{"id":16498,"date":"2016-02-05T10:48:18","date_gmt":"2016-02-05T15:48:18","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/colegialid-ad\/"},"modified":"2016-02-05T10:48:18","modified_gmt":"2016-02-05T15:48:18","slug":"colegialid-ad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/colegialid-ad\/","title":{"rendered":"COLEGIALID AD"},"content":{"rendered":"<p>Este t\u00e9rmino es un substantivo abstracto que, en su sentido m\u00e1s estricto, se refiere al \u00abcolegio episcopal\u00bb del que trata el Vaticano II en el tercer cap\u00ed\u00adtulo de su Constituci\u00f3n dogm\u00e1tica sobre la Iglesia. La colegialidad indica una propiedad esencial del ministerio episcopal. La conciencia de la naturaleza y de la \u00ed\u00adndole colegial del orden episcopal estuvo presente en la Iglesia desde el principio. Uno de sus testigos m\u00e1s autorizados es san Cipriano, que afirma: \u00abEl episcopado es uno e indiviso&#8217;.. Uno solo es el episcopado del que cada obispo posee simplemente una porci\u00f3n\u00bb (De cath. Eccl. unitate, 41. La doctrina de la uni\u00f3n colegial de los obispos es una de las afirmaciones doctrinales m\u00e1s comprometidas del concilio Vaticano II. Resumiendo sus puntos fundamentales, diremos que expresa la certeza de la Iglesia de que Jesucristo, antes de dejar este mundo, mientras aseguraba su presencia en medio de los suyos hasta el fin de los tiempos, confi\u00f3 a los Doce una misi\u00f3n universal. El encargo que Cristo les confi\u00f3 permanece en el orden sagrado de los obispos y ha sido reconocido siempre por la \u00ed\u008dglesia como esencial para su estructura. Prolongando el oficio del colegio apost\u00f3lico, el cuerpo o colegio episcopal prolonga tambi\u00e9n su estructura. As\u00ed\u00ad pues, lo mismo que los ap\u00f3stoles estaban unidos entre s\u00ed\u00ad en un \u00fanico cuerpo apost\u00f3lico bajo la cabeza de Pedro, as\u00ed\u00ad tambi\u00e9n los obispos est\u00e1n unidos entre s\u00ed\u00ad en un \u00fanico cuerpo episcopal al frente del cual est\u00e1 como cabeza el obispo de Roma, sucesor de Pedro. Por eso mismo, el episcopado es tambi\u00e9n uno e indiviso y cada obispo posee personalmente, pero de forma solidaria, la savia de la ra\u00ed\u00adz apost\u00f3 lica, sin que se divida el episcopado.<\/p>\n<p>Entre las formas de manifestaci\u00f3n de  la colegialidad episcopal, el concilio Vaticano II recuerda la praxis conciliar a lo largo de los siglos y la antigua pr\u00e1ctica de convocar a varios obispos para participar en la consagraci\u00f3n de un nuevo elegido al ministerio episcopal.<\/p>\n<p>La colegialidad implica un doble orden de relaciones: entre los miembros del colegio episcopal con su cabeza y entre todos los miembros entre s\u00ed\u00ad. Estas mutuas relaciones no anulan en lo m\u00e1s m\u00ed\u00adnimo la de todos y cada uno de los obispos con el que es cabeza del colegio, sino que la presuponen como condici\u00f3n indispensable para su autenticidad. Sin embargo, tienen una dimensi\u00f3n m\u00e1s expl\u00ed\u00adcitamente horizontal en el sentido de que se manifiestan y se llevan a cabo a nivel de las Iglesias particulares con unos reflejos inevitables sobre la Iglesia universal. Se apovan, no ya simplemente sobre la base de un elemento moral o fraternal (colegialidad afectiva), sino sobre la realidad teol\u00f3gica de cada miembro del colegio: es decir, se basan en la misma realidad sacramental del orden episcopal y son su expresi\u00f3n concreta. El objeto principal del texto de la LG 23, donde se trata precisamente de las relaciones entre los obispos dentro del colegio, es la afirmaci\u00f3n de que, si debido a la unidad irrompible y sobrenatural del episcopado, el obispo