{"id":2441,"date":"2016-02-04T23:19:35","date_gmt":"2016-02-05T04:19:35","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/homicidio\/"},"modified":"2016-02-04T23:19:35","modified_gmt":"2016-02-05T04:19:35","slug":"homicidio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/homicidio\/","title":{"rendered":"HOMICIDIO"},"content":{"rendered":"<p>Psa 51:14 l\u00edbrame de h, oh Dios, Dios de mi<br \/>\nMat 15:19; Mar 7:21 del coraz\u00f3n salen .. los h<br \/>\nMar 15:7; Luk 23:19 hab\u00edan cometido h en una<br \/>\nRev 9:21 y no se arrepintieron de sus h, ni de<\/p>\n<hr>\n<p>Homicidio    (heb. d\u00e2m, \u00absangre\u00bb; a menudo aparece en plural, d\u00e2m\u00eem, con el sentido de \u00abculpable de sangre\u00bb).  La muerte deliberada de un ser humano.  El primer caso de homicidio fue la muerte de Abel por Ca\u00ed\u00adn (Gen 4:8), y desde temprano en la historia de nuestro mundo se dio la orden: \u00abEl que derramare sangre de hombre, por el hombre su sangre ser\u00e1 derramada\u00bb (9:6).  El 6\u00c2\u00ba mandamiento prohibe espec\u00ed\u00adficamente el homicidio (Exo 20:13; Deu 5:17).  Num_35 bosqueja con cierto detalle las leyes que rigen los asuntos de homicidios y muertes en Israel.  El vengador* de la sangre ten\u00ed\u00ada el derecho de matar al homicida (v 19), pero hab\u00ed\u00ada ciudades de refugio adonde una persona pod\u00ed\u00ada huir para asilarse hasta que se juzgara su caso (vs 11, 12).  Si la persona era declarada culpable, se la entregaba a un pariente del muerto para que la matara; pero si se demostraba que la muerte hab\u00ed\u00ada sido accidental, gozaba de inmunidad en la ciudad de refugio hasta la muerte del sumo sacerdote.  Entonces pod\u00ed\u00ada volver a su casa con toda seguridad (Num 35:15-34; Deu_19).  La misericordia tradicional que pod\u00ed\u00ada esperar quien hab\u00ed\u00ada cometido un mal y hab\u00ed\u00ada huido al tabern\u00e1culo y se aferraba de los cuernos del altar no se extend\u00ed\u00ada al homicida (Exo 21:14; 1Ki 2:28-34).  Cuando Israel m\u00e1s tarde se hundi\u00f3 en la apostas\u00ed\u00ada, la vida humana se consideraba con liviandad, y encontramos a Jerem\u00ed\u00adas (Jer 7:9) denunciando el homicidio como uno de los principales pecados de Jud\u00e1.  Oseas (Hos 6:9) acus\u00f3 a algunos de los sacerdotes de homicidio.  Cristo mostr\u00f3 que el mandamiento que prohibe matar involucro m\u00e1s que el acto exterior: considera tambi\u00e9n los motivos (Mat 15:19; 5:21, 22; cf  Mar 7:21).  Jes\u00fas declar\u00f3 que Satan\u00e1s \u00abha sido homicida desde el principio\u00bb (Joh 8:44), con la implicaci\u00f3n inconfundible de que los que trataban de matarlo eran hijos de Satan\u00e1s (vs 37, 40, 41).  Un caso muy particular de homicidio lo vemos en la experiencia de David (2Sa_11 y 12; Psa 51:14, sinti\u00e9ndose culpable de la muerte de Ur\u00ed\u00adas).  Otras referencias al homicidio se encuentran en Exo 22:2, 3 (reglamentaci\u00f3n); Lev 17:4; 1Sa 25:26, 33; Hos 12:14; etc.  Homosexual.  V\u00e9anse Afeminado; Sodomita.<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario B\u00edblico Evang\u00e9lico<\/b><\/p>\n<p>(matar al hombre).<\/p>\n<p> &#8211; El cuerpo; Ca\u00ed\u00adn el primero, Gen 4:14.<\/p>\n<p> &#8211; El alma; no tem\u00e1is a los que matan el cuerpo, sino a los que matan el alma, Mat 10:28, Luc 12:4.<\/p>\n<p> &#8211; Matar el honor, la honra, con chismes y cr\u00ed\u00adticas, Mat 7:1-3.<\/p>\n<p> &#8211; \u00abNo matar\u00bb es un mandamiento muy grave, hasta en el deseo, o la c\u00f3lera. es un pecado que hay que confesar antes de ir a Comulgar a la mesa del Senor, Mat 5:21-25.<\/p>\n<p>Diccionario B\u00ed\u00adblico Cristiano<br \/>\nDr. J. Dominguez<\/p>\n<p>http:\/\/biblia.com\/diccionario\/<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario B\u00edblico Cristiano<\/b><\/p>\n<p>Despu\u00e9s de la \u2020\u00a2ca\u00ed\u00adda, el pr\u00f3ximo pecado que la Biblia narra es la muerte de \u2020\u00a2Abel por parte de Ca\u00ed\u00adn (Gen 4:8). La seriedad de este crimen a los ojos de Dios se ve en la expresi\u00f3n \u2020\u0153la voz de la sangre de tu hermano clama a m\u00ed\u00ad desde la tierra\u2020\u009d (Gen 4:10). Y tras el \u2020\u00a2diluvio Dios enfatiz\u00f3 el mandamiento de que \u2020\u0153el que derramare sangre de hombre, por el hombre su sangre ser\u00e1 derramada; porque a imagen de Dios es hecho el hombre\u2020\u009d (Gen 9:5-6). S\u00f3lo deb\u00ed\u00ada derramarse la sangre de una persona que hab\u00ed\u00ada matado a otra. Nunca deb\u00ed\u00ada ser \u2020\u0153derramada sangre inocente en medio de la tierra\u2020\u009d (Deu 19:10; Deu 19:13; Deu 21:8; Deu 27:25). Uno de los Diez Mandamientos es: \u2020\u0153No matar\u00e1s\u2020\u009d (Exo 20:13; Deu 5:17). \u2020\u0153No matar\u00e1s al inocente y justo\u2020\u009d (Exo 23:7). Para el h. se establec\u00ed\u00ada, sin embargo, la pena de muerte (\u2020\u0153El que hiriere a alguno, haci\u00e9ndole as\u00ed\u00ad morir, \u00e9l morir\u00e1\u2020\u009d [Exo 21:12]) si se trataba de algo intencional. No se permit\u00ed\u00ada pagar dinero para librar a un homicida (Num 35:31). Un pariente del muerto pod\u00ed\u00ada actuar como \u2020\u0153el vengador de la sangre\u2020\u009d, persiguiendo al criminal para darle muerte (Num 35:18-19). Para los casos en que la muerte hab\u00ed\u00ada sido involuntaria o accidental se establecieron en Israel las ciudades de refugio, lugares adonde pod\u00ed\u00ada huir \u2020\u0153el homicida que hiriere a alguno de muerte sin intenci\u00f3n\u2020\u009d (Num 35:11). Hab\u00ed\u00ada que hacer un juicio, y nadie pod\u00ed\u00ada ser condenado por h. sin el testimonio concordante de dos o tres testigos (Deu 17:6). Si alguien se hab\u00ed\u00ada acogido a una \u2020\u00a2ciudad de refugio el juicio deb\u00ed\u00ada determinar si la muerte fue accidental, en cuyo caso la persona pod\u00ed\u00ada quedarse viviendo en el lugar hasta la muerte del sumo sacerdote. Si se establec\u00ed\u00ada lo contrario deb\u00ed\u00ada ser ejecutada (Exo 21:13; Num 35:22-23; Deu 19:4-6). Se procuraba poner en claro si el que cometi\u00f3 el hecho hab\u00ed\u00ada utilizado alg\u00fan arma o instrumento ofensivo, o si ten\u00ed\u00ada alg\u00fan odio o enemistad con el muerto.<\/p>\n<p>El h. se castigaba aun en el caso de que el fallecido fuera un esclavo (Exo 21:20-21). Si alguien ten\u00ed\u00ada un animal con tradici\u00f3n de agresividad y por su descuido \u00e9ste mataba a otra persona, el due\u00f1o deb\u00ed\u00ada morir (Exo 21:29). Pero si se mataba a un ladr\u00f3n que \u2020\u0153fuere hallado forzando una casa\u2020\u009d, no hab\u00ed\u00ada culpa, siempre que el hecho aconteciera durante la noche (Exo 22:2-3). Los israelitas deb\u00ed\u00adan poner mucho empe\u00f1o en no permitir que los h. quedaran impunes, por su efecto contaminador sobre la tierra. En el caso de que \u2020\u0153fuere hallado alguien muerto, tendido en el campo, y no se supiere qui\u00e9n lo mat\u00f3\u2020\u009d, hab\u00ed\u00ada que hacer una ceremonia especial para quitar \u2020\u0153la culpa de la sangre inocente\u2020\u009d de en medio del pueblo (Deu 21:1-9).<br \/>\nlos tiempos del NT reg\u00ed\u00adan en Israel las leyes romanas. De conformidad con \u00e9stas la pena de muerte s\u00f3lo pod\u00ed\u00ada ser dictada por las autoridades imperiales (Jua 18:31-32). La responsabilidad del Estado en cuanto al castigo de los criminales se ense\u00f1a en las palabras de Pablo a los Romanos, cuando dice que \u2020\u0153las autoridades superiores &#8230; por Dios han sido establecidas\u2020\u009d. Y que el magistrado es \u2020\u0153servidor de Dios, vengador para castigar al que hace lo malo\u2020\u009d, lo cual incluye el uso de la espada. Una clara alusi\u00f3n a la pena de muerte (Rom 13:1-4).