{"id":11971,"date":"2016-02-05T08:14:44","date_gmt":"2016-02-05T13:14:44","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/mandamientos-de-la-iglesia\/"},"modified":"2016-02-05T08:14:44","modified_gmt":"2016-02-05T13:14:44","slug":"mandamientos-de-la-iglesia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/mandamientos-de-la-iglesia\/","title":{"rendered":"MANDAMIENTOS   DE LA IGLESIA"},"content":{"rendered":"<p>[390]<\/p>\n<p>    Es usual en la catequesis hablar tambi\u00e9n de los mandamientos de la Iglesia como resonancia del tema b\u00e1sico y b\u00ed\u00adblico de los mandamientos de Dios.<\/p>\n<p>    Desde los catecismos tridentinos, el de S. Pedro Canisio antes del Concilio y el de San Roberto Belarmino despu\u00e9s, hubo ya inquietud por aludir a los deberes con la Iglesia, aunque no se formul\u00f3 todav\u00ed\u00ada ning\u00fan cat\u00e1logo de esos deberes principales.<\/p>\n<p>    El \u00abCatecismo Romano o de S. P\u00ed\u00ado V\u00bb, preparado por S. Carlos Borromeo, no alude a las \u00ableyes o mandatos de la Iglesia\u00bb, expresi\u00f3n que quedar\u00ed\u00ada para m\u00e1s adelante, para el siglo XVII.  En los catecismos de este siglo se pone ya como uso habitual la enumeraci\u00f3n y explicaci\u00f3n de los mandamientos, cinco o a veces seis, que la Iglesia impone a los cristianos, porque tiene poder para ello. As\u00ed\u00ad aparecen por el ejemplo en \u00abLos deberes del Cristiano\u00bb, de S. Juan Bautista de la Salle, catecismo que fue editado por primera vez en 1703 y conoci\u00f3 m\u00e1s de 300 ediciones a lo largo del siglo.<\/p>\n<p>    Anteriormente hab\u00ed\u00adan surgidos otros catecismos con la cita ya de los mandatos de la Iglesia, como los \u00abDeberes del Cristiano\u00bb de Claudio Joly, editado en 1662 o el de Coreur, editado en 1683 con el t\u00ed\u00adtulo de \u00abLos principales deberes del Cristiano\u00bb. La idea de unos mandatos fundamentales de la Iglesia que, al igual que se hace con los Mandamientos de Dios, hay que explicar, entender, cumplir y convertir en examen de conciencia, se hace ordinaria en toda la tarea catequ\u00ed\u00adstica hasta nuestro d\u00ed\u00adas.<\/p>\n<p>    1. Poder eclesial de mandar<br \/>\n    Uno de los servicios que hace la Iglesia a los seguidores de Jes\u00fas consiste en ofrecer normas y leyes que hacen m\u00e1s asequible el conocimiento de la voluntad divina. La Iglesia, seguidora de Jes\u00fas, determina normas y exigencias m\u00ed\u00adnimas y las impone en conciencia a sus fieles, para ayudarles en su camino de salvaci\u00f3n<br \/>\n    La Iglesia no legisla como lo hace un Estado o una sociedad humana: para imponer un orden social.<\/p>\n<p>    Lo hace como un servicio en el nombre del Se\u00f1or y sus mandatos buscan el discernir lo que en conciencia es la voluntad divina. Y su poder de hacerlo le viene del mismo Jes\u00fas, que dijo a los Ap\u00f3stoles: \u00abTodo lo que at\u00e9is en la tierra, atado quedar\u00e1 en el cielo; y lo que desat\u00e9is en la tierra quedar\u00e1 desatado en el cielo\u00bb. (Mt. 18. 18) No tiene sentido hablar de los mandamientos de la Iglesia sin el reconocimiento expl\u00ed\u00adcito de su poder de gobernar y de legislar.<\/p>\n<p>    Por otra parte, el hablar de mandamientos de la Iglesia no implica que la Iglesia haya dado expl\u00ed\u00adcitamente cinco y s\u00f3lo cinco mandatos.