{"id":16970,"date":"2016-02-05T11:03:37","date_gmt":"2016-02-05T16:03:37","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/carismas-y-ministerios\/"},"modified":"2016-02-05T11:03:37","modified_gmt":"2016-02-05T16:03:37","slug":"carismas-y-ministerios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/carismas-y-ministerios\/","title":{"rendered":"CARISMAS Y MINISTERIOS"},"content":{"rendered":"<p>SUMARIO: I. Carismas: 1. Terminolog\u00ed\u00ada y uso ling\u00fc\u00ed\u00adstico; 2. Significado sociol\u00f3gico; 3. Utilizaci\u00f3n teol\u00f3gica. II. Ministerios: 1. Terminolog\u00ed\u00ada y contenido; 2. Ministerios ordenados; 3. Ministerios laicales. III. Relaci\u00f3n entre carismas y ministerios: 1. En una Iglesia comuni\u00f3n, guiada por el Esp\u00ed\u00adritu; 2. En el desempe\u00f1o de las tareas catequ\u00e9ticas.<\/p>\n<p>En su aparente simplicidad, la conjunci\u00f3n y entre carismas y ministerios establece una relaci\u00f3n mutua de ambos t\u00e9rminos; su articulaci\u00f3n rec\u00ed\u00adproca resulta, sin embargo, compleja en la situaci\u00f3n actual de las distintas comunidades eclesiales. De esta complejidad forman parte la plurivalencia sem\u00e1ntica de los mismos t\u00e9rminos empleados, su utilizaci\u00f3n en el lenguaje teol\u00f3gico-jur\u00ed\u00addico y en el lenguaje ordinario, los presupuestos eclesiol\u00f3gicos en los que se inserta su articulaci\u00f3n y las necesidades pastorales de la misi\u00f3n y de la evangelizaci\u00f3n, tanto en las nuevas Iglesias como en las de vieja raigambre. Partiendo del Vaticano II (1965), se tendr\u00e1n en cuenta los desarrollos posconciliares, con especial atenci\u00f3n a lo dicho en el C\u00f3digo de Derecho can\u00f3nico (CIC 1983), en el Catecismo de la Iglesia cat\u00f3lica (CCE 1992) y en el reciente Directorio general para la catequesis (DGC 1997). Lo que se pretende es exponer sucintamente la realidad plural de carismas (I) y ministerios (II) en sus coordenadas teol\u00f3gicas, as\u00ed\u00ad como su armonizaci\u00f3n eclesial en la perspectiva de las tareas catequ\u00e9ticas (III).<\/p>\n<p>I. Carismas<br \/>\n1. TERMINOLOG\u00ed\u008dA Y USO LING\u00dc\u00ed\u008dSTICO. a) Nuevo Testamento griego: La palabra carisma es la transcripci\u00f3n del t\u00e9rmino griego charisma, muy raro en los textos anteriores al Nuevo Testamento (cf Si 7,33; 38,30); en el Nuevo Testamento est\u00e1 presente en 17 ocasiones, todas ellas, a excepci\u00f3n de lPe 4,10s., pertenecientes a san Pablo, y a las cartas pastorales (Rom 1,11; 5,15-16; 6,23; 11,29; 12,6; 1Cor 1,7; 7,7; 12,4.9.28.30-31; 2Cor 1,11; 1Tim 4,14; 2Tim 1,6). En griego, charisma es sustantivo verbal de chariseszai (mostrarse generoso, gratificante), est\u00e1 relacionado con charis (don, gracia), y mediante el sufijo -ma indica \u00abel resultado de una acci\u00f3n entendida como charis (don, gracia), sin distinguirse siempre netamente de esta palabra\u00bb (Conzelmann) 1.<\/p>\n<p>b) La Vulgata latina. La Vulgata solamente transcribi\u00f3 el t\u00e9rmino en 1Cor 12,31 (charismata), llevando a cabo una traducci\u00f3n en los dem\u00e1s casos, si bien de manera diversa: gratia (Rom 5,16; 6,23; lCor 1,7; 12,4.9.28.30; 1Tim 4,14; 2Tim 1,6; lPe 4,10), donum (Rom 5,15; 11,29; lCor 7,7), donatio (2Cor 1,11). La Nueva Vulgata (1979) se aparta de la precedente en el caso de Rom 6,23 (donum), conserva charismata en lCor 12,31, gratia en Rom 1,11; 5,16; lCor 12,4 y donatio en 2Cor 1,11, traduciendo con este mismo t\u00e9rmino todos los restantes pasos.<\/p>\n<p>c) Historia de la teolog\u00ed\u00ada. Remitiendo a estudios m\u00e1s detallados2, puede decirse que la introducci\u00f3n del t\u00e9rmino carisma en la teolog\u00ed\u00ada latina constituye una transcripci\u00f3n y no a\u00f1ade significados distintos de los que ten\u00ed\u00ada en su uso griego. Durante mucho tiempo se utiliz\u00f3 de manera reducida (santo Tom\u00e1s establece su comprensi\u00f3n como gratia gratis data, para distinguirlo de la gracia santificante [Sum. Theol. III 8111 al]). A comienzos del siglo XVII se abre paso su progresiva utilizaci\u00f3n t\u00e9cnica. Pero con el paso del tiempo se producir\u00e1 un desplazamiento de su origen b\u00ed\u00adblico-teol\u00f3gico hacia la utilizaci\u00f3n sociol\u00f3gica (cf infra M. Weber). Las interferencias mutuas se reflejan en gran parte del lenguaje ordinario contempor\u00e1neo.<br \/>\nd) Vaticano II. Aunque la acci\u00f3n del Esp\u00ed\u00adritu Santo se menciona repetidamente en sus textos, no es muy frecuente el uso del sustantivo carisma o del adjetivo carism\u00e1tico para designarla3 : LG 11 (cita de lCor 7,7), 12 (dones o gracias especiales, carismas excelsos o sencillos), 25 (carisma de infalibilidad), 30 (carisma de los fieles laicos), 50 (carismas de los santos); DV 8 (carisma cierto de la verdad); AA 3 (carismas tambi\u00e9n de los m\u00e1s sencillos), 30 (carismas para el bien com\u00fan); AG 23 (cf lCor 12,1), 28 (carisma y ministerio, cf 1 Cor 12,11); PO 4 (carisma de los predicadores), 9 (carismas multiformes de los laicos); LG 4 (dones jer\u00e1rquicos y carism\u00e1ticos), 7 (ap\u00f3stoles y carism\u00e1ticos, cf lCor 14); AG 4 (dones jer\u00e1rquicos y carismas). As\u00ed\u00ad, junto a textos en los que se hacen observaciones que presuponen conocido su significado, hay otros que expresan la valoraci\u00f3n conciliar de los carismas en la Iglesia.<\/p>\n<p>e) El C\u00f3digo de Derecho can\u00f3nico (CIC 1983). En su redacci\u00f3n definitiva no contiene referencia alguna a los carismas, de los que s\u00ed\u00ad se hablaba a\u00fan en el proyecto de 1982. En el texto vigente se han sustituido por indicaciones generales sobre la acci\u00f3n del Esp\u00ed\u00adritu Santo. Quiz\u00e1 la falta de un concepto preciso y universalmente aceptado de carisma en el lenguaje teol\u00f3gico, junto al miedo de alimentar la contraposici\u00f3n entre carisma y norma can\u00f3nica, ha impedido al legislador su uso en la nueva codificaci\u00f3n. Especialistas en la materia lamentan esta ausencia como un d\u00e9ficit pneumatol\u00f3gico, si bien creen que no ha desaparecido por completo el principio carism\u00e1tico 4.<\/p>\n<p>f) El Catecismo de la Iglesia cat\u00f3lica (CCE 1992). Tambi\u00e9n aqu\u00ed\u00ad el t\u00e9rmino carisma es objeto de un uso m\u00e1s bien limitado. En ocasiones se trata de citas del Vaticano II o de otros documentos magisteriales: el carisma de la verdad, propio de los obispos, (94, cf DV 8); m\u00faltiples gracias especiales, llamadas carismas, abiertas a todos (798, cf LG 12; AA 3); seg\u00fan los carismas que el Se\u00f1or quiera conceder a los fieles (910, cf EN 73). Otras veces hace una aplicaci\u00f3n del mismo a realidades muy precisas: se trata del carisma de infalibilidad, otorgado a los pastores (890, 2035); de los carismas ofrecidos a cada una de las v\u00ed\u00adrgenes consagradas (924); del carisma de la vida consagrada, propio de religiosos y religiosas (1175), del carisma especial de curaci\u00f3n (1508), del carisma personal de un testigo del amor de Dios hacia los hombres (2684). Pero el CCE ofrece tambi\u00e9n como peculiaridad un tratamiento expl\u00ed\u00adcito de los carismas en los nn. 799-801: presenta una definici\u00f3n de los mismos, diciendo que \u00abson gracias del Esp\u00ed\u00adritu Santo, que tienen, directa o indirectamente, una utilidad eclesial; los carismas est\u00e1n ordenados a la edificaci\u00f3n de la Iglesia, al bien de los hombres y a las necesidades del mundo\u00bb (799; cf en este sentido los nn. 688, 951, comuni\u00f3n de los carismas, y 2003, gracias especiales ordenadas a la gracia santificante); el CCE indica tambi\u00e9n la actitud con la que han de ser acogidos (\u00abcon reconocimiento, como maravillosa riqueza de gracia) y ejercidos (seg\u00fan la caridad, verdadera medida de los carismas [800]), e insiste en la necesidad del discernimiento (referencia al papel de los pastores y complementariedad de los diversos carismas [801]).<\/p>\n<p>g) El Directorio general para la catequesis (DGC 1997). Dentro de un uso reducido, se emplea en distintos contextos de inter\u00e9s catequ\u00e9tico: para indicar el carisma de la verdad, propio del magisterio y de los obispos (44, 222; cf DV 10,8); para la diversidad de carismas en funci\u00f3n de las distintas responsabilidades (216); para poner en conexi\u00f3n los diversos m\u00e9todos catequ\u00e9ticos con los numerosos carismas de servicio a la palabra de Dios (148); como t\u00e9rmino aplicado con propiedad a los fundadores de \u00f3rdenes religiosas (229) o a las peculiaridades de asociaciones o movimientos (262), a fin de distinguirlos del ministerio ordenado y de los servicios (224), y para aplicarlo especialmente a la funci\u00f3n del catequista (156).<\/p>\n<p>Resultado: carisma es la transcripci\u00f3n de un t\u00e9rmino (charisma), que en el griego b\u00ed\u00adblico paulino encierra una gama de significados diferentes, presentes tambi\u00e9n actualmente. Su utilizaci\u00f3n en sentido t\u00e9cnico ha sido resultado del lenguaje teol\u00f3gico posterior. Pero tampoco en nuestros d\u00ed\u00adas hay unanimidad respecto al mismo. Con frecuencia necesita ser traducido y no es correcto transcribir siempre el t\u00e9rmino carisma, con las connotaciones actuales, en todos los lugares b\u00ed\u00adblicos donde aparece en griego. No en vano el t\u00e9rmino se ve afectado por la evoluci\u00f3n sem\u00e1ntica y por los desplazamientos en su utilizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. SIGNIFICADO SOCIOL\u00ed\u201cGICO. Enlazando con el uso paulino del t\u00e9rmino, e inspir\u00e1ndose tambi\u00e9n en los trabajos de dos autores protestantes, los del jurista e historiador del derecho, R. Sohm, sobre la organizaci\u00f3n social del cristianismo primitivo, y los del te\u00f3logo e historiador de la Iglesia, K. Holl, sobre el monacato griego5, M. Weber introdujo el t\u00e9rmino carisma en la moderna sociolog\u00ed\u00ada de la religi\u00f3n, entendi\u00e9ndolo as\u00ed\u00ad: \u00abuna cualidad&#8230; que se estima extraordinaria&#8230; de una personalidad, por cuyo motivo a esta se la valora como dotada de fuerzas o propiedades sobrenaturales o sobrehumanas, o al menos espec\u00ed\u00adficamente extracotidianas, no accesibles a cualquier otra persona, o bien se la estima como enviado de Dios o como modelo y, por tanto, como caudillo (F\u00fchrer)\u00bb6. De esta manera, el concepto de carisma se formaliza (cualidad extraordinaria), se generaliza (aplicable a diversos fen\u00f3menos religiosos) y permite hablar de un poder o de una autoridad carism\u00e1tica (cualidades personales no comunes), al lado de la autoridad legal (en raz\u00f3n del derecho) y tradicional (en virtud de la transmisi\u00f3n).<\/p>\n<p>Pero no solamente queda desvinculado de su contexto b\u00ed\u00adblico originario. Constituido en concepto aut\u00f3nomo, propio de las teor\u00ed\u00adas sociol\u00f3gicas, se proyecta a su vez sobre las realidades eclesiales, sobre todo de tipo institucional, dando origen a una tensi\u00f3n entre concepto teol\u00f3gico y concepto sociol\u00f3gico de carisma (realidades no homologables)7. Weber se interes\u00f3 especialmente por el carisma de las personalidades (fundadores de religiones, revolucionarios, pol\u00ed\u00adticos), el carisma in statu nascendi. Pero tambi\u00e9n se ocup\u00f3 de su normalizaci\u00f3n cotidiana y de su institucionalizaci\u00f3n. Y aqu\u00ed\u00ad elabor\u00f3 el concepto de carisma ministerial (Amtscharisma): el carisma ya no aparece vinculado a la persona, sino al ministerio (officium), al elemento institucional; queda objetivado. Ejemplo emblem\u00e1tico de esta institucionalizaci\u00f3n del carisma es para Weber el ministerio sacerdotal de la Iglesia cat\u00f3lica. Nos encontramos, pues, ante implicaciones rec\u00ed\u00adprocas entre perspectiva sociol\u00f3gica y teol\u00f3gica, que pueden contribuir, seg\u00fan los casos, a esclarecer o a complicar la comprensi\u00f3n de los carismas y de su relaci\u00f3n con los ministerios. Sobre todo porque, en el lenguaje cotidiano, carisma se ha convertido en sin\u00f3nimo de espontaneidad y libre inspiraci\u00f3n, algo imprevisible, al margen de cualquier v\u00ed\u00adnculo, irracional, sin sistema ni organizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. UTILIZACI\u00ed\u201cN TEOL\u00ed\u201cGICA. La exposici\u00f3n previa ha puesto ya de manifiesto la distancia que separa el significado de carisma en la teolog\u00ed\u00ada paulina y las connotaciones adquiridas progresivamente en el lenguaje teol\u00f3gico8. De entre estas se destacan aqu\u00ed\u00ad las que pueden tener mayor incidencia en la comprensi\u00f3n de los ministerios. El carisma es un don generoso que tiene su origen \u00faltimo en Dios (con frecuencia se hace referencia al Esp\u00ed\u00adritu Santo) y que no resulta homologable sin m\u00e1s con las capacidades o habilidades naturales (aunque l\u00f3gicamente se inserte en ellas). Dios lo otorga individualmente, siendo su car\u00e1cter extraordinario u ordinario uno de los motivos centrales de la discusi\u00f3n intrateol\u00f3gica en el Vaticano II: si se acent\u00faa su \u00ed\u00adndole excepcional, entonces los carismas son raros; si se comprenden como gracias de todo tipo, cada cristiano puede estar dotado de carismas en su vida diaria9. LG 12 considera los carismas \u00abgracias especiales\u00bb y AA 3 \u00abdones peculiares\u00bb (es decir, no toda gracia es considerada carisma), que, sin embargo, se hallan distribuidos entre todos los fieles, pues hay carismas excelsos y carismas m\u00e1s sencillos y m\u00e1s extendidos (carisma sive clarissima, sive etiam simpliciora et latius diffusa [LG 12]).<\/p>\n<p>Los carismas han de recibirse de manera positiva, con agradecimiento; no justifican expectativas temerarias ni presuntuosas; est\u00e1n sometidos al discernimiento de quienes presiden la Iglesia (tarea peculiar suya es \u00abno apagar el Esp\u00ed\u00adritu\u00bb [LG 12; AA 31), y han de ser ejercitados para el bien de los hombres, la renovaci\u00f3n y la edificaci\u00f3n de la Iglesia (LG 12; AA 3). Su utilidad constituye otro punto de discusi\u00f3n intrateol\u00f3gica. El Vaticano II ha mantenido la comprensi\u00f3n de santo Tom\u00e1s (Sum. Theol. I II q 111 al), quien prolongaba el \u00abpara utilidad\u00bb de 1 Cor 12,7 con la a\u00f1adidura \u00abes decir, de los dem\u00e1s\u00bb (scilicet aliorum), ausente del texto paulino. Sin embargo, no puede excluirse que la utilidad de los carismas tenga tambi\u00e9n que ver con el aprovechamiento personal de quien los posee (lo cual influir\u00e1 sin duda positivamente en la comunidad), y no s\u00f3lo con su utilidad eclesial en favor de los dem\u00e1s. En este \u00e1mbito se ha de plantear la relaci\u00f3n entre carismas y ministerios, que ser\u00e1 expuesta m\u00e1s adelante.