{"id":12697,"date":"2016-02-05T08:37:09","date_gmt":"2016-02-05T13:37:09","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/penitencia-sacramento-de-la\/"},"modified":"2016-02-05T08:37:09","modified_gmt":"2016-02-05T13:37:09","slug":"penitencia-sacramento-de-la","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/penitencia-sacramento-de-la\/","title":{"rendered":"PENITENCIA.  SACRAMENTO DE LA"},"content":{"rendered":"<p>[430]<\/p>\n<p>    El sacramento penitencial es el signo sensible por el cual se nos concede el perd\u00f3n de los pecados en nombre del Se\u00f1or Jes\u00fas; pero por intermediaci\u00f3n de la Iglesia, que lo administra.<\/p>\n<p>    Como sacramento posee capacidad sobrenatural de otorgar la gracia divina mediante el perd\u00f3n del pecado.<\/p>\n<p>    Se estructura en un signo sensible que ha sufrido oscilaciones a lo largo de los siglos, pero que ha mantenido el rasgo esencial: reconocimiento del pecado por parte del pecador y declaraci\u00f3n del perd\u00f3n por parte del ministro.<\/p>\n<p>    1. Naturaleza Sacramental<br \/>\n    Es un sacramento que enlaza tres rasgos: el signo, el arrepentimiento y el perd\u00f3n. El signo es algo visible, contingente, que pod\u00ed\u00ada haber sido diferente, pero que, querido por Jes\u00fas, refleja la manifestaci\u00f3n del arrepentimiento y la declaraci\u00f3n del perd\u00f3n.<\/p>\n<p>    Por una parte penitencia (tener pena) es el dolor de haber pecado, es reconocimiento de tal error, es deseo de cambiar de vida.  Por la otra, es perd\u00f3n, destrucci\u00f3n del pecado en su aspecto de culpa, de ofensa a Dios, por el poder otorgado a la Iglesia. Y, junto a la aniquilaci\u00f3n de la culpa, se halla la apertura a recibir la expresi\u00f3n de la pena o castigo reparador que el pecado reclama.<\/p>\n<p>    En el Concilio de Trento se describe como hecho judicial. Lo es tal por cuanto hay reconocimiento de culpa, porque hay juicio humano sobre la maldad de la acci\u00f3n pecaminosa y por haber absoluci\u00f3n en nombre de Jes\u00fas.<\/p>\n<p>    Pero hay que evitar trasladar las categor\u00ed\u00adas jur\u00ed\u00addicas humanas al sacramento: sacerdote juez, reo pecador, fiscal acusador, abogado defensor, sentencia y sanci\u00f3n. S\u00f3lo metaf\u00f3ricamente se puede hablar de tribunal y de juicio, de sentencia y de pena. La realidad es m\u00e1s simple y sobrenatural. Hay un gesto o signo sensible que expresa el perd\u00f3n; y hay una gracia santificante que se restituye por ese signo<br \/>\n 1.1. Esencia f\u00ed\u00adsica<br \/>\n    Lo dif\u00ed\u00adcil es entender c\u00f3mo un signo sensible produce un efecto invisible, c\u00f3mo lo natural genera lo sobrenatural. En este salto misterioso es donde est\u00e1 la necesidad de la fe, para aceptar que Cristo quiso que as\u00ed\u00ad fuera, como pasa en los dem\u00e1s sacramentos: Bautismo con el agua, Eucarist\u00ed\u00ada con el pan y vino, Confirmaci\u00f3n con el santo crisma.<\/p>\n<p>    La Teolog\u00ed\u00ada tomista identifica la naturaleza, o esencia f\u00ed\u00adsica, del sacramento con los actos llamados del penitente: arrepentimiento, confesi\u00f3n, satisfacci\u00f3n y absoluci\u00f3n. Es terminolog\u00ed\u00ada y explicaci\u00f3n recogida en el Concilio de Trento (Denz. 699, 896, 914). Se llama a estos actos \u00abcuasimateria\u00bb, ya que en este sacramento no habr\u00ed\u00ada materia propiamente dicha visible por los sentidos, como acontece en otros: agua, pan y vino, imposici\u00f3n de manos, unci\u00f3n.<\/p>\n<p>    Las palabras absolutorias del ministro ser\u00ed\u00adan la forma o f\u00f3rmula sacramental. Al vincularse o asociarse con la materia, o actos del penitente, se constituir\u00ed\u00ada el sacramento. Santo Tom\u00e1s considera que, si faltan los actos del penitente, no se da sacramento, al carecer de la acci\u00f3n judicial: pecado, declaraci\u00f3n, arrepentimiento, castigo y expresi\u00f3n del perd\u00f3n (Summa Th. III. 84. 2)<\/p>\n<p>    La Teolog\u00ed\u00ada escotista y franciscana se presenta m\u00e1s abierta, menos judicializada y m\u00e1s evang\u00e9lica. Prefiere identificar la naturaleza del sacramento con la absoluci\u00f3n del ministro, pronunciada por el arrepentimiento, m\u00e1s que por la confesi\u00f3n de los pecados. Relega los actos del penitente a ser mera condici\u00f3n para que la absoluci\u00f3n pueda ser real. Pero declara que lo esencial es el gesto del perd\u00f3n por parte del ministro, no la humillaci\u00f3n por parte del penitente.<\/p>\n<p>    Sin entrar en pormenores teol\u00f3gicos m\u00e1s propios de los recovecos escol\u00e1sticos que de las visiones evang\u00e9licas, lo importante es identificar la esencia del sacramento con el perd\u00f3n que el sacramento conlleva.<\/p>\n<p>    No implica eso que el concepto definido en Trento resulte insuficiente o discutible, sino que debe situarse en el contexto hist\u00f3rico y teol\u00f3gico en el que se declar\u00f3. Es preferible entender el sacramento como gesto sacerdotal de perd\u00f3n. Por lo tanto es signo humano que acoge los s\u00ed\u00adntomas de arrepentimiento y de misericordia divina. Culmina con las expresiones de absoluci\u00f3n como se\u00f1al de la concesi\u00f3n de perd\u00f3n.<\/p>\n<p>    Precisamente en esta visi\u00f3n preferentemente carism\u00e1tica de los actos del penitente, minuciosos y sucesivos, pero secundarios y no esenciales, se justifica el poder otorgar, cuando es conveniente, la absoluci\u00f3n general; y se basa la posibilidad tambi\u00e9n de absolver a los que han perdido la conciencia por enfermedad o accidente.<\/p>\n<p>    Desde luego, la valoraci\u00f3n excesiva de los actos del penitente no sintoniza del todo con el mismo ejemplo evang\u00e9lico de Cristo \u00abpronunciado absoluciones\u00bb sin ritos previos ni declaraciones del pecado: Jn. 1.9; Lc. 9.2; Mt. 9. 2; Lc. 5. 20; Mc. 2. 5; Lc. 7. 47; Mc. 2. 7; Lc. 7. 49; Jn. 5. 14. Cristo perdonaba sin formalidades sacramentales.<\/p>\n<p>    2. Signo sensible<br \/>\n    El signo exterior del sacramento de la penitencia, por lo tanto, es la manifestaci\u00f3n del dolor del pecado, los gestos de humilde petici\u00f3n del sacramento y la proclamaci\u00f3n de ese perd\u00f3n o absoluci\u00f3n. Los escol\u00e1sticos tomistas los llamaban: cuasimateria<br \/>\n    Lo importante en ese signo es el arrepentimiento, la reconciliaci\u00f3n y la conversi\u00f3n, tres manifestaciones del perd\u00f3n.<\/p>\n<p> &#8211; Con el arrepentimiento rechazamos el pecado en lo que tiene de malo; sentimos pena y hasta verg\u00fcenza de habernos comportado mal.<\/p>\n<p> &#8211; Con la reconciliaci\u00f3n, volvemos nuestro coraz\u00f3n a Dios, que es nuestro Padre, como hizo el hijo pr\u00f3digo de la par\u00e1bola que Jes\u00fas relat\u00f3. Decimos: \u00abHe pecado contra ti y no soy digno de ser llamado hijo tuyo.\u00bb (Lc.15.11-32) &#8211; Con la conversi\u00f3n cambiamos por completo de vida y no volvemos a ir por el camino del mal, pues nuestro coraz\u00f3n se entrega a Dios con amor.<\/p>\n<p>     Estos tres sentimientos han sido iniciados en el Bautismo, en donde fuimos hechos hijos de Dios. El perd\u00f3n del sacramento penitencial nos restituye la gracia bautismal, si nuestro coraz\u00f3n es recto y sincero. Se enlaza pues con la iniciaci\u00f3n bautismal.<\/p>\n<p>   2.1. Dolor y arrepentimiento<br \/>\n    Evidentemente lo m\u00e1s importante para el pecador es la conversi\u00f3n. \u00abDios no quiere la muerte del pecador, sino que se arrepienta y viva.\u00bb (Sab. 1. 13) Es decir, Dios quiere el dolor del pecado cometido: pesar, remordimiento, sufrimiento, compunci\u00f3n, pena, arrepentimiento, decisi\u00f3n de no volver a pecar.<\/p>\n<p>     La Iglesia entendi\u00f3 siempre por contrici\u00f3n \u00abel dolor del alma y aborrecimiento del pecado cometido, juntamente con el prop\u00f3sito de no volver a pecar\u00bb. Es la idea expresada en el Concilio de Trento, en la sesi\u00f3n XIV del 25 de Noviembre de 1551 (Denz. 897). Los tres elementos de este concepto; sentimiento o dolor, rechazo o renuncia, prop\u00f3sito de cambio, han sido y son elementos claves para autentificar el arrepentimiento, de modo que uno s\u00f3lo har\u00ed\u00ada dudar de la autenticidad de esta disposici\u00f3n moral.<\/p>\n<p>     No se debe identificar pues la contrici\u00f3n con un mero sentimiento de pena, de verg\u00fcenza o de angustia. Es una disposici\u00f3n de la inteligencia y de la voluntad libre, no de la sensibilidad.<\/p>\n<p>     Es el rasgo esencial de la \u00abconversi\u00f3n\u00bb, cara sensible y humana del concepto m\u00e1s teol\u00f3gico de \u00abjustificaci\u00f3n\u00bb. Por eso se considera como el valor central de la penitencia sacramental.  2.1.1 Propiedades<\/p>\n<p>     La contrici\u00f3n es disposici\u00f3n personal e intransferible, es sobrenatural e interna, tiene que ser universal y permanente. Debe abarcar a todos los pecados mortales, incluso a todos los veniales, en cuanto ofenden a Dios bondadoso. Puede ir acompa\u00f1ada de signos externos, pero afecta fundamentalmente a la mente y al coraz\u00f3n. \u00abRasgad vuestros corazones, no vuestras vestiduras\u00bb, dec\u00ed\u00adan los profetas. (Joel 2. 13)<\/p>\n<p>     Al decir que debe ser sobrenatural se alude a su referencia a Dios, sin olvidar su dimensi\u00f3n humana. El que se arrepiente no lo hace por verg\u00fcenza, temor o conveniencia, sino por la misma ofensa que repudia. Ha roto con el Padre Dios y se ha alejado de Jesucristo. Su descarr\u00ed\u00ado le aleja de su fin \u00faltimo. Al advertir tal situaci\u00f3n su voluntad reclama rectificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>     Sin embargo no quiere ello decir que el hombre, unidad personal infragmentable, pueda eliminar todo sentimiento humano en sus rectificaciones: pena, sentimiento, tristeza, verg\u00fcenza. Mas lo esencial es la decisi\u00f3n de rectificar, bajo la influencia misteriosa de la gracia actual, y rechazar el pecado como ofensa a Dios, fin \u00faltimo del hombre. El arrepentimiento puramente natural no tiene valor trascendente; ello no quiere decir que no sea beneficioso. Pero su naturaleza lo hace diferente del sobrenatural.<\/p>\n<p>    Tambi\u00e9n el arrepentimiento tiene que ser universal, lo que implica el rechazo de todos los pecados graves cometidos, sin excepci\u00f3n. No es posible que un pecado mortal se perdone desligado de todos los dem\u00e1s. El que se arrepiente de todo, menos de uno, no llega al arrepentimiento verdadero en el orden sobrenatural, pues sigue alejado de Dios. Por ejemplo, arrepentirse del homicidio y del robo generado por un adulterio, pero no del adulterio, puede ser arrepentimiento natural, pero no sobrenatural.<\/p>\n<p>    2.1.2. Divisi\u00f3n<br \/>\n    El arrepentimiento, desde Sto. Tom\u00e1s de Aquino (De veritate 28. 8 ad 3), se suele diferenciar en dos niveles: el perfecto llamado estrictamente \u00abcontrici\u00f3n\u00bb o tristeza; y el imperfecto, llamado tambi\u00e9n \u00abatrici\u00f3n\u00bb o abatimiento. Aunque el alcance etimol\u00f3gico es similar, la connotaci\u00f3n teol\u00f3gica se ha ido perfilando por separado.<\/p>\n<p>    La contrici\u00f3n perfecta est\u00e1 motivada por el amor a Dios. Es actitud de tristeza generada en las facultades superiores, inteligencia y voluntad, ante la ofensa hecha a Dios, Ser Supremo.<\/p>\n<p>    Sin embargo, la atrici\u00f3n procede de otras connotaciones humanas, como el temor al castigo, el pesar por el bien perdido. No est\u00e1 mal, pero es un dolor menos teoc\u00e9ntrico; es caridad imperfecta para con Dios.<\/p>\n<p>   2.1.3. Dolor de contrici\u00f3n   Es el ideal en el orden sobrenatural para quien ha ofendido a Dios. A \u00e9l se debe aspirar. El motor que lo desencadena es el amor puro a Dios solo, que consiste en preferirle sobre todas las cosas, por ser El quien es. El motivo que origina el rechazo del pecado es ese amor de benevolencia o amistad divina.<\/p>\n<p>    Es evidente que no todos los hombres ni en todas las ocasiones pueden llegar a una situaci\u00f3n espiritual tan perfecta. Se acerca el alma a esta disposici\u00f3n al considerar la ingratitud que supone cuando considera el pecado y compara la maldad del pecado con la bondad divina. La consideraci\u00f3n de la muerte redentora de Cristo es la plataforma para despertar esta disposici\u00f3n espiritual.<\/p>\n<p>    El simple llegar a ese dolor ya justifica o perdona por s\u00ed\u00ad mismo el pecado cometido (justificaci\u00f3n presacramental), pues supone que la persona entera se adhiere de nuevo a Dios, a quien se rechaz\u00f3 por el pecado. La contrici\u00f3n es por s\u00ed\u00ad misma justificante, de modo que, aunque quede el deber de recibir el sacramento, el pecado se perdona por ella.<\/p>\n<p>    En el Antiguo Testamento, encontramos ejemplos de esta contrici\u00f3n como cauces para el perd\u00f3n del pecado. La declaraci\u00f3n del profeta a David: \u00abTu pecado ha sido perdonado\u00bb (2. Sam. 12. 13) sigue a la confesi\u00f3n: \u00abHe pecado contra Yaweh\u00bb del rey. Es actitud que en otras referencias se encuentra con claridad: Ez. 18. 21; Ez. 33. 11; Salm. 31. 5.<\/p>\n<p>     En el Nuevo Testamento hallamos otras referencias claras: \u00abSe le perdona mucho, porque ha amado mucho.\u00bb (Lc. 7. 47). Tambi\u00e9n en Jn. 12. 1-11; Mc. 14. 3-9; Jn. 14. 21; 1. Jn. 4. 7. La idea de que \u00abla caridad borra multitud de pecados\u00bb (1. Petr. 4. 8) ser\u00e1 clave en el cristianismo de todos los tiempos.<\/p>\n<p>    2.1.4. Dolor de atrici\u00f3n<br \/>\n    No siempre los hombres, sobre todo no cultivados espiritualmente, pueden llegar con facilidad a una contrici\u00f3n perfecta, teniendo como exclusiva referencia al mismo Dios. La Tradici\u00f3n de la Iglesia ha ense\u00f1ado que tambi\u00e9n son excelentes los sentimientos de rechazo del pecado por otros motivos menos teoc\u00e9ntricos y m\u00e1s antropoc\u00e9ntricos: el temor al castigo, la p\u00e9rdida del cielo, el remordimiento, la verg\u00fcenza, etc.<\/p>\n<p>    No son sentimientos perfectos, pero son suficientes para disponer el esp\u00ed\u00adritu humano contra el mal. A estas motivaciones se las denomina \u00abatrici\u00f3n\u00bb (atritio, abatimiento, humillaci\u00f3n) como alusi\u00f3n al dolor humano ante el mal. El t\u00e9rmino se us\u00f3 desde el siglo XII, con Sim\u00f3n de Tournai. Al principio fue sin\u00f3nimo de ruptura con la vida desordenada, pero luego tuvo sentido de pesar por el pecado cometido y temor a ser castigado por Dios.<\/p>\n<p>    El temor al castigo, aunque sea un sentimiento interesado, es sentimiento noble en la naturaleza humana, como lo es el pesar por el premio eterno perdido. Algunos escritores cristianos han considerado ego\u00ed\u00adsta este sentimiento, sobre todo al compararlo con el puro amor a Dios. Pero una cosa es que sea de inferior calidad y otra cosa es que resulte inconveniente.<\/p>\n<p>     En cuanto es un temor que acerca al arrepentimiento y dispone para la conversi\u00f3n, la Iglesia siempre lo ha considerada como bueno y como suficiente para llegar al perd\u00f3n sacramental. El temor, a diferencia del amor, no justifica por s\u00ed\u00ad mismo; pero dispone la conversi\u00f3n. En consecuencia es considerado suficiente para el sacramento de la penitencia.<\/p>\n<p>    En este sentido, resultan interesantes las antiguas discrepancias sobre su suficiencia penitencial. Los contricionistas, Alejandro de Hales (1186-1245), Miguel Bayo (1513-1570) y posteriormente los autores jansenistas, rechazaron su suficiencia para recibir v\u00e1lidamente el sacramento de la penitencia, exigiendo la contrici\u00f3n perfecta basada en el amor.<\/p>\n<p>    Pero la ense\u00f1anza pastoral de la Iglesia y multitud de autores se opusieron a tales exigencias. Pedro Lombardo (+1160) ya hab\u00ed\u00ada ense\u00f1ado que si el temor no es suficiente, la absoluci\u00f3n sacramental s\u00f3lo tendr\u00ed\u00ada valor declaratorio, ya que el dolor perfecto borra por s\u00ed\u00ad el pecado. El sacramento de la penitencia precisamente es signo sensible que otorga el perd\u00f3n compensando la insuficiencia del coraz\u00f3n del penitente.<\/p>\n<p>    El concilio de Trento no defini\u00f3 esta cuesti\u00f3n disputada, aunque declar\u00f3 de forma indirecta que \u00abla atrici\u00f3n es insuficiente, sin el sacramento de la penitencia, para justificar al pecador, pero que puede disponerle para recibir la gracia de la justificaci\u00f3n por medio del sacramento.\u00bb (Denz. 898)<\/p>\n<p>    El sacramento de la Penitencia es sacramento para pecadores no para santos, en la medida en la que es instrumento de perd\u00f3n. Pero hasta para los m\u00e1s santos es cauce de gracia y perfecci\u00f3n. Si fuera precisa la contrici\u00f3n perfecta, no ser\u00ed\u00ada sacramento de pecadores, sino de justos. La Sagrada Escritura recuerda en diversos lugares que el temor de Dios es un sentimiento saludable y deseable: \u00abEl temor de Dios es el principio de la sabidur\u00ed\u00ada\u00bb, se dice en los Libros Sapienciales del Antiguo Testamento (Prov. 1.7; tambi\u00e9n Eccli. 1.17; Prov. 10. 27; Ex 20. 20; Salm. 11. 8; Is. 33. 6.<\/p>\n<p>     Y Jes\u00fas mismo record\u00f3: \u00abTemed m\u00e1s bien a aquel que puede arrojar el alma y el cuerpo en el infierno.\u00bb (Mt. 10.2) Tambi\u00e9n: Mt. 5. 29 y Jn. 5. 14.<\/p>\n<p>    2. 2. Confesi\u00f3n de los pecados<br \/>\n    El Catecismo de Trento, dec\u00ed\u00ada: \u00abLa confesi\u00f3n es la acusaci\u00f3n que el penitente hace de sus propios pecados ante un sacerdote debidamente autorizado, para recibir de \u00e9l el perd\u00f3n en virtud del poder de las llaves.\u00bb (II. 5 y 38). Y a\u00f1ad\u00ed\u00ada: \u00abSi alguno niega que la confesi\u00f3n del pecado no fue instituida o no es necesaria para la salvaci\u00f3n por derecho divino, o que la confesi\u00f3n en secreto con el sacerdote, que la Iglesia Cat\u00f3lica observ\u00f3 y sigue observando, es ajena a la instituci\u00f3n y mandato de Cristo, o que es una invenci\u00f3n humana, sea condenado.\u00bb (Denz. 916)<\/p>\n<p>     Despu\u00e9s de cinco siglos, el Catecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica, refrenda la doctrina contundente y a\u00f1ade que \u00abes la parte esencial de sacramento\u00bb.<\/p>\n<p>     A pesar de la claridad disciplinar sobre la necesidad de la declaraci\u00f3n de todos los pecados graves cometidos desde la \u00faltima confesi\u00f3n, la definici\u00f3n de Trento hay que entenderla en el contexto de la negaci\u00f3n de los Reformadores protestantes. Estos se opusieron fuertemente a la confesi\u00f3n de los pecados, sobre todo Felipe Melanchthon (1497-1565) (Confesi\u00f3n de Ausburgo II. 25), siguiendo las doctrinas de Wicleff (condenadas en 1418) y de Pedro de Osma (condenadas en 1479), aunque admitieron el valor pedag\u00f3gico y psicol\u00f3gico de la confesi\u00f3n para desahogo del pecador y para iluminaci\u00f3n de la conciencia.<\/p>\n<p>     La Iglesia cat\u00f3lica resalt\u00f3 la importancia que ten\u00ed\u00ada la declaraci\u00f3n del pecado para que el ministro ejerciera sobre su contenido el acto absolutorio, resaltando entonces el car\u00e1cter judicial m\u00e1s que la dimensi\u00f3n pastoral.<\/p>\n<p>     Sin embargo, la dificultad frecuente de hallar facilidades normales para la declaraci\u00f3n individual de los pecados al sacerdote, cuando escasean los ministros aptos para ello o disponibles por sus circunstancias, o incluso por otras dificultades, ha hecho que la Iglesia haya recuperado otras formas penitenciales usuales en tiempos antiguos. Tiene hoy en cuenta de que lo importante en el sacramento es el signo sensible, con su dimensi\u00f3n comunitaria y no s\u00f3lo la mera declaraci\u00f3n personal y secreto de los propios delitos.<\/p>\n<p>     Al recomendar la revisi\u00f3n de la pastoral sacramental, el Concilio Vaticano II recuerda que: \u00abTodos los sacramentos est\u00e1n ordenados a la santificaci\u00f3n de los hombres, a la edificaci\u00f3n del Cuerpo M\u00ed\u00adstico, en definitiva a dar culto a Dios; en cuanto signos, tienen un fin pedag\u00f3gico: no s\u00f3lo suponen la fe, sino que alimentan.\u00bb Reclama luego que se debe revisar el rito de la penitencia, \u00abde modo que exprese m\u00e1s claramente la naturaleza y efectos del sacramento.\u00bb (Sacr. Conc. 59 y 72)<\/p>\n<p>     El signo est\u00e1 en los actos que expresan el cambio de vida (arrepentimiento y conversi\u00f3n) y en la expresi\u00f3n p\u00fablica de ese cambio (penitencia y satisfacci\u00f3n).<\/p>\n<p>     El precepto de la confesi\u00f3n o declaraci\u00f3n del pecado, para que sobre \u00e9l caiga la absoluci\u00f3n, no se cumple \u00fanicamente por la confesi\u00f3n, sea p\u00fablica o sea privada, sino por la vivencia comunitaria del perd\u00f3n, que es lo que da plenitud al signo sacramental.<\/p>\n<p>    2.2.1 Confesi\u00f3n en la Historia<\/p>\n<p>     En la Sagrada Escritura no se halla expresamente que se reclame la declaraci\u00f3n del pecado de forma personal, pero la Iglesia considera este elemento del sacramento como inspirado en el texto sagrado.<\/p>\n<p>     La forma judicial como Cristo retrata el poder de las llaves \u00abatar y desatar, perdonar y retener lo atado y desatado\u00bb, implica el juicio de quien ejerce el poder. De aqu\u00ed\u00ad se dedujo la necesidad de conocer el pecado para perdonarlo o retenerlo y la necesidad de exteriorizar el perd\u00f3n. Los pasajes neotestamentario que aluden a determinadas manifestaciones de los pecados son varios: 1. Jn. 1. 6; Sant. 5. 16; Hech. 16. 18. Pueden ser interpretados de diversas formas.<\/p>\n<p>     En los primeros tiempos, la situaci\u00f3n de los pecadores (ad\u00falteros, ap\u00f3statas, homicidas) s\u00f3lo reclam\u00f3 la postura de arrepentimiento y p\u00fablica conversi\u00f3n en la comunidad, sin precisar la confesi\u00f3n particular de lo ya conocido por todos.<\/p>\n<p>    Pronto se vincul\u00f3 esta conversi\u00f3n con un tiempo y una forma de \u00abpenitencia\u00bb p\u00fablica, como signo y gesto de arrepentimiento por el mal realizado. Algunos testimonios antiguos aluden a ese medio, sin hacer referencia de exclusividad en \u00e9l. Or\u00ed\u00adgenes escrib\u00ed\u00ada: \u00abHay tambi\u00e9n otro s\u00e9ptimo medio, aunque duro y penoso, que es el perd\u00f3n de los pecados por medio de la penitencia, cuando el pecador empapa de l\u00e1grimas su lecho y la l\u00e1grimas son su alimento d\u00ed\u00ada y noche, y cuando no se averg\u00fcenza de confesar sus pecados al sacerdote del Se\u00f1or y buscar remedio en \u00e9l.\u00bb (Hom. In Lev. 2. 4)<\/p>\n<p>     En alg\u00fan otro lugar el mismo Or\u00ed\u00adgenes recomienda como libre la confesi\u00f3n p\u00fablica: \u00abReflexiona cuidadosamente siempre que hagas la confesi\u00f3n tus pecados. Considera primeramente al m\u00e9dico a quien t\u00fa has de exponer la causa de tu enfermedad&#8230; Si \u00e9l piensa y prev\u00e9 que tu enfermedad es de tal \u00ed\u00adndole que ha de ser confesada y curada ante toda la Iglesia, con lo cual los dem\u00e1s quedar\u00e1n sin duda edificados, t\u00fa mismo conseguir\u00e1s m\u00e1s f\u00e1cilmente la salvaci\u00f3n; entonces hazlo as\u00ed\u00ad, con madura reflexi\u00f3n y siguiendo el consejo prudente de aquel m\u00e9dico.\u00bb (In Salm. 37. Hom. 2. 6)<\/p>\n<p>     En la Edad Media la costumbre de las comunidades del norte de Europa, sobre todo celtas en Irlanda, inspiradas en las pr\u00e1cticas de los monjes transferidas a los pueblos cristianizados, implic\u00f3 la peri\u00f3dica declaraci\u00f3n de faltas y pecados para obtener penitencia y perd\u00f3n. Se hizo usual la confesi\u00f3n particular (auricular) con el sacerdote, sin que existieran prescripciones precisas y uniformes al respecto.<\/p>\n<p>     La primera ordenaci\u00f3n expl\u00ed\u00adcita procede del Concilio IV de Letr\u00e1n (1215) que hizo preceptiva la pr\u00e1ctica extendida de la confesi\u00f3n y la temporaliz\u00f3 en una vez al a\u00f1o, \u00abprocurando decir todos los pecados al sacerdote y disponi\u00e9ndose a cumplir en lo posible toda la penitencia, pare recibir reverentemente la Eucarist\u00ed\u00ada en la fiesta de la Pascua\u00bb. (Denz 437).<\/p>\n<p>     Con el tiempo pasar\u00ed\u00ada a ser la normativa usual de la Iglesia, renovada en Trento y actualizada en el Derecho Can\u00f3nico actual, que determina ser el \u00ab\u00fanico modo ordinario con el que el fiel, consciente de que est\u00e1 en pecado grave, se reconcilia con Dios y con la Iglesia, de modo que s\u00f3lo la imposibilidad f\u00ed\u00adsica o moral de esa confesi\u00f3n excusa de ella, pudiendo entonces obtener el perd\u00f3n tambi\u00e9n por otros medios.\u00bb (Canon 960)<\/p>\n<p>    2.2.2. Confesi\u00f3n en la Iglesia<br \/>\n    La pr\u00e1ctica preceptiva de la Iglesia se impuso durante siglos. Y la forma ordinaria de recibir el sacramento de la pentencia fue el acudir a la confesi\u00f3n de todos los pecados, en n\u00famero y en naturaleza (especie). Por eso no ser\u00ed\u00ada suficiente, para la observancia de esta norma, la confesi\u00f3n general de los pecados sentidos en la conciencia como mortales y la confesi\u00f3n parcial de algunos de ellos. Se precisar\u00ed\u00ada la clara y expl\u00ed\u00adcita enumeraci\u00f3n de todos.<\/p>\n<p>    El Concilio de Trento declar\u00f3: \u00abDe la instituci\u00f3n del sacramento de la penitencia entendi\u00f3 siempre la Iglesia universal que fue tambi\u00e9n instituida por el Se\u00f1or la confesi\u00f3n integra de todos los pecados (Sant. 5.16. 1 Jn 1.9; Lc. 17.14) y que es por derecho divino necesaria a todos los ca\u00ed\u00addos despu\u00e9s del bautismo\u00bb (Ses. XIV. del 25 de Nov. de 1551, Denz. 899)<\/p>\n<p>    De la discreci\u00f3n del confesor y de la madurez del penitente depender\u00e1 que esta pr\u00e1ctica se convierta en un gesto de humildad, en un signo sensible, o en un instrumento de tormento.<\/p>\n<p>    Desde luego nada m\u00e1s alejado del signo sacramental que el escarbar, revivir, interpretar y describir morbosamente los acontecimientos malvados de las propia vida, las debilidades \u00e9ticas y las motivaciones m\u00e1s o menos subconscientes que hechos de odios, de venganza, de soberbia, de lujuria o de crueldad puedan haberse dado pasajera o permanente en la infraestructura del pecador.<\/p>\n<p>    Por eso la confesi\u00f3n sacramental en ning\u00fan caso puede considerarse como liberaci\u00f3n psicoanal\u00ed\u00adtica o una catarsis del delito \u00e9tico. Para necesidades de este tipo est\u00e1 la psiquiatr\u00ed\u00ada del experto, no la piedad del humilde confesor que se pone en lugar del Salvador.<\/p>\n<p>    A \u00e9l le corresponde ser instrumento de gracia, no psicoterapeuta. Administra un signo sensible de vida sobrenatural, no  un instrumento m\u00e9dico. En la medida en que agobie al penitente o perturbe el propio subconsciente, se escapa de los limites del gesto sensible y se deriva por cauces no sacramentales.<\/p>\n<p>    2.2.2.1. Los pecados mortales<br \/>\n    La declaraci\u00f3n del pecado, o confesi\u00f3n, debe centrarse primariamente en los pecados mortales de los que se tenga conciencia desde la \u00faltima confesi\u00f3n. Esto es f\u00e1cil decirlo te\u00f3ricamente, pero siendo el pecado algo tan profundamente destructor de la realidad sobrenatural y, en consecuencia, tan dif\u00ed\u00adcilmente identificable por el mismo que lo comete (plenitud de advertencia, totalidad de consentimiento), no siempre es claro y f\u00e1cil detectar lo que obligatoriamente se ha de confesar y lo que es simplemente conveniente.<\/p>\n<p>     En virtud de una ordenaci\u00f3n eclesial, y tal vez divina, hay que confesar todos los pecados mortales, indicando su especie o naturaleza, el n\u00famero y las circunstancias que hacen variar la naturaleza. Es decir, no basta declarar un robo grave, si el robo ha sido hecho a un indigente que precisaba el bien para su subsistencia. No basta declarar un homicidio, si la persona asesinada es persona consagrada a la que se debe respeto religioso como tal. En todo caso, los pecados, no las acciones, son el contenido de la declaraci\u00f3n.<\/p>\n<p>     No est\u00e1 bien decir que son la materia del sacramento, como el pan lo es de la Eucarist\u00ed\u00ada y el agua del Bautismo. Ser\u00ed\u00ada incorrecta una analog\u00ed\u00ada as\u00ed\u00ad. Los pecados son negaci\u00f3n de la gracia, son vac\u00ed\u00ado absoluto del bien. No son signo de nada positivo, sino realidades de muerte. El signo sensible est\u00e1 en el gesto que destruye los pecados.<\/p>\n<p>     La imposibilidad f\u00ed\u00adsica y moral de discernir la naturaleza o el n\u00famero de los pecados excusa la integridad material de la confesi\u00f3n. Esto acontece con los pecados olvidados, con los dudosos, con los ya confesados de los que luego se advierte distinta entidad.<\/p>\n<p>     Por eso es importante presentar la confesi\u00f3n como un proceso o acto sereno de autodenuncia del pecado, no como una atormentada exploraci\u00f3n de posibles delitos. Si esto vale para cualquier persona serena y juiciosa, vale m\u00e1s para los temperamentos angustiosos, depresivos o propensos a la perturbaci\u00f3n afectiva o moral.<\/p>\n<p>    2.2.2.2. Los pecados veniales<br \/>\n    La confesi\u00f3n de los pecados veniales ni es necesaria ni obligatoria. Pero resulta asc\u00e9tica y pedag\u00f3gicamente beneficiosa, primero por la reflexi\u00f3n que genera en un tranquilo examen de conciencia, y luego por la gracia sacramental que se recibe para luchar contra ellos.<\/p>\n<p>    Al no entrar en la materia obligada de la confesi\u00f3n, el penitente puede determinar cu\u00e1les se quiere declarar como recurso de piedad y en qu\u00e9 direcci\u00f3n se puede orientar la vida piadosa para ir luchando contra aquellos que le impiden su camino hacia la perfecci\u00f3n.<\/p>\n<p>    En este campo puede ayudar mucho la prudente acci\u00f3n de un confesor permanente, que pone sus dotes morales y psicol\u00f3gicas al servicio de una persona que quiere crecer en virtud. A esta labor sistem\u00e1tica y progresiva se denomin\u00f3 tradicionalmente \u00abdirecci\u00f3n espiritual\u00bb y ha sido considerada siempre como ayuda de primer orden en el camino de la virtud. Con todo no debe convertirse el sacramento penitencial en un consultorio asc\u00e9tico y mucho menos psiqui\u00e1trico.<\/p>\n<p>    La confesi\u00f3n de los pecados veniales se extendi\u00f3 en los ambientes monacales del norte de Europa, sobre todo de Irlanda, con S. Columbano (540-615) y otros excelentes maestros de la vida religiosa. Se difundi\u00f3 entre los fieles de su entorno y luego por otras cristiandades.<\/p>\n<p>    A pesar de las recomendaciones de los Papas de los \u00faltimos siglos: desde P\u00ed\u00ado VI, que la defendi\u00f3 contra las declaraciones del S\u00ed\u00adnodo de Pistoia (1786) (Denz. 1539) hasta Juan Pablo II al final del siglo XX, pasando por P\u00ed\u00ado XII que reclam\u00f3 en sus Enc\u00ed\u00adclicas \u00abMystici Corporis\u00bb (1943) y \u00abMediator Dei\u00bb (1947), el uso de esta excelente pr\u00e1ctica s\u00f3lo ser\u00e1 posible en determinados ambientes en donde haya suficiencia de confesores y cuando se lleve una vida cristiana de cierta calidad.<\/p>\n<p>   2.2.2.3. Pecados ya perdonados   Los pecados ya perdonados pueden ser objeto de nueva declaraci\u00f3n por motivos asc\u00e9ticos y pedag\u00f3gicos, pero no por exigencias eclesiales o sacramentales. En la ascesis cristiana se us\u00f3 en ocasiones la confesi\u00f3n reiterativa, llamada tambi\u00e9n \u00abgeneral\u00bb.<\/p>\n<p>    Recomendable para quien encuentre en ella un motivo de mayor piedad y rechazo del pecado, puede resultar inconveniente para quien desentierre con ellas viejas lesiones morales y sentimientos que deben ser desplazados en lo posible del terreno de la conciencia. Los educadores de la fe y los directores de almas deben ser muy cuidadosos al respecto, evitando pr\u00e1cticas nocivas y alteraciones morales de los penitentes.<\/p>\n<p>     2. 3. Absoluci\u00f3n<br \/>\n    La declaraci\u00f3n del perd\u00f3n por parte del ministro confesor, la absoluci\u00f3n, implica doble acci\u00f3n: actuar como receptor eclesial del poder de las llaves y ejercer como instrumento de perd\u00f3n.<\/p>\n<p>    En cuanto acto sacramental constituye el tercer elemento para la validez del perd\u00f3n. Supone el uso de f\u00f3rmula adecuada, intenci\u00f3n expl\u00ed\u00adcita, jurisdicci\u00f3n o dependencia eclesial.<\/p>\n<p>    La forma, o f\u00f3rmula, de la absoluci\u00f3n  sacramental consiste en las palabras que el sacerdote emplea, expresadas ordinariamente en los rituales eclesiales aprobados por las diversas Conferencias episcopales o Di\u00f3cesis: \u00abYo te absuelvo en el nombre del Padre, del Hijo y del Esp\u00ed\u00adritu Santo\u00bb<br \/>\n    En estas palabras s\u00f3lo son esenciales la declaraci\u00f3n del perd\u00f3n. La referencia trinitaria y cuantos aditamentos, invocaciones o plegarias se usen en diversos ambientes pueden fomentar la piedad, pero non constituyen acci\u00f3n sacramental.<\/p>\n<p> 2.3.1. Sentido de la absoluci\u00f3n<br \/>\n    La absoluci\u00f3n, en uni\u00f3n con los actos del penitente (dolor y declaraci\u00f3n del pecado), produce la remisi\u00f3n de los pecados. Es acto positivo del perd\u00f3n, no s\u00f3lo declaraci\u00f3n indirecta de que Dios ha perdonado, como dijeron algunos te\u00f3logos medievales al estilo de Pedro Lombardo.<\/p>\n<p>    Estrictamente perdona, no s\u00f3lo anuncia el perd\u00f3n. Para ese perd\u00f3n bastan las buenas disposiciones del penitente y, por supuesto, es suficiente la atrici\u00f3n. Si es posible llegar a actitudes contrici\u00f3n perfecta, la acci\u00f3n sacramental es m\u00e1s plena. As\u00ed\u00ad lo ense\u00f1\u00f3 Santo Tom\u00e1s de Aquino (Summa Th. III. 84. 3)<\/p>\n<p>    Con todo, desde el siglo XIII, en la Iglesia oriental se usan formas deprecativas en forma de plegarias e invocaciones, aunque no de manera exclusiva. Esas formas son plenamente v\u00e1lidas, en la medida en que declaren el perd\u00f3n del pecado como acto del ministro que hacer real el sacramento.<\/p>\n<p>    2.3.2 Condiciones de absoluci\u00f3n<br \/>\n    Evidentemente el rito de la absoluci\u00f3n no es una operaci\u00f3n m\u00e1gica que por si misma hace su efecto. Supone el cumplimiento de las condiciones normales por parte del ministro y del sujeto del sacramento.<\/p>\n<p>    La condici\u00f3n del ministro es doble: su poder de orden sacerdotal y su capacidad de jurisdicci\u00f3n. En el caso de que el ministro no est\u00e9 capacitado para realizar el acto del perd\u00f3n, por carecer de jurisdicci\u00f3n o autorizaci\u00f3n para ello o por enga\u00f1arse sobre el contenido del perd\u00f3n, el acto sacramental resulta nulo.<\/p>\n<p>    Del mismo modo, si por parte del penitente existe dolo o error, por no existir el pecado o por disimularlo de modo que quede oculto como tal, tampoco se dar\u00e1 el acto sacramental. La intenci\u00f3n clara y expl\u00ed\u00adcita de ambos es condici\u00f3n para el perd\u00f3n sacramental.<\/p>\n<p>    El acto sacramental implica el signo sensible y, por la tanto, la presencia f\u00ed\u00adsica y natural de quien administra y de quien recibe el sacramento. Una absoluci\u00f3n a distancia o una confesi\u00f3n por tel\u00e9fono o por internet, salvo excepcionales condiciones como ser\u00ed\u00ada el caso de una persecuci\u00f3n, dif\u00ed\u00adcilmente har\u00ed\u00ada posible una autentificaci\u00f3n del sacramento.<\/p>\n<p>     Lo mismo se puede decir de cualquier artilugio mec\u00e1nico y subterfugio pragm\u00e1tico que se pudiera emplear: disimulo del penitente, enga\u00f1o del confesor, inducci\u00f3n a error sobre el pecado, etc. Si invalidan el acto humano de la relaci\u00f3n natural, invalida su calidad sacramental, por cuanto alterar\u00ed\u00adan la realidad de la declaraci\u00f3n y de la absoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>    Sin embargo no lo altera cualquier apoyo o ayuda que hagan ambos, ministro y quien se confiesa, sin son medios para hacer posible la acci\u00f3n sacramental: confesi\u00f3n por escrito, uso de int\u00e9rprete, absoluci\u00f3n diferida por diversas circunstancias, defensa contra posibles y sofisticadas formas de escucha de la confesi\u00f3n del penitente.<\/p>\n<p>     2.3.3. Sigilo sacramental<\/p>\n<p>     Tambi\u00e9n es conveniente recordar que es ley sagrada de la Iglesia el sigilo absoluto y total por parte del confesor y de cuantos hayan podido obtener conocimiento por cualquier medio del contenido de la confesi\u00f3n sacramental.<\/p>\n<p>     Adem\u00e1s del valor de secreto profesional que est\u00e1 reclamado por naturaleza en relaci\u00f3n a la dignidad de las personas, similar al que afecta al m\u00e9dico, al abogado o al psic\u00f3logo, en lo referente al secreto de confesi\u00f3n se a\u00f1ade a la exigencia natural la dimen\u00c2\u00adsi\u00f3n religiosa. Una violaci\u00f3n del sigilo, adem\u00e1s de acto contra la discreci\u00f3n, se convierte en acci\u00f3n contra la religi\u00f3n y por lo tanto en sacrilegio, que en la Iglesia est\u00e1 penado con la excomuni\u00f3n.<\/p>\n<p>    Por nada ni por nadie, ni en vida del penitente ni despu\u00e9s de muerte, en ninguna circunstancia puede ser revelado el contenido de una confesi\u00f3n sacramental o parte de ella. El confesor no puede hacer uso de lo conocido por el sacramento y debe emplear las medidas de prudencia suficientes para que no se trasluzca por ning\u00fan camino: consignaci\u00f3n por escrito, comportamientos consecuentes con lo averiguado, alusiones veladas o indirectas, etc.<\/p>\n<p>    El sigilo sacramental abarca, como es evidente, al acto de la declaraci\u00f3n sacramental del pecado, no a todo lo dem\u00e1s, que puede estar sometido al secreto natural exigido por la prudencia y discreci\u00f3n, pero nada m\u00e1s.<\/p>\n<p>    No afecta a cualquier acci\u00f3n que pretenda usar la delaci\u00f3n sacramental como coacci\u00f3n, como ser\u00ed\u00ada el caso de pretender acallar al sacerdote en una acci\u00f3n testimonial con un simulacro de confesi\u00f3n sacramental.<\/p>\n<p>   3. Satisfacci\u00f3n<\/p>\n<p>   Por satisfacci\u00f3n sacramental se entiende las obras de penitencia, que con car\u00e1cter expiatorio y con intenci\u00f3n medicinal, se imponen al penitente.<\/p>\n<p>   Desde los tiempos apost\u00f3licos, se reclamaba a los pecadores signos de arrepentimiento y conversi\u00f3n. Eran plegarias, sacrificios o limosnas, para conseguir la expiaci\u00f3n de las penas que quedan despu\u00e9s de perdonada la culpa.<\/p>\n<p>   La satisfacci\u00f3n que se puede hacer por propia iniciativa tiene un sentido expiatorio excelente. Pero s\u00f3lo la que se hace en relaci\u00f3n a la confesi\u00f3n, al confesor y a los pecados confesados, tiene valor sacramental. La base de la doctrina sobre la satisfacci\u00f3n se halla en la idea de que los pecados llevan aneja una pena adem\u00e1s de una culpa.<\/p>\n<p>   La culpa se perdona con la absoluci\u00f3n. La pena debe ser expiada con la satisfacci\u00f3n. Si se per\u00c2\u00addona la culpa, es decir la esencia del pecado que es ofensa a Dios, y se restaura la gracia, es decir el estado de amor divino, la Justicia divina reclama la satisfacci\u00f3n o reparaci\u00f3n en esta vida o en la otra.<\/p>\n<p>   La penitencia sacramental, desde los primeros tiempos cristianos, ofrec\u00ed\u00ada a los pecadores arrepentidos la aplicaci\u00f3n de los m\u00e9ritos del mismo Cristo y, por ellos, del perd\u00f3n de los pecados. Su fundamentaci\u00f3n b\u00ed\u00adblica es evidente.<\/p>\n<p>    Referencias que despiertan su recuer\u00c2\u00addo son numerosos: el de nuestros primeros padres. (Gen. 3. 16); el de Mar\u00ed\u00ada, hermana de Mois\u00e9s (Num. 12.14); el de Israel, que debe pagar sus rebeld\u00ed\u00adas (Num. 14. 16); el del mismo Mois\u00e9s, que es castigado con Aar\u00f3n por su desconfianza (Num. 20. 11); el de David, por su pecado de adulterio. (2 Reg. 12. 13)<\/p>\n<p>    El mismo Jes\u00fas habla de la penitencia por los pecados al iniciar su mensaje, repitiendo los mensajes del Bautista: \u00abSi no hac\u00e9is penitencia todos perecer\u00e9is\u00bb (Mt. 4.17). Y con frecuencia se lo recordar\u00e1 a sus disc\u00ed\u00adpulos: \u00abEl que quiera ser mi disc\u00ed\u00adpulo, ni\u00e9guese a s\u00ed\u00ad mismo, cargue con sus cruz y s\u00ed\u00adgame.\u00bb (Mt. 16. 24)<\/p>\n<p> 3.1. Satisfacci\u00f3n sacramental<\/p>\n<p>    La Iglesia ha visto siempre en la penitencia sacramental un valor redentor especial y significativo para el perd\u00f3n. Cada uno, seg\u00fan su peca\u00c2\u00addo, debe recibir una penitencia particular. Y todos juntos han de vivir el mensaje penitencial de la Redenci\u00f3n.<\/p>\n<p>    El sacerdote tiene el derecho y el deber de imponer al penitente \u00abcastigos\u00bb proporcionados a la situaci\u00f3n de cada uno. Por de pronto, le reclama la restituci\u00f3n del a justicia, si el pecado ha violado los derechos ajenos: calumnias, robos, violaciones, lesiones.<\/p>\n<p>    La primera penitencia, condicionante para el perd\u00f3n del pecado, es la reparaci\u00f3n o devoluci\u00f3n, pues de nada valdr\u00ed\u00ada arrepentirse si la lesi\u00f3n a terceros sigue sin voluntad de arreglo. La justicia exige no s\u00f3lo satisfacci\u00f3n, sino tambi\u00e9n reparaci\u00f3n.<\/p>\n<p>    Pero, aunque no haya atentado a la justicia, existe la pena que el pecado ha merecido y hay que hacer penitencia por ella. La penitencia sacramental es m\u00e1s personal y se acomoda m\u00e1s a la gracia del sacramento para cada persona. Se puede y se debe acomodar a la realidad moral y psicol\u00f3gica de cada tipo de falta cometida, de la edad y de la circunstancia personal del penitente: padres, esposos, dirigentes, profesionales de distinto tipo.<\/p>\n<p>    3.2. Satisfacci\u00f3n sanativa<\/p>\n<p>    La satisfacci\u00f3n sacramental, como parte del sacramento de la penitencia, produce por si misma el perd\u00f3n de la toda o de parte de la pena. Por eso, no se debe mirar la satisfacci\u00f3n impuesta por el ministro como una obra piadosa sin m\u00e1s, que puede ser reemplazada por otra a capricho del penitente.<\/p>\n<p>    Esa penitencia reviste un car\u00e1cter singular y pertenece a la acci\u00f3n sacramental. Ayuda a la remisi\u00f3n, combate de alguna forma los pecados confesados y perdonados, debilita las malas inclinaciones. La intensidad y extensi\u00f3n de la pena perdonada depende de la fidelidad en el cumplimiento de la penitencia y de la intenci\u00f3n recta y reparadora que se pone en su cumplimiento.<\/p>\n<p>    No es necesario esperar a su cumplimiento para recibir la absoluci\u00f3n, a pesar de que en los tiempos primitivos se demoraba la absoluci\u00f3n a su cumplimiento, a no ser que hubiera peligro de muerte o fueran tiem\u00c2\u00adpos de persecuci\u00f3n.<\/p>\n<p>    Las penitencias satisfactorias hasta la Edad Media fueron p\u00fablicas y muy graduadas seg\u00fan la situaci\u00f3n de cada penitente, con la idea matriz de que si p\u00fablico era el pecado, p\u00fablica ten\u00ed\u00ada que realizarse la penitencia.<\/p>\n<p>   Al introducirse y generalizarse la confesi\u00f3n individual, las penas se tarifaron con frecuencia y se transformaron en obligaciones privadas y personales, seg\u00fan los pecados cometidos.<\/p>\n<p>   3.3. Penitencias complementarias<\/p>\n<p>    Es bueno recordar que, con frecuencia, los cristianos multiplicaron sus actos penitenciales con la pretensi\u00f3n de obtener de beneficios espirituales para s\u00ed\u00ad mis\u00c2\u00admos o para otros cristianos.<\/p>\n<p>    Estas penitencias complementarias no tienen estricto car\u00e1cter sacramental. Con todo, si se realizan como complementos a los actos de satisfacci\u00f3n sacramental, se ti\u00f1en de alguna forma de la valoraci\u00f3n del sacramento. Por eso conviene hacer penitencia por los pecados cometidos, m\u00e1s all\u00e1 de las penitencias impuestas por el ministro sacramental.<\/p>\n<p>    Con todo hay que recordar que mientras las penitencias estrictamente sacramentales producen frutos espirituales por s\u00ed\u00ad mismas, las otra accesorias, o a\u00f1adi\u00c2\u00addas, y las vicarias, o hechas en beneficio de otros, s\u00f3lo producen los efectos seg\u00fan los m\u00e9ritos y disposiciones de quienes las realizan.<\/p>\n<p>    No conviene menospreciar esas penitencias no estrictamente sacramentales, origen de tantas piadosas tradiciones, cofrad\u00ed\u00adas, celebraciones, festividades y gestos de caridad cristiana.<\/p>\n<p>4. Instituci\u00f3n por Jes\u00fas<\/p>\n<p>    La instituci\u00f3n por parte de Cristo del sacramento de la penitencia nunca ha suscitado duda alguna en cuanto al hecho y en cuanto al tiempo. Siempre se asoci\u00f3 la intenci\u00f3n del Se\u00f1or a los dos momentos penitenciales que se reflejan en los textos evang\u00e9licos: el de la pro\u00c2\u00admesa y el de la encomienda.<\/p>\n<p>    La promesa se asocia a las palabras del Se\u00f1or a Pedro: \u00abAtar y desatar\u00bb (Mt. 16. 13-20); repetidas luego a los Ap\u00f3stoles (Mt. 18. 18)<\/p>\n<p>    Y la encomienda o concesi\u00f3n se relacion\u00f3 con la misi\u00f3n universal de los Ap\u00f3stoles y la expl\u00ed\u00adcita misi\u00f3n de perdonar los pecados al momento de la despedida postrresurreccional. (Jn. 20. 10-22; Lc. 24. 47).<\/p>\n<p>    Con todo, en una buena ex\u00e9gesis b\u00ed\u00adblica, en clave comparativa, es dif\u00ed\u00adcil determinar el momento, si lo hubo, en que los Ap\u00f3stoles recibieron expl\u00ed\u00adcitamente esa funci\u00f3n. Aunque existe en los Ap\u00f3stoles la conciencia y el recuerdo del \u00faltimo mandato de Jes\u00fas, tal vez se debe prefe\u00c2\u00adrir una ex\u00e9gesis m\u00e1s flexible y extensiva de la instituci\u00f3n sacramental, ya que frecuentemente se habla de esa misi\u00f3n salvadora y perdonadora en los relatos evang\u00e9licos.<\/p>\n<p>    De lo que no cabe duda es de que desde la misma etapa inicial de la comunidad cristiana, el poder de perdonar se hallaba en el coraz\u00f3n de los disc\u00ed\u00adpulos y lo ejercieron de una forma carism\u00e1tica y kerigm\u00e1tica. El tiempo posterior se encargar\u00ed\u00ada de facilitar la ordenaci\u00f3n disciplinar de ese poder sacramental y de orientarlo, no por v\u00ed\u00ada de derechos judiciales, sino en clave de evangelizaci\u00f3n y de anuncio salvador.<\/p>\n<p>   5. Ministro<\/p>\n<p>   Tampoco se han suscitado especiales dudas o discusiones sobre los destinatarios del poder de las llaves. En el primer esquema hist\u00f3rico de la comunidad cristiana es clara la atribuci\u00f3n exclusiva a los Ap\u00f3stoles, con Pedro a la cabeza.<\/p>\n<p>   Los Obispos, como sucesores de los Ap\u00f3stoles, recibieron ese poder por transferencia expl\u00ed\u00adcita y natural de sus primeros receptores.<\/p>\n<p>   5.1. Los presb\u00ed\u00adteros<\/p>\n<p>   Lo que no resulta f\u00e1cil es asociar el poder de perdonar pecados con la figura de los presb\u00ed\u00adteros, entendidos como perso\u00c2\u00adnas ordenadas sacramentalmente para la atenci\u00f3n espiritual de la comunidad cristiana.<\/p>\n<p>   Las diversas veces en que aparece el t\u00e9rmino y el concepto de presb\u00ed\u00adtero (74 veces) en el Nuevo Testamento ofrecen rasgos diversos. No pasan de una doce\u00c2\u00adna las referencias de ese t\u00e9rmino a personas con autoridad en la comuni\u00c2\u00addad: \u00abDesignaron presb\u00ed\u00adteros para la comunidad (Hech. 14. 23)&#8230;; \u00abLos presb\u00ed\u00adteros que ejercen bien su cargo merecen doble honor.\u00bb (1. Tim. 5. 17)&#8230;; \u00abEstablece presb\u00ed\u00adteros en cada una de las ciuda\u00c2\u00addes.\u00bb (Tit. 1. 5). Esa orientaci\u00f3n casi siempre pertenece al contexto paulino directo (sus cartas personales) o indirectos (Hechos y cartas atribuidas).<\/p>\n<p>   A pesar de la oscuridad que todav\u00ed\u00ada existe en cuanto a las funciones pastorales y jerarqu\u00ed\u00adas en las comunidad cristianas del siglo I, es claro que la posterior interpretaci\u00f3n de las intenciones de los Ap\u00f3stoles, depositarios de las consignas directas de Jes\u00fas, conlleva la diferenciaci\u00f3n entre la autoridad m\u00e1xima de cada comunidad, el presidente y obispo, y los otros personajes investidos de determinadas funciones ordenadas (Di\u00e1conos, evangelistas, y presb\u00ed\u00adteros).  San Ambrosio ya en el siglo V reconocer\u00e1 la praxis penitencial de la Iglesia en todas partes y la reserva del perd\u00f3n al Obispo y a sus presb\u00ed\u00adteros: \u00abEste derecho se concede s\u00f3lo a los sacerdotes\u00bb (De poen.1.2, 7)<\/p>\n<p>   5.2. Los di\u00e1conos<\/p>\n<p>   En lo que respecta a los di\u00e1conos, los hechos son m\u00e1s complejos, pero en cierto sentido m\u00e1s claros respecto a la funci\u00f3n penitencial. Ellos, en su forma masculina y en su forma femenina, tuvieron una dimensi\u00f3n m\u00e1s bien de asistencia y de caridad en la comunidad.<\/p>\n<p>   La caridad estuvo en los primeros cristianos por encima del culto. Recordaban con claridad que el \u00ab\u00fanico mandamiento que Cristo hab\u00ed\u00ada dado era el del amor\u00bb y ejercieron la solidaridad de una forma preferente. Es l\u00f3gico admitir que los di\u00e1conos, al estilo de Esteban, ejercieron una misi\u00f3n decisiva en la naciente comunidad.<\/p>\n<p>   Y es claro que su ministerio estuvo menos vinculado con la predicaci\u00f3n de la palabra y el orden lit\u00fargico, eucar\u00ed\u00ads\u00c2\u00adtico o penitencial. San Pedro lo dijo bien claramente al determinar su misi\u00f3n: \u00abNo es justo que nosotros descuidemos la Palabra por las mesas&#8230; Escoger \u00abvosotros\u00bb siete varones justos&#8230; Nosotros nos dedicaremos a la oraci\u00f3n y al servicio del mensaje.\u00bb (Hech. 6. 2-6) En ning\u00fan momento de la Historia posterior esta orientaci\u00f3n sufri\u00f3 variaci\u00f3n alguna, a pesar de que en los siglos postmedievales la instituci\u00f3n diaconal se eclips\u00f3 a efectos pr\u00e1cticos.<\/p>\n<p>   5.3. Penitencias vicarias<\/p>\n<p>   La necesidad del car\u00e1cter sacerdotal para el ministerio penitencial no ha sido siempre tan respetada en la pr\u00e1ctica como r\u00ed\u00adgida es en la teor\u00ed\u00ada. En ocasiones se han abierto dudas o brechas en los planteamientos teol\u00f3gicos.<\/p>\n<p>    5.3.1. La confesi\u00f3n diaconal<\/p>\n<p>    En algunos ambientes o momentos se pretendi\u00f3 dar a determinadas actividades laicales y diaconales car\u00e1cter cuasisacramental, haci\u00e9ndoles depositarios de confesiones y confidencias con vistas al perd\u00f3n de los pecados. Cuando la costumbre de esas confesiones a Di\u00e1conos se difundi\u00f3 en algu\u00c2\u00adnos ambientes, la Iglesia se encarg\u00f3 de clarificar las ideas y rectificar los usos incorrectos. Con todo, hubo alguna vacilaci\u00f3n al respecto.<\/p>\n<p>   Tal aconteci\u00f3, por ejemplo, en el S\u00ed\u00adnodo (no concilio) de Elvira, que, en su canon 32, con\u00c2\u00adcedi\u00f3 que el Di\u00e1cono, en caso de necesidad, impartiera la reconciliaci\u00f3n. Al margen de que es dudoso que se pueda identificar la reconciliaci\u00f3n con la absoluci\u00f3n del pecado o el levantamiento de la excomuni\u00f3n si la hubiere, no deja de ser un hecho aislado que en nada compromete la l\u00ed\u00adnea doctrinal de la Iglesia.<\/p>\n<p>   Queda claro que, cuando en algunos libros penitenciales o en algunas actas sinodales del siglo X y XI, o por parte de alg\u00fan escritor (Lanfranco, por ejemplo) se aluden a estas posibilidades, se coin\u00c2\u00adcide en que s\u00f3lo se debe hacer en caso de grave necesidad, lo que indica que hay claridad de la improcedencia de la atribuci\u00f3n. Desde el siglo XII la pr\u00e1ctica se rechaz\u00f3 en todos los S\u00ed\u00adnodos y por parte de los te\u00f3logos de todas las tendencias, salvo los grupos marginales y sectarios que aparecen ya desde el siglo XIV.<\/p>\n<p>   Es bueno recordar que los di\u00e1conos ejercieron en determinados ambien\u00c2\u00adtes y momentos una funci\u00f3n vicaria y proped\u00e9utica para determinadas acciones insertas en la administraci\u00f3n del sacramento (preparaci\u00f3n, plegaria, ex\u00e1menes de conciencia, penitencias expia\u00c2\u00adtorias). Pero tal labor se centr\u00f3 m\u00e1s aspectos de satisfacci\u00f3n que en los estrictamente absolutorios.<\/p>\n<p>   Y tambi\u00e9n es cierto que en algunos ambientes o momentos se us\u00f3 la confe\u00c2\u00adsi\u00f3n laical como suced\u00e1nea de la sacramental, cuando era imposible contar con un sacerdote. El hecho de que algunos te\u00f3logos llegaran a considerarla como buena, incluso obligatoria si no se hallaba sacerdote, no quiere decir que se confundiera con el sacramento estrictamente dicho.<\/p>\n<p>   Santo Tom\u00e1s de Aquino, por ejemplo, le defendi\u00f3 como justa y buena (Suplem. 8. 21) Juan  Duns Escoto, que pon\u00ed\u00ada exclusivamente la esencia del sacramento en la absoluci\u00f3n, la rechaz\u00f3 por completo.<\/p>\n<p>   5.3.2. La confesi\u00f3n \u00ablaica\u00bb<\/p>\n<p>   La actividad psicol\u00f3gica moderna, en donde la consulta y la confidencia (counseling) se convierte en h\u00e1bito pedag\u00f3gico y terap\u00e9utico, y en la que muchos creyentes pueden ejercer un verdadero ministerio moral y espiritual, desentierra algunos resabios medievales sobre la tonalidad sacramental de esas ayudas o funciones laicales.<\/p>\n<p>   Teol\u00f3gicamante hay que mantener, seg\u00fan la doctrina de la Iglesia, que cualquier forma de absoluci\u00f3n impartida por di\u00e1conos, cl\u00e9rigos no presb\u00ed\u00adteros, o laicos expertos en t\u00e9cnicas de ayuda psicol\u00f3gica, no tiene ni puede tener ning\u00fan rango sacramental. Ello no obsta a que toda labor profesional (m\u00e9dica, pedag\u00f3gica, psicol\u00f3gica) realizada con intencionalidad caritativa merezca m\u00e1xi\u00c2\u00adma consideraci\u00f3n evang\u00e9lica.<\/p>\n<p>   En otro orden de cosas, es un error en la Iglesia griega la costumbre, extendida desde antiguo aunque hoy amortiguada, de hacer a los monjes, a menudo no sacerdotes, los administradores del perd\u00f3n. El perd\u00f3n de pecados concedido por los no sacerdotes se ha de mirar como absoluci\u00f3n err\u00f3nea, por espirituales y piadosos que sean los otorgantes y buenas sean las actitudes de los penitentes.<\/p>\n<p>   Otra cosa es que el servicio de consultorio y de apoyo moral y afectivo que se ofrece a quien lo pide lleve con frecuencia aparejada una gran influencia espiritual y pueda convertirse en suced\u00e1neo de la acci\u00f3n sacramental para quienes no sean capaces de llegar a ella.<\/p>\n<p>   6. Sujeto de la penitencia<\/p>\n<p>   El receptor del sacramento no puede ser otro que el adulto capaz de pecar, o que realmente ha pecado, y quiere recibir el perd\u00f3n por la v\u00ed\u00ada establecida por el mismo Se\u00f1or Jes\u00fas.<\/p>\n<p>   Ni los ni\u00f1os ni los deficientes ni quien carezca de suficiente desarrollo moral, es decir de responsabilidad como persona, puede ser sujeto de la penitencia.<\/p>\n<p>   6.1. Adulto pecador<\/p>\n<p>   En la medida en que tiene algo susceptible de ser perdonado se puede ser sujeto del sacramento. Un hipot\u00e9tico santo perfecto no podr\u00ed\u00ada ser perdonable.<\/p>\n<p>   En principio el sacramento de la penitencia est\u00e1 establecido para quienes se han alejado gravemente de la Iglesia, es decir para quienes tienen conciencia de pecado mortal.<\/p>\n<p>   Pero ha sido tradicional desde los primeros tiempos cristianos acudir a este sacramento para obtener, con la humilde confesi\u00f3n, la ayuda de la gracia en los pecados veniales, en los vicios de los que nos queremos corregir, de las situaciones de ignorancia, de debilidad o de pobreza espiritual. Jes\u00fas quiso establecer un sacramento para todos, para los pecadores, que son de dos tipos: los que han pecado y los que pueden pecar.<\/p>\n<p>   Adem\u00e1s se requieren ciertas disposiciones complementarias para la recepci\u00f3n digna o suficiente: los conocimientos suficientes sobre el sacramento para saber lo que se hace y por qu\u00e9 se hace. Una ignorancia absoluta, una falta total de arrepentimiento, una adhesi\u00f3n plena al pecado de modo que se siga adherido a \u00e9l, har\u00ed\u00ada el sacramento inv\u00e1lido y por lo tanto aparente.<\/p>\n<p>   6.2. Confesi\u00f3n de ni\u00f1os<\/p>\n<p>   Por eso en la Iglesia, el sacramento penitencial no se puede administrar como tal a los ni\u00f1os que no han llegado al uso de la raz\u00f3n y no pueden ser conscientes de la acci\u00f3n o no pueden ser responsables de ning\u00fan pecado.<\/p>\n<p>   En la medida en que conciencia y responsabilidad se ponen en funcionamiento (libertad, inteligencia, voluntad) el sacramento se puede recibir y administrar.<\/p>\n<p>   Si en los primero estadios del despertar \u00e9tico, 6-7 a\u00f1os, la administraci\u00f3n puede tener un sentido m\u00e1s pedag\u00f3gico que teol\u00f3gico, cuando la sensibilidad moral ha progresado, 9-10 a\u00f1os, y ha llegado a cierta plenitud, 13-14 a\u00f1os, el sacramento tiene plena vigencia moral, catequ\u00ed\u00adstica y espiritual.<\/p>\n<p>   La costumbre de infravalorar la capacidad penitencial de los ni\u00f1os muchas veces llega a la ingenuidad, por el principio antes anunciado. Si el pecado mortal apenas es compatible con una conciencia no llegada a la plenitud, el venial se alberga en la personalidad infantil y tambi\u00e9n para \u00e9l est\u00e1 establecido este sacramento.<\/p>\n<p> 7. Efectos del sacramento<\/p>\n<p>   Son diversos y se producen, como en todo sacramento, por s\u00ed\u00ad mismos, siempre que se realice el signo sensible del perd\u00f3n y se posean las suficientes disposiciones para recibirlo con autenticidad, voluntad y conciencia clara.<\/p>\n<p>  7.1 Gracia y reconciliaci\u00f3n<\/p>\n<p>   El efecto principal del sacramento es la reconciliaci\u00f3n del pecador con Dios, lo cual indica la destrucci\u00f3n del pecado y el restablecimiento de la gracia divina.<\/p>\n<p>   El efecto negativo es la aniquilaci\u00f3n del pecado, es decir del estado de enemistad divina. Es misterioso c\u00f3mo pueda ser entendido ese estado de enemistad por parte de Dios, que es infinitamente misericordioso. Pero es as\u00ed\u00ad, al menos por parte de nosotros, pecadores. Lo dice San Pablo hablando del Bautismo con cierta insistencia y aludiendo al salto que se realiza en el orden de la gracia: \u00abAntes \u00e9rais hijos de ira y ahora os hab\u00e9is hecho hijos de amor.\u00bb (Ef. 2.3; Rom. 5.9-11; Gal. 3. 23-29; Ef. 4.22)<br \/>\n   El efecto positivo es la amistad divina, es el estado de gracia santificante que surge por el perd\u00f3n. A ese salto inmenso y sobrenatural se denomina justificaci\u00f3n. Con el perd\u00f3n de la culpa va necesariamente unida la remisi\u00f3n de la pena eterna, aunque las penas temporales o complementarias permanecen y deben ser reparadas y borradas con la penitencia.<\/p>\n<p>   7.2. La gracia sacramental.<\/p>\n<p>   Entre los te\u00f3logos se acepta en general la idea de que cierta gracia concreta y particular se confiere en el sacramento, seg\u00fan el tipo de pecados que se confiesan. La gracia divina act\u00faa sobre ellos para destruirlos y para conferir cierta fortaleza que haga posible la lucha que ellos reclaman.<\/p>\n<p>   Este tipo de ayudas espec\u00ed\u00adficas se suelen mirar como gracias actuales. Adem\u00e1s de la fuente general del sacramento de donde brotan, hay que saber pedirlas a Dios para lograr superar los pecados que a cada esp\u00ed\u00adritu acechan con predominio: ira, avaricia, rencor, erotismo, etc.<\/p>\n<p>   7.3. Reconciliaci\u00f3n con la Iglesia<\/p>\n<p>   Teniendo en cuenta que el pecado destruye tambi\u00e9n la vinculaci\u00f3n espiritual que tenemos con los dem\u00e1s miembros del Cuerpo M\u00ed\u00adstico, es frecuente aludir al efecto eclesial que produce el sacramento penitencial. Incluso es conveniente resaltar esta dimensi\u00f3n participativa en los tiempos actuales.<\/p>\n<p>   El Catecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica dice: \u00abEl pecado rompe y menoscaba la comu\u00c2\u00adni\u00f3n fraterna. Por eso el sacramento de la penitencia la restaura y repara. No s\u00f3lo cura al que se reintegra en la comuni\u00f3n eclesial, sino que tiene tambi\u00e9n un efecto santifican\u00c2\u00adte sobre la vida de toda la Iglesia.\u00bb (1460)<\/p>\n<p>  7.4. Reviviscencia de los m\u00e9ritos<\/p>\n<p>  Las obras buenas realizadas en estado de gracia producen un efecto meritorio que se acumula ante Dios y que abren la posibilidad de una recompensa eterna. El pecado destroza esos m\u00e9ritos, al interrumpir la amistad divina; pero, sin duda, el perd\u00f3n sacramental los restaura, como resultado de la reconciliaci\u00f3n con Dios y de su infinita misericordia.<\/p>\n<p>   Otra cosa es el valor meritorio de las buenas obras hechas durante el tiempo en que el alma se halla alejada de Dios por el pecado. No cabe duda de que \u00aben las matem\u00e1ticas de Dios\u00bb, estas formas de calcular m\u00e9ritos y recompensas adquieren otro sentido que en los lenguajes de los hombres. Pero es indudable que las obras buenas en todo momento son agradables a Dios, incluso las hechas en estado de pecado.<\/p>\n<p>    Por ese se debe aconsejar al pecador, por empedernido que sea y corrompido que se halle, que haga obras buenas y solicite la gracia de la conversi\u00f3n a trav\u00e9s de ellas.<\/p>\n<p>    San Jer\u00f3nimo comentaba a prop\u00f3sito esto: \u00abDe quien ha trabajado por la fe en Cristo y despu\u00e9s cae en el pecado se dice que todos sus afanes anteriores han sido vanos mientras se encuentra en pecado; pero no perder\u00e1 su fruto si se convierte a la primera fe y al celo antiguo\u00bb.<\/p>\n<p>   7.5. Efectos psicol\u00f3gicos.<\/p>\n<p>   Aunque no pertenece a la teolog\u00ed\u00ada la consideraci\u00f3n de los efectos psicol\u00f3gicos de la penitencia, tambi\u00e9n se pueden recordar en la medida en que sean reales. Bueno ser\u00e1 caer en la cuenta de que no a todos les producen los mismos efectos los mismos procedimientos: desahogos, aclaraciones \u00e9ticas, restauraci\u00f3n de la confianza.<\/p>\n<p>   Desde una \u00f3ptica clerical se ha abusado en ocasiones de esta referencia y se ha arropado el sacramento de la penitencia del entorno humano que corre el riesgo de desfigurarlo: consejos morales, conversaci\u00f3n piadosa, en ocasiones \u00ed\u00adntima y afectiva, etc.<\/p>\n<p>   Sin que sean rechazables estos \u00abenvoltorios penitenciales\u00bb, los confesores har\u00e1n bien en diferenciar las distintas preferencias o conveniencias de los penitentes y los penitentes har\u00e1n mejor en no confundir el sacramento con sus circunstancias: car\u00e1cter o edad del confesor, ritos o modos celebrativos, tiempos, lugares o lenguajes empleados.<br \/>\n  Desde luego, en el orden catequ\u00e9tico resulta importante, sobre todo a determinadas edades, ense\u00f1ar a diferenciar el sacramento en s\u00ed\u00ad del rito mismo.<\/p>\n<p>   8. Necesidad del Sacramento<\/p>\n<p>   La Iglesia ense\u00f1a que, para lograr la salvaci\u00f3n, el sacramento de la penitencia resulta necesario para quien ha pecado mortalmente despu\u00e9s del Bautismo.<\/p>\n<p>   Con todo, es preciso clarificar que esta necesidad debe ser entendida en cuanto el sacramento es medio, no en cuanto pueda ser considerado como fin.<\/p>\n<p>   Y t\u00e9ngase en cuenta que el sacramento es signo sensible constituido en el caso de la penitencia por diversos gestos o acciones (declaraci\u00f3n del pecado, absoluci\u00f3n del pecado, reparaci\u00f3n del pecado), y no por uno aislado, (por ejemplo la confesi\u00f3n).<\/p>\n<p>   Quien no lo recibe por imposibilidad, puede ser perdonado por otro medio que conduzca al arrepentimiento y a la conversi\u00f3n. Pero el pecador que se niega a recibirlo por desprecio se cierra a s\u00ed\u00ad mismo la puerta establecida por el mismo Cristo para la salvaci\u00f3n, al igual que acontecer\u00ed\u00ada con quien menospreciara el Bautismo o la Eucarist\u00ed\u00ada. Quien carece de un acto de forma motivada: satisfacci\u00f3n (el sacerdote no da penitencia) o confesi\u00f3n (un mudo) recibe el sacramento con el signo de la absoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>   Por otra parte, el precepto de recibir este sacramento ha variado en cuanto a la forma, no en el fondo. Hoy es impen\u00c2\u00adsable una penitencia p\u00fablica de un pecado secreto. En tiempos antiguos la penitencia p\u00fablica era lo normal: el pecador se arrepent\u00ed\u00ada y hac\u00ed\u00ada penitencia o quedaba excluido de la comunidad.<\/p>\n<p>   Las normativas actuales vinieron m\u00e1s tarde. La primera universal es del IV Concilio de Letr\u00e1n (1215), en su Declaraci\u00f3n contra los albigenses y otros herejes (Denz. 437). Fue recogida y renovada en Trento (Denz. 918) y mantenida en el Derecho Can\u00f3nico hasta nuestros d\u00ed\u00adas. (cc. 960 a 999).<\/p>\n<p>    La obligaci\u00f3n comienza con la edad del discernimiento \u00e9tico, lo cual acontece con la llegada del \u00abuso de raz\u00f3n\u00bb, que se supone inicial hacia los 7 a\u00f1os y suficiente hacia los 12-14, aunque la plenitud de responsabilidad no puede someterse a fecha fija y siempre v\u00e1lida.<\/p>\n<p>   La comparaci\u00f3n de la Penitencia con el Bautismo fue constante en los primeros escritores cristianos. Se llam\u00f3 a este sacramento con t\u00e9rminos bautismales: \u00abBautismo penoso\u00bb (San Juan Damasceno, en De fide orth. IV. 6); \u00abBautismo de  l\u00e1grimas\u00bb (S. Gregorio Nacianceno, De Ord. 39. 17); \u00abse\u00c2\u00adgunda tabla de salvaci\u00f3n despu\u00e9s del naufragio.\u00bb (S. Jer\u00f3nimo Ep. 130. 9), etc. La relaci\u00f3n entre ambos sacramentos siempre estuvo consciente en la conciencia de la Iglesia a lo largo de los siglos.<\/p>\n<p>9. Celebraci\u00f3n penitencial<\/p>\n<p>   En la Iglesia se celebr\u00f3 el sacramento penitencial de diversas maneras seg\u00fan los tiempos y las comunidades. Lo esencial se mantuvo siempre: arrepentimiento, reconocimiento del pecado, declaraci\u00f3n del perd\u00f3n por parte del ministro ordenado de la comunidad. Lo complementario, lo disciplinar se fue a\u00f1adiendo con los siglos.<\/p>\n<p>   9.1. Formas hist\u00f3ricas<\/p>\n<p>   Pero las formas fueron variando con el tiempo, pues el sacramento de la penitencia tiene unas connotaciones sociales muy vinculadas a los usos culturales de la sociedad en la que se inserta la comunidad cristiana.<\/p>\n<p>   En los primeros tiempos se hac\u00ed\u00ada una dura penitencia p\u00fablica cuando se hab\u00ed\u00ada cometido pecados significativos y se reconciliaban los penitentes en la noche solemne de Pascua. Realmente eran declaraciones solemnes de arrepentimiento y de reconciliaci\u00f3n. Y eran los \u00abpecadores p\u00fablicos\u00bb los que se reconciliaban. La mayor parte de los \u00abbuenos cristiano\u00bb viv\u00ed\u00adan el sentido penitencial mediante el trabajo, la limosna y la oraci\u00f3n penitencial muy vinculada a la liturgia eucar\u00ed\u00adstica.<\/p>\n<p>   Fue en la Edad Media cuando la celebraci\u00f3n comunitaria cedi\u00f3 a la \u00abconfesi\u00f3n individual\u00bb y al cumplimiento de las sanciones personales impuestas seg\u00fan los pecados declarados.<\/p>\n<p>   Se iniciaron las confesiones en secreto, los lugares reservados o confesonarios y las tarifas penitenciales. La comunidad perdi\u00f3 el protagonismo y lo gan\u00f3 la intimidad. Los confesores resaltan desde entonces su car\u00e1cter de jueces que disciernen la gravedad de las faltas y determinan la proporci\u00f3n debida de pena. Cada fiel se confiesa a medida que peca y hace penitencia en proporci\u00f3n al pecado y, evidentemente, al rigor o exigencia del \u00abconfesor\u00bb que juzga.