CASUISTICA

[301]
Estudio de la moral en función de ejemplos (casos) significativos de los diversos planteamientos éticos. Es buena como ilustración de los principios. No es conveniente su es sustitución de los principios.

En Catequesis hay que saber usar el ejemplo como medio pedagógico conveniente, no como entretenimiento, aun cuando se más gratificante que la exposición o la explicación. Por eso es preciso tener el sentido de la medida, por cuanto lo importante para la educación recta de la conciencia es la formación de criterios y la presentación de ideales de vida y no simplemente la resolución de casos particulares.

El catequista puede caer en la trampa de entretener con «casos» más que de formar con criterios. Esto acontece, sobre todo, a ciertas edades en que los catequizandos lo demandan, como acontece en la preadolescencia. Con todo debe recordar que, con niños y gente sencilla, el ejemplo es lenguaje cautivador.

Pedro Chico González, Diccionario de Catequesis y Pedagogí­a Religiosa, Editorial Bruño, Lima, Perú 2006

Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa

Este término, derivado de la palabra latina casus, significa en primer lugar la aplicación de unos conocimientos o normas generales a unos fenómenos o casos particulares, a menudo con la intención pedagógica de ofrecer una ayuda para una decisión responsable en casos análogos de conflicto.

Este término, de acepción no uní­voca, se usa en diversos campos del saber humano: en la medicina significa la recogida de observaciones sobre determinadas enfermedades: en jurisprudencia, no solamente se aplica cada ley a unos hechos concretos, sino que también las sentencias concretas contribuyen a la determinación del mismo derecho; finalmente, en las diversas religiones, hay siempre un conjunto de prescripciones rituales y morales por las que se trata de encontrar la aplicación justa de las normas en las situaciones concretas de la vida. Por eso mismo siempre ha estado presente una casuí­stica en la tradición bí­blico-cristiana.

Como momento de la teologí­a moral, la casuí­stica se desarrolló solamente a partir del s. XVl, cuando para obedecer la prescripción del concilio de Trento de confesar í­ntegramente todos los pecados mortales, indicando incluso el número, la especie y – las circunstancias de los mismos, se encargó a unos profesores concretos la formación de los futuros confesores mediante la discusión de diversos casus conscientiae, sacados en parte de la vida y en parte totalmente ficticios.

A continuación se publicaron volúmenes concisos de casos de conciencia, mediante los cuales, con un método concreto que partí­a de las leyes divinas y humanas y con la ayuda de los «principios reflejos» (cf. sistemas morales), se intentaba dar una respuesta sobre la existencia o no existencia de ciertas obligaciones morales, resolviendo de esta manera el caso (cf. la larga lista de publicaciones en DTC, 11, col. 1872-1876). Desde la perspectiva de hoy se podrí­a ver en esas respuestas el intento de garantizar cierto margen de libertad al individuo en medio de la sociedad absolutista y completamente reglamentada de entonces. Pero también iba unido a ello el peligro de limitarse a lo mí­nimo exigido para las obligaciones morales, cediendo incluso a veces a posiciones «laxistas», de manera que algunas de esas colecciones de casos fueron a parar al í­ndice.

En contra de la moral casuista se levantaron las crí­ticas de aquellas escuelas morales que tendí­an a posiciones rigoristas, especialmente el jansenismo. El ataque literario más conocido es el de las Lettres a un provincial de Blaise Pascal (165611657). También la moral protestante rechaza en general la casuí­stica, viendo en ella una expresión del espí­ritu farisaico que exalta la ley a costa del Evangelio. Por eso la casuí­stica ha sido considerada hasta nuestros dí­as como legalista, minimalista y, por algunos de sus casos ficticios, alejada de los problemas reales de la gente.

Una seria reflexión ética no podrá prescindir sin embargo de analizar en todos sus elementos la experiencia moral hecha en las diversas decisiones de la vida, sobre todo en situaciones difí­ciles, intentando llegar así­ a una «cultura del pensamiento concreto» (Demmer).

Aunque la decisión en la situación concreta no puede comprenderse nunca como pura aplicación de la ciencia moral, va que en la situación misma se encuentran elementos que sólo puede valorar la conciencia del individuo, sigue siendo verdad que un análisis l una discusión objetiva del caso (la Casuí­stica) conserva su valor pedagógico de formación de la conciencia; más aún, en algunas experiencias piloto podrá tener una función eurí­stica de investigación y de formulación de nuevas normas morales.
C Golser

Bibl.: 1, Tarucchi, Casuistica, en DTM, 1 BO182; E. Dublanchv Cas de conscience, Casuistique, en DTC,-II, lB15-1820.

PACOMIO, Luciano [et al.], Diccionario Teológico Enciclopédico, Verbo Divino, Navarra, 1995

Fuente: Diccionario Teológico Enciclopédico

La casuística se deriva del latín casus significando «caso», se refiere a la aplicación de principios generales de moralidad a ciertos casos particulares de conducta y consciencia. Con la posible excepción de Hch. 15:20, no encontramos en el NT ningún tipo de casuística. Sin embargo, la historia subsiguiente de la iglesia está marcada por su práctica e influencia.

En el lenguaje más común, la palabra ha llegado a asociarse con el mal uso de principios con el fin de justificar una posición o línea de conducta.

Véase Probabilismo, Acomodamiento.

BIBLIOGRAFÍA

  1. Wenley en HERE.

Herman C. Waetjen

HERE Hastings’ Encyclopaedia of Religion and Ethics

Harrison, E. F., Bromiley, G. W., & Henry, C. F. H. (2006). Diccionario de Teología (100). Grand Rapids, MI: Libros Desafío.

Fuente: Diccionario de Teología