DERECHOS HUMANOS
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Son aquellos que el hombre posee por el mero hecho de ser libre, racional y espiritual. Son inherentes a la persona y a su dignidad. Se proclaman sagrados, inalienables, irrenunciables, de modo que todas las legislaciones civilizadas reconocen de una u otra forma su existencia y el deber ético de respetarlos, promoverlos y obrar en consecuencia.
Unas veces se consideran expresión de la misma naturaleza. Es la postura del «iusnaturalismo», que es el sistema ético que da la primacía en todo a lo que pide la naturaleza al «derecho natural».
En ocasiones, se postula que esos derechos no sin imprescindibles a la naturaleza, sino por explícita concesión del Ser divino que la ha creado. Podrían no existir. Por lo tanto, su formulación tiene que ver con las diversas confesiones religiosas, creencias, tradiciones, usos y legislaciones. El reconocimiento del hombre como criatura divina condiciona el comportamiento ético y religioso de los demás hombres en relación a cada uno. Predomina, pues, el «derecho teológico» sobre el natural y puede ser diferente en el mahometismo, el budismo o el cristianismo.
En todo caso, la inquietud por los derechos humanos ha sido la constante histórica y suprageográfica que más se puede apreciar en referencia a la valoración del ser humano. Su expresión y modulación varían con el tipo de cultura, de tradición y de religión que se practica. No todas las culturas y las creencias se expresan de la misma forma en relación a rasgos como igualdad, raza, sexo, propiedad, libertad, vida, etc.
1. Formulaciones históricas
Aunque las primeras intuiciones sobre los derechos humanos se advierten en las épocas clásicas de Grecia y de Roma, a través de las reflexiones éticas de los grandes pensadores (Aristóteles, Platón, Cicerón, Séneca), y de las intuiciones jurídicas sobre todo de los romanos, pasaron muchos siglos hasta que se despertó el afán de definir y sistematizar los derechos indiscutibles e inherentes a la dignidad del hombre como persona.
Incluso, aunque el cristianismo fue promotor de esos derechos desde su aparición como religión asumida por la sociedad, habrían de pasar muchos siglos para que la dignidad humana resultara sujeto de derecho positivo indiscutible.
Los usos y costumbres de la Edad Media mantuvieron la estructura estamental de la sociedad, incluida la religiosa. Por lo tanto, los derechos radicales humanos, reconocidos en teoría (todos son iguales ante Dios), no se aplicaron en la práctica (no todos son iguales ante los hombres). Y por eso no se asumió la igualdad sexual, racial, de clase social o de grupo étnico, hasta muy entrada la época moderna.
1.1. Primeras formulaciones
Fue el humanismo renacentista del siglo XIV y XV el que desarrolló las ideas de libertad, igualdad y dignidad. Se comenzó entonces a encauzar la reflexión filosófica y teológica hacia el reconocimiento explícito de determinados derechos, como el de vivir, poseer, pensar o creer.
Pero habrían de pasar siglos hasta que la reflexión cristalizara en formulaciones sistematizadas.
1.1.1. Los humanistas
Pioneros de los Derechos del hombre fueron, sin dunda alguna, los grandes transformadores del final de la Edad Media, al estilo de Guillermo de Occam (1300-1356) con escritos como «Sobre la filosofía natural.»
Pero los promotores humanistas del Derecho Natural, y de los derechos humanos, fueron figuras como Luis Vives (1492-1540), con su «Diálogo sobre la doctrina cristiana» o con su tratado «Instrucción de la mujer cristiana»; como Tomás Moro (1480-1543) en la «Utopía; y Erasmo de Rotterdam (1467-1536), en sus «Coloquios o en el «Elogio de la locura.»
1.1.2. Vitoria. Francisco de (1486-1546)
Este dominico español, catedrático de Salamanca, fue uno de los primeros que hablaron de los «derechos de los hombres». Es exagerado considerarle fundador del Derecho internacional, pero sí tuvo que ver con las expresiones claras de reconocimiento de derechos de todo ser humano.
Nació en Vitoria. Ingresó en la Orden dominica en Burgos. Estudió en París, donde frecuentó los ambientes humanistas y eruditos. Luego enseñó en Valladolid y Salamanca desde 1526.
Introdujo la «Suma Teológica» de Santo Tomás, como guía de sus explicaciones, sin seguir la usual forma de apoyarse en la Sentencias de Pedro Lombardo, y reclamó la «libertad del pensar» como exigencia de todo hombre.
Fomentó la costumbre de tomar notas o apuntes por parte de los estudiantes.
En su temática cobraron importancia los problemas éticos y religiosos que se derivaban de la Conquista de las Indias «allende la mar océana». En su lección «De indis», en 1539, abordó el asunto de los derechos de la Corona en la conquista de América y si los indígenas de aquellas tierras tenían derecho a su libertad y a la práctica de su religión. Sus comentarios tuvieron repercusión en la esfera intelectual y su prestigio le hizo crecer en fama y en profundidad.
En múltiples ocasiones fue consultado por el mismo Emperador sobre asuntos relacionados con las Indias Occidentales. Murió en Salamanca en 1546.
1.1.3. Suárez. Francisco (1548-1617)
Años más tarde siguió la misma línea el teólogo jesuita Francisco Suárez.
Nació en Granada el 5 de Enero de 1548 y estudió Derecho en Salamanca. Continuó sus estudios teológicos y filosóficos en otros Centros. De 1571 a 1580 fue catedrático también de materias jurídicas en ívila, Segovia y Valladolid.
Fue profesor en el Colegio Romano, en Roma. Volvió a España en 1585 para enseñar en Alcalá y Salamanca. Ocupó la cátedra de teología de la Universidad de Coimbra, en Portugal. Allí murió el 25 de Septiembre de 1617.
Defensor del tomismo, multiplicó sus escritos, iniciando su propia escuela, el suarecianismo, que la Compañía de Jesús se encargó de difundir y ensalzar.
Sus escritos jurídicos fueron en ocasiones polémicos, como los que ponen en duda el derecho divino de los reyes y cuando promocionó el Derecho civil y penal basado en simples planteamientos éticos y no teológicos. Por eso reclamó el respeto a los indígenas, sobre todo en referencia a las conquistas que en Norteamérica se estaban realizando por colonizadores despiadados.
Habló de las naciones como miembros de una «comunidad natural», en la que tienen que existir leyes en favor de la justicia y en donde los problemas hay que resolverlos por la razón y no por la fuerza. Defendió las relaciones internacionales regidas por «la ley de los pueblos» (ius gentium), expresión de la ley natural y de la costumbre.
Entre sus mejores obras están sus «Comentarios» en cinco volúmenes sobre la Summa Theologiae de santo Tomás de Aquino, escritos entre 1590 y 1603; Discusiones metafísicas, en 2 volúmenes en 1597; Sobre la ley, de 1612 y La gracia divina, publicado en 1620.
Del conjunto de sus obras se desprende la formulación de los deberes naturales de los hombres y de los derechos que todos tienen al respeto ajeno, a la vida, al honor, al familia, a la propiedad, y de la necesidad de que el orden legal defienda a la persona ante injustas pretensiones o ante atropellos.
1.2. Fórmula de 1789
La expresión más ordenada y sistemática de los «Derechos del hombre y del ciudadano» fue elaborada en las sesiones revolucionarias de la Asamblea Nacional Constituyente de Francia, en Agosto de 1789. Se redactaron para servir de base a la Constitución que se quería imponer en la nación.
Antes se habían hecho otros intentos históricos de formular los derechos de los ciudadanos, como el «Bill of rights» inglés de 1689, o el preámbulo con la enumeración de libertades, para encabezar la Constitución de Estados Unidos de América al proclamar la independencia el 4 de Julio de 1776 y proclamar la Constitución el 4 Marzo de 1789.
En la Revolución francesa se perfiló un proyecto constitucional que una comisión formuló el 6 de Julio de 1789 por medio de una serie de principios (derechos), para que sirvieran de marco a la Constitución. Fue el Marqués de La Fayette, que contó con la colaboración de Thomas Jefferson, embajador en París en el momento y luego presidente de los Estados Unidos.
Este liberal pensador presentó un borrador el 11 de julio, que fue criticado inmediatamente por los reformistas moderados, en un afán últiMo de evitar la abolición de la monarquía y la violencia que se iba extendiendo amenazadora.
El debate terminó proclamando una serie de derechos que serían «La Declaración de los derechos naturales del hombre y del ciudadano». Se exigía la libertad (individual, de pensamiento, de prensa y de credo), la igualdad (garantizada en los ámbitos legislativo, judicial y fiscal), la freternidad (esto es, la solidaridad, la seguridad y la resistencia a la opresión). El 26 de Agosto de 1789, la Asamblea votó y aceptó la Declaración.
El texto inicial fue completado luego por otras dos formulaciones: la Declaración de 1793, que defendía el derecho a la sublevación frente a la tiranía y prohibía la esclavitud; y la de 1795, más próxima a la de 1789, con insistencia en más derechos de los ciudadanos.
Diversos países, como España, Italia y Portugal, y también en la América española, recibieron las influencias. En ellas, las bases de las monarquías absolutistas comenzaron a resquebrajarse.
Con todo, es bueno reconocer que, más que la Revolución, fueron los enciclopedistas y sus ideas liberales (Rousseau, Montesquieu, Diderot, Voltaire), los que habían calado en los ámbitos intelectuales de todo el Continente europeo.
En otros ambientes, como el alemán, fue Manuel Kant (1724-1804), en escrito como «Sobre la Paz perpetua», quien perfiló formulaciones similares, más matizadas y discernidas que las revolucionarias francesas.
1.3. Las declaraciones posteriores
Se puede decir que, a lo largo del siglo XIX, todos los movimientos y partidos liberales promocionaron declaraciones de libertad y de igualdad de los ciudadanos. Abundaron las Constituciones de diversos Estados europeos y americanos que se pronunciaron en defensa de la dignidad del ciudadano y, por extensión, de todos los derechos humanos que le asistían.
Por lo general, las declaraciones de derechos fueron más políticas y ampulosas que reales y eficaces. Pero constituyeron una plataforma de sensibilización social, que resultaría ya irreversible en la Historia. Al ambiente prerromántico y romántico del siglo XIX se prestó a fomentar el espíritu de la libertad, de la igualdad y de la dignidad, al menos desde las páginas literarias.
La carencia de esos derechos y libertades fue precisamente lo que promocionó el movimiento obrero conflictivo y agresivo que desembocó en periódicas explosiones revolucionarias hasta la primera guerra mundial.
El último impulso del siglo XIX vio su expresión literaria en el «Pacto de la Sociedad de Naciones», firmado en Versailles el 28 de Junio de 1919. En él se expresan los principios naturales que constituyen una verdadera declaración de derechos humanos: respeto individual, libertad de expresión, igualdad de sexos, autodeterminación.
