{"id":23233,"date":"2016-02-05T15:52:16","date_gmt":"2016-02-05T20:52:16","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/apiario-de-sica\/"},"modified":"2016-02-05T15:52:16","modified_gmt":"2016-02-05T20:52:16","slug":"apiario-de-sica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/apiario-de-sica\/","title":{"rendered":"APIARIO DE SICA"},"content":{"rendered":"<p><p style=\"text-align: justify;\">Fue un sacerdote de la di\u00f3cesis de Sica, en \u00c1frica proconsular.  Se le atribuye inter\u00e9s s\u00f3lo debido a su apelaci\u00f3n a Roma a partir de su sentencia de excomuni\u00f3n por su obispo, y la subsiguiente prolongada discusi\u00f3n  entre Roma y Cartago sobre los privilegios de la Iglesia Africana de regular su propia  disciplina.  En el resentimiento que provoc\u00f3 en los obispos africanos las circunstancias peculiares del caso, los oponentes del papado ven la negaci\u00f3n por la Iglesia de San Agust\u00edn de la doctrina de la supremac\u00eda papal; y as\u00ed el caso de Apiario ha llegado a ser el ejemplo cl\u00e1sico en las obras controversiales anti-romanas, que ilustran el repudio del siglo V a las pretensiones papales al control disciplinario.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Urbano, obispo de Sica,  depuso a Apiario por mala conducta, y \u00e9ste apel\u00f3 al Papa San Z\u00f3simo quien, en vista de las irregularidades de la conducta del obispo, orden\u00f3 que se reinstalara a Apiario y se disciplinara al obispo.   Disgustado, quiz\u00e1s, por el \u00e9xito del indigno sacerdote, un s\u00ednodo general en Cartago (mayo de 418) prohibi\u00f3 que los cl\u00e9rigos inferiores al obispo apelasen \u201cm\u00e1s all\u00e1 de los mares\u201d.   Z\u00f3simo reconoci\u00f3, en lo que era virtualmente un restablecimiento de la legislaci\u00f3n africana previa, una expresi\u00f3n de disgusto de parte de los obispos africanos, y envi\u00f3 una delegaci\u00f3n para defender su derecho a recibir ciertas apelaciones, citando  decretos que cre\u00eda hab\u00edan sido aprobados y sancionados por el Primer Concilio de Nicea (325), pero que de hecho eran c\u00e1nones del Concilio de S\u00e1rdica.  Los obispos africanos que recibieron a los legados, si bien no reconocieron estos decretos como nicenos, los aceptaron sujetos a verificaci\u00f3n.  En mayo de 419 se celebr\u00f3 el d\u00e9cimo sexto  Concilio de Cartago, y all\u00ed se aceptaron de nuevo las representaciones de Z\u00f3simo, esperando el resultado de una comparaci\u00f3n de los c\u00e1nones nicenos seg\u00fan exist\u00edan en \u00c1frica, en los cuales no hallaron los decretos citados por el Papa, con los de las Iglesias de  Antioqu\u00eda,  Alejandr\u00eda y Constantinopla.  A fines del a\u00f1o 419 se le inform\u00f3 al Papa San Bonifacio I, quien hab\u00eda  sucedido a Z\u00f3simo en diciembre de 418, que los c\u00f3dices orientales no conten\u00edan los alegados decretos; pero ahora disminuy\u00f3 el inter\u00e9s en el asunto, pues en el entretanto el arrepentido Apiario hab\u00eda sido asignado a un nuevo campo de labor.  La carta al Papa Bonifacio, si bien evidencia irritaci\u00f3n por la arrogancia del legado Faustino, no contiene nada incompatible con la creencia en la primac\u00eda papal.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Unos cuatro a\u00f1os despu\u00e9s Apiario recay\u00f3 en conducta  escandalosa, fue excomulgado una vez m\u00e1s, y de nuevo apel\u00f3 a Roma.  El  Papa Celestino, quien hab\u00eda sucedido a Bonifacio en septiembre de 423, lo reinstal\u00f3 y deleg\u00f3 al indeseable Faustino para defender su decisi\u00f3n ante los obispos africanos.  Los irritantes esfuerzos del legado a favor del indigno sacerdote fueron desbaratados miserablemente por la admisi\u00f3n de culpabilidad que hizo Apiario.  Cierto n\u00famero de obispos africanos, exasperados por la suma arrogancia de Faustino y la prisa mal informada del Papa en apoyar a Apiario, le dirigieron a Celestino la famosa carta \u201cOptaremus\u201d, en la que resent\u00edan amargamente los insultos del imprudente legado, solicitaban que en el futuro los Papas ejerciesen la debida discreci\u00f3n al o\u00edr las apelaciones de \u00c1frica, y que, respecto a esos asuntos, no le exigiera a la Iglesia de \u00c1frica m\u00e1s de lo que hab\u00eda sido estipulado por el Concilio de Nicea.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Esta carta, con toda su osad\u00eda, no puede ser interpretada como que la Iglesia de \u00c1frica negaba la  jurisdicci\u00f3n papal.  Simplemente expresa el deseo de los obispos africanos de continuar disfrutando de aquellos privilegios de autonom\u00eda parcial que recayeron por defecto a su Iglesia durante el tormentoso per\u00edodo en que la teor\u00eda del dominio papal universal no siempre pudo reducirse a la pr\u00e1ctica, debido a las pruebas que la creciente Iglesia tuvo que soportar.  Pero antes del tiempo de Apiario, como los c\u00e1nones de S\u00e1rdica atestiguan, la Europa occidental lleg\u00f3 a aceptar a Roma como una corte de \u00faltima apelaci\u00f3n en casos disciplinarios.  \u00c1frica, tambi\u00e9n, ahora estaba lista, y su disposici\u00f3n se demuestra por el caso de Apiario, as\u00ed como por los registros de apelaciones similares a Roma de los que San Agust\u00edn mismo es testigo.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<b>Fuente<\/b>:  Peterson, John Bertram. \u00abApiarius of Sicca.\u00bb The Catholic Encyclopedia. Vol. 1. New York: Robert Appleton Company, 1907.  <br \/>http:\/\/www.newadvent.org\/cathen\/01594a.htm\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Traducido por Luz Mar\u00eda Hern\u00e1ndez Medina.\n<\/p>\n<\/p>\n<p><b>Fuente: Enciclopedia Cat\u00f3lica<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Fue un sacerdote de la di\u00f3cesis de Sica, en \u00c1frica proconsular. Se le atribuye inter\u00e9s s\u00f3lo debido a su apelaci\u00f3n a Roma a partir de su sentencia de excomuni\u00f3n por su obispo, y la subsiguiente prolongada discusi\u00f3n entre Roma y Cartago sobre los privilegios de la Iglesia Africana de regular su propia disciplina. 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