REGLA DE FE
Los escritores cristianos de finales del siglo II mencionan con cierta frecuencia que sus Iglesias tienen conocimiento de un «canon de verdad», es decir, un marco y contenido establecidos, de la enseñanza de la Iglesia, o más sencillamente, una «regla de fe» (regula fidei). En algunos de estos contextos encontramos sumarios concisos de las enseñanzas principales, expresados en términos variables, pero con el mismo perfil básico. Estos sumarios indican que la regla estructuraba lo que los maestros de la Iglesia transmitían a los catecúmenos bajo la supervisión del obispo local. La regla servía a las Iglesias en sus contactos internos como un medio con el cual identificar a otros creyentes o comunidades como ortodoxos. La regla se relaciona con la Escritura como el verdadero sumario de su significado, y funciona como la línea orientativa de la Iglesia para interpretar todos los innumerables contenidos de los libros bíblicos en cuanto que se refieren a una única economía divina de salvación.
San Ireneo de Lyon afirma que aunque las Iglesias de todo el mundo están muy distantes unas de otras y a pesar del hecho de que sus miembros hablan diferentes lenguas, sin embargo profesan y observan la misma fe. Cada Iglesia se mantiene fiel a la regla recibida de los apóstoles de Cristo y sus sucesores, a saber: creer en Dios, el Padre todopoderoso, que creó todo lo que existe; en Jesucristo, el Hijo, que se encarnó para nuestra salvación, y en el Espíritu Santo, que habló por los profetas del nacimiento, pasión, resurrección y ascensión de Cristo, de la resurrección futura, de la manifestación venidera de Cristo en gloria como justo juez de todos (Adversus haereses 1, 10,1-2; cf 1, 9, 4; 111, 4,2; IV, 33,7; Demonstratio, 3). En el norte de ífrica, Tertuliano ofrece también sumarios similares de la regla de fe y arguye a partir de ello como de una posesión reconocible y atesorada en las Iglesias (De praescriptione, 13 y 36; De virginibus Yelandis, l; Adversus Praxeas, 2,1-2).
En Oriente, Clemente de Alejandría habla de la «regla, eclesiástica» de enseñanza, dada por los apóstoles, que es «la comprensión y práctica de la tradición divina» (Stromata VI, 124,4-5). Esta regla pone a la ley y los profetas en armoniosa unidad con la nueva alianza en Cristo (ib, 125,2-3). El Señor mismo es la fuente y fundamento de esta enseñanza verdadera (VII, 95,3-8), que tiene a Dios como objeto (ib, 91,3); pero esta enseñanza es conocida y reconocida por su fiel adhesión al canon eclesiástico (ib, 90,2). Los comentarios de Orígenes contienen referencias dispersas a la regla de fe normativa de la Iglesia, y, lo que es más importante, su prefacio a la obra De principiis da la regla en forma de sumario de enseñanza esencial cristiana, que proviene de los apóstoles, y es transmitida en términos sencillos a todos los cristianos. La especulación cristiana que Orígenes emprende en De principiis iba a ser encuadrada y controlada por su fidelidad al canon común de verdades transmitidas desde los apóstoles y mantenidas en la Iglesia, concernientes a Dios y la creación, Cristo, el Espíritu y las Escrituras y el alma humana.
La regla de fe del siglo II no era un credo o confesión con una formulación verbalmente fija, aunque tales confesiones más concisas evolucionaron en conformidad con la regla (cf l Símbolo de la fe). La regla, sin embargo, fue puesta en conexión con el bautismo como con el momento en el que el creyente se ponía bajo su influencia y guía. La regla era constantemente trinitaria en su estructura, subrayando así la unidad inherente en la creación por obra del Padre todopoderoso con la economía de redención, santificación y revelación, tal como se realizaron por obra del Hijo y del Espíritu Santo. La regla estaba abierta a la adaptación por parte de maestros ortodoxos, especialmente cuando se veían obligados a enfatizar aspectos de la fe transmitida que eran contestados por los herejes. La regla llevaba a formulaciones que ponían el énfasis en la unidad de los dos Testamentos contra Marción, y a formas de acentuar contra los gnósticos la verdadera encarnación del Hijo de Dios en nuestra humanidad.
La regla es la forma y contenido de la verdad que la auténtica enseñanza transmite y que la fe abraza. La fe se agarra a la verdad de Dios, y la fe después, como relación viva, es el canon que guía el genuino discurso cristiano. Con la fe como norma, las propias formulaciones de enseñanza son reconocibles por su homogeneidad con el cuerpo de doctrina transmitido acerca de Dios y de su obra. La regla formulada traza los contornos de una fe personal plenamente formada.
En la controversia, la regla de fe servia para desenmascarar falsas doctrinas al mostrar su discordancia con los elementos y la unidad sinfónica del cuerpo de enseñanza normativo de la Iglesia. Escritos como los evangelios gnósticos, que afirmaban proceder del contacto con el Cristo resucitado, podían ser excluidos del uso cristiano demostrando su desviación del corpus de creencia transmitido (cf l Canon bíblico). Pero la regla no se aplicaba a los genuinos libros proféticos y apostólicos como un principio eclesiástico externo a ellos. Más bien la regla era el verdadero significado de las mismas Escrituras, en cuanto que las Iglesias llegaron a expresar ese significado en los elementos fundamentales de su enseñanza común.
Para la teología fundamental, la primitiva regla de fe da testimonio de la unidad inclusiva de la revelación de Dios sobre sí mismo y su obra salvadora. La regla es, pues, un reflejo de la singular intención benefactora que está en la base de todas las epifanías históricas del Señor de Israel y el Dios y Padre de Jesucristo.
La regla muestra que desde el principio la mente de la Iglesia posapostólica no se distendía manteniendo una multitud de fragmentos de creencia dispersos, sino que estaba más bien atenta a una única «norma de doctrina» (Rom 6,17). Esta visión orgánica se centraba en las palabras y hechos históricos de Jesús, especialmente su cruz y resurrección; pero abarcaba también el abundante depósito de formas narrativas, de instrucción, de profecía y de oración halladas en las Escrituras heredadas de Israel. Era una regla de fe considerar a estas últimas como testimonio evangélico de Jesús y de la nueva vida dada en su Espíritu. La regla era, ante todo, una fuente normativa de coherencia a través de una visión sencilla de Dios, de la creación y de la vida humana en el mundo histórico.
La fe cristiana tiene un contenido determinado, y la regla muestra haber sido éste el caso incluso en los tiempos que siguen inmediatamente al NT. Este contenido, sin embargo, no era una lista taxativa de dogmas formulados como proposiciones. La regla de fe muestra que el contenido fue más bien un modo ordenado de entender el trato de Dios con la humanidad como creador de todo, salvador de su creación caída y fuerza actual de iluminación, santificación y guía.
Un momento básico en la tarea de la teología cristiana es dar razón de Dios y su economía de un modo acorde con el contenido perennemente válido y la forma de la regla de fe primitiva. La teología pretende una nueva penetración en el significado de los elementos de la creencia y sus múltiples correlaciones entre sí y con la vida humana en el mundo. La teología examina constantemente los nuevos énfasis requeridos en la proclamación, instrucción y espiritualidad por las nuevas circunstancias culturales. La teología se afana por conseguir también nuevas síntesis. Pero todo esto tiene un marco y orden dados que surgen de la propia fe, que se ha asido ya a una síntesis primordial. La fe, como comunión con el Dios de la creación, salvación y nueva vida, es ella misma una regla y guía de la reflexión y del discurso cristianos.
BIBL.: COUNTRYMAn L. W., Tertullian and the regula fidei, en «Second Century» 2 (1982) 208222; HXGGLUMD B., Die Bedeutung der «regula fedei»als Grundlage theologischer Atusagen, en «StTh» 12(1958)1-44; Jouajoue M., La tradition apostolique chez saint Irénée, en «L’année canonique» 23 (1979) 193-202; KELLY J.N.D.: Primitivos credos cristianos, Secretariado Tnnitario, 1980; TREVIJANO ECHEVERILIA R., Orígenes y la «Regula fidei’; en CROUZbL H. y otros (eds.), Origeniana, Bar¡ 1975, 327-388; TURNER H.E.W., The Pattern of Christian Truth, Londres 1954, 307-378; VAN DEN EYNDE D., Les normes de 1 énseignement chrétien dans la littérature patristique des trois premiers siécles, Gembloux-París 1933,281-313.
J. Wicks
LATOURELLE – FISICHELLA, Diccionario de Teología Fundamental, Paulinas, Madrid, 1992
Fuente: Nuevo Diccionario de Teología Fundamental
(Regula Fidei) D. van den Ende ha demostrado que Ireneo e Hipólito usan el término para referirse a «las doctrinas vivas de las iglesias» y no a cualquier esquema. Para Tertuliano significaba las doctrinas establecidas e incambiables de la fe. Muchos historiadores creen que se refería a la fórmula bautismal, aunque esto ha sido cuestionado recientemente. El término no parece haberse usado en relación con la Biblia misma en la Iglesia Antinicena.
Hoy en día se refiere a la fuente o a la norma de la doctrina cristiana. La Iglesia Romana define la regla de fe como la enseñanza de la iglesia. Los protestantes reservan la expresión para la Escritura únicamente. Las confesiones protestantes, aunque sirven como normas secundarias, nunca reciben ellas mismas el título de «regla de fe». Esto se reserva únicamente para la Escritura, a la que se llama «la única regla de fe y práctica».
Morton H. Smith
Harrison, E. F., Bromiley, G. W., & Henry, C. F. H. (2006). Diccionario de Teología (517). Grand Rapids, MI: Libros Desafío.
Fuente: Diccionario de Teología
La palabra regla (Latín regula, Gr. kanon) quiere decir un referente, un criterio por el que algo puede ser medido, y regla de la fe quiere decir algo extrínseco a nuestra fe, que sirve como norma o medida. Puesto que la fe es divina e infalible, la regla de la fe debe ser también divina e infalible; y como la fe es un asentimiento sobrenatural a las verdades divinas basadas en la autoridad divina, la última o remota regla de la fe debe ser la veracidad de Dios al revelarse a sí mismo.
Pero como la revelación divina está contenida en libros escritos y en tradiciones no escritas (Vaticano I, I, ii), la Biblia y la tradición divina deben ser la regla de nuestra fe y como ellos son testigos mudos que no pueden interpretarse a sí mismos se les llama comúnmente » reglas de la fe próximas pero inanimadas». Sin embargo para que la Biblia y la tradición sean de provecho debemos buscar alguna regla próxima que sea animada o viva.
Juicio privado como regla de fe
Contenido
- 1 El juicio privado como regla de fe
- 2 La Iglesia como Regla de Fe
- 2.1 El Nuevo Testamento
- 2.2 Tradición
- 2.3 Teólogos
- 2.4 Razón
- 3 ¿En qué sentido es la iglesia la regla de fe?
- 3.1 Modernismo
- 3.2 La doctrina católica que toca a la iglesia como regla de fe.
- 4 Bibliografía
El juicio privado como regla de fe
Las iglesias reformadas declararon unánimemente que la Biblia era la única regla de fe. «Creemos que la única regla y estándar por el que los dogmas y todos los doctores han de ser sopesados y juzgados, no es otra cosa que los escritos proféticos y apostólicos del Antiguo y el Nuevo Testamento» (Form. Concordiae, 1577). Sin embargo los hombres ya han percibido que la Biblia no puede interpretarse a sí misma y en la Convocatoria de 1571 se puso de manifiesto que existía, quizás sin quererlo, una doble regla de fe: «los predicadores, dice, verán de no enseñar nada….excepto lo que sea aceptable a la doctrina del Antiguo y Nuevo Testamentos y lo que los Padres católicos y obispos antiguos han recogido de esa misma doctrina» (Wilkins, «Concilia», IV, 267). La Convocatoria afirmó que a Biblia era la regla de fe aunque insistió en su carácter inanimado como testigo de la fe, puesto que declararon que la iglesia primitiva era el intérprete reconocido; más aún, ellos mismos ejercían la autoridad de la iglesia. Una doctrina algo diferente apareció en la Confesión de fe de Westminster (1643-7), que declaró que los «Libros del Antiguo y Nuevo Testamento…dados por inspiración de Dios, son la regla de fe y de vida»» (art. ii), pero que la «autoridad de la Sagrada Escritura…no depende del testimonio de ningún hombre o iglesia» (art. iv). Y Añaden: «Poder ser movidos por el testimonio de la Iglesia a una alta y reverente estima de la Sagrada Escritura …sin embargo nuestra persuasión completa sobre la verdad infalible y la autoridad divina de la misma viene por el impulso interior del Espíritu Santo, que da testimonio por y con la palabra en nuestros corazones» (art. v). Esto es un enunciado claro del principio de que el juicio de cada individuo, movido por la asistencia del Espíritu Santo, es la regla de fe próxima y viva. Pero aparte de su efecto solvente sobre cualquier visión verdadera de la Iglesia, es fácil ver que tal regla nunca podría servir como interprete infalible de la regla inanimada, es decir, la Biblia. Porque ¿dónde testifica la Biblia la inspiración de ciertos libros? y ¿qué limites asigna al canon? Más aún, el trabajo interior del Espíritu Santo, siendo puramente subjetivo, nunca puede ser una prueba decisiva y universal de las divergencias doctrinales o posturas críticas; así el mismo Lutero llamó a la Epístola de Santiago «epístola de paja». Los frutos de este principio son aparentes en todas partes en el criticismo bíblico protestante. «Los teólogos de la Reforma trataron a Pablo como si fuera uno de ellos mismos. Escritores más recientes hacen lo mismo. En Neander y Godet Pablo es un teólogo pectoral, en Rückert un sobrenaturalista piadoso, en Baur un hegeliano, en Luthardt ortodoxo, en Ritschl un ritschliano genuino» (Expository Times, 1904, p. 304). En la práctica, sin embargo las iglesias reformadas nunca han estado a la altura del principio del juicio privado, sino que de una u otra manera, han urgido la autoridad de la Iglesia para decidir con contenidos de la Biblia, su inspiración y su significado
La Iglesia como Regla de Fe
Esto se sigue necesariamente de una visión adecuada de la Iglesia como un cuerpo constituido por Dios a cuyo cuidado se confía el depósito de la fe: los fundamentos de esta doctrina pueden resumirse de la siguiente manera:
El Nuevo Testamento
Cristo no ordenó a sus discípulos escribir sino solamente enseñar: Id y enseñad a todas las naciones…enseñándoles a observar todas las cosas que os he ordenado»» (Mateo 28:19-20). «Como el Padre me envío yo os envío a vosotros» (Juan 20:21). Y de acuerdo con esto, la iglesia se nos presente en todas partes como una sociedad viviente e inmortal compuesta por los que enseñan y los que aprenden. Cristo está en la Iglesia y es su cabeza; y El prometió que el Espíritu Santo estaría con ella y habitaría en ella. «Él os enseñará todas las cosas y traerá a vuestras mentes todos lo que yo os he dicho» (Juan 14:26). De ahí que S. Pablo llama a la Iglesia «la columna y fundamento de la verdad (1 Timoteo 3:15; cf. Marcos 16:16; Romanos 10:17; Hechos 15:28).