1.3.1. La ONU en 1948
La «Declaración Universal de Derechos Humanos» de la ONU constituye un hito en la formulación de los derechos del hombre, visto más como persona que como ciudadano. Existe en su entramado una filosofía sobre la dignidad de la persona y no sólo una estrategia para asegurar el orden y la estabilidad. Precedieron a esa formulación diversos acuerdos internacionales como la «Carta de la Naciones Unidas y el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia», acordados y firmados en S. Francisco (USA) el 26 de Junio de 1945.
La «Declaración Universal de los Derechos del hombre» (Resolución 217 A (III) fue adoptada en la Asamblea General de 10 de Diciembre de 1948 por la ONU. Y recogió aquellos en los que coincidieron los 17 países que entonces configuraban la ONU, aunque luego fueron adhiriéndose los que posteriormente se adhirieron a la Organización, hasta llegar a los 197 de comienzos del siglo XXI. En sus 30 Artículos consensuados después de laboriosas discusiones se intentó promover el respeto por los derechos y las libertades fundamentales.
La Declaración intentó ser universal y positiva. Es decir, se quiso llegar a todos los hombres y se afirmó en ella que los derechos no sólo deben ser formulados, sino protegidos con leyes eficaces por los Estados. Esta Declaración, la más aceptada internacionalmente a lo largo de la Historia humana, abarca derechos personales, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales del hombre, los cuales sólo se ven limitados por el reconocimiento de los derechos y libertades de los demás, así como por los requisitos de moralidad, orden público y bienestar general.
Se enumeran diversos conceptos que luego se expresan en sentencias: el derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad personal; a no ser víctima de una detención arbitraria; a un proceso judicial justo; a la presunción de inocencia hasta que no se demuestre lo contrario; a la no invasión de la vida privada y de la correspondencia personal; a la libertad de movimientos y residencia; al asilo político; a la nacionalidad; a la propiedad; a la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión, a la libertad de opinión y de expresión; a asociarse, a formar una asamblea pacífica y a la participación en el gobierno; a la seguridad social, al trabajo, al descanso a un nivel de vida adecuado para la salud y el bienestar; a la educación y la participación en la vida social de su comunidad.
1.3.2. Desarrollo posterior
La Comisión de los Derechos Humanos de la ONU se esforzó para lograr ulteriores desarrollos de esos primeros derechos proclamados.
Otros instrumentos legales fueron preparados, como «La convención para la prevención y sanción del «Delito de Genocidio», del 9 de Diciembre de 1948; y la «Convención relativa a la lucha por la no Discriminación en la Enseñanza», del 14 de Diciembre de 1960.
En 1955 la Asamblea General autorizó dos pactos, uno relativo a los «Derechos civiles y políticos» y el otro a los «Derechos económicos, sociales y culturales», acordados el 16 Diciembre 1966.
Es también relevante e influyente la formulación de otros derechos sectoriales:
– la «Declaración de Derechos del Niño», promulgada el 20 de Noviembre de 1959;
– la «Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer», suscrita el 20 de Diciembre de 1959; renovada en la Declaración sobre los «Derechos de la Mujer», del 7 de Noviembre de 1967.
– la «Convención sobre la no discriminación racial», del 4 de Enero de 1969.
– la «Declaración contra la intolerancia» del 25 Noviembre de 1981
Posteriores declaraciones, como la «Proclamación de Teherán», del 13 de Mayo de 1968 y la «Conferencia sobre la Población», celebrada en el Cairo en 1994, siguieron reclamando una adecuada clarificación de los Derechos fundamentales del hombre.
2. Desarrollo de los Derechos
Los Derechos Humanos han llegado a ser tema de reflexión y de exigencia social, gracias a tantas declaraciones y empeños. Todos los hombres civilizados, creyentes o no creyentes, se han vuelto sensibles a esos reclamos y apenas habrá quien se atreva hoy a negarlos al menos de palabra: igualdad de sexos, igualdad de razas, libertad, etc.
Se reclaman en todos los foros y usos internacionales, sobre todo a partir de la II Guerra Mundial.
2.1. Ambito Europeo
En el ámbito europeo cabe resaltar diversos esfuerzos por llamar la atención sobre los mismos.
Hay que destacar la «Convención Europea para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales», del 4 de Noviembre de 1950, preparada y reconocida en el Consejo de Europa. Se halla promovida por una «Comisión Europea de Derechos Humanos», creada al efecto. Y cuenta con el «Tribunal Europeo de Derechos Humanos», constituido en Roma el 4 de Noviembre de 1950 para velar por su protección y castigar a los Estados o a los particulares que los conculquen. Está compuesto por un juez de cada uno de los países signatarios y se reúne en Estrasburgo.
El citado Tribunal comenzó con el juicio de los crímenes cometidos por algunos Estados, como la Alemania nazi, en la Guerra mundial de 1939 a 1945. Los juicios por crímenes celebrados en Nuremberg fueron su primera actuación. Luego se amplió su acción.
Además algunas Convenciones, Comisiones y Tribunales protegen los derechos básicos del ciudadano, como la libertad de expresión, de reunión, de culto, la inviolabilidad del hogar y la familia y el derecho al debido proceso penal justo, libre y con capacidad de defensa.
Cada derecho se expresa en términos generales y puede tener excepciones: por ejemplo, se permite que los gobiernos recorten el derecho a la libertad de expresión para proteger la reputación de los individuos o las costumbres.
Los Derechos más protegidos por la Convención son:
– el derecho a la vida (art. 2);
– la prohibición de la tortura, penas o tratos crueles o degradantes (art. 3);
– la prohibición de la esclavitud o servidumbre y de trabajos forzosos (art. 4);
– el derecho a la libertad y a la seguridad de todo ciudadano. (art. 5);
– los derechos en materia civil y las garantías procesales en todo proceso criminal. (art. 6);
– la prohibición de la retroactividad de las leyes penales. (art. 7);
– el derecho de la vida privada y familiar, del domicilio y de la correspondencia. (art. 8);
– el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y religión (art. 9);
– la libertad de opinión, de expresión e información. (art. 10);
– la libertad de reunión pacífica, asociación y fundación de sindicatos (art. 11);
– el derecho a contraer matrimonio y fundar una familia (art. 12).
Por otra parte, el primer protocolo adicional, de 20 de Marzo de 1952, reforzó el derecho a la propiedad (art. 1), a la instrucción (art. 2) y la obligación para los Estados de organizar, a intervalos razonables, elecciones libres con escrutinio secreto (art. 4)
El cuarto protocolo, de 16 de Septiembre de 1963, prescribió la prohibición de privación de libertad por la única razón de no poder cumplir una obligación contractual (art. 1), el derecho a la libre circulación en el país de residencia y a abandonar cualquier país, incluso el propio (art. 2), la prohibición de expulsión de un ciudadano propio o su no admisión en el territorio del que es nacional (art. 3) y la prohibición de expulsiones colectivas de extranjeros. (art. 4)
Otras Declaraciones, Pactos y Acuerdos han sido también significativos en el enunciado de derechos y en ocasiones de deberes. Tales son la «Carta social Europea», del 18 de Octubre de 1961, la proclama los derechos de los trabajadores; y el «Tratado de la Comunidad Económica Europea», del 25 de Marzo de 1957, en su parte social (Título III, artículos 117 a 128)
La «Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa», de Helsinki, del 1 de Agosto de 1975 se encargó de completar y actualizar los reclamos al respeto a los Derechos de cada ciudadano y las exigencias de cooperación internacional entre los países europeos.
Defendió de verdad los derechos humanos Textos Teresa de Calcuta para reflexión
«Los pobres son grandes. Tenemos que amarlos, pero no con amor de compasión. Tenemos que amarlos, porque Jesús es quien se oculta bajos su semblanza. Son nuestros hermanos y hermanas. Nos pertenecen. Los leprosos, los hambrientos, los desnudos. Todos ellos nos pertenecen…» (En Filadelfia. 6 Agosto 1976)
«Los hambrientos y los solitarios no necesitan sólo comida, sino también la Palabra de Dios. Los sedientos y los ignorantes no sólo necesitan agua, sino también conocimientos, paz, justicia, amor. Los que están desnudos, y no son amados, no necesitan sólo ropa, sino también dignidad humana. Los no deseados, los niños no nacidos, los que son víctimas de la discriminación racial, los indigentes y los abandonados, no sólo necesitan un techo fabricado con ladrillos, sino un corazón comprensivo capaz de arropar y de amar. Los pobres que agonizan y los presos no sólo tienen un cuerpo, sino también una mente y un espíritu.
«Nuestros predilectos son aquellos que han perdido toda esperanza en la vida, los alcohólicos y los drogodependientes, los que han perdido a Dios y cualquier esperanza en el Espíritu Santo». (Cit. en Camino de Sencillez.37)
«A lo largo de 25 años hemos recogido a más de 36.000 enfermos graves por las calles, de los cuales han muerto entre nosotras unos 16.000. He pensado que debemos conmemorar este hecho fijándolo el 1 de Noviembre, Fiesta de Todos los Santos. Estoy segura que todas estas personas que han muerto con nosotras están en el cielo.» (Cambridge. 10 Junio 1977)
2.2. En ámbitos católicos.
En la Iglesia católica se ha incrementado fuertemente en los últimos tiempos la necesidad de una defensa valiente de los derechos humanos y la urgencia de una buena educación de los fieles en sus demandas morales y sociales.
No en vano el Concilio Vaticano II declaraba y reconocía: «La conciencia más viva de la dignidad humana ha hecho hoy que, en diversas regiones del mundo, surja el propósito de establecer un orden político y jurídico para la proTección en la vida pública de los derechos de la persona…
Es de justicia que, en todo momento y en todas partes, pueda la Iglesia predicar la fe con plena libertad, enseñar su doctrina social, ejercer su misión entre los hombres sin trabas y dar juicio moral, incluso sobre materias de orden político, si lo exigen los derechos fundamentales de la persona y la salvación de las almas». (Gaud. et Spes. 73-76)
2.2.1 En la Iglesia en general
La enumeración de derechos humanos ha tenido ecos en diversos documentos eclesiales, como es el caso de la Encíclica «Populorum progresio», de Pablo VI y en la «Mater et magistra», de Juan XXIII. De modo especial se puede considerar una auténtica enumeración de Derechos humanos en clave cristiana la Encíclica «Pacen in Terris», de Juan XXIII, del 11 de Abril de 1963 (Nº 11 a 27), por la lista de enunciados que recoge y que luego es seguida por los correlativos deberes (Nº 28 a N º 33)
En ocasiones la reflexión se centró en planteamientos particulares, como en el caso de la «Carta de los Derechos de la Familia», que Juan Pablo II incluyó en su Encíclica «Familiaris consortio » del 22 Diciembre de 1981 (Nº 46) 2.2.2. En América Latina Especial mención merece América latina, por su resonancia numérica y cualitativa en la Iglesia, así como por la peculiar índole económica, racial y cultural del continente.
América del Sur ha conocido muchas proclamas de libertad y de igualdad en virtud de los Derechos humanos, en el orden político, civil y religioso.
Una gran sensibilidad se registra en sus poblaciones polifacéticas. Por eso sobresalen los principios proclamados en las Asambleas de los Obispos Católicos de Medellín y de Puebla.