<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de la Biblia Cristiano<\/b><\/p>\n<p>tip, LEYE<\/p>\n<p>ver, CIUDAD DE REFUGIO, CASTIGO, JUSTICIA<\/p>\n<p>vet, Inmediatamente despu\u00e9s del Diluvio, se decret\u00f3 que \u00abel que derramare sangre de hombre, por el hombre su sangre ser\u00e1 derramada\u00bb (Gn. 9:6). El \u00abvengador de la sangre\u00bb ten\u00ed\u00ada derecho a dar muerte al homicida (Nm. 35:19). Sin embargo, si \u00e9ste pod\u00ed\u00ada alcanzar una ciudad de refugio, salvaba su vida de momento. Las ciudades de refugio no hab\u00ed\u00adan sido instituidas para ventaja de los criminales, sino para proteger a los homicidas involuntarios, por causa de imprudencia (Nm. 35:22-25). En caso de que la muerte hubiera tenido lugar con premeditaci\u00f3n, se daba muerte al criminal, incluso si se aferraba a los cuernos del altar (Ex. 21:14; cp. 1 R. 2:28-34). El homicida que buscaba asilo en la ciudad de refugio era juzgado. No pod\u00ed\u00ada ser condenado a muerte m\u00e1s que por la acusaci\u00f3n de dos testigos concordantes, como m\u00ed\u00adnimo (Nm. 35:30; Dt. 17:6). Si era culpable de homicidio voluntario, no pod\u00ed\u00ada librarse mediante ninguna compensaci\u00f3n econ\u00f3mica (Nm. 35:31); era entregado al vengador de la sangre, que le daba muerte (Nm. 35:19; Dt. 19:12). Si era absuelto, ten\u00ed\u00ada derecho de asilo en la ciudad de refugio, pero ten\u00ed\u00ada que permanecer all\u00ed\u00ad hasta la muerte del sumo sacerdote. (V\u00e9ase CIUDAD DE REFUGIO). Bajo la legislaci\u00f3n mosaica, se hab\u00ed\u00ada enunciado el principio de \u00abojo por ojo, diente por diente\u00bb (Mt. 5:38; Ex. 21:24). Este principio establece que la pena tiene que ser proporcional a la ofensa. La justicia es el principio rector en la retribuci\u00f3n punitiva. No pod\u00ed\u00ada darse lugar a una exaltaci\u00f3n de la venganza, con castigos grandes a ofensas nimias, pero tampoco deb\u00ed\u00ada darse por justo al culpable ni dejarlo sin castigo (Dt. 19:11-13, 18-21). Bajo la dispensaci\u00f3n de la gracia el cristiano act\u00faa bajo otro principio: siendo que es un objeto de gracia, tiene tambi\u00e9n que actuar en gracia hacia los dem\u00e1s. Al cristiano se dirige la amonestaci\u00f3n: \u00abNo os vengu\u00e9is vosotros mismos, amados m\u00ed\u00ados, sino dejad lugar a la ira de Dios, porque escrito est\u00e1: M\u00ed\u00ada es la venganza, yo pagar\u00e9, dice el Se\u00f1or\u00bb (Ro. 12:19; Ap. 6:10; 19:2). Ahora es el d\u00ed\u00ada de la gracia. Pero se avecina un d\u00ed\u00ada de venganza para aquellos \u00abque no conocieron a Dios, ni obedecen el evangelio de nuestro Se\u00f1or Jesucristo\u00bb (2 Ts. 1:8). El deber del cristiano de no vengarse no se enfrenta en absoluto con el ejercicio del gobierno de Dios, delegado en magistrados humanos, que derivan su autoridad de la de El, en la represi\u00f3n y castigo de los cr\u00ed\u00admenes. Este principio se reafirma en el NT, porque la autoridad \u00abno en vano lleva la espada, pues es servidor de Dios, vengador para castigar al que hace lo malo\u00bb (Ro. 13:4). (V\u00e9anse CASTIGO, JUSTICIA.)<\/p>\n<p><b>Fuente: Nuevo Diccionario B\u00edblico Ilustrado<\/b><\/p>\n<p>[359]<\/p>\n<p>      Muerte de un ser humano de cualquier forma que sea: asesinato, crimen, linchamiento, exterminio, ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p>    Seg\u00fan la identidad de la v\u00ed\u00adctima hay muchos tipos de homicidio: aborto, infanticidio, parricidio, fratricidio, regicidio, tiranicidio, eutanasia, suicidio.<\/p>\n<p>    El interrogante moral que surge ante la muerte de un ser humano est\u00e1 en si alguna vez puede ser l\u00ed\u00adcita. Por ejemplo, si la eutanasia es admisible, si la pena de muerte legal es \u00e9tica, si el aborto defensivo (ante violaci\u00f3n) es tolerable. La casu\u00ed\u00adstica es abundante en temas como el de la vida.<\/p>\n<p>    Lo normal en el pensamiento cristiano es reconocer que \u00abs\u00f3lo Dios es due\u00f1o de la vida\u00bb y que jam\u00e1s la vida del hombre puede ser destruida. Pero quedan inc\u00f3gnitas fronterizas sin resolver: \u00bfSon humanos los embriones congelados?, \u00bfVive o ha muerto el enfermo terminal que ofrece electroencefalograma plano? \u00bfEs asumible el trasplante del cerebro?