<\/p>\n<p>II. Ministerios<br \/>\n1. TERMINOLOG\u00ed\u008dA Y CONTENIDO. El t\u00e9rmino ministerio se usa ampliamente para designar tareas, funciones, servicios o poderes en el interior de aquellas realidades sociales que aspiran a una cierta permanencia y estabilidad. No es, en este sentido, algo exclusivo del lenguaje eclesial teol\u00f3gico. Pero en la medida en que la Iglesia constituye una realidad peculiar (pueblo de Dios, comuni\u00f3n), adquiere en ella caracter\u00ed\u00adsticas especiales. Originariamente significa servicio (diakon\u00ed\u00ada, ministerium) y encuentra su realizaci\u00f3n emblem\u00e1tica en el ministerio de Cristo, servidor por excelencia de los designios salv\u00ed\u00adficos de Dios Padre (cf Mc 10,45; Mt 20,28; He 1,17; 6,4; Rom 11,13; 2Cor 4,1); esta actitud impregnar\u00e1 tambi\u00e9n, en consecuencia, el conjunto de la misi\u00f3n apost\u00f3lica como cooperaci\u00f3n a la salvaci\u00f3n divina (cf lCor 4,1; 2Cor 5,18ss.; He 1,25; 6,4; 20,24; Col 1,7). Conservando en su ra\u00ed\u00adz este significado originario de servicio, que siempre mantuvo en las diversas vicisitudes de la historia cristiana, el t\u00e9rmino ha conocido una gran difusi\u00f3n en la \u00e9poca posconciliar, siendo perceptible como una doble direcci\u00f3n: por una parte, su uso en un sentido englobante, gen\u00e9rico o polivalente; por otra parte, su empleo en un sentido m\u00e1s delimitado y preciso. Tomemos como referencia ejemplificativa los recientes CIC, CCE y DGC.<\/p>\n<p>&#8211; El CIC (1983), que utiliza el t\u00e9rmino ministro (minister) en 71 ocasiones, para referirse bien al titular de una funci\u00f3n lit\u00fargica, bien al que ha recibido la ordenaci\u00f3n, bien a un ministro no cat\u00f3lico, hace un uso del t\u00e9rmino ministerio (ministerium) para designar el ministerio de Cristo (canon 519), el de la Iglesia (618, 654, 1025.2), el de un laico instituido (230.1, 1035.1, 1050.3), el de un cl\u00e9rigo ordenado (245.1, 252.1, 255, 324.2, 499, 506.1, 509.2, 545.2, 548.2, 553.2, 559, 899.1, 1041.1\u00c2\u00b0, 1051.1, 1740) o para expresar el sentido general de servicio, funci\u00f3n jur\u00ed\u00addica (41) o judicial (1481.1, 1502, 1634.1).<\/p>\n<p>&#8211; En el CCE (1992) se habla de ministerios a prop\u00f3sito de Jes\u00fas (574, 858) o de Cristo (2600), del evangelio (2636), de la Iglesia (1684), del ministerio de los ap\u00f3stoles (553, 858), de los ministerios diversificados y plurales (873, 2004, 2039), del ministerio de la catequesis y de la palabra (9, 24, 132), de ciertos ministerios eclesiales que no requieren un sacramento espec\u00ed\u00adfico (1668); pero se aplica mayoritaria y especialmente al ministerio eclesial, ordenado, apost\u00f3lico, pastoral o sacerdotal, en sus diversos grados (episcopado, presbiterado, diaconado) y en sus distintas tareas (830, 874-896, 1088, 1120, 1142, 1175, 1367, 1442, 1461, 1536-1589).<\/p>\n<p>&#8211; El DGC (1997) usa el t\u00e9rmino aplicado a Jes\u00fas (163), a la tarea evangelizadora de la Iglesia (287), a la acci\u00f3n educativa de los padres (227; cf FC 38; CT 68), al ministerio ordenado de obispos (222, 284) y presb\u00ed\u00adteros (224), al ministerio de Pedro (270); pero especialmente aplicado a la tarea catequ\u00e9tica (9, 13, 59, 216, 219, 222, 231, 233) y al ministerio de la Palabra (9, 35, 50-52, 57, 61, 64, 69, 71, 73, 77, 82, 93, 97, 108, 121, 127, 257, 260, 272, 280).<\/p>\n<p>A su vez, sobre todo en la terminolog\u00ed\u00ada teol\u00f3gico-can\u00f3nica, se percibe el deseo y la b\u00fasqueda de un sentido m\u00e1s preciso y delimitado, en el que ministerium (ministerio) se distinga de munus (tarea) y de officium (oficio)10. No puede decirse que la cuesti\u00f3n terminol\u00f3gica haya encontrado por ahora una soluci\u00f3n satisfactoria para todos; a la dificultad contribuye tambi\u00e9n la diversidad de comprensiones teol\u00f3gicas y de acentos eclesiol\u00f3gicos. El t\u00e9rmino se aplica, en primer lugar, a las tareas y oficios que exigen como requisito previo la ordenaci\u00f3n sacramental; as\u00ed\u00ad se habla de ministerios ordenados (episcopado, presbiterado y diaconado). Pero el t\u00e9rmino se emplea tambi\u00e9n aplicado a las tareas y oficios que pueden ser ejercidos por bautizados, sin la necesidad previa del sacramento del orden. La terminolog\u00ed\u00ada, en este segundo caso, se presta a m\u00e1s fluctuaciones: desde el lenguaje sobre una Iglesia enteramente ministerial 11 (es decir, de servicio), hasta expresiones como nuevos ministerios, ministerios no ordenados, ministerios bautismales, ministerios laicales, ministerios confiados a laicos (que, sin embargo, tambi\u00e9n son o pueden ser ejercidos por ordenados), entre los cuales, a su vez, se distinguen ministerios instituidos, ministerios reconocidos y simples servicios. No puede negarse, ulteriormente, que en este campo se da no s\u00f3lo una gran diversidad, sino tambi\u00e9n, a veces, una cierta confusi\u00f3n terminol\u00f3gica a la hora de designar concretamente a las personas bautizadas que ejercen dichos ministerios (agentes o asistentes de pastoral, colaboradores o coordinadores pastorales, dirigentes de comunidades, laicos en responsabilidad pastoral&#8230;) 12.<\/p>\n<p>Al tratarse de una situaci\u00f3n en gran parte nueva, se requerir\u00e1 tiempo hasta lograr determinadas clarificaciones. Las cuestiones terminol\u00f3gicas, por s\u00ed\u00ad solas, no son las m\u00e1s importantes. Pero pueden ser de ayuda para solventar algunas dificultades.<\/p>\n<p>2. MINISTERIOS ORDENADOS. a) Comprensi\u00f3n teol\u00f3gico-eclesial. La misi\u00f3n de Jesucristo y el env\u00ed\u00ado o misi\u00f3n apost\u00f3lica de los doce constituyen el fundamento b\u00ed\u00adblico de los ministerios ordenados, el modelo originario de referencia, su n\u00facleo vinculante. Lo que no significa una fijaci\u00f3n normativa de los elementos circunstanciales e hist\u00f3ricos. Entre las l\u00ed\u00adneas b\u00e1sicas de su comprensi\u00f3n teol\u00f3gica y eclesial merecen destacarse:<br \/>\n&#8211; La sacramentalidad 13: elemento integrante de la tradici\u00f3n teol\u00f3gico-dogm\u00e1tica sobre el ministerio ordenado (cf Trento y Vaticano II), este hecho implica su radicaci\u00f3n \u00faltima en el misterio de Dios. Es decir, se trata de una realidad fundamentada en el acontecimiento Jesucristo y en el don del Esp\u00ed\u00adritu Santo, algo de origen divino. Con ello se va m\u00e1s all\u00e1 de una concepci\u00f3n meramente funcionalista (utilidad) y horizontal (creaci\u00f3n humana). Pero sobre todo, se ubica al ministro ordenado en el lugar que le corresponde: actuar no en nombre propio, sino haciendo presente a Cristo, cabeza y pastor de la Iglesia (in persona Christi capitis). De esta manera, en cuanto servidor transparente de una salvaci\u00f3n que no es \u00e9l mismo ni de \u00e9l procede, visibiliza la alteridad de Dios y de su poder salv\u00ed\u00adfico.<\/p>\n<p>&#8211; La radicaci\u00f3n eclesial. La dimensi\u00f3n se ha recuperado con fuerza en la \u00e9poca posconciliar y lleva consigo la superaci\u00f3n de un individualismo deficiente, en el que la ordenaci\u00f3n parec\u00ed\u00ada otorgar una potestad de la que hacer uso y abuso, de forma aut\u00f3noma, al margen de su matriz y de su finalidad eclesial. Pero sobre todo ha contribuido a colocar al ministro ordenado en el contexto eclesial-comunitario, donde encuentra su raz\u00f3n de ser: en igualdad radical y solidaria con los dem\u00e1s bautizados, para facilitar el ejercicio del sacerdocio com\u00fan, desempe\u00f1ando las tareas que le son propias y espec\u00ed\u00adficas. Al ministerio ordenado le es inherente una dimensi\u00f3n comunitaria y eclesial por constituir tambi\u00e9n una actuaci\u00f3n in persona Ecclesiae14.<\/p>\n<p>&#8211; La inserci\u00f3n secular. Esta se refiere no al simple ser en el mundo, que va parejo con el existir humano y con la l\u00f3gica cristiana de la encarnaci\u00f3n, sino al modo espec\u00ed\u00adfico en que este ser en el mundo queda configurado por la ordenaci\u00f3n sacramental. En una reciprocidad asim\u00e9trica, ya que tambi\u00e9n la configuraci\u00f3n concreta y cambiante del mundo incide en la inserci\u00f3n secular de quien ha sido ordenado. Para ello Jes\u00fas de Nazaret constituye la referencia decisiva. En \u00e9l la presencia divina en el mundo se ha hecho tan radical que la carne de Dios ha devenido el quicio de la salvaci\u00f3n. Por ello, el ministerio ordenado en cuanto realidad sacramental aparecer\u00e1 descentrado de s\u00ed\u00ad mismo y centrado sobre el mundo, siguiendo el dinamismo del Esp\u00ed\u00adritu divino. Precisar en la teolog\u00ed\u00ada y en la praxis esta inserci\u00f3n secular sigue siendo, no obstante, una tarea en gran parte pendiente 15.