{"id":18944,"date":"2016-02-05T12:09:32","date_gmt":"2016-02-05T17:09:32","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/investiduras-lucha-por-las\/"},"modified":"2016-02-05T12:09:32","modified_gmt":"2016-02-05T17:09:32","slug":"investiduras-lucha-por-las","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/investiduras-lucha-por-las\/","title":{"rendered":"INVESTIDURAS, LUCHA POR LAS"},"content":{"rendered":"<p>La lucha por las i. es una fase espec\u00ed\u00adfica del enfrentamiento entre el poder civil y el espiritual, suscitado en el siglo xi a prop\u00f3sito de la investidura o colaci\u00f3n del oficio y beneficio eclesi\u00e1sticos (-> reforma gregoriana). Tal enfrentamiento va casi necesariamente anejo a la naturaleza de la Iglesia visible y se prolonga a lo largo de los siglos (-a. Iglesia y Estado). Dado que el ministerio espiritual y el poder civil estaban tan estrechamente unidos en la Iglesia imperial germ\u00e1nica de la edad media; dado tambi\u00e9n que el feudalismo informaba el gobierno en Alemania m\u00e1s que, p. ej., en Inglaterra o en Espa\u00f1a; dado finalmente, y sobre todo, que el imperio en su misma idea se adaptaba por completo a la Iglesia, la lucha por las i. fue principalmente aun pleito entre la Iglesia y el imperio germano de la edad media. La regulaci\u00f3n de problemas similares a los de Alemania se llev\u00f3 a cabo en Francia e Inglaterra sin aquel apasionamiento que removi\u00f3 hasta los cimientos.<\/p>\n<p>La Iglesia de la antig\u00fcedad tard\u00ed\u00ada se encontr\u00f3 con el vital mundo pol\u00ed\u00adtico de los germanos como una comunidad que viv\u00ed\u00ada seg\u00fan su propio derecho y en la que eran elegidos los \u00f3rganos dirigentes (papa y obispos) por el clero y el pueblo. Despu\u00e9s de la elecci\u00f3n, sin intervenci\u00f3n de otros factores (exceptuada la notificaci\u00f3n de la elecci\u00f3n y la confirmaci\u00f3n por parte del emperador de oriente), los elegidos asum\u00ed\u00adan de lleno el poder en la Iglesia (dejamos de lado el influjo contra derecho de las luchas e intrigas partidistas). Teniendo en cuenta la estrecha vinculaci\u00f3n de la Iglesia en los nuevos reinos germ\u00e1nicos con la econom\u00ed\u00ada natural de la tierra y el suelo, as\u00ed\u00ad como el deseo de los due\u00f1os originarios de mantener, aun frente a la Iglesia, la plena disposici\u00f3n sobre esos bienes (iglesias propias); teniendo en cuenta adem\u00e1s la importancia pol\u00ed\u00adtica que la Iglesia y sus cultivados ministros alcanzaron dentro de la general escasez de impulsos y fuerzas espirituales, y finalmente la posici\u00f3n semisacerdotal de los reyes (debida al paganismo germ\u00e1nico), era natural el creciente inter\u00e9s de \u00e9stos por proveer los oficios eclesi\u00e1sticos. Te\u00f3ricamente, el cesaropapismo germ\u00e1nico no impugn\u00f3 nunca la preeminencia religiosa de la autoridad espiritual, fundada en el sacramento del orden; pero, pr\u00e1cticamente, se viv\u00ed\u00ada en una cooperaci\u00f3n espont\u00e1nea entre lo temporal y lo espiritual, en la que el derecho del rey se ampliaba cada vez m\u00e1s. Los Otones se\u00f1aladamente, en cuyo tiempo aparecieron los ordines de la unci\u00f3n y consagraci\u00f3n regias, equiparados al ordo de la ordenaci\u00f3n sacerdotal, nos\u00f3lo se aseguraron por motivos pol\u00ed\u00adticos el influjo sobre la autoridad suprema de la Iglesia nombrando a los papas, sino que organizaron el imperio sobre la base del episcopado, al que concedieron extensos derechos de soberan\u00ed\u00ada civil. Que ellos y sus sucesores tuvieran por eso una mayor influencia en la i. de obispos y abades imperiales, aparece como una consecuencia l\u00f3gica. Cierto que se mantuvo la elecci\u00f3n de obispos y abades, pero el asentimiento y la intervenci\u00f3n del rey fueron ya decisivos. No pocas veces los candidatos sal\u00ed\u00adan de la corte del rey, y de ah\u00ed\u00ad al nombramiento directo no hab\u00ed\u00ada m\u00e1s que un paso. La colaci\u00f3n del oficio, en aquel tiempo tan amigo de s\u00ed\u00admbolos, se hac\u00ed\u00ada a trav\u00e9s de determinadas acciones del rey, quien con la entrega del b\u00e1culo daba la iglesia al nuevo obispo. Cuando m\u00e1s tarde, desde Enrique su, se entreg\u00f3 tambi\u00e9n el anillo, s\u00ed\u00admbolo espiritual, alcanz\u00f3 su punto culminante el poder de unos reyes que por entonces depon\u00ed\u00adan o nombraban incluso a los papas.<\/p>\n<p>Hoy vemos esto como crasas extralimitaciones, que necesariamente hab\u00ed\u00adan de provocar una reacci\u00f3n. Porque, a la postre, no s\u00f3lo se daba el peligro de abuso por parte de un soberano sin conciencia de su responsabilidad religiosa, sino que la i. as\u00ed\u00ad ejercida pod\u00ed\u00ada llevar a una falsa interpretaci\u00f3n te\u00f3rica del origen del poder pastoral eclesi\u00e1stico. La reacci\u00f3n no lleg\u00f3 en primera l\u00ed\u00adnea de los sectores reformistas de la Iglesia medieval. Ni las reformas mon\u00e1sticas, ni los pr\u00ed\u00adncipes eclesi\u00e1sticos influidos por ellas, ni el mismo Le\u00f3n ix deseaban una ruptura con el sistema practicado en la corte germana. Su objetivo era m\u00e1s bien asegurar la libertad de la Iglesia mediante la reforma interna y la independencia de la tiran\u00ed\u00ada de la nobleza (movimientos de ->reforma).<\/p>\n<p>La reacci\u00f3n lleg\u00f3 con un derecho can\u00f3nico y una conciencia eclesial renovados. Por la comparaci\u00f3n con el antiguo ordenamiento eclesi\u00e1stico y por la influencia de las Decretales pseudoisidorianas, desde mediados del siglo xs se alzaron voces que pon\u00ed\u00adan la praxis actual en peligrosa proximidad con la simon\u00ed\u00ada y, consiguientemente, la rechazaban de plano. La equiparaci\u00f3n de simon\u00ed\u00ada y herej\u00ed\u00ada, expresada ya por Gregorio Magno, la renov\u00f3 con insistencia y pasi\u00f3n Humberto de Silva Gandida. La causa principal la ve\u00ed\u00ada \u00e9l en la influencia de los pr\u00ed\u00adncipes sobre la elecci\u00f3n de los obispos. Dada su posici\u00f3n en la curia, se lleg\u00f3 a una lucha radical. Como entretanto la consagraci\u00f3n real hab\u00ed\u00ada ido perdiendo valor frente a la ordenaci\u00f3n del obispo, una nueva inteligencia de la Iglesia como poder jer\u00e1rquico que va desde arriba hacia abajo releg\u00f3 a los pr\u00ed\u00adncipes a la esfera de los laicos, y la i. que ejerc\u00ed\u00adan fue condenada como acci\u00f3n laica y como perversi\u00f3n de las adecuadas relaciones entre sacerdotes y seglares. Pero, indudablemente, con una renuncia radical a la praxis hasta entonces seguida, el imperio se hubiera visto amenazado en sus mismos cimientos.<\/p>\n<p>La lucha contra la i. de los laicos se desarroll\u00f3 primero en el plano del derecho puramente te\u00f3rico. A la prohibici\u00f3n general del s\u00ed\u00adnodo romano de 1059 le faltaron las cl\u00e1usulas penales. A pesar del enfriamiento de las relaciones entre la curia romana y la corte alemana a la muerte de Enrique ni, los esfuerzos papales se dirigieron principalmente contra los obispos de Francia y Alemania hostiles a la reforma, y el mismo Gregorio vii, en el Dictatus papae, se limit\u00f3 de momento a una afirmaci\u00f3n meramente program\u00e1tica de sus t\u00ed\u00adtulos a la supremac\u00ed\u00ada.