<\/p>\n<p>    Significa ante todo, que los pastores, los catequistas, en ocasiones los Obispos en sus catecismos, han intentado condensar las muchas prescripciones de la Iglesia a lo largo de los siglos, provenientes de diversos Concilios y de muchos Papas, en aquellas normas, sencillas de entender y recordar, que m\u00e1s pueden interesar a la piedad de los cristianos.<\/p>\n<p>    2. Formulaci\u00f3n diversa<\/p>\n<p>      La historia de los mandamientos de la Iglesia es compleja. Desde los primeros tiempos apost\u00f3licos se dieron leyes, la primera de las cuales la vemos en el encuentro de los Ap\u00f3stoles en Jerusal\u00e9n, seg\u00fan el relato de los Hechos de los Ap\u00f3stoles. \u00abHemos decidido el Esp\u00ed\u00adritu Santo y nosotros no imponeros m\u00e1s cargas que las indispensables: abstenerse de carne sacrificada a los \u00ed\u00addolos, de sangre, de animales estrangulados y uniones ilegales.\u00bb (Hech. 15.28-29).<\/p>\n<p>    Las prescripciones y mandatos de la autoridad procedieron al principio de los Concilios locales y general y de los obispos m\u00e1s cercanos en cada Iglesia local.<\/p>\n<p>    Habr\u00ed\u00adan de llegar los tiempos posteriores a Constantino, (Decreto de Mil\u00e1n, 313), para que algunas consultas al Obispo de Roma (\u00abRoma locuta causa finita\u00bb, de S. Agust\u00ed\u00adn, Serm. 131. 10) y las decisiones de los Concilios (Desde Nicea, a\u00f1o 325) comenzaran a cobrar fuerza de ley para los seguidores del Evangelio que quer\u00ed\u00adan permanecer en comuni\u00f3n con la Iglesia.<\/p>\n<p>    A partir del siglo V se inician las decisiones que se hacen llegar desde las Sedes episcopales m\u00e1s prestigiosas: Constantinopla, Antioqu\u00ed\u00ada, Alejandr\u00ed\u00ada, Jerusal\u00e9n, sobre todo Roma, a los Obispos que con ellas manten\u00ed\u00adan cierta dependencia.<\/p>\n<p>    Precisamente por este motivo, el Obispo de Roma cobra su primacial importancia legislativa, ya desde el siglo V, con tendencia a ir incrementando su influencia con el paso de los siglos.<\/p>\n<p>    S. Le\u00f3n I Magno (Papa entre 440-461), en la Carta del 6 de Marzo del 459, impon\u00ed\u00ada normas, como \u00abel car\u00e1cter secreto de la confesi\u00f3n a s\u00f3lo los sacerdotes.\u00bb<br \/>\n    Desde el siglo VII las decisiones de los Obispos de Roma y de Constantinopla, por efecto de la significaci\u00f3n de sus respectivos Obispos, denominados ya como Papa y como Patriarca.<\/p>\n<p>    Propiamente la Edad Media no conoce un resumen de leyes eclesiales que afecten a todos los creyentes, aunque s\u00ed\u00ad las hay dirigidas por s\u00ed\u00adnodos, Obispos o Concilios locales para determinados estamentos: monjes, clero, v\u00ed\u00adrgenes, sacramentos, fiestas, di\u00e1conos, matrimonio; o en determinados terrenos: familias, ayunos, penitencias, indulgencias, sufragios, etc.<\/p>\n<p>    En la Edad Media ya se hicieron algunas listas sint\u00e9ticas de los preceptos eclesiales y algunas abreviaciones que se formularon con car\u00e1cter pedag\u00f3gico, para ser aprendidas y explicadas a los fieles. Pudieran ser consideradas esas listas como las primeras formulaciones de los \u00abmandamientos de la Iglesia\u00bb.<\/p>\n<p>    Tal vez una de las m\u00e1s tempranas fue la del monje Graciano, a mediados del siglo XII, llamada en su tiempo \u00abConcordia de Graciano\u00bb y luego conocida como \u00abDecreto de Graciano\u00bb. Pero m\u00e1s que resumen de los mandamientos, era un intento de ordenaci\u00f3n de los diversos mandamientos eclesiales que afectaban a toda la Iglesia.