{"id":14776,"date":"2016-02-05T09:42:15","date_gmt":"2016-02-05T14:42:15","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/donacion-de-constantino\/"},"modified":"2016-02-05T09:42:15","modified_gmt":"2016-02-05T14:42:15","slug":"donacion-de-constantino","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/donacion-de-constantino\/","title":{"rendered":"DONACION DE CONSTANTINO"},"content":{"rendered":"<p>DicEc<br \/>\n\u00c2\u00a0<br \/>\nDesde la obra de Lorenzo Valla (ca. 1406-1457), la Donaci\u00f3n de Constantino  se ha reconocido generalmente como espuria. Ya Nicol\u00e1s de Cusa (+ 1464) hab\u00ed\u00ada manifestado sospechas acerca de su autenticidad. En muchos manuscritos el documento pretend\u00ed\u00ada ser un decreto del emperador Constantino (+ 337) otorg\u00e1ndole a Silvestre I (314-335) el primado sobre Antioqu\u00ed\u00ada, Constantinopla, Alejandr\u00ed\u00ada y Jerusal\u00e9n, as\u00ed\u00ad como el dominio de Italia; se le daba adem\u00e1s al papa potestad suprema sobre el clero. La Donaci\u00f3n  fue incorporada a las >Falsas decretales y  usada por los papas desde Le\u00f3n IX (1049-1054). La Donaci\u00f3n  forma parte de una obra m\u00e1s amplia, Constitutio Constantini,  conocida tambi\u00e9n como Vita Sylvestri.<br \/>\nRecientemente se ha puesto de manifiesto que la misma refutaci\u00f3n de Valla, basada en un texto muy corrompido de la Donaci\u00f3n,  no carec\u00ed\u00ada de errores. Los textos cr\u00ed\u00adticos muestran adem\u00e1s que las primeras versiones de la Donaci\u00f3n  no otorgaban suprema autoridad secular a los papas, y hac\u00ed\u00adan poco m\u00e1s que garantizar a la Iglesia la independencia y una protecci\u00f3n especial en una \u00e9poca en que el Imperio era todav\u00ed\u00ada pagano. Se conced\u00ed\u00ada cierto territorio a la Iglesia romana y se reconoc\u00ed\u00adan y ampliaban los derechos ya reconocidos por el concilio de >Nicea el 325. Espuria o no, la Donaci\u00f3n  era m\u00e1s un reflejo de la situaci\u00f3n existente en la Iglesia medieval que una causa o fundamento directo para nuevos engrandecimientos del papa.<\/p>\n<p>Christopher O\u00c2\u00b4Donell &#8211; Salvador Pi\u00e9-Ninot, Diccionario de Eclesiolog\u00ed\u00ada, San Pablo, Madrid 1987<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de Eclesiolog\u00eda<\/b><\/p>\n<p><p style=\"text-align: justify;\">(Lat., Donatio Constantini).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por este nombre se conoce, desde el fin de la Edad Media, un documento falsificado del Emperador Constantino el Grande por el cual, grandes privilegios y ricas posesiones eran conferidas al Papa y a la Iglesia Romana. En el manuscrito m\u00e1s antiguo conocido  (noveno siglo)   (Biblioth\u00e8que Nationale, Par\u00eds, MS. Latin 2777) y en muchos otros manuscritos, el documento lleva el t\u00edtulo: \u00abConstitutum domni Constantini imperatoris\u00bb. Est\u00e1 dirigido por Constantino, al Papa  Silvestre I  (314-35) y consiste de dos partes. En la primera (titulada \u00abConfessio\u00bb) el emperador relata c\u00f3mo fue instru\u00eddo en la Fe Cristiana por Silvestre, hace una profesi\u00f3n llena de fe, y cuenta su bautismo por ese Papa en Roma, y c\u00f3mo de este modo se cur\u00f3 de lepra. En la segunda parte, (la \u00abDonatio\u00bb) Constantino  dispone conferir a Silvestre y a sus sucesores los siguientes privilegios  y posesiones: el Papa, como sucesor de San Pedro, tiene la primac\u00eda sobre los cuatro Patriarcas de Antioqu\u00eda, Alejandr\u00eda, Constantinopla, y Jerusal\u00e9n, tambi\u00e9n sobre todos los Obispos en el mundo. La bas\u00edlica de Lateran en Roma, construida por Constantino, mandar\u00e1 sobre todas las iglesias como cabecera, igualmente las iglesias de San Pedro y San Pablo ser\u00e1n