{"id":17291,"date":"2016-02-05T11:14:43","date_gmt":"2016-02-05T16:14:43","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/sistemas-politicos\/"},"modified":"2016-02-05T11:14:43","modified_gmt":"2016-02-05T16:14:43","slug":"sistemas-politicos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/sistemas-politicos\/","title":{"rendered":"SISTEMAS POLITICOS"},"content":{"rendered":"<p>TEOLOG\u00ed\u008dA MORAL<br \/>\nSUMARIO<br \/>\nI. Ausencia parcial del tema en la tradici\u00f3n b\u00ed\u00adblica.<br \/>\nII. Algunos juicios sobre los sistemas socio pol\u00ed\u00adticos en la historia del cristianismo:<br \/>\n1. Tres posiciones cl\u00e1sicas;<br \/>\n2. La posici\u00f3n de la ense\u00f1anza social de la Iglesia.<br \/>\nIII. Tentativas de clasificaci\u00f3n en la investigaci\u00f3n politol\u00f3gica.<br \/>\nIV. Significado \u00e9tico-teol\u00f3gico de una valoraci\u00f3n de los sistemas pol\u00ed\u00adtico-sociales.<\/p>\n<p>El concepto de sistema pol\u00ed\u00adtico es moderno en s\u00ed\u00ad mismo y como parte de un discurso m\u00e1s amplio sobre el saber pol\u00ed\u00adtico en general. Por eso hay que apresurarse a afirmar, como premisa al tratado del tema en un diccionario de \u00e9tica cristiana, que es necesario someter a hermen\u00e9utica esta categor\u00ed\u00ada si se quiere ver su importancia para un discurso, justamente como el \u00e9tico, que desconoce a\u00fan una reflexi\u00f3n expl\u00ed\u00adcita sobre ella.<\/p>\n<p>I. Ausencia parcial del tema en la tradici\u00f3n b\u00ed\u00adblica<br \/>\nLa necesidad de esta hermen\u00e9utica es a\u00fan m\u00e1s urgente para los escritos b\u00ed\u00adblicos, que constituyen los textos b\u00e1sicos de toda reflexi\u00f3n \u00e9tico-teol\u00f3gica.<\/p>\n<p>Los escritos del AT registran una serie de consideraciones y juicios sobre los diversos reg\u00ed\u00admenes pol\u00ed\u00adticos experimentados por el puP?\u00bbo:c?,(;. Israel. En diversas tradicio::es b1licas encontramos discusiones particulares sobre el problema de si Israel debe o no tener un rey. Tales discusiones ponen de manifiesto que, para ;los escritos veterotestamentarios,, todo sistema pol\u00ed\u00adtico ha de medirse ponla pauta del respeto de la soberan\u00ed\u00ada absoluta de Yhwh sobre su pueblo. El sentido de esta teocracia veterotestamentaria es todav\u00ed\u00ada hoy muy controvertido. Es evidente que la conciencia de Israel, en las varias etapas de su historia, no distingue de manera refleja entre esfera religiosa y esfera pol\u00ed\u00adtica. Ni siquiera la cr\u00ed\u00adtica prof\u00e9tica del poder real (cf, como ejemplo entre muchos, Ose 10:3; Ose 7:3; Ose 8:4) desmiente esta evidencia. La soberan\u00ed\u00ada de Yhwh es en todo caso de otro g\u00e9nero respecto a la ejercida por los varios tipos de autoridad pol\u00ed\u00adtica en Israel. Estos varios tipos de autoridad tienen con Yhwh, cuyos_designios son insondables, una relaci\u00f3n como de instrumento; tambi\u00e9n los soberanos id\u00f3latras que no veneran al Dios de Israel pueden ser, incluso inconscientemente, instrumento de Yhwh (cf. Jer 25:9; Jer 27:5s; Isa 42:2s; 45,Is). En general estos soberanos y sus m\u00e9todos de gobierno son vistos como instrumento de castigo del pueblo pecador, y no como creadores de justicia. Por ese motivo en la literatura veterotestamentaria no se encuentra una sacralizaci\u00f3n particular de un r\u00e9gimen pol\u00ed\u00adtico preciso. Tampoco en la literatura apocal\u00ed\u00adptica, aunque propone una nueva visi\u00f3n de la historia, se cambia radicalmente esta perspectiva. Yhwh sigue siendo el Dios que \u00abdepone a los reyes y los entroniza\u00bb (Dan 2:21); por ello, aunque el curso de la historia (en la perspectiva apocal\u00ed\u00adptica) es considerado como tendiendo siempre a una degeneraci\u00f3n, de hecho se nutre de una cierta indiferencia \u00e9tica respecto a los varios tipos de reg\u00ed\u00admenes.<\/p>\n<p>Entre los especialistas del NT existe hoy un consenso casi un\u00e1nime en afirmar que los escritos neotestamentarios no presentan una \u00e9tica pol\u00ed\u00adtica sistem\u00e1tica articulada. El NT contiene s\u00f3lo afirmaciones fragmentarias sobre lo pol\u00ed\u00adtico y sobre el Estado. Ello no significa que tales afirmaciones sean teol\u00f3gica o \u00e9ticamente irrelevantes y\/ o que no puedan deducirse de ellas actualizaciones \u00e9ticonormativas. Los escritos neotestamentarios no pretenden hacer afirmaciones de principio sobre la estructura del Estado, ni proponer una serie de criterios o de normas para elaborar una correcta relaci\u00f3n del cristiano y de la comunidad eclesial con las estructuras estatales. Quieren responder puntual y fragmentariamente s\u00f3lo a situaciones de conflicto precisas y concretas de las comunidades particulares de creyentes. Por este motivo las afirmaciones concretas del NT sobre la esfera pol\u00ed\u00adtica no pueden reducirse tampoco a unidad y coherencia interna de tipo doctrinal. De unidad de las-afirmaciones pol\u00ed\u00adticas del NT se podr\u00e1 hablar s\u00f3lo en el sentido de que se refieren m\u00e1s o menos directamente a la persona de Jes\u00fas de Nazaret, al que la comunidad confiesa como Se\u00f1or.<\/p>\n<p>Este car\u00e1cter b\u00e1sicamente fragmentario de las tradiciones b\u00ed\u00adblicas lleva a un pluralismo hist\u00f3rico igualmente fundamental de las tradiciones cristianas acerca de las actitudes que se han de adoptar frente a los varios reg\u00ed\u00admenes pol\u00ed\u00adticos, pluralismo que en todo caso no se ha de entender como absoluta indiferencia o equidistancia de los diversos modelos de realizaci\u00f3n de la convivencia pol\u00ed\u00adtica.<\/p>\n<p>Para la tradici\u00f3n sin\u00f3ptica el anuncio de la proximidad del reino de Dios (Mar 1:15) pone en crisis toda forma de soberan\u00ed\u00ada que pretenda imponerse en el mundo como absoluta (Mat 12:28; Luc 17:21). As\u00ed\u00ad, la predicaci\u00f3n de Jes\u00fas no propone modelo alguno normativo de convivencia pol\u00ed\u00adtica, y menos a\u00fan se interesa por la conquista de un poder pol\u00ed\u00adtico en Palestina. La l\u00f3gica del reino, explicitada varias veces a trav\u00e9s del medio literario de las par\u00e1bolas, impide un uso directa y estrat\u00e9gicamente pol\u00ed\u00adtico de los logia de Jes\u00fas. Por otra parte, tanto la praxis de Jes\u00fas como sus discursos citados por los sin\u00f3pticos, en las afirmaciones sobre los sujetos prioritarios de la buena noticia, a saber: los pobres (Mar 1:14-15), adoptan un car\u00e1cter por lo menos indirectamente pol\u00ed\u00adtico. El logion del tributo al C\u00e9sar, adem\u00e1s, pone de manifiesto la intenci\u00f3n de Jes\u00fas de desacralizar todo sistema de poder pol\u00ed\u00adtico.<\/p>\n<p>En lo que se refiere a la actitud de la tradici\u00f3n paulina frente a los varios sistemas de poder pol\u00ed\u00adtico imperantes en los ambientes de las primeras comunidades cristianas, nos referiremos sobre todo al texto, sumamente complejo, de Rom 13:1-7. Con esta recomendaci\u00f3n paren\u00e9tica Pablo no quiere proponer una doctrina sistem\u00e1tica sobre el Estado, y menos a\u00fan pretende fijar una medida de juicio entre los varios sistemas pol\u00ed\u00adticos; s\u00f3lo desea responder a la pregunta de si tambi\u00e9n los cristianos deben pagar los impopulares impuestos indirectos. Esta pasaje hay que verlo como un enclave entre una serie de recomendaciones cuyo centro es el amor de la agape. En este contexto la estructura del Estado no recibe del ap\u00f3stol una dignidad teol\u00f3gica particular. La actitud del creyente frente a \u00e9l no ha de ser ni servilista ni entusiasta; debe estar lejos tanto de la separaci\u00f3n m\u00ed\u00adstico-perfeccionista entre pol\u00ed\u00adtico y religioso, como de la voluntad de destrucci\u00f3n que se hace la ilusi\u00f3n de poder cambiar radicalmente la l\u00f3gica subyacente a todo poder humano. En este sentido, m\u00e1s all\u00e1 de una formulaci\u00f3n literal acaso bastante ambigua, tambi\u00e9n el texto de Rom 13 hace indirectamente una contribuci\u00f3n a la desmitizaci\u00f3n teol\u00f3gica de los sistemas pol\u00ed\u00adticos.<\/p>\n<p>Acentos diversos presenta el texto, importante tambi\u00e9n para su recepci\u00f3n hist\u00f3rica, de Ap 13. Aqu\u00ed\u00ad el conflicto entre fe de los creyentes y sistema pol\u00ed\u00adtico romano es evidente y est\u00e1 marcado por la persecuci\u00f3n. Esta situaci\u00f3n lleva a una radicafzaci\u00f3n que se manifiesta en los dos extremos: por una parte, el poder pol\u00ed\u00adtico se autodiviniza; por otra, los creyentes reaccionan contra esta teologizaci\u00f3n impertinente con la demonizaci\u00f3n del sistema pol\u00ed\u00adtico.<\/p>\n<p>II. Algunos juicios sobre los sistemas socio-pol\u00ed\u00adticos en la historia del cristianismo<br \/>\nLa historia del pensamiento cristiano, que se inicia ya con anterioridad a la formaci\u00f3n del canon b\u00ed\u00adblico, manifiesta un gran pluralismo de valoraciones (lo mismo de principio que de aplicaci\u00f3n concreta) frente a los varios sistemas socio-pol\u00ed\u00adticos que encuentra en el decurso de los siglos.<\/p>\n<p>Aqu\u00ed\u00ad aludiremos s\u00f3lo a algunos momentos b\u00e1sicos de la historia de las ideas \u00e9tico-pol\u00ed\u00adtico-sociales, concentrando la atenci\u00f3n en el juicio pronunciado sobre los reg\u00ed\u00admenes y sistemas socio-pol\u00ed\u00adticos. Adem\u00e1s nos limitaremos s\u00f3lo a las tres posiciones cl\u00e1sicas m\u00e1s representativas de la tradici\u00f3n cristiana (Agust\u00ed\u00adn, Tom\u00e1s y Lutero), pasando luego a las posiciones m\u00e1s recientes de la ense\u00f1anza social de la Iglesia, teniendo muy clara la distancia que existe en cuanto al contenido entre el concepto de sistema socio-pol\u00ed\u00adtico, tal como lo comprende hoy la investigaci\u00f3n politol\u00f3gica, y los juicios \u00e9ticos expresados por las mencionadas auctoritates sobre los sistemas pol\u00ed\u00adticos de su tiempo.<\/p>\n<p>1. TRES POSICIONES CL\u00ed\u0081SICAS. Una reflexi\u00f3n \u00e9tica y\/ o teol\u00f3gica expl\u00ed\u00adcita sobre los sistemas pol\u00ed\u00adticos no se encuentra ni siquiera en san Agust\u00ed\u00adn, que, sin embargo, dedica gran espacio a la problem\u00e1tica pol\u00ed\u00adtica, sobre todo en De civitate Dei. Agust\u00ed\u00adn subraya ante todo que la esfera de lo pol\u00ed\u00adtico no es el lugar en que el hombre tiene la posibilidad de autodeterminarse verdaderamente; y mucho menos tiene el hombre la posibilidad de escoger el sistema sociopol\u00ed\u00adtico. Al contrario: \u00abel coraz\u00f3n del rey est\u00e1 en las manos de Dios\u00bb (De gratia et libero arbitrio, 42) y \u00abDios lo conduce adonde \u00e9l quiere\u00bb. En otras palabras, el hecho pol\u00ed\u00adtico es la manifestaci\u00f3n de una estrategia secreta de Dios sobre la historia humana. De esta realidad misteriosa no se sigue, para Agust\u00ed\u00adn, que el soberano tenga siempre moralmente raz\u00f3n o que est\u00e9 constantemente legitimado, sino s\u00f3lo que el cristiano est\u00e1 llamado a seguir los designios de Dios incluso cuando se manifiestan a trav\u00e9s del soberano pecador o de un r\u00e9gimen injusto. El llamado pesimismo pol\u00ed\u00adtico de Agust\u00ed\u00adn est\u00e1 estrechamente relacionado con esta visi\u00f3n suya teol\u00f3gica de la historia y de los reg\u00ed\u00admenes socio-pol\u00ed\u00adticos. En efecto, para el obispo de Hipona una autoridad pol\u00ed\u00adtica, un sistema sociopol\u00ed\u00adtico, no puede ejercer poder alguno sin la ayuda permisiva, tolerante y gratuita de Dios. Adem\u00e1s, para el cristiano la vida est\u00e1 en continua tensi\u00f3n escatol\u00f3gica, por lo cual en primera instancia est\u00e1 llamado no tanto a realizar un orden pol\u00ed\u00adtico, aunque \u00e9ticamente fundado, cuanto m\u00e1s bien a utilizar los acontecimientos y las instituciones pol\u00ed\u00adticas como ocasi\u00f3n para hacer sitio al crecimiento e instauraci\u00f3n de la ciudad de Dios, que todav\u00ed\u00ada no puede identificarse con la Iglesia emp\u00ed\u00adricamente visible, pero que ser\u00e1 su cumplimiento al fin de los tiempos.<\/p>\n<p>Algunos elementos de esta visi\u00f3n de los reg\u00ed\u00admenes pol\u00ed\u00adticos llevar\u00e1 en el medievo a las diversas expresiones de agustinismo pol\u00ed\u00adtico, donde las varias formas de gobierno ser\u00e1n juzgadas bas\u00e1ndose en su funci\u00f3n respecto a la Iglesia. As\u00ed\u00ad, el emperador se convertir\u00e1 en custos ecclesiae, y las dos ciudades se transformar\u00e1n en las dos espadas.<\/p>\n<p>La superaci\u00f3n del horizonte agustiniano en la reflexi\u00f3n acerca de los sistemas socio-pol\u00ed\u00adticos ser\u00e1 posible en el medievo s\u00f3lo partiendo de un nuevo enfoque te\u00f3rico capaz de provocar un cambio paradigm\u00e1tico. Es lo que ocurrir\u00e1 con la aceptaci\u00f3n de la filosof\u00ed\u00ada pol\u00ed\u00adtica de Arist\u00f3teles en la obra de santo Tom\u00e1s de Aquino.<\/p>\n<p>Para santo Tom\u00e1s, los fines \u00faltimos del individuo y de la sociedad son \u00ed\u00adntimamente coherentes entre s\u00ed\u00ad y, al menos in nuce, id\u00e9nticos. Esta coherencia tiene ra\u00ed\u00adces \u00e9ticas, ya que el fin de ambos es vivir seg\u00fan la virtud, adem\u00e1s de que toda la humanidad est\u00e1 llamada al goce de Dios en la vida bienaventurada. Por este motivo el problema de la necesidad de una autoridad en la comunidad pol\u00ed\u00adtica no es contemplado como problema t\u00e9cnico-organizativo, presidido quiz\u00e1 por necesidades de tipo material y econ\u00f3mico, sino como problema espec\u00ed\u00adficamente moral. As\u00ed\u00ad como el m\u00e9dico debe proveer a que la vida de los hombres se conserve sana, as\u00ed\u00ad el pr\u00ed\u00adncipe est\u00e1 llamado a presidir la vida racional y virtuosa de los ciudadanos. En esta perspectiva hay que juzgar la preferencia del Aquinate por el sistema de gobierno mon\u00e1rquico. Se trata de una preferencia que no tiende ciertamente a legitimar cualquier despotismo, sino a privilegiar la forma mejor de gobierno de representaci\u00f3n. El jefe pol\u00ed\u00adtico personifica, por as\u00ed\u00ad decir, al Estado, si bien por motivos pr\u00e1cticos es m\u00e1s realista una forma de gobierno mixta. En cualquier caso, independientemente del tipo de r\u00e9gimen pol\u00ed\u00adtico que un pueblo escoge, el Estado es un modelo de sociedad en s\u00ed\u00ad perfecto y completo. (La distinci\u00f3n entre sociedad y Estado, en el sentido moderno en que hoy se entiende, no est\u00e1 a\u00fan presente en Tom\u00e1s de Aquino).<\/p>\n<p>Con la reflexi\u00f3n de Lutero sobre el r\u00e9gimen pol\u00ed\u00adtico se produce otro cambio paradigm\u00e1tico en la tradici\u00f3n cristiana de Occidente. La valoraci\u00f3n \u00e9tico-teol\u00f3gica de los sistemas pol\u00ed\u00adticos es del todo interna a la distinci\u00f3n exquisitamente teol\u00f3gica entre ley y evangelio. La distinci\u00f3n s\u00f3lo puede exiperimentarse en el \u00e1mbito de la fe. Esta diversidad radical entre la relaci\u00f3n qu\u00e9 el cristiano mantiene con las leyes \u00e9ticas y jur\u00ed\u00addicas, por una parte, y con el mensaje gratuito de salvaci\u00f3n que es Cristo, por otra, no lo ve Lutero como falta absoluta de nexo entre las dos realidades (\u00abLex respicit ad Evangelium&#8230; Evangelium respicit ad Legem\u00bb: WA 4,134,29). Los sistemas pol\u00ed\u00adticos pertenecen a la realidad de la ley, por lo cual asumen las funciones propias de la ley: ante todo, la funci\u00f3n civil de pacificaci\u00f3n m\u00ed\u00adnima del convivir humano, que por su naturaleza tiende al conflicto generalizado; en segundo lugar, al menos para el creyente, la ley (y por tanto tambi\u00e9n las instituciones pol\u00ed\u00adticas a ella ligadas) recuerda constantemente la insuficiencia de las capacidades humanas para cumplirla. As\u00ed\u00ad pues, los sistemas pol\u00ed\u00adticos carecen de importancia a nivel salv\u00ed\u00adfico y son necesarios a nivel \u00e9tico. El creyente se mueve en esta dial\u00e9ctica de necesidad y de inutilidad.<\/p>\n<p>2. LA POSICI\u00ed\u201cN DE LA ENSE\u00ed\u2018ANZA SOCIAL DE LA IGLESIA. Se intentar\u00e1 dar raz\u00f3n aqu\u00ed\u00ad del sentido de una relativa indiferencia respecto a los sistemas pol\u00ed\u00adticos, que puede observarse en los escritos de los papas del siglo XIX, desde Le\u00f3n XIII a P\u00ed\u00ado XII excluido. Se trata de la primera versi\u00f3n de la ense\u00f1anza social de la Iglesia, importante para poder verificar adecuadamente la pretendida hipoteca antidemocr\u00e1tica que habr\u00ed\u00ada pesado sobre la reflexi\u00f3n \u00e9tico-pol\u00ed\u00adtica de matriz cat\u00f3lica hasta hace pocos decenios.<\/p>\n<p>La mencionada indiferencia no es de \u00ed\u00adndole contingente, y mucho menos est\u00e1 ligada a una estrategia de mera autoconservaci\u00f3n en contextos sociales diversos; m\u00e1s bien hay que relacionarla con una visi\u00f3n filos\u00f3fico-teol\u00f3gica de fondo acerca del Estado y sus funciones sociales, por una parte, y a exigencias eclesiol\u00f3gicas, por otra.<\/p>\n<p>En lo que se refiere a la visi\u00f3n del Estado sostenida por la ense\u00f1anza social de la Iglesia hasta P\u00ed\u00ado XII, puede notarse un rasgo claramente anticontractualista que connota a todo juicio \u00e9tico sobre los varios tipos posibles de r\u00e9gimen pol\u00ed\u00adtico. La visi\u00f3n contractualista de la g\u00e9nesis del poder pol\u00ed\u00adtico es combatida sobre todo por el hecho de que parec\u00ed\u00ada directamente competitiva con el poder divino y su primado respecto a todo tipo de autoridad humana. Las diversas democracias representativas, que se derivan justamente de una visi\u00f3n contractualista de la g\u00e9nesis del poder pol\u00ed\u00adtico, se basan en una visi\u00f3n consensual de los fines que hay que conseguir en la vida pol\u00ed\u00adtica, mientras que la ense\u00f1anza social de la Iglesia insiste en defender una concepci\u00f3n metaf\u00ed\u00adsica de los fines de la convivencia social. Semejante concepci\u00f3n no es espec\u00ed\u00adfica del cristianismo en general, y mucho menos de la tradici\u00f3n cat\u00f3lica en especial, sino que es de proveniencia claramente anstot\u00e9lica; se ve, porque el fen\u00f3meno de la g\u00e9nesis y del desarrollo de la ense\u00f1anza social de la Iglesia a partir del siglo pasado est\u00e1 estrechamente ligado, sobre todo en Le\u00f3n XIII, a una rehabilitaci\u00f3n del tomismo en los varios \u00e1mbitos del saber. Seg\u00fan esta perspectiva neoescol\u00e1stica, la convivencia pol\u00ed\u00adtica es una cualidad natural que no puede referirse a un pacto artificial primigenio. El juicio sobre los varios sistemas pol\u00ed\u00adticosociales es un juicio segundo, hecho sobre los medios que el Estado se da para alcanzar el fin del bien com\u00fan, y no un juicio sobre lo pol\u00ed\u00adtico en cuanto tal. De ah\u00ed\u00ad que el inter\u00e9s moral por las diversas formas de gobierno sea en la tradici\u00f3n escol\u00e1stica m\u00e1s bien contingente. As\u00ed\u00ad santo Tom\u00e1s de Aquino manifiesta una abierta simpat\u00ed\u00ada hacia la monarqu\u00ed\u00ada, pero sin hacer de ello una cuesti\u00f3n de preferencia absoluta.<\/p>\n<p>Si luego, en los papas que preceden a Le\u00f3n XIII y a la Rerum novarum, pueden notarse a\u00fan acentos pol\u00e9micos de tipo legitimista orientados a combatir el liberalismo en cuanto negador de los t\u00ed\u00adtulos jur\u00ed\u00addicos que las casas reinantes reivindican para s\u00ed\u00ad para la posesi\u00f3n del poder, despu\u00e9s de Le\u00f3n XIII la cr\u00ed\u00adtica de los reg\u00ed\u00admemes liberal-democr\u00e1ticos se har\u00e1 a partir de su concepci\u00f3n de la g\u00e9nesis del poder pol\u00ed\u00adtico mismo. Se combate el contractualismo porque pone los fines en que se basa el bien com\u00fan a disposici\u00f3n del hombre y porque ve el bien com\u00fan sin lazo alguno necesario con el aspecto religioso, y consiguientemente con el eclesi\u00e1stico tambi\u00e9n. El Estado laico es al mismo tiempo un Estado que niega la esencia metaf\u00ed\u00adsica de lo pol\u00ed\u00adtico; en este sentido la Iglesia no puede ser indiferente ante los varios sistemas pol\u00ed\u00adtico-sociales, sino que dar\u00e1 la preferencia a los que dejen espacio al reconocimiento de la soberan\u00ed\u00ada divina y a los intereses de la misma Iglesia.<\/p>\n<p>Por su parte, el contractualismo liberal reaccion\u00f3 frente al intento neoescol\u00e1stico siguiendo dos modalidades diversas. En aquellas sociedades en las que ten\u00ed\u00ada gran peso la realidad visible del catolicismo, primeramente en Italia (que adem\u00e1s ten\u00ed\u00ada que ver con la cuesti\u00f3n romana), la falta de entendimiento entre contractualismo iluminista y filosof\u00ed\u00ada pol\u00ed\u00adtica neoescol\u00e1stica permanece abierta y adopta tonos claramente pol\u00e9micos, ignorando por una y otra parte los or\u00ed\u00adgenes tambi\u00e9n te\u00f3ricos del diverso juicio formulado sobre los varios sistemas pol\u00ed\u00adtico-sociales. En las sociedades anglosajonas, en las que el catolicismo era en todo caso minor\u00ed\u00ada, se establece una situaci\u00f3n de convivencia pr\u00e1ctica, que con el tiempo permite tambi\u00e9n la adopci\u00f3n te\u00f3rica de algunos principios del liberalismo, naciendo as\u00ed\u00ad una preferencia \u00e9tica por la democracia incluso en el campo cat\u00f3lico.<\/p>\n<p>Esta preferencia, no s\u00f3lo t\u00e1ctica, sino de principio, comienza a abrirse paso en el magisterio pontificio a partir de P\u00ed\u00ado XII (cf los radiomensajes navide\u00f1os de 1941 y 1944). En el frente de la reflexi\u00f3n eclesiol\u00f3gica permanece la pretensi\u00f3n de verdad absoluta representada por la instituci\u00f3n visible de la Iglesia cat\u00f3lica, pero se renuncia a exigir un reconocimiento expl\u00ed\u00adcito de esta pretensi\u00f3n universal por parte de los varios reg\u00ed\u00admenes pol\u00ed\u00adticos. En el frente de la reflexi\u00f3n sobre los sistemas socio-pol\u00ed\u00adticos no se puede ignorar el impacto indirecto, tambi\u00e9n te\u00f3rico, que los reg\u00ed\u00admenes dictatoriales nacionalsocialistas han tenido en el desarrollo de las reflexiones del magisterio sociopol\u00ed\u00adtico de los pont\u00ed\u00adfices.<\/p>\n<p>Por una parte, el \u00e9xito de estos reg\u00ed\u00admenes autoritarios fue una tentaci\u00f3n para el catolicismo oficial, pues parec\u00ed\u00adan, al menos indirecta y torpemente, satisfacer algunas exigencias formuladas por el magisterio precedente: forma no contractual, y por tanto contingente, del poder estatal; abierto reconocimiento (mediante el instrumento del concordato) de la soberan\u00ed\u00ada de la Iglesia cat\u00f3lica como instituci\u00f3n de derecho p\u00fablico. Por otra parte, las situaciones injustas y dram\u00e1ticas creadas por estos reg\u00ed\u00admenes (anexiones y guerra mundial) fue una ocasi\u00f3n para la reflexi\u00f3n \u00e9ticopol\u00ed\u00adtica ligada a la ense\u00f1anza social de la Iglesia. Como afirma justamente A. Acerbi (Legittimazione, 168), \u00aben Le\u00f3n XIII toda la reflexi\u00f3n sobre la pol\u00ed\u00adtica y el Estado se refer\u00ed\u00ada al campo de la \u00e9tica y de la ley divina; en cambio, P\u00ed\u00ado XII deja espacio para la ley humana, que representa un orden racional regido por principios espec\u00ed\u00adficos propios, lo cual le induce a aceptar la distinci\u00f3n, de origen liberal, entre Estado y sociedad\u00bb.<\/p>\n<p>En esta perspectiva las varias formas del convivir social (los sistemas pol\u00ed\u00adtico-sociales) son \u00e9ticamente medidos por su capacidad de garantizar no s\u00f3lo un bien com\u00fan metaf\u00ed\u00adsicamente definido, sino tambi\u00e9n la libertad de las personas que lo componen. El respeto de la soberan\u00ed\u00ada popular recibe una connotaci\u00f3n claramente \u00e9tica y no es visto ya en competencia con los derechos de Dios y\/ o con la tesis persistente del origen divino del poder pol\u00ed\u00adtico humano.<\/p>\n<p>Con Juan XXIII, el concilio Vaticano 11 y los pont\u00ed\u00adfices que seguir\u00e1n, el horizonte de reflexi\u00f3n sobre los sistemas pol\u00ed\u00adtico-sociales se ampl\u00ed\u00ada m\u00e1s y por motivos diversos. La reflexi\u00f3n eclesiol\u00f3gica recibe con la constituci\u00f3n Lumen gentium una impronta cualitativamente nueva, renunciando definitivamente a la representaci\u00f3n de la iglesia visible como societas perfecta. El Estado y las varias formas hist\u00f3ricas que asume no se miden ya por el modelo eclesial ideal. Por otra parte, la aceptaci\u00f3n tard\u00ed\u00ada, pero completa, del principio de libertad religiosa descarga a los sistemas pol\u00ed\u00adticos del deber de ser un momento de verdad en el destino \u00faltimo del hombre. Los sistemas socio-pol\u00ed\u00adticos son juzgados ahora bas\u00e1ndose en su capacidad de realizar una convivencia racional fundada en valores \u00e9ticos de libertad y justicia, sin pretender que formulen juicios sobre los fundamentos \u00faltimos de estos mismos valores. Tales juicios son de competencia de varios grupos sociales, entre los que la Iglesia visible se coloca en pie de igualdad, sin reivindicar privilegios espec\u00ed\u00adficos. \u00abEs cometido de las agrupaciones culturales y religiosas, dentro de la libertad de adhesi\u00f3n que suponen, desarrollar en el cuerpo social, de manera desinteresada y por sus medios propios, las convicciones \u00faltimas sobre la naturaleza, el origen y el fin del hombre y de la sociedad (PABLO VI, Octogesima adveniens, 25).<\/p>\n<p>La Iglesia, por su parte, no se presenta ya como sociedad perfecta entre las sociedades imperfectas, sino que coloca el acento en su constituci\u00f3n mist\u00e9rica y en la permanente dial\u00e9ctica entre visible e invisible como expresi\u00f3n principal de su condici\u00f3n de signo del reino, es decir, de la plena soberan\u00ed\u00ada de Dios sobre el mundo y sobre la historia. Por lo tanto, la existencia eclesial no se sit\u00faa ya como forma de competencia directa, en el mismo plano, de las varias formas de convivencia pol\u00ed\u00adtica, sino como est\u00ed\u00admulo indirecto a una existencia pol\u00ed\u00adtica que tenga clara connotaci\u00f3n \u00e9tica.<\/p>\n<p>El magisterio posconciliar, hasta el m\u00e1s reciente, est\u00e1 pues, en condiciones de hacer del respeto de los \/derechos fundamentales del hombre la pauta \u00e9tica de medida de los varios sistemas socio-pol\u00ed\u00adticos. Sobre todo en Juan Pablo II la relaci\u00f3n entre sociedad y Estado se problematiza a\u00fan m\u00e1s mediante una intensa relativizaci\u00f3n del Estado como instrumento segundo respecto a la sociedad. \u00abEl Estado no es ya, como era en el siglo xlx, el \u00fanico principio mediante el cual la Iglesia pod\u00ed\u00ada ponerse en relaci\u00f3n con la sociedad en un plano de universalidad. Los derechos humanos dan forma pol\u00ed\u00adticojur\u00ed\u00addica concreta a la idea de humanidad, que es la idea m\u00e1s cong\u00e9nita con el universalismo intr\u00ed\u00adnseco a la concepci\u00f3n cat\u00f3lica. Esto significa que existe una especie de degradaci\u00f3n de las relaciones con el Estado lo que es visible en la ca\u00ed\u00adda del sistema concordatorio\u00bb (ACERBI, Legittimazione, 173).<\/p>\n<p>La \u00faltima enc\u00ed\u00adclica social de Juan Pablo II (Sollicitudo re\u00c2\u00a1 socialis) representa un paso m\u00e1s en esta l\u00ed\u00adnea. Aqu\u00ed\u00ad se relativizan no s\u00f3lo los varios sistemas socio-pol\u00ed\u00adticos en su pretensi\u00f3n de expresi\u00f3n de la verdad del hombre, sino tambi\u00e9n el alcance mismo de una ense\u00f1anza social de la Iglesia. Esa ense\u00f1anza no se propone ya como el cuadro te\u00f3rico de una posible tercera v\u00ed\u00ada m\u00e1s all\u00e1 de la alternativa entre sistema liberal y colectivista. La Iglesia no produce una propuesta sistem\u00e1tica entre los varios sistemas posibles, sino que m\u00e1s bien es portadora de un mensaje religioso y a la vez \u00e9tico de tipo transistem\u00e1tico. Por tanto no constituye posibilidad de concurrencia y\/o de alianza para los sistemas sociopol\u00ed\u00adticos que se enfrentan en la escena del mundo, sino m\u00e1s bien est\u00ed\u00admulo cr\u00ed\u00adtico para los varios tipos de formaci\u00f3n social.<\/p>\n<p>Lo que no est\u00e1 a\u00fan muy claro a partir de este \u00faltimo desarrollo del magisterio pontificio es la serie de consecuencias que esa visi\u00f3n pueda y deba tener a nivel eclesiol\u00f3gico. De hecho, ya hoy la Iglesia cat\u00f3lica convive con una serie de sistemas sociopol\u00ed\u00adticos diversos sin reivindicar privilegios espec\u00ed\u00adficos para su propia organizaci\u00f3n interna.<\/p>\n<p>III. Tentativas de clasificaci\u00f3n en la investigaci\u00f3n politol\u00f3gica<br \/>\nLa pulverizaci\u00f3n de la reflexi\u00f3n contempor\u00e1nea sobre la pol\u00ed\u00adtica est\u00e1 \u00ed\u00adntimamente ligada al hecho de que la misma pol\u00ed\u00adtica se hace accesible tambi\u00e9n a una aproximaci\u00f3n emp\u00ed\u00adrica no valorativa. Partiendo de este supuesto metodol\u00f3gico se pueden definir y programar ante todo subdisciplinas pol\u00ed\u00adticas de ciencias humanas superiores m\u00e1s generales. As\u00ed\u00ad, de hecho, se han desarrollado en los \u00faltimos tiempos ramas nuevas del saber, como la psicolog\u00ed\u00ada pol\u00ed\u00adtica, la sociolog\u00ed\u00ada pol\u00ed\u00adtica, la etnolog\u00ed\u00ada y la geograf\u00ed\u00ada pol\u00ed\u00adtica, etc. En un grado intermedio de generalizaci\u00f3n y de abstracci\u00f3n se coloca la ciencia pol\u00ed\u00adtica, llamada tambi\u00e9n politolog\u00ed\u00ada, que se entiende a s\u00ed\u00ad misma como teor\u00ed\u00ada global, pero no filos\u00f3fica y\/ o \u00e9tica, del fen\u00f3meno pol\u00ed\u00adtico. En este nivel de abstracci\u00f3n y de teorizaci\u00f3n se han propuesto varias tipolog\u00ed\u00adas m\u00e1s o menos coherentes de clasificaci\u00f3n de los sistemas pol\u00ed\u00adticos.<\/p>\n<p>Para poder comprender mejor en qu\u00e9 nivel se colocan las varias definiciones de estos sistemas hay que retroceder a las diversas visiones del concepto de sistema, por una parte, y a los varios esfuerzos por definir la pol\u00ed\u00adtica, por otra. Para este \u00faltimo punto, ! Pol\u00ed\u00adtica.<\/p>\n<p>En cuanto a la noci\u00f3n de sistema (pol\u00ed\u00adtico), hay que recordar que no se trata en primer lugar de una realidad emp\u00ed\u00adrica, sino ante todo de un modelo te\u00f3rico que se inspira en un tipo ideal de convivencia social. Es decir, se trata de un concepto anal\u00ed\u00adtico, y no primariamente descriptivo, en el que se definen a priori (de manera del todo convencional, aunque no arbitraria) una serie de posibles variables que, dentro de un trabajo de comparaci\u00f3n, constituir\u00e1n la pauta de juicio sobre la diferencia entre los varios sistemas.<\/p>\n<p>La autonom\u00ed\u00ada de los sistemas sociales y pol\u00ed\u00adticos es variable y relativa. Est\u00e1 en estrecha dependencia de factores geogr\u00e1ficos, clim\u00e1ticos, de producci\u00f3n de bienes materiales, etc. Algo que por lo dem\u00e1s es com\u00fan a todos los sistemas es el conjunto de factores varios que est\u00e1n en relaci\u00f3n de cohesi\u00f3n y de covariaci\u00f3n, de modo que sea posible, al menos en principio, compararlos.<\/p>\n<p>Todo sistema est\u00e1 estructurado ad intra por una serie de subsistemas de cohesi\u00f3n y de solidaridad, y ad extra por instrumentos potenciales de conflicto con otros sistemas que podr\u00ed\u00adan competir con \u00e9l. El sistema pol\u00ed\u00adtico hoy m\u00e1s com\u00fan, el Estado nacional soberano, es a su vez resultado de acumulaciones de funciones provenientes de otros subsistemas, que antecedentemente ten\u00ed\u00adan vida m\u00e1s aut\u00f3noma. Recu\u00e9rdese, por ejemplo, el clan, la aldea, las ciudades-estado, los peque\u00f1os territorios feudales, las provincias m\u00e1s populosas, hasta los primeros Estados-naci\u00f3n. Este proceso acumulativo puede observarse en el tiempo lo mismo que en el espacio, y conduce al desarrollo de saberes diversos, como la historia de los sistemas pol\u00ed\u00adticos y la ciencia pol\u00ed\u00adtica comparada.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n dentro de sistemas pol\u00ed\u00adticos que han alcanzado un grado an\u00e1logo de institucionalizaci\u00f3n (los varios Estados nacionales hoy reconocidos jur\u00ed\u00addicamente como tales y reagrupados en los organismos internacionales) es posible un trabajo de comparaci\u00f3n entre subsistemas an\u00e1logos. As\u00ed\u00ad, se encuentra en politolog\u00ed\u00ada la disciplina que estudia comparativamente los sistemas de gobierno, las administraciones, los subsistemas de instrucci\u00f3n, etc.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el modo m\u00e1s general de considerar la soberan\u00ed\u00ada pol\u00ed\u00adtica, se parte hoy (si bien con premisas muy diversas, aunque inexpresadas) de la llamada soberan\u00ed\u00ada del pueblo. Las ra\u00ed\u00adces hist\u00f3ricas de esta expresi\u00f3n se remontan a la pol\u00e9mica hist\u00f3rica contra el absolutismo de los soberanos din\u00e1sticos del siglo xvii. Pero partiendo del topos de la soberan\u00ed\u00ada del pueblo pueden encontrar legitimaci\u00f3n varios y diversos sistemas pol\u00ed\u00adticos. En efecto, la soberan\u00ed\u00ada del pueblo se ejerce a trav\u00e9s de estructuras que la hacen m\u00e1s o menos directa. El instrumento jur\u00ed\u00addico que define el grado de ejercicio directo o indirecto de la soberan\u00ed\u00ada popular es en general la llamada constituci\u00f3n. Esta puede prever un sistema pol\u00ed\u00adtico de democracia directa o eventualmente indirecta, si la soberan\u00ed\u00ada es ejercida con instrumentos m\u00e1s o menos permanentes de delegaci\u00f3n del poder. Estos \u00faltimos pueden variar geogr\u00e1ficamente en el territorio de un Estado dado, con diversos grados de centralizaci\u00f3n y\/ o de autonom\u00ed\u00ada local. Adem\u00e1s pueden definirse varios grados de soberan\u00ed\u00ada directa o delegada seg\u00fan las competencias delegadas en los \u00f3rganos de decisi\u00f3n. Se alude a \u00f3rganos de decisi\u00f3n en general, porque esa connotaci\u00f3n es antecedente a la eventual diferenciaci\u00f3n de las funciones de poder.