<\/p>\n<p>    Desde el siglo XVII el uso de los Mandamiento de la Iglesia fue usual en las catequesis, en los catecismos y en la predicaci\u00f3n e instrucci\u00f3n del pueblo fiel.<\/p>\n<p>    El resumen de las \u00ableyes de la Iglesia\u00bb, que complementa y concreta la \u00abLey de Dios\u00bb, suele ser conocido como \u00abMandamientos de la Iglesia\u00bb.<\/p>\n<p>    Responde a la forma precisa y concreta de la moral cristiana, que es ante todo y sobre todo positiva. Se apoyan en la esperanza en una vida superior. La Iglesia ha elaborado esas normas o consignas para ayudar en el camino de la salvaci\u00f3n. Por eso los mandatos de la Iglesia solo se entienden y se explican desde esa forma alegre de moral cristiana. Hay que insistir siempre en la catequesis en que la Iglesia no manda por el simple hecho de ejercer su autoridad, sino para encauzar a los cristianos por el camino de Dios.<\/p>\n<p>   La Iglesia, con sus mandamientos no hace otra cosa que seguir el ejemplo de Jes\u00fas. Es cierto que Jes\u00fas manda a sus seguidores \u00abrenunciar\u00bb, \u00abno odiar\u00bb, \u00abno mirar a la mujer con mala intenci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>    Pero son muchas m\u00e1s sus expresiones de \u00abcompartir la t\u00fanica y la capa\u00bb, de \u00abdar limosna\u00bb, de \u00aborar\u00bb, en una palabra de \u00abamar\u00bb. Su gran anuncio es el Reino de Dios. Pero este Reino ha de encarnarse en el mundo presente y hay que hacer efectivas sus demandas, que son de compromiso y no de huida.<\/p>\n<p>    Es Reino de justicia, de paz, de amor, de verdad, de unidad y de generosidad, aun cuando se culmine s\u00f3lo en la otra vida.<\/p>\n<p>    Por eso hay que entender los mandamientos de la Iglesia como reclamos positivos para hacer el bien y no s\u00f3lo como avisos para evitar el mal. Son cauces para dar a los otros miembros del Cuerpo de Cristo ejemplo, vida y amor, No son avisos para huir de la tentaci\u00f3n.<\/p>\n<p>     3. La especificaci\u00f3n<br \/>\n    Los mandamientos de la Iglesia se suelen enunciar en la forma que ha recogido de los catecismos cl\u00e1sicos el \u00abCatecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica\u00bb.<\/p>\n<p>      \u00abEl primer mandamiento manda o\u00ed\u00adr misa entera los Domingos y fiestas de precepto.<\/p>\n<p> El segundo, confesar los pecados mortales al menos una vez al a\u00f1o, en peligro de muerte o si hay que comulgar.<\/p>\n<p> El tercero, comulgar por Pascua de Resurrecci\u00f3n.<\/p>\n<p> El cuarto, ayunar y abstenerse de comer carne cuando lo manda la Santa Iglesia.<\/p>\n<p> El quinto, ayudar a la Iglesia en sus necesidades\u00bb.<\/p>\n<p>   (N\u00c2\u00b0 2042-2043)<\/p>\n<p>    Estos mandamientos se sit\u00faan en la l\u00ed\u00adnea de una vida moral referida a la convivencia del Cuerpo M\u00ed\u00adstico. Por eso tienen sabor lit\u00fargico y comunitario, m\u00e1s que apertura evangelizadora, familiar, asc\u00e9tica o de otro tipo. Ello no implica que no haya otras prescripciones de la Iglesia que orienten estos deberes solidarios, claros en la conciencia \u00e9tica del creyente: ayudar, compartir, proteger, obedecer, respetar, honrar, acatar, cumplir, etc.<\/p>\n<p>     El car\u00e1cter obligatorio de estas leyes positivas promulgadas por la autoridad eclesial tiene por fin garantizar a los fieles el m\u00ed\u00adnimo indispensable en el esp\u00ed\u00adritu de oraci\u00f3n y en el esfuerzo moral por desarrollar la propia vida espiritual y expresar el amor a Dios y del pr\u00f3jimo.