<\/p>\n<p>   Al desarrollarse en los siglos humanistas la \u00abdevotio moderna\u00bb, o intimista, se sustituye el confesor censor con la dimensi\u00f3n de confesor director de almas y el predominio de la conciencia individual logra sobreponerse al juicio del confesor. Surgen las penitencias complementarias alentadas por la \u00abpiedad reparadora\u00bb de cofrad\u00ed\u00adas y advocaciones penitenciales (Cristo moribundo o yacente, Virgen de la Angustias o dolorosa, etc.) y se resaltaba la dimensi\u00f3n personalista de la penitencia. Ser\u00e1 sancionada por Trento, contra la doctrina rebelde de los Reformadores. La \u00faltima oleada de esta actitud penitencial se da en la \u00abrestauraci\u00f3n\u00bb religiosa del siglo XIX.<\/p>\n<p>   9.2. Formas recientes<\/p>\n<p>   Las actitudes religiosas evolucionan r\u00e1pidamente en la segunda parte del siglo XX, siendo arrolladora la piedad eclesial comunitaria promovida por las corrientes lit\u00fargicas de mediados de siglo. El Concilio Vaticano II (1962-1965) sancion\u00f3 esta renovaci\u00f3n.<\/p>\n<p>   A pesar de la reserva conciliar en este terreno penitencial, el Concilio recomend\u00f3 que se volviera a formas m\u00e1s comunitarias. \u00abRev\u00ed\u00adsese el rito y las f\u00f3rmulas de la penitencia, de manera que expresen m\u00e1s claramente la naturaleza y los efectos del sacramento.\u00bb (Sacr. Con 72)<br \/>\n   En la celebraci\u00f3n del acontecimiento del perd\u00f3n, se comenz\u00f3 a resaltar el significado del pecado y el valor comunitario del perd\u00f3n, lo que implic\u00f3 una disminuci\u00f3n sociol\u00f3gica de las confesiones indivi\u00c2\u00adduales y un incremento de las celebraciones comunitarias.<\/p>\n<p>   El Catecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica nos lo presenta as\u00ed\u00ad: \u00abA trav\u00e9s de los cambios que la disciplina y celebraci\u00f3n de este sacramento han experimentado, se descubre una misma estructura fundamental. Comprende dos elementos igualmente esenciales:<\/p>\n<p>   &#8211; por una parte, los actos del hombre que se convierte bajo la acci\u00f3n del Esp\u00ed\u00adritu Santo, a saber la contrici\u00f3n, la confesi\u00f3n del pecado y la satisfacci\u00f3n.<\/p>\n<p>   &#8211; por otra parte, la acci\u00f3n de Dios por ministerio de la Iglesia. Por medio del Obispo o de sus presb\u00ed\u00adteros, la iglesia en nombre de Jesucristo concede el perd\u00f3n de los pecados, determina el modo de la satisfacci\u00f3n, ora tambi\u00e9n por el pecador y hace penitencia con \u00e9l\u00bb. (N\u00c2\u00b0 1448)<\/p>\n<p>    El sacramento de la penitencia se convierte as\u00ed\u00ad en \u00absacramento continuo\u00bb, es decir en un proceso o camino de conversi\u00f3n y arrepentimiento, m\u00e1s que en un acto pasajero de reconocimiento del propio pecado y de cumplimiento de una penitencia ritual.<\/p>\n<p>   9.3. Modelos penitenciales<\/p>\n<p>   Por eso, es usual en los tiempos presentes celebrar el sacramento de tres formas.<\/p>\n<p>   &#8211; En forma individual, acudiendo al confesor, declarando obligatoriamente los pecados graves y opcionalmente los pecados leves y recibiendo la absoluci\u00f3n perso\u00c2\u00adnal.<\/p>\n<p>   &#8211; Mediante celebraciones comunitarias, en las cuales se ora y se reflexiona en com\u00fan, antes de acudir individualmente a declarar los pecados y recibir la absoluci\u00f3n. Se termina con plegarias de agradecimiento en com\u00fan e incluso peniten\u00c2\u00adcia o sacrificios compartidos.<\/p>\n<p>   &#8211; En caso de necesidad, cuando no hay confesores suficientes o no es f\u00e1cil el acto comunitario o la confesi\u00f3n individual, se acude a la absoluci\u00f3n colectiva. Esta forma excepcional mantiene para quien tenga conciencia de pecado mortal revisar su situaci\u00f3n personalmente y abrirse al perd\u00f3n mediante la confesi\u00f3n individual cuando pueda realizarla.<\/p>\n<p>   10. Catequesis del Sacramento<\/p>\n<p>   Las consignas catequ\u00ed\u00adsticas para una buena comprensi\u00f3n del sacramento y para una buena educaci\u00f3n penitencial pueden ser las siguientes.<\/p>\n<p>   10.1. Criterios generales<\/p>\n<p>  1. Jes\u00fas quiso instituir un sacramento, es decir un signo sensible a trav\u00e9s del cual se trasmitiera la gracia a los hombres que, arrepentidos, se acercaran a \u00e9l y se sometiesen con humildad a los gestos y ritos que la Iglesia presenta como dispensadora del perd\u00f3n divino.<\/p>\n<p>   El formar criterios correctos es decisivo en este terreno, sobre todo en la sociedad consumista que desdibuja el sentido de pecado y amortigua la sensibilidad \u00e9tica de los ni\u00f1os y de los j\u00f3venes bajo la asfixia del pragmatismo.<\/p>\n<p>  2. La adaptaci\u00f3n a la sensibilidad \u00e9tica propia de cada edad es decisiva para no convertir el sacramento en un rito. Pero no hay que infravalorar los rasgos morales en el inicio del despertar moral del hombre. Ser\u00e1 importante el resaltar el valor pedag\u00f3gico del sacramento y por lo tanto celebrar gradual y sistem\u00e1ticamente reconciliaciones y arrepentimientos del cristiano. La vinculaci\u00f3n de estas celebraciones penitenciales con los tiempos lit\u00fargicos es el mejor procedimiento metodol\u00f3gico (cuaresmas y advientos, semanas santas, fiestas marianas y de los ap\u00f3stoles, jornadas reparadoras, etc.)<\/p>\n<p>  3. Desde los primeros a\u00f1os del desper\u00c2\u00adtar religioso es importante descubrir la dimensi\u00f3n comunitaria de la celebraci\u00f3n penitencial. Seguir cultivando excesivamente el \u00abintimismo de confesionario\u00bb (direcci\u00f3n espiritual) no se acomoda a las l\u00ed\u00adneas lit\u00fargicas recientes y a la marcha de la historia religio\u00c2\u00adsa de la Iglesia.<\/p>\n<p>   Lo importante es educar el sentido penitencial para ser continuado en la edad juvenil y adulta, no para asegurar una infancia sana y generosa.<\/p>\n<p>   4. Es preciso valorar la conciencia individual y fomentar el respeto a los propios juicios \u00e9ticos. Es el propio sujeto el que debe asumir su responsabilidad moral en todos los casos.<\/p>\n<p>   Se debe evitar que sea el adulto, el confesor en este caso, quien desplace la responsabilidad y la reflexi\u00f3n, incluido el \u00e1mbito de los propios deberes, de la justicia y tambi\u00e9n de la vida sexual. Por eso es peligroso convertir el hecho penitencial en un consultorio psicol\u00f3gico c\u00f3modo o afectivamente gratifican\u00c2\u00adte o reducir la sind\u00e9resis (juicios morales) a casu\u00ed\u00adstica interesantes (hechos diversos).<\/p>\n<p>  5. En el terreno penitencial lo m\u00e1s educativo es fomentar h\u00e1bitos personales de vida penitencial: confesi\u00f3n frecuente, participaci\u00f3n en celebraciones penitenciales parroquiales o de grupos cristianos, etc. Est\u00e1 bien realizar actos aislados y personales que pueden dejar buenas impresiones; pero, si no fomentan h\u00e1bitos estables y comunitarios, educativamente algo falla en ellos.<\/p>\n<p>  10.2. Actos del penitente<\/p>\n<p>  Buena referencia catequ\u00ed\u00adstica es ense\u00c2\u00ad\u00f1ar al ni\u00f1o, y al joven, a vivificar los actos el penitente o momentos por los que puede discurrir la celebraci\u00f3n peni\u00c2\u00adtencial, individual o comunitaria.<\/p>\n<p>  10.2 1. EXAMEN DE CONCIENCIA<\/p>\n<p>    Recordar los pecados de acci\u00f3n y de omisi\u00f3n. Ense\u00f1ar a discernir<\/p>\n<p>    Mirar actitudes malas y abandonos.<\/p>\n<p>    Repasar el n\u00famero de veces y el tipo de fallos o pecados cometidos<\/p>\n<p>    Resaltar los pecados de omisi\u00f3n y los pecados interiores: pensamiento, deseo.<\/p>\n<p>    Explorar los pecados colectivos o so\u00c2\u00adciales en los que se participa.<\/p>\n<p>  10.2.2. DOLOR DE LOS PECADOS<\/p>\n<p>    Fomentar la contrici\u00f3n o dolor aut\u00e9ntico, estimulando el amor a Dios.<\/p>\n<p>    Asumir el arrepentimiento por miedo al infierno o por temor a perder el cielo.<\/p>\n<p>    Resaltar el dolor racional, no el afectivo \u00fanicamente o el dolor compartido.<\/p>\n<p>    Diferenciar el dolor de otros sentimientos: verg\u00fcenza, inseguridad, desconcier\u00c2\u00adto.<\/p>\n<p>    No hay dolor si referencia a Cristo a quien el pecado ofende.<\/p>\n<p>   10.2.3. PROPOSITO DE ENMIEN\u00c2\u00adDA<\/p>\n<p>     Intenci\u00f3n de abandonar el pecado por lo que tiene de tal, por otra raz\u00f3n.<\/p>\n<p>     Decisi\u00f3n de cambiar de vida descubriendo el aspecto positivo de la vida.<\/p>\n<p>     Deseo eficaz de reparar ofensas y los perjuicios a los hermanos.<\/p>\n<p>     Alertar sobre las lesiones a la justicia, que es preciso reparar con honradez.<\/p>\n<p>     Diferenciar bien lo que son decisiones de cambio y simples promesas vac\u00ed\u00adas.<\/p>\n<p>   10.2.4. CONFESION<\/p>\n<p>     Ense\u00f1ar a declarar el pecado al ministro, con sencillez y clari\u00c2\u00addad; y en cuanto pecado, no como hecho sin m\u00e1s.<\/p>\n<p>     Diferenciar lo que es \u00abconfesi\u00f3n\u00bb del pecado de la consulta confidencial.<\/p>\n<p>     Valorar objetivamente lo que es declaraci\u00f3n del pecado y lo que es acusaci\u00f3n.<\/p>\n<p>     Prevenir contra sentimientos inmaduros de disimulo, ambig\u00fcedad o dolo.<\/p>\n<p>     Resaltar aspectos como sigilo sacramental y secreto profesional.<\/p>\n<p>  10.2.5. ABSOLUCION<\/p>\n<p>    Valorar la acci\u00f3n intermediadora del sacerdote, en nombre de Jes\u00fas.<\/p>\n<p>    Interpretar la breve reflexi\u00f3n que enmarca la absoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>    Resaltar lo que son pecados reservados y la posibilidad de su comisi\u00f3n.<\/p>\n<p>    Configurar un vocabulario \u00e9tico que tan dif\u00ed\u00adcil es de manejar en determinadas edades.<\/p>\n<p>    Diferenciar los ritos usuales en cada ambiente eclesial o comunidad.<\/p>\n<p>  10.2.6. SATISFACCI\u00ed\u201cN<\/p>\n<p>    Interpretar lo que es el cumplimiento de la penitencia y lo que significa la pena del pecado.<\/p>\n<p>    Diferenciar lo que son penitencias sacramentales y el alcance de las penitencias opcionales.<\/p>\n<p>    Interpretar lo que es la conversi\u00f3n y la necesidad del cambio de vida.<\/p>\n<p>    Descubrir el sentido de la reparaci\u00f3n, de modo especial en los campos de la justicia.<\/p>\n<p>    Valorar la dimensi\u00f3n comunitaria y eclesial de la penitencia cristiana.<\/p>\n<p>    (Ver Perd\u00f3n de peca\u00c2\u00addos 4)<\/p>\n<p>Rito de la Penitencia para UN SOLO PENITENTE<\/p>\n<p>Lectura de la Palabra de Dios<\/p>\n<p>El sacerdote, si lo juzga oportuno, lee o recita de memoria alg\u00fan texto de la Sagrada Escritura, en el que se proclama la misericordia de Dios y la llamada del hombre a la conversi\u00f3n.<\/p>\n<p>\u2020\u0153Pongamos los ojos en el Se\u00f1or Jes\u00fas que fue entregado por nuestros pecados y resucitado para nuestra justificaci\u00f3n.\u2020\u009d<\/p>\n<p> O bien: Ez. 11, 19-20: \u2020\u0153Escuchemos al Se\u00f1or, que nos dice: Les dar\u00e9 un coraz\u00f3n \u00ed\u00adntegro<br \/>\ne infundir\u00e9 en ellos un esp\u00ed\u00adritu nuevo: les arrancar\u00e9 el coraz\u00f3n de piedra<br \/>\ny les dar\u00e9 un coraz\u00f3n de carne, para que sigan mis leyes<br \/>\ny pongan por obra mis mandatos; ser\u00e1n mi pueblo<br \/>\ny yo ser\u00e9 su Dios.