{"id":24080,"date":"2016-02-05T16:23:30","date_gmt":"2016-02-05T21:23:30","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/consistorio-papal\/"},"modified":"2016-02-05T16:23:30","modified_gmt":"2016-02-05T21:23:30","slug":"consistorio-papal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/consistorio-papal\/","title":{"rendered":"CONSISTORIO PAPAL"},"content":{"rendered":"<p><p style=\"text-align: justify;\">I. DEFINICI\u00d3N<br \/>\nEn la \u00e9poca imperial de Roma el t\u00e9rmino \u00abconsistorio\u00bb (del lat\u00edn con-sistere, estar juntos) era utilizado para indicar el concejo sagrado de los emperadores. Con el tiempo lleg\u00f3 a significar el senado del pont\u00edfice romano, \u00abla asamblea de los cardenales en concejo alrededor del Papa\u00bb (Inocencio III al obispo de Ely y al arcediano de Norwich, en 1212; Cfr. Gonz\u00e1lez, \u00abCommentaria in textus decretalium Gregorii IX\u00bb, III, vii, 108).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">II. ORIGENES Y DESARROLLO HIST\u00d3RICO<br \/>\nEl origen del consistorio papal tiene estrecha relaci\u00f3n con la historia del presbiterio romano o cuerpo del clero de Roma. En el antiguo presbiterio romano hab\u00eda di\u00e1conos, encargados de las temporalidades eclesi\u00e1sticas de las diferentes regiones de Roma, sacerdotes, que encabezaban las principales iglesias de la ciudad, llamadas tituli (al menos durante el s. VIII), y obispos de las di\u00f3cesis vecinas a Roma. Los actuales cardenales (igualmente divididos en los tres \u00f3rdenes: obispos, presb\u00edteros y di\u00e1conos) han sucedido a los miembros del antiguo presbiterio no \u00fanicamente en lo relativo a los oficios propios de esos tres grados, sino con algunas funciones algo distintas, pero sobre todo, como asistentes del Papa en la administraci\u00f3n de los asuntos de la Iglesia.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Desde los tiempos m\u00e1s remotos de la cristiandad, los papas acostumbraban discutir con el presbiterio romano los asuntos que afectaban a la Iglesia. Por una carta del Papa Cornelio (254-255) a san Cipriano nos damos cuenta que \u00e9l convoc\u00f3 a su presbiterio antes de aceptar la reconciliaci\u00f3n de tres cism\u00e1ticos. Del mismo modo, el Papa Liberio (352-363) le inform\u00f3 al clero romano acerca del plan de acci\u00f3n que hab\u00eda decidido seguir durante su exilio. El Papa Siricio (384-398) conden\u00f3 la herej\u00eda de Joviniano despu\u00e9s de haber convocado a su presbiterio. La acci\u00f3n de Le\u00f3n IV y Juan VIII, en el siglo IX, nos demuestran en qu\u00e9 medida se les hab\u00eda venido encomendando gradualmente a los miembros del clero romano, posteriormente llamados cardenales, los asuntos eclesi\u00e1sticos. El primero orden\u00f3 que los cardenales romanos se reunieran dos veces por semana en el Palacio Sagrado para procurar la administraci\u00f3n de las iglesias, vigilar la disciplina del clero y decidir los casos de los seglares. El segundo les orden\u00f3 que se reunieran al menos dos veces al mes para conocer de casos de cl\u00e9rigos y seglares que hab\u00edan sido llevados al tribunal del Papa, y decidir sobre ellos. Durante varios siglos, sin embargo, el presbiterio de Roma no constituy\u00f3 el senado de los papas con exclusi\u00f3n del resto del clero, al menos en lo tocante a asuntos de mayor importancia. Tales asuntos eran discutidos y decididos en el Concilio de Roma, el cual, si bien admit\u00eda al clero romano en cierta medida, era conformado mayormente por los obispos convocados por el Papa de todas partes de Italia, as\u00ed como por los obispos que acertasen a estar en Roma en ese momento. Tales concilios fueron muy frecuentes hasta el inicio del siglo XII. De ah\u00ed en adelante, los papas los convocaron con menor frecuencia, dada la dificultad inherente al incremento de los asuntos que exig\u00edan su atenci\u00f3n. En vez de eso, los papas trataban los asuntos frente a sus cortes, con la colaboraci\u00f3n de los cardenales romanos, quienes para entonces hab\u00edan crecido en dignidad e importancia, toda vez que para la elecci\u00f3n del Papa ya reca\u00eda en ellos exclusivamente. As\u00ed fue como el Colegio de Cardenales, reunido en consistorio, lleg\u00f3 a ser el \u00f3rgano superior del gobierno supremo y universal de la Iglesia.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Al principio se llevaban al consistorio asuntos tanto de car\u00e1cter jur\u00eddico como administrativo. Al paso del tiempo, empero, los primeros fueron transferidos al Tribunal de la Sagrada Rota. El \u00abCorpus Juris\u00bb contiene muchas decisiones tomadas por los papas en consistorio, como lo evidencia la frecuencia de la f\u00f3rmula de fratrum nostrorum consilio (con el consejo de nuestros hermanos). El consistorio papal ha continuado desde entonces actuando como el consejo supremo de los papas, aunque perdi\u00f3 gran parte de su importancia cuando en los siglos XV y XVI se instituyeron las congregaciones romanas. La cantidad de asuntos que llegaba a la Santa Sede hab\u00eda llegado a tales extremos que hubo de ser dividida entre varios comit\u00e9s particulares de cardenales. Tales comit\u00e9s eran originalmente temporales, pero gradualmente se convirtieron en algo permanente y a cada uno de ellos se le asign\u00f3 alg\u00fan tipo de asunto eclesi\u00e1stico. Los comit\u00e9s permanentes llegaron posteriormente a ser conocidos como congregaciones. La primera de ellas fue instituida por Pablo III; otras, por P\u00edo IV y P\u00edo V, pero la mayor\u00eda debe su origen a Sixto V. Una vez que quedaron instituidas todas las congregaciones, englobando casi todos los posibles asuntos de la Iglesia, fue algo natural que el papel del consistorio disminuyera en importancia. No pas\u00f3, por ello, al olvido totalmente, sino que continu\u00f3 siendo convocado, aunque con menor frecuencia, y \u00fanicamente en la forma como se describe a continuaci\u00f3n.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">III. PR\u00c1CTICA ACTUAL<br \/>\nHay tres tipos de consistorios: secretos u ordinarios, p\u00fablicos o extraordinarios, y semip\u00fablicos.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">(1) Se llama as\u00ed al consistorio secreto porque nadie fuera del Papa y los cardenales puede estar presente en sus deliberaciones. Anta\u00f1o se acostumbraba que enseguida de su entrada a la sala del consistorio, el Papa conferenciaba en particular con cada uno de los cardenales acerca de los asuntos que ellos quisieran comentar con \u00e9l, y era hasta despu\u00e9s que terminaba esta audiencia que los nobles y otros prelados eran excluidos del sal\u00f3n. Pero hoy d\u00eda esta audiencia est\u00e1 suprimida. El consistorio frecuentemente se inicia con un discurso o alocuci\u00f3n en el que el Papa revisa las condiciones de la Iglesia en general o la de alg\u00fan pa\u00eds en particular, indicando qu\u00e9 merece alabanza o qu\u00e9 necesita ser condenado. Tales alocuciones son posteriormente entregadas al p\u00fablico para que todo el mundo conozca lo que el Papa piensa de esos asuntos. Al final de la alocuci\u00f3n se lleva a cabo la creaci\u00f3n de nuevos cardenales. El Papa anuncia los nombres de aquellos a quienes desea elevar al cardenalato y pregunta su opini\u00f3n a los cardenales. Estos se quitan sus solideos en se\u00f1al de aprobaci\u00f3n e inmediatamente procede el Papa a hacer la designaci\u00f3n oficial. Es igualmente en el consistorio secreto que los cardenales electos reciben el anillo cardenalicio de manos del Papa y donde se les asigna a alguna iglesia titular o diacon\u00eda, ejercen el derecho de pasar de una iglesia titular a otra y de ascender del orden de los cardenales di\u00e1conos y presb\u00edteros al orden de los presb\u00edteros u obispos, respectivamente. (El canon 350 del C\u00f3digo de Derecho Can\u00f3nico, en su p\u00e1rrafo 5, dice: Respetando la prioridad de orden y de promoci\u00f3n, mediante opci\u00f3n hecha en Consistorio y aprobada por el Sumo Pont\u00edfice, los Cardenales del orden presbiteral pueden acceder a otro t\u00edtulo y los del orden diaconal a otra diacon\u00eda, y, despu\u00e9s de un decenio completo en el orden diaconal, pueden tambi\u00e9n acceder al orden presbiteral. N.T.). Es en ese momento tambi\u00e9n cuando el Papa elige al camarlengo y al vicecanciller de la Santa Iglesia Romana y realiza la ceremonia de \u00abcerrar\u00bb y \u00ababrir\u00bb la boca de los nuevos cardenales. A ese consistorio pertenecen tambi\u00e9n los nombramientos de obispos, arzobispos y patriarcas, la transferencia de dichos dignatarios a otras sedes episcopales, el nombramiento de coadjutores, la creaci\u00f3n de nuevas di\u00f3cesis, y la divisi\u00f3n o fusi\u00f3n de di\u00f3cesis previamente existentes. Pero en el consistorio propiamente dicho no se discuten los detalles. Todas las consultas previas que deben realizarse para que el Papa pueda tomar decisiones prudentes se llevan a cabo en otra reuni\u00f3n, llamada consistorial. Durante el consistorio el Papa s\u00f3lo hace p\u00fablica su decisi\u00f3n. Los nombramientos de obispos a las sedes de algunas di\u00f3cesis se hacen a trav\u00e9s de un breve, fuera del consistorio. Tales son los casos de di\u00f3cesis en territorios dependientes de la Sagrada Congregaci\u00f3n de Propaganda (hoy llamada de la Evangelizaci\u00f3n de los pueblos, N.T.) y otras con necesidades especiales. Tales nombramientos son meramente promulgados en el consistorio. Al final del consistorio se permite la entrada de los llamados promotores, quienes con la formalidad del caso, solicitan el palio para los reci\u00e9n nombrados arzobispos. Su petici\u00f3n es aprobada inmediatamente, pero la ceremonia de imposici\u00f3n del palio tiene lugar posteriormente.