{"id":14981,"date":"2016-02-05T09:49:01","date_gmt":"2016-02-05T14:49:01","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/vida-religiosa\/"},"modified":"2016-02-05T09:49:01","modified_gmt":"2016-02-05T14:49:01","slug":"vida-religiosa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/vida-religiosa\/","title":{"rendered":"VIDA RELIGIOSA"},"content":{"rendered":"<p>DicEc<br \/>\n\u00c2\u00a0<br \/>\nLa vida religiosa como concepto general se encuentra en diversas religiones bajo nombres distintos. Se trata por lo general de una b\u00fasqueda contracultural de lo trascendente por parte de un grupo de personas. En muchas religiones se les llama monjes (del griego monos,  solo). En el juda\u00ed\u00adsmo los esenios se agruparon en torno a Qumr\u00e1n. En el cristianismo esta tendencia se manifest\u00f3 en primer lugar en los eremitas, muchos de los cuales se reunieron pronto en torno a l\u00ed\u00adderes carism\u00e1ticos como san Antonio (251-356) o Pacomio (comienzos del siglo IV). Fue este \u00faltimo el primero en redactar una regla primitiva y en reclamar obediencia. La forma primitiva consist\u00ed\u00ada en ermita\u00f1os que viv\u00ed\u00adan en moradas separadas pero que hac\u00ed\u00adan vida monacal, o que viv\u00ed\u00adan en comunidad; a ambos se les llam\u00f3 cenobitas (del griego koinobios,  vida en com\u00fan). Pronto empezaron a escribirse reglas, siendo las m\u00e1s conocidas la de san >Basilio (ca. 330-379) y la de san Benito (ca. 480-ca. 550). Tras ellos se produjo un gran florecimiento de la vida mon\u00e1stica, que en tiempos de san >Bernardo (ca. 1090-1 153) andaba muy necesitada de reforma.<\/p>\n<p>Las \u00f3rdenes religiosas se multiplicaron en la Edad media, adquiriendo particular importancia los movimientos mendicantes de los frailes. Pero el incremento lleg\u00f3 a ser tan grande que el concilio de >Letr\u00e1n IV prohibi\u00f3 la fundaci\u00f3n de nuevas \u00f3rdenes: las nuevas fundaciones ten\u00ed\u00adan que adoptar la regla de alguna orden ya aprobada. La rivalidad entre los frailes y el clero secular en las universidades aguz\u00f3 el pensamiento teol\u00f3gico sobre la significaci\u00f3n de la vida religiosa.<\/p>\n<p>Santo Tom\u00e1s se ocup\u00f3 de la vida religiosa de su tiempo bajo el t\u00ed\u00adtulo de \u00abestados de perfecci\u00f3n\u00bb. Un estado de perfecci\u00f3n es aquel en el que una persona se obliga permanentemente y con cierta solemnidad a buscar lo propio de la perfecci\u00f3n. Quienes no est\u00e1n en un estado de perfecci\u00f3n pueden ser perfectos, y no todos los que est\u00e1n en un estado de perfecci\u00f3n lo son. Los obispos y los religiosos se encuentran en un estado de perfecci\u00f3n, los primeros por su dedicaci\u00f3n pastoral a los dem\u00e1s, los segundos por sus votos. Santo Tom\u00e1s trata de los institutos dedicados a las obras de la vida activa, a las acciones militares, a la predicaci\u00f3n, a la confesi\u00f3n y al estudio. Acerca de los institutos mixtos, es decir, los dedicados tanto a la vida activa como a la contemplativa, dice: \u00abEs un bien mayor dar a los otros lo que se contempla que dedicarse s\u00f3lo a la contemplaci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>En la Edad media tard\u00ed\u00ada se sinti\u00f3 constantemente la necesidad de reformar la vida religiosa, tal como se refleja en los concilios medievales. En tiempos de la Reforma muchos monasterios e instituciones religiosas hab\u00ed\u00adan degenerado gravemente, y >Trento tom\u00f3 un gran n\u00famero de disposiciones de cara a su reforma. Durante los siglos siguientes la mayor parte de los institutos sufrieron importantes reformas, y se produjo un incremento enorme en el n\u00famero de congregaciones religiosas, especialmente durante el siglo XIX.<\/p>\n<p>En la \u00e9poca del Vaticano II hab\u00ed\u00ada todav\u00ed\u00ada un gran n\u00famero de vocaciones a la vida religiosa y una gran vitalidad interna. Pero muchas congregaciones se hab\u00ed\u00adan apartado de la inspiraci\u00f3n original de sus fundadores y, a veces por influencia de la autoridad eclesi\u00e1stica, se les hab\u00ed\u00adan agregado adherencias particularmente de la vida mon\u00e1stica. El concilio hizo dos cosas: incluy\u00f3 una declaraci\u00f3n teol\u00f3gica dentro de su documento principal (LG VI) y public\u00f3 el decreto sobre la adecuada (accommodata)  renovaci\u00f3n de la vida religiosa (PC).<\/p>\n<p>Durante el concilio se discuti\u00f3 mucho sobre el t\u00e9rmino que hab\u00ed\u00ada que usar para designar a aquellos de que se trataba en el cap\u00ed\u00adtulo VI de LG. En un borrador de 1962 se usaba el ep\u00ed\u00adgrafe tomista Los estados evang\u00e9licos para alcanzar la perfecci\u00f3n.  El problema del mismo es que todos est\u00e1n llamados a la santidad por medio del bautismo, y a todos conciernen en cierto modo los consejos evang\u00e9licos. Se excluyeron por eso otros t\u00ed\u00adtulos, como Los que profesan los consejos evang\u00e9licos o La vida consagrada.  Al final se eligi\u00f3 Los religiosos,  pero d\u00e1ndole un significado m\u00e1s amplio que en el C\u00f3digo de Derecho can\u00f3ni co de 1917. Otra cuesti\u00f3n que se plante\u00f3 fue la de si la vida religiosa era de  la Iglesia (es decir, era parte de su divina constituci\u00f3n), o estaba en  la Iglesia (era un don no institucional). Se decidi\u00f3 que, atendiendo a \u00abla constituci\u00f3n divina y jer\u00e1rquica de la Iglesia\u00bb, no se trataba de un \u00abestado intermedio entre el de los cl\u00e9rigos y el de los laicos\u00bb, sino que \u00abde uno y otro algunos cristianos son llamados por Dios para poseer un don particular en la vida de la Iglesia y para que contribuyan a la misi\u00f3n salv\u00ed\u00adfica de esta, cada uno seg\u00fan su modo\u00bb. El derecho can\u00f3nico insistir\u00e1 m\u00e1s tarde en que la vida consagrada, por su misma naturaleza, no es ni clerical ni laica, sino que sus miembros proceden de ambos estados (CIC 588).<\/p>\n<p>El concilio hab\u00ed\u00ada desarrollado el tema de los consejos evang\u00e9licos en el cap\u00ed\u00adtulo V (LG 42), pero en el siguiente los desarrolla a\u00fan m\u00e1s (LG43, 46). El cap\u00ed\u00adtulo VI, dedicado a la vida religiosa, subraya algunos de los aspectos m\u00e1s importantes de este don: el cristol\u00f3gico (LG 46); el eclesial (LG 43, 44, 45); como signo y testimonio (LG 44); el escatol\u00f3gico (LG 44); la relaci\u00f3n con la autoridad de la Iglesia y la liturgia (LG 45).<\/p>\n<p>Al urgir la aceleraci\u00f3n de los procedimientos del concilio y reducir sus trabajos y objetivos, lo que se elabor\u00f3 fue un documento esquem\u00e1tico, m\u00e1s bien abstracto, sobre la renovaci\u00f3n de la vida religiosa; se debati\u00f3 brevemente durante el tercer per\u00ed\u00adodo de sesiones, encontrando una recepci\u00f3n hostil por parte de algunos obispos y cardenales clave. Fue reelaborado de ra\u00ed\u00adz y obtuvo f\u00e1cilmente la aprobaci\u00f3n del concilio el 11 de octubre de 1965. Su t\u00ed\u00adtulo es significativo: \u00abDecreto sobre la adecuada (apropiada, conveniente, actualizada: accommodata)  renovaci\u00f3n de la vida religiosa\u00bb (PC). El ultraconservador cardenal Ruffini ya advirti\u00f3 en 1964 que el decreto invocaba lo que \u00e9l consideraba \u00abextravagantes\u00bb deseos de reforma. La ambig\u00fcedad inherente al t\u00ed\u00adtulo (accommodata)  daba pie ciertamente a muy diversas interpretaciones despu\u00e9s del concilio.<\/p>\n<p>El decreto es un documento de renovaci\u00f3n que trata de cuestiones pr\u00e1cticas, pero situ\u00e1ndolas dentro de un rico contexto teol\u00f3gico. Despu\u00e9s de una fuerte afirmaci\u00f3n del lugar ocupado en la Iglesia por la vida religiosa, el decreto observa que ha de aplicarse, con el debido reconocimiento de su car\u00e1cter espec\u00ed\u00adfico, a las sociedades de vida en com\u00fan que no tienen votos (>Sociedades de vida apost\u00f3lica) y a los >institutos seculares. El importante segundo punto establece los principios para la reforma. Algunos no tienen nada de excepcional: el seguimiento de Cristo, los trabajos de la Iglesia en distintos campos, la sociedad humana, a la que los religiosos tienen que servir, la renovaci\u00f3n espiritual (PC 2). Pero la norma que m\u00e1s ricos frutos habr\u00ed\u00ada de dar, y provocar ocasionalmente tambi\u00e9n confusi\u00f3n y enfrentamiento de visiones, ser\u00ed\u00ada el \u00abretorno constante a las fuentes de toda vida cristiana y a la primigenia inspiraci\u00f3n de los institutos (fontes primigeniamque institutorum inspirationem)&#8230;  Recon\u00f3zcanse y mant\u00e9nganse fielmente el esp\u00ed\u00adritu y prop\u00f3sito propios de los fundadores, as\u00ed\u00ad como las sanas tradiciones, todo lo cual constituye el patrimonio de cada instituto\u00bb (PC 2). Pablo VI reiterar\u00ed\u00ada esta norma en su exhortaci\u00f3n posconciliar Evangelica testificatio.<br \/>\nEl resto del decreto se ocupa de todos los elementos clave de la vida religiosa; por ejemplo: la actualizaci\u00f3n y renovaci\u00f3n (PC 3-6); los distintos tipos de institutos (PC 7-9); la necesidad de combinar la contemplaci\u00f3n con la dedicaci\u00f3n apost\u00f3lica (PC 10); los votos (PC 12-14); la vida comunitaria (PC 15); las distintas formas de apostolado (PC 20).<\/p>\n<p>Los a\u00f1os posteriores al concilio fueron testigos de un serio, en algunas partes catastr\u00f3fico, descenso de las vocaciones y, al mismo tiempo, de un gran incremento en las labores de renovaci\u00f3n. Los religiosos estudiaron su carisma vocacional y el modo en que este pod\u00ed\u00ada encarnarse en el mundo actual. El planteamiento del cardenal D\u00f3pfner resultar\u00ed\u00ada equ\u00ed\u00advoco: \u00bfC\u00f3mo, en las distintas circunstancias del mundo actual, responder\u00ed\u00adan los fundadores si vivieran?. La confusi\u00f3n se produjo al no distinguirse suficientemente entre los carismas personales de los fundadores y las instituciones carism\u00e1ticas que llegaron a la Iglesia<br \/>\nSe escribieron nuevas constituciones, para ser revisadas de nuevo a la