<\/p>\n<p>&#8211; La perspectiva ecum\u00e9nica. Los diversos documentos del di\u00e1logo interconfesional16 confirman c\u00f3mo se ha convertido en tema de inter\u00e9s com\u00fan algo que fue motivo de enfrentamientos y divisiones. El camino recorrido no ha sido peque\u00f1o. Puede hablarse de un acuerdo casi completo con la Iglesia oriental ortodoxa (excepci\u00f3n hecha de algunos puntos relativos a su eclesiolog\u00ed\u00ada eucar\u00ed\u00adstica y a la configuraci\u00f3n del ministerio de los sucesores de Pedro). Tambi\u00e9n se ha avanzado en el di\u00e1logo con los anglicanos, abordando expl\u00ed\u00adcitamente la validez de sus ordenaciones; las dificultades que permanecen est\u00e1n relacionadas con el problema de la autoridad en la Iglesia y con la reciente ordenaci\u00f3n de mujeres para el ministerio presbiteral y episcopal. Las divergencias con las Iglesias protestantes son mayores, ya que afectan a la comprensi\u00f3n sacramental del ministerio, a la teolog\u00ed\u00ada y configuraci\u00f3n del episcopado y a la incidencia que el principio de la justificaci\u00f3n por la sola fe tiene en las cuestiones eclesiol\u00f3gicas. Pero tambi\u00e9n aqu\u00ed\u00ad se han dado pasos importantes. A pesar de las dificultades a\u00fan vigentes, hoy d\u00ed\u00ada se impone elaborar la teolog\u00ed\u00ada del ministerio ordenado en perspectiva ecum\u00e9nica 17.<\/p>\n<p>b) Obispos, presb\u00ed\u00adteros y di\u00e1conos. Siendo uno, el ministerio ordenado se desglosa en tres grados:<br \/>\n&#8211; Episcopado. El Vaticano II promulg\u00f3 un decreto (Christus Dominus [CD]) sobre el oficio pastoral de los obispos y supuso, adem\u00e1s, un avance doctrinal, al decantarse claramente por la sacramentalidad del episcopado (LG 21) y recuperar la importancia de la colegialidad episcopal en una eclesiolog\u00ed\u00ada de comuni\u00f3n (LG 22s). La instituci\u00f3n de las conferencias episcopales (CD 37s.), que contaban ya con algunos antecedentes, pretend\u00ed\u00ada traducir en la pr\u00e1ctica los principios conciliares. El motu proprio Ecclesiae sanctae (1966), de Pablo VI, prescribi\u00f3 que se constituyeran donde a\u00fan no exist\u00ed\u00adan y en el Directorio de los obispos (1973) son valoradas como aplicaci\u00f3n concreta del afecto colegial18. La normativa espec\u00ed\u00adfica que regula su erecci\u00f3n, composici\u00f3n y funcionamiento, su finalidad y sus competencias, queda recogida en el CIC de 1983 (447-459). Por su parte, en el s\u00ed\u00adnodo extraordinario de los obispos de 1985, al mismo tiempo que se reconoc\u00ed\u00ada su utilidad pastoral y su necesidad, se ped\u00ed\u00ada que se explicitase con mayor amplitud y profundidad su estatuto teol\u00f3gico y jur\u00ed\u00addico. La responsabilidad personal de cada obispo para con su Iglesia particular, la participaci\u00f3n en la responsabilidad com\u00fan de todos los obispos y la autoridad doctrinal de las conferencias episcopales eran los principales puntos necesitados de explicitaci\u00f3n respecto a una instituci\u00f3n eclesiol\u00f3gica establecida pr\u00e1cticamente en toda la Iglesia19<br \/>\nDespu\u00e9s de varios a\u00f1os de intensas discusiones teol\u00f3gicas, con reacciones mayoritariamente cr\u00ed\u00adticas a los primeros proyectos y al Instrumentum laboris por parte de los episcopados, ha visto la luz el motu proprio de Juan Pablo II, Apostolos suos (1998), en el que se explicitan los principios teol\u00f3gicos y jur\u00ed\u00addicos de las conferencias episcopales y se concreta la nueva normativa que debe entrar en vigor a partir de ahora20.<\/p>\n<p>&#8211; Presbiterado. Tambi\u00e9n la figura del presb\u00ed\u00adtero encontr\u00f3 su lugar en el Vaticano II (cf LG 28, PO y OT). Sin embargo, en el inmediato posconcilio se difundi\u00f3 la impresi\u00f3n de no haber recibido un tratamiento adecuado, en comparaci\u00f3n con el otorgado a obispos y laicos. El estallido de una crisis de identidad, cuyos ecos y efectos no han desaparecido del todo, alcanz\u00f3 no s\u00f3lo a muchos presb\u00ed\u00adteros en su existencia concreta, sino tambi\u00e9n a su comprensi\u00f3n teol\u00f3gica y eclesial. A la crisis contribuyeron numerosos elementos: el deseo de superar una concepci\u00f3n retenida como demasiado sacral y ontologizante, la aplicaci\u00f3n de principios democr\u00e1ticos en su comprensi\u00f3n y ejercicio, la contraposici\u00f3n entre evangelizaci\u00f3n y sacramentalizaci\u00f3n, las propuestas para modificar la disciplina (celibato, actividades profesionales), el impacto de los profundos cambios sociales y culturales. Esta problem\u00e1tica fue abordada en varios s\u00ed\u00adnodos de obispos (1967, 1971, 1974), pero sobre todo en el de 1990, que dio como resultado la exhortaci\u00f3n apost\u00f3lica de Juan Pablo II Pastores dabo vobis (1992), seguida por el Directorio (1994) para la vida y el ministerio de los presb\u00ed\u00adteros21.<\/p>\n<p>En la \u00e9poca posconciliar se han multiplicado los trabajos sobre la teolog\u00ed\u00ada y espiritualidad presbiteral22. Pero la dificultad mayor no parece residir en este campo, sino m\u00e1s bien en las consecuencias de la reducci\u00f3n dr\u00e1stica y creciente del n\u00famero de presb\u00ed\u00adteros.<\/p>\n<p>&#8211; Diaconado. Aunque el ministerio eclesi\u00e1stico es ejercido por quienes ya desde antiguo se llaman obispos, presb\u00ed\u00adteros y di\u00e1conos (LG 28), el diaconado, que en la Iglesia de los primeros siglos desempe\u00f1\u00f3 un papel relevante, se hab\u00ed\u00ada convertido, de hecho, en una etapa transitoria hacia el presbiterado. Su restablecimiento como grado propio y permanente de la jerarqu\u00ed\u00ada constituy\u00f3 una gran innovaci\u00f3n del Vaticano II, cuya realizaci\u00f3n dej\u00f3 en manos de las distintas conferencias episcopales (LG 29; cf tambi\u00e9n 20, 41; SC 35, 86; CD 15; DV 25; AG 15, 16; OE 17). Las reglas generales para su restauraci\u00f3n en la Iglesia latina fueron establecidas por Pablo VI en la carta apost\u00f3lica Sacrum diaconatus ordinem (1967), a la que sigui\u00f3 la aprobaci\u00f3n del nuevo rito de ordenaci\u00f3n (1968) y las precisiones establecidas en la carta apost\u00f3lica Ad pascendum (1972) para la admisi\u00f3n y ordenaci\u00f3n de candidatos23<br \/>\nEn el CIC (1983) se recogen los elementos esenciales de la normativa en vigor para los di\u00e1conos permanentes en la Iglesia latina (236, 276, 281, 288, 1031, 1032, 1035, 1037, 1042, 1050). Recientemente se ha publicado una Ratio fundamentalis y un Directorium (1998), en los que se ofrecen las normas directrices, la legislaci\u00f3n en vigor y los principios orientativos, relativos a los di\u00e1conos permanentes24. La elaboraci\u00f3n de una teolog\u00ed\u00ada del diaconado menos fluctuante, el lugar preciso de los di\u00e1conos en el interior de una eclesiolog\u00ed\u00ada diocesana25, las necesidades concretas de su formaci\u00f3n y de su existencia, la pregunta siempre planteada sobre la ordenaci\u00f3n de mujeres al diaconado, todo ello sigue constituyendo un conjunto de cuestiones pendientes, con incidencias de relieve sobre un grupo eclesial, cuyo n\u00famero ha aumentado significativamente a lo largo de los \u00faltimos a\u00f1os26.<\/p>\n<p>3. MINISTERIOS LAICALES27. a) Desarrollo posconciliar. Est\u00e1 relacionado con la difusi\u00f3n de una nueva conciencia eclesiol\u00f3gica (redescubrimiento del sacerdocio com\u00fan, valoraci\u00f3n del laicado, corresponsabilidad y participaci\u00f3n eclesial de todos los bautizados) y con las nuevas situaciones surgidas en las diversas iglesias (la misi\u00f3n como responsabilidad com\u00fan, escasez creciente de sacerdotes, urgencia de las tareas evangelizadoras). En el lenguaje del Vaticano II no aparece el t\u00e9rmino ministerio (ministerium) aplicado a las diversas tareas laicales, pero s\u00ed\u00ad afirmaciones que son como el punto de partida: LG 33, donde los laicos aparecen aptos en orden a que \u00abla jerarqu\u00ed\u00ada los escoja para ciertas funciones (munia) eclesi\u00e1sticas orientadas a un fin espiritual\u00bb; AA 24, donde la jerarqu\u00ed\u00ada puede encomendar a los laicos \u00abalgunas funciones (munia) que est\u00e1n estrechamente unidas a las tareas (officia) de los pastores\u00bb. Son como los presupuestos para el primer uso posconciliar del t\u00e9rmino ministerio aplicado a los laicos, obra del te\u00f3logo Y. Congar28.<\/p>\n<p>Un paso adelante supuso el motu propio Ministeria quaedam (1972), de Pablo VI, sobre la reforma de las hasta entonces denominadas \u00f3rdenes menores, en el que, por una parte, se habla del lectorado y acolitado como ministerios (ministeria) confiados a laicos y, por otra parte, se autoriza a las conferencias episcopales para que instituyan nuevos ministerios como el de catequista y el de la caridad29. La exhortaci\u00f3n apost\u00f3lica Evangelii nuntiandi (1975) prosigue en esta l\u00ed\u00adnea, hablando de ministerios (ministeria) no derivados del orden sagrado, y enumerando algunos que pueden ser considerados como tales30.<\/p>\n<p>El CIC (1983) prefiere el uso de otros t\u00e9rminos, como tareas, oficios, derechos, obligaciones o actividades (munus, officium, ius, obligatio, opera) para precisar las distintas facetas de la cooperaci\u00f3n de los laicos, vinculando la condici\u00f3n laical masculina \u00fanicamente con los ministerios estables de lector y ac\u00f3lito (230, 1035, 1050); pero introduce dos novedades importantes, al admitir que los laicos puedan ser nombrados jueces de un tribunal diocesano (1421) y que puedan participar en el ejercicio de la cura pastoral de una parroquia (517).<\/p>\n<p>El s\u00ed\u00adnodo de los obispos de 1985 se hizo eco de algunas cr\u00ed\u00adticas relativas al uso indiscriminado del t\u00e9rmino ministerio, con la posible confusi\u00f3n entre sacerdocio com\u00fan y ministerial, as\u00ed\u00ad como al abuso de la suplencia, y a una posible clericalizaci\u00f3n de los laicos; tales cr\u00ed\u00adticas fueron recogidas en la exhortaci\u00f3n apost\u00f3lica Christifideles laici (1988), de Juan Pablo II, donde se habla, no obstante, de \u00abministerios, oficios y funciones de los fieles laicos\u00bb, con fundamento sacramental en el bautismo, confirmaci\u00f3n o matrimonio31. En Redemptoris missio (1990), Juan Pablo II recuerda el incremento de los ministerios (ministeria) eclesiales y extraeclesiales, con posibilidades abiertas a formas de ministerio (ministerium) bastante diversificadas32. Finalmente, el desarrollo posconciliar culmina, por ahora, con una Instrucci\u00f3n (1997) firmada por ocho dicasterios de la curia romana y aprobada en la forma espec\u00ed\u00adfica por Juan Pablo II33: tras una premisa introductoria, se recuerdan algunos principios teol\u00f3gicos y se establecen una serie de disposiciones pr\u00e1cticas relativas a la cooperaci\u00f3n de los laicos con el ministerio de los sacerdotes.<\/p>\n<p>b) Cuestiones suscitadas. La asunci\u00f3n por parte de laicos de responsabilidades pastorales que puedan ser valoradas como ministerios ha suscitado numerosas cuestiones, replanteadas de nuevo a prop\u00f3sito de la \u00faltima Instrucci\u00f3n34. Aqu\u00ed\u00ad se mencionan s\u00f3lo las dos siguientes, unidas por una misma pregunta de fondo: 1) Identidad teol\u00f3gica y ubicaci\u00f3n eclesial de los ministros ordenados. No es una pregunta artificial, sino una dificultad perceptible en la vida personal de algunos protagonistas, en el funcionamiento de diversas comunidades y en determinados planteamientos teol\u00f3gico-eclesiales. Su origen no radica principalmente en la negaci\u00f3n te\u00f3rica de una diferencia sacramental (essentia, non gradu tantum) entre sacerdocio com\u00fan y sacerdocio ministerial, si bien esta queda difuminada en algunos proyectos (donde el sacerdote queda como simple delegado de la comunidad). En la mayor parte de los casos las dificultades han surgido al hilo del funcionamiento concreto de las comunidades, de la magnitud de los nuevos desaf\u00ed\u00ados evangelizadores y de la atribuci\u00f3n a laicos de competencias nuevas. Todo ello, muy condicionado por la escasez creciente de sacerdotes, que a veces ha impuesto, por v\u00ed\u00ada f\u00e1ctica, una direcci\u00f3n no querida ni sospechada por los planteamientos conciliares (el sacerdote como el hombre del culto y de los sacramentos); escasez relacionada con las condiciones de acceso al ministerio ordenado (celibato, exclusi\u00f3n de los viri probati casados), y previsible tambi\u00e9n para un futuro inmediato. Se han producido as\u00ed\u00ad desplazamientos intracomunitarios, con la posibilidad de una estructura ministerial en parte nueva y desconocida. Nada extra\u00f1o que algunos presb\u00ed\u00adteros concretos tengan la impresi\u00f3n de no encontrar su sitio, se vean obligados a un nuevo aprendizaje de inserci\u00f3n en la comunidad y, en sinton\u00ed\u00ada con otros bautizados, juzguen necesario repensar su propia identidad teol\u00f3gico-eclesial. 2) Identidad teol\u00f3gica y ubicaci\u00f3n eclesial de los ministerios laicales. En la \u00e9poca posconciliar se ha intensificado el deseo de superar una simple descripci\u00f3n negativa de la condici\u00f3n laical (no ordenados) por un concepto mucho m\u00e1s positivo. Que de hecho aunque se haya conseguido no resulta del todo evidente. La distinci\u00f3n entre tareas seculares -en el mundo- (reservadas a laicos o seglares) y tareas ministeriales intraeclesiales (reservadas a ministros ordenados), siendo leg\u00ed\u00adtima, tropieza con serios inconvenientes en cuanto principio de delimitaci\u00f3n estricta. Por otra parte, el reconocimiento o la concesi\u00f3n a los laicos de tareas ministeriales e incluso de participaci\u00f3n directa en la cura pastoral ha suscitado la discusi\u00f3n sobre el estatuto eclesial-teol\u00f3gico de estos laicos: \u00bfsiguen siendo tales, se lleva a cabo sin quererlo una clericalizaci\u00f3n de ellos, o constituyen algo as\u00ed\u00ad como un nuevo ordo, una especie de tercer polo de referencia?35<br \/>\nAunque la mayor parte de los ministerios confiados a laicos se ejercen sin problemas, con aceptaci\u00f3n creciente y con resultados positivos para la vida cristiana y para la evangelizaci\u00f3n, hay un caso l\u00ed\u00admite de las tareas ministeriales reconocidas hasta ahora a laicos no ordenados. Se trata de las posibilidades abiertas por el CIC (1983) en su canon 517.2: el obispo diocesano tiene competencia para conceder una \u00abparticipaci\u00f3n en el ejercicio de la cura pastoral\u00bb a di\u00e1conos y a personas que no hayan recibido previamente el orden sacerdotal. Se trata de una posibilidad impensable y no integrable en el CIC de 1917; va, por tanto, m\u00e1s all\u00e1 del derecho hasta entonces vigente. Pensado en un principio para Iglesias del tercer mundo, donde la escasez de sacerdotes era un problema habitual, el carisma ha encontrado aplicaci\u00f3n tambi\u00e9n en Iglesias europeas y occidentales, si bien en una medida por ahora relativa 36. En s\u00ed\u00ad es el desarrollo ulterior de otros carismas, en los que a los no ordenados se les reconoce la posibilidad de administrar el bautismo y de asistir a los matrimonios (861.2, 1112). Y es tambi\u00e9n una de las posibilidades para remediar la penuria de sacerdotes, junto al caso de un sacerdote que tiene la cura pastoral de varias parroquias (526) o a un grupo de sacerdotes que tienen la encomienda in solidum de una o varias parroquias (517.1). La innovaci\u00f3n del canon 517.2 respecto al pasado es valorada de manera desigual por quienes lo hacen desde una perspectiva can\u00f3nica (en general bastante cr\u00ed\u00adticos con los nuevos desarrollos) y por quienes lo hacen desde una perspectiva pastoral, en sinton\u00ed\u00ada con las nuevas situaciones de la misi\u00f3n y de la evangelizaci\u00f3n (oportunidad para revitalizar y renovar el estilo de dirigir las comunidades cristianas)37.