<\/p>\n<p>La ocasi\u00f3n que hizo estallar el conflicto no fue tal que afectara a la existencia del imperio. Al arzobispo presentado por Enrique iv opusieron su candidato los reformadores de Mil\u00e1n. El papa ved\u00f3 al rey la i. para Mil\u00e1n. Como, pese a todo, Enrique invistiese a su candidato al tiempo que en Italia central nombraba obispos a candidatos que ni siquiera eran conocidos del arzobispo competente (el propio papa), Gregorio le hizo amenazar oralmente con la excomuni\u00f3n en diciembre de 1075. Ello signific\u00f3 la declaraci\u00f3n de guerra. En el manifiesto de Worms, rey y obispos imperiales conven\u00ed\u00adan en exigir la abdicaci\u00f3n del papa. Un mes despu\u00e9s segu\u00ed\u00adan la excomuni\u00f3n y la sentencia de deposici\u00f3n contra el rey. La absoluci\u00f3n de Canosa fue s\u00f3lo una tregua. Cuando el papa, despu\u00e9s de tres a\u00f1os de neutralidad, reconoci\u00f3 al antirrey y excomulg\u00f3 de nuevo a Enrique, \u00e9ste respondi\u00f3 con la elecci\u00f3n de un antipapa y con el ataque armado contra Roma, donde fue coronado emperador por su papa, mientras Gregorio vil mor\u00ed\u00ada en el destierro (1085).<\/p>\n<p>Canosa signific\u00f3 ya en esta \u00e9poca de la lucha de las i. un momento culminante y un cambio. La lucha de principios entre el regnum y el sacerdotium en que hab\u00ed\u00ada desembocado el problema de las i., al tener como desenlace la sumisi\u00f3n del rey (es decir, la victoria moral del papado), trastorn\u00f3 las relaciones existentes entre ambos poderes a comienzos de la edad media. Y, a la vez, esta lucha en la que el papa negaba ahora de ra\u00ed\u00adz la realeza sagrada y, apoyado sobre la fe en su misi\u00f3n, exig\u00ed\u00ada con creciente rigidez el recto orden en el mundo y la libertad de la Iglesia, permiti\u00f3 entrever el peligro de un total aniquilamiento de la estructura del imperio, y suscit\u00f3 por ello un amplio frente de adversarios, que trataron de ganarse la opini\u00f3n p\u00fablica en la primera gran pol\u00e9mica literaria sobre los fundamentos del imperio y de la Iglesia. A la muerte de Gregorio vu, el problema de las i. no hall\u00f3 soluci\u00f3n, pues el rey alem\u00e1n manten\u00ed\u00ada pertinazmente a su antipapa; de nada valieron la actitud conciliadora de V\u00ed\u00adctor n, ni la habilidad diplom\u00e1tica de Urbano II, aun cuando Enrique iv perdiera partidarios y durante la primera cruzada se pusiera de manifiesto c\u00f3mo la direcci\u00f3n de la cristiandad estaba en manos del papa (-> cruzadas).<\/p>\n<p>Los primeros intentos de soluci\u00f3n se fraguaron en Francia y en Inglaterra. Como las bases de la monarqu\u00ed\u00ada francesa eran totalmente diversas, all\u00ed\u00ad s\u00f3lo se trataba de cuestiones de poder. Y no de ser o no ser. En 1097 el canonista Ivo de Chartres distingu\u00ed\u00ada entre oficio eclesi\u00e1stico y posesi\u00f3n de bienes temporales. La colaci\u00f3n del oficio episcopal deb\u00ed\u00ada prohibirse a los laicos, pues significaba una acci\u00f3n sacramental; en cambio, la i. de los bienes eclesi\u00e1sticos pod\u00ed\u00ada concederse al rey, pues se trataba de un acto profano y tambi\u00e9n la Iglesia deb\u00ed\u00ada sus bienes a una donaci\u00f3n real. As\u00ed\u00ad, en lo sucesivo el rey franc\u00e9s renunci\u00f3 a la i. con anillo y b\u00e1culo, se content\u00f3 con un juramento de fidelidad despu\u00e9s de la elecci\u00f3n can\u00f3nica, y concedi\u00f3 al electo sin formalidad alguna los bienes temporales, reserv\u00e1ndose la facultad de disponer sobre \u00e9stos. En Inglaterra se lleg\u00f3 a un compromiso formal en las cortes de Londres del a\u00f1o 1107, despu\u00e9s que la excomuni\u00f3n de los consejeros reales y de los investidos por Enrique I oblig\u00f3 a buscar la mediaci\u00f3n de Anselmo de Canterbury. El rey (rex et sacerdos del antipapal Anonymous of York) renunci\u00f3 a la i. con b\u00e1culo y anillo, concedi\u00f3 la elecci\u00f3n can\u00f3nica a la que asist\u00ed\u00ada personalmente, y exigi\u00f3 antes de la consagraci\u00f3n el vasallaje feudal.