El Tema central de la Reunión episcopal de Medellín en 1968 fue la situación de injusticia en que viven los países y sus habitantes. En los documentos emanados de la Asamblea, como en el de La Paz, se hace referencia de los derechos conculcados y se reclama una renovación radical en esta materia.
En 1979 la actitud se renueva en la Reunión de Puebla y se reclama que se superen la violencia sobre todo, pues las acciones militares y las guerrilleras destruyen la vida, la dignidad, la seguridad y la paz. El siglo XX terminó con la reunión de Sto. Domingo de 1992, en recuerdo del V Centenario del Descubrimiento de América y del inicio de su evangelización.
3. La Iglesia y los derechos
Siempre la Iglesia defendió los derechos de los hombres, pues ella se presentó como respuesta a las necesidades íntimas de los seres inteligentes.
La Iglesia es muy sensible a todo lo que afecta a la dignidad de la persona humana. Ella sabe que de esa dignidad brotan los derechos humanos; pero sabe también que el reconocimiento puede quedarse en palabras huecas, sin llegar al terreno de las transformaciones.
Por eso su mirada no se interesa sólo por los indicadores económicos y sociales, y menos por los programas políticos. Su mirada está centrada sobre todo en la persona humana y en sus valores.
Lo que ella busca es el desarrollo integral de las personas y de los pueblos; y a ello contribuye en la medida de sus posibilidades en cada lugar y en cada época.
La Iglesia no es una Agencia Internacional para resolver problemas económicos, políticos o jurídicos. Tampoco es un Tribunal mundial para proteger a los hombres y a los pueblos de los abusos o de las operaciones. No tiene soluciones mágicas válidas en todos los lugares y para todas las cuestiones.
La Iglesia es otra cosa. Es un Cuerpo místico y Pueblo santo. Pero se halla situada en el mundo, en medio de los hombres, y ofrece sus pistas y sus pautas en lo posible.
En lo relacionado con los Derechos Humanos su labor es orientadora.
1. Es iluminadora de conciencias, pues ofrece sus juicios de valor sobre el bien y el mal y alienta a los hombres.
Estimula la buena voluntad y la inteligencia recta para que los hombres, sean creyentes o no, sepan lo que puede y deben hacer para salvaguardar la dignidad de la persona humana.
2. Es un testigo autorizado de la Historia humana y de la diversidad de los pueblos de la tierra. La Iglesia es consciente de su universalidad. Su caminar histórico y su extensión geográfica la proporciona experiencia suficiente para hablar con autoridad natural a los hombres de todos los tiempos y lugares.
Se halla extendida por todo el mundo y puede hacer de cauce y alientos para el intercambio de ayudas y para el fomento de la solidaridad.
Ambas cosas han sido por ella realizadas como servicio a los hombres, consciente de ella está llamada a iluminar desde la fe y a la luz de la Revelación, pero que cuenta también con magníficos recursos de razón y de virtud humana.
3. La Iglesia actúa así en cuanto comunidad de fieles creyentes que se haLlan comprometidos con el mundo desde las más variadas profesiones. No estaría bien confundir la Iglesia con su Jerarquía y con su Magisterio, pues su aportación a la marcha pacífica de la humanidad no proviene sólo de las enseñanzas dignas de sus Pastores y Ministros, sino del testimonio, de la abnegación y del servicio de todos sus fieles.
4. Vivir en los Derechos Humanos
De manera especial, la Iglesia quiere responder a su vocación de iluminadora en el mundo, cuidando la educación de sus miembros y abriendo sus servicios educativos a todos los hombres.
En muchos lugares se experimenta hoy una intensa falta de sensibilidad social, proveniente de carencias morales e intelectuales, más que de penurias materiales. En otros lugares la sensibilidad social se incremente por efecto de los fáciles y nuevos medios de información y comunicación que protagonizan la cultura y la sociedad modernas.
En esa confluencia de contrasentidos, la Iglesia tiene un especial sentido y tacto de educadora y hace lo posible para que los hombres se eduquen en el respeto y en la colaboración solidaria, valores que brotan de la entraña más pura del Evangelio.
La obra evangelizadora de la Iglesia tiene, en este terreno de los Derechos Humanos, un vasto campo y una tarea hermosa e irrenunciable: manifestar la dignidad inviolable de toda persona humana.
En todos los documentos de la Iglesia se reconoce este deber y esta misión.
4.1. La raíz en la justicia
En general en todo lo relacionado con los Derechos Humanos es importante promover una formación recta de la conciencia en la justicia social. No se puede educar la fe sin una base ética y sin la aceptación de una suficiente formulación jurídica.
Los cristianos creen en la dignidad del hombre. Por eso son conscientes de la igualdad ante Dios y ante los hombres. Por eso el mensaje cristiano tiene que proclamar la igualdad de raza, de clase social, de sexo, de edad, de nivel, de origen, de grupo, de cultura, de riqueza material, de lengua, de inteligencia, de familia, etc. aunque las diferencias serán inevitables.
Por encima de los aspectos externos y superficiales, hay una realidad profunda: todos son hermanos de Jesús y están santificados por el mismo Espíritu Santo en la presencia del mismo Padre.
No puede crecer como cristiano quien carezca del sentido de la fraternidad, de la igualdad, de la solidaridad y sin una profunda actitud de respeto a los demás.
Esa es la puerta del Evangelio, y la clave para entender las demandas de amor al prójimo y a Dios. Los seguidores de Jesús se saben miembros de la misma familia, que es la Iglesia; y trabajan por los hombres: por los que se hallan dentro, para que se consoliden en la fe; por los que están fuera, para tengan la suerte de hallar la verdad.
Vivir en estilo cristiano no es posible sin entender que cada hombre es un elegido y un predilecto de Dios. «Sois hijos amados de Dios. Procurad asemeJaros a El y hacer del amor norma de vuestra vida, pues también Cristo nos amó y se entregó a sí mismo por nosotros como ofrenda y sacrificio que Dios recibe con agrado.» (Ef.5. 1-2)
4.2. Derechos y vida cristiana
El mensaje de Jesús se apoya en la dignidad de la persona y de la conciencia, a las cuales llega la luz de la fe como regalo divino, y no sólo como resultado del esfuerzo personal.
Quien respeta a la persona cumple con la ley de Dios y proclama muy alto el deber de ayudar a los hombres a descubrir, exigir y crecer en los propios derechos que se tienen:
– El derecho a la vida es sagrado y nadie tiene poder para destruirla. Sólo Dios es dueño de la vida humana y es el único que la da y que la puede quitar.
– El amor y la atención a los pobres, a los más necesitados, es la piedra de toque de los cristianos. Educar en la sensibilidad ante los pobres es vital.
Los más desafortunados en la vida son los preferidos de Dios, según lo manifestó el mismo Jesús. Educar de cara a los necesitados es promover el respeto a los derechos de los débiles.
– Todos los hombres son iguales por naturaleza. La igualdad debe ser desarrollada de forma especial. Eso reclama flexibilidad, tolerancia y comprensión.
– Por eso la fraternidad y la solidaridad es la condición básica para ser discípulos de Jesús. Y tener libertad para relacionarse con los demás y para expresar el amor al prójimo es imprescindible.
– El respeto a la autoridad humana es condición de para aceptar con sumisión la autoridad divina. Jesús quiso que todos dieran al César lo del César y a Dios lo que corresponde a Dios.
– El bien de la Comunidad debe ser no solo respetado sino promovido, pues es la primera exigencia de la caridad y de la solidaridad humana.
– Hasta los enemigos tienen que ser objeto de amor. Es contrario a la Ley de Jesús cualquier sentimiento de venganza, de arrogancia, de opresión o de discriminación. (Mt. 5. 43-44)
– En el corazón de Dios entran todos los hombres. Por eso todo creyente tiene derecho a amar y servir a la totalidad del género humano. 5. Catequesis y Derechos Humanos
Los derechos humanos no deben ser un tema o explicación dentro de un programa de catequesis, sino un talante, un estilo, un modo de vida y acción.
La Catequesis tiene mucho que ver con ellos a todas las edades y en todos los sentidos. Debe ser presentados y entendidos en una perspectiva cristiana, es decir desde la mirada de Jesús y a la luz de su Palabra.
En los tiempos actuales se han multiplicado los instrumentos y los sistemas de comunicación y de información. Han aumentado las relaciones en cantidad y en rapidez. Los hombres poseen mayor sensibilidad colectiva para reclamar el máximo respeto a los que llamamos «derechos humanos» en general y cualquier de ellos especialmente conculcado.
Se les debe aludir continuamente, sobre todo en las catequesis de adolescentes y jóvenes, no relegando su proclamación a promotores que se mueven desde la bondad natural a espaldas del Evangelio.
El lenguaje cristiano entiende por «derechos humanos» los que radicalmente el hombre tiene. Pero el cristiano entiende por tales los que Dios concede a su criatura singular desde el primero instante de su creación.
En el Concilio Vaticano II, la Iglesia llegaba a recordar a todos los hombres cosas como esta: «Hemos de superar y eliminar, como contraria al plan de Dios, toda forma de discriminación en los derechos fundamentales de la persona, ya sea social o cultural, por motivos de sexo, raza, color, condición social, lengua o religión» (Gaud. et Spes. 29)
El mensaje cristiano tiene un apoyo fundamental en la defensa de esos derechos y en vano se puede hablar de Evangelio de Jesús si se ignora o se oscurece todo lo que hace referencia a la dignidad humana.
Por eso, en las catequesis sobre los derechos humanos debemos tener en cuenta las siguientes consignas:
1. Especial sentido de fe se debe atribuir a la presentación de la justicia. Los seguidores de Jesús tienen que desarrollar el sentido del deber de justicia. Pero tienen que teñirla con generosidad de la caridad y del amor fraterno. Hasta lo que no es obligatorio hacer hay que ofrecerlo, por amor, a los hermanos.
– El hombre seguidor de Jesús no debe vivir su fe en solitario. Jesús quiso establecer una comunidad que es su Iglesia. Vivir la comunidad es un derecho inalienable y hacer que en la comunidad se viva con respeto, con solidaridad, con tolerancia, con sentido del servicio, etc, es el ideal.
– La claridad de criterios de criterios es decisiva en la formación de la vida cristiana. Tener juicios rectos sobre la propiedad, la información, la intimidad, la vida, la libertad, el trabajo, la cultura, la capacidad de expresión o de asociación, es imprescindible sobre todo en el mundo de hoy.
– Es necesario en este terreno la experiencias, máxime teniendo en cuenta el riesgo de verborrea jurídica que se puede desencadenar en este terreno. Un cristiano que no recibe experiencias directas en algunos terrenos relacionados con estos derechos y hace algo que implique renuncia, contacto, dolor compartido o afán de lucha, no se puede considerar bien formado en lo relacionado con los reclamos humanos.
– Las experiencias conllevan la invitación al compromiso personal en alguna faceta o con alguna situación difícil o conflictiva. Todo cristiano tiene que sentirse desafiado por el prójimo, sobre todo si es necesitado.
– Cierto sentido de ecumenismo y pluralismo, de apertura y de servicio, de descubrimiento del mundo y de admiración por lo nuevo resulta imprescindible para situarse en un mundo cambiante, explosivo, hambriento de verdad, pero desconcertado por el cambio en los usos y en las normas.
Pedro Chico González, Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa, Editorial Bruño, Lima, Perú 2006
Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa
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La Declaración universal de los derechos humanos proclamada por las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948 es sin duda un momento crucial en la historia del siglo XX. Tuvo como precedentes la Declaración de independencia de América (1776) y la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de la Revolución francesa (1789). También en la Iglesia hubo pronunciamientos importantes antes de 1948 y los ha habido después.
Limitándonos a los últimos cien años podemos, siguiendo a F. Biffi, señalar las notas más destacadas del impresionante cuerpo de las enseñanzas papales con una frase indicativa de la contribución y personalidad de cada uno de los papas. León XIII fue un profeta. Con su lapidaria afirmación: «A nadie le está permitido violar impunemente la dignidad del hombre, a quien Dios mismo trata con tanto respeto», estableció en la Rerum novarum (1891) un programa en favor, no de una humanidad abstracta, sino de unas personas concretas amenazadas tanto por el capitalismo como por el colectivismo del siglo que se avecinaba. Pío XI (1922-1939) fue un defensor de los derechos personales amenazados por el totalitarismo: en su primera encíclica, Ubi arcano (1922), se mostraba ya convencido de que la falta de atención a la persona humana es la raíz del mal en la sociedad; en Quadragesimo anno desarrolló aún más las enseñanzas de León XIII; en sus tres encíclicas contra el totalitarismo — Non abbiamo bisogno (1931, contra el fascismo), Mit brennender Sorge (1937, contra el nazismo) y Divini Redemptoris (1937, contra el comunismo ateo)— reclamaba la libertad religiosa y otras libertades, así como la posibilidad de vivir con dignidad personal, sin estar sometidos a coerciones deshumanizantes. Pío XII (1939-1958) fue un constructor de la democracia. Durante su largo pontificado el papa exploró cuestiones relativas a la democracia, la paz y los derechos humanos. Su radiomensaje de la Navidad de 1942 fue la declaración sobre los derechos humanos más amplia jamás hecha hasta entonces por un papa. Hablaba en él de cinco estrellas que debían guiar al mundo a la paz, que era obra de la justicia (opus justitiae pax): la persona, la familia, el trabajo digno de la persona, los derechos y deberes civiles y el servicio con un espíritu cristiano. Juan XXIII (1958-1963) fue un evangelista de los derechos humanos. La dignidad y los derechos y deberes de los hombres y mujeres son clave dentro de su importante magisterio; es menester leer los «>signos de los tiempos», tanto los positivos como los negativos. En Pacem in terris (1963) afirmaba que los derechos humanos son el fundamento de la paz e insistía en la solidaridad activa. En Mater et magistra (1961) su pensamiento giraba en torno a dos polos: una visión personalista de la sociedad y el deseo de equilibrio entre la familia humana y los derechos y deberes personales. El Vaticano II y el servicio a la humanidad: este tema puede verse principalmente en Gaudium et spes (GS) y en Dignitatis humanae (DH). Pablo VI (1963-1978) fue un defensor de la paz y un heraldo de los derechos humanos. El papa heredó de su predecesor y del concilio una doble pasión por la paz y por la persona humana: instituyó el Día mundial de la paz; fundó la Comisión pontificia para la justicia y la paz; eligió «La justicia en el mundo» como tema para el sínodo de 1971 y conmemoró la encíclica de León XIII con la carta apostólica Octogesima adveniens (1971); estableció el consejo pontificio Cor unum (1971) para la promoción del Tercer mundo; se ocupó de la cuestión del desarrollo y la justicia auténticos y plenos en la Populorum progressio (1967). Inició además una serie de visitas papales durante las cuales insistió constantemente en los derechos humanos. Juan Pablo II no ha perdido como peregrino ocasión de hablar acerca de los derechos humanos en todas y cada una de las más de sesenta visitas pastorales que ha hecho a lo largo y ancho del mundo. Sus principales cartas possinodales rara vez dejan de mostrar que la paz y la justicia deben empezar por una justa valoración de la persona humana —véase por ejemplo Sollicitudo rei socialis (1987)—. Sigue insistiendo en la práctica y aplicación real de los derechos humanos en todos los países, incluso cuando realiza visitas pastorales a países sometidos a regímenes totalitarios y opresivos. En su encíclica Centesimus annus, en la que conmemora el centenario de la Rerum novarum de León XIII, el papa Juan Pablo II nota que en el presente siglo el desequilibrio entre las naciones ha hecho que el centro de la cuestión social pase del nivel nacional al internacional. Las naciones particulares no están ya en condiciones de garantizar por sí mismas a sus ciudadanos ni siquiera los derechos humanos más básicos. De ahí el fuerte apoyo de los papas a las Naciones Unidas en sus declaraciones. Un hilo que recorre toda la doctrina de los papas sobre los derechos humanos es la reivindicación del derecho humano básico de la libertad religiosa (>Libertad religiosa).
Paralelamente a este rico corpus de doctrina pontificia se produce una evolución en la teología. Aunque la expresión «derechos humanos» es moderna, procedente del siglo XVII, las tradiciones patrísticas y medievales hablan enormemente de lo que hoy entendemos por este término. En 1983 la >Comisión teológica internacional (CTI), junto con la Comisión pontificia «Justitia et Pax», estudió una «Proposición sobre la dignidad y los derechos de la persona humana» y publicó sus documentos de trabajo. La CTI señalaba una jerarquía de derechos: estaban en primer lugar el derecho a la vida, la dignidad inherente a la persona humana, la igualdad fundamental, la libertad de pensamiento o conciencia y de religión; en segundo lugar, en un nivel inferior, estaban los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de las personas individuales; en tercer lugar estarían los derechos orientados hacia situaciones humanas ideales. Al hablar de los derechos humanos, tenemos que evitar toda autonomía absoluta que niegue su relación con Dios; la realidad es más compleja y puede mantenerse una autonomía relativa, respetuosa con Dios (GS 12, 14-16, 36). Las perspectivas de la historia de la salvación pueden dar lugar también a aportaciones importantes (GS 22, 32, 38, 45).
La exposición de derechos humanos de la CTI comienza con las Escrituras: Dios espera de nosotros que practiquemos la misericordia y la fidelidad a los otros; hay que combatir la injusticia; la predicación del reino de Jesús reclama la conversión del corazón; como hijos de un mismo Padre celestial, todos somos hermanos; Jesús vivió y murió por los demás; el Espíritu descendió sobre sus discípulos para hacer de ellos una nueva creación; hay por eso que evitar los pecados y dar buenos frutos en la vida (Gál 5,19-23). La CTI propone una visión cristológica de los derechos humanos: «Es a la luz de la Palabra que asume la condición humana y de las exigencias de su sacrificio pascual donde se manifiestan el fundamento y la extensión de los derechos humanos». La historia de la salvación arroja aún mayor claridad: el complejo ser humano (1Tes 5,23) está hecho a imagen y semejanza de Dios (Gén 1,27), no como ser aislado, sino como ser social y sexuado (Gén 1,27; 2,24; GS 25), con deberes y dominio sobre la tierra (Gén 1,26; GS 34); hay que reconocer la realidad del pecado para poder liberarse de él y recobrar la dignidad humana; la verdadera dignidad humana está basada y hay que buscarla en la relación con Cristo y su misterio pascual. Por último, el documento de la CTI aborda los problemas especiales del primero, segundo y tercer mundos, y propone una filosofía personalista como base para los derechos humanos. Dentro de dicha filosofía, y fundada en los principios cristianos, puede buscarse la tríada de libertad, igualdad y participación, que incluye otros derechos y excluye ciertas visiones unilaterales de los derechos humanos.
La Iglesia, que ha alentado con tanta sinceridad y decisión los derechos humanos, se encuentra con el desafío de respetarlos ella misma dentro de su propia esfera de actuación; y no lo hace coherentemente a todos los niveles, desde el ámbito parroquial hasta la administración central. La enumeración de derechos y deberes del nuevo Código de Derecho canónico (CIC 208-231) constituye una innovación jurídica importante.
Por último, cabría señalar la dimensión ecuménica de los derechos humanos. Es un área en la que todos los cristianos pueden cooperar y dialogar, no sólo entre sí, sino también con las otras religiones y con los no creyentes.
Christopher O´Donell – Salvador Pié-Ninot, Diccionario de Eclesiología, San Pablo, Madrid 1987
Fuente: Diccionario de Eclesiología
La expresión «derechos humanos»
Al hablar de la conciencia, de la persona, de la familia, de la religión, de la justicia social, de la comunidad humana y del mismo hombre en cuanto tal, aparece con frecuencia la expresión «derechos humanos». Aunque la expresión es de final del siglo XVIII, la realidad de un reconocimiento y defensa de esos derechos se encuentra en muchas sociedades antiguas. Actualmente se subraya el derecho a la vida e integridad física y psíquica, la libertad de opinión, las libertades políticas, culturales, sociales y religiosas.
Con esta expresión se quiere indicar hoy una categoría de derechos que va mucho más allá de las normas jurídicas actuales, puesto que abarca derechos profundos de la persona y de la comunidad humana, anteriores a toda legislación. Pero se tiende a que estos derechos sean formulados jurídicamente, también a nivel mundial. Se trata especialmente de las libertades fundamentales (derechos y deberes) del hombre como persona y como miembro de la sociedad.
Declaraciones sobre los derechos humanos
Las «declaraciones» sobre los derechos del hombre se van sucediendo, especialmente a partir del final del sigo XVIII. Se intenta llegar a que la humanidad entera asuma unos compromisos de modo vinculante. Todo depende del concepto de hombre y de sociedad. Las declaraciones actuales tienden a reconocer los derechos de los individuos y de las comunidades humanas, y dejan entender una fuerte línea de solidaridad universal. La «declaración» de la ONU es del 10 de diciembre de 1948.
Reconociendo los aspectos positivos de las declaraciones actuales, habrá que tener en cuenta algunos fracasos de declaraciones anteriores y de algunas programaciones que siguen influyendo en la actualidad revolución burguesa, tendencias liberales materialistas, revolución proletaria, neocapitalismo liberal, abstencionismo en los conflictos que no tengan interés económico… Frecuentemente se ha manipulado al hombre, en beneficio de un grupo ideológico, económico o político, e incluso en nombre de la cultura. El riesgo actual es el de la tecnocracia, por encima de la ética y de los derechos de los individuos, de las culturas y de los pueblos.
Los derechos humanos según el concilio Vaticano II
El concilio Vaticano II ha enumerado, explicado y defendido los derechos del hombre, para «vivir una vida verdaderamente humana» (GS 26). Señala especialmente, además del derecho al alimento, vestido y vivienda «el derecho a la libre elección de estado y a fundar una familia, a la educación, al trabajo, a la buena fama, al respeto, a una adecuada información, a obrar de acuerdo con la norma recta de su conciencia, a la protección de la vida privada y a la justa libertad también en materia religiosa» (ibídem; cfr. n. 73). El anuncio del evangelio sanea cualquier manipulación del hombre, pero necesita el testimonio de la comunidad cristiana que viva y aplique la doctrina social de la Iglesia.