<\/p>\n<p>Se consideran como democr\u00e1ticos aquellos tipos de r\u00e9gimen pol\u00ed\u00adtico que prev\u00e9n una estricta separaci\u00f3n de los poderes entre la funci\u00f3n legislativa, ejecutiva y judicial.<\/p>\n<p>Un elemento ulterior de diferenciaci\u00f3n de los sistemas pol\u00ed\u00adticos viene dado por la diversa funci\u00f3n asumida por los llamados grupos de inter\u00e9s. A estos \u00faltimos se los denomina en general partidos, aunque eventualmente pueden revestir otras formas institucionales. Hay reg\u00ed\u00admenes pol\u00ed\u00adticos que prev\u00e9n estructuralmente la pluralidad de partido como condici\u00f3n de democracia, mientras que otros, por razones muy diversas, prev\u00e9n constitucionalmente la presencia de un partido \u00fanico.<\/p>\n<p>Es com\u00fan a todos los reg\u00ed\u00admenes pol\u00ed\u00adticos modernos que el Estado prevea un monopolio del derecho y un monopolio de la fuerza leg\u00ed\u00adtima. Esta caracter\u00ed\u00adstica transist\u00e9mica se cuenta, te\u00f3ricamente, entre las m\u00e1s problem\u00e1ticas. Si, por una parte, el monopolio estatal de la fuerza minimiza la presencia de la violencia en la sociedad, por otra legitima indirectamente cualquier abuso violento de Estado, ya que no se le puede dar respuesta adecuada. De todas formas hay sistemas pol\u00ed\u00adticos que prev\u00e9n expl\u00ed\u00adcitamente las condiciones de un leg\u00ed\u00adtimo derecho de resistencia. En lo que respecta al monopolio estatal del derecho, se podr\u00ed\u00adan suscitar tambi\u00e9n otros interrogantes, ya que no reconoce otras soberan\u00ed\u00adas plenas fuera del Estado. Asoma aqu\u00ed\u00ad una posible tentaci\u00f3n de absolutismo jur\u00ed\u00addico.<\/p>\n<p>La pregunta que el especialista de \u00e9tica se hace ante la enorme cantidad de informaciones recientemente acumuladas en este \u00e1mbito del estudio de los sistemas pol\u00ed\u00adticos es la de saber si tales informaciones poseen una valencia y una importancia \u00e9tica. La pregunta es seguramente leg\u00ed\u00adtima, incluso dentro del horizonte politol\u00f3gico, pero no puede recibir una respuesta apresurada.<\/p>\n<p>Ante todo hay que observar, en la perspectiva sistem\u00e1tica, las contradicciones que produce un sistema pol\u00ed\u00adtico respecto a las doctrinas \u00e9ticopol\u00ed\u00adticas que lo legitiman. Es posible que tales contradicciones provengan de subsistemas m\u00e1s o menos institucionalizados y\/ o visibles (ej\u00e9rcito, polic\u00ed\u00ada, oligarqu\u00ed\u00adas, etc.), o bien que sean fruto de contingencias temporales provenientes de otros sistemas (crisis econ\u00f3micas). La complejidad alcanzada por las interacciones en los sistemas y entre los sistemas es tal que excluye en general una explicaci\u00f3n monocausal de tales contradicciones. Ello no significa que no puedan referirse m\u00e1s o menos directamente a responsabilidades personales y, por tanto, que tengan valencia \u00e9tica.<\/p>\n<p>Lo que se puede claramente observar es que el sentido de responsabilidad personal por fen\u00f3menos \u00e9ticamente negativos es proporcional a la simplicidad del sistema socio-pol\u00ed\u00adtico a que se pertenece. Con el aumento de la complejidad se observa una disminuci\u00f3n de implicaci\u00f3n moral por parte de los individuos, y ello independientemente del grado de participaci\u00f3n posible (o sea, de \u00abdemocraticidad&#8217;~ en un sistema pol\u00ed\u00adtico dado.<\/p>\n<p>IV. Significado \u00e9tico-teol\u00f3gico de una valoraci\u00f3n de los sistemas pol\u00ed\u00adtico-sociales<br \/>\nLa tradici\u00f3n de la \u00e9tica filos\u00f3fica y de la \u00e9tica teol\u00f3gica ignora, seg\u00fan se ha dicho al principio, una reflexi\u00f3n expl\u00ed\u00adcita sobre los sistemas pol\u00ed\u00adticos en cuanto sistemas. Hasta ahora [\/ supra, II] nos hemos limitado a una valoraci\u00f3n moral de los reg\u00ed\u00admenes de gobierno. La reflexi\u00f3n contempor\u00e1nea deber\u00e1 ampliar este horizonte valorando otras dimensiones del sistema pol\u00ed\u00adtico, y respectivamente otros subsistemas que determinan la convivencia en el macrosistema. Basta pensar en las pol\u00ed\u00adticas energ\u00e9ticas [t Ecolog\u00ed\u00ada], en los sistemas econ\u00f3mico-alimentarios, etc.<\/p>\n<p>Los l\u00ed\u00admites de la reflexi\u00f3n \u00e9tica respecto a los sistemas socio-pol\u00ed\u00adticos se encuentran sobre todo en la atribuci\u00f3n directa de responsabilidades a personas y a instituciones. Esta atribuci\u00f3n se realiza en general a trav\u00e9s del instrumento del derecho, aunque no se agota en \u00e9l. En todo caso, es importante que la conciencia de la complejidad, que no permite atribuciones absolutas, no caiga en un agnosticismo \u00e9tico, en virtud del cual no se le imputar\u00ed\u00ada a nadie la responsabilidad \u00e9tica de des\u00f3rdenes evidentes. Todo individuo, en efecto, es portador al mismo tiempo de derechos y de deberes, de modo que no es \u00e9ticamente posible refugiarse en un limbo de irresponsabilidad.