Tradición
La misma doctrina aparece en los escritos de los Padres de todos los tiempos; así S. Ignacio (Carta los trallanos 7): «Guardaos de los herejes. Podréis hacerlo si no estáis hinchados de orgullo y por ello separados de nuestro Dios, Jesucristo y del obispo y de los preceptos de los apóstoles. El que está dentro del altar está limpio, el que esta fuera no está limpio; es decir el que actúa de cualquier manera sin el obispo, los sacerdotes y diáconos, no tiene la conciencia limpia». Y S. Ireneo («Adv. Haer.», III, ii) dice de los herejes que «ninguno de ellos siente vergüenza de predicar por sí mismo corrompiendo así regla de fe (ton tes aletheias kanona); igualmente en (III, iv), «No es correcto buscar en otros la verdad que es fácil de conseguir de la Iglesia, puesto que los Apóstoles derramaron en ella sin medida, como en un rico tesoro, todo lo que pertenece a la verdad, de manera que cualquiera que lo desee, pueda beber de ella el agua de la vida. Un poco más adelante habla (V, xx) de la » verdadera y sana predicación de la Iglesia, que ofrece a todo el mundo el mismo camino de salvación».
Los testimonios son innumerables; aquí podemos solamente referirnos a la completa y explicita enseñanza que se halla en los tratados de Tertuliano contra Marción y en su «De praescriptionibus Haereticoum», y en el famoso «Commonitorium» de S. Vincent de Lerins’. En verdad las palabras bien conocidas de S Agustín pueden servir como epítome de las enseñanzas patrísticas sobre la autoridad de la iglesia «No creería en los Evangelios a no ser que la autoridad de la Iglesia Católica me moviera a ello» (Contra Ep. Fund., V). Hay que notar que los Padres, especialmente Tertuliano y S. Ireneo usan el término tradición no como algo meramente pasivo sino en un sentido activo de interpretación eclesial. Y esto es sin duda lo que quería decir S. Pablo cuando le dice a Timoteo que guarde «la forma de las sanas enseñanzas que has oído de mi». Y así las diversas fórmulas de fe, de las que tenemos un primer ejemplo en 1 Cor 15:3-4, se convirtieron en regla de fe.
Teólogos
Las enseñanzas de los Doctores de la Iglesia en este punto han sido siempre las mismas; será suficiente citar dos pasajes de Sto. Tomás que no escribió tratado alguno sobre una cuestión que daba por resuelta.
«El objeto formal de la fe», dice, «es la Primera Verdad tal como se manifiesta en la Sagrada Escritura y en las enseñanzas de la Iglesia». De aquí que si alguno no se adhiere como a una infalible y divina regla a la enseñanza de la Iglesia, que procede de la verdad de la Iglesia, manifestada en la Sagrada escritura, tal individuo no tiene el hábito de la fe pero mantiene las verdades de fe no por la fe sino por algún otro principio» (II-II, Q. v, a. 3). Y más explícitamente cuando (Quodl., ix, art. 16) pregunta si los santos canonizados están necesariamente en el cielo, dice “es cierto que el juicio universal de la Iglesia no puede errar en asuntos que pertenecen a la fe; de ahí que debemos estar más con las decisiones que el papa pronuncia judicialmente que con las opiniones de hombre por más sabios que sean en la Sagrada Escritura.
Razón
Si la fe es necesaria para todos los hombres en todos los tiempos y en todos los lugares y su una verdadera fe salvadora requiere un conocimiento claro de lo que tenemos que creer, está claro que es absoluta necesidad una iglesia docente infalible. So0lo una iglesia así pueda hablar a todos los hombres de todas clases y de todos los tiempos; solo ella puede, por razón de su perpetuidad y carácter intemporal, afrontar cualquier nueva dificultad declarando la forma de la sana doctrina que ha de mantenerse. Si la enseñanza de Cristo y de sus apóstoles es distorsionada, nadie al margen de la iglesia puede decir” Este es el verdadero significado y no aquel; sé que es como digo porque el Espíritu que me asiste es uno con el Espíritu que permaneció en El y en ellos “; solo la Iglesia puede decir “Cristo se levantó verdaderamente de la tumba y yo lo sé, porque yo estaba allí y vi la piedra del sepulcro removida. Sólo la Iglesia nos puede decir cómo hemos de interpretar las palabras “Este es mi cuerpo”, porque sólo ella puede decir “el que pronuncio esas palabras habla a través de mí, Él prometió estar conmigo todos los días y se ofreció para salvaguardarme de error en todos los tiempos”
¿En qué sentido es la iglesia la regla de fe?
1.Todos los sistemas no-católicos han sentido la necesidad de esa regla autorizada que hemos esquematizado arriba y la historia del Anglicanismo prácticamente se resuelve en una serie de intentos para formular una teoría, mientras evita la Escila de Roma, permita a la Iglesia de Inglaterra escapar de Caribdis de su disolución. Esto nunca ha sido más dolorosamente evidente que en el presente cuando una aparentemente destructivo criticismo bíblico ha compelido a los hombres a buscar un terreno más firme que solo la Biblia. Pero al formular las diferentes teorías, los teólogos no-católicos no parecen haberse dado cuenta del carácter absolutamente vital de esta cuestión y se han conformado con posturas ilógicas que han hecho más para alienar a los hombres que piensan que el ataque directo y sin disimulo de los infieles y los agnósticos. En la Reforma, la única autoridad merecedora de tal nombre fue anulada y desde entonces los hombres han estado buscando remplazarla por cualquier forma siempre que no fuera la de la Iglesia Apostólica, de la que cortaron todos sus lazos. Todas las sectas están buscando una regla de fe activa: La Alta Iglesia (High Church) en el testimonio de la primitiva iglesia; la Iglesia Baja (Low Church) en lo que podemos denominar las intuiciones espirituales del alma iluminada; la Iglesia Amplia (Broad Church) hace lo mismo pero rehúsa ser obligada por ninguna fórmula dogmática y mira a la Biblia solamente como la mejor de todos los libros inspirados; y por fin , os Ritualistas apelan al testimonio de la Iglesia Viviente (Living Church), pero confiesan ingenuamente que tal testimonio no se puede encontrar en estos tiempos actuales debido a “nuestras infelices divisiones” que impiden la reunión de un concilio verdaderamente representativo. Las Iglesias Low y Broad se contentan con un criterio puramente subjetivo de la verdad; La High con uno que necesita interpretación ; y los Ritualistas mira a la “Iglesia del futuro” y se agarra a la ilusoria “Branch Theory”(1) pero olvida que ninguna de las iglesias que llaman “ramas” aceptan esa designación
Modernismo
En los últimos años ha surgido , dentro del palio de la iglesia, una escuela de teólogos que apelan a la conciencia de la iglesia invisible más que a cualquier reunión conciliar, y parecen negar totalmente lo que los teólogos llaman el magisterio cotidiano de la Iglesia (quotidianum magisterium). Así el Rev. G. Tyrrell escribe: “es de toda importancia distinguir la iglesia pre-constitucional y sin forma, de la forma gubernamental que ha elaborado ahora para sus propias necesidades apostólicas” (Scylla and Charybdis, 49). Hasta haría de esta iglesia sin forma la regla de la fe. “La autoridad es algo inherente en, e inalienable de esa multitud misma; es la coerción moral del Divino Espíritu de la Verdad y de la Corrección inmanente en el todo, dominando sobre sus varias partes y miembros; es el imperio de la consciencia colectiva (op. cit., 370). Tal doctrina leva inevitablemente al alma como criterio último de la verdad religiosa como se señala con fuerza en la encíclica «Pascendi». Pero el rasgo más notable del modernismo el su retorno a la vieja regla de fe protestante, porque lo modernistas insisten no solo en la preeminencia de la Biblia, sino en la independencia de las critica bíblica. En el Sylabus, “Lamentabili Sane», Pio X ha condenado tales posturas como la postura de que los exégetas bíblicos están más allá de la jurisdicción de la iglesia (props. i-iii, and lxi); que el oficio de enseñar de la iglesia no se extiende a una determinación de sentido del sentido de la sagrada Escritura (prop. iv); que el oficio de la iglesia consiste meramente en ratificar las conclusiones a las que haya llegado la iglesia en general (prop. vi); y que los dogmas están con frecuencia en conflicto con la enseñanza de la Biblia (props. xxiii-xxiv, and lxi).