Referencias Asociación, conciencia, democracia, doctrina social de la Iglesia, educación, familia, hombre, humanismo, justicia, libertad, moral, persona-personalidad, post-modernidad, religión, trabajo.
Lectura de documentos «Pacem in terris» (Juan XXIII, 1963); GS 26, 60, 67, 73; CEC 1930, 2279, 2306.
Bibliografía B. DE CASTRO CID, El reconocimiento de los derechos humanos (Madrid 1982); R. COSTE, L’Eglise et les droits de l’homme (Paris, 1983); E. FERNANDEZ, Teoría de la justicia y derechos fundamentales (Madrid, Debate, 1984); A. GALINDO, Moral socioeconómica ( BAC, Madrid, 1996) cap. XI; (Pontificia Comisión «Iustitia et Pax») La Iglesia y los derechos del hombre (Madrid 1976); G. THILS, Droits de l’homme et perspectives chrétiennes (Louvain 1980); A. TRUYOL, Los derechos humanos. Declaraciones y convenios internacionales (Madrid 1977); UNESCO, El derecho de ser hombre (Salamanca, Sígueme, 1976).
(ESQUERDA BIFET, Juan, Diccionario de la Evangelización, BAC, Madrid, 1998)
Fuente: Diccionario de Evangelización
SUMARIO: Perspectiva. – 1. La realidad histórica. – 2. Lo lectura eclesial: a) Medellín (1968); b) Puebla (1979); c) Santo Domingo (1992). – 3. Nuevos tiempos en la práctica eclesial: a) La unidad de la historia; b) Tiempo de conflicto; c) Nuevas formas de presencia; d) Tiempo de martirio.
Perspectiva
La Iglesia Latinoamericana, fiel a su compromiso histórico, del que en nuestros tiempos es pionera, no ha dejado de profundizar en la perspectiva de la «opción por el pobre», y no ha cesado tampoco de intentar descubrirlo en sus nuevas realidades, siempre cambiantes.
Las tres últimas décadas del siglo que termina han sido en esto particularmente significativas, no solo porque la situación de miseria y de despojo de las grandes mayorías ha aumentado, sino también, porque a esto se ha unido, por desgracia, el estallido de revoluciones, y de lucha armada que se hizo presente en un significativo número de países.
Con esta nueva perspectiva, los males lejos de superarse trajeron otros nuevos: asesinatos, violaciones, desplazados, matanzas indiscriminadas, detenciones masivas… y por desgracia, como siempre, el sufriente mayor ha sido el mismo: el pobre, el indígena, el obrero, el joven, la mujer, el niño; en definitiva, los más indefensos.
Los derechos humanos de las grandes mayorías empobrecidas no sólo han sufrido así los embates primeros de unas estructuras opresoras y alienantes, sino que han visto incrementado su despojo sufriendo también las consecuencias de los conflictos, a veces desde los dos frentes: el azote de la guerrilla (cuando no se plegaban a sus intereses) y el no menos fuerte de la represión, con la persecución, la cárcel o el mismo asesinato.
Esta situación hizo que la Iglesia tomara mayor conciencia y partido por el pobre y por la defensa de su dignidad y de sus derechos. Así, el reconocimiento de dignidad de la persona humana y la defensa y promoción de sus derechos más alienados, toma toda su fuerza en la pastoral eclesial, sobre todo en la pastoral del sector de Iglesia más comprometido, el de aquellos que han sabido estar presentes en la difícil situación histórica, y lo han hecho, desde el lado del pobre, aceptando la conflictividad de las situaciones que se han presentado y aún, como no podía ser menos, el rechazo y la calumnia de muchos, a veces de otros sectores eclesiásticos.
Con toda seguridad podemos decir que la Iglesia L.A. es la Iglesia que con más energía y valor profético ha desarrollado, desde la palabra y desde la acción una pastoral de la «dignidad humana», una pastoral de la defensa y promoción de los derechos de las personas, en especial de los más excluidos, de los que para nadie cuentan.
No ha sido fácil. Ser profeta no es fácil. Enfrentarse a los poderes del «mundo» en defensa de la vida, y de la verdad, le ha merecido a la Iglesia, el ser una Iglesia martirial, una Iglesia que ha regado con abundante sangre, de Obispos, sacerdotes, religiosos y laicos, su testimonio profético y su rechazo a un mundo de injusticia; una Iglesia que se ha convertido así en ejemplo para la Iglesia en el mundo, porque «la sangre de los mártires ha sellado su fidelidad al compromiso histórico con el pueblo latino americano».
1. La realidad histórica
Las tres últimas décadas en la historia de L.A. han sido particularmente significativas tanto a nivel de continente en general, como en cada país. La situación se encuentra más dramática cuando su interpretación se hace desde el pobre, desde el reverso de la historia, desde los que no cuentan, que, por desgracia son las grandes mayorías.
No solo continuaron, en estos tiempos en Al., las estructuras ya denunciadas como opresoras, alienantes y causantes de la pobreza de las grandes mayorías, sino que en el marco continental entraron también otros nuevos actores:
a) El refuerzo de la situación de los privilegiados, incluso con leyes que permitieron a empresarios manejar mejor las situaciones de conflictividad alrededor del empleo, de los salarios, de los despidos. Las clases sociales prácticamente se van dividiendo en dos: privilegiados y empobrecidos, con una consecuencia muy grave: se va achicando mucho el espacio de la clase media, fundamental en el sustento de todo tejido social.
b) La presencia de los regímenes militares que inundaron en la época de los 70 la mayoría de los países latinoamericanos. Ello supuso mayor impunidad, desprecio de la opción democrática, suspensión de muchas leyes civiles. Supresión o dificultades máximas para todo tipo de organizaciones populares, armamentismo progresivo de los países con un gasto inusitado, una mayor incidencia en el uso de la fuerza al interior de los países para asegurar el «orden» y evitar conflictos.
c) La instauración de la Doctrina de la Seguridad Nacional, impuesta desde los EE.UU., en razón de evitar los conflictos internos y resguardar el orden y la «seguridad» en la nación. Doctrina implementada con armamento, técnicas, entrenamientos, ideologías, supeditando las ayudas económicas al cumplimiento estricto de sus planteamientos, con grave detrimento de los derechos humanos fundamentales de las personas.
d) Declive hacia una peor situación económica. En parte debida al máximo control que ejercen los Gobiernos de fuera para fortalecer sus mercados, un gran bajón en el precio de las materias primas, dificultades económicas en parte debida a la enorme carga por el pago de intereses de la deuda externa, carga que repercutía en su mayor parte en los sectores populares, e impedía un mayor desarrollo armónico de la nación. Todos esto unido a otros factores siempre presentes: la corrupción, los malos manejos de los fondos públicos, el arribismo, la fuga de capitales, y el crecimiento económico desmesurado de las «familias gobernantes.»
e) La explosión de los movimientos armados y guerrilleros, que prácticamente están presentes en la mayoría de los países de Centroamérica, el área de los Países Andinos, y el Cono Sur. Si bien es cierto que no todos tienen ni la misma intensidad, ni el mismo apoyo popular, ni siquiera participan de los mismos planteamientos; no es cosa de detallar en este espacio sus diferencias más notables, ni sus posibles justificaciones el algunos casos, o la negación más radical a sus planteamientos y métodos en otros muchos, simplemente señalamos la constatación de esa realidad que conmociona a América Latina. Lucha armada que en general origina mayor violencia, mayor represión, un fuerte sufrimiento para las clases populares:, cosechas perdidas, pobreza más generalizada, inseguridad y miedo, desplazados por cientos de miles o dentro de su mismo país o incluso fuera de él, con sus tierras arrasadas; o sometidos a dos presiones, a dos fuegos, con muchos asesinados, con miles de huérfanos y viudas, y miles encarcelados o perseguidos.
f) El fuerte desarrollo del narcotráfico, uno de los grandes problemas estructurales y de corrupción, sobre todo en los países andinos, con implicación de mafias extranjeras y la protección, en muchos casos de militares y policías. Este inmoral negocio mueve miles de millones de dólares que impide el promocionar en serio otra clase de cultivos como alternativas para el campo, el campesinado empobrecido (Colombia, Perú, Ecuador, Bolivia) se dedica a cultivar coca y marihuana, a veces obligado, a veces porque no tiene otra alternativa. Se destierran valores éticos y morales. Muchos jóvenes del campo se ocupan en esto de una u otra forma. Finalmente se traduce en una importante fuente de financiación de los movimientos armados (Colombia, Perú) que llegarán a controlar una buena parte de estos territorios cocaleros.
g) La fuga de cerebros, y de ciudadanos de muchos países, producida por la desocupación, los bajos salarios, la falta de oportunidades; y a la vez la atracción que ejerce el modo de vida de los países industrializados. A veces un miembro de una familia sale del país como única alternativa de poder alimentar a la familia que queda dentro. EE.UU., Japón y la mayoría de los países de la Unión Europea serán sus principales lugares de destino.
h) Y, en medio de todo este panorama, se destaca la creciente toma de conciencia de los sectores populares, tanto de su propia dignidad e igualdad de derechos, como de los abusos que contra ellos se cometen; una situación que a veces sufren calladamente, otras la abordan de forma más directa, y reclaman un cambio urgente de estructuras, reclamación que, las más de las veces, la realizan por métodos legales, (ejercitando la presión de paros, huelgas, movilizaciones, protestas ciudadanas), pero aquellos que no creen en estas medidas porque a veces no son posibles por las trabas legales que les ponen, o porque son insuficientes o ineficaces, terminan uniéndose a sectores más radicalizados, que emplean otro tipo de extorsiones violentas.
2. La lectura eclesial
Escrudiñar los signos de los tiempos es estar atentos siempre a cómo está Dios presente o ausente en la historia concreta de cada día, de cada lugar, de cada país. Es saber leer, en clave cristiana, los acontecimientos más centrales de la historia. Pero leerlos no solo para «darse por enterado» o «analizarlos» sino para ver cómo podemos conducir la historia según los designios del Dios vivo, cómo se puede hacer más presente a Dios en medio de la vida cotidiana de los hombres. En definitiva cómo podemos transformar los acontecimientos según los valores del Reino.
La Iglesia L.A. ha ido leyendo los signos de los tiempos permanentemente con profundidad, no se ha conformado con una lectura anterior, con el análisis que parecía podía valer todavía, o siguiendo con la práctica pasada. Quizá las Asambleas Generales del CELAM programadas cada diez años ha sido una buena ocasión de releer los signos de los tiempos. Es más, permanentemente, una buena parte de la Iglesia L.A., la más consciente y comprometida ha estado presente en la lucha del pueblo, en sus problemas, en sus dificultades, ha sido, sin duda, fiel a su compromiso histórico.