<\/p>\n<p>    Los mandamientos m\u00e1s generales de la Santa Madre Iglesia son cinco<br \/>\n    3. 1. 1: Misa dominical<br \/>\n    El primero, se suele expresar como el deber de \u00abo\u00ed\u00adr misa entera los domingos y fiestas de precepto\u00bb. Ahora bien, lo de \u00abo\u00ed\u00adr\u00bb suena a formalidad: asistir, sin m\u00e1s.<\/p>\n<p>    Pero esa materialidad, no es compatible con los que es esencialmente la Eucarist\u00ed\u00ada: acci\u00f3n de gracias, oraci\u00f3n, com\u00fan uni\u00f3n, compromiso.<\/p>\n<p>   Por eso este mandamiento de la Iglesia no se reduce a la asistencia a una asamblea de cristianos, donde un \u00abministro del altar\u00bb ofrece a Dios una plegaria, una \u00abanamnesis\u00bb y una \u00abepliclesis\u00bb, y los dem\u00e1s presencian el espect\u00e1culo, o mejor la plegaria y la invocaci\u00f3n.<\/p>\n<p>    El mandamiento estrictamente es un deber de participaci\u00f3n, de integraci\u00f3n espiritual y eclesial, aunque muchos no logren descubrir esta dimensi\u00f3n operativa del precepto. Los fieles deben participar en la celebraci\u00f3n eucar\u00ed\u00adstica, y no s\u00f3lo asistir a ella. Por eso es tan insuficiente el \u00abmero cumplimiento material dominical\u00bb.<\/p>\n<p>    Estrictamente, el mandamiento no es el de esa participaci\u00f3n, sino en los d\u00ed\u00adas se\u00f1alados por la Iglesia. Hist\u00f3ricamente fueron los domingos o d\u00ed\u00adas el Se\u00f1or. Luego se a\u00f1adieron los otros en los que la comunidad conmemor\u00f3 las otras efem\u00e9rides: el nacimiento de Jes\u00fas, su muerte, la \u00faltima Cena, resurrecci\u00f3n.<\/p>\n<p>    La reuni\u00f3n del \u00abprimer d\u00ed\u00ada de la semana\u00bb en recuerdo de la muerte y resurrecci\u00f3n del Se\u00f1or supon\u00ed\u00ada la \u00abfracci\u00f3n del pan\u00bb, que era el sacramento, el pan y del vino, signo sensible de la presencia misteriosa de Jes\u00fas resucitado.<\/p>\n<p>    La Iglesia mantiene esencialmente ese recuerdo y lo revive. \u00abManda a sus  miembros\u00bb asistir a ese encuentro, celebrar, rezar, convivir.<\/p>\n<p>    Adem\u00e1s del domingo tiene sus principales fiestas lit\u00fargicas, que conmemoran los misterios del Se\u00f1or, de la Virgen Mar\u00ed\u00ada y de los santos, m\u00e1rtires y ap\u00f3stoles. (C.D.C. 1246-1248) y Derecho Oriental (can. 881 1, 2 y 4)<\/p>\n<p>    3. 2. 2: Confesi\u00f3n<br \/>\n    El segundo mandamiento (\u00abconfesar los pecados mortales al menos una vez al a\u00f1o, y en peligro de muerte, y si se ha de comulga\u00bbr) busca el apoyo de una norma a la conversi\u00f3n del coraz\u00f3n mediante el arrepentimiento y el perd\u00f3n por la absoluci\u00f3n. Estimula a la preparaci\u00f3n para la Eucarist\u00ed\u00ada y la reintegraci\u00f3n a la vida de gracia.<\/p>\n<p>    Tiene obligaci\u00f3n de confesar los pecados, seg\u00fan este mandamiento de la Iglesia, quien tiene conciencia de pecado mortal. Mediante la recepci\u00f3n del sacramento de la reconciliaci\u00f3n, que contin\u00faa la obra de conversi\u00f3n y de perd\u00f3n del Bautismo, el cristiano pecador, pero arrepentido, se vincula de nuevo a los dem\u00e1s hermanos en la fe y recupera la  amistad divina perdida por el pecado.<\/p>\n<p>    Este deber se halla en el Derecho Can\u00f3nico (can. 989) y en los C\u00e1nones de la Iglesia Oriental (c. 719). Implica una disponibilidad a la conversi\u00f3n y se a\u00f1ade, a la obligaci\u00f3n natural de conversi\u00f3n, la positiva del sacramento.