dotadas de ricas posesiones. Los principales eclesi\u00e1sticos romanos (clerici cardinales) quienes tambi\u00e9n pueden recibirse como senadores, obtendr\u00e1n los mismos honores y distinciones que \u00e9stos. Como el emperador, la Iglesia Romana tendr\u00e1  funcionarios cubicularii, ostiarii, y excubitores. El Papa disfrutar\u00e1 los mismos derechos honorarios que el emperador, entre ellos, el de llevar una corona imperial, una capa purp\u00farea y t\u00fanica, y en general toda  insignia imperial o se\u00f1ales de distinci\u00f3n; pero, como Silvestre se neg\u00f3 a poner en su cabeza una corona de oro, el emperador lo invisti\u00f3 con el superior casquete blanco (frigio).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Constantino, el documento contin\u00faa, pone al servicio del Papa, un strator, es decir quien llevar\u00e1 el caballo en que montar\u00e1 el Papa. Es m\u00e1s, el emperador obsequia al Papa y a sus sucesores el palacio de Lateran de Roma y las provincias, distritos, y pueblos de Italia y todas las regiones occidentales (tam palatium nostrum, ut prelatum est, quamque Rom\u00e6 urbis et omnes Itali\u00e6 seu occidentalium regionum provinicas loca et civitates) El documento contin\u00faa diciendo, que el emperador ha establecido para s\u00ed, en el Este, una nueva capital que lleva su nombre, y all\u00e1 \u00e9l quita su gobierno, porque es inoportuno que un emperador secular tenga poder donde Dios ha establecido la residencia de la cabeza de la religi\u00f3n cristiana. El documento, concluye con maldiciones contra todos los que se atrevan a violar estas d\u00e1divas y con la certidumbre que el emperador las ha firmado con su propia mano y las ha puesto en la tumba de San Pedro. Este documento es sin la duda una falsificaci\u00f3n, inventada en alg\u00fan momento, entre los a\u00f1os 750 y 850. Ya en el decimoquinto siglo su falsedad fue conocida y demostrada. Nicol\u00e1s Cardenal de Cusa (De Concordanti\u00e2 Catholic\u00e2, III, ii,  en ediciones Basilea de su obra , 1565, I) lo defini\u00f3 como un dictamen ap\u00f3crifo. Algunos a\u00f1os despu\u00e9s (1440) Lorenzo Valla (Del falso credita et ementita el Constantini donatione declamatio, Mainz, 1518) demostr\u00f3 la falsificaci\u00f3n con certeza. Independientemente de  sus dos predecesores. Reginald Pecocke, Obispo de Chichester (1450-57), sac\u00f3 una conclusi\u00f3n similar en su trabajo, \u00abThe represor of over much Blaming of the Clergy\u00bb, Rolls Series, II, 351-366.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Su autenticidad fue defendida a\u00fan de vez en cuando, y el documento todav\u00eda llega m\u00e1s all\u00e1, siendo usado como aut\u00e9ntico, hasta Baronio en su \u00abAnnales Ecclesiastici\u00bb (ad.an 324) admiti\u00f3 que la \u00abDonatio\u00bb era una falsificaci\u00f3n,  despu\u00e9s, pronto fue admitido universalmente como tal. Es una mentira tan clara que no hay raz\u00f3n para ninguna sorpresa que, con el reavivamiento de la cr\u00edtica hist\u00f3rica en el decimoquinto siglo, el verdadero car\u00e1cter del documento, se reconociera r\u00e1pidamente. El falsificador hizo uso de varias licencias que Grauert y otros (ver abajo) han investigado completamente. Se imitan la introducci\u00f3n y la conclusi\u00f3n del documento de las escrituras aut\u00e9nticas del periodo imperial, pero tambi\u00e9n se utilizan \u00abformul\u00e6\u00bb de otros per\u00edodos. En la \u00abConfesi\u00f3n\u00bb de fe en la doctrina del Esp\u00edritu Santo, se explica en  extensi\u00f3n, la Ca\u00edda del hombre y la Encarnaci\u00f3n de Cristo.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Hay tambi\u00e9n reminiscencias de los decretos del S\u00ednodo  Iconoclasta de Constantinopla (754) contra la veneraci\u00f3n de im\u00e1genes. La narrativa de la conversi\u00f3n y curaci\u00f3n del emperador esta basada en los Actos ap\u00f3crifos de Silvestre (Acta o Gesta Sylvestri), a\u00fan todas las particularidades de la \u00abDonatio\u00bb no aparecen en el relato de los, hasta ahora, textos  conocidos de esa leyenda. Las distinciones otorgadas al papa y a los cardenales de la Iglesia romana, probablemente, el falsificador las invent\u00f3 y las describi\u00f3 seg\u00fan ciertos ritos contempor\u00e1neos del ceremonial de la corte romana y de los emperadores bizantinos. El autor tambi\u00e9n us\u00f3 las biograf\u00edas de los papas del Liber Pontificalis (q.v.), asimismo las cartas del octavo siglo de los papas, sobre todo en su informe de las donaciones imperiales. La paternidad literaria de este documento todav\u00eda est\u00e1 envuelto en oscuridad. Ocasionalmente, pero sin  raz\u00f3n suficiente, los cr\u00edticos lo han atribuido al autor de las Falsas Decretales (q.v.) o a alg\u00fan eclesi\u00e1stico romano del octavo siglo. Por otro lado, el tiempo y lugar de su composici\u00f3n han sido estudiados, completa y \u00faltimamente, por numerosos investigadores (sobre todo alemanes), aunque ninguna conclusi\u00f3n firme y universalmente aceptada, se ha sacado todav\u00eda. Acerca del lugar de la falsificaci\u00f3n, Baronius (Annales, ad.an 1081) sostuvo que fue en Oriente y por un griego cism\u00e1tico; de hecho, se encuentra en colecciones can\u00f3nicas griegas. Natalis Alejandro se opuso a esta interpretaci\u00f3n, y ya no es sostenida por ning\u00fan  historiador reciente. Muchos de los estudiosos cr\u00edticos recientes del documento, localizan su composici\u00f3n en Roma y atribuyen la falsificaci\u00f3n a un eclesi\u00e1stico, su argumento principal es intr\u00ednseco: este falso documento  se redact\u00f3 en favor de los papas y por consiguiente de la Iglesia romana, la propia Roma debe de haber tenido principal inter\u00e9s en esta falsificaci\u00f3n, ejecutada para un prop\u00f3sito tan claramente expresado. Es m\u00e1s, las fuentes del documento son principalmente romanas. No obstante, la interpretaci\u00f3n m\u00e1s antigua de Zacarias y otros, de que la falsificaci\u00f3n se origin\u00f3 en el Imperio Francogermano, ha sido bastante defendida  recientemente y con habilidad por Hergenr\u00f6ther y Grauert (ver abajo). Ellos llaman la atenci\u00f3n sobre el hecho que la \u00abDonatio\u00bb aparece primero en las colecciones  Francogermanas, es decir en las Falsas Decretales y en el manuscrito de St.Denis antedicho; adem\u00e1s la cita segura m\u00e1s primitiva  fue hecha por autores del Imperio Francogermano, en la segunda  mitad del noveno siglo.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Finalmente, este documento nunca se us\u00f3 en la canciller\u00eda papal hasta mediados del und\u00e9cimo siglo, ni en general fue referido en fuentes romanas hasta los tiempos de Otto III (983-1002, en el caso que el famoso \u00abDiploma\u00bb  de este emperador, sea aut\u00e9ntico). El primer uso cierto en Roma fue hecho por Le\u00f3n IX en 1054, y  n\u00f3tese que este Papa fue por nacimiento y educaci\u00f3n, alem\u00e1n, no italiano. Los escritores mencionados han evidenciado que el objetivo principal de la falsificaci\u00f3n era demostrar la justicia de la \u00abtranslatio imperii\u00bb a los francogermanos, es decir el traslado del t\u00edtulo imperial a la coronaci\u00f3n de Carlomagno en 800; por consiguiente, la falsificaci\u00f3n era principalmente importante para el Imperio Francogermano. Esta visi\u00f3n, debidamente sostiene, contra la opini\u00f3n de la mayor\u00eda, que la falsificaci\u00f3n se origin\u00f3 en Roma. Un divergencia de opini\u00f3n, todav\u00eda mayor, reina, acerca del momento de su redacci\u00f3n. Algunos han afirmado (m\u00e1s recientemente Martens, Friedrich, y Bayet) que cada una de sus dos partes se invent\u00f3 en  momentos diferentes. Martens sostiene que el autor ejecut\u00f3 su falsificaci\u00f3n entre intervalos breves; que la \u00abConstitutum\u00bb se origin\u00f3 despu\u00e9s del 800 en relaci\u00f3n con una carta de Adriano II (778) en qu\u00e9 el Papa reconoci\u00f3 a Carlomagno la posici\u00f3n imperial al rey de Fracogermania , que por sus propios esfuerzos y fortuna, hab\u00eda logrado. Friedrich (ver abajo), al contrario, intenta demostrar que la \u00abConstitutum\u00bb estaba compuesta de dos partes muy distintas. La esencia de la primera parte,  llamada \u00abConfessio\u00bb, apareci\u00f3 entre los a\u00f1os 638 y 653, probablemente 638-641, mientras la segunda, o \u00abDonatio\u00bb propiamente, fue escrita durante el reinado de Esteban II, entre los a\u00f1os 752 y 757, por Paulo, hermano y sucesor del Papa Esteban. Seg\u00fan Bayet la primera parte del documento se redact\u00f3 en tiempos de Paulo I (757-767); la \u00faltima parte apareci\u00f3 en, o aproximadamente, el a\u00f1o 774.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En oposici\u00f3n a estas opiniones la mayor\u00eda de los historiadores mantiene que el documento fue escrito totalmente y al mismo tiempo, por un autor. \u00bfPero cu\u00e1ndo fue escrito? Colombier se decide por el reino del Papa Conon (686-687), Genelin, por  principios del octavo siglo (antes del 728). Pero ninguna de estas opiniones se apoya en razones suficientes, y las dos son, ciertamente, insostenibles. La mayor\u00eda de los investigadores acepta como posible fecha m\u00e1s antigua, el pontificado de Esteban II (752-757), estableciendo, as\u00ed, una conexi\u00f3n entre la falsificaci\u00f3n y los eventos hist\u00f3ricos que llevaron al origen de los Estados de la Iglesia y al Imperio Occidental de los reyes Francogermanos. \u00bfPero en qu\u00e9 a\u00f1o del per\u00edodo, desde el pontificado antedicho de Esteban II hasta la recepci\u00f3n de la \u00abConstitutum\u00bb en la colecci\u00f3n de las Falsas Decretales (c. 840-50) fue llevada a cabo, la falsificaci\u00f3n? Casi todos los estudiosos de esta intrincada cuesti\u00f3n, guardan sus propias y diferentes opiniones. Primero es necesario contestar una pregunta preliminar: \u00bf Exhibi\u00f3 el Papa Adrian II en su carta a Carlomagno del a\u00f1o 778 (C\u00f3dice Carolinus, ed. Jaff\u00e9 Ep. lxi) alg\u00fan conocimiento de la \u00abConstitutum\u00bb? De un pasaje de esta carta:\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sicut temporibus beati Silvestri Romani pontificis a sanct\u00e6 recordationis piisimo Constantino magno imperatore per eius largitatem sancta Dei Catholica et Apostolica Romana ecclesia elevata et exaltata est et potestatem in his Hesperi\u00e6 partibus largiri dignatus, ita et in his vestris felicissimis temporibus atque nostris sancta Dei ecclesia, id est beati Petri apostoli, germinet atque exultet&#8230;\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Varios escritores, ej. D\u00f6llinger, Langen, Meyer, y otros han concluido que Adriano I era consciente, entonces, de esta falsificaci\u00f3n, por lo que debe  haber aparecido antes del 778. Friedrich asume en Adriano I, un conocimiento de la \u00abConstitutum\u00bb de su carta al Emperador Constantine VI escrita en 785 (Mansi, Concil. Coll., XII, 1056). La mayor\u00eda de los historiadores, sin embargo, se abstienen debidamente de afirmar que Adriano I hizo  uso de este documento en sus cartas, por consiguiente, el momento de su origen no puede deducirse. La mayor\u00eda de los recientes escritores sobre el tema acepta el origen de la \u00abDonatio\u00bb entre 752 y 795. Entre ellos, algunos se deciden por el pontificado de Esteban II (752-757) sobre la hip\u00f3tesis, que el autor de la falsificaci\u00f3n quiso justificar los derechos de este papa, en sus negociaciones con Pipino (D\u00f6llinger, Hauck, Friedrich, B\u00f6hmer). Otros bajan la fecha de la falsificaci\u00f3n al tiempo de Paulo I (757-767), y basan su opini\u00f3n en los eventos pol\u00edticos en Italia bajo este Papa, o en el hecho que \u00e9l sent\u00eda una veneraci\u00f3n especial por San Silvestre, y que la \u00abDonatio\u00bb ten\u00eda, especialmente en vista, el honor de este santo (Scheffer-Boichorst, Mayer). Otros sit\u00faan su origen de nuevo en el pontificado de Adriano I (772-795), en la hip\u00f3tesis que este Papa confi\u00f3 en extender la autoridad secular de la Iglesia romana sobre una gran parte de Italia y crear de esta manera un Estado eclesi\u00e1stico poderoso bajo el gobierno papal. As\u00ed (Langen, Loening). Un grupo m\u00e1s peque\u00f1o de escritores, sin embargo, mueve la falsificaci\u00f3n a alguna fecha despu\u00e9s de 800, es decir despu\u00e9s de la coronaci\u00f3n de Carlomagno como emperador. Entre \u00e9stos, Martens y Weiland asignan el documento a los \u00faltimos a\u00f1os del reino de Carlomagno, o a los primeros de Luis el P\u00edo, es decir en alg\u00fan momento entre 800 y 840. Ellos argumentan que el prop\u00f3sito principal de la falsificaci\u00f3n era otorgar al gobernante occidental el poder imperial, o que la \u00abConstitutum\u00bb significaba  que el nuevo emperador, como sucesor de Constantino el Grande, confer\u00eda poder a la Iglesia romana. Esos escritores son, adem\u00e1s, qui\u00e9nes investigan al falsificador en el Imperio Francogermano, sostienen que el documento se escribi\u00f3 en el noveno siglo,  sobre todo Hergenr\u00f6ther y Grauert. El \u00faltimo opina que la \u00abConstitutum\u00bb se origin\u00f3 en el monasterio de St.Denis, en Par\u00eds, brevemente antes de, o aproximadamente al mismo tiempo, que las Falsas Decretales, es decir entre 840 y 850. Estrechamente con la fecha de la falsificaci\u00f3n, est\u00e1 conectada la otra pregunta acerca del principal prop\u00f3sito del falsificador de la \u00abDonatio\u00bb. Aqu\u00ed, tambi\u00e9n, existe una gran variedad de opiniones.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La mayor\u00eda de los escritores, que sit\u00faan en la propia Roma el origen de la falsificaci\u00f3n, sostienen que su intenci\u00f3n, es principalmente, apoyar las demandas de los Papas hacia el poder secular en Italia; difieren, sin embargo, acerca de la magnitud de las demandas. Seg\u00fan D\u00f6llinger la \u00abConstitutum\u00bb ten\u00eda como destino ayudar en la creaci\u00f3n de una Italia unida bajo el gobierno papal. Otros limitar\u00edan las demandas papales a esos distritos que Esteban II quiso obtener de Pipino, o a  territorios aislados que, antes o despu\u00e9s, las papas desearon adquirir. En general, esta clase de historiadores busca conectar la falsificaci\u00f3n con los eventos hist\u00f3ricos y los movimientos pol\u00edticos de ese tiempo en Italia (Mayer, Langen, Friedrich, Loening, y otros). Algunos, ponen m\u00e1s \u00e9nfasis en la elevaci\u00f3n del papado que en la donaci\u00f3n de territorios. Ocasionalmente se sostiene, que el falsificador busc\u00f3 afianzar para el Papa una categor\u00eda de autoridad secular superior, una supremac\u00eda imperial  en contra del Gobierno Francogermano, s\u00f3lidamente establecido, entonces,  en Italia. Otras veces, algunos de este grupo, limitan para Italia la expresi\u00f3n \u00aboccidentalium regionum provincias\u00bb, pero la mayor\u00eda interpreta que representa a todo el Imperio Occidental anterior. \u00c9sta es la actitud de Weiland para quien el objeto principal de la falsificaci\u00f3n, es incrementar el poder papal sobre el imperial, y el establecimiento de la supremac\u00eda imperial del Papa sobre todo Occidente. Tambi\u00e9n por esta raz\u00f3n \u00e9l baja la fecha de la \u00abConstitutum\u00bb nunca m\u00e1s lejos que el fin del reinado de Carlomagno (814). Sin embargo, con este documento Silvestre obtiene de hecho,  la jerarqu\u00eda imperial de Constantino y los emblemas de dignidad imperial, aunque no la verdadera supremac\u00eda imperial. Martens observa, por consiguiente, en la falsificaci\u00f3n, un esfuerzo para elevar al papado en general; todos alegaron prerrogativas para el papa y  eclesi\u00e1sticos romanos, todos regalos de posesiones otorgadas,  se quieren derechos de gobierno secular, ascensos y confirmaciones de esta elevaci\u00f3n, y de todo eso el nuevo Emperador Carlomagno deline\u00f3 conclusiones pr\u00e1cticas en su proceder,  respecto al Papa. Scheffer-Boichorst sostiene una opini\u00f3n singular, a saber, que el falsificador tuvo la intenci\u00f3n de la glorificaci\u00f3n de Silvestre  y Constantino, principalmente, y s\u00f3lo de manera secundaria, una defensa de las demandas papales a las posesiones territoriales. Grauert para quien la falsificaci\u00f3n es un asunto francogermano, comparte la visi\u00f3n de Hergenr\u00f6ther, es decir el falsificador ten\u00eda en mente la defensa del nuevo Imperio Occidental, de los ataques bizantinos. Por consiguiente fue muy importante, para \u00e9l, establecer la legitimidad del imperio recientemente fundado, y este prop\u00f3sito, fue especialmente auxiliado por todos aquellos documentos que sostuvieran la elevaci\u00f3n del Papa. De lo anterior, se puede observar que la \u00faltima palabra sobre investigaci\u00f3n hist\u00f3rica en esta materia, todav\u00eda est\u00e1 por verse. Preguntas importantes acerca de las fuentes de la falsificaci\u00f3n, el lugar y momento de su origen, la tendencia del falsificador, a\u00fan esperan soluci\u00f3n.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las nuevas investigaciones probablemente prestar\u00e1n todav\u00eda mayor atenci\u00f3n a la cr\u00edtica textual, sobre todo de la primera parte o \u00abConfesi\u00f3n\u00bb de fe. Hasta donde las evidencias a mano nos permiten juzgar, la falsificaci\u00f3n de la \u00abConstitutum\u00bb se conoci\u00f3 primero, en el Imperio Francogermano. El manuscrito en existencia m\u00e1s antiguo, ciertamente del  siglo noveno, se escribi\u00f3 durante el Imperio Francogermano. En la segunda  mitad de ese siglo, el documento es mencionado expresamente por tres escritores francogermanos. Ado, Obispo de Viena, habla de \u00e9l en su Cr\u00f3nica (De sex \u00e6tatibus mundi, ad an. 306, in P.L., CXXIII, 92); \u00c6neas, Obispo de Par\u00eds, se refiere a \u00e9l en defensa de la primac\u00eda romana (Adversus Gr\u00e6cos, c. el ccix, op. cit., CXXI, 758); Hincmar, Arzobispo de Reims, menciona la donaci\u00f3n de Roma al papa, por Constantino el Grande seg\u00fan la \u00abConstitutum\u00bb (De ordine palatii, c. el xiii, op. cit., CXXV, 998). El documento logr\u00f3 m\u00e1s amplia circulaci\u00f3n por su incorporaci\u00f3n en las Falsas Decretales (840-850, o m\u00e1s espec\u00edficamente entre 847 y 852; Hinschius, Decretales Pseudo-Isidorian\u00e6, Leipzig, 1863, p\u00e1g. 249). En Roma, el documento no fue usado durante el noveno y d\u00e9cimo siglos, tampoco en medio de los conflictos y dificultades de Nicolas I con Constantinopla, cuando podr\u00eda haber servido como un bienvenido argumento  para los derechos del Papa. El primer Papa que lo us\u00f3 en un acto oficial, fue Le\u00f3n IX; en una carta de 1054 a Miguel C\u00e6rulario, Patriarca de Constantinopla, \u00e9l cita la \u00abDonatio\u00bb para  demostrar que la Santa Sede tuvo ambos poderes, uno temporal y otro celestial, el sacerdocio real. De all\u00ed en adelante la \u00abDonatio\u00bb adquiere m\u00e1s importancia y se usa m\u00e1s frecuentemente como evidencia en los conflictos eclesi\u00e1sticos y pol\u00edticos entre el papado y el poder secular. Anselmo de Lucca y el Cardenal Deusdedit lo insertaron en sus colecciones de canones. Graci\u00e1n, es verdad, lo excluy\u00f3 de su \u00abDecretum\u00bb, pero lo agreg\u00f3 pronto  como \u00abPalea\u00bb. Los escritores eclesi\u00e1sticos en la defensa del papado durante los conflictos de principios del duod\u00e9cimo siglo, lo citaron como documento autorizado. (Hugo de Fleury, De regi\u00e2 potestate et ecclesiastic\u00e2 dignitate, II; Placidus de Nonantula, De honore ecclesi\u00e6,  c.c.p.. lvii, xci, cli,; Disputatio vel defensio Paschalis pap\u00e6, Honorius Augustodunensis, De summ\u00e2 glori\u00e6, c.  xvii; cf. Mon. Germen. Hist., Libelli de lite, II, 456, 591, 614, 635; III, 71). San Pedro Damiano tambi\u00e9n confi\u00f3 en el, en sus escrituras contra el antipapista Cadalous de Parma (synodalis de Disceptatio synodalis, in Libelli de lite, I, 88). Gregorio VII  nunca cit\u00f3 este documento en su larga lucha  por la libertad eclesi\u00e1stica contra el poder secular. Pero Urbano II lo us\u00f3 en 1091 para apoyar sus demandas sobre la isla de C\u00f3rcega. Despu\u00e9s, los Papas Inocencio III, Gregorio IX, Inocencio IV, tom\u00f3 su autoridad para conceder a Inocencio III, el Sermo de sancto Silvestro, (en P.L., CCXVII, 481 sqq.; Raynaldus, Annales, ad an. 1236, n. 24; Potthast, Regesta, no. 11,848), y los escritores eclesi\u00e1sticos adujeron muchas veces su evidencia en favor del papado.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los adversarios medievales de los papas, por otro lado, nunca negaron la validez de esta apelaci\u00f3n a la pretendida donaci\u00f3n  de Constantino, pero trataron de demostrar que el fundamento de las deducciones legales se basaba en interpretaciones falsas. La autenticidad del documento, como ya se declar\u00f3, no fue dudado por nadie antes del decimoquinto siglo. Fue conocido por los griegos en la segunda  mitad del duod\u00e9cimo siglo, cuando aparece en la colecci\u00f3n de Teodoro Balsamon (1169 sqq.); luego, otro canonista griego, Matth\u00e6us Blastares (aproximadamente 1335), lo admiti\u00f3 en su colecci\u00f3n. Tambi\u00e9n aparece en otras obras griegas. Es m\u00e1s, fue muy estimado en la Grecia Oriental. Es bien conocido que los griegos, exigieron, para el Obispo de Nueva Roma (Constantinopla) los mismos derechos honor\u00edficos que aqu\u00e9llos gozados  por el Obispo de Roma Antigua. Ahora, en virtud de este documento,  reclamaban tambi\u00e9n para el clero bizantino, los privilegios y prerrogativas dispensadas al papa y a los eclesi\u00e1sticos romanos. En  Occidente, mucho tiempo despu\u00e9s  que su autenticidad fue disputada, en el decimoquinto siglo, su validez  fue a\u00fan levantada por la mayor\u00eda de canonistas y juristas que continuaron a lo largo del decimosexto siglo, cit\u00e1ndolo como aut\u00e9ntico. Y aunque Baronio e historiadores antiguos, lo reconocieron como falsificaci\u00f3n, ellos trataron de ordenar otras autoridades, en defensa de su contenido, especialmente como memorias de las donaciones imperiales. En tiempos posteriores, esto fue abandonado, por lo que ahora , toda la \u00abConstitutum\u00bb, en forma y contenido, es considerada debidamente, y en todo  sentido: una falsificaci\u00f3n.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Ver FALSAS DECRETALES; SILVESTRE I; ESTADOS DE LA IGLESIA; PODER TEMPORAL.