La doctrina católica que toca a la iglesia como regla de fe.
El término Iglesia, en este sentido, puede solo denotar la enseñanza de la Iglesia, como se ve claramente por los pasajes ya citados del Nuevo Testamento y los Padres. Pero la Iglesia docente puede verso como el cuerpo completo del episcopado, extendido por todo el mundo o reunido en un concilio ecuménico o puede ser sinónimo del sucesor de Pedro, el Vicario de Cristo. La Iglesia docente es el cuerpo apostólico que continua hasta el fin de los tiempos (Mateo 28:19-20); pero solo un obispo, es decir, el obispo de Roma, es el sucesor de S. Pedro; sólo él puede ser visto como el Apóstol y vicario de Cristo y solamente por su unión con él, se puede decir que el resto del episcopado posee el carácter apostólico (Concilio Vaticano I, Sess. IV, Prooemium). De ahí que, a no ser que estén unidos con el Vicario de Cristo, es fútil apelar al episcopado en general como la regla de fe. Al mismo tiempo, está claro que la Iglesia puede derivar un conocimiento más claro del depósito de la fe encomendado a ella, gracias a las posturas distintas de los doctores, porque, como señaló S. Agustín al tratar de la repetición del bautismo, “¿ Cómo podría una cuestión que se había convertido en algo tan oscuro y que había levantado tanto polvo en la controversia, haber sido traída a la luz clara y decisión de un concilio plenario, a no ser que hubiera sido antes discutida en todo el mundo en disputas y conferencias celebradas por los obispos? (De Baptismo, ii, 5).
Así la apelación de los ritualistas a un concilio futuro, el de los modernistas a la conciencia de la Iglesia Universal, y el de los de la High-Church a la Iglesia Primitiva, son, además mutuamente exclusivas, destructivas de la verdadera idea de la Iglesia como “pilar y fundamento de la verdad”. Si la Iglesia ha de ejercer su prerrogativa, debe decidir con puntualidad e infaliblemente cualquier cuestión sobre la fe y la moral. Sus pronunciaciones conciliares son raras y aunque el considerable peso de la majestad del testimonio ecuménico, la enseñanza de la Iglesia no está confinada en ellos. El vicario de Cristo puede, siempre que sea necesario, ejercitar la plenitud de su autoridad y cuando lo hacer no tenemos la libertad de decir, con los jansenistas, que no ha hecho justicia a las posturas de aquellos a los que condena (cf. Alex. VII, «Ad Sacram», 1656); ni podemos refugiarnos, como hicieron los jansenistas posteriores y los modernistas parece hacer, en un silencio obsequioso, opuesto a la sumisión sentida en el corazón y la aceptación mental de tales pronunciamientos del pastor supremo de las almas. (Cf. Clement XI, «Vineam Domini», 1705; y Pius X, «Lamentabili Sane», 1907, prop. vii).