<\/p>\n<p>     Muchas de estas cuestiones rozan el terreno del homicidio. Interesan, y no s\u00f3lo por curiosidad, cuando se habla de ellos a los adolescentes y j\u00f3venes. Y el educador de su fe tiene que ofrecer respuestas y no solamente preguntas.<\/p>\n<p>Pedro Chico Gonz\u00e1lez, Diccionario de Catequesis y Pedagog\u00ed\u00ada Religiosa, Editorial Bru\u00f1o, Lima, Per\u00fa 2006<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagog\u00eda Religiosa<\/b><\/p>\n<p>(v. dec\u00e1logo, vida)<\/p>\n<p>(ESQUERDA BIFET, Juan, Diccionario de la Evangelizaci\u00f3n,  BAC, Madrid, 1998)<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de Evangelizaci\u00f3n<\/b><\/p>\n<p>La vida es de Dios. S\u00f3lo Dios, que nos la ha dado, nos la puede quitar. El homicidio est\u00e1 prohibido ya en el Dec\u00e1logo (Ex 20,13; Mt 5,21). El homicida en el A. T. era tambi\u00e9n condenado. a muerte (Ex 21,12; Lev 24,17; N\u00fam 35,33); es reo de juicio, es decir, de condenaci\u00f3n (Mt 5,21); el diablo. es un homicida matador de hombres (Jn 8,44), como lo fue Herodes (Mt 2,26; Lc 13,31), y los labradores perversos (Mt 21,35.38.39; 12,5-7), los padres de los fariseos y doctores de la Ley, que mataron a los profetas (Lc 11,47-48); pecado del que Jesucristo acusa a Jerusal\u00e9n (Mt 23,37; Lc 13,34). El pecado m\u00e1s grave de homicidio es el cometido contra Jesucristo (Mt 16,21; 17,23; 26,4; Mc 8,31; 9,31; 10,34; 14,1; Lc 9,22; 18,33; Jn 5,18; 7,1.19. 20.25; 8,37.40; 11,53; 12,10). Jesucristo nos advierte que no hay que temer a los que s\u00f3lo pueden matar el cuerpo, pero no pueden matar el alma, sino a Aquel que nos puede condenar al fuego de la gehenna (Mt 10,28; Lc 12,4). De hecho, Jesucristo predice que muchos de sus seguidores ser\u00e1n matados (Mt 24,9; Lc 21,16).<\/p>\n<p>E.M.N.<\/p>\n<p>FERNANDEZ RAMOS, Felipe (Dir.), Diccionario de Jes\u00fas de Nazaret, Editorial Monte Carmelo, Burbos, 2001<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de Jes\u00fas de Nazaret<\/b><\/p>\n<p>Es la supresi\u00f3n de la vida de una persona humana. El mandamiento \u00bb no matar\u00e1s\u00bb constituye uno de los ejes fundamentales de la moral, la base de la sociedad, la piedra angular del derecho, la primera condici\u00f3n del reconocimiento del Otro como persona (L\u00e9vinas).<\/p>\n<p>Mientras que en el pasado se entend\u00ed\u00ada por homicidio la muerte causada injustamente -con lo que se exclu\u00ed\u00ada la muerte en la guerra, la condenaci\u00f3n a muerte y la muerte inferida en leg\u00ed\u00adtima defensa-, hoy se tiende a declarar injusta e injustificada toda occisi\u00f3n directa.<\/p>\n<p>La \u00fanica excepci\u00f3n que sigue en pie es la ligada a la situaci\u00f3n de leg\u00ed\u00adtima defensa. La guerra, despu\u00e9s de las experiencias del hombre del siglo XX, no puede entenderse ni mucho menos como medio adecuado para reparar un derecho lesionado o para proteger un derecho amenazado (Juan XXIII, Pacem in terris); la defensa armada se admite, en todo caso, solamente cuando es inevitable. La superaci\u00f3n de la necesidad absoluta de la defensa armada es signo de maduraci\u00f3n de una conciencia \u00e9tica distinta, gracias al desarrollo de movimientos de inspiraci\u00f3n cat\u00f3lica o interconfesional o laica que propugnan la objeci\u00f3n de conciencia y la adopci\u00f3n de t\u00e1cticas no violentas, como serias alternativas a la defensa militar y a la insurrecci\u00f3n revolucionaria violenta.<\/p>\n<p>B. Marra<\/p>\n<p>Bibl.: F D&#8217;Agostino, Homicidio y leg\u00ed\u00adtima, defensa, en NDTM, 843-852; K. HOrmann Legitima defensa, en DMC, 632s; S. Visintainer, Legitima defensa, en DETM, 549-552; M. Vidal, Moral de la persona y bio\u00e9tica teol\u00f3gica, en Moral de actitudes. II, PS, Madrid 1990.