PENA
v. Castigo
Pro 19:19 el de grande ira llevará la p; y si usa de
Zec 14:19 esta será la p del pecado de Egipto, y
2Th 1:9 cuales sufrirán p de eterna perdición
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Dolor psíquico o moral, o castigo, que se impone a una persona por algún delito cometido. Toda sociedad tiene leyes y toda ley lleva aneja la amenaza de una pena ante su incumplimiento o su positiva violación.
También la Iglesia tiene sus leyes y advierte de la existencia de castigos para quien no las cumple. Y así como las leyes de la Iglesia se refieren a las dimensiones espirituales y comunitarias de la convivencia de los creyentes, del mismo modo las penas eclesiales, (descritas en su Código de Derecho) tiene un carácter espiritual y comunitario.
En tiempos pasados, como la Iglesia se presentaba también como sociedad terrena, tenía sus penas físicas (prisión, flagelación, multa, ayunos). En la actualidad la Iglesia tiene reguladas penas espirituales y morales con carácter expiatorio y sanativo, no ya coercitivo, para los cristianos (cc. 1311 a 1320).
Las penas en la Iglesia son de dos tipos: «ferendae sentenciae» y «latae sentenciae». Las primeras obligan después de que han sido comunicadas al que ha faltado a una ley. Las segundas se dan por el mismo hecho de cometer el delito y aunque no se comuniquen.
Las penas ordinarias que la Iglesia impone son la excomunión, el entredicho, la suspensión. La excomunión excluye de la Iglesia y del trato con los demás en cuanto creyente. El entredicho supone la ausencia de actos de culto en el lugar o para la persona a la que se aplica. La suspensión implica la privación de un oficio o beneficio a quien lo tenía y ha delinquido
También se pueden dar otras penas, como la prohibición de residir en un lugar, destierro, o la autorización para realizar una acción religiosa. En ocasiones se puede dar la imposición de algunas penitencias o actos expiatorios. (cc. 1331-1340)
Pedro Chico González, Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa, Editorial Bruño, Lima, Perú 2006
Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa
Sufrimiento y castigo consiguiente a la realización del pecado. No es sólo una realidad extrínseca, sino una expresión intrínseca y un síntoma del mal cometido.
En el Antiguo Testamento, en Gn 3 la pena del pecado se manifiesta en el alejamiento de Dios, en la aparición de la concupiscencia, en la conflictividad de las relaciones humanas, en el cansancio del trabajo sobre la creación, en los dolores de parto y finalmente en la muerte. Toda la existencia se ve golpeada por la pena del pecado. Las calamidades, las enfermedades y la muerte se consideran a menudo como castigo del pecado (Dn 3,27ss). Pero ya el Antiguo Testamento tiende a superar el carácter punitivo de la pena y la considera como llamada a la conversión (2 Mac 6,12).
En el Nuevo Testamento la pena manifiesta la justicia y el amor de Dios, que desea restituir al hombre su dignidad de hijo (Lc 15,11-32). En Jesucristo, cordero inocente » que no conoció pecado», pero al que «Dios trató como al propio pecado para que, por medio de él, nosotros sintamos la fuerza salvadora de Dios» (2 Cor 5,21), ha sido definitivamente derrotada la pena de la muerte y se ha convertido en ocasión de salvación. Para los que endurecen el corazón, la pena es la anticipación de la condenación definitiva (Heb 1,26-29), La teología escolástica distinguió entre la poena damni y la poena sensus. La poena damni consiste en estar privado de la visión de Dios: la poena sensus es el «fuego» como sufrimiento que afecta al hombre en su corporeidad.
El Magisterio de la Iglesia ha definido que las penas del infierno son perpetuas (DS 801). El Vaticano II no habla de pena, pero se refiere a la «desesperación final» (LG 16), al «fuego eterno», a las «tinieblas exteriores» (Mt 22,13 y 25,30) (LG 48). La teología contemporánea, cuando trata el tema de la pena, lo considera fundamentalmente en su dimensión antropológica, como aislamiento radical y fracaso de la existencia.
E. C Rava
Bibl.: T Goffi, Pena, en DE, III, 130-133; J Ramos-Regidor. El sacramento de la penitencia, Sígueme, Salamanca 1979; J L. Ruiz de la Peña, La otra dimensión, Sal Terrae, Santander 1986.251-271.
PACOMIO, Luciano [et al.], Diccionario Teológico Enciclopédico, Verbo Divino, Navarra, 1995
Fuente: Diccionario Teológico Enciclopédico
1. dike (divkh, 1349), justicia, o la ejecución de una sentencia. Se traduce «sufrirán pena» en 2Th 1:9 (RV: «serán castigados»). Véase JUSTICIA, Nº 1, etc. Nota: Para molis y mogis, traducidos «a duras penas», véase DURO bajo B, Nº 3 y 4.
Fuente: Diccionario Vine Nuevo testamento