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">(2) El consistorio p\u00fablico se llama as\u00ed porque son invitados a \u00e9l algunas personas ajenas al Colegio de los Cardenales, tales como auditores de la Sagrada Rota y otros prelados. Algunos laicos, que previamente han solicitado participar, tambi\u00e9n pueden estar presentes. Antiguamente era en este consistorio donde el Papa sol\u00eda recibir a reyes, pr\u00edncipes y embajadores, pero ya no existe esa costumbre. Es en el consistorio p\u00fablico donde el Papa celebra la ceremonia de entregar el capelo cardenalicio a los cardenales reci\u00e9n electos. Adem\u00e1s, es ah\u00ed donde los promotores consistoriales defienden las causas de beatificaci\u00f3n y canonizaci\u00f3n. Esas defensas son de dos tipos. En la primera, se solicita permiso para que pueda ser introducido, continuado o terminado el proceso ordinario de beatificaci\u00f3n o canonizaci\u00f3n. La segunda se refiere exclusivamente a las causas de canonizaci\u00f3n. Pues de acuerdo a la costumbre de la Santa Sede, incluso despu\u00e9s de que se ha probado con certeza que los milagros requeridos para una canonizaci\u00f3n se han realizado por intercesi\u00f3n de una persona declarada beata, no se decreta que se le den a \u00e9sta honores propios de un santo sino hasta que la cuesti\u00f3n de si se le debe canonizar haya sido tratada en tres consistorios: secreto, p\u00fablico y semip\u00fablico. En el consistorio secreto el Papa les pregunta su opini\u00f3n a los cardenales, quienes responden individualmente placet o non placet (a favor o en contra). En el consistorio p\u00fablico alguno de los promotores consistoriales hace un alegato a favor de la causa y un prelado responde en nombre del Papa, invitando a todos a orar para que el Papa reciba luz al respecto. El voto final se lleva a cabo en el consistorio semip\u00fablico.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">(3) El consistorio semip\u00fablico se llama de ese modo porque adem\u00e1s de los cardenales, tambi\u00e9n toman parte en \u00e9l algunos obispos. A este consistorio son convocados todos los obispos que residen dentro de un radio de cien millas de Roma, y se env\u00edan invitaciones a los dem\u00e1s obispos de Italia. Adem\u00e1s, todos los obispos, arzobispos y patriarcas titulares que est\u00e9n de paso en ese momento, tambi\u00e9n pueden estar presentes. Una vez que todos los Padres han expresado su opini\u00f3n al especto, el Papa clausura la asamblea con un discurso referente a la pr\u00f3xima canonizaci\u00f3n. En lo tocante a los tiempos para celebrar los consistorios, ha quedado en desuso la antigua pr\u00e1ctica de reunirlos en intervalos prefijados y hoy d\u00eda se re\u00fanen, dependiendo de la ocasi\u00f3n, seg\u00fan los deseos del Papa. (Cfr. canon n\u00famero 353 del C\u00f3digo de Derecho Can\u00f3nico vigente- a\u00f1o 2006- para la categorizaci\u00f3n actual de los consistorios, N.T.).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Hilling, Procedure at the Roman Curia (Nueva York, 1907); Baart, The Roman Court (Nueva York, 1895); Humphrey, Urbs et Orbis; or The Pope as Bishop and as Pontiff (Londres, 1899); Smith, Elements of Ecclesiastical Law (Nueva York, 1895), I, 270; Hergenr\u00bbther-Hollweck, Lehrbuch des katholischen Kirchenrechts (Friburgo im Br., 1905), 292; Von Scherer, Handbuch des katholischen Kirchenrechts (Graz, 1886), I, 481; Andr\u201a-Wagner Dict. de Droit Canon. (Par\u00eds 1901), I, 555; Wernz, Jus Decretalium (Roma 1906), II, 394; Cohellius, Notitia Cardinalatus (Roma, 1653); Lega, De Judiciis Ecclesiasticis (Roma, 1898), II, 253.<br \/>\nHECTOR PAPI<br \/>\nTradujo Javier Algara Coss\u00edo\n<\/p>\n<\/p>\n<p><b>Fuente: Enciclopedia Cat\u00f3lica<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>I. DEFINICI\u00d3N En la \u00e9poca imperial de Roma el t\u00e9rmino \u00abconsistorio\u00bb (del lat\u00edn con-sistere, estar juntos) era utilizado para indicar el concejo sagrado de los emperadores. 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