<\/p>\n<p>PACOMIO, Luciano [et al.], Diccionario Teol\u00f3gico Enciclop\u00e9dico, Verbo Divino, Navarra, 1995<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario Teol\u00f3gico Enciclop\u00e9dico<\/b><\/p>\n<p>fonos (fovno\u00bb, 5408) se usa de un hecho concreto (Mc 15.7; Luk 23:19,25); (b) en plural, de homicidios en general (Mat 15:19; Mc 7.21, Gl 5.21, TR; Heb 11:37  \u00abmuertos a filo de espada\u00bb, lit., \u00abmurieron con muerte de espada\u00bb); en Act 9:1  \u00abmuerte\u00bb. V\u00e9ase MUERTE.\u00c2\u00b6<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario Vine Nuevo testamento<\/b><\/p>\n<p><p style=\"text-align: justify;\">(Lat. homo, hombre, y caedere, matar)\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Homicidio significa, en general, dar muerte a un ser humano. Sin embargo, en la pr\u00e1ctica, la palabra ha llegado a significar el acto de quitar injustamente la vida humana, perpetrado por una persona distinta a la v\u00edctima, mediante un acto individual deliberado. No se hablar\u00e1, por tanto, dentro del alcance del presente art\u00edculo, del suicidio, ni de la ejecuci\u00f3n de la pena de muerte mediante un proceso se\u00f1alado por la ley. Matar directamente a una persona inocente, obviamente, debe tenerse como uno de los pecados m\u00e1s horribles. Se dice que tal acci\u00f3n se comete cuando la muerte de una persona se percibe como un fin, o como un medio indispensable para alcanzar un fin deseado. La maldad de ese pecado se ubica primariamente en la violaci\u00f3n al derecho supremo de Dios sobre la vida de sus creaturas. Tambi\u00e9n en la ira que esa acci\u00f3n provoca al ser violado el derecho m\u00e1s visible y estimable del ser humano, el de la vida. (\u00abLa Escritura precisa lo que el quinto mandamiento proh\u00edbe: \u00abNo quites la vida del inocente y justo\u00bb (Ex 23, 7). El homicidio voluntario de un inocente es gravemente contrario a la dignidad del ser humano, a la regla de oro y a la santidad del Creador. La ley que lo proscribe posee una validez universal: obliga a todos y a cada uno, siempre y en todas partes\u00bb. Catecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica, 2261). Para el objetivo del presente trabajo, una persona es inocente mientras no haya causado alg\u00fan da\u00f1o a la comunidad o a otro individuo mediante un acto responsable comparable a la p\u00e9rdida de vida. Se llama homicidio indirecto cuando la muerte resultante no formaba parte del objetivo del agente, ni como fin ni como medio para otro fin. Seg\u00fan esta hip\u00f3tesis, el dar muerte a otra persona es permitido exclusivamente ante la amenaza de un peligro equivalente a la destrucci\u00f3n de una vida humana. De ese modo, por ejemplo, un comandante militar puede dirigir sus armas contra un sitio fortificado a pesar de que est\u00e9 perfectamente consciente de que ello conllevar\u00e1 casi seguramente la muerte de alg\u00fan civil no combatiente. En tal caso, existe una raz\u00f3n suficiente al considerarse necesaria la derrota del enemigo para proteger el bien com\u00fan. Cuando, sin embargo, la muerte de una persona es el resultado no deseado de una acci\u00f3n prohibida, precisamente por el alto riesgo que \u00e9sta encierra de causar un efecto fatal, entonces el actor de la misma deber\u00e1 considerarse culpable en conciencia, a pesar de su falta de intenci\u00f3n. Quien dispara un arma en un \u00e1rea populosa debe ser tenido como culpable de homicidio si alguna de sus balas causa la muerte a alguien, por m\u00e1s que quiera alegar que no tiene deseos de causar da\u00f1o a alguien.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Es universalmente aceptado que uno puede defenderse violentamente de un ataque violento contra su vida o la de otro, contra su integridad f\u00edsica, su castidad o bienes materiales, incluso hasta llegando a dar muerte al agresor injusto, siempre y cuando no se rebase el l\u00edmite de la justa defensa personal. En este caso debe tomarse nota de que (1) el peligro percibido en contra de si mismo o de otro debe ser real y, por as\u00ed decir, inminente, y no meramente posible. No es justificable, entonces, el uso de la fuerza por parte de una persona para vengarse. Ello s\u00f3lo corresponder\u00eda a la autoridad p\u00fablica. (2) No debe emplearse una violencia mayor a la necesaria para protegerse de un asalto en contra de los bienes enumerados m\u00e1s arriba. El derecho a la leg\u00edtima defensa, tan universalmente reconocido, no exige necesariamente que se descubra en el agresor una premeditaci\u00f3n culpable. Basta que se vea amenazada la vida, o cualquier otro bien comparable a la vida, por una acto fuera del cauce de la ley. En este contexto es v\u00e1lido dar muerte a un loco, o a un borracho fuera de sus sentidos, aunque no haya malicia de su parte, si eso constituye el \u00fanico medio de detener su agresi\u00f3n. Santo Tom\u00e1s afirma que es ileg\u00edtimo, incluso en defensa propia, buscar directamente la muerte de otra persona, o sea, buscar expresamente quitarle la vida. Su opini\u00f3n es que el deseo formal de quien se defiende debe ser \u00fanicamente el de proteger su vida y rechazar el ataque, y que en lo tocante a la p\u00e9rdida de la vida del otro, que puede ser consecuencia de su defensa, debe tener una actitud puramente permisiva. Esta opini\u00f3n es rechazada por Juan de Lugo y otros que consideran justo buscar expresamente la muerte del agresor como medio para proteger la vida propia. El axioma que propone que ning\u00fan individuo puede matar a otro leg\u00edtimamente por causa alguna est\u00e1 en concordancia con la doctrina tomista, pues en la leg\u00edtima defensa uno no busca, hablando t\u00e9cnicamente, quitar la vida al agresor, sino detener su agresi\u00f3n. Seg\u00fan el Doctor Ang\u00e9lico es solamente mediante el debido ejercicio de la ley que una persona puede ser sometido a la muerte (En torno al homicidio en leg\u00edtima defensa, cfr. C\u00f3dice de Derecho Can\u00f3nico (1986), 1323 y 1324; Catecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica (1992), 1737, 2263, 2264, N.T.).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">A diferencia del da\u00f1o causado por otro tipo de delincuentes, el homicida no puede retribuir adecuadamente a la v\u00edctima. Porque no puede devolver la vida que quit\u00f3. Pero obviamente est\u00e1 obligado a pagar a los herederos de la v\u00edctima el dinero que sea necesario para cubrir los gastos m\u00e9dicos en que se haya incurrido a causa de su crimen. Igualmente, a hacerse responsable del sostenimiento de los dependientes directos de la v\u00edctima, tales como esposa, hijos o padres. Y si llegase a ocurrir que el asesino muriese antes de cumplir estas obligaciones, de ellas deber\u00e1 hacerse cargo quien herede sus bienes. No est\u00e1 claro qu\u00e9 obligaciones- de existir alguna- competen al homicida en relaci\u00f3n los acreedores de la persona a la que asesin\u00f3. Pero parece justo que les pague lo correspondiente si se llega a probar que el fin que persegu\u00eda con el homicidio era causarles da\u00f1o a ellos.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Aquella persona que ha matado a alguien en circunstancias que demuestren que su acto constituye un pecado mortal, ya sea que la muerte haya sido buscada directamente, ya sea indirectamente, y sin importar si esa persona sea la causa moral o material del crimen, queda afectada por el impedimento can\u00f3nico conocido como irregularidad (Cfr. C\u00f3digo de Derecho Can\u00f3nico, 1323, 1324, 1336, 1370,1397, 1398, N.T.). Antiguamente exist\u00edan muchos castigos, censuras y otros, para quienes participaban causalmente en un asesinato. Con ello se entiende a aquellas personas que, por medio de la promesa de un pago u otro tipo de recompensa, expresamente comisionaban a hombres perversos para que matasen a alguien (Cfr. Catecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica, 2268, 2269,2277, 2324, N.T.). El texto de la