<\/p>\n<p>Permanece, en cualquier caso, como una soluci\u00f3n de emergencia, impuesta por las necesidades. Pero si esta situaci\u00f3n se convirtiera en normal, entonces habr\u00ed\u00ada que plantearse una nueva configuraci\u00f3n de la estructura ministerial, que afectar\u00ed\u00ada tanto al ministro ordenado como al laico. Por una parte, estamos ante la figura de un sacerdote, que de hecho no es p\u00e1rroco, que tampoco es el moderador del canon 517.1, que ejerce su ministerio en varias parroquias sin las obligaciones y derechos de un p\u00e1rroco, y que puede terminar apareciendo a la comunidad respectiva y a la persona o grupo que de hecho llevan la responsabilidad pastoral como un cuerpo m\u00e1s bien extra\u00f1o; se desgaja as\u00ed\u00ad el tipo de unidad tradicional entre las diversas tareas sacerdotales (palabra, sacramentos, celebraci\u00f3n eucar\u00ed\u00adstica, vida comunitaria, conocimi\u00e9nto rec\u00ed\u00adproco). Por otra parte, el laico no ordenado (o el grupo a quien se le encarga) aparece como un cuasi-p\u00e1rroco, que de hecho lleva la responsabilidad de la cura pastoral, pero que no puede hacerlo en su globalidad, porque carece de la ordenaci\u00f3n sacramental necesaria para el desempe\u00f1o de ciertas funciones (celebraci\u00f3n eucar\u00ed\u00adstica, sacramento de la penitencia). Su ministerio tiene, adem\u00e1s, un car\u00e1cter de suplencia (aunque la situaci\u00f3n de excepcionalidad se convierta en algo estable) y se ve afectado por una cierta provisionalidad (mientras dure la penuria de sacerdotes).<\/p>\n<p>El canon 517.2 representa un caso l\u00ed\u00admite, a\u00fan poco frecuente, que lleva a que algunos se pregunten por la conveniencia de ordenar sacerdotes a estos laicos. Pero los problemas que afloran en torno a \u00e9l resuenan de alguna manera en los dem\u00e1s ministerios laicales; se trata de la identidad teol\u00f3gica del laico y su ubicaci\u00f3n en el conjunto de la eclesiolog\u00ed\u00ada. Las dificultades son objetivas. Y requieren respuestas, te\u00f3ricas y pr\u00e1cticas, que constituyan un camino teol\u00f3gica, eclesial y pastoralmente acertado.<\/p>\n<p>III. Relaci\u00f3n entre carismas y ministerios<br \/>\n1. EN UNA IGLESIA COMUNI\u00ed\u201cN, GUIADA POR EL ESP\u00ed\u008dRITU. La idea de Iglesia comuni\u00f3n se ha ido convirtiendo en hilo conductor y en concepto clave de la eclesiolog\u00ed\u00ada posconciliar38. Nos remite al Dios comuni\u00f3n, Padre, Hijo y Esp\u00ed\u00adritu, como la fuente y como el modelo de la realidad eclesial; de este Dios dimana el dinamismo que hace surgir en el pueblo de Dios relaciones de reciprocidad. Todos somos radicalmente iguales en un pueblo convocado por Dios, diferentes en los dones y responsabilidades dentro del \u00fanico Cuerpo de Cristo, unidos vitalmente en el interior de esta Iglesia, que es tambi\u00e9n acontecimiento del Esp\u00ed\u00adritu Santo. Para que esta idea clave de comuni\u00f3n no se transforme en f\u00f3rmula vac\u00ed\u00ada o en invocaci\u00f3n m\u00e1gica, debe mostrar su eficacia al afrontar con realismo las tensiones, las dificultades y los desaf\u00ed\u00ados existentes. Entre ellos, la necesidad de superar te\u00f3rica y pr\u00e1cticamente una comprensi\u00f3n piramidal de la Iglesia (descenso progresivo desde la c\u00faspide hasta el \u00faltimo cristiano) y una contraposici\u00f3n dualista cl\u00e9rigos-laicos (en la que se identifica a los segundos por lo que no son), a favor de una Iglesia caracterizada por la participaci\u00f3n y por la corresponsabilidad. En esta Iglesia comuni\u00f3n no hay lugar para una contraposici\u00f3n alternativa entre carismas y ministerios. Primero, porque no se corresponde con la realidad hist\u00f3rica un supuesto modelo b\u00ed\u00adblico, que hoy se tratar\u00ed\u00ada de reproducir; como si en las comunidades paulinas se hubiera dado una sustituci\u00f3n progresiva de una organizaci\u00f3n inicial, totalmente carism\u00e1tica, m\u00e1s aut\u00e9ntica cuanto m\u00e1s primitiva, por otra organizaci\u00f3n m\u00e1s tard\u00ed\u00ada, menos originaria en raz\u00f3n de su posterioridad, en la cual el ministerio ordenado habr\u00ed\u00ada terminado absorbiendo y domesticando, es decir, anulando todos los carismas39.<\/p>\n<p>En segundo lugar, porque tampoco puede sostenerse que el ministerio ordenado nada tenga que ver con la realidad del Esp\u00ed\u00adritu40. Es tambi\u00e9n un don suyo y, por tanto, una realidad pneumatol\u00f3gica: en este sentido un carisma (1 Tim 4,14). Esto no significa identificar carismas y ministerios, ya que la distinci\u00f3n es correcta (cf LG 4; AG 4). Pero tampoco se les puede contraponer de manera excluyente. Precisamente en los textos lit\u00fargicos de ordenaci\u00f3n ministerial es donde mejor se expresa la conciencia eclesial de estar ante un don gratuito del Esp\u00ed\u00adritu, que se acoge agradecidamente.<\/p>\n<p>\u00bfPodremos hablar, entonces, de una estructura fundamental carism\u00e1tica de la Iglesia? Si con ello quiere decirse que los carismas son esenciales en ella, que una Iglesia sin carismas es una Iglesia empobrecida, que tambi\u00e9n el ministerio ha de valorarse como don de Dios y de su Esp\u00ed\u00adritu, entonces s\u00ed\u00ad podr\u00ed\u00ada emplearse la expresi\u00f3n. Pero la respuesta es negativa en el caso de que con ella se pretendieran excluir los elementos ministeriales como algo no querido ni previsto por Cristo. El ministerio apost\u00f3lico es una estructura fundamental y un elemento irrenunciable, transmitido en la Iglesia por la imposici\u00f3n de manos, en el poder del Esp\u00ed\u00adritu. Parte muy importante de su tarea consiste precisamente en ayudar a discernir los carismas y a que sean aceptados gozosamente; conformarse con afirmar que no puede apagarlos es demasiado poco.<\/p>\n<p>2. EN EL DESEMPE\u00ed\u2018O DE LAS TAREAS CATEQUETICAS. Puesto que en otro lugar hay un tratamiento expl\u00ed\u00adcito del ministerio del catequista, baste aludir aqu\u00ed\u00ad a la necesidad de imaginar la Iglesia cat\u00f3lica41 de cara al futuro en relaci\u00f3n con las tareas catequ\u00e9ticas, y recordar brevemente algunas indicaciones del DGC. Entre ellas destacan tres: el papel central otorgado a la Iglesia particular (V parte, c. I), la presentaci\u00f3n de la catequesis como responsabilidad com\u00fan de todos y la diferenciaci\u00f3n de esta, seg\u00fan condici\u00f3n personal y seg\u00fan el ministerio recibido42. Sostener que la catequesis es acci\u00f3n de toda la Iglesia particular (218, 219, n. 13) hace de esta el centro de gravedad de la catequesis, acent\u00faa su car\u00e1cter eclesial y lleva consigo la valoraci\u00f3n de la comunidad cristiana como origen, lugar y meta de la catequesis (254). De ah\u00ed\u00ad que todos sus miembros sean com\u00fanmente responsables de las tareas catequ\u00e9ticas (216, 219, 221).<\/p>\n<p>Pero al ser una responsabilidad diferenciada, cabe distinguir niveles. Destaca el papel del obispo como primer responsable de la catequesis (222s., 136), en cuanto anunciador y maestro de la fe (LG 25), dotado con el carisma cierto de la verdad (DV 8), catequista por excelencia (CT 63), que ha de ejercer su solicitud en comuni\u00f3n eclesial y colegial (76, 131, 270, 282). Los presb\u00ed\u00adteros, en cuanto educadores en la fe (PO 6), han de animar la catequesis de la comunidad cristiana, cuidando especialmente el cultivo de vocaciones para esta tarea y la formaci\u00f3n catequ\u00e9tica (224s.), en una doble direcci\u00f3n: la relacionada con los catequistas (246) y la relacionada con \u00e9l mismo (11, 246). Sobre los di\u00e1conos, el DGC se limita a enumerarlos en la lista de los que participan de la responsabilidad com\u00fan (216, 219); pero en el DGC se les recomienda que aprendan el arte de comunicar la fe al hombre moderno de manera eficaz e integral, y que presten atenci\u00f3n sol\u00ed\u00adcita a la catequesis de los fieles er\u00ed\u00ad las diversas etapas de la existencia cristiana (23s). Los padres de familia son (deber\u00ed\u00adan ser) los primeros educadores de la fe y los que introdujeran progresivamente a sus hijos en los misterios de la vida cristiana (226ss). Especial invitaci\u00f3n reciben los religiosos y religiosas para dedicar a la catequesis el m\u00e1ximo de sus capacidades, como una aportaci\u00f3n que brota de su condici\u00f3n espec\u00ed\u00adfica, y que con frecuencia responde a los carismas fundacionales, de gran impacto y vitalidad en la historia de la catequesis (228s).<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n los laicos ejercen la catequesis desde el car\u00e1cter peculiar de su inserci\u00f3n en el mundo, pero como una tarea que brota del bautismo y de la confirmaci\u00f3n (230s). En resumen, todos los carismas y ministerios, en su diversidad de gamas y de acentos, est\u00e1n llamados a tener su lugar propio en la tarea global de la evangelizaci\u00f3n y en la \u00f3ptica de una catequesis decididamente misionera.<\/p>\n<p>NOTAS: 1. Cf O. CULLMANN, La notion biblique du charisme et l&#8217;oecumenisme; W. N. WAMBACQ, Le mot \u00abcharisme\u00bb, NRTh 97 (1975) 345-355; A. VANHOYE, l carismi nel Nuovo Testamento, Roma 1986. &#8211; 2 Cf los trabajos de N. BAUMERT, Charisma und bei Paulus, en A. VANHOYE, L&#8217;Ap\u00f3tre Paul, Leuven 1986, 60-78; Zur Semantik von \u00abcharisme\u00bb bei den fr\u00fchen V\u00fctern, ThPh 63 (1988) 60-78; Zur Begriffsgeschichte von \u00abcharisme\u00bb im griechischen Sprachraum, ThPh 65 (1990) 79-100; para la teolog\u00ed\u00ada de santo Tom\u00e1s, cf P. FERN\u00ed\u0081NDEZ, Teolog\u00ed\u00ada de los carismas en la \u00abSumma Theologiae\u00bb de santo Tom\u00e1s, Ciencia tomista 105 (1978) 177-223. &#8211; 3 Cf G. RAMBALDI, Uso e significato di \u00abCarisma\u00bb nel Vaticano JI, Greg. 56 (1975) 141-162; Carismi e laicato nella Chiesa, Greg. 68 (1987) 57-111; V. GARC\u00ed\u008dA MANZANEDO, Carisma-ministerio en el concilio Vaticano II, PS, Madrid 1982; A. VANHOYE, El problema b\u00ed\u00adblico de los carismas a partir del concilio Vaticano II, en R. LATOURELLE (ed.), Vaticano II. Balances y perspectivas, S\u00ed\u00adgueme, Salamanca 1989, 295-312. &#8211; 4. As\u00ed\u00ad E. CORECCO, Istituzione e carisma in riferimento alle strutture associative, en W. AYMANS (ed.), Das konsoziative Element in der Kirche; sobre el tema, cf m\u00e1s ampliamente L. GEROSSA, Charisma und Recht, Einsiedeln 1989. &#8211; 5 Sobre historia y recepci\u00f3n del concepto, cf M. N. EBERTZ, Das Charisma des Gekreuzigten, Tubinga 1987, 15-51.-6 M. WEBER, Wirtschaft und Gesellschaft, Tubinga 1922, 140. &#8211; 7. Cf A. ZINGERLE, Institution des Ausserallt\/iglichen. Das Konzil aus der Sicht soziologischer Charisma-Theorie, en F. X. KAUFMANN-A. ZINGERLE (eds.), Vatikanum II und Modernisierung, Paderborn 1996, 189-208. &#8211; 8. Cf N. BAUMERT, Charisma, 20-28, quien constata hasta treinta connotaciones distintas en su evoluci\u00f3n sem\u00e1ntica, se muestra partidario de una regulaci\u00f3n ling\u00fc\u00ed\u00adstica y hace una propuesta: \u00abCarisma es una capacitaci\u00f3n procedente de la gracia de Dios, otorgada por Dios especialmente en cada caso (es decir, individuell und ereignishaf), para la vida y el servicio en la Iglesia y en el mundo\u00bb, 46 (trad. propia). &#8211; 9 Cf G. RAMBALDI, Carismi, 79-92. &#8211; 10 Cf A. BORRAS, Petite grammaire canonique des nouveaux minist\u00e9res, NRT 117 (1995) 240-261. &#8211; 11. Cf ASAMBLEA PLENARIA DEL EPISCOPADO FRANCES, \u00bfTodos responsables en la Iglesia? El ministerio presbiteral en la Iglesia enteramente ministerial, Santander 1975. &#8211; 12 Cf A. BORRAS, Les minist\u00e9res laics: fondements thol\u00e9giques et figures canoniques, en ID (dir.), Des largues en responsabilit\u00e9 pastorales?, Par\u00ed\u00ads 1998, 95-120. -13 Cf S. DEL CURA ELENA, La sacramentalidad del sacerdote y su espiritualidad, en COMISI\u00ed\u201cN EPISCOPAL DEL CLERO, Congreso de espiritualidad sacerdotal, Madrid 1989, 73-119. &#8211; 14 Cf G. GRESHAKE, Ser sacerdote, S\u00ed\u00adgueme, Salamanca 1995, 89-120; S. DIANICH, Teolog\u00ed\u00ada del ministerio ordenado, San Pablo, Madrid 1988. &#8211; 15 Cf F. VALERA S\u00ed\u0081NCHEZ, En medio del mundo, Atenas, Madrid 1997; S. DEL CURA ELENA, La secularidad del presb\u00ed\u00adtero desde su sacramentalidad, en COMISI\u00ed\u201cN EPISCOPAL DEL CLERO, Simposio presbiterado y secularidad, Madrid 1998. &#8211; 16 Cf A. GONZ\u00ed\u0081LEZ MONTES (ed.), Enchiridion Oecumenicum, 2 vols., S\u00ed\u00adgueme, Salamanca 1986, 1993. &#8211; 17 Cf A. MAFFEIS, Il ministeoo nella Chiesa. Uno studio del dialogo cattolico-luterano (1967-1984) Brescia 1991 (bibl. 315-361). &#8211; 18. Cf para sus antecedentes la instrucci\u00f3n del 24.8.1889 en Leonis XIII Acta IX (1890); el motu proprio Ecclesiae sanctae, en AAS 58 (1966) 773s. &#8211; 19 Seg\u00fan el Annuario Pontificio de 1998, en la actualidad hay 106 conferencias episcopales jur\u00ed\u00addicamente constituidas; sobre el conjunto de cuestiones, cf H. LEGRAND-J. MANZANARES-A. GARC\u00ed\u008dA (eds.), Naturaleza y futuro de las conferencias episcopales, S\u00ed\u00adgueme, Salamanca 1988. &#8211; 20. Carta apost\u00f3lica en forma de motu proprio sobre la naturaleza teol\u00f3gica y jur\u00ed\u00addica de las Conferencias de obispos: texto orig. latino en L&#8217;Osservatore Romano (24.7.1998), trad. espa\u00f1ola en Ecclesia 2904 (1.8.98) 17-24. &#8211; 21 Cf JUAN PABLO II, Adhortatio apostolica postsynodalis \u00abPastores dabo vobis\u00bb, AAS 84 (1992) 657-804; CONGREGACI\u00ed\u201cN PARA EL CLERO, Directorio para el ministerio y la vida de los presb\u00ed\u00adteros, Ciudad del Vaticano 1994. &#8211; 22 Sobre esta tem\u00e1tica, cf la colecci\u00f3n que publica la Facultad de teolog\u00ed\u00ada del Norte de Espa\u00f1a, Burgos, sobre Teolog\u00ed\u00ada del Sacerdocio, 22 vols., desde 1969ss. &#8211; 23 Cf AAS 59 (1967) 697-704; 60 (1968) 369-373; 64 (1972) 534-540. &#8211; 24 CONGREGACI\u00ed\u201cN PARA LA EDUCACI\u00ed\u201cN CAT\u00ed\u201cLICA Y PARA EL CLERO, Normas b\u00e1sicas de la formaci\u00f3n de los di\u00e1conos permanentes. Directorio para el ministerio y la vida de los di\u00e1conos permanentes, Ciudad del Vaticano 1998. &#8211; 25 En la redacci\u00f3n anterior del CCE 875 no quedaba claro si la facultad de actuar in persona Christi Capitis era v\u00e1lida tambi\u00e9n para los di\u00e1conos. En la reciente edici\u00f3n oficial en lat\u00ed\u00adn, dicha potestad se atribuye a obispos y presb\u00ed\u00adteros, reservando para los di\u00e1conos la