PERNADA
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Se denominaba así en la Edad Media al derecho del señor de copular la primera noche después de la boda (ius primae noctis) con la mujer que contraía matrimonio y pertenecía al grupo de sus vasallos o siervos. Ese derecho se ejercía a gusto del señor, pero podía ser reemplazado por un tributo compensatorio, muchas veces inasequible para el siervo. Era eco de las costumbres del paganismo primitivo y tal vez recuerdo de los cultos religiosos de naturaleza sexual.
También es probable que el uso de este derecho, no escrito sino consuetudinario, se fue condenando como inmoral a medida que los hábitos cristianos se fueron extendiendo y en la medida en que la moral cristiana iluminó las exigencias del matrimonio.
Conviene recordar que este hecho se conserva como un recuerdo morboso que a veces se explota con aire jocoso como una especie de exención a la fidelidad matrimonial, hecho que se debe juzgar y rechazar a la luz de la misma moral natural.
Pedro Chico González, Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa, Editorial Bruño, Lima, Perú 2006
Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa