{"id":17260,"date":"2016-02-05T11:13:40","date_gmt":"2016-02-05T16:13:40","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/homicidio-y-legitima-defensa\/"},"modified":"2016-02-05T11:13:40","modified_gmt":"2016-02-05T16:13:40","slug":"homicidio-y-legitima-defensa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/homicidio-y-legitima-defensa\/","title":{"rendered":"HOMICIDIO Y LEGITIMA DEFENSA"},"content":{"rendered":"<p>TEOLOG\u00ed\u008dA MORAL<br \/>\nSUMARIO<br \/>\nI. Homicidio:<br \/>\n1. El horror al homicidio;<br \/>\n2. El homicidio, compendio del odio;<br \/>\n3. Endoclastia y exoclastia;<br \/>\n4. Homicidio y sadismo.<br \/>\nII. Leg\u00ed\u00adtima defensa:<br \/>\n1. La leg\u00ed\u00adtima defensa y la dial\u00e9ctica culpa-inocencia;<br \/>\n2. \u00bfDerecho a matar?;<br \/>\n3. La justificaci\u00f3n social de la leg\u00ed\u00adtima defensa;<br \/>\n4. El deber de defenderse;<br \/>\n5. El deber de no defenderse.<\/p>\n<p>I. Homicidio<br \/>\n1. EL HORROR AL HOMICIDIO. Si se desea una prueba de que el alma del hombre es naturaliter christiana, ser\u00ed\u00ada suficiente pensar en la condena universal, y m\u00e1s a\u00fan en el horror que suscita y que ha suscitado en todo tiempo el homicidio. Nos referimos, evidentemente, a la hip\u00f3tesis fenomenol\u00f3gicamente \u00abpura\u00bb del homicidio, la \u00fanica que propiamente admite esta denominaci\u00f3n, es decir, aquella en que el muerto no es el \u00abenemigo\u00bb, el \u00abreo\u00bb, la \u00abv\u00ed\u00adctima sacrificial\u00bb, sino simplemente un \u00abhombre\u00bb, reconocido y calificado como tal. Mucho m\u00e1s rara probablemente de lo que se piensa habitualmente (quiz\u00e1 tambi\u00e9n porque el homicida, acaso inconscientemente, tiende por lo general a construir previamente una justificaci\u00f3n de su acto imputando a la v\u00ed\u00adctima una identidad -a saber: la de enemigo o culpable- que en realidad no posee), la hip\u00f3tesis \u00abpura\u00bb del homicidio es, sin embargo, de suyo absolutamente desconcertante; de tal manera es en cierto modo evidente en s\u00ed\u00ad misma la maldad intr\u00ed\u00adnseca de tal acto, que casi parece superfluo demostrarla. No pocos textos recientes de \u00e9tica, y adem\u00e1s excelentes, renuncian incluso a tratar este problema; otros aducen como argumento esencial y terminante para un juicio moral sobre el homicidio el hecho de estar expresamente prohibido por Dios. Desde luego, el quinto mandamiento es un precepto evidentemente indiscutible; pero el que recurre a \u00e9l para justificar la ilicitud intr\u00ed\u00adnseca del homicidio no se da cuenta de que usa una argumentaci\u00f3n formalmente inexpugnable, pero antropol\u00f3gica y especulativamente d\u00e9bil; no explica, en efecto, el horror particular que suscita el homicidio, y que no es suscitado, por poner un ejemplo del todo banal, por la violaci\u00f3n del mandamiento que prohibe el hurto. En otras palabras, la inmoralidad del homicidio no puede deducirse simplemente de la prohibici\u00f3n positiva de Dios; la presencia del precepto es en realidad la confirmaci\u00f3n (escritur\u00ed\u00adstica) de una verdad moral que el hombre en cualquier caso lleva dentro de s\u00ed\u00ad. Mas \u00bfen qu\u00e9 consiste exactamente esta verdad? \u00bfY por qu\u00e9 -hay que apresurarse a decirlo- esta verdad es tan frecuentemente ignorada, violada o al menos, podr\u00ed\u00ada decirse, \u00absuspendida\u00bb y puesta en ciertas ocasiones como entre par\u00e9ntesis?<br \/>\nEl horror que suscita el homicidio es un horror metaf\u00ed\u00adsico. La expresi\u00f3n es fuerte, y requiere una explicaci\u00f3n, pero es una expresi\u00f3n esencial, porque es la \u00fanica capaz de aclarar el car\u00e1cter radical y universal de este horror. Si el homicidio perturba el \u00e1nimo de los hombres de manera muy diversa de como puede hacerlo, por ejemplo, el sacrificio de los animales con fines alimenticio o defensivo, es porque el homicidio no se vive nunca como simple hecho, sino que se lo interpreta siempre como cifra (en el sentido jaspersiano del t\u00e9rmino). Como hecho, el homicidio consiste, en definitiva, en un acontecimiento de muerte, acontecimiento que -hay que admitirlo tambi\u00e9nes sumamente banal en la din\u00e1mica estrictamente biol\u00f3gica de nuestra existencia. Que la muerte sea procurada en el homicidio es ciertamente significativo, pero no quita que la realidad del hecho mortal permanezca en s\u00ed\u00ad inalterada. Mas en el momento en que el homicidio deja de ser visto como hecho, en el momento en que se lo lee como acontecimiento dotado de sentido (es decir, en el momento en que pasamos de la \u00abf\u00ed\u00adsica\u00bb del homicidio a su \u00abmetaf\u00ed\u00adsica\u00bb, paso que no est\u00e1 ciertamente reservado a los fil\u00f3sofos \u00fanicamente, sino que todos los hombres dan cotidiana y continuamente), las cosas cambian de una manera profunda: en el homicidio se condensa y hace patente toda la inmensa capacidad de odio que el coraz\u00f3n humano es capaz de albergar. En el homicidio, junto a la dimensi\u00f3n estrictamente biol\u00f3gica de la existencia, se atenta contra la dimensi\u00f3n antropol\u00f3gica de \u00e9sta, dimensi\u00f3n por la que vivir es relacionarse y comunicar con el mundo, d\u00e1ndole sentido y recibi\u00e9ndolo; un existir que es necesariamente un coexistir. G. Angelini ha podido escribir con raz\u00f3n: \u00bb `Matar&#8217; es siempre `excomulgar&#8217;, excluir de la comunicaci\u00f3n, de aquel espacio habitual dentro del cual \u00fanicamente puede producirse la vida com\u00fan y hasta fraterna entre los hombres\u00bb. Excluir, es decir, negarle al otro algo que es m\u00e1s grande incluso que el derecho a la vida: el derecho a la identidad misma de hombre, el derecho a ser hombre entre los hombres.<\/p>\n<p>La palabra homicida, si bien se mira, est\u00e1 exactamente en los ant\u00ed\u00adpodas de la palabra amor; en efecto, si el que ama verifica en el rostro del amado, o sea, en la experiencia concreta, una profunda verdad filos\u00f3fica: la que sostiene que omne ens est bonum, dici\u00e9ndole al amado: es bueno que existas, el que mata pronuncia exactamente la palabra contraria: niega la bondad del ser, reh\u00fasa ver en el rostro de la v\u00ed\u00adctima la coincidencia del ser y del bien, y act\u00faa para que en la v\u00ed\u00adctima el ser caiga en la nada, sea aniquilado. Diversamente del nihilista,- que juzga al ser neg\u00e1ndole todo valor, la actitud del homicida no es s\u00f3lo valorativa, sino pr\u00e1ctica: el homicida pretende con su misma acci\u00f3n confirmar la pretendida nulidad axiol\u00f3gica del ser, destruyendo el objeto de su odio: denn alles, was entsteht, ist wert, dass es zugrunde geht, afirma Mefist\u00f3feles en el Fausto (todo lo que nace merece ciertamente ser destruido). El homicida est\u00e1 tan convencido de esta verdad, que act\u00faa en consecuencia, intentando reducir a la nada lo que en su odio considera merecedor de la nada. En este sentido -explica lapidariamente santo Tom\u00e1s- \u00abhomicidium secundum se non est concupiscibile, sed magis horribile, quia non habet de se rationem alicuius boni\u00bb (de por s\u00ed\u00ad el homicidio, lejos de ser deseable, es m\u00e1s bien repulsivo, puesto que no tiene aspecto alguno de bondad) (S. Th., II-II, q. 122, a. 6, ad 4).<\/p>\n<p>2. EL HOMICIDIO, COMPENDIO DEL ODIO. El homicidio es la cifra del antiamor; es la cifra del odio. A Satan\u00e1s se le define \u00abhomicida desde el principio\u00bb (Jua 8:44), no porque su pecado consista materialmente en quitar la vida, sino porque en \u00e9l el amor se ha pervertido todo entero en un odio radical e inextinguible. La insistencia con que vuelve este tema en el NT (recu\u00e9rdese la densa afirmaci\u00f3n de Jua 3:15 : todo el que odia a su hermano es homicida) no es casual; el odio le quita al hombre toda semejanza con Dios, sustituye su naturaleza propia con una antinaturaleza; ning\u00fan homicida posee en s\u00ed\u00ad mismo la vida eterna (Jua 3:14-15), porque el acto homicida presupone en el que mata un \u00e1nimo invadido por el odio, un \u00e1nimo del que ha sido arrojada la imagen de Dios.<\/p>\n<p>La posibilidad del homicidio coincide con la posibilidad del odio; la realidad del homicidio demuestra la realidad del odio. Que esta realidad sea al mismo tiempo efectiva e intolerable dice mucho sobre lo tr\u00e1gico del vivir humano. La conciencia de este car\u00e1cter tr\u00e1gico no es espec\u00ed\u00adficamente cristiana; es universal. Mas justamente porque s\u00f3lo el cristianismo la ha clarificado definitivamente, se ha hablado al principio de un alma naturaliter christiana. El horror que en todas las culturas se siente al homicidio no es m\u00e1s que la emergencia cultural y social del horror al odio en cuanto perversi\u00f3n de la misma naturaleza humana. Ser odiado, ser destinatario de un flujo de odio es, para el que tiene conciencia de ello, es decir, para el que sabe distinguir el odio del rencor, de la envidia, de la malevolencia y de los celos, verdaderamente intolerable, ya que implica ponerse en estrecha relaci\u00f3n con una dimensi\u00f3n que sin duda es de lo humanum, pero que es desconocida del resto de la naturaleza (los animales pueden atacar y matar, pero ciertamente no odian); una dimensi\u00f3n que deforma al hombre, porque pone en juego ni m\u00e1s ni menos que la misma identidad de su ser.<\/p>\n<p>3. ENDOCLASTIA Y EXOCLASTIA. El tab\u00fa del homicidio, el horror a la sangre, el miedo a los muertos -y en particular a los matados con violencia- son rasgos que se pueden encontrar en todas las culturas. Por lo dem\u00e1s, no puede imaginarse un sistema cultural, por primitivo que se le suponga, que no considere culpa grav\u00ed\u00adsima el homicidio; ello equivaldr\u00ed\u00ada a legitimar la anticoexistencia, a hacer de hecho imposible toda coexistencia social o, m\u00e1s sencillamente, la vida misma del hombre. El hecho de que el tab\u00fa del homicidio tenga limitaciones materiales objetivas en las culturas llamadas primitivas, es decir, que generalmente vigen s\u00f3lo dentro del grupo tribal mismo (tab\u00fa de la endoclastia) y no fuera de \u00e9l (exoclastia), no es una refutaci\u00f3n de ello, sino, parad\u00f3jicamente, una confirmaci\u00f3n. En efecto, que se d\u00e9 un tab\u00fa com\u00fan respecto a la endoclastia, sin correspondencia de otro igualmente radical respecto a la exoclastia, no dice nada respecto a la universalidad del horror al homicidio.<\/p>\n<p>La exoclastia, en determinadas situaciones, puede considerarse l\u00ed\u00adcita -y, \u00faltimamente, obligada- sencillamente porque no se la entiende como homicidio, sino como justa reacci\u00f3n al homicidio. Es sabido, en efecto, que en la mentalidad primitiva la muerte no es vivida generalmente como un acontecimiento natural la mentalidad primitiva le busca siempre una causa metanatural, que las m\u00e1s de las veces se identifica con un maleficio realizado por alg\u00fan enemigo de la tribu (y a veces claramente tambi\u00e9n por un miembro de la misma tribu de la v\u00ed\u00adctima; pero esto no altera el discurso, ya que por lo mismo el culpable se convierte en \u00abenemigo\u00bb de su mismo grupo social). El \u00abextranjero\u00bb se hace \u00abenemigo\u00bb cuando se lo imagina como portador potencial de muerte: la muerte es entendida como homicidio porque se la ve como t\u00e9rmino de una violencia enemiga, expl\u00ed\u00adcita u oculta. No es \u00e9ste el lugar adecuado para discutir cu\u00e1l es la interpretaci\u00f3n m\u00e1s correcta de esta actitud mental que, por absurda que sea, est\u00e1 universalmente difundida: si es indicio de la d\u00e9bil racionalidad de los primitivos (Tylor, Frazer) o m\u00e1s bien de su incapacidad de ordenar un sistema general de conocimientos (L\u00e9vy-Bruhl), o si no es se\u00f1al de un verdadero y aut\u00e9ntico delirio de inmortalidad (\u00bfy por qu\u00e9 no hablar entonces plat\u00f3nicamente de una nostalgia de inmortalidad?). Para la presente exposici\u00f3n, lo esencial es s\u00f3lo reiterar una cosa: la muerte del enemigo no es nunca considerada un homicidio, sino una pena; no es nunca atribuida al mero arbitrio del individuo, sino que m\u00e1s bien es vista como obligada y procesalizada; no es pura se\u00f1al de odio, sino m\u00e1s bien de venganza, en el sentido estructural del t\u00e9rmino, o sea como restablecimiento de la justicia. La exoclastia es tan primitiva como la guerra; evidentemente suscita, lo mismo que la guerra, grav\u00ed\u00adsimos problemas morales; pero ser\u00ed\u00ada incorrecto calificarlos de relacionados con la problem\u00e1tica del homicidio.<\/p>\n<p>Incluso se puede, y hasta se debe, decir algo m\u00e1s. Aunque en definitiva se quiera leer la exoclastia de los primitivos como una elaboraci\u00f3n paranoica del luto, ello no debe ocultar la capacidad excepcional de explicitaci\u00f3n fenomenol\u00f3gica que posee, precisamente por lo que concierne al presente tema. Sea justa o equivocada en el plano de la realidad efectiva (obviamente es equivocada, pero no es \u00e9se el punto que hemos de subrayar aqu\u00ed\u00ad), la exigencia exocl\u00e1stica confirma en la mentalidad primitiva una relativa despreocupaci\u00f3n por la dimensi\u00f3n estrictamente naturalista del mal (por la muerte como hecho) y una fort\u00ed\u00adsima sensibilidad a aquella dimensi\u00f3n \u00abfuerte\u00bb del mal, representada por el mal moral (el homicidio): justamente porque el homicidio es intolerable, hay que castigarlo con la muerte del culpable. \u00abPorque el asesinato causa horror, porque es preciso impedir que los hombres maten, se impone el deber de la venganza\u00bb (R. Girard). S\u00f3lo si se toma en serio en todas sus consecuencias esta tr\u00e1gica circularidad, es posible infringirla (y el mensaje cristiano no es, antropol\u00f3gicamente, otra cosa que un camino para hacerlo).. La eliminaci\u00f3n banal de esta circulandad puede costar (y de hecho as\u00ed\u00ad ha sucedido con frecuencia) un precio muy alto: el de borrar la viv\u00ed\u00adsima sensibilidad \u00abnatural\u00bb del hombre a la dimensi\u00f3n moral del mal. La auspiciada victoria sobre el principio exocl\u00e1stico s\u00f3lo puede ser realmente fecunda si no nos contentamos con \u00absecularizar\u00bb la muerte, es decir, con difundir el convencimiento de que existe una dimensi\u00f3n biol\u00f3gica del morir, que por lo mismo no requiere venganza alguna, sino que, junto a esa labor de clarificaci\u00f3n epistemol\u00f3gica, obviamente imprescindible y benem\u00e9rita, se realiza una obra igualmente esencial de clarificaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n axiol\u00f3gica del necesario primado del amor sobre el odio.<\/p>\n<p>4. HOMICIDIO Y SADISMO. Parte de la cultura contempor\u00e1nea parece sentirse desarmada ante cualquier forma de discurso axiol\u00f3gico. Lo identifica, y con raz\u00f3n, como parte del discurso metaf\u00ed\u00adsico, y lo teme como fuente posible de actitudes dogm\u00e1ticas e irracionales, sin caer en la cuenta de que con ello fomenta una depauperaci\u00f3n progresiva del hombre. El tema del homicidio es una confirmaci\u00f3n significativa de ello. Una vez vaciado de su valencia, indudablemente metaf\u00ed\u00adsica, de cifra del mal moral, el homicidio queda, por as\u00ed\u00ad decirlo, suspendido en un \u00e1mbito de ardua cr\u00ed\u00adtica. Si no es una cristalizaci\u00f3n del mal (porque, en contra de la opini\u00f3n metaf\u00ed\u00adsica, no existe un mal en s\u00ed\u00ad), \u00bfa qu\u00e9 reprimir el homicidio? Una cultura secularizada tender\u00ed\u00ada a responder que el homicidio es un mal secundum quid, o sea, dentro de los l\u00ed\u00admites en lo que es socialmente da\u00f1oso. Es curioso observar que nos contentamos con esta respuesta, sin tomar en cuenta que ha sido eficazmente refutada hace ya dos siglos largos, y por parte de un maestro (oculto, aunque no demasiado) de gran parte de la cultura \u00abfisicista\u00bb (en el sentido de antimetaf\u00ed\u00adsica) contempor\u00e1nea: el marqu\u00e9s de Sade. Precisamente sobre el tema del homicidio ha escrito algunas de sus p\u00e1ginas m\u00e1s escandalosas, que tenemos que recordar por ser absolutamente irrefutables si se asume una perspectiva filos\u00f3fica no metaf\u00ed\u00adsica, lo que explica bien, seg\u00fan se ha dicho, porque generalmente se las obvia, pero no se las discute.<\/p>\n<p>Partiendo del fisicismo m\u00e1s radical, o sea, negando que se pueda axiologizar la diferencia biol\u00f3gica existente entre el hombre y los dem\u00e1s seres vivientes, Sade afirma que es sustancialmente equivalente, desde un punto de vista \u00e9tico, matar a un hombre o a un animal, y que la muerte misma hay que considerarla conforme y no contradictoria con la l\u00f3gica de la vida, que no consiste m\u00e1s que en ciclos, que se repiten eternamente, de generaci\u00f3n y corrupci\u00f3n. Por tanto, en el plano estrictamente naturalista no hay posibilidad alguna de condenar el homicidio, a menos que se quiera condenar impl\u00ed\u00adcitamente a la naturaleza, como la primera en matar a sus hijos. Desembarazado de un posible argumento naturalista, Sade pasa luego a desembarazarse del otro y \u00fanico posible argumento no metaf\u00ed\u00adsico contra el homicidio: el utilitarista. A este respecto, no le resulta dif\u00ed\u00adcil mostrar que el convencimiento, aunque est\u00e9 difundido, de que la sociedad puede resultar perjudicada por la muerte de un componente suyo se funda s\u00f3lo en un prejuicio dogm\u00e1tico, incapaz de demostraci\u00f3n alguna. Puesto que de todas formas se muere, carece de importancia la circunstancia ocasional que conduce a la muerte; y en todo caso -a\u00f1ade maliciosamente Sade-, es preciso admitir que el homicidio es \u00abuno de los mayores recursos de la pol\u00ed\u00adtica\u00bb, del que han echado mano los reg\u00ed\u00admenes m\u00e1s variados y m\u00e1s ilustres. En un solo caso, concluye triunfalmente el marqu\u00e9s, hay que condenar el homicidio, a saber: cuando se establece como sanci\u00f3n penal; pues la pena de muerte, a su entender, es injustificable. Es injustificable naturalistamente, porque en la naturaleza, as\u00ed\u00ad como no existen m\u00e9ritos que premiar, tampoco existen culpas que castigar; s\u00f3lo existen pulsiones, que es l\u00ed\u00adcito satisfacer, por ser \u00abnaturales\u00bb; y es injustificable utilitaristamente, porque matar a un reo no sirve en absoluto de suyo para restablecer el equilibrio de la utilidad antecedente.<\/p>\n<p>El mismo argumento, invocado frecuentemente como posible fundamento de una \u00e9tica posmetaf\u00ed\u00adsica, descubre en el discurso sadista su indudable fragilidad. Est\u00e1 claro que el modelo sadista es esencialmente una imposibilidad; pero es una imposibilidad te\u00f3ricamente digna de atenci\u00f3n, porque aceptando el desaf\u00ed\u00ado del sentido com\u00fan e intentando demostrar lo indemostrable prueba el callej\u00f3n sin salida a que va a dar necesariamente toda teorizaci\u00f3n \u00e9tica rigurosamente naturalista y utilitarista.<\/p>\n<p>II. Leg\u00ed\u00adtima defensa<br \/>\n1. LA LEGITIMA DEFENSA Y LA DIALECTICA CULPA-INOCENCIA. Seg\u00fan la doctrina tradicional, la leg\u00ed\u00adtima defensa constituir\u00ed\u00ada, junto con la l pena de muerte y la muerte en guerra del enemigo, una de las hip\u00f3tesis para las que ser\u00ed\u00ada posible hablar de excepci\u00f3n a la prohibici\u00f3n general\u00ed\u00adsima de matar. Mejor a\u00fan: justamente si se lo lee a partir de estas excepciones, esa prohibici\u00f3n adquirir\u00ed\u00ada una precisi\u00f3n sem\u00e1ntica, debiendo entenderlo sustancialmente como prohibici\u00f3n de matar al inocente. La categor\u00ed\u00ada de la inocencia no es en este contexto de suyo evidente; pero dejando a un lado el problema de la guerra y de la pena de muerte, que se salen del marco de estas consideraciones, se puede observar que justamente la referencia a la leg\u00ed\u00adtima defensa permite definir la \u00abinocencia\u00bb con alguna precisi\u00f3n, aunque sea a trav\u00e9s de su contrario exacto. No es inocente, o sea, es (objetivamente) \u00abculpable\u00bb, el agresor injusto y violento, el que sin fundamento, al menos legal, pone en peligro derechos esenciales de la persona agredida: la vida o la integridad f\u00ed\u00adsica, ciertamente; la dignidad sexual y los bienes, probablemente, sin dejarle posibilidad alguna de defenderlos, si no es mediante una reacci\u00f3n caracterizada por una violencia an\u00e1loga (es decir, sim\u00e9trica) respecto a la usada por el agresor.<\/p>\n<p>No hay duda de que el que razone en una perspectiva ben\u00e9ficamente realista (S. Visintainer) debe reconocer que la leg\u00ed\u00adtima defensa corresponde a un sentido primordial de justicia. Pero en el nivel te\u00f3rico no se puede negar que la justificaci\u00f3n de la leg\u00ed\u00adtima defensa suscita graves dificultades, tanto en el plano estrictamente filos\u00f3fico como en el teol\u00f3gico-moral. El criterio de la inocencia y de la culpa (con el primado consiguiente y coherente de la primera sobre la segunda) es en realidad sumamente problem\u00e1tico, entre otras razones porque debe por necesidad hacer referencia a la objetividad y no a la subjetividad de estas dimensiones; o sea, es culpable (en orden al reconocimiento de la legitimidad de la defensa) no el que subjetivamente tiene la culpa, sino tambi\u00e9n el que la tiene s\u00f3lo materialmente, como en el caso en el que el agresor es un enfermo mental o un menor irresponsable. Y, por el contrario, hay que considerar inocente no s\u00f3lo al que lo es subjetivamente, sino tambi\u00e9n al que lo es s\u00f3lo materialmente, por el mero hecho de haber sido agredido, aunque quiz\u00e1 tenga una responsabilidad indirecta en la agresi\u00f3n sufrida (pi\u00e9nsese, p.ej., en el que provoca con enga\u00f1o a un demente, intentando exasperarlo para hacer que figure como agresor). En resumen, culpa e inocencia son categor\u00ed\u00adas que en este contexto vienen a perder todo su significado \u00e9tico y s\u00f3lo se las puede seguir predicando por una referencia formalista a la estricta legalidad de los comportamientos concretos. Ello, en el plano del derecho, bastar\u00ed\u00ada para poner fin al discurso (recu\u00e9rdese, sin embargo, que el derecho penal no habla de licitud, sino s\u00f3lo de punibilidad de la leg\u00ed\u00adtima defensa, lo que puede hacer pensar que no se quiere negar que la acci\u00f3n del defensor leg\u00ed\u00adtimo tenga sin m\u00e1s un car\u00e1cter criminal); pero no puede ponerlo en el de la reflexi\u00f3n moral.<\/p>\n<p>\u00bfDERECHO A MATAR? En el plano te\u00f3rico, el problema de la legitimidad de la defensa no consiste m\u00e1s que en el problema de reconocer al agredido el derecho a matar al agresor, es decir, en reconocerle a un sujeto, del modo que sea, un derecho sobre la vida ajena. Que esta dificultad es sumamente grave puede deducirse del hecho de que santo Tom\u00e1s, al encontrarse con la cuesti\u00f3n, juzg\u00f3 preferible justificar la leg\u00ed\u00adtima defensa bas\u00e1ndose en el principio del doble efecto m\u00e1s bien que en el de la disponib\u00ed\u00adlidad de la vida del agresor injusto (S. Th., II-II, q. 64, a. 7). Soluci\u00f3n discutible la tomista, al menos porque, para estar en consonancia con la realidad, deber\u00ed\u00ada demostrar que el agredido que decide reaccionar con la violencia ante el agresor injusto puede, en el contexto excitado de la defensa, distinguir en su acci\u00f3n la dimensi\u00f3n estrictamente autodefensiva de la dimensi\u00f3n agresiva. La realidad es que el agredido que decide defenderse quiere matar, o al menos acepta conscientemente la posibilidad de que sea \u00e9ste precisamente el resultado efectivo de su acci\u00f3n defensiva.<\/p>\n<p>3. LA JUSTIFICACI\u00ed\u201cN SOCIAL DE LA LEGITIMA DEFENSA. Justificando la leg\u00ed\u00adtima defensa con el principio del doble efecto se termina en un callej\u00f3n sin salida, y adem\u00e1s no se explica el fen\u00f3meno que se intenta aclarar. Por eso se comprende la tentaci\u00f3n de justificar la leg\u00ed\u00adtima defensa trascendiendo el plano de la \u00e9tica individual y situ\u00e1ndose en el de la \u00e9tica social, mediante la referencia al bien com\u00fan (B. Sch\u00fcller), justificaci\u00f3n seductora (tiene sin duda un cierto efecto preventivo respecto a las futuras agresiones reconocer normativamente la leg\u00ed\u00adtima defensa como causa de no punibilidad), pero sustancialmente d\u00e9bil, dado que el que se defiende, al defenderse no piensa ciertamente en que su acci\u00f3n est\u00e1 destinada a quedar impune, ni en que puede servir eventualmente para maximizar la defensa social. Razonando as\u00ed\u00ad, podr\u00ed\u00adamos llegar a la paradoja de no poder justificar nunca moralmente la leg\u00ed\u00adtima defensa, incluso aunque fuese posible justificarla plenamente en el mero plano de la defensa social. Es decir, obtendr\u00ed\u00adamos exactamente lo contrario de lo que pretende el sentido com\u00fan: que el que mata verdadera y exclusivamente para defenderse no ha de ser considerado moralmente culpable, si bien, en casos extremos, se lo puede tener jur\u00ed\u00addicamente por tal (p.ej., si no consigue convencer al juez o bien probar que exist\u00ed\u00adan efectivamente todos los requisitos legales necesarios para reconocer como no punible su acci\u00f3n de defensa).<\/p>\n<p>4. EL DEBER DE DEFENDERSE. Como expresi\u00f3n de odio al agresor -odio psicol\u00f3gicamente comprensible, pero no justificable moralmente-, una defensa quae est cum livore vindictae (SANTO TOM\u00ed\u0081S, S. Th., IIII, q. 64, a. 7, ad 5) no tiene posibilidad de ser reconocida moralmente l\u00ed\u00adcita. Pero la fenomenolog\u00ed\u00ada de la defensa es mucho m\u00e1s compleja. Seg\u00fan la doctrina tradicional, el appetitus vindictae (S. Th., II-TI, q. 108) es un impulso natural, que en cuanto tal, como cualquier otro impulso, no puede considerarse de suyo malvado: hay en \u00e9l la potencialidad de convertirse en odio, pero tambi\u00e9n la de purificarse y convertirse en amor a la justicia. En la din\u00e1mica en que se sit\u00faa la acci\u00f3n de la leg\u00ed\u00adtima defensa se asiste siempre a una violaci\u00f3n, al menos objetiva, del orden de la justicia por parte del agresor: el impulso de quien se decide por la defensa propia o ajena (este \u00faltimo caso es a\u00fan m\u00e1s n\u00ed\u00adtido y t\u00ed\u00adpico) puede estar fundamentalmente motivado s\u00f3lo por el sentido del deber que incumbe a todo hombre de evitar el mal (en nuestro caso, la violaci\u00f3n de la justicia). El defensor no tiene, como tampoco lo tiene nadie, derecho alguno sobre la vida del agresor; pero puede tener el deber de truncarla, si es el \u00fanico modo razonablemente posible, en un contexto concreto, de impedir que se lleve a cabo la agresi\u00f3n y que se realice la injusticia. Deber, conviene repetirlo, que subsiste s\u00f3lo antes de que el agresor lleve a cabo su proyecto y si no se da la posibilidad de hacer que naufrague; por lo tanto, un deber que no puede justificar ninguna retorsi\u00f3n vindicativa o alg\u00fan ensa\u00f1amiento in\u00fatil, dado que tiene por fin no castigar al agresor, sino s\u00f3lo obligarle a desistir.