<\/p>\n<p>    3.3. 3: Comuni\u00f3n pascual<br \/>\n    El tercer mandamiento (\u00abcomulgar por Pascua de Resurrecci\u00f3n\u00bb) asegura el m\u00ed\u00adnimo de participar en la Eucarist\u00ed\u00ada en el tiempo pascual, el m\u00e1s sagrado de los que ayudan a la Iglesia a conmemorar la redenci\u00f3n y la salvaci\u00f3n.<\/p>\n<p>    Mediante el deber de la comuni\u00f3n o recepci\u00f3n del Cuerpo y Sangre de Jesucristo en ese tiempo, el cristiano se ve empujado a renovar su vida de creyente.<\/p>\n<p>    La Iglesia impone esta prescripci\u00f3n m\u00ed\u00adnima desde el Concilio de Letr\u00e1n, a\u00f1o 1215, (Cap. 21 de las Actas. Denz. 437), bajo Inocencio III, aunque en tiempos anteriores sus preceptos eran m\u00e1s exigentes: comulgar varias veces y en varias circunstancias.<\/p>\n<p>    Asegura con ello que sus miembros reciben el Sacramento del Cuerpo y Sangre del Se\u00f1or al menos en el tiempo de la Pascua, origen y centro de la liturgia cristiana. (CDC, can. 920; y C\u00e1nones de la Igl. Oriental. 708-881. 3)<\/p>\n<p>    3.4. 4: Ayuno y abstinencia<br \/>\n    El cuarto mandamiento (\u00abayunar y abstenerse de comer carne cuando lo manda la Santa Madre Iglesia\u00bb) estimula el modo m\u00e1s frecuente de la penitencia que se us\u00f3 en tiempos antiguos. Sin embargo, los d\u00ed\u00adas en que se deb\u00ed\u00ada ayunar fueron variando mucho, seg\u00fan los usos y los privilegios concedidos a determinados lugares o personas por parte de los pont\u00ed\u00adfices.<\/p>\n<p>    El hecho de ayunar fue siempre materia subjetiva de interpretaci\u00f3n, ya que los m\u00ed\u00adnimos de alimento diario variaron seg\u00fan las circunstancias y posibilidades, as\u00ed\u00ad como los tipos de alimento o los momentos de tomarlo.<\/p>\n<p>    En los tiempos antiguos los ayunos y abstinencia fueron m\u00e1s abundantes que en los actuales, m\u00e1s cambiantes y fluidos en los sistemas de trabajo, convivencia y alimentaci\u00f3n.<\/p>\n<p>    En el Derecho Can\u00f3nico de Occidente s\u00f3lo se se\u00f1ala hoy la cuaresma y los viernes del a\u00f1o como tiempos de penitencia. Se precept\u00faa la abstinencia para los viernes y el ayuno s\u00f3lo para el Mi\u00e9rcoles de ceniza y el Viernes Santo. La abstinencia se indica a partir de los 14 a\u00f1os y el ayuno desde la mayor\u00ed\u00ada de edad hasta los 60 a\u00f1os. (C.D.C. can. 1249-1251 y CCEO can. 882).<\/p>\n<p>    Es evidente que ayunos y abstinencia se hallan muy condicionados hoy por las circunstancias personales, sin que sean asumible el vincular la ausencia de carne a la penitencia en tiempos en que otros alimentos de lujo pueden materialmente tomarse sin quebrantar la materialidad del precepto.<\/p>\n<p>    3. 5. 5: Ayuda a la Iglesia<br \/>\n    El quinto mandamiento (\u00abayudar a la Iglesia en sus necesidades\u00bb) fue tambi\u00e9n interpretado de forma subjetiva y variable. En tiempos no muy antiguos se hablaba de aportar a la Iglesia \u00ablos diezmos y las primicias\u00bb, siguiendo el esp\u00ed\u00adritu del Antiguo Testamento (Gn. 14.20 y 8.22; Deut. 12. 6  y 11.17; Tob. 1.7). Las formulaciones fueron variando hasta la forma actual en la que se indica y recuerda de forma preceptiva el deber de ayudar, colaborar y repartir.<\/p>\n<p>     El deber de la ayuda queda de forma gen\u00e9rica como el recuerdo al deber de sentido com\u00fan de aportar para el sostenimiento de la comunidad creyente a la que se pertenece. Y se relega a la interpretaci\u00f3n de cada conciencia en particular el modo, cuant\u00ed\u00ada y momento de esa aportaci\u00f3n, seg\u00fan las posibilidades y la sensibilidad de cada creyente.