LEGADO

Legado (lat. Legatus Augusti pro praetore). Esta clase de gobernador, cuya duración en el cargo era indefinido, era el administrador de una provincia imperial. En contraste con las provincias senatoriales, estaba bajo el control del emperador mediante su legado o enviado y requerí­a la presencia de una fuerza militar romana. El legado, responsable sólo ante el emperador, tení­a el cargo por tiempo indefinido. Sólo se menciona un legado de esta clase en el NT: Cirenio de Siria, quien tení­a su asiento en Antioquí­a, sobre el Orontes (Luk 2:2). El término griego para este cargo es hegùemoneuí‡, “funcionar como un heguemon (“dirigente”, “gobernador”)”.

Fuente: Diccionario Bíblico Evangélico

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Enviado de una autoridad como representante, en ocasiones permanente (embajador) o a veces con una misión negociadora (plenipotenciario). En la Iglesia, es usual el enví­o de Legados o diversos Delegados pontificios a diversos Congresos o encuentros internacionales. Acuden en nombre del Pontí­fice y expresan las posturas oficiales de la Iglesia ante organismos o autoridades.

Las leyes de la Iglesia determinan los tipos de legados y las misiones que puede ejercer. (C.D.C. cc. 358 a 366). El uso de la Iglesia en el envió de legados ha variado según los tiempos y las circunstancias, pero siempre tuvo una importancia grande en las relaciones con las autoridades de las naciones y con otras iglesias.

El concepto de legado se refiere también a los dones o mandas recibidos por herencia que se hacen efectivos al morir el testador. Según la ley (legados) la voluntad testamentaria de una persona es digna de todo derecho y debe ser respetada por los herederos y por quienes con ellos se relacionan.

Pedro Chico González, Diccionario de Catequesis y Pedagogí­a Religiosa, Editorial Bruño, Lima, Perú 2006

Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa