{"id":22488,"date":"2016-02-05T15:25:21","date_gmt":"2016-02-05T20:25:21","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/abdicacion\/"},"modified":"2016-02-05T15:25:21","modified_gmt":"2016-02-05T20:25:21","slug":"abdicacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/abdicacion\/","title":{"rendered":"ABDICACION"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">\n<p style=\"text-align: justify;\">La abdicaci\u00f3n, eclesi\u00e1sticamente hablando, es la renuncia de un beneficio o de una dignidad clerical. Tal honor o retribuci\u00f3n, desde el trono papal hasta la m\u00e1s humilde capellan\u00eda, debe ser hecha por el titular. La ley eclesi\u00e1stica general concerniente a tales abdicaciones (exclusiva de una renuncia papal), indica que la renuncia debe estar a cargo del superior eclesi\u00e1stico correspondiente. Adem\u00e1s, la renuncia debe estar sustentada por una causa justa, debe ser voluntaria y debe estar libre de acuerdos que envuelvan la simon\u00eda. Sin embargo, las renuncias pueden estar acompa\u00f1adas de estipulaciones, como el que el beneficio de la renuncia sea otorgado a una persona determinada, o que el cl\u00e9rigo abdicante disponga de otro oficio. Tambi\u00e9n es importante que el que renuncia a su beneficio, si ya est\u00e1 ordenado, deba tener otro medio real de respaldo igual a su dignidad. Las renuncias pueden ser no solamente expresas sino tambi\u00e9n t\u00e1citas. Se presume que esto puede suceder cuando el cl\u00e9rigo acepta un oficio o comete un acto incompatible con el de una dignidad eclesi\u00e1stica, como una profesi\u00f3n solemne en una orden religiosa, enrolarse al ej\u00e9rcito, contraer matrimonio, etc. La renuncia no tiene efecto hasta que es aceptada por la autoridad correspondiente. Por lo tanto, aquellos que tienen un oficio deben renunciar ante el obispo y obtener su consentimiento. Los obispos, de igual manera, hacen lo propio ante el Papa. Los Vicarios Generales no pueden aceptar las renuncias a menos que reciban los poderes ad hoc del obispo. Cuando un obispo abdica a su trono, puede renunciar al beneficio episcopal y a la dignidad o solamente al beneficio. Si el obispo renuncia a ambas cosas, en un futuro no podr\u00e1 realizar ninguna funci\u00f3n episcopal, a\u00fan con el consentimiento de la di\u00f3cesis donde reside. Sin embargo, si renuncia solamente al beneficio, y no a la dignidad, a\u00fan mantiene la capacidad de realizar tales funciones episcopales cuando otros obispos lo necesiten. Por supuesto, en el caso anterior, si un obispo abdicante, a pesar de eso, debe ordenar candidatos, tales acciones ser\u00edan v\u00e1lidas, ya que su car\u00e1cter episcopal es indeleble, pero ser\u00eda completamente il\u00edcito y ocasionar\u00eda graves consecuencias tanto para el que se ordena como para el ordenante. La abdicaci\u00f3n de un obispo de su trono se hace posible en cuanto el Papa lo haya aceptado en un consistorio papal. Entonces el obispado se vuelve vacante, pero las acciones del prelado mantienen su validez hasta que \u00e9l reciba la notificaci\u00f3n oficial de certificaci\u00f3n de la renuncia.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Como cualquier otra dignidad eclesi\u00e1stica, tambi\u00e9n se puede renunciar al trono papal. Las razones que hacen leg\u00edtimo que un obispo renuncie a su sede, como la necesidad o utilidad de su propia iglesia, o la salvaci\u00f3n de su propia alma, corresponden de manera m\u00e1s fuerte a aquel que gobierna la iglesia universal. Es verdad que el Pont\u00edfice Romano no tiene superiores en la tierra para que pueda renunciar a su dignidad, a\u00fan \u00e9l mismo mediante el poder papal puede disolver el matrimonio espiritual entre \u00e9l mismo y la Iglesia Romana. Una abdicaci\u00f3n papal hecha sin una causa puede ser il\u00edcita, pero incuestionablemente v\u00e1lida, ya que no hay nadie que pueda prohibirlo eclesi\u00e1sticamente y desobedece a la ley divina. El papado, como el episcopado, no marca un car\u00e1cter indeleble en el alma, y por lo tanto, mediante su abdicaci\u00f3n voluntaria, el Papa se despoja completamente de toda jurisdicci\u00f3n, al igual que mediante la aceptaci\u00f3n voluntaria de su elecci\u00f3n a la supremac\u00eda que adquiri\u00f3. Todas las dudas as\u00ed como la legitimidad de las abdicaciones papales y todas las disputas entre los canonistas est\u00e1n escritas en el decreto del Papa Bonifacio VIII que est\u00e1 en el Corpus Juris Canonici (Cap. Quoniam I, de renun., en 6). El Pont\u00edfice dice:\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Nuestro antecesor, el Papa Celestino V, mientras gobernaba la Iglesia, constituy\u00f3 y decret\u00f3    que el Pont\u00edfice Romano pod\u00eda renunciar libremente. Por lo tanto, no sea que ocurra que este  estatuto en el transcurso del tiempo caiga en el olvido, o que debido al tema, esto se preste para futuras disputas. Hemos determinado con el c\u00f3nsul de nuestros hermanos que debe ser colocado entre las otras constituciones para que quede perpetuamente en el mismo.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Ferraris declara que el Papa debe realizar su abdicaci\u00f3n delante del Colegio de Cardenales, y que s\u00f3lo este cuerpo se encargue de las elecci\u00f3n de su sucesor. Deben estar completamente seguros de que ha renunciado a la dignidad antes de que puedan validar la elecci\u00f3n de un nuevo pont\u00edfice. La historia de la Iglesia brinda un n\u00famero de ejemplos de abdicaciones papales. Dejando de lado el caso oscuro del Papa Marcelino (296-308) citado por Pezzani, y la renuncia a\u00fan m\u00e1s dudosa del Papa Liberius (352-366)que algunos historiadores citaron para resolver la posici\u00f3n perpleja del Papa Felix II, podemos mencionar abdicaciones incuestionables. El Papa Benedicto IX (1033-44), que caus\u00f3 un esc\u00e1ndalo a la Iglesia debido a su vida desordenada, renunci\u00f3 libremente al pontificado y tom\u00f3 los h\u00e1bitos de monje. El se arrepinti\u00f3 de su abdicaci\u00f3n y tom\u00f3 el trono papal nuevamente por un corto per\u00edodo despu\u00e9s de la muerte del Papa Clemente II, pero finalmente muri\u00f3 en una estaci\u00f3n privada. Su inmediato sucesor, el Papa Gregorio VI (1044-46) brinda otro ejemplo de abdicaci\u00f3n papal. Fue Gregorio quien persuadi\u00f3 a Benedicto IX a renunciar al trono de Pedro, y al hacerlo, le otorg\u00f3 valorables posesiones. Despu\u00e9s que Gregorio mismo se convirti\u00f3 en Papa, para muchos esta transacci\u00f3n era simon\u00edaca, y aunque las intenciones de Gregorio parec\u00edan ser las mejores, todav\u00eda se consideraba que lo mejor era que debiera abdicar a la dignidad papal, y lo hizo voluntariamente.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El ejemplo cl\u00e1sico de renuncia de un Papa es el de San Celestino V (1294), antes de su elecci\u00f3n al pontificado, hab\u00eda sido un simple ermita\u00f1o y no se sent\u00eda preparado para su repentino ascenso, adem\u00e1s se sent\u00eda inc\u00f3modo por su exaltada posici\u00f3n. Despu\u00e9s de cinco meses de pontificado, firm\u00f3 un decreto solemne en el cual declaraba que estaba permitido que el Papa pueda abdicar, y luego renunci\u00f3 igualmente de forma solemne al papado delante de los cardenales. Vivi\u00f3 dos a\u00f1os despu\u00e9s de su abdicaci\u00f3n practicando las virtudes, las cuales despu\u00e9s le permitieron su canonizaci\u00f3n. Debido a los problemas que causaron personas de mala fe a su sucesor, Bonifacio VIII, mediante sus teor\u00edas acerca de la imposibilidad de una abdicaci\u00f3n v\u00e1lida del trono papal, Bonifacio firm\u00f3 el decreto arriba citado que quedar\u00eda para siempre. El \u00faltimo ejemplo de renuncia es la del Papa Gregorio XII (1406-15). Era el tiempo del Gran Cisma de Oriente, cuando dos pretendientes al trono de Pedro disputaban el derecho de Gregorio, y dividieron la fe en tres llamadas \u00abobediencias\u00bb. Para poner fin a la rivalidad, el Papa leg\u00edtimo Gregorio renunci\u00f3 al pontificado en la Canciller\u00eda General de Constance en 1415. Es bien conocido que el Papa P\u00edo VII (1800-23) antes de partir hacia Par\u00eds para coronar a Napole\u00f3n en 1804, hab\u00eda firmado una abdicaci\u00f3n del trono papal para que se lleve a cabo en caso que fuera apresado en Francia (De Montor). Finalmente, la abdicaci\u00f3n v\u00e1lida de un Papa debe ser un acto libre, por lo tanto, una renuncia obligada del papado ser\u00eda inv\u00e1lida, como m\u00e1s de un decreto eclesi\u00e1stico lo ha declarado.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">SMITH, Elem. of Eccl. Law (New York, 1895), I; DE LUCA, Praelect. Jur. Can. (Rome, 1897), II; CRAISSON, Manuale Jur. Can. (Paris, 1899), I. Para Abdicaci\u00f3n Papal vea FERRARIS, Bibl. Jur. Can., art. Papa (Rome, 1890); PEZZANI, Codex S.R.E. Ecclesiae (Rome, 1893), I: WERNZ, Jus Decretal, (Rome, 1899), II; DE MONTOR, Lives of Rom. Pont. (New York, 1866); HERGENR THER, Handb. der allg. Kircheng. (Freiburg, 1886).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">WILLIAM H. W. FANNING\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Traducido por Virginia Guillinta V.\n<\/p>\n<\/p>\n<p><b>Fuente: Enciclopedia Cat\u00f3lica<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La abdicaci\u00f3n, eclesi\u00e1sticamente hablando, es la renuncia de un beneficio o de una dignidad clerical. Tal honor o retribuci\u00f3n, desde el trono papal hasta la m\u00e1s humilde capellan\u00eda, debe ser hecha por el titular. 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