Y lo ha hecho tanto con la palabra valiente y denunciadora, evangélica y profética. Una palabra que invita a la reflexión, al compromiso y al cambio.
La palabra se ha ofrecido a varios niveles. La Palabra del Consejo Episcopal Latino Americano (sobre todo a través de las ya mencionadas Conferencias Generales) ; palabra orientadora también y fiel a su situación histórica de bastantes Conferencias Episcopales, en momentos en que el pueblo de su país lo necesitaba más; o palabra, incluso de matiz diocesano, clave en el análisis de dificultades más locales; asimismo, muchas palabras a través de innumerables aportaciones de comunidades y movimientos laicales a los más diversos niveles.
Lo importante es que la voz de la Iglesia ha ido iluminando el momento de Al., y, aunque, a veces parecen dichas sobre temas antiguos; sin embargo, para unos problemas, introducen nuevas perspectivas que ayudan a percibir mejor la realidad en que se vive y el juicio que de ellas hace la Iglesia; y para otros aspectos, al ser nuevos en problemática, introducen nuevas reflexiones.
Para el presente tema que nos hemos propuesto, nos vamos a referir sólo, y aún sintetizando al máximo, a los Documentos de las Conferencias del CELAM de Medellín, Puebla y Santo Domingo, y dentro de ellas, a los principales textos donde se menciona explícitamente los «derechos humanos», aun a sabiendas de que nuestro contenido está también en multitud de otros muchos textos referidos a la dignidad del hombre, a la promoción humana, etc.
Lo hacemos así porque creemos que es significativo que se mencione explícitamente las palabras «derechos humanos, derechos de los pobres, derechos de los oprimidos», ello aporta una buena sintonía con la expresión en el campo político y social y acompaña, a la vez, a la pastoral que ya se está desarrollando en A.L.
a) Medellín (1968)
El tema central de Medellín en sus documentos más sociales es la denuncia de la situación de injusticia que presentan las estructuras en A.L. Sin embargo también tiene referencia explícita al tema concreto de los DD.HH. en cuatro lugares distintos, tres de ellos en el Documento sobre la «Paz», y uno en el documento de Pastoral de élites
Como conclusiones pastorales del documento de «Paz», señala que la Iglesia, «según el mandato evangélico, debe defender los derechos de los pobres y oprimidos y denunciar enérgicamente los abusos». De esta forma reconoce la raíz de la defensa de los derechos humanos: la fidelidad al Evangelio.
Pero al mismo tiempo reconoce su autonomía, al decir que es tarea del pueblo, y se compromete a favorecer los «esfuerzos del pueblo para crear sus propias organizaciones de base, para la reivindicación y consolidación de sus derechos.»
Finalmente, pide a las Universidades que se impliquen en el problema y realicen investigaciones en relación a cómo se aplican los derechos humanos en sus respectivos países.
En el Documento de Pastoral de élites, la Iglesia se dirige a los poderes políticos en relación a algunos de los derechos humanos políticos que no se cumplen como se debieran cumplir, y por eso les recuerda que deben proteger mejor los derechos de las personas en la vida política, como son: el de la libre reunión, la libre asociación, el poder expresar sus propias opiniones, y también, el poder profesar libre y públicamente su religión.
b) Puebla (1979)
Los documentos de Puebla están más elaborados y presentan un análisis más completo de la realidad latinoamericana. Presentan con fuerza el problema estructural y la situación de injusta pobreza en que viven las mayorías de la que dicen que no es un producto casual sino que la pobreza es causada por las injustas estructuras,
Pero tenemos que Puebla se realiza (1979) cuando ya existen situaciones de mucho conflicto en varios países latinoamericanos, el tema de la guerrilla, de la represión y de la consiguiente violación de los derechos humanos políticos está candente. La Iglesia no solo está proféticamente denunciando esta situación, sino que ya ha dado sus primeros mártires.
En medio de esta perspectiva Puebla aborda en diversos lugares el tema de los derechos humanos. Lo recoge, principalmente, en los apartados de «La Visión Pastoral de la realidad L.A.»; en el del «Designio de Dios sobre la Realidad L.A.» y, finalmente, en «La acción de la Iglesia por la persona tanto a nivel nacional como internacional».
En el primer apartado (núm. 49) desenmascara la ideología de la Seguridad Nacional: «…que han contribuido a fortalecer el carácter totalitario o autoritario de los regímenes de fuerza de donde se ha derivado el abuso del poder y la violación de los derechos humanos». Y dice aún más, dice que: «en algunos casos pretenden amparar estas actitudes con una subjetiva profesión de fe cristiana».
Y, refiriéndose, posteriormente, a la situación de injusticia las refiere fundamentalmente al anuncio del Evangelio, ya que «las profundas diferencias sociales, la extrema pobreza y la violación de los derechos humanos que se dan en muchas partes son retos a la Evangelización» (núm. 90). Por esto llega a la conclusión de que la defensa de los derechos humanos es una tarea de la Iglesia: «la Iglesia asume la defensa de los derechos humanos y se hace solidaria con quienes los propugnan» (núm. 146).
En el apartado del designio de Dios sobre A.L., después de presentar las diversas visiones del hombre, hace una reflexión doctrinal que comienza con una proclamación fundamental (núms. 316-320) donde resalta la dignidad de todo hombre, gravemente conculcada y, por ello, condena con fuerza «todo menosprecio, reducción o atropello de las personas y de sus derechos inalienables…».
Termina este apartado recordando, de nuevo, que la Iglesia tiene obligación de poner de relieve este aspecto integral de la Evangelización (338) y alegrándose porque «en nuestros pueblos se legisle ya en defensa de los derechos humanos» (337) .
En la parte destinada a señalar la Acción de la Iglesia por la persona, Puebla exige ya algunas veces a nivel nacional y otras a nivel internacional, el cumplimiento de derechos concretos, prácticamente todo este cap. IV (1245-1293) está lleno de referencias de la urgencia del cumplimiento de los derechos.
A nivel nacional destaca primero cómo se ha agravado la situación que desemboca en una falta de realización de la persona en sus derechos fundamentales y hace un enunciado de los derechos fundamentales que «que serán hoy y en el futuro parte indispensable de su misión evangelizadora». Los divide en individuales, sociales y emergentes (1268-1274).
En el nivel internacional, reclama el derecho a una convivencia internacional justa, donde se respete la autodeterminación, el derecho a nuevas formas de cooperación e incluso a un nuevo orden internacional (1275-1282). Terminando con una llamada a las conciencias de los pueblos y a las organizaciones humanitarias para que fortalezcan: el derecho de asilo, el de refugiado, se ataque de raíz el problema de trabajo, etc.» (1292-1293).
c) Santo Domingo (1992)
La Asamblea de Santo Domingo se realiza, cuando ya la pastoral de los Derechos Humanos en la Iglesia L.A. no sólo se ha generalizado en la mayoría de los países, sino que también es una de las perspectivas más claras de la opción por los pobres que es central en la pastoral de la Iglesia L.A., sobre todo en los sectores más comprometidos.
El tema de los derechos humanos se trata explícitamente en la Asamblea, viene preparado ya de los documentos de consulta, pero en la Asamblea tiene una fuerte vivencia y se desea que los Documentos reflejen con claridad la preocupación de la Iglesia y sus directrices centrales.
En un primer momento en el apartado de la «Iglesia convocada a la santidad», los documentos recogen con claridad como pertenencia al ministerio profético de la Iglesia que debe impulsar «el trabajo a favor de la justicia social, de los derechos humanos y de la solidaridad con los más pobres» (33).
Sin embargo en el capítulo II, que trata de la promoción humana, es donde Santo Domingo tiene un apartado especial sobre «los nuevos signos de los tiempos», el primero de los cuales es del de los derechos humanos (núms. 164-168).
En él aparece el fundamento evangélico, del que dice que es «raíz profunda» de los derechos humanos, por lo que la Iglesia al proclamarlos y defenderlos «no se arroga una tarea ajena a su misión», sino que obedece el mandato de Jesús. Al mismo tiempo que recuerda a los Estados que ellos no conceden estos derechos, sino que a ellos les corresponde protegerlos y desarrollarlos (165).
Pasa Santo Domingo a hacer una constatación de la realidad, en la que destaca cuatro aspectos: El aumento de la conciencia de los derechos humanos. Que se han fortalecido las acciones significativas de la Iglesia en este campo, a la vez que se han incrementado las condiciones adversas y han aumentando considerablemente las violaciones. Y que se ha oscurecido la concepción de los mismos derechos por interpretaciones ideológicas y manipulación de grupos (166).
Enumera los aspectos por los que se violan los derechos humanos: no sólo por el terrorismo, la represión, los asesinatos, sino también por las estructuras injustas, por las condiciones de pobreza extrema, la intolerancia política, el indiferentismo frente a esta angustiosa situación… (167). Y establece unas líneas pastorales «para promover de un modo más eficaz y valiente, los derechos humanos desde el Evangelio y la Doctrina Social de la Iglesia» (168).
Finalmente en el III Capítulo dedicado a la cultura cristiana hace una encendida defensa de los derechos de las etnias: derechos a la tierra, a su propia identidad, a sus propias organizaciones y vivencias culturales y el derecho a relacionarse en plan de igualdad con todos los pueblos de la tierra; y para ello adquiere el compromiso de «impulsar la vigencia de los derechos humanos de los indígenas y afro-americanos, incluyendo la legítima defensa de sus tierras» (251), criticando, por otra parte, con fuerza «las estructuras sociales generadoras de injusticias, que impiden el ejercicio de los derechos humanos» (253).
3. Nuevos tiempos en la práctica eclesial
La Iglesia L.A. ha intentado seguir siendo fiel a Jesús en el desarrollo de los acontecimientos históricos de A.L. Sus grupos más atentos a los signos de los tiempos han permanecido en la dinámica de las comunidades, con la ayuda de la reflexión teológica que les movía al compromiso liberador. Para la práctica de la Iglesia han sido tiempos nuevos y tiempos de conflicto y de generosidad. Tiempos centrados en la vida como don primigenio, en la justicia como garante de la paz, y en la igualdad y el derecho de todos los hombres.
a) La unidad de la historia
La convicción de que la Historia es una. Que los hombres no pueden ir por un camino y Dios caminar por otro. No hay historia humana e historia divina, no hay culto a Dios sin la práctica de justicia y el respeto del derecho. Por otra parte, la Salvación que Dios ofrece se realiza ya en la historia concreta de los hombres, por eso para que sea plena tiene también que liberar al hombre de sus esclavitudes. La Salvación integra la Promoción Humana y la lucha y defensa de los valores más inalienables: la vida, la paz, la justicia, el desarrollo igualitario, etc. Ciertamente que el desarrollo de la teoría no fue tan difícil, sin embargo sí lo fue mucho más su proyección práctica.
Porque resulta que todo esto, no es algo que se pueda plantear solo teóricamente, al margen de la historia; sino que se debe concretar bien, de qué debe liberarse el hombre, cuáles son sus esclavitudes trascendentales. Y a la vez es un problema que debe resolverse a luz de la vida de Jesús tanto en el Jesús histórico como en la experiencia de las primeras comunidades.
En esto un dato innegable y central es la misericordia de Jesús para con los excluidos. Esta misericordia nos debe llevar ahora a nosotros a la búsqueda de la justicia como su primer fruto. Para la opresión que sufre el pueblo no hay otra alternativa que la solidaridad entroncada en la justicia. Y para el cristiano la fe sigue renaciendo en la practica de la justicia.
b) Tiempo de conflicto
Tiempos de vida o de muerte. En A.L. estalló el conflicto, la revolución armada se hizo presente en muchos países. No en todos de la misma manera, no en todos con la misma participación popular, pero en todos fundamentados en las condiciones inhumanas de injusta pobreza de las grandes mayorías y los privilegios de unos pocos. Es cierto que, en buena parte fueron liderados por ideologías marxistas, pero para entender bien el conflicto, hay que mirarlo en su conjunto. Se llegó a pensar, incluso, por algunos, que la búsqueda de la paz y de la justicia, la instauración de una sociedad más igualitaria, se podía conseguir por métodos violentos.
Es sabido ya que en A.L. las grandes mayorías participan por igual de su pobreza y de su fe. En estas circunstancias, viviendo en carne propia las injustas situaciones de pobreza y habiendo reflexionado sobre el mensaje evangélico, algunos creyentes consideraron que el compromiso revolucionario debía asumirse como una consecuencia de su compromiso cristiano.
Vinieron los tiempos de discusión teórica sobre la validez y legitimidad de la revolución, sobre su necesidad práctica es esos momentos, sobre su posibilidad de éxito, se sintió la «simpatía internacional» por algunos movimientos revolucionarios (en especial los de centroamérica). De esta forma algunos movimientos parecían más legitimados que otros, que incluso eran abiertamente rechazados.
Los movimientos alzados en armas, la guerrilla, se fueron radicalizando y sus acciones se tornaron cada vez más violentas y ya sin aparente justificación. Las acciones armadas tomaron la lógica de la guerra que nada respeta, a veces ganar espacios, destruir. Por eso en muchos lugares, quizá como represalias, asesinaron abiertamente, cometieron atentados extremadamente perjudiciales, y sembraron el terror en la población civil que huyó hacia lugares más seguros. Algunos grupos instauraron también la práctica de los «paros armados» que sembraban zonas determinadas del país, no solo de alarma y de miedo, sino también de atentados y muertes.
Los poderes militares tampoco actuaron con equidad ni mucho menos. Se recrudeció, de mil maneras diversas, la represión, indiscriminada, generalizada, violenta, en contra de los más elementales derechos de todos, y en muchas veces, también, calculadamente asesina. Chile, Argentina, Nicaragua, El Salvador, Guatemala, Colombia, Perú, son ejemplos bien claros de todo esto. Batallones de la muerte, grupos paramilitares, servicios de inteligencia, grupos especiales que actuaban con total impunidad; asesinatos, fosas comunes, desaparecidos, tierra arrasada, desplazados, injustamente detenidos…
Un tiempo más tarde, llegó también la primera Instrucción de Roma acerca de la teología de la liberación, que algunos tenían como impulsora o al menos como respaldo hacia algún tipo de revolución en A.L. -Instrucción ciertamente conflictiva porque resaltaba, sin probarlo, supuestos aspectos negativos- y que causó tensiones en los sectores eclesiales. Felizmente una segunda Instrucción, apenas dos años después, valoró mucho más la Teología de la Liberación, resaltando sus aspectos positivos y de esta forma se aclararon también interpretaciones anteriores.
En medio de todo este conflicto el pueblo con sufrimiento añadido, despojado de sus tierras, más empobrecido, más cercano a la muerte. sufriendo víctimas, teniendo que desplazarse por cientos de miles a otro país (México en el caso de Guatemala), o a otros lugares del país (del campo a la ciudad en muchos otros), con miles de huérfanos y de viudas, y aún víctimas indefensas entre ellos mismos. Necesitando tanto acompañamiento en su nueva situación de sufrimiento como toda clase de ayuda material.
Fueron nuevos tiempos para la Iglesia L.A., tiempos de conflicto, tiempos de mediación entre las partes más responsables, tiempos de actuar en medio, implicándose, participando en él, como agente de misericordia, con acciones de significativa ayuda, con palabras de denuncia o urgiendo con fuerte clamor la justicia y la paz. Fueron nuevos tiempos que exigieron nuevas formas de presencia.
c) Nuevas formas de presencia
La fidelidad a su compromiso con el pobre, con la justicia, con la verdad. La defensa de la dignidad de la persona, la denuncia valiente y profética ante situaciones de barbarie, la constancia, la insistencia permanente, los nuevos servicios de acogida, de defensa legal, de protección, la presencia en las cárceles, los comunicados sobre acciones concretas, la reflexión teológica sobre los valores ejes de la construcción social. Todas son nuevas formas de presencia de esta Iglesia L.A., que en ese tiempo tuvo en ello una gran tarea central: la defensa de los derechos humanos.
En esta perspectiva nacieron nuevas organizaciones que asumieron este nuevo tipo de trabajo pastoral : Las Vicarías de la Solidaridad, las Vicarías de Acción Social, las Comisiones de Defensa de los Derechos Humanos, La Comisiones de la Dignidad Humana, y otras varias similares, surgieron en todos los países, tanto a nivel nacional como diocesano y aún parroquial.
A la acción concreta y comprometida de estas Organizaciones, se unieron también las palabras de las Conferencias Episcopales u Obispados. Incluso personas relevantes tuvieron una gran fuerza y actualidad, unas veces fueron a ayudar para aliviar situaciones, otras fueron ocasión de su propio martirio.
La Iglesia, a través de estos Organismos, asumió con fuerza (y se unieron además a otras organizaciones) el rechazo de la situación, de sus abusos y excesos y denunciaron incluso ante foros internacionales, la permanente violación de los derechos humanos: fundamentalmente el gravísimo problema de matanzas indiscriminadas, de crímenes impunes de personas inocentes, del enorme drama de los desaparecidos. Problemas que hoy todavía esperan respuesta.
La acción pastoral de la Iglesia tuvo nuevos rostros y nuevas acciones: fueron los rostros concretos de los desplazados, de los huérfanos, de las viudas, de los injustamente detenidos, de los inocentes encarcelados, de los campesinos sin tierra. Y fueron también las acciones concretas de: defensa legal, de ayudas psicológicas, de integración familiar, de labor pastoral en las cárceles, de proyectos productivos, de campañas nacionales e internacionales.
Nuevos tiempos, nuevos rostros del «pobre», nuevas acciones de misericordia solidaria en busca de una justicia más completa.
d) Tiempo de martirio
Si es cierto que la Iglesia estuvo presente en el conflicto no podía faltar el testimonio martirial. En una situación que causó en los diversos países de A.L. cientos de miles de muertos, una Iglesia comprometida y denunciadora de los abusos, no podía permanecer sin conocer también la muerte.
Y esta es la realidad, esta Iglesia de los pobres en A.L. no sólo tiene innumerables mártires sino que es la Iglesia que más mártires ha producido desde los tiempos del Concilio. Y, lo que es más importante, la inmensa mayoría de estos martirios se parecen mucho al martirio de Jesús de Nazareth, parece que tienen las mismas causas, tanto es así, que Jon Sobrino les llamará a los mártires salvadoreños: «mártires jesuánicos».
Pero no sólo en El Salvador, en toda A.L. los mártires han sido: campesinos, obreros, estudiantes, profesores, médicos, enfermeras, abogados, promotores de los derechos humanos, periodistas, catequistas, sacerdotes, religiososas, obispos, y hasta un arzobispo que es como el paradigma de todos: Mons. Oscar Arnulfo Romero.
No llamamos mártires a todos los campesinos, obreros, estudiantes, profesores, etc., que fueron víctimas de la violencia armada. Nos llena de dolor toda muerte y más aún cuando es consecuencia de la violencia más atroz. Llamamos mártires a los que lo han sido como consecuencia de su práctica cristiana de defensa del oprimido, de búsqueda de la justicia, de denuncia de las barbaridades, de proclamación de la verdad y de la paz necesaria. Al estilo de Jesús.
Esto constituye novedad histórica, el martirio tan masivo por intentar vivir y actuar como Jesús lo hubiera hecho. Por cargar sobre sus hombros la realidad histórica e intentar transformarla. Por querer revertir la historia anunciando el Reino y denunciando proféticamente el antireino. Por rechazar también abiertamente las violaciones de los derechos de los pobres, sus abusos contra ellos, sus extorsiones. Y esto no fue del agrado ni de los unos ni de los otros. Las verdugos fueron de las dos partes, aunque en la mayoría de los países han abundando mucho más los verdugos que sustentaban las estructuras injustas.
Cierto que no ha existido en sus verdugos quizá tan abiertamente un odio explícito hacia la fe, pero sí un rechazo de un Dios que defiende la justicia, que denuncia la opresión, que viene como defensor de los derechos de todos, en especial de los más desposeídos. En este sentido los mártires latinoamericanos podrían ser inscritos entre aquellos que «murieron por Jesús y por su causa».
Por diversas que fueran las características propias de los diversos lugares, queda la constancia de la entrega hasta la muerte de esos miles de cristianos anónimos en su mayoría, hombres y mujeres pobres y creyentes, que supieron entregar, o les fue tomada su vida dedicada, desde la fe, a la defensa de la dignidad de las personas y a la construcción de un mundo de mayor justicia, verdad, amor y paz.
Mons. Oscar Romero, es por su significación algo muy especial. El si sabía que se enfrentaba permanentemente a la muerte y a pesar de ello, defendía una y otra vez con tesón y amor cristiano al pueblo que estaba siendo masacrado, y llegó a pedir a los militares, en nombre de Dios, que no obedecieran las órdenes de sus superiores, cuando eran órdenes de matar al pueblo indefenso. (Carta pastoral «Cese la represión».
El ofreciendo que sabía lo que su vida peligraba, sin embargo lo veía como algo natural, como con infinita tristeza se refería a las muertes de sacerdotes: «me alegro hermanos de que en este país se haya asesinado a sacerdotes… pues sería muy triste que en un país en que tantos salvadoreños son asesinados, la Iglesia no contara también a sacerdotes entre los asesinados».
e) Tiempo de reconstrucción
La lucha armada ha cesado en la totalidad de los países (con excepción de
Colombia), pero queda en ellos una tarea ardua, difícil, entregada y peligrosa a la vez: la reconstrucción.
En primer lugar la Iglesia L.A. ha alentado y ha formado parte de las «Comisiones de la Verdad» en muchos países, fundamentando que el olvido a veces no es bueno. Que el perdón se debe basar en la justicia y que es necesario conservar clara la «memoria histórica», para evitar posibles repeticiones.
No ha respaldado formas que oculten la verdad de los hechos. No es partidaria de la impunidad, simplemente porque se empieza de cero. La Iglesia en L.A. siempre ha defendido que hay que esclarecer la verdad, ver la magnitud de los acontecimientos y de los sucesos, y solo después ser magnánimo con los culpables, conjugando justicia con misericordia.