ley que versa sobre esta atrocidad hace referencia directa al caso de que alg\u00fan no creyente fuese contratado para matar a un cristiano. El castigo que se impon\u00eda era la excomuni\u00f3n, que fue posteriormente substituida por otras penas. Por ejemplo, un criminal de ese tipo no pod\u00eda invocar el derecho de asilo; si fuese un cl\u00e9rigo, deber\u00eda ser degradado can\u00f3nicamente y puesto a disposici\u00f3n del poder secular para que fuese ejecutado sin violar la inmunidad propia de su estado (Cfr. C\u00f3digo de Derecho Can\u00f3nico, 1336 y 1350, N.T.). No est\u00e1 claro si tambi\u00e9n el asesino, que lleva a cabo el encargo de su patr\u00f3n, deba tambi\u00e9n ser considerado en esas provisiones de la ley.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">EN LA JURISPRUDENCIA CIVIL\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De acuerdo a su significado en la jurisprudencia el homicidio es \u00abla muerte de un ser humano a manos de otro ser humano\u00bb (J. F. Stephen, \u00abDigest of the Criminal Law\u00bb, Londres y Nueva York, 1894, 175; Wharton, \u00abThe Law of Homicide\u00bb, 3\u00aa. ed., Rochester, N.Y., 1907, 1), y \u00abpuede ser libre de culpa legal\u00bb (Serjeant Stephen, \u00abNew Commentaries on the Laws of England\u00bb, 14\u00aa. ed., Londres, 1903, IV, 37; Wharton, op. cit., 1). La m\u00e1s antigua forma de la lengua latina ten\u00eda numerosas expresiones para indicar el acto de matar a una persona, pero nunca us\u00f3 el vocablo \u00abhomicidium\u00bb, que pas\u00f3 a formar parte del vocabulario en una \u00e9poca comparativamente posterior (T. Mommsen, \u00abLe Droit penal Romain\u00bb, traducci\u00f3n francesa., Par\u00eds, 1907, II, 324-5). La alusi\u00f3n que hace Horacio al criminal H\u00e9ctor indica que ese t\u00e9rmino no connotaba la acci\u00f3n de un criminal (Epod., XVII, 12).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La ley inglesa divid\u00eda el homicidio no culpable en justificable y excusable. Un ejemplo del homicidio justificable se tiene en la \u00abnecesidad inevitable\u00bb de la ejecuci\u00f3n de un criminal \u00abdespu\u00e9s de la sentencia de muerte y en estricto apego a la ley\u00bb (Wharton, op. cit., 9). Ejemplos del homicidio excusable ser\u00edan la muerte causada en un acto de defensa personal o la muerte accidental de una persona durante la realizaci\u00f3n de una acci\u00f3n legal y sin intenci\u00f3n de matar a otro (Idem, op. cit.). Pero en sentido contrario a la doctrina jur\u00eddica que Sir William Blackstone (Commentaries on the Laws of England, IV, 186) deduce de Lord Bacon, la moderna ley inglesa no parece admitir la necesidad de auto preservaci\u00f3n como excusa para matar \u00aba un inocente e inofensivo vecino\u00bb (La Reina vs. Dudley y Stephens, English Law Reports, 14 Queen&#8217;s Bench Division, 286). El homicidio que se realiza en circunstancias que ni justifican ni excusan el acto se cataloga como crimen de los llamados \u00abfelon\u00eda\u00bb (Bishop, \u00abNew Comment. on Crim. Law\u00bb, Chicago, 1892, II, sec. 744). El homicidio fel\u00f3n, cuando es atribuido por la ley a la debilidad de la naturaleza humana y considerado como acto sin premeditaci\u00f3n, es llamado \u00abhomicidio no premeditado\u00bb, pudiendo ser una muerte voluntaria \u00aben un arranque inesperado de pasi\u00f3n\u00bb, o una muerte involuntaria \u00abdurante la realizaci\u00f3n de un acto ilegal\u00bb (Wharton, op. cit., 6). Cuando el homicidio culpable es acompa\u00f1ado de premeditaci\u00f3n constituye un asesinato, un crimen cometido \u00abcuando una persona en disfrute de sana memoria y juicio ilegalmente y con premeditaci\u00f3n, expresa o impl\u00edcita, mata a una creatura de raz\u00f3n que est\u00e9 en paz con la sociedad o el soberano\u00bb (Wharton, op. cit., 2). Blackstone considera necesario explicar que la \u00abpaz del rey\u00bb es de un alcance tan universal que matar \u00aba un extranjero o un jud\u00edo o un