Cuando Newman fue recibido en la Iglesia escribió las famosas líneas que forman la conclusión del Ensayo sobre el Desarrollo (Essay on Development)) No pongas de ti lo que has encontrado aquí; no lo mires como una cuestión de controversia actual;
«No pongas como tuyo lo que has encontrado aquí; considéralo no solo como una mera controversia actual; no te dispongas a resolverlo o refutarlo tratando de hallar la mejor forma de hacerlo; no te dejes seducir por la imaginación que viene de la desilusión, el disgusto, la inquietud, los sentimientos heridos, o una sensibilidad indebida o cualquier otra debilidad. No des vueltas en las asociaciones de años pasados, ni determines que es verdad lo que tú deseas que lo sea, ni crees un ídolo de tus expectativas más queridas. El tiempo es corto, la eternidad larga”.
Bibliografía
Escritores Patrísticos.- Ireneo, Adversus Haeres., ed. MIGNE, P.G., VII; TERTULIANO, De praescriptionibus Haereticorum, ed. HURTER (Utrecht, 1870); CIRILO DE JERUSALEM, Catecheses, ed. MIGNE, P.G., XXXIII; CIRILO DE ALEJANDRIA, Segunda Carta a Nestorio, según los concilios de EFESO Y CALCEDONIA «la regla de la fe» (epistole kanonike); VINCENTE DE LERINS, Commonitorium, ed. HURTER. Ver también SCHANZ, Apologie, tr. (New York, 1892); HARNACK, History of Dogma, tr.
Escritores del periodo Escolástico – MELCHOR CANO, De locis theologicis (Roma, 1890); SUAREZ, Defensio Fidei Catholicae et Apostolicae, ed. VIVES (Paris, 1878); BELLARMINO, Disputationes de controversiis fidei (Ingolstadt, 1586).
Escritores católicos del periodo de la Reforma en Inglaterra.- CAMPIAN, Decem Rationes etc.; BRISTOW, Motives (Antwerp, 1574); HUDDLESTONE, A short and plain way to the Faith and Church (1688), reprinted by DOLMAN (1844).
Escritores modernos.- MILNER, The End of Religious Controversy (1818; reprinted Shrewsbury, 1831); WISEMAN, Lectures on the Catholic Church; IDEM, The Rule of Faith; SWEENEY, The Nature, the Grounds, and the Home of Faith (1867); WILHELM AND SCANNELL, Manual of Dogmatic Theology (London, 1898); HUMPHREY, The Bible and Belief (London, 1886).
Escritores Anglicanos de los siglos XVII y XVIII.- THORNDIKE, On the Principles of Christian Truth, ed. PARKER (Oxford, 1845); PEARSON, Exposition of the Creed (1659); BULL, Works, ed. BURTON (Oxford, 1827), 6 vols.; BUTLER (se dijo que murió católico), Analogy of Religion, II. Durante el siglo Diecinueve Century.- NEWMAN, The Via Media of the Anglican Church (edicion revisada , 1877); W. G. WARD, The Ideal of a Christian Church (1844); R. I. WILBERFORCE, An Enquiry into the Principles of Church Authority (1854); PUSEY, An Eirenicon (Oxford, 1865), I; MANNING, The Rule of Faith (a sermon at Chichester, 1838); Lux Mundi, art. 9, The Church (10th ed., 1890); STALEY, The Catholic Religion for Members of the Anglican Church; GORE, The Incarnation of the Son of God in Bampton Lectures (1891). Ver tambien las referencia en el artículo FE.
Fuente: Pope, Hugh. «The Rule of Faith.» The Catholic Encyclopedia. Vol. 5. New York: Robert Appleton Company, 1909. 20 Oct. 2015
http://www.newadvent.org/cathen/05766b.htm
Traducido por Pedro Royo
1. N del T: Branch Theory o teoría de las ramas defiende que la Iglesia Católica se compone de tres diferentes comuniones La Romana, la Anglicana y La Ortodoxa Oriental
Fuente: Enciclopedia Católica