<\/p>\n<p>El homicidio es la cifra del odio. Que para evitar que se concretice un homicidio haya que recurrir a otro homicidio es una paradoja dif\u00ed\u00adcil de aceptar. Pero es una paradoja que no difiere de tantas que surgen cuando se considera de cerca la dial\u00e9ctica a que est\u00e1 sujeta la vida \u00e9tica. Tambi\u00e9n la libertad entra en una dial\u00e9ctica an\u00e1loga cuando para preservarla exige que se la limite: es la paradoja del derecho, al que se presta generalmente poca atenci\u00f3n, porque sin duda es menos desagradable emocionalmente, pero que te\u00f3ricamente presenta una estructura del todo an\u00e1loga; es la paradoja de la educaci\u00f3n. El que se defiende, propiamente no comete un homicidio -como no comete secuestro de la persona el polic\u00ed\u00ada que detiene al ladr\u00f3n, y como no comete violencia el educador que castiga a un chico rebelde-, porque su acci\u00f3n no va encaminada a maximizar, sino a minimizar el odio presente en el mundo, intentando impedir que falle la agresi\u00f3n. El \u00fanico modo de explicar por qu\u00e9 el sentido com\u00fan estima leg\u00ed\u00adtima la defensa es comprender que lo que se manifiesta en la defensa no es parad\u00f3jicamente el bien que hay que defender, sino el principio por el cual se lo defiende: es posible que falle la defensa y que el agresor realice su prop\u00f3sito, pero el que se defiende o, m\u00e1s a\u00fan, el que defiende a otro testimoniar\u00e1 con su acci\u00f3n que el mal no debe vencer, y en este aspecto quedar\u00e1 siempre como vencedor frente al agresor (mucho m\u00e1s que el que por miedo comprensible o por oportunismo muy razonable cede al agresor, consintiendo que lleve a cabo su crimen) [\/Justicia penal VI].<\/p>\n<p>5. EL DEBER DE NO DEFENDERSE. Hay otro modo de testimoniar que el mal no debe vencer: no oponerse a la resistencia. La exhortaci\u00f3n evang\u00e9lica a no oponerse al mal (cf sobre todo Mat 5:38-41 : \u00abHab\u00e9is o\u00ed\u00addo que se dijo: Ojo por ojo y diente por diente. Mas yo os digo que no resist\u00e1is al mal&#8230;\u00bb) hay que referirla probablemente a la necesaria extinci\u00f3n del esp\u00ed\u00adritu de odio y de venganza que el disc\u00ed\u00adpulo de Cristo ha de realizar dentro de s\u00ed\u00ad, m\u00e1s que tener el valor de una indicaci\u00f3n pragm\u00e1tica. Tradicionalmente se la ha entendido como una llamada a la perfecci\u00f3n, y no como un proyecto orientativo de la vida cotidiana. Sin embargo, es una exhortaci\u00f3n que nos coloca seriamente ante un problema capital: si la renuncia meditada a la defensa no se puede considerar, si no obligatoria, al menos preferible a la misma defensa; como es sabido, es \u00e9sa la c\u00e9lebre opini\u00f3n de san Agust\u00ed\u00adn en el De libero arbitrio,Mat 1:5.<\/p>\n<p>Pues bien, que la no resistencia al mal tiene una extraordinaria carga prof\u00e9tica es indudable; pero con tal de que no se la asuma obtusamente, como impuesta por un precepto incondicionado, que hay que seguir por encima de cualquier referencia al contexto existencial en que se lo debe vivir. La no resistencia al mal es obligatoria si induce al agresor a desistir de realizarlo; no lo es si, en hip\u00f3tesis, se convierte en motivo de que \u00e9ste se ensa\u00f1e m\u00e1s. Martyres non facit poena, sed causa; no es la materialidad del gesto de no resistencia, sino su capacidad de testimoniar el amor en vez del odio lo que lo hace ejemplarmente precioso.