bandido\u00bb (excepto el extranjero en tiempos de guerra) \u00abes tan criminal como matar al m\u00e1s com\u00fan de los nativos de Inglaterra\u00bb. Pero a\u00f1ade (op. cit., IV, 198) que \u00abmatar a un ni\u00f1o en el seno de su madre no se considera hoy un asesinato sino una gran \u00abconspiraci\u00f3n\u00bb (El original ingl\u00e9s usa el vocablo \u00abmisprision\u00bb, de uso arcaico en la ley inglesa para se\u00f1alar o un crimen no reportado por quien deber\u00eda hacerlo, o la comisi\u00f3n, por parte de un funcionario p\u00fablico, de un acto impropio, como impedir que alguien testifique en un juicio. Dicho delito no alcanza el grado de \u00abfelon\u00eda\u00bb. N.T.). El asesinato m\u00e1s perverso, seg\u00fan Blackstone (op. cit., IV, 204), es al que la ley inglesa llama \u00abpeque\u00f1a traici\u00f3n\u00bb, la muerte de un superior a manos de un inferior quien debe a aqu\u00e9l lealtad y obediencia. Tal crimen puede ser cometido, por ejemplo, por un cl\u00e9rigo contra su superior, por una esposa contra su esposo, por un sirviente contra su patr\u00f3n. Esto actos, en la legislaci\u00f3n actual, no se distinguen de otros homicidios [op. cit., IV, 203, nota en referencia a la edici\u00f3n de Lewis (Filadelfia, 1897), 204] (Bishop, op. cit., I, sec. 611). En la ley com\u00fan inglesa el suicidio constituye un homicidio delictuoso (Wharton, op. cit., 587). Mas dado que el antiguo decomiso de bienes est\u00e1 siendo abolido, esta ofensa est\u00e1 m\u00e1s all\u00e1 de los tribunales humanos (Bishop, op. cit., II, sec. 1187). Para que una persona pueda ser legalmente culpable de un homicidio criminal, la muerte resultante de su acto debe acontecer dentro del per\u00edodo de un a\u00f1o y un d\u00eda despu\u00e9s del atentado del que se le acusa (Bishop, op. cit., sec. 640). Aunque el c\u00f3digo penal de la mayor parte de los estados de los Estados Unidos (excepto Luisiana) est\u00e1 basado en la ley com\u00fan inglesa, se han realizado, sin embargo, numerosas e importantes modificaciones.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">(Al estudiar este tema, la enc\u00edclica \u00abEvangelium Vitae\u00bb de S.S. Juan Pablo II constituye una referencia indispensable. Igualmente, toda la ense\u00f1anza pontificia contempor\u00e1nea en torno a la bio\u00e9tica, la clonaci\u00f3n, la fertilizaci\u00f3n in vitro, etc. N.T.)\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">RICKABY, \u00abEthics and Natural Law\u00bb (Londres, 1908); IDEM, \u00abAquinas Ethicus\u00bb (Londres, 1896); SLATER, \u00abManual of Moral Theology\u00bb (Nueva York, 1908); BALLERINI, \u00abOpus Theologicum Morale\u00bb (Prato, 1899).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">JOSEPH F. DELANY\/CHARLES W. SLOANE<br \/>\nTranscrito por M.E. Smith<br \/>\nTraducido por Javier Algara Coss\u00edo\n<\/p>\n<\/p>\n<p><b>Fuente: Enciclopedia Cat\u00f3lica<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Psa 51:14 l\u00edbrame de h, oh Dios, Dios de mi Mat 15:19; Mar 7:21 del coraz\u00f3n salen .. los h Mar 15:7; Luk 23:19 hab\u00edan cometido h en una Rev 9:21 y no se arrepintieron de sus h, ni de Homicidio (heb. d\u00e2m, \u00absangre\u00bb; a menudo aparece en plural, d\u00e2m\u00eem, con el sentido de \u00abculpable &hellip; <a href=\"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/homicidio\/\" class=\"more-link\">Continuar leyendo<span class=\"screen-reader-text\"> \u00abHOMICIDIO\u00bb<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-2441","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-diccionario"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2441","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2441"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2441\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2441"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2441"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2441"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}