<\/p>\n<p>Por su parte, la reflexi\u00f3n moral deber\u00e1 prestar una atenci\u00f3n particular a las conexiones existentes entre sistemas administrativos y decisiones pol\u00ed\u00adticas. Se trata de un \u00e1mbito completamente nuevo, en el que se est\u00e1n dando a\u00fan los primeros pasos. En efecto, la atenci\u00f3n de la \u00e9tica hasta ahora estaba dirigida casi exclusivamente a cuestiones de principio relativas a la capacidad y a la voluntad de un r\u00e9gimen pol\u00ed\u00adtico de reconocer la soberan\u00ed\u00ada espec\u00ed\u00adfica de la Iglesia como estructura visible.<\/p>\n<p>La principal contribuci\u00f3n de la reflexi\u00f3n \u00e9tico-teol\u00f3gica en este campo consiste no tanto en su muy improbable capacidad de hacer sugerencias sobre el mejor funcionamiento de los sistemas pol\u00ed\u00adticos [\/ Especificidad de la moral cristiana] cuanto m\u00e1s bien en su peculiar actitud para percibir la dial\u00e9ctica de necesidad y de inutilidad salv\u00ed\u00adfica de lo pol\u00ed\u00adtico (cf en bibl. AANV., La necessit\u00e1 dellfnutile), y por tanto tambi\u00e9n de los sistemas que intentan darle cuerpo. La atenci\u00f3n de la reflexi\u00f3n teol\u00f3gica deber\u00e1, por tanto cuidar primariamente de salvaguardar la sustancia del propio mensaje sin dejarlo secuestrar ideol\u00f3gicamente al servicio de sistemas que se comprenden y teorizan a s\u00ed\u00ad mismos como hist\u00f3ricamente necesarios o como moralmente omnipotentes. La referencia escatol\u00f3gica que caracteriza a toda teolog\u00ed\u00ada y a toda \u00e9tica cristiana impide que se asigne a reg\u00ed\u00admenes pol\u00ed\u00adticos particulares, aunque est\u00e9n \u00e9ticamente bien fundados, una dignidad teol\u00f3gica en el \u00e1mbito de una historia de la salvaci\u00f3n. As\u00ed\u00ad pues, la contribuci\u00f3n de la teolog\u00ed\u00ada de los varios sistemas pol\u00ed\u00adticos es negativa, acaso materialmente pobre, pero sumamente necesaria, al menos como ant\u00ed\u00addoto. En efecto, a lo largo de los siglos ha sido demasiado fuerte la identificaci\u00f3n entre las formas particulares de soberan\u00ed\u00ada y su legitimaci\u00f3n teol\u00f3gica.<\/p>\n<p>[l Estado y ciudadano; l Participaci\u00f3n; l Poder; l Pol\u00ed\u00adtica; l Pol\u00ed\u00adtico].<\/p>\n<p>BIBL.: AA.V V., La necessitd dell fnutile, Marietti, Casale 1982; AA.VV., Partidospol\u00ed\u00adticos e ideolog\u00ed\u00adas en Espa\u00f1a, dirigido por el CIS, Madrid 1978; ACERRI A., Legittimazione dellautorit\u00e1 politica nel magistero cattolico degli ultimi cento anni, en P. PRODI y L. SARTORI (dirigido por), Crfstianesimo e potere, Dehoniane, Bolonia 1986,155-174; ID, La chiesa nel tempo. Sguardi su\u00c2\u00a1 progetti di relazioni Ira chiesa e societ\u00e1 civile negli ultfmi cento anni, Vita e Pensiero, Mil\u00e1n 19842; BORno N., Teor\u00ed\u00ada delle forme di governo nella storia del pensiero politico, Giappiccheli, Tur\u00ed\u00adn 1976; BONDOLFIA., Eticapol\u00ed\u00adtica, en AA. VV., Corso di morale, vol. 4, dirigido por T. GOFFI y G. PLANA, Queriniana, Brescia 19831987, 84-180; D&#8217;AGOSTINo F. \u00abCommunitas pol\u00ed\u00adtica est communitasprincipalissima&#8217;: Elementi per una ridefinizione dello stato, en A. AUTIERO (dirigido por), L \u00e9tica Ira quotidiano e remoto. Studi di etica sociale in onore di G. Mattai Dehoniane, Bolonia 1984, 117-129; DUVERGER M., Los partidos pol\u00ed\u00adticos, FEC, M\u00e9xico 1957; FIRPo L. (dirigido por), Storia delle idee politiche, economiche e sociali, Utet, Tur\u00ed\u00adn 1971ss; IMEODEN M., Politische Systeme. Staatsformen, Basilea-Stutgart 1964; KEV V. O., Pol\u00ed\u00adtica, partidos y grupos de presi\u00f3n, Instituto de Estudios Pol\u00ed\u00adticos, Madrid 1962; LAPIERRE J. W., L \u00e1nalyse des syst\u00e9mes politiques, Puf, Par\u00ed\u00ads 1973; OPPENHEIM F.E., Los principios morales de la filosofa pol\u00ed\u00adtica, FCE, M\u00e9xico 1975; SARTORI G., La pol\u00ed\u00adtica, SugarCo, Mil\u00e1n 1979; ID, Partidos y sistemas de partidos, 2 vols., Alianza, Madrid 1980 SCHRAGE W., Die Christen und der Staat nach dem NT, Mohn, G\u00fctersloh 1971; STAMMEN T., Sistemas pol\u00ed\u00adticos actuales, Guadarrama, Madrid 1969; TELLIA B., Partido, en Diccionario de sociolog\u00ed\u00ada, Paulinas, Madrid 1986, 1243-1254; TORTI G., Non est potestas nfsi a Deo. L \u00e9segesi di Rom 13,1-7 nei primi cinque secof, Palermo 1976.<\/p>\n<p>A. Bondolfi<\/p>\n<p>Compagnoni, F. &#8211; Piana, G.- Privitera S., Nuevo diccionario de teolog\u00ed\u00ada moral, Paulinas, Madrid,1992<\/p>\n<p><b>Fuente: Nuevo Diccionario de Teolog\u00eda Moral<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>TEOLOG\u00ed\u008dA MORAL SUMARIO I. Ausencia parcial del tema en la tradici\u00f3n b\u00ed\u00adblica. II. Algunos juicios sobre los sistemas socio pol\u00ed\u00adticos en la historia del cristianismo: 1. Tres posiciones cl\u00e1sicas; 2. La posici\u00f3n de la ense\u00f1anza social de la Iglesia. III. Tentativas de clasificaci\u00f3n en la investigaci\u00f3n politol\u00f3gica. IV. Significado \u00e9tico-teol\u00f3gico de una valoraci\u00f3n de los &hellip; <a href=\"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/sistemas-politicos\/\" class=\"more-link\">Continuar leyendo<span class=\"screen-reader-text\"> \u00abSISTEMAS POLITICOS\u00bb<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-17291","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-diccionario"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17291","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=17291"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17291\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=17291"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=17291"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=17291"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}