luz del C\u00f3digo de Derecho can\u00f3nico  de 1983. Dentro de la enorme cantidad de literatura sobre la vida religiosa, hay algunas cuestiones recurrentes: todos los aspectos de los votos; la fundamentaci\u00f3n teol\u00f3gica de la vida religiosa; su relaci\u00f3n con la Iglesia y su papel dentro de ella\u00bb; su identidad frente a la vocaci\u00f3n de los laicos y su papel en el mundo\u00bb; la relaci\u00f3n entre la doxolog\u00ed\u00ada y el servicio, entre la dimensi\u00f3n vertical y horizontal\u00bb. Las revistas dedicadas a la vida consagrada han publicado numerosos art\u00ed\u00adculos sobre los distintos aspectos de la vida comunitaria.<\/p>\n<p>Otra cuesti\u00f3n es la relaci\u00f3n con la jerarqu\u00ed\u00ada, tratada en un documento de la entonces Sagrada congregaci\u00f3n para los religiosos y los institutos seculares (Mutuae relationes , AAS 70 (1978) 473-506) . Ha habido otros importantes documentos de la Santa Sede en relaci\u00f3n con la vida religiosa: sobre la vida contemplativa (La dimensi\u00f3n contemplativa en la vida religiosa , 1980) , sobre los valores humanos (Religiosos y promoci\u00f3n humana , 1980) , sobre los institutos can\u00f3nicos y religiosos (Elementos esenciales en la ense\u00f1anza de la Iglesia sobre la vida religiosa aplicados a los institutos dedicados al apostolado , 1983)  y sobre la formaci\u00f3n (Directrices sobre la formaci\u00f3n en los institutos religiosos ) . El s\u00ed\u00adnodo de obispos de 1994. dedicado al tema de la vida religiosa, dio lugar a la exhortaci\u00f3n possinodal Vita consecrata  (\u00abSobre la vida consagrada\u00bb, 1996) (>Vida consagrada)\u00bb.<\/p>\n<p>Cuando examinamos el derecho can\u00f3nico en relaci\u00f3n con la vida religiosa, una diferencia muy importante que observarnos entre el C\u00f3digo de Derecho can\u00f3nico  de 1917 y el de1983 es que el primero era muy detallado, dejando s\u00f3lo asuntos menores para los propios estatutos o constituciones, mientras que el segundo establece por lo general principios m\u00e1s amplios y deja un margen de actuaci\u00f3n mucho mayor a las leyes propias o particulares de cada congregaci\u00f3n. El segundo t\u00ed\u00adtulo de la parte III, De los institutos de vida consagrada y de las sociedades de vida apost\u00f3lica,  del libro II, Del pueblo de Dios,  trata de los institutos religiosos (CIC 607-709), empezando por la definici\u00f3n: \u00abUn instituto religioso es una sociedad en la que los miembros, seg\u00fan el derecho propio, emiten votos p\u00fablicos perpetuos o temporales (&#8230;) y viven vida fraterna en com\u00fan\u00bb (CIC 607 \u00c2\u00a7 2). La casa en la que vive la comunidad ha de ser adem\u00e1s lugar de celebraci\u00f3n y reserva de la eucarist\u00ed\u00ada (CIC 608). Aunque se establecen firmemente la autoridad y deberes de los superiores (CIC 618-619), se insiste tambi\u00e9n en la responsabilidad compartida, a trav\u00e9s de consejos (CIC 627), cap\u00ed\u00adtulos y \u00f3rganos de participaci\u00f3n (CIC 631-633). La teolog\u00ed\u00ada de la vida religiosa en el derecho can\u00f3nico est\u00e1 fuertemente influenciada por el Vaticano II, aunque mantiene tambi\u00e9n su car\u00e1cter tradicional: \u00abLos religiosos han de tener como regla suprema de vida el seguimiento de Cristo tal y como se propone en cl evangelio y se declara en las constituciones de su propio instituto\u00bb (CIC 662); \u00abla contemplaci\u00f3n de las cosas divinas y la uni\u00f3n asidua con Dios en la oraci\u00f3n debe ser el primer y principal deber de todos los religiosos\u00bb (CIC 663 \u00c2\u00a7 1); \u00abel apostolado de todos los religiosos consiste primeramente en el testimonio de su vida consagrada, que han de fomentar con la oraci\u00f3n y con la penitencia\u00bb (CIC 673); \u00ablos institutos de vida exclusivamente contemplativa tienen siempre una parte relevante en el cuerpo m\u00ed\u00adstico de Cristo\u00bb (CIC 674); \u00aben los institutos que se dedican a obras de apostolado, la actividad apost\u00f3lica forma parte de su propia naturaleza\u00bb (CIC 675 \u00c2\u00a7 1). Se mantiene la >exenci\u00f3n (CIC 591), pero hay cuestiones importantes relativas a los derechos y la funci\u00f3n del ordinario del lugar (CIC 611, 678-679, 681, cf 394).<\/p>\n<p>La vida mon\u00e1stica es una faceta importante dentro del Oriente cristiano y, al igual que otras formas de vida religiosa, tiene su propia legislaci\u00f3n en las >Iglesias uniatas (CCEO cc. 410-553).<\/p>\n<p>Ha habido aspectos negativos en el per\u00ed\u00adodo posconciliar: el descenso de vocaciones, una insistencia a veces perjudicial en el desarrollo y los valores humanos, en detrimento de la cruz; un activismo excesivo, inseguridad y crisis de identidad. No obstante, ha habido tambi\u00e9n aspectos positivos en los \u00faltimos a\u00f1os: el inter\u00e9s por las cuestiones relacionadas con la justicia y la paz en la mayor parte de los institutos; una mayor atenci\u00f3n a los aut\u00e9nticos valores humanos y cristianos en las estructuras y en las relaciones interpersonales; la capacidad de adaptaci\u00f3n en la b\u00fasqueda de nuevas formas de apostolado; el enorme incremento de vocaciones en las Iglesias j\u00f3venes de \u00ed\u0081frica y Asia. Los planteamientos feministas constituyen por lo general una aportaci\u00f3n positiva, aunque a veces resultan ambiguos. Un desarrollo de la mayor importancia es la b\u00fasqueda de nuevas formas de vida comunitaria, de nuevas expresiones del carisma de cada instituto, as\u00ed\u00ad como la idea de la asociaci\u00f3n (>Asociaciones de fieles) a un instituto por parte de personas unidas a \u00e9l pero no a trav\u00e9s de los votos. La vida religiosa se encuentra en un proceso de r\u00e1pida transformaci\u00f3n, en el que se hallan en tensi\u00f3n nuevas concepciones y valores tradicionales\u00bb. Los errores y las desviaciones son inevitables, pero no hay que tenerles demasiado miedo; mucho mayores son los peligros que se encierran en el estancamiento.<\/p>\n<p>Christopher O\u00c2\u00b4Donell &#8211; Salvador Pi\u00e9-Ninot, Diccionario de Eclesiolog\u00ed\u00ada, San Pablo, Madrid 1987<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de Eclesiolog\u00eda<\/b><\/p>\n<p>(v. vida consagrada)<\/p>\n<p>(ESQUERDA BIFET, Juan, Diccionario de la Evangelizaci\u00f3n,  BAC, Madrid, 1998)<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de Evangelizaci\u00f3n<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DicEc \u00c2\u00a0 La vida religiosa como concepto general se encuentra en diversas religiones bajo nombres distintos. Se trata por lo general de una b\u00fasqueda contracultural de lo trascendente por parte de un grupo de personas. 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