CONSTITUCIONES APOSTOLICAS
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Este documento es un escrito amplio en ocho libros, que contienen las orientaciones eclesiásticas atribuidas a los Doce apóstoles y transmitidas a Clemente I de Roma.
Son Reglas de vida cristiana, en donde se mezcla lo litúrgico con lo moral, pero en donde se da importancia singular a la enseñanza religiosa para que no sea la ignorancia causa del vicio.
Los seis primeros libros tienen parecido con otro escrito del siglo III conocido como Didascalia Apostolorum. El VI parece un desarrollo sistemático de la obra primitiva de la Didajé. Y el libro octavo recoge 85 normas canónicas de diversas Iglesias que reflejan las formas de vida de los cristianos de su entorno
Es probable que los ocho libros fueran una compilación y copia de otros anteriores, lo que les concede un valor testimonial de importancia, pero un estilo diferente en cada uno. Tal vez la recopilación hecha entre el 340 y el 400 proceda de un autor denominado luego el Pseudo-Clemente, quizá de origen sirio y con tendencias procedentes del arrianismo.
Pedro Chico González, Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa, Editorial Bruño, Lima, Perú 2006
Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa
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Las Constituciones apostólicas, cima de las grandes >Colecciones apostólicas, pueden datarse en una fecha muy cercana al 380 d.C. en la región de Antioquía de Siria. La obra consta de ocho libros de desigual extensión, que incluyen la Didascalia apostolorum, del siglo III (libros I-VI), la >Didaché, del siglo I (libro VII), y la >Tradición apostólica, de comienzos del siglo III, pseudoepigráficamente atribuida a Hipólito, así como una versión del siglo IV de los 85 cánones apostólicos/conciliares (libro VIII). Las Constituciones apostólicas son atribuidas a Clemente y son una compilación, por lo que no hacen una presentación unificada de las ideas. Por otro lado, sus distintas partes son a su vez en gran medida compilaciones. Por eso dentro de un mismo texto hay inconsistencias internas. Además, copistas de siglos posteriores trataron de armonizar los textos con la ortodoxia de concilios posteriores. La acusación de ser una obra arriana no se ha probado convincentemente, a pesar de haber sido condenada por Focio el 891; el calificativo de «arriano», que designa una herejía cristológica esencial, era un término más bien vago que se aplicaba a obras cuya ortodoxia era de algún modo cuestionada.
Hay varias ideas teológicas claves actuando de manera subyacente en gran parte de la obra: la primacía de la historia de la salvación, porque Dios ha intervenido en el tiempo; la consecuencia de la intervención de Dios en la salvación, que se describe como conocimiento, vida y reconciliación; Cristo, sacerdote y mediador, es el Hijo único del Padre eterno; la jerarquía celeste es un modelo para la Iglesia terrena, que sustituye a Israel; hay algunas oraciones judías transformadas, aunque la obra en conjunto es fuertemente antijudía. La pneumatología de la obra no está desarrollada: el Espíritu Santo todavía no se ve en términos del I concilio de >Constantinopla (380-381); aunque situado por encima de los ángeles, todavía no se afirma claramente que el Espíritu Santo sea una persona divina.
Eclesiológicamente la obra es de gran interés, ya que muestra la realidad, las aspiraciones, acaso la memoria de la Iglesia a finales del siglo IV: dado que contiene algunos textos antiguos, no podemos estar seguros de que la realidad de la Iglesia fuera tal como se describe en las distintas obras que constituyen las Constituciones apostólicas. Las imágenes fundamentales de la Iglesia son el rebaño y la barca, donde cada persona tiene su lugar y su papel (Constituciones apostólicas 2, 57, 2,4 y 12).
Teniendo presentes las fechas de las distintas obras que constituyen las Constituciones apostólicas, y teniendo en cuenta también que hay evidencias de retoques editoriales, podemos considerar su doctrina fundamental sobre las instituciones de la Iglesia. El libro 1 trata ampliamente de distintas cuestiones morales, relacionadas en su mayoría con el laicado (>Laicos). El libro II aborda temas relacionados con los >obispos, que ocupan un lugar absolutamente central en las Constituciones apostólicas. Trata también de los >sacerdotes y de los >diáconos. El largo 2,57 presenta una ordenación de la Iglesia para la liturgia: «Por lo que a ti respecta, obispo, sé santo e irreprochable, no pendenciero o propenso a la ira, ni duro; aprende, por el contrario, a edificar, convertir e instruir. Sé dócil, bondadoso, paciente, mantente siempre dispuesto a exhortar y consolar como hombre de Dios. Cuando convoques a la Iglesia de Dios, exige, como el capitán de una gran embarcación, que cada uno cumpla rigurosamente con la disciplina. Di a los diáconos que, como marineros, asignen sus plazas a sus hermanos, los pasajeros, con la mayor atención y dignidad. En primer lugar, que el edificio sea alargado y esté orientado hacia oriente, con las sacristías a ambos lados hacia oriente; de este modose parecerá a un barco. En medio estará situada la sede del obispo; a ambos lados se sentarán los sacerdotes; los diáconos estarán a su lado, atentos y vestidos con ropas amplias, como corresponde a los marineros y patrones del barco. Se encargarán de que los laicos estén en su zona, con gran disciplina y compostura, y las mujeres en un lado en silencio». En otros lugares el tratado se ocupa detenidamente de los obispos, los >sacerdotes, los >diáconos, las >diaconisas, los exorcistas (>Exorcismo), los >profetas, los >carismas y el estado de vida de las >viudas y las >vírgenes.
Las Constituciones apostólicas dan muchos ejemplos de oraciones y bendiciones. La gran bendición de 2, 33-38 parece tener un trasfondo sinagogal pero en edición cristiana. Es central en estas oraciones la anamnésis (rememoración), es decir, la evocación, más o menos breve, de la obra divina de la creación y la redención. La petición a Dios viene en tercer lugar, después de una invocación, a veces elaborada, y de la anamnésis; no obstante, a veces hay bendiciones sin súplica. El verbo eucharistein se usa con frecuencia en las oraciones de alabanza y de acción de gracias. La mayoría de las oraciones acaban con una doxología en la que Cristo es el mediador; y algunas, como la que sirve de conclusión a toda la obra, son trinitarias: «Que él os dé vida eterna con nosotros a través de la mediación de su amado siervo Jesucristo, nuestro Dios y Salvador, por quien sea la gloria al Dios y Padre que está por encima de todo, en el Espíritu Santo Paráclito, por los siglos de los siglos. Amén». La > imposición de manos tiene particular importancia como gesto litúrgico.
Los estudiosos del tema están divididos acerca de las dos anáforas de las Constituciones apostólicas: unos piensan que son composiciones originales del compilador; otros, por el contrario, creen que representan una fase en la evolución de las plegarias eucarísticas. Una de las anáforas es corta, probablemente incompleta y basada en la Didaché; la otra es larga, espléndida y está basada en la Tradición apostólica. Esta última es llamada a veces la Anáfora clementina. Sus partes son: diálogo inicial, no muy diferente del de nuestro prefacio moderno; oración de alabanza; anamnésis de las grandes obras de la creación; anamnésis de la primera alianza; trisagio bíblico (santo, santo, santo); anamnésis cristológica; anamné sis de la última cena; anamnésis del misterio pascual y ofertorio; epiclésis sobre las ofrendas y la asamblea; oraciones de intercesión por la Iglesia, el mundo, las buenas cosechas, etc. Sigue luego una segunda serie de intercesiones, la comunión y una larga oración de poscomunión.
