), parece presumir la culpa del que causó la muerte. Entonces, el propósito de la ciudad era asegurar que cualquiera que fuera acusado de homicidio tuviera un juicio justo, en vez de quedar expuesto a la venganza de los familiares de la persona muerta. Los vv. 11 y 12 presuponen que cierto tipo de proceso legal se lleva a cabo para determinar la culpa o la inocencia (ver también Núm. 35:12).

En el caso de culpa la ofensa era capital, ya que el homicidio era una violación de la ley básica del pacto (5:17). La pena de muerte era impuesta a fin de librar a la tierra y al pueblo de este desafío al pacto (v. 13).

La ley en relación con cambiar los linderos de las propiedades (v. 14) no parece estar relacionada estrechamente con la provisión anterior ni con la que está a continuación. Sin embargo, era una falta seria, especialmente en una tierra donde no existían vallados ni cercas y donde la tierra era vida. Los abusos de esta índole por parte de terratenientes avaros, muy fácilmente podían conducir a los vecinos más débiles a la pobreza y esclavitud.

Fuente: Nuevo Comentario Bíblico Siglo Veintiuno

19.2, 3 Las ciudades de refugio hubieran sido ineficaces si los caminos que llevaban a ellas hubieran estado en mal estado. Por eso a los israelitas se les ordenó que construyeran buenos caminos. Muchos de los que venían a las ciudades literalmente corrían para salvar sus vidas. Un camino en buen estado hacía toda la diferencia entre la vida y la muerte. Requería mantenimiento continuo, ya que eran caminos de tierra que fácilmente podían ser arrastrados por el agua, cubiertos de arena, o atravesados por surcos profundos. No sólo era importante iniciar este sistema de justicia, sino también proporcionar los medios necesarios para mantenerlo.19.2-7 Cada sociedad debe lidiar con el problema de homicidio. Pero ¿cómo debiera tratar la sociedad a aquellos que inocente o accidentalmente hayan matado a alguno? Dios tenía una respuesta para los israelitas. Como la venganza era común y rápida en los días de Moisés, Dios hizo que los israelitas apartasen varias «ciudades de refugio». Cualquiera que declarase haber dado muerte accidental a alguna persona podía huir a una de estas ciudades hasta poder tener un juicio justo. Si era hallado inocente de muerte intencional, podía permanecer en dicha ciudad y estar a salvo de los que buscaban venganza. Este es un bello ejemplo de cómo Dios combinaba su justicia y misericordia para con su pueblo. (Para más información acerca las ciudades de refugio véase la nota a Num 35:6.)19.12 El «vengador de la sangre» era el pariente varón más cercano de la persona asesinada. Actuaba como protector de la familia (véase Num 35:19).19.21 Estos principios eran para uso de los jueces, no para ejecutar un plan de venganza personal. Esta actitud hacia el castigo puede parecer primitiva, pero realmente era un punto de penetración para la justicia y la imparcialidad en estos tiempos antiguos cuando la mayoría de las naciones empleaba métodos arbitrarios para castigar a los criminales. Estas guías reflejan un interés por la imparcialidad y la justicia, asegurando que aquellos que violaban la ley no fueran castigados con mayor severidad de lo que merecía su crimen en particular. Del mismo modo, un testigo falso recibía el mismo castigo que hubiera recibido el acusado. El principio de que el castigo debe ser proporcional al crimen debe seguir observándose en la actualidad.

Fuente: Comentarios de la Biblia del Diario Vivir

REFERENCIAS CRUZADAS

a 1022 Éxo 34:24; Jos 24:8

b 1023 Deu 6:10; Deu 7:1; Deu 9:1; Deu 12:29

Fuente: Traducción del Nuevo Mundo

Estos cap. tratan de una variedad de asuntos, la mayoría de los cuales trata sólo en resumen. Las excepciones son el trato más detallado del homicidio (19:1– 13) y la guerra santa (20:1– 10). El capítulo 19 trata de la administración de la justicia.

Fuente: La Biblia de las Américas

Al poseer la tierra, se debían establecer ciudades de refugio (cp. 4:41– 43; Ex 21:13; Nm 35:9– 28; Jos 20) de modo que se limitara la ley de la venganza en caso del homicidio. Se da la regla básica (vers. 1– 3) con su interpretación (vers. 4– 7); luego se da una extensión del principio (vers. 8, 9), una advertencia sobre el derrame de sangre inocente (vers. 10), se trata del homicidio intencional (vers. 11, 12), y termina la sección con una exhortación (vers. 13) (v. coments. en 4:41 y Nm 35:1).

Fuente: La Biblia de las Américas

[=] *Ex 21:13

[.] Los israelitas tenían un sentido muy fuerte de la solidaridad familiar y de la venganza. Cuando uno había dado muerte a otro, aunque fuera sin intención, la familia del muerto debía quitarle la vida. Aquí vemos cómo actúa Dios para educar a su pueblo. No se podía atacar de frente una mentalidad tan arraigada. Designando ciudades de refugio para el que mató sin intención, se limitaba primero el derecho de hacerse justicia por sí mismo, derecho que iba a ser suprimido con el tiempo. Un solo testigo no es suficiente para condenar (15). En varios lugares del Nuevo Testamento, por ejemplo en la condena de Jesús, se recuerda este principio.

Fuente: Notas de la Biblia Latinoamericana

[1] Moisés había señalado tres ciudades de refugio en los países conquistados. Deut 4, 43; Num 35, 11.[3] Una ciudad en cada parte.[9] No se señalaron estas otras tres ciudades, porque los judíos no cumplieron la condición.[12] Después de juzgado el reo.[21] Una pena proporcional al delito.

Fuente: Notas Torres Amat