capacidad de servir al pueblo de Dios en la diacon\u00ed\u00ada; igualmente se aplica el t\u00e9rmino sacerdocio s\u00f3lo al obispo y al presb\u00ed\u00adtero, pero con ello no se pretende cuestionar la sacramentalidad del diaconado (CCE 875). &#8211; 26 Cerca de 23.000 di\u00e1conos permanentes hay en estos momentos (cf Annuarium Statisticum Ecclesiae); para las cuestiones pendientes, cf A. G. MARTIMORT, Les diaconesses. Essai historique, Roma 1982; M. J. AUBERT, Des femmes diacres, un nouveau chemin pour 1&#8217;Eglise, Par\u00ed\u00ads 1987; A. BoRRAS-B. POTTIER, La grace du diaconat. Questions actuelles autour du diaconat latin, Bruselas 1998. &#8211; 27 Siendo posibles y leg\u00ed\u00adtimas otras denominaciones, usamos esta. A pesar de las discusiones recientes, el mismo Juan Pablo II habla de ministerios ordenados y ministerios laicales, cf L&#8217;Osservatore Romano (6.8.1998) 4, Ecclesia 2907\/8 (1998) 1257. La raz\u00f3n de ello est\u00e1 en \u00abla constante referencia al \u00fanico y fontal ministerio de Cristo\u00bb, tal como hab\u00ed\u00ada dicho en su alocuci\u00f3n al simposio sobre Colaboraci\u00f3n de los fieles laicos al ministerio presbiteral nn. 3s. (L&#8217;Osservatore Romano [23.4.1991] 4), no obstante las advertencias hechas sobre su posible ambig\u00fcedad, recogidas por el DGC 1997 (54-55) y por la reciente Instrucci\u00f3n (1998) art. 1. &#8211; 28 As\u00ed\u00ad S. PIE, Los ministerios confiados a los laicos, Phase 224 (1998) 133-153 (144), donde resume las etapas del desarrollo posconciliar. \u00abLa Iglesia de Dios no se construye solamente por los actos del ministerio oficial del presbiterado, sino por una multitud de servicios diversos m\u00e1s o menos estables u ocasionales, m\u00e1s o menos espont\u00e1neos o reconocidos&#8230;; hasta ahora ni se les hab\u00ed\u00ada llamado por su verdadero nombre, el de ministerios, ni se les hab\u00ed\u00ada reconocido su puesto, su estatuto en la eclesiolog\u00ed\u00ada\u00bb (Y. CONGAR, Ministerios y comuni\u00f3n eclesial, Fax, Madrid 1973). &#8211; 29 Cf AAS 54 (1972) 529-534. &#8211; 30 \u00abCatequistas, animadores de la oraci\u00f3n y del canto, cristianos dedicados al servicio de la palabra de Dios o a la asistencia de los hermanos necesitados y los jefes de peque\u00f1as comunidades responsables de movimientos apost\u00f3licos o de otros responsables\u00bb, EN 73. &#8211; 31. \u00abLos pastores, por tanto, han de reconocer y promover los ministerios, oficios y funciones de los fieles laicos, que tienen su fundamento sacramental en el bautismo y en la confirmaci\u00f3n, y para muchos de ellos, adem\u00e1s en el matrimonio&#8230; Sin embargo, el ejercicio de estas tareas no hace del fiel laico un pastor. En realidad, no es la tarea lo que constituye el ministerio, sino la ordenaci\u00f3n sacramental&#8230; Ha sido constituida una comisi\u00f3n&#8230; para estudiar en profundidad los diversos problemas&#8230; surgidos a partir del florecimiento actual de los ministerios confiados a laicos\u00bb [ChL 23]. &#8211; 32 RMi 73 habla de munus a prop\u00f3sito de la tarea de los catequistas y RMi 74 de otras formas de ministerio (ministerii) y de otros ministros (ministri), adem\u00e1s de la catequesis. &#8211; 33 CONGREGATIO PRO CLERICIS ET ALIAE, Instructio de quibusdam quaestionibus circa fidelium laicorum cooperationem sacerdotum ministerium spectantem, AAS 89 (1997) 852-877; trad. esp. en Ecclesia 2876 (17.1.1998) 78-87 &#8211; 34 Cf A. CATTANEO, Die Institutionalisierung pastoraler Dienste der Laien. Kritische Bemerkungen zu gegenwdrtigen Entwicklung, AKKR 165 (1996) 56-79; A. BORRAS (dir.), Des latcs en responsabilit\u00e9 pastorales?, o.c.; los art\u00ed\u00adculos de P. TENA, D. BOROBIO, S. PIE, en Phase 224 (1998) 95-153; B. SESBO\u00dcE, \u00c2\u00a1No teng\u00e1is miedo! Los ministerios en la Iglesia hoy, Sal Terrae, Santander 1998 (orig. franc\u00e9s 1996). &#8211; 35 Cf K. RAHNER, Pastorale Dienste und Gemeindeleitung; SdZ 195 (1977) 733-743; D. BOROBIO, Ministerios laicales, Atenas, Madrid 19862; L. RUBIO (ed.) Los ministerios en la Iglesia, S\u00ed\u00adgueme, Salamanca 1985. &#8211; 36 Seg\u00fan SECRETARIA STATUS, Annuarium Statisticum Ecclesiae, Ciudad del Vaticano 1998, 61-63, los datos correspondientes al 31.12.96 son los siguientes: parroquias con p\u00e1rroco propio del clero diocesano, total 134.239, Europa 77.433, Espa\u00f1a 10.511; con p\u00e1rroco del clero religioso, total 25.087, Europa 9.257, Espa\u00f1a 1.108; parroquias sin p\u00e1rroco: administradas por otro sacerdote o vicario, total 55.644, Europa 47.042, Espa\u00f1a 10.419; confiadas a di\u00e1conos permanentes, total 609, Europa 204, Espa\u00f1a 3; a religiosos no sacerdotes, total 132, Europa 59, Espa\u00f1a 0; a religiosas mujeres, total 1.133, Europa 141, Espa\u00f1a 13; a laicos, total 1.669, Europa 995, Espa\u00f1a 1; vacantes, total 2.070, Europa 1.363, Espa\u00f1a 6. &#8211; 37 Cf ST. HAERING, Die Aus\u00fcbung pfarrlicher Hirtensorge durch Diakone und Laien, AKKR 165 (1996) 353-372; R. TORFS, La position d\u00e9licate des animateurs pastoraux dans le cadre du canon 517.2, en A. BORRAS (dir.), Des laUs en responsabilit\u00e9 pastorales?, o.c., 147-154. &#8211; 38 Cf J. ZIZIOULAS, La Iglesia como comuni\u00f3n, Di\u00e1logo ecum\u00e9nico 94-95 (1994) 305-318; M. KEHL, La Iglesia, S\u00ed\u00adgueme, Salamanca 1996, 55-72, 133-144; J. RIGAL, L&#8217;eccl\u00e9siologie de communion. Son evolution historique et ses fondements, Par\u00ed\u00ads 1997. &#8211; 39 La contraposici\u00f3n entre carismas y ministerios es hilo conductor del trabajo de E. K\u00ed\u0081SEMANN, Amt und Gemeinde im NT, en Exegetische Versuche und Bestimmungen 1, Gotinga 1960, 109-134, cuyos resultados fueron asumidos por H. H\u00dcNG, La estructura carism\u00e1tica de la Iglesia, Concilium 4 (1965) 44-65; para su discusi\u00f3n cr\u00ed\u00adtica, cf A. VANHOYE, a.c., 300-308. &#8211; 40 Cf G. CANNOBIO, Lo Spirito e 1&#8217;istituzione: senso e non senso di una contrapposizione, Riv. Sc. Rel. 12 (1998) 5-14. -41 Tomo la expresi\u00f3n del libro de G. LAFONT, Imaginer l&#8217;Eglise catholique, Par\u00ed\u00ads 1996. &#8211; 42 Cf V. M. PEDROSA, La catequesis en la Iglesia local, Sinite 117 (1998) 121-152.<\/p>\n<p>Santiago del Cura Elena<\/p>\n<p>M. Pedrosa, M. Navarro, R. L\u00e1zaro y J. Sastre, Nuevo Diccionario de Catequ\u00e9tica, San Pablo, Madrid, 1999<\/p>\n<p><b>Fuente: Nuevo Diccionario de Catequ\u00e9tica<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>SUMARIO: I. Carismas: 1. Terminolog\u00ed\u00ada y uso ling\u00fc\u00ed\u00adstico; 2. Significado sociol\u00f3gico; 3. Utilizaci\u00f3n teol\u00f3gica. II. Ministerios: 1. Terminolog\u00ed\u00ada y contenido; 2. Ministerios ordenados; 3. Ministerios laicales. III. Relaci\u00f3n entre carismas y ministerios: 1. En una Iglesia comuni\u00f3n, guiada por el Esp\u00ed\u00adritu; 2. En el desempe\u00f1o de las tareas catequ\u00e9ticas. En su aparente simplicidad, la conjunci\u00f3n &hellip; <a href=\"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/carismas-y-ministerios\/\" class=\"more-link\">Continuar leyendo<span class=\"screen-reader-text\"> \u00abCARISMAS Y MINISTERIOS\u00bb<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-16970","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-diccionario"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16970","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=16970"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16970\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=16970"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=16970"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=16970"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}