CONSTANZA, CONCILIO DE

(1414-1417)
DicEc
 
El concilio de Constanza fue convocado por el antipapa Juan XXIII (1410-1415) y el emperador Segismundo. Sus objetivos eran resolver el Gran Cisma de Occidente, reformar la Iglesia y combatir la herejí­a. Se encontró con la existencia de tres papas: Gregorio XII, en la lí­nea romana (auténtica) desde Urbano VI; Benedicto XIII, en la lí­nea de Aviñón, que se remontaba a Clemente VI, y Juan XXIII, en la lí­nea que se inicia con el concilio de Pisa. Cuando vio que las cosas se estaban poniendo en contra suya, Juan XXIII huyó, esperando de este modo abortar el concilio, pero Segismundo hizo que no se disolviera. En su quinta sesión el concilio aprobó pues el decreto Haec sancta (uno de los varios del concilio que comienzan así­): «Legí­timamente congregado en el Espí­ritu Santo, constituyendo concilio general y representando a la Iglesia católica militante, este [el concilio] tiene su potestad inmediatamente de Cristo; y todos, cualquiera que sea su estado o dignidad, incluso papal, están obligados a obedecerlo en las materias relacionadas con la fe, la erradicación de la dicha herejí­a y la reforma general de la Iglesia de Dios en la cabeza y en los miembros». Juan XXIII fue devuelto al concilio y depuesto.

Gregorio insistió en convocar él mismo el concilio en julio de 1415 antes de renunciar a su cargo. Con el papa de Aviñón no hubo nada que hacer y fue depuesto en julio de 1417. En la 11ª sesión fue elegido Martí­n V, siendo entronizado el 26 de noviembre, con lo que se puso fin al cisma.

Entre tanto el concilio trató de varias cuestiones. Prohibió la administración de la eucaristí­a a los fieles bajo la especie del vino; apeló a la presencia real y plena de Cristo bajo la apariencia del pan. Condenó además más de 200 proposiciones de Wycliffe. El concilio se ocupó luego del caso de Juan  Hus. Dando pruebas de contumacia, fue condenado como hereje. Fue puesto en manos del poder secular y murió quemado en la hoguera. Su amigo y discí­pulo Jerónimo de Praga sufrió la misma suerte un año después. El concilio condenó también la opinión de Juan Petit, que habí­a justificado el tiranicidio.

En la 39ª sesión aprobó un texto sobre los concilios generales, con el fin de evitar futuros cismas; estableció una profesión de fe que habí­a de ser pronunciada por el papa. En la 40ª sesión, el 30 de octubre de 1417, aprobó una lista de 18 reformas que era menester llevar a cabo. Después de la elección de Martí­n V el concilio aprobó algunos decretos de reforma. Se decidió que habrí­a un concilio al cabo de cinco años, luego otro al cabo de siete, y luego cada diez años. Se determinó que el siguiente concilio habrí­a de ser en Paví­a.

No hay consenso entre los estudiosos acerca del carácter ecuménico del concilio. Algunos sostienen que el concilio empezó a ser ecuménico con la segunda convocatoria de Gregorio o con la elección de Martí­n, evitando así­ tener que considerar el aparentemente conciliarista Haec sancta como parte de un concilio ecuménico ( Conciliarismo). Una especie de aprobación de lo que el concilio estableció conciliariter con Martí­n V no parece enteramente clara: incluirí­a ciertamente los decretos finales, promulgados en nombre del papa, es decir, la sesión 43. Otros mantienen que el concilio de Constanza fue ecuménico en su totalidad.

Christopher O´Donell – Salvador Pié-Ninot, Diccionario de Eclesiologí­a, San Pablo, Madrid 1987

Fuente: Diccionario de Eclesiología