{"id":15389,"date":"2016-02-05T10:02:32","date_gmt":"2016-02-05T15:02:32","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/revelaciones-privadas\/"},"modified":"2016-02-05T10:02:32","modified_gmt":"2016-02-05T15:02:32","slug":"revelaciones-privadas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/revelaciones-privadas\/","title":{"rendered":"REVELACIONES PRIVADAS"},"content":{"rendered":"<p>(v. apariciones, fen\u00f3menos extraordinarios)<\/p>\n<p>(ESQUERDA BIFET, Juan, Diccionario de la Evangelizaci\u00f3n,  BAC, Madrid, 1998)<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de Evangelizaci\u00f3n<\/b><\/p>\n<p>Despu\u00e9s de la venida de Cristo no hay que esperar ya ninguna revelaci\u00f3n nueva en relaci\u00f3n con la situaci\u00f3n fundamental de la humanidad respecto a la salvaci\u00f3n. En efecto, en \u00e9l y por \u00e9l Dios ha revelado plenamente su designio universal de amor. Esta revelaci\u00f3n se considera cerrada despu\u00e9s de la muerte del \u00faltimo ap\u00f3stol. Sin embargo, todav\u00ed\u00ada queda sitio, durante la fase presente de la econom\u00ed\u00ada salv\u00ed\u00adfica, para las revelaciones de Dios, destinadas a iluminar a los creyentes sobre la forma en que han de portarse en las circunstancias en que viven y a dirigir su acci\u00f3n pr\u00e1ctica, moral, espiritual y religiosa. La calificaci\u00f3n de \u00abprivadas\u00bb que se les da para distinguirlas de la revelaci\u00f3n precedente, llamada a veces \u00abp\u00fablica\u00bb, porque se dirige mediante el ministerio de la Iglesia a los hombres de todos los tiempos y de todos los lugares sin distinci\u00f3n, no quiere decir que esas revelaciones se reserven necesariamente para una sola persona. En realidad, muchas veces conciernen a todo un grupo, a todo un ambiente y hasta a la Iglesia en su conjunto en un momento de la historia. Sin duda ser\u00ed\u00ada mejor hablar, como lo hizo el concilio de Trento, de revelaciones \u00abespeciales\u00bb o \u00abparticulares\u00bb (Dz 1540; 1566). As\u00ed\u00ad pues, utilizaremos este vocabulario.<br \/>\n1.La Sagrada Escritura y las revelaciones particulares no tienen por qu\u00e9 excluirse. Las revelaciones de este g\u00e9nero no se definen por la exclus\u00ed\u00ad\u00f3n de su pertenencia a todo contexto b\u00ed\u00adblico, sino por su objeto, su finalidad y su destinatario. Si estos elementos son particulares, las revelaciones son particulares y siguen siendo tales, aunque las garantice la inspiraci\u00f3n de la Escritura, que no cambia sus caracter\u00ed\u00adsticas, si bien asegura su autenticidad. El libro de los Hechas de los Ap\u00f3stoles est\u00e1 lleno de ejemplos. Pedro, despu\u00e9s de haber anunciado en pentecost\u00e9s la edad del Esp\u00ed\u00adritu, que obra por medio de visiones, de sue\u00f1os y de profec\u00ed\u00adas (2,16-21), es informado mediante una revelaci\u00f3n particular de c\u00f3mo hay que proceder en lo que ata\u00f1e al centuri\u00f3n Cornelio (10,3-8). Pablo se convierte despu\u00e9s de una revelaci\u00f3n recibida en el camino de Damasco (9,3-9) y es guiado continuamente en su acci\u00f3n misionera por revelaciones especiales (16,9; 18,9; 20,23; 27,23-24), a las que a\u00f1adieron otras revelaciones de orden estrictamente personal y m\u00ed\u00adstico, de las que habla confiadamente a los corintios (2Cor 12,1-6). El Apocalipsis, antes de proponer sus visiones simb\u00f3licas sobre la teolog\u00ed\u00ada de la historia, comunica a diversas Iglesias unas revelaciones particulares que se refieren menos a la doctrina que a la vida de una comunidad concreta o a 1a de una persona (1,43,22). Finalmente, los profetas cristianos, que las cartas paulinas colocan inmediatamente despu\u00e9s de los ap\u00f3stoles (1Cor 12,28; Ef 2,20; 4,11), no se limitan a exhortar, edificar e interpretar; a veces tienen una verdadera revelaci\u00f3n de -Dios que comunicar (:l Cor 14, 29-30): Esta se presenta como el acto en que se expresa por excelencia la funci\u00f3n prof\u00e9tica.<\/p>\n<p>2. En la \u00e9poca patr\u00ed\u00adstica conviene se\u00f1alar, entre otros, dos escritos t\u00ed\u00adpicos: la Didaj\u00e9, que reconoce un amplio espacio a los profetas en la comunidad, pero establece reglas para discernir entre los verdaderos y los falsos (11 7-12: SC 248,184-188), y el Pastor, de Hermas, cuyas abundantes revelaciones de car\u00e1cter apocal\u00ed\u00adptico son especialmente una llamada a la conversi\u00f3n y a la penitencia. Un hombre de Iglesia como san Cipriano-.concede gran importancia a las revelaciones particulares, tanto a las suyas como a las de su entorno, y apoya en ellas su ministerio pastoral (Ep. 11,1-4: CSEL 3;497-498), que por otra parte no fue del agrado de todos (Ep. 66,10: CSEL 3,174). San Agust\u00ed\u00adn es m\u00e1s reservado. Cree ciertamente en la existencia de las revelaciones privadas; pero piensa que es muy dif\u00ed\u00adcil establecer una distinci\u00f3n entre las verdaderas y las falsas (De Genesi ad litteram XII, 13-28: PL 34,465).<\/p>\n<p>3. En la \u00e9poca medieval son un hecho notable las obras espirituales que se presentan como colecci\u00f3n de las comunicaciones hechas por Dios a algunas santas mujeres. La m\u00e1s conocida es Br\u00ed\u00adgida de Suecia (j&#8217; 1373). El concilio de Basilea hab\u00ed\u00ada puesto en su programa el examen de sus revelaciones, lo que dio pie a las primeras exposiciones sistem\u00e1ticas sobre el discernimiento de las revelaciones particulares, debidas por una parte a Juan Gerson (t 1429), cuya obra De probatione spirituum recomienda sobre todo, prudencia, y por otra a Juan de Torquemada o Turrecremata (j&#8217; 1468), cuyo Defensorium super revelationes S. Birgittae formula los principios que luego recogieron los te\u00f3logos y los espirituales.<\/p>\n<p>4. En la \u00e9poca moderna, el tipo de teolog\u00ed\u00ada m\u00ed\u00adstica que prevaleci\u00f3 con la escuela espa\u00f1ola del siglo xvi muestra respecto a las revelaciones privadas una actitud de completo desinter\u00e9s y de perfecto desprendimiento. En su manera de expresarse, san Juan de la Cruz es muy severo. El deseo de los dqnes divinos y&#8217; la complacencia que se pone en ellos- constituyen un gran obst\u00e1culo para la uni\u00f3n con Dios, que solamente se realiza en, la fe pura. As\u00ed\u00ad pues, la consigna ser\u00e1 clara. Es necesario \u00abno admitir\u00bb las revelaciones particulares cuando se manifiestan, sino m\u00e1s bien \u00abresistir\u00bb a ellas como peligrosas tentanciones (Subida del monte Carmelo lI, 27,6). Si son verdaderamente sobrenaturales, obtendr\u00e1n de todas formas su efecto de gracia; si son ilusiones, el alma no sufrir\u00e1 ning\u00fan da\u00f1o por haberlas resistido. Santa Teresa es m\u00e1s matizad-a. Las visiones y las revelaciones ocupan un lugar importante en su existencia y en su obra. Ella no se limita a indicar sus riesgos y peligros, sino que sabe tambi\u00e9n apreciar sus posibles frutos (Vida, c. 25). En adelante los te\u00f3ricos de la espiritualidad pondr\u00e1n las revelaciones particulares entre los epifen\u00f3menos, o sea, entre los hechos accesorios y accidentales de la experiencia m\u00ed\u00adstica, que consiste esencialmente en la contemplaci\u00f3n infusa y sus diversos grados.<\/p>\n<p>Pero, por un singular contraste, surgi\u00f3 luego una serie impresionante de grandes apariciones, que son caracter\u00ed\u00adsticas de esta \u00e9poca. Su mensaje, se dirige por medio de humildes videntes (mujeres o ni\u00f1os) a amplios sectores de la Iglesia, si no a la Iglesia entera. Tenemos as\u00ed\u00ad en el siglo xvii las apariciones del sagrado coraz\u00f3n en Paray-le-Monial; luego, en los siglos xix y xx, las apariciones marianas, de la Rue du Bac, en Par\u00ed\u00ads; de la Salette, de Lourdes, Pontmain, F\u00e1tima, Beauraing, Banneux&#8230; Es imposible enumerarlas todas. Hoy no se puede tratar de las revelaciones privadas sin referirse a esas apariciones. Porque ellas hablan, mandan, instruyen, conf\u00ed\u00adan secretos&#8230;<\/p>\n<p>5. Los criterios de discernimiento para reconocer la autenticidad o el origen divino de esta categor\u00ed\u00ada de fen\u00f3menos se han ido poco a poco codificando. El primero es de orden doctrinal, y se refiere al objeto de la revelaci\u00f3n particular, a su ortodoxia. Queda excluido que Dios pueda con, tradecir a su propia palabra, de la que la Iglesia es la int\u00e9rprete cualificada. Por tanto, se considerar\u00e1 falsa toda revelaci\u00f3n en contradicci\u00f3n con una verdad de la fe o de la moral. El segundo es de orden psicol\u00f3gico, y se refiere al sujeto: \u00bfes una persona equilibrada o con tendencias patol\u00f3gicas? El tercero atiende a los efectos o frutos espirituales producidos tanto en el sujeto como en su entorno. Y cuando se trata de revelaciones que tienen una amplia resonancia eclesial, el juicio de la Iglesia toma en consideraci\u00f3n la veridicidad y la amplitud del movimiento colectivo de oraci\u00f3n, de conversiones, de fervor verdadero que de all\u00ed\u00ad dimana, y, finalmente, los milagros que guardan una vinculaci\u00f3n manifiesta con la revelaci\u00f3n en cuesti\u00f3n.<\/p>\n<p>6. En el mecanismo -si se puede hablar as\u00ed\u00ad- de las revelaciones particulares, el psiquismo natural y la causalidad&#8217;drvina no se oponen necesariamente. Hasta fechas recientes se aceptaba generalmente la tesis de que mientras siga siendo posible una explicaci\u00f3n natural, hay que excluir el recurso a una causa sobrenatural. Pero las revelaciones particulares no son milagros en sentido estricto. No suponen forzosamente una intervenci\u00f3n especial de Dios que suspenda el juego de las leyes del,psiquismo humano. Dios puede utilizar, como medio de comunicaci\u00f3n, las posibilidades latentes en la imaginaci\u00f3n, la inteligencia, el subconsciente del sujeto. Natural desde el punto de vista de sus elementos ps\u00ed\u00adquicos, el fen\u00f3menopuede, muy bien ser sobrenatural por el impulso de la gracia operante, que pone en pr\u00e1ctica _y en movimiento unos procesos variados analizables, descriptibles y recomponibles fenomenol\u00f3gicamente por las ciencias psicol\u00f3gicas, sin que ese impulso sea cient\u00ed\u00adficamente constatable por ser de otro orden trascendente, absolutamente espiritual, de forma cine 1a pura psicolog\u00ed\u00ada, al encontrarse ante un acontecimiento que pasa por una relaci\u00f3n, no podr\u00e1 nunca afirmar que no es m\u00e1s que un simple hecho ps\u00ed\u00adquico.<\/p>\n<p>7. El asentimiento que hay que dar a las revelaciones particulares es un tema que discuten los te\u00f3logos. Hay dos opiniones. Su\u00e1rez es el principal representante de la primera (De fide disp. III sec. 10: Opera omnia, ed. Vives, t. 12,90-94). Si es cierto el origen de una revelaci\u00f3n, esa revelaci\u00f3n exige una adhesi\u00f3n de fe divina, al menos por parte del beneficiario. En efecto, el motivo de la fe es la autoridad de la palabra de Dios. Cuando est\u00e1 presente esta autoridad, sea cual fuere el objeto que atestigua, esto basta para engendrar un asentimiento de fe divina. La diferencia entre la fe divina que se dirige a la revelaci\u00f3n p\u00fablica y la que se pone en las revelaciones privadas. es puramente accidental. En el primer caso, la revelaci\u00f3n es propuesta por la Iglesia; en el segundo, directamente por Dios; pero el motivo del asentimiento es el mismo en cada caso: la autoridad de Dios revelante. En cuanto a las personas distintas del beneficiario de la revelaci\u00f3n privada, pueden igualmente y deben dar un asentimiento de fe divina si tienen las pruebas y las garant\u00ed\u00adas convenientes del hecho del origen divino de esa revelaci\u00f3n. La opini\u00f3n suateziana ha sido recogida recientemente por K. Rahner (Les r\u00e9v\u00e9lations priv\u00e9es. Quelques remarques th\u00e9ologiques, en \u00abRAM\u00bb 25 [19491509).<\/p>\n<p>La segunda opini\u00f3n es, no ya la del propio santo Tom\u00e1s, que no trat\u00f3 nunca expresamente esta cuesti\u00f3n, sino d\u00e9 la escuela tomista moderna. No niega que una revelaci\u00f3n privada pueda dar lugar a un, acto de fe divina, pero no es \u00e9se el casO en que Dios revelase a una persona algo del misterio sobrenatural de su vida \u00ed\u00adntima. En efecto, la ley divina no tiene solamente a la.palabra de Dios por motivo, sino al misterio mismo de Dios por objeto. Es adhesi\u00f3n a Dios que habla de Dios. Donde hubiere testimonio de Dios sobre un objeto extra\u00f1o a su propio misterio, no se podr\u00ed\u00ada realizar la fe divina. La escuela tomista tiende as\u00ed\u00ad a sustraer las revelaciones privadas del terreno de la fe divina, ya que estas revelaciones no tienen en general como objeto las verdades no contenidas en la revelaci\u00f3n p\u00fablica, sino que conciernen a la pr\u00e1ctica cristiana, tanto personal como social. Por tanto, el asentimiento que exigen es un asentimiento de fe humana. Se designa as\u00ed\u00ad una forma de adhesi\u00f3n que no es de cualquier estilo, sino que tiene la firmeza basada en las pruebas adquiridas por el ejercicio de nuestro sentido cr\u00ed\u00adtico, y que procede sin duda no de la evidencia cient\u00ed\u00adfica, sino de la certeza moral. Es la opini\u00f3n que defiende Y. Congar (La cr\u00e9dibilit\u00e9 des r\u00e9v\u00e9lations priv\u00e9es, en \u00abVSSup\u00bb 53 [1937] 29-43).<br \/>\n8. Al magisterio, especialmente pontificio, le pertenece pronunciar un juicio autorizado sobre las revelaciones privadas en la medida en que, como sucede frecuentemente, tienen una repercusi\u00f3n notable en la Iglesia. Cuando este juicio es positivo, se trata habitualmente de una aprobaci\u00f3n en sentido amplio. El magisterio no intenta comprometer su autoridad en la afirmaci\u00f3n positiva del hecho mismo de la revelaci\u00f3n; se contenta con permitir -por no haberse encontrado en ellas nada reprensible doctrinalmente o concretamente inoportuno- la divulgaci\u00f3n de unos relatos que se dicen revelaciones o que hablan de ellas. Esta aprobaci\u00f3n s\u00f3lo tiene el valor negativo de una especie de nihil obstat. No hay obligaci\u00f3n de creer en esos relatos. As\u00ed\u00ad se deduce de las declaraciones mismas del magisterio, cuya pr\u00e1ctica explicaba en el siglo XVIII el papa Benedicto XIV: \u00abLa aprobaci\u00f3n dada por la Iglesia a una revelaci\u00f3n privada. no es sino el permiso concedido, tras un atento examen, de dar a conocer esa revelaci\u00f3n para la instrucci\u00f3n y el bien de los fieles. A esas revelaciones, incluso aprobadas por la Iglesia&#8230;, se les puede negar el asentimiento&#8230;, con tal que sea por buenas razones y sin intenci\u00f3n de despreciarlas\u00bb (De servorum Dei beatificatione Il, 32,11).<\/p>\n<p>En algunos casos excepcionales -por ejemplo, Paray-le-Monial y Lourdes- las aprobaciones pontificias, por su repetici\u00f3n masiva y sin restricciones, parece que no pueden reducirse a la dimensi\u00f3n de un simple permiso o de un puro nihil obstat, sino que adoptan un car\u00e1cter positivo. Por eso se ha preguntado si esas aprobaciones no comprometer\u00e1n la infalibilidad del magisterio, o al menos el ejercicio en cierto modo irrecusable de su autoridad. Las respuestas son variadas. Desgraciadamente, no carecen de ambig\u00fcedad. Porque, \u00bfqu\u00e9 es lo que garantiza en esos casos el magisterio? \u00bfSolamente el valor intr\u00ed\u00adnseco de esas revelaciones, consideradas desde el punto de vista del mensaje del que son portadoras, lo cual no plantea dificultades, o bien -lo que parece guardar menos relaci\u00f3n con el magisterio- la realidad objetiva del fen\u00f3meno (visi\u00f3n, aparici\u00f3n, locuci\u00f3n) a trav\u00e9s del cual tomaron forma y se expresaron?<\/p>\n<p>9. La finalidad de las revelaciones privadas en la Iglesia no es la manifestaci\u00f3n de unas verdades doctrinales nuevas, sino una orientaci\u00f3n pr\u00e1ctica dada a la actividad humana en situaciones concretas y particulares de la vida de las personas, tomadas individual o colectivamente. Intentan \u00abguiar nuestra conducta\u00bb (Juan XXIII, en el centenario de Lourdes: \u00abAAS\u00bb51 [1958] 144). Pero cuando llaman la atenci\u00f3n sobre ciertas verdades de la doctrina cristiana, no es para a\u00f1adir algo al d\u00e9pbsito de la fe, sino para hacer penetrar su contenido de la manera m\u00e1s conveniente a la vida de caridad, o para destacar y proponer a la devoci\u00f3n de los fieles alg\u00fan aspecto poco conocido, demasiado olvidado, de ese dep\u00f3sito. En general, no son tanto afirmaciones como imperativos morales, advertencias o invitaciones. Muchas veces son una llamada a la conversi\u00f3n y a la penitencia. Constituyen siempre un impulso y un est\u00ed\u00admulo a una vida espiritual m\u00e1s seria, m\u00e1s intensa, m\u00e1s fervorosa, que tienda a hacer crecer en la fe y en el amor a Dios o a lanzarse a empresas apost\u00f3licas y caritativas. Aunque irregulares y espor\u00e1dicas, estas intervenciones constituyen en la vida de la Iglesia una funci\u00f3n estable en la medida en que se derivan del profetismo, del que dice santo Tom\u00e1s que tiene como fin dirigir las acciones humanas (S. Th., II-II, 174, 6, ad 3).<\/p>\n<p>Algunos se precipitan hacia este tipo de acontecimientos con una avidez ferviente, que puede, por lo dem\u00e1s, se\u00f1alar una necesidad leg\u00ed\u00adtima de encuentro vivo con lo divino. Otros, invocando las lecciones de la experiencia, que demuestra que es \u00e9ste un terreno f\u00e1cilmente sujeto a ilusiones, desviaciones, adulteraciones, manifiestan por reacci\u00f3n un exceso de desconfianza y de hostilidad. El buen uso de las revelaciones privadas se encuentra en la superaci\u00f3n de estas actitudes contrarias.<\/p>\n<p>BIBL.: ADN\u00c2\u00a3s P., R\u00e9v\u00e9lafions priv\u00e9es, en DS 13, 482-492; AHCh,u E., Le visioni e le rivelazioni, en AA. V V., La m\u00ed\u00adstica, fenomenolog\u00ed\u00ada e rijlession\u00e9 teologtca II, Roma 1984, 473-481; LnueennN R., Fonction et status des apparitions, en AA. V V., Vraies et fausses apparitions dans ! E glise, Par\u00ed\u00ads 1973 149-201 VOLICBN L., Les r\u00e9v\u00e9lations dqns I E&#8217;glise, Mulhouse 1961.<\/p>\n<p>P. Adn\u00e9s<\/p>\n<p>LATOURELLE &#8211; FISICHELLA, Diccionario de Teolog\u00ed\u00ada Fundamental, Paulinas, Madrid, 1992<\/p>\n<p><b>Fuente: Nuevo Diccionario de Teolog\u00eda Fundamental<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>(v. apariciones, fen\u00f3menos extraordinarios) (ESQUERDA BIFET, Juan, Diccionario de la Evangelizaci\u00f3n, BAC, Madrid, 1998) Fuente: Diccionario de Evangelizaci\u00f3n Despu\u00e9s de la venida de Cristo no hay que esperar ya ninguna revelaci\u00f3n nueva en relaci\u00f3n con la situaci\u00f3n fundamental de la humanidad respecto a la salvaci\u00f3n. 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