<\/p>\n<p>    \u00abLos fieles tienen el deber de ayudar a la Iglesia en sus necesidades, de modo que disponga de los necesario para el culto divino, para las obras apost\u00f3licas y de caridad y el conveniente sustento de los ministros.\u00bb (C. 222 del C.D.C)<\/p>\n<p>    4. Las otras leyes<br \/>\n    Es evidente que los mandamientos de la Iglesia no tienen la misma significaci\u00f3n religiosa que los preceptos del Dec\u00e1logo divino.  Pero es importante resaltar, al menos para una buena educaci\u00f3n de la conciencia de los fieles, el sentido de la comunidad de creyentes que es la Iglesia, y las consecuencia del car\u00e1cter org\u00e1nico que ella tiene por decisi\u00f3n del mismo Jes\u00fas, su Fundador.<\/p>\n<p>    Uno de los servicios que hace la Iglesia a los seguidores de Jes\u00fas consiste en ofrecer normas y leyes para hacer m\u00e1s asequible la vida en conformidad con las ense\u00f1anzas y la voluntad del Se\u00f1or.  La Iglesia no legisla como lo hace un Estado o una sociedad humana. Lo hace como un servicio en el nombre del Se\u00f1or. Y su poder de hacerlo le viene del mismo Jes\u00fas que dijo a los Ap\u00f3stoles: \u00abTodo lo que at\u00e9is en la tierra, atado quedar\u00e1 en el cielo; y lo que desat\u00e9is en la tierra quedar\u00e1 desatado en el cielo\u00bb. (Mt. 18. 18)<\/p>\n<p>    A lo largo de los siglos, las leyes que fueron surgiendo en la Comunidad cristiana, procedentes de la Autoridad de la Iglesia: Papas, Obispos, Concilios, se comunicaban por decretos o declaraciones p\u00fablicas. Con el tiempo las leyes y normas se multiplicaron y se hicieron recopilaciones diversas.<\/p>\n<p>    En esas recopilaciones se hallan los mandamientos de la Iglesia y hay que ense\u00f1ar a los fieles sus diversos alcances y efectos.<\/p>\n<p>    5.1. Campos legislativos<br \/>\n    Siendo la Iglesia extensa y universal, es normal que esas leyes afecten a muchos terrenos:<br \/>\n   &#8211; Los lit\u00fargicos y sacramentales, como son los relacionados con las plegarias y los modos de oraci\u00f3n p\u00fablica y privada; sobre todo, los relativo a la administraci\u00f3n de los sacramentos.<\/p>\n<p>   &#8211; Los familiares, y alusivos a los diversos deberes de los padres, en cuanto responsables de la fe de los hijos.<\/p>\n<p>   &#8211; Los sociales, como son los que afectan a los templos y lugares de culto y devoci\u00f3n: santuarios, cementerios, monasterios, etc.<\/p>\n<p>   &#8211; Los vinculados con el arte religioso y las dem\u00e1s formas de expresi\u00f3n de la piedad de los creyentes: devociones, peregrinaciones, tradiciones.<\/p>\n<p>   &#8211; Los que afectan a personas especialmente comprometidas en grupos especiales: sacerdotes, religiosos, misioneros, catequistas.<\/p>\n<p>   &#8211; Los jur\u00ed\u00addicos que determinan los modos de juzgar, sentenciar, dirimir contiendas y pleitos<br \/>\n   &#8211; Los disciplinares, que aluden a las normas que rigen las acciones y personas que constituyen el gobierno de la Iglesia.<\/p>\n<p>    5. 