La Iglesia, en varios de estos países, está metida de lleno ahora en el grave problema social de los desplazados que vuelven a sus lugares de origen y prácticamente tienen que comenzar sin nada. Es labor del Estado, por supuesto, y aparte de la exigencia al Estado, la Iglesia tampoco está ausente de esa situación marginal y necesitada al máximo de todo.
Tiene todavía una tarea muy importante en relación a los detenidos que son inocentes (Perú) que están en la cárcel, sin que haya fundamento legal que demuestre sus culpas, e incluso más, todavía, con claras pruebas de la falsedad de las acusaciones, o con clarísisimos indicios de inocencia. A la denuncia permanente de esta situación, se une también la defensa legal de casos individuales, tarea que hace en unión de otras organizaciones de defensa de los derechos humanos.
Y como algo central a más largo plazo, está empeñada en labores de educación en valores, en derechos humanos, en democracia, en paz. Toda esta perspectiva es necesaria y aún esencial, en la visión integral del Reino de Dios y en la labor pastoral de la Iglesia. Se quiere unos países donde la dignidad de la persona humana sea respetada, en especial la dignidad y los derechos inalienables de las grandes mayorías pobres y casi desamparadas. Las democracias, quizá los mejores modos de Gobierno que puedan garantizarlo, son en A.L. todavía débiles y hay que insistir una y otra vez en concientizar al pueblo sobre su tarea de construcción y vigilancia.
Y, finalmente, la Iglesia está bien comprometida con todo lo concerniente a la paz, comenzando por alentar el desarrollo en el pueblo, fundamento necesario de un país en paz, continuando por exigir el cumplimiento de toda justicia, denunciando la corrupción, y abriendo el horizonte de un mundo mejor posible con el compromiso de la fe.
Son tiempos de reconstrucción para muchos países, para otros, todavía tiempos de conflictos (si nos referimos a la lucha armada). Pero en realidad para la Iglesia L.A. siguen siendo todavía tiempos de un compromiso serio con las mayorías empobrecidas cuyos derechos siguen siendo fuertemente conculcados.
Son tiempos también de revisar en profundidad y ratificar un serio compromiso con los llamados «derechos humanos sociales» de las grandes mayorías: la pobreza absoluta de más de la mitad de los hombres latino americanos, sus condiciones de salud, de educación, vivienda, trabajo, los millones de niños abandonados o explotados, la dignidad de la mujer vilipendiada, las culturas indígenas marginadas e incluso atacadas, etc., son derechos humanos que siguen estando como un clamor del pueblo que gime y al que la Iglesia L. A. no está sorda.
BIBL. – CASALDALIGA, PEDRO Y VIGIL, JOSE MARíA, «Espiritualidad de la liberación». Editorial Sal Terrae. Madrid 1992; CELAM: «Documentos de las Asambleas Generales de Medellín, Puebla y Santo Domingo». Bogotá 1992; ELLACURíA, IGNACIO, La Iglesia de los Pobres, Sacramento histórico de liberación, en «Mysterium Liberationis» 2′ ed., tomo II, págs. 127-153. Editorial Trotta. Madrid 1994; ELLACURíA, IGNACIO, El pueblo crucificado, en «Mysterium Liberationis», 2′ edic., tomo II, págs. 189-216. Editorial Trotta. Madrid 199; JIMENEZ LIMí“N, JAVIER, Sufrimiento, muerte, cruz y martirio en «Mysterium liberationis», págs. 477-494. Editorial Trotta. 2′ ed., 1994. «Medellín»: «Derechos Humanos» Número monográfico núm. 103., sepbre. 2000. Revista del Instituto Teológico Pastoral de A.L. (ITEPAL). Bogotá. Colombia. «Misiones extranjeras», núm., 127, enero 1992. Número monográfico sobre «Martirio y misión». Instituto Español de Misiones Extranjeras. Madrid 1992. «Páginas» número 161, febrero del año 2000. «Teología de la liberación futuro y tareas». Número monográfico. Centro de Estudios y Publicaciones. Lima. Perú; SOBRINO, JON, Comunión, conflicto y solidaridad eclesial, en «Mysterium Liberationis», 2′ ed., págs. 217-243. Editorial Trotta. Madrid 1994; SOBRINO, JON, jesucristo liberador. Editorial Trotta. 2′ edic., 1993.
Jesús Sastre
Vicente Mª Pedrosa – Jesús Sastre – Raúl Berzosa (Directores), Diccionario de Pastoral y Evangelización, Diccionarios «MC», Editorial Monte Carmelo, Burgos, 2001
Fuente: Diccionario de Pastoral y Evangelización
Los derechos humanos están constituidos por las exigencias fundamentales de las personas, «naturales e inalienables», entre las que destacan el derecho a la vida, a la integridad física, a la libertad de opinión y de fe, a las libertades políticas, económicas y – sociales.
Relacionados con la idea de » derecho natural» o bien, modernamente, con la idea de libertad, los derechos humanos han sido objeto a lo largo de la historia de algunas famosas » declaraciones » que se proponían acabar con sus frecuentes violaciones. Entre los precedentes históricos de las modernas » declaraciones de los derechos humanos » hay que recordar: la magna charta libertatum del 15 de junio de 1215 (concesión de libertades feudales obtenidas por los feudatarios ingleses); el «Bill of Rights» de 1689, inspirado por Locke, que extiende los derechos de la libertad a la burguesía naciente.
En estos textos se afirma siempre una «libertad de», que subraya la prioridad del individuo frente a la afirmación progresiva del Estado moderno y de sus intrusiones progresivas en la vida política y económica.
En la «Declaración de independencia de los Estados Unidos» (4 de julio de 1776) se proclaman por primera vez los «derechos inalienables» de las personas, ante todo el derecho a la vida, a la libertad y a la «búsqueda de la felicidad». En el continente europeo los derechos humanos encuentran una solemne formulación en la » Declaración universal de los derechos del hombre y del ciudadano» de la Revolución francesa en 1789 y 1793. Se inspira en las ideas de Montesquieu y de Rousseau, en las que el hombre extraño al Estado se opone al ciudadano, sometido fundamentalmente a él. Los derechos primarios son el derecho a la vida, a la libertad y a la propiedad (en vez de «la búsqueda de la felicidad» ).
La «Declaración» más reciente y famosa es la que firmó la Asamblea de la ONU el 10 de diciembre de 1948, poco después del segundo conflicto mundial, en el que los derechos humanos se habían visto profundamente conculcados. Le siguieron otras proclamaciones relativas a los derechos (de justicia y de solidaridad) y los deberes correlativos de los pueblos de solidaridad en el terreno económico, social y cultural, así como los derechos de las categorías de personas más expuestas a los riesgos de la opresión y de la marginación (enfermos, ancianos, niños). En la Declaración de la ONU de 1948 se inspiraron las constituciones de muchos Estados, entre ellas la del Estado español de 1978.
Así pues, en la actualidad la expresión «derechos humanos» pone de relieve una doble serie de derechos: los derechos de libertad (libertad de y libertad para), tanto de los individuos como de los pueblos, para que ningún tercero ponga obstáculos a los mismos, y los derechos de solidaridad, es decir, el derecho de los individuos y de las comunidades a verse ayudados por el propio Estado o por otros Estados en caso de necesidad.
En relación con la justificación teórica de los derechos humanos no reina el acuerdo entre los diversos pensadores. El consenso universal en el plano práctico y operativo no va acompañado de una univocidad doctrinal análoga. Las antiguas declaraciones de inspiración ilustrada se referían a una antropología individualista y a una fundamentación de la sociedad de tipo contractual, Hov, en un clima de «pensamiento débil)~, se adoptan justificaciones neocontractualistas y utilitaristas. Pero no faltan pensadores, sobre todo de inspiración cristiana, que para fundamentar adecuadamente los derechos (y los deberes correlativos) apelan a la persona vista en su finalidad (telos) y considerada en todas sus dimensiones, sin reduccionismo de ningún tipo.
La actitud de la Iglesia ante las modernas declaraciones de los derechos no siempre ha sido la misma. En un primer momento prevaleció el recelo o la perplejidad por el carácter individualista de los derechos que se proclamaban y por el humus cultural en que se alimentaban e inspiraban las diversas declaraciones. Posteriormente, la Iglesia ha demostrado un interés creciente por estas declaraciones, liberadas de ambiguas incrustaciones ideológicas.
En la imposibilidad de exponer la larga y compleja historia en que se desarrolló la presencia doctrinal práctica de la Iglesia en el tema de los derechos humanos, nos limitaremos a recordar algunos datos más cercanos a nosotros: pío XI, en una serie de encíclicas por los años 30, reivindicó los derechos humanos contra los Estados y regímenes totalitarios, seguido en esta valiente defensa por pío XII, saludado justamente por esta razón como «defensor personae et civitatis». A su vez, Juan XXIII, en la Pacem in terris (1963), ha trazado una lista, no cerrada y estática, sino abierta a ulteriores desarrollos, de los derechos humanos:
derecho a la existencia, a un tenor digno de vida, a seguir la propia vocación, etc. En los textos conciliares encontramos una amplia afirmación de los derechos de las personas y de los pueblos. Se le ha concedido 1in especial relieve a la libertad religiosa en una «Declaración» cuya aprobación tropezó con no pocas desconfianzas.
En 1967 la encíclica Populorum progreSSio de Pablo VI reivindica el derecho de todos los pueblos a un desarrollo integral que actualmente, a su juicio, es «el nuevo nombre de la paz».
El papa Juan XXIII, además del derecho a la libertad religiosa, considerado como fundamento y medida de todos los demás derechos, ha subrayado los derechos de los trabajadores dentro de las profundas modificaciones tecnológicas que caracterizan a la producción y a las empresas, en la L.aborem exercens (horno) de 1981.
El derecho de todos los pueblos, y especialmente el de los subdesarrollados, a un desarrollo integral y a la solidaridad universal ha encontrado una decidida reivindicación teológica en la Sollicitudo rei socialis (1987). Finalmente, el derecho de los individuos y de las comunidades a la libre iniciativa económica, dentro de un marco éticojurídico que indique su sentido y sus límites, ha sido especialmente expuesto en la Centesimus annuS de 1991, con ocasión del primer centenario de la Rerum Novarum de León XIII.
G. Mattai
Bibl.: A, Truvol, Los derechos humanos. Declaraciones y convenios internacionales, Madrid 1977. UNESCO. El derecho de ser hombre, Sígueme, Salamanca 1976; B. de Castro Cid, El reconocimiento de los derechos humanos, Madrid 1982; J M. Díaz Alegria, Derechos humanos, en CFP, 226-229. AA. VV., La Iglesia y los derechos humanos, Evangelio y liberáción, Madrid 1990.
PACOMIO, Luciano [et al.], Diccionario Teológico Enciclopédico, Verbo Divino, Navarra, 1995
Fuente: Diccionario Teológico Enciclopédico