G968

Diccionario Strong

βῆμα

béma

de la base de G939; escalón, i.e. del ancho del pie; por implicación tribuna, i.e. tribunal: tribunal.

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Diccionario Tuggy

Βῆμα, τος, τό. Púlpito. βῆμα ποδός = lugar para asentar el pie. A.T. מִגְדָּל , Neh 8:4. מִדְרָךְ , Deu 2:5. N.T.

A) βῆμα ποδός = Lugar para asentar el pie : Hch 7:5.

B) Tribunal de justicia, corte : Mat 27:19; Jua 19:13; Hch 12:21; Hch 18:12; Hch 18:16-17; Hch 25:6; Hch 25:10; Hch 25:17; Rom 14:10; 2Co 5:10.

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Diccionario Swanson

(Swanson 1037)

βῆμα (bēma), ατος (atos), τό (to): s.neu.; ≡ Strong 968-1. LN 7.63 silla de juicio, una corte judicial, asiento de tribunal (Mat 27:19; Jua 19:13; Hch 12:21; Hch 18:12, Hch 18:16-17; Hch 25:6, Hch 25:10, Hch 25:17; Rom 14:10; 2Co 5:10+; Hch 12:23 v.l.); 2. LN 80.3 βῆμα ποδός (bēma podos), casi una yarda cuadrada, 30 pulgadas por 30 pulgadas, un espacio pequeño, por un efecto equivalente en la traducción, «ni siquiera un pie cuadrado de terreno» (Hch 7:5+)

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(Swanson 1038)

Βηρεύς (Bēreus), έως (eōs), ὁ (ho): s.pr.masc.-LN 93.75 Bereus (Rom 16:15 v.l.)

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Diccionario Vine NT

bema (βη̂μα, G968), significa primariamente un paso (relacionado con baino, ir), y en Hch 7:5 se traduce «para asentar un pie», lit., «lugar para un pie». En cuanto a su significado derivado de tribunal, véase TRIBUNAL.

bema (βη̂μα, G968), primariamente paso (relacionado con baino, ir), como en Hch 7:5, traducido «para asentar un pie», lit: «lugar para pie». Se empleaba para denotar un lugar elevado, una tarima o plataforma, a la que se ascendía por unos peldaños, originalmente la que se encontraba en la colina Pnyx, donde estaba el lugar de asamblea; desde la plataforma se pronunciaban discursos. El término pasó a emplearse para designar a un tribuno, dos de los cuales eran provistos en los tribunales griegos: uno para la acusación y otro para la defensa. Se aplicaba al tribunal de un magistrado o gobernador romano (Mat 27:19; Jua 19:13; Hch 12:2l; Hch 18:12, Hch 18:16-17; Hch 25:6, Hch 25:10, Hch 25:17).

En dos pasajes el término se emplea del tribunal ante el que todos los creyentes deberán responder. En Rom 14:10 recibe el nombre «el tribunal de Dios», según los mss. más comúnmente aceptados, (RVR: «el tribunal de Cristo»). Este mismo tribunal es llamado «el tribunal de Cristo» (2Co 5:10), a quien el Padre ha dado todo juicio (Jua 5:22, Jua 5:27). Ante este bema los creyentes han de quedar manifiestos, para que cada uno «reciba según lo que haya hecho mientras estaba en el cuerpo, sea bueno o malo». Allí recibirán sus recompensas por su fidelidad al Señor. Todo lo que en sus vidas haya sido contrario a su voluntad les significará una pérdida (1Co 3:15). Este tribunal debe ser distinguido del «trono de gloria» premilenial (Mat 25:31), y del «gran trono blanco» postmilenial (Apo 20:11), ante el que solo los «muertos» comparecerán. El tribunal de Cristo tendrá su sesión en su parusía, esto es, su presencia con sus santos después de su vuelt a para recibirlos a sí mismo.¶

Fuente: Varios Autores