<\/p>\n<p>Semejante compromiso no parec\u00ed\u00ada posible en Alemania. Efectivamente, all\u00ed\u00ad no s\u00f3lo se trataba de bienes temporales de tierra y suelo, diezmos y rentas, sino adem\u00e1s de verdaderos derechos de soberan\u00ed\u00ada, de condados y ducados con tareas esenciales para el imperio. No se los pod\u00ed\u00ada convertir simplemente en bienes intangibles de la Iglesia, renunciando a cualquier influencia sobre ellos. De ah\u00ed\u00ad que en Alemania fracasasen todos los intentos de soluci\u00f3n, aunque a la muerte del antipapa (1100) volvieron a desaparecer las cuestiones de principio. S\u00f3lo con la marcha de Enrique v a Roma parecieron ofrecerse nuevas posibilidades. Pero la ut\u00f3pica proposici\u00f3n de Pascual u, seg\u00fan la cual la Iglesia devolver\u00ed\u00ada todas las regal\u00ed\u00adas a cambio de la renuncia del rey a las i. (Sutri 1111), ten\u00ed\u00ada que fracasar ante la oposici\u00f3n de los interesados. La concesi\u00f3n de plena i. con anillo y b\u00e1culo, arrancada al papa cautivo por el rey, provoc\u00f3 la protesta del partido eclesi\u00e1stico. Con todo, a pesar de la tensi\u00f3n externa, se impuso un arreglo sobre la base de las ideas de Ivo de Chartres. Cierto que Calixto n no logr\u00f3 la renuncia a una i. formal de los bienes temporales; pero las negociaciones apoyadas por los pr\u00ed\u00adncipes alemanes llevaron finalmente al establecimiento de la paz. En el concordato de Worms (1122) el papa conced\u00ed\u00ada a Enrique v la asistencia a la elecci\u00f3n can\u00f3nica, el derecho de arbitraje cuando faltaba la mayor\u00ed\u00ada requerida y la i. sobre las regal\u00ed\u00adas mediante el s\u00ed\u00admbolo profano del cetro, a la que iba unido el vasallaje feudal. De acuerdo con los principales intereses del rey, esta i. tendr\u00ed\u00ada lugar en Alemania antes de la consagraci\u00f3n; en Italia y Borgo\u00f1a, despu\u00e9s. No se trataba en el fondo de una concesi\u00f3n en favor de Enrique v, sino de la confirmaci\u00f3n de un antiguo derecho imperial, armonizado ahora con las exigencias jur\u00ed\u00addicas de la Iglesia. El concordato fue solemnemente confirmado en la dieta de Bamberg y en el concilio Lateranense i de 1123.<\/p>\n<p>La nueva dial\u00e9ctica con sus distinciones hizo posible la paz, pero s\u00f3lo cre\u00f3 una soluci\u00f3n de principio. En el fondo hab\u00ed\u00adan vencido las ideas de Gregorio vn sobre la libertad de la Iglesia; pero de hecho la Iglesia sigui\u00f3 estrechamente ligada, en comunidad de vida e intereses, con el Estado medieval. Los obispos asumieron ampliamente el papel de pr\u00ed\u00adncipes seculares y, durante siglos, el destino de la Iglesia dependi\u00f3 de la buena voluntad o de los caprichos del poder civil. En el plano m\u00e1s alto la lucha de las i. hab\u00ed\u00ada terminado; pero sigui\u00f3 en pie la tarea de deslindar adecuadamente las cambiantes formas concretas.<\/p>\n<p>BIBLIOGRAF\u00ed\u008dA: G. Meyer v. Knonau, Jahrbficher des Deutschen Reiches unter Heinrich IV. und V., 7 vols. (L 1890-1909); A. Scharnagl, Der Begriff der Investitur (St 1908); R. W. y A. J. Carlyle, A History of Mediaeval Political Theory IV (Lo 1922); A. Fliche, La r\u00e9forme gr\u00e9gorienne I-111(Lv 1924-37); Fournier-LeBras II 3-114; Fliche-Mart\u00ed\u00adn VIII; A. 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Enciclopedia Teol\u00cf\u0192gica, Herder, Barcelona 1972<\/p>\n<p><b>Fuente: Sacramentum Mundi Enciclopedia Teol\u00f3gica<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La lucha por las i. es una fase espec\u00ed\u00adfica del enfrentamiento entre el poder civil y el espiritual, suscitado en el siglo xi a prop\u00f3sito de la investidura o colaci\u00f3n del oficio y beneficio eclesi\u00e1sticos (-> reforma gregoriana). 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