<\/p>\n<p>La ense\u00f1anza evang\u00e9lica es desconcertante; en contra de la opini\u00f3n com\u00fan, que estima que la violencia s\u00f3lo puede encontrar un l\u00ed\u00admite en la violencia, proclama exactamente lo contrario: \u00abVence el mal con el bien\u00bb (Rom 12:21). Ofrecer la otra mejilla no es para el cristiano se\u00f1al de timidez o de miedo; es reivindicaci\u00f3n de su identidad, testimonio del primado del bien sobre el mal: \u00abCuando el agredido es tal precisamente por ser cristiano o por motivos relacionados con su testimonio de fe&#8230;, el deber manifiesto del testimonio nos parece que impone en todo caso la renuncia a la defensa, aunque sea leg\u00ed\u00adtima. Pues cuando el testimonio es altamente debido, entonces ese deber prevalece, sobre cualquier derecho, incluso el de la vida: y&#8230; el testimonio de la no resistencia al mal es testimonio de la victoria de la verdad sobre la violencia\u00bb (E. Chiavacci).<\/p>\n<p>Mas este testimonio, para que sea aut\u00e9ntico, no puede darse de cualquier manera o en cualquier parte; hay que confiarlo a la sabia mediaci\u00f3n de la inteligencia. Si la renuncia a la leg\u00ed\u00adtima defensa puede ser concretamente se\u00f1al del primado cristiano de la luz sobre las tinieblas, se la ha de estimar obligada, al menos para el que vive en la perspectiva de la fe. Mas si esa renuncia no puede tener este significado objetivamente, en un contexto concreto dado, y es tal que s\u00f3lo puede llevar a una ulterior difusi\u00f3n del mal, en vez de obligada se la puede considerar, por el contrario, culpable. La renuncia a la autodefensa est\u00e1 probablemente m\u00e1s justificada en este contexto que la renuncia a la defensa ajena: renunciando voluntariamente a defenderme, puedo suponer el valor objetivo que mi acto podr\u00e1 tener a los ojos del agresor; renunciando a defender a otro hombre agredido injustamente, muy dif\u00ed\u00adcilmente podr\u00e9 esperar que mi gesto sea considerado cargado de semejante alcance prof\u00e9tico.<\/p>\n<p>Reflexionando sobre la exhortaci\u00f3n de Juan Cris\u00f3stomo a soportar a ejemplo de Cristo las injurias, santo Tom\u00e1s observa que indudablemente los buenos deben soportar pacientemente las injurias de los malvados en lo que les concierne personalmente; \u00abpero -a\u00f1ade- no soportan las injurias cometidas contra Dios y el pr\u00f3jimo\u00bb (S. Th., II-II, q. 108, a. 1, ad 2).<\/p>\n<p>El verdadero n\u00facleo del problema de la leg\u00ed\u00adtima defensa no se refiere, pues, al juicio sobre la acci\u00f3n defensiva en cuanto tal, por violenta que pueda ser, sino al juicio sobre los efectos que la acci\u00f3n defensiva puede producir. Es moralmente l\u00ed\u00adcito, y hasta obligado, el comportamiento con el agresor injusto que consigue como sea reducir la carga de odi\u00f3 que, a trav\u00e9s del mismo agresor, intenta (por desgracia, las m\u00e1s de las veces con \u00e9xito) insinuarse en el inundo.<\/p>\n<p>[l Guerra; l Justicia penal; l Objeci\u00f3n y disenso; l Paz y pacifismo; l Pena de muerte].<\/p>\n<p>BIBL.: AA.VV., Praxis cristiana II, Paulinas, Madrid 19814, 130ss; ANGELINI G., \u00abNon occidere\u00bb. Per una rinnovata comprensione del 50 comandamento, en \u00abRTM\u00bb 18 (1986) n. 72, 33-48; ID, La vita: falto o promessa? L \u00e9tica comefedelt\u00e1 alla vita, en \u00abRTM\u00bb 18 (1986) n. 71, 55-74; BURKERT W., Homo necans, Boringhieri, Tur\u00ed\u00adn 1981; CANEPA G. 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D&#8217;Agostino<\/p>\n<p>Compagnoni, F. &#8211; Piana, G.- Privitera S., Nuevo diccionario de teolog\u00ed\u00ada moral, Paulinas, Madrid,1992<\/p>\n<p><b>Fuente: Nuevo Diccionario de Teolog\u00eda Moral<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>TEOLOG\u00ed\u008dA MORAL SUMARIO I. Homicidio: 1. El horror al homicidio; 2. El homicidio, compendio del odio; 3. Endoclastia y exoclastia; 4. Homicidio y sadismo. II. Leg\u00ed\u00adtima defensa: 1. La leg\u00ed\u00adtima defensa y la dial\u00e9ctica culpa-inocencia; 2. \u00bfDerecho a matar?; 3. La justificaci\u00f3n social de la leg\u00ed\u00adtima defensa; 4. El deber de defenderse; 5. El deber &hellip; <a href=\"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/homicidio-y-legitima-defensa\/\" class=\"more-link\">Continuar leyendo<span class=\"screen-reader-text\"> \u00abHOMICIDIO Y LEGITIMA DEFENSA\u00bb<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-17260","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-diccionario"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17260","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=17260"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17260\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=17260"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=17260"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=17260"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}