El compilador de las Constituciones apostólicas insiste en los oficios, que todos han de realizar dos veces al día, punto que aparece también en el contemporáneo san Juan Crisóstomo. El ayuno es dos veces a la semana, los miércoles y los viernes Se hace una exposición detallada del año litúrgico, ampliando materiales de la Didascalia. Se celebran las siguientes fiestas: Navidad, Epifanía, Viernes y Sábado santos, Pascua, Ascensión, Pentecostés y la semana siguiente a Pentecostés, que es festiva pero incluye el ayuno. En el terreno de la >reconciliación de los pecadores, el compilador está lejos de ser severo, y la doctrina sobre el >matrimonio es muy positiva, si bien tiene una visión en cierto modo negativa de las segundas nupcias de las viudas y viudos.
Las Constituciones apostólicas son una mina de información sobre la vida de la Iglesia primitiva y proporcionan un fondo vivo sobre el cual pueden situarse los textos patrísticos de esta época.
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Christopher O´Donell – Salvador Pié-Ninot, Diccionario de Eclesiología, San Pablo, Madrid 1987
Fuente: Diccionario de Eclesiología
Una colección pseudoapostólica del siglo IV, en ocho libros, de tratados independientes, aunque estrechamente relacionados, sobre disciplina cristiana, el culto y la doctrina, destinados a servir como un manual de orientación para el clero, y hasta cierto punto para los laicos.
Su tono es más bien exhortativo que preceptivo, ya que, aunque evidentemente pretendía ser un código de instrucción catequética y de ley moral y litúrgica, sus mandatos a menudo toman la forma de pequeños tratados y exhortaciones, ampliamente apoyados por textos y ejemplos bíblicos. Sus elementos están combinados libremente sin gran atención al orden o a la unidad. Pretende ser la obra de los Apóstoles, cuyas instrucciones, ya sea dada por ellos como individuos o como un cuerpo, se supone que están reunidos y transmitidos por el alegado compilador, San Clemente de Roma, la autoridad de cuyo nombre dio peso ficticio a más de una de tales piezas de la primera literatura cristiana.
Parece que la Iglesia nunca consideró esta obra como de incuestionable autoridad apostólica. El Concilio in Trullo (692) rechazó la obra debido a las interpolaciones de los herejes. Sólo aceptaron de ella la parte que llevaba por nombre «Cánones Apostólicos»; pero incluso los cincuenta de estos cánones que para entonces habían sido aceptados por la Iglesia Occidental no fueron considerados como de origen apostólico certero. Sin embargo, donde se las conocía, las tuvieron generalmente en alta estima y sirvieron como base para mucha de la legislación eclesiástica. Actualmente, son del más alto valor como documento histórico, que revela las condiciones morales y religiosas y las prácticas litúrgicas de los siglos III y IV.
Su texto no era conocido en la Iglesia de Occidente durante la Edad Media. En 1546 Capello publicó una versión latina de un texto encontrado en Creta, y en 1563 apareció el texto griego completo de Bovio y el del padre jesuita Torres (Turriano) que, a pesar de los evidentes arcaísmos y las incongruencias de la colección, sostuvo que se trataba de una obra auténtica de los Apóstoles. Existen cuatro manuscritos de la misma: el más antiguo es un texto de principios del siglo XII en San Petersburgo, un texto afín del siglo XIV en Viena, y dos textos afines del siglo XVI, uno en Viena y el otro en París. En su forma actual, el texto representa el crecimiento gradual y la evolución de las costumbres de los tres primeros siglos de vida de la Iglesia cristiana. El compilador recopiló los elementos adecuados para su propósito a partir de códigos morales, disciplinarios y litúrgicos preexistentes, y mediante la adaptación y la interpolación enmarcó un sistema de constituciones que, si bien adecuado a las necesidades contemporáneas, aun así podía pretender, en una época no crítica, ser de origen apostólico.
Gracias a estudios textuales recientes sobre la literatura cristiana primitiva, ahora se puede reconocer claramente la mayoría de las fuentes que usó el compilador. Los seis primeros libros se basan en la “Didascalia Apostolorum», un tratado perdido del siglo III, de origen griego, que se conoce a través de versiones siríaca. El compilador de las Constituciones Apostólicas hizo uso de la mayor parte de este tratado más antiguo, pero lo adaptó a las necesidades de su tiempo mediante algunas modificaciones y extensa interpolación. La evolución litúrgica hizo necesaria una ampliación considerable de las fórmulas de culto; los cambios en la práctica disciplinaria requirieron una flexibilización de algunas de las antiguas ley; se usaron más frecuentemente referencias y ejemplos bíblicos que en la Didascalia matriz, destinados a reforzar las enseñanzas inculcadas por las Constituciones Apostólicas. El séptimo libro, que consta de dos partes bien diferenciadas, la primera una instrucción moral (I-XXXII) y la segunda, litúrgica, (XXXIII-XLIX), cuya primera parte depende del Didajé o «Enseñanza de los Doce Apóstoles «, de la primera parte del siglo II, que ha sido ampliado por el compilador del mismo modo en que fue ampliada la Didascalia en la elaboración de los primeros seis libros. El redescubrimiento del Didajé en 1873 puso de manifiesto la fidelidad con la que el compilador lo incorpora, casi palabra por palabra, en su expansión de sus preceptos, excepto por tales omisiones y cambios que se hicieron necesarios por el lapso de tiempo. El hecho de que el Didajé mismo fue una fuente para la Didascalia explicará la repetición en el libro séptimo de las Constituciones Apostólicas de los asuntos tratados en los libros anteriores. Todavía no se ha podido determinar la fuente de la segunda parte del séptimo libro.
En el libro octavo se reconocen muchos elementos distintos cuya misma cantidad y diversidad hace difícil determinar con certeza de qué fuentes extrajo el compilador. El octavo libro de las Constituciones Apostólicas se puede dividir en tres partes como sigue: los capítulos introductorios (I-II) tienen por fundamento un tratado titulado «La enseñanza de los Santos Apóstoles acerca de los Dones», posiblemente una obra perdida de San Hipólito. El tercer capítulo de transición es el trabajo del compilador. El último capítulo (XLVII) contiene los «Cánones Apostólicos». La segunda parte (IV-XLVI) es la que presenta dificultades cuya variada solución divide a los eruditos en cuanto a sus fuentes. Estudios recientes en la literatura cristiana primitiva han hecho evidente el parentesco de varios documentos que tratan sobre asuntos disciplinarios y litúrgicos, estrechamente afines con este octavo libro, aunque no se puede entender claramente su interdependencia. El más importante de estos documentos son: Los “Cánones de [¿Pseudo?] Hipólito»; la «Constitución de la Iglesia Egipcia», y el recientemente descubierto texto siríaco de «El Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo». Según el Dr. Hans Achelis, el «Cánones de Hipólito», que él considera como un documento de origen romano del siglo III, es la matriz de la “Constitución de la Iglesia Egipcia”, de donde vino, por filiación independiente, el siríaco «Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo «, y el octavo libro de las Constituciones Apostólicas. En esta hipótesis el «Cánones de Hipólito», o más inmediatamente la «Constitución de la Iglesia Egipcia”, y la práctica contemporánea de la Iglesia serían la fuente de las que tomó el compilador de las Constituciones Apostólicas.
El Dr. Funk, en cambio, argumenta firmemente por la prioridad del libro octavo de esta última, de donde, a través de un texto paralelo, se derivan los otros tres documentos que él considera como obras del siglo V, una conclusión no sin dificultades de aceptación, sobre todo en lo que respecta al lugar de los «Cánones de Hipólito” en la cronología. Si se acepta la prioridad de las Constituciones Apostólicas, no es fácil identificar las fuentes de las que dependió el compilador. Para el elemento litúrgico (V-XV), el cual es una interpolación evidente, el compilador pudo haberse inspirado en la práctica de alguna iglesia en particular. La “Diaconica” antioquena no dejó de tener alguna influencia sobre él, y puede ser que, por otro lado, él tuviese a mano los códices ceremoniales, hoy perdidos. Es probable que su liturgia sea incluso de su propia creación y que nunca hubiese sido utilizada justo en la forma en la da. (Vea liturgia de Antioquía).
Un estudio de las fuentes de esta obra sugiere el mucho esfuerzo que hizo el compilador al tratar de reunir y amplificar los muchos tratados sobre doctrina, disciplina y culto existentes en su época. Un resumen del contenido puede sugerir la amplitud y variedad de la obra. El primer libro trata sobre los deberes de los laicos cristianos, sobre todo en vista de los peligros resultantes de la asociación con los no creyentes. Entre otras cosas se condena la vanidad en el vestir, los baños promiscuos, la curiosidad sobre la vida y los libros de los impíos. El segundo libro se refiere principalmente al clero. Se exponen en detalle las prerrogativas y deberes de los obispos, sacerdotes y diáconos, y se provee para su dependencia y sustento. Este libro trata en detalle de la regulación de la práctica penitencial, de la precaución que se debe observar respecto a los acusadores y los acusados, de las disputas de los fieles y la forma de zanjar las diferencias. Esta porción de las Constituciones Apostólicas es de especial interés, ya que retrata la disciplina penitencial, y el sistema jerárquico de los siglos III y IV. Aquí hay también un número de detalles ceremoniales en relación con la asamblea de culto cristiana que, con la liturgia del libro octavo, son de la mayor importancia e interés.
El tercer libro trata de las viudas y sus oficios en la Iglesia. Una consideración de lo que no deben hacer lleva a un tratado sobre los deberes de los diáconos y sobre el bautismo. El cuarto libro trata de las obras de caridad, la provisión para los pobres y huérfanos, y el espíritu con el que se debe recibir y distribuir las ofrendas hechas a la Iglesia. El quinto libro trata de los que sufren persecución por amor a Cristo y de los deberes de los cristianos hacia ellos. Esto lleva a una consideración del martirio y de la idolatría. Luego siguen detalles sobre las fiestas y el ayuno. El sexto libro trata de la historia y las doctrinas de los primeros cismas y herejías; y sobre «La Ley», un tratado contra la superstición e impureza judía y pagana.
La primera parte del séptimo libro trata principalmente sobre moral, condena los vicios y alaba las virtudes y a los maestros cristianos. La segunda parte está compuesta de instrucciones litúrgicas y fórmulas. El octavo libro es en gran parte litúrgico. Los capítulos III-XXVII tratan de la otorgación de todas las órdenes; y, respecto a la consagración de un obispo, en los capítulos V-XV se da la llamada Liturgia Clementina, el orden completo de los ritos de la Santa Misa más antiguo existente. Los capítulos XXVIII-XLVI contienen una colección de cánones misceláneos, morales y litúrgicos, que se atribuyen a varios Apóstoles; mientras que el capítulo XLVII consiste de los ochenta y cinco «Cánones Apostólicos».
El estilo sorprendentemente característico de las muchas interpolaciones en las Constituciones Apostólicas hace evidente que la compilación, incluyendo los «Cánones Apostólicos”, es el trabajo de una sola persona. No se puede conjeturar sobre quién era este Pseudo-Clemente, pero ahora se acepta generalmente que es el mismo que el interpolador de las epístolas ignacianas. Ya a mediados del siglo XVII, el arzobispo Ussher, sugirió la identificación del Pseudo-Clemente con el Pseudo-Ignacio, pues reconoció la similitud del pensamiento teológico, el uso peculiar de las Escrituras y las muy marcadas características literarias en las Constituciones Apostólicas y en ambos las interpolaciones de las siete epístolas de Ignacio y las siete epístolas espurias atribuidas al obispo de Antioquía. Esta opinión ha ganado aceptación general, no sin alguna duda que no pueda desvanecerse hasta que se resuelva el problema de las fuentes del octavo libro.