est\u00e1 ciertamente llamado a ejercer su misi\u00f3n sobre la porci\u00f3n del pueblo de Dios que se le ha confiado, cada obispo est\u00e1 tambi\u00e9n obligado, \u00aben virtud de la instituci\u00f3n y precepto de Cristo, a tener por la Igl\u00e9sia universal aquella solicitud que, aunque no se ejerza por acto de jurisdicci\u00f3n, contribuye sin embargo en gran manera al desarrollo de la Iglesia universal\u00bb. El fundamento de esta obligaci\u00f3n es de nuevo la \u00ed\u00adndole colegial del episcopado. Se trata de una solicitud que tiene el car\u00e1cter de la universalidad, en cuanto que est\u00e1 llamada a cubrir toda la vida y la actividad de la Iglesia. En concreto, se trata de tutelar y de promover la unidad de fe y la disciplina com\u00fan de la Iglesia entera, de educar a los fieles en el amor a todo el Cuerpo m\u00ed\u00adstico de Cristo, especialmente a los m\u00e1s pobres, de promover todas las iniciativas propias de la Iglesia entera, en particular las  que est\u00e1n ordenadas al crecimiento de la fe. Se trata. adem\u00e1s, de una solicitud misionera, ya que cada uno de los obispos est\u00e1 obligado a colaborar con los dem\u00e1s y con el sucesor de Pedro para que el Evangelio se anuncie en todas partes. En concreto, esta vez la solicitud se manifestar\u00e1 en \u00bb socorrer con todas sus fuerzas a las misiones, va sea con operarios para la mies, ya con ayudas espirituales y materiales\u00bb, as\u00ed\u00ad como en \u00abprestar con agrado una fraterna ayuda a las otras Iglesias\u00bb. Finalmente, el texto recuerda a las antiguas Iglesias patriarcales como la forma permanente m\u00e1s antigua de la colegialidad episcopal y alude a las Conferencias episcopales, que \u00abpueden desarrollar una obra m\u00faltiple y fecunda, a fin de que el afecto colegial tenga una aplicaci\u00f3n concreta\u00bb En cuanto a la colegialidad episcopal hay que a\u00f1adir que, al tener su origen en el colegio de los Doce, es un signo de la apostolicidad de la Iglesia. Por otra parte, existe un v\u00ed\u00adnculo indisoluble entre la colegialidad episcopal y la Iglesia como misterio de comuni\u00f3n. La eclesiolog\u00ed\u00ada de comuni\u00f3n ofrece realmente el fundamento sacramental de la colegialidad, y la colegialidad \u00abes, por as\u00ed\u00ad decirlo, el aspecto ministerial exterior (podr\u00ed\u00adamos tambi\u00e9n decir. el aspecto eclesial interior) de la communio-unidad sacramental\u00bb (W Kasper). a  Una forma de colegialidad, an\u00e1loga a la episcopal y bajo una forma cualitativamente distinta, existe tambi\u00e9n a nivel de las Iglesias particulares, donde los presb\u00ed\u00adteros constituyen con su obispo un \u00fanico presbiterio (cf. LG 28; PO 7).<\/p>\n<p>  M. Semeraro<\/p>\n<p> Bibl.: Y Congar, El episcopado y la Iglesia  universal, Verbo Divino, Estella 1966; E. Corecco, Sinodalidad, en NDT 1644-1673;  A. Ant\u00f3n, Eclesiologia posconciliar, en R tad. Podr\u00ed\u00ada  Latourelle (ed.), Vaticano II Balance y perspectivas, S\u00ed\u00adgueme, Salamanca 1989, 275- , Udades distintas de ejercicio (personal 294.<\/p>\n<p>PACOMIO, Luciano [et al.], Diccionario Teol\u00f3gico Enciclop\u00e9dico, Verbo Divino, Navarra, 1995<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario Teol\u00f3gico Enciclop\u00e9dico<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Este t\u00e9rmino es un substantivo abstracto que, en su sentido m\u00e1s estricto, se refiere al \u00abcolegio episcopal\u00bb del que trata el Vaticano II en el tercer cap\u00ed\u00adtulo de su Constituci\u00f3n dogm\u00e1tica sobre la Iglesia. La colegialidad indica una propiedad esencial del ministerio episcopal. 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