<\/p>\n<p>Confesi\u00f3n de los pecados y aceptaci\u00f3n de la satisfacci\u00f3n<\/p>\n<p>   Inmediatamente despu\u00e9s, donde sea costumbre, el penitente recita una f\u00f3rmula de confesi\u00f3n general (v. gr. \u2020\u0153Yo confieso\u2020\u009d) y, al terminar \u00e9sta, confiesa sus pecados. Si fuera necesario, el sacerdote ayuda al penitente a hacer una confesi\u00f3n integra, le da los consejos oportunos y lo exhorta a la contrici\u00f3n de sus culpas, record\u00e1ndole que el cristiano por el sacramento de la penitencia, muriendo y resucitando con Cristo, es renovado en el misterio pascual. Luego le propone una obra de penitencia que el fiel acepta para satisfacci\u00f3n por sus pecados y para enmienda de su vida.<\/p>\n<p>   Procure el sacerdote acomodarse en todo a la condici\u00f3n del penitente, tanto en el lenguaje como en los consejos que le d\u00e9.<\/p>\n<p>  Oraci\u00f3n del penitente.<\/p>\n<p>  El sacerdote invita al penitente a que manifieste su contrici\u00f3n. Este lo har\u00e1 con alguna de las siguientes f\u00f3rmulas u otra semejante:<\/p>\n<p>  \u2020\u0153Dios, Padre lleno de clemencia, como el hijo pr\u00f3digo, que march\u00f3 hacia tu encuentro, te digo: \u00abHe pecado contra ti, ya no merezco llamarme hijo tuyo\u00bb.<br \/>\nCristo Jes\u00fas, Salvador del mundo, como  el  ladr\u00f3n al  que abriste las puertas  del para\u00ed\u00adso, te ruego: \u00abAcu\u00e9rdate de m\u00ed\u00ad, Se\u00f1or, en tu reino\u00bb.<br \/>\nEsp\u00ed\u00adritu Santo, fuente de amor, confiadamente te invoco: \u00abPurif\u00ed\u00adcame, y haz que camine como hijo de la luz\u00bb.<br \/>\nRecuerda, Se\u00f1or, que tu ternura y tu misericordia son eternas, no te acuerdes de los pecados ni de las maldades de m\u00ed\u00ad juventud; acu\u00e9rdate de m\u00ed\u00ad con misericordia, por tu bondad, Se\u00f1or. (Sal 24, 6-7)<br \/>\nLava del todo mi delito, Se\u00f1or,<br \/>\nlimpia mi pecado. Pues yo reconozco mi culpa,<br \/>\ntengo siempre presente mi pecado. (Sal 50, 4-5)<br \/>\nDios m\u00ed\u00ado, con todo mi coraz\u00f3n me arrepiento de todo el mal que he hecho y de todo lo bueno que he dejado de hacer.<br \/>\nAI pecar, te he ofendido a ti, que eres el Supremo Bien y digno de ser amado sobre todas las cosas. Propongo firmemente, con la ayuda de tu gracia, hacer penitencia) no volver a pecar y huir de las ocasiones de pecado. Se\u00f1or: Por los m\u00e9ritos de la pasi\u00f3n de nuestro Salvador Jesucristo, api\u00e1date de m\u00ed\u00ad.<\/p>\n<p>Imposici\u00f3n de manos y absoluci\u00f3n<\/p>\n<p>   El sacerdote, extendiendo ambas manos o, al menos, la derecha sobre la cabeza del penitente, dice:<\/p>\n<p>\u2020\u0153Dios, Padre misericordioso,<br \/>\nque reconcili\u00f3 consigo al mundo<br \/>\npor la muerte y la resurrecci\u00f3n de su Hijo<br \/>\ny derram\u00f3 el Esp\u00ed\u00adritu Santo<br \/>\npara la remisi\u00f3n de los pecados,<br \/>\nte conceda, por el ministerio de la Iglesia,<br \/>\nel perd\u00f3n y la paz.<br \/>\nY YO TE ABSUELVO DE TUS PECADOS<br \/>\nEN EL NOMBRE DEL PADRE, Y DEL HIJO, Y DEL ESP\u00ed\u008dRITU SANTO.<\/p>\n<p>El penitente responde: Am\u00e9n.<\/p>\n<p>Acci\u00f3n de gracias y despedida del penitente<br \/>\nDespu\u00e9s de haberle dado la absoluci\u00f3n, el sacerdote prosigue:<\/p>\n<p>\u2020\u0153Dad gracias al Se\u00f1or, porque es bueno.\u2020\u009d<\/p>\n<p>El penitente responde: \u2020\u0153Porque es eterna su misericordia.\u2020\u009d<\/p>\n<p>Despu\u00e9s, el sacerdote despide al penitente, ya reconciliado, dici\u00e9ndole:<\/p>\n<p>El Se\u00f1or ha perdonado tus pecados. Vete en paz.<\/p>\n<p>En lugar de la acci\u00f3n de gracias y de la f\u00f3rmula de despedida,<br \/>\nel sacerdote puede decir:<\/p>\n<p>\u2020\u0153La pasi\u00f3n de nuestro Se\u00f1or Jesucristo,<br \/>\nla intercesi\u00f3n de la Bienaventurada Virgen Mana<br \/>\nv de todos los santos, el bien que hagas y el mal que puedas sufrir, te sirvan como remedio de tus pecados, aumento de gracia y premio de vida eterna. Vete en paz.<\/p>\n<p>O bien: El Se\u00f1or que te ha liberado del pecado, te admita tambi\u00e9n en su reino. A \u00e9l, la gloria por los siglos.<\/p>\n<p>Responde: Am\u00e9n.<\/p>\n<p>O bien: Vete Dichoso el que est\u00e1 absuelto de su culpa, a quien le han sepultado su pecado.<br \/>\nHermano, goza y al\u00e9grate en el Se\u00f1or.<\/p>\n<p>Vete en paz  y anuncia a los hombres las maravillas de Dios<br \/>\nque te ha salvado.<\/p>\n<p>FORMULA PARA LA RECONCIALIACION DE VARIOS PENITENTES<br \/>\nCON CONFESI\u00ed\u201cN CON ABSOLUCI\u00ed\u201cN INDIVIDUAL<\/p>\n<p>Canto.<\/p>\n<p>Una vez reunidos los fieles, y mientras el sacerdote entra, si parece oportuno, se entona alg\u00fan salmo, ant\u00ed\u00adfona u otro canto adaptado a las circunstancias, v. gr. Resp\u00f3ndenos, Se\u00f1or, con la bondad de tu gracia. Por tu gran compasi\u00f3n, vu\u00e9lvete hacia nosotros. (Sal 68,17)<\/p>\n<p>Terminado el canto, el sacerdote saluda a los asistentes, diciendo:<\/p>\n<p> \u2020\u0153La gracia, la misericordia y la paz de Dios Padre y de Jesucristo, nuestro Salvador, est\u00e9n con todos vosotros.\u2020\u009d<\/p>\n<p>Todos dice: \u2020\u0153A \u00e9l la gloria por los siglos de los siglos. Am\u00e9n.<\/p>\n<p>    Despu\u00e9s, el sacerdote, u otro ministro, hacen una monici\u00f3n a los asistentes sobre la importancia y el orden de esta celebraci\u00f3n. El sacerdote invita a todos a la oraci\u00f3n, con estas o parecidas palabras:<\/p>\n<p> \u2020\u0153Oremos, hermanos, para que Dios, que nos llama a la conversi\u00f3n, nos conceda la gracia de una verdadera y fructuosa penitencia.\u2020\u009d<\/p>\n<p> Todos oran en silencio durante algunos momentos. Luego, el sacerdote recita la siguiente plegaria:<\/p>\n<p>\u2020\u0153Escucha, Se\u00f1or, nuestras s\u00faplicas humildes y perdona los pecados de quienes nos confesamos culpables para que as\u00ed\u00ad podamos recibir tu perd\u00f3n y tu paz. Por Jesucristo nuestro Se\u00f1or.\u2020\u009d<\/p>\n<p>  R.<\/p>\n<p>    Am\u00e9n.<\/p>\n<p> LITURGIA DE LA PALABRA<\/p>\n<p> Comienza ahora la celebraci\u00f3n de la Palabra. Si hay varias lecturas, puede intercalarse entre ellas un salmo, un canto apropiado o un momento de silencio,, para conseguir as\u00ed\u00ad que la Palabra de Dios sea mejor comprendida por cada uno, y se le preste una mayor adhesi\u00f3n.<br \/>\n  Si hubiese solamente una lectura, conviene que se tome del Evangelio.<br \/>\n  Primer ejemplo: La plenitud de la ley es el amor<\/p>\n<p>     PRIMERA LECTURA.  Amar\u00e1s al Se\u00f1or tu Dios con todo el coraz\u00f3n.<\/p>\n<p>     Lectura del libro del Deuteronomio 5, 1-3. 6-7. 11-12. 16-21; 6, 4-6.<\/p>\n<p>     Sigue la homil\u00ed\u00ada que, partiendo del texto de las lecturas, debe conducir a los penitentes al examen de conciencia y a la renovaci\u00f3n de vida.<\/p>\n<p>     Examen de conciencia<\/p>\n<p>   Es conveniente que se guarde un tiempo de silencio para examinar la conciencia y suscitar la verdadera contrici\u00f3n de los pecados. El sacerdote o el di\u00e1cono u otro ministro, pueden ayudar a los fieles con breves pensamientos o algunas preces lit\u00e1nicas, teniendo siempre en cuenta su mentalidad, su edad, etc.<br \/>\nEn determinadas circunstancias, puede utilizarse alguno de los formularios que existen en el Ap\u00e9ndice del Ritual.<\/p>\n<p>RITO  DE RECONCILIACI\u00ed\u201cN<\/p>\n<p>Confesi\u00f3n general de los pecados<br \/>\nA invitaci\u00f3n del di\u00e1cono o de otro ministro los asistentes se arrodillan o inclinan, y recitan la confesi\u00f3n general (el \u00abYo pecador\u00bb, por ejemplo). Luego de pie, si se juzga oportuno se hace alguna oraci\u00f3n lit\u00e1nica o se entona un c\u00e1ntico. Al final, se acaba con la oraci\u00f3n dominical que nunca deber\u00e1 omitirse.<\/p>\n<p>PRIMER EJEMPLO<\/p>\n<p>El di\u00e1cono o el ministro:<\/p>\n<p>Hermanos: confesad vuestros pecados y orad unos por otros, para que os salv\u00e9is.<br \/>\nTodos juntos dicen:<br \/>\n \u2020\u0153Yo confieso ante Dios todopoderoso<br \/>\n  y ante vosotros, hermanos,  que he pecado mucho<br \/>\n  de pensamiento, palabra, obra y omisi\u00f3n.<br \/>\n  Por mi culpa, por mi culpa, por mi gran culpa.<br \/>\n  Por eso ruego a Santa Mar\u00ed\u00ada, siempre Virgen,<br \/>\n  a los Angeles, a los Santos  y a vosotros, hermanos,<br \/>\n  que interced\u00e1is por mi ante Dios nuestro Se\u00f1or\u2020\u009d.<\/p>\n<p>El di\u00e1cono o el ministro:<\/p>\n<p>\u2020\u0153Pidamos humildemente a Dios misericordioso, que purifica los corazones<br \/>\nde quienes se confiesan pecadores y libra de las ataduras del mal<br \/>\na quienes se acusan de sus pecados, que conceda el perd\u00f3n a los culpables<br \/>\ny cure sus heridas.<\/p>\n<p>Confesi\u00f3n y absoluci\u00f3n individual<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n, los f\u00ed\u00adeles se acercan a los sacerdotes que se hallan en lugares adecuados, y confiesan sus pecados, de los que son absueltos cada penitente individualmente, una vez impuesta y aceptada la correspondiente satisfacci\u00f3n. Tras la confesi\u00f3n y, si se juzga oportuno, despu\u00e9s de una conveniente exhortaci\u00f3n, omitido todo lo que suele hacerse en la reconciliaci\u00f3n de un solo penitente, el sacerdote, extendiendo ambas manos, o al menos la derecha, sobre la cabeza del penitente, da la absoluci\u00f3n diciendo:<\/p>\n<p>\u2020\u0153Dios, Padre misericordioso, que reconcili\u00f3 consigo al mundo<br \/>\npor la muerte y la resurrecci\u00f3n de su Hijo<br \/>\ny derram\u00f3 el Esp\u00ed\u00adritu Santo para la remisi\u00f3n de los pecados,<br \/>\nte conceda, por el ministerio de la Iglesia, el perd\u00f3n y la paz.<br \/>\nY YO TE ABSUELVO DE TUS PECADOS<br \/>\n EN EL NOMBRE DEL PADRE Y DEL HIJO Y DEL ESP\u00ed\u008dRITU SANTO.\u2020\u009d<\/p>\n<p>El penitente responde: Am\u00e9n.<\/p>\n<p>Acci\u00f3n de gracias por la misericordia de Dios<\/p>\n<p>Una vez concluidas las confesiones de los penitentes, el sacerdote que preside la celebraci\u00f3n, teniendo junto a si a los otros sacerdotes, invita a la acci\u00f3n de gracias y a la pr\u00e1ctica de las buenas obras, con las que se manifiesta la gracia de la penitencia, tanto en la vida de cada uno como en la de la comunidad. Es conveniente que todos juntos canten alg\u00fan salmo o himno apropiado, o bien que se haga una oraci\u00f3n lit\u00e1nica, para proclamar el poder y la misericordia de Dios. Por ejemplo, el Magn\u00ed\u00adficat (Lc. 1, 46-55) o el Salmo 135, 1-9. 13-14. 16. 25-26.<\/p>\n<p>Pedro Chico Gonz\u00e1lez, Diccionario de Catequesis y Pedagog\u00ed\u00ada Religiosa, Editorial Bru\u00f1o, Lima, Per\u00fa 2006<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagog\u00eda Religiosa<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[430] El sacramento penitencial es el signo sensible por el cual se nos concede el perd\u00f3n de los pecados en nombre del Se\u00f1or Jes\u00fas; pero por intermediaci\u00f3n de la Iglesia, que lo administra. Como sacramento posee capacidad sobrenatural de otorgar la gracia divina mediante el perd\u00f3n del pecado. 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