Han sido infructuosos los esfuerzos tendientes a una mayor identificación del autor de esta extensa y verdaderamente notable literatura de interpolaciones. Se puede dar por sentado que era un clérigo, y uno no favorablemente dispuesto a las prácticas ascéticas. También es palmario que no era rígidamente ortodoxo, pues utiliza el lenguaje del subordinacionismo; sin embargo, no era un arriano extremo. Pero no se puede determinar si era un apolinarista —como infiere el doctor Funk a partir de la insistencia del autor en negar el alma humana de Nuestro Señor— o un semiarriano, o incluso un niceno bien intencionado, cuyo lenguaje refleja las opiniones irresolutas sostenidas por no pocos de sus errados contemporáneos. Pues, cualesquiera sean sus puntos de vista teológicos, él no parece ser un partidario o el campeón de ninguna secta; ni tiene manías disciplinarias que les quiera imponer a sus hermanos en nombre de la autoridad apostólica.
Siria parece ser el lugar de origen de esta obra, y el interés del compilador en los hombres y las cosas de Antioquía podrían señalar a esa ciudad como el centro de sus actividades. Su interés en las epístolas ignacianas, su citación del calendario siro-macedonio, su uso del así llamado Concilio de Antioquía como una de las principales fuentes de los «Cánones Apostólicos», y su construcción de una liturgia en las líneas antioquenas confirman la teoría del origen sirio.
Su fecha es igualmente difícil determinar con exactitud. El primer terminus a quo sería el Concilio de Antioquía en 341. Pero la referencia a la Navidad en el catálogo de las fiestas (V, 13; VIII, 33) parece postular una fecha posterior a 376, cuando San Epifanio, que conocía la Didascalia, en la enumeración de las fiestas que se haya en su obra contra las herejías, no menciona la fiesta de diciembre, que de hecho no se celebró en Siria hasta cerca de 378. Si el compilador era de tendencias arrianas no pudo haber escrito mucho más tarde de la muerte de Flavio Valente (378). La ausencia de referencias a la herejía nestoriana o a la monofisita descarta toda posibilidad de una fecha posterior a principios del siglo V. La opinión más probable data la compilación alrededor del año 380, sin excluir la posibilidad de una fecha de dos décadas antes o después. (Vea derecho canónico, Liturgia de Antioquía, Papa San Clemente I, Cánones Apostólicos.
Bibliografía: VON FUNK, Die apostolischen Constitutionen (Rottenburg, 1891); ID. Das Testament des Herrn und die verwandten Schriften (Maguncia, 1901); Id., en Theolog. Quartalschrift (1893), 594-666, en Historisches Jahrbuch (1895), 1-36, 473-509, en Revue d’histoire ecclésiastique (Lovaina, oct. 1901; ACHELIS, Die Canones Hippolyti en Texte und Untersuchungen (Leipzig, 1891), VI, IV, 240 ss.; LAGARDE, Constitutiones Apostolicæ (Leipzig, 1862); PITRA, Juris ecclesiastici Græcorum Historia et Monumenta (Roma, 1864), I, 46 ss.; 111 ss.; The Cotelier-Clericus ed. (Amsterdam, 1724) fue reimpresa en P.G., I, 509-1156. Una traducción al inglés aparece en Ante-Nicene Library (Edimburgo, 1870), XVII, (Ed. Am., Nueva York, 1899), VII, 385-508. O’LEARY, The Apostolic Constitutions and Cognate Documents (Londres, 1906); BRIGHTMAN, Liturgies, Eastern and Western (Oxford, 1896), I, XVII-XLVII; RIEDEL, Die Kirchenrechtsquellen des Patriarchats Alexandrien (Leipzig, 1900); BARDENHEWER, Patrologie 2da. ed., Friburgo, 1901), 307-14.—KOHLER, en The Jewish Encyclopedia, s.v. Didaskalia and Didache. Vea también la bibliografía de los artículos sobre los antedichos documentos relaciondos, como casi toda la literatura referente a ellos entra en los problemas de su relación con las Constituciones Apostólicas.
Fuente: Peterson, John Bertram. «Apostolic Constitutions.» The Catholic Encyclopedia. Vol. 1. New York: Robert Appleton Company, 1907.
http://www.newadvent.org/cathen/01636a.htm
Traducido por Luz María Hernández Medina.
Fuente: Enciclopedia Católica