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El texto de la \u00abDonatio\u00bb ha sido frecuentemente impreso, e.g. in LABBE, Concil., I, 1530; MANSI, Concil. col., II, 603; finally by GRAUERT (see below) and ZEUMER in Festgabe f\u00fcr Rudolf von Gneist (Berlin, 1888), 39 sqq. See HALLER, Die Quellen zur Geschichte der Entstehung des Kirchenstaats (Leipzig and Berlin, 1907) 241-250; CENNI, Monumenta dominationis Pontifici\u00e6 (Rome, 1760), I, 306 sqq.; cf. Origine della Donazione di Costantino in Civilta Cattolica, ser. V, X, 1864, 303 sqq. The following are non-Catholic: ZINKEISEN, The Donation of Constantine as applied by the Roman Church in Eng. Hist. Review (1894), IX, 625-32; SCHAFF, Hist. of the Christ. Church (New York, 1905), IV, 270-72; HODGKIN, Italy and Her Invaders (Oxford, 1899), VII, 135 sqq. See also COLOMBIER, La Donation de Constantin in Etudes Religieuses (1877), XI, 800 sqq.; BONNEAU, La Donation de Constantin (Lisieux, 1891); BAYET, La fausse Donation de Constantin in Annuaire de la Facult\u00e9 des lettres de Lyon (Paris, 1884), II, 12 sq.; D\u00d6LLINGER, Papstfabeln des Mittelalters (Munich, 1863), Stuttgart, 1890), 72 sqq.; HERGENR\u00d6THER, Katholische Kirche und christlicher Staat (Freiburg im Br., 1872), I, 360 sqq.; GENELIN, Das Schenkungsversprechen und die Schenkung Pippins (Leipzig, 1880), 36 sqq.; MARTENS, Die r\u00f6mische Frage unter Pippin und Karl dem Grossen (Stuttgart, 1881), 327 sqq.; IDEM, Die falsche Generalkonzession Konstantins des Grossen (Munich, 1889); IDEM, Beleuchtung der neuesten Kontroversen \u00fcber die r\u00f6mische Frage unter Pippin und Karl dem Grossen (Munich, 1898), 151 sqq.; GRAUERT Die konstantinische Schenkung in Historisches Jahrbuch (1882), 3 sqq. (1883), 45 sqq., 674 sqq. (1884), 117 sqq.; LANGEN, Entstehung und Tendenz der konstantinischen Schenkungsurkunde in Historische Zeitschrift f\u00fcr Kirchenrecht (1889), 137 sqq., 185 sqq.; BRUNNER, Das Constitutum Constantini in Festgabe f\u00fcr R. von Gneist (Berlin, 1888), 3 sqq.; FRIEDRICH, Die konstantinische Schenkung (N\u00f6rdlingen, 1889); SCHEFFER-BOICHORST, Neuere Forschungen \u00fcber die konstantinische Schenkung in Mitteilungen des Instituts f\u00fcr\u00f6sterr. Geschichtsforsch. (1889), 302 sqq. (1890), 128 sqq.; LAMPRECHT, Die r\u00f6mische Frage von Konig Pippin bis auf Kaiser Ludwig den Frommen (Leipzig, 1889), 117 sqq.; LOENING, Die Entstehung der konstantinischen Schenkungsurkunde in Histor. Zeitschrift (1890), 193 sqq.; B\u00d6HMER, Konstantinische Schenkung in Realencyclopadie f\u00fcr prot. Theol. (Leipzig, 1902), XI, 1 sqq.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">J.P. KIRSCH<br \/>\nTranscrito por  Steven Fanning<br \/>\nTraducido por Jos\u00e9 Luis Anastasio\n<\/p>\n<\/p>\n<p><b>Fuente: Enciclopedia Cat\u00f3lica<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DicEc \u00c2\u00a0 Desde la obra de Lorenzo Valla (ca. 1406-1457), la Donaci\u00f3n de Constantino se ha reconocido generalmente como espuria. Ya Nicol\u00e1s de Cusa (+ 1464) hab\u00ed\u00ada manifestado sospechas acerca de su autenticidad. En muchos manuscritos el documento pretend\u00ed\u00ada ser un decreto del emperador Constantino (+ 337) otorg\u00e1ndole a Silvestre I (314-335) el primado sobre &hellip; <a href=\"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/donacion-de-constantino\/\" class=\"more-link\">Continuar leyendo<span class=\"screen-reader-text\"> \u00abDONACION DE CONSTANTINO\u00bb<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-14776","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-diccionario"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/14776","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=14776"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/14776\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=14776"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=14776"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=14776"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}