2. C\u00f3digo de Derecho Can\u00f3nico<br \/>\n    Todas estas normas se han sistematizado a lo largo de la Historia de la Iglesia en multitud de bulas, c\u00e1nones, anatemas, consignas. Desde 1918, en que entr\u00f3 en vigor el C\u00f3digo de Derecho Can\u00f3nico publicado por el Papa Benedicto XV en 1917 y que fue actualizado por Juan Pablo II en 1983, y desde 1990 para las Iglesias orientales, en que se hizo p\u00fablico el C\u00f3digo para las Iglesias Orientales (en plena comuni\u00f3n con Roma), las principales normas de la Iglesia se hallan as\u00ed\u00ad recopiladas, autorizadas, actualizadas y publicadas.<\/p>\n<p> 6. Catequesis y ley eclesial<br \/>\n    Es bueno recordar que la buena educaci\u00f3n religiosa de los ni\u00f1os y j\u00f3venes exige una buena educaci\u00f3n en la ley de la Iglesia, tanto a nivel de criterios como a nivel de comportamientos particulares y generales. El buen catequista sabe hacer presente la Ley de la Iglesia como don de Dios.<\/p>\n<p>   Supone esto un triple deber pedag\u00f3gico para todos los que dan y reciben el servicio o ministerio catequ\u00ed\u00adstico y educador en nombre de la Iglesia.<\/p>\n<p>    6.1. Conocimiento.<\/p>\n<p>     La Ley de la Iglesia debe ser presentada como tal con integridad, claridad y transparencia. Conocer la Ley es un deber de todo miembro de la comunidad cristiana, no por el deseo de mera informaci\u00f3n erudita, sino por el af\u00e1n de profundizar en la propia realidad cristiana.<\/p>\n<p>     Por eso el educador de la fe debe conocer \u00e9l mismo el conjunto de leyes que la Iglesia tiene en aquellos aspectos de la vida cristiana que m\u00e1s se relaciona con los catequizandos.<\/p>\n<p>     6.2. Acogida.<\/p>\n<p>     La Ley de la Iglesia es expresi\u00f3n de la voluntad de Dios y tiene, en cuanto tal, una dimensi\u00f3n sacramental muy especial, lo que significa de una gran eficacia santificadora para el creyente.<\/p>\n<p>     Educar la conciencia del cristiano es situarle positivamente ante la comunidad a la que pertenece. De nada valdr\u00ed\u00ada conocer la ley si el coraz\u00f3n se halla lejos de su cumplimiento.<\/p>\n<p>     Hay que insistir siempre ante el cristiano en la alegr\u00ed\u00ada de tener la Ley de Cristo como ideal de vida. Y nunca se debe reflejar el disgusto que causan sus preceptos m\u00e1s asumidos o aceptados.<\/p>\n<p>    Cuando algunos escritores han acusado al cristianismo de paralizar al hombre con sus leyes, olvidan la verdadera grandeza del mensaje de Jes\u00fas y de sus profundo y contagiosos respeto a la voluntad del Padre Dios.<\/p>\n<p>    6.3. Aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>     La acogida conduce al cumplimiento, lo que significa que habitualmente se ajusta la propia conduzca a los preceptos de la Iglesia. No ser\u00ed\u00ada honesto llamarse cristiano y vivir al margen de las normas de los seguidores de Cristo.<\/p>\n<p>     Jes\u00fas nos manda a sus seguidores mirar al otro mundo y cultivar la esperanza. Pero su gran anuncio es el Reino de Dios; y este Reino se hace real en el mundo presente. Por eso es Reino de justicia, de paz, de amor, de verdad, de unidad y de generosidad, aun cuando se culmine s\u00f3lo en la otra vida.<\/p>\n<p>Pedro Chico Gonz\u00e1lez, Diccionario de Catequesis y Pedagog\u00ed\u00ada Religiosa, Editorial Bru\u00f1o, Lima, Per\u00fa 2006<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagog\u00eda Religiosa<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[390] Es usual en la catequesis hablar tambi\u00e9n de los mandamientos de la Iglesia como resonancia del tema b\u00e1sico y b\u00ed\u00adblico de los mandamientos de Dios. Desde los catecismos tridentinos, el de S. 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