{"id":26228,"date":"2016-02-05T17:42:32","date_gmt":"2016-02-05T22:42:32","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/odium-vitae-aborto\/"},"modified":"2016-02-05T17:42:32","modified_gmt":"2016-02-05T22:42:32","slug":"odium-vitae-aborto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/odium-vitae-aborto\/","title":{"rendered":"ODIUM VITAE: ABORTO"},"content":{"rendered":"<p>\n  Zelo sacerdotal para con los ni\u00f1os no nacidosAborto (de la palabra Latina aboriri, \u201cperecer\u201d) puede definirse brevemente como \u201cla p\u00e9rdida de una vida fetal\u201d.<br \/>\n  En \u00e9l, el feto muere mientras a\u00fan se encuentra dentro de los \u00f3rganos reproductivos de la madre, o es arrojado o extra\u00eddo de ellos antes de que sea viable; esto es, antes de que est\u00e9 suficientemente desarrollado para continuar su vida por s\u00ed mismo. El t\u00e9rmino aborto tambi\u00e9n se aplica, si bien menos apropiadamente, a casos en los que el ni\u00f1o ha llegado a ser viable, pero no sobrevive al parto.   En este art\u00edculo tomaremos la palabra en su significado m\u00e1s amplio, y consideraremos que el aborto ocurre en cualquier momento entre la concepci\u00f3n y el parto seguro. La expresi\u00f3n aborto espont\u00e1neo es tomada en el mismo sentido amplio.   A\u00fan escritores m\u00e9dicos a menudo usan estas palabras con significados especiales, restringiendo el aborto al tiempo cuando el embri\u00f3n todav\u00eda no ha adoptado caracter\u00edsticas espec\u00edficas, esto es, en el embri\u00f3n humano, antes del tercer mes de gestaci\u00f3n; el aborto espont\u00e1neo ocurre m\u00e1s tarde, pero antes de la viabilidad; mientras el nacimiento de un ni\u00f1o viable antes del t\u00e9rmino completo de nueve meses es designado nacimiento prematuro.   Aborto con inyecci\u00f3n salinaPuede existir viabilidad en el s\u00e9ptimo mes de gestaci\u00f3n, pero no puede presumirse con seguridad antes del octavo mes. Si el ni\u00f1o sobrevive a su nacimiento prematuro, no hay aborto \u2013pues esta palabra siempre significa la p\u00e9rdida de vida fetal.<br \/>\nFue largamente debatido entre los eruditos en qu\u00e9 per\u00edodo de gestaci\u00f3n el embri\u00f3n humano comienza a ser animado por el alma espiritual, racional, que eleva al hombre por encima de todas las otras especies de la creaci\u00f3n animal y sobrevive al cuerpo para vivir por siempre. La inteligencia m\u00e1s aguda entre los antiguos fil\u00f3sofos, Arist\u00f3teles, ha conjeturado que el futuro ni\u00f1o era dotado en la concepci\u00f3n con un principio de solo vida vegetativa, que despu\u00e9s de unos pocos d\u00edas era cambiado por un alma animal, y no era seguida por un alma racional sino hasta m\u00e1s tarde; sus seguidores dec\u00edan que en el cuadrag\u00e9simo d\u00eda para un ni\u00f1o var\u00f3n, y en el octog\u00e9simo para una ni\u00f1a. La autoridad de su gran nombre y la falta de conocimiento definitivo en contrario ocasion\u00f3 que esta teor\u00eda fuese generalmente aceptada hasta \u00e9pocas recientes.   Sin embargo, tan pronto como el siglo cuarto de la era Cristiana, San Gregorio de Niza hab\u00eda defendido la opini\u00f3n que la ciencia moderna ha confirmado casi con certeza, esto es, que el mismo principio de vida anima el organismo desde el primer momento de su existencia individual hasta su muerte (Eschbach, Disp. Phys., Disp., iii).   \u00c9ste es el Cordero de Dios, que quit\u00e1 el pecado del mundoActualmente es al mismo momento de la concepci\u00f3n, o fecundaci\u00f3n, cuando el embri\u00f3n comienza a vivir una vida individual diferente. Pues la vida no resulta de un organismo cuando \u00e9ste se ha desarrollado, sino que es el principio vital el que desarrolla el organismo de su propio cuerpo.  Si la conciencia del pecado nos oprime, buscamos instintivamente a Aqu\u00e9l que tiene el poder de perdonar los pecados, y lo buscamos por medio de Mar\u00eda (Juan Pablo II) En virtud del acto eterno de la Voluntad del Creador, Quien por supuesto siempre est\u00e1 presente en toda parte de Su creaci\u00f3n, el alma de todo nuevo ser humano comienza a existir cuando la c\u00e9lula que ha sido procreada est\u00e1 lista para recibirla como su principio de vida.   Dios, Padre misericordioso, que reconcili\u00f3 consigo al mundo por la muerte y la resurrecci\u00f3n de su Hijo y derram\u00f3 el Esp\u00edritu Santo para la remisi\u00f3n de los pecados, te conceda, por el ministerio de la Iglesia, el perd\u00f3n y la paz. Y yo te absuelvo de tus pecados en el nombre del Padre y del Hijo y del Esp\u00edritu Santo.En el curso normal de la naturaleza el embri\u00f3n viviente contin\u00faa su propio trabajo de auto-evoluci\u00f3n dentro del \u00fatero maternal, derivando su nutrici\u00f3n de la placenta a trav\u00e9s del cord\u00f3n vital, hasta que, llegando a la madurez, es expulsado por la contracci\u00f3n del \u00fatero para llevar su vida individual. El aborto es una terminaci\u00f3n fatal de este proceso. Puede resultar de varias causas, que se pueden clasificar bajo dos categor\u00edas, accidental e intencional.  La Misericordia infinita de Dios que perdonana 70 veces 7<br \/>\n  La Enciclopedia Cat\u00f3lica ruega a la Virgen de la Expectaci\u00f3n del parto que salve la vida de los ni\u00f1os que est\u00e1n a punto de ser asesinados en el vientre de sus madresLas causas accidentales pueden ser de muchas clases diferentes. Algunas veces el embri\u00f3n, en vez de desarrollarse en el \u00fatero, permanece en uno de los ovarios, o se aloja en uno de los tubos de Falopio, o se precipita en el abdomen, resultando, en cualquiera de estos casos, en una gestaci\u00f3n ect\u00f3pica o extra-uterina. Esto casi invariablemente ocasiona la muerte del feto, y adem\u00e1s a menudo acarrea un serio peligro para la madre. A\u00fan si un hijo ect\u00f3pico viviera hasta la madurez, no puede nacer por el canal natural \u2013sino que, una vez ha llegado a ser viable, puede ser salvado por una operaci\u00f3n quir\u00fargica. M\u00e1s com\u00fanmente el embri\u00f3n se desarrolla en el \u00fatero, pero, tambi\u00e9n est\u00e1 expuesto a una gran variedad de peligros, especialmente durante los primero meses de su existencia. Puede haber predisposiciones aisladas en la madre a contraer enfermedades fatales para su v\u00e1stago. Herencia, malformaci\u00f3n, s\u00edfilis, edad avanzada, debilidad excesiva, efectos de enfermedades anteriores, etc. pueden ser causa de peligro; a\u00fan el clima puede ejercer una influencia desfavorable. Causas m\u00e1s directas de aborto pueden encontrarse en trato cruel de la madre por su esposo o en inanici\u00f3n, o cualquier clase de privaci\u00f3n. Su propia indiscreci\u00f3n es a menudo la culpable, como cuando emprende trabajos excesivos o abiertamente usa bebidas alcoh\u00f3licas. En efecto, cualquier cosa que ocasione una conmoci\u00f3n severa a la constituci\u00f3n corporal o el sistema nervioso de la madre puede ser fatal para el hijo en su matriz. Por el lado del padre, s\u00edfilis, alcoholismo, vejez, y debilidad f\u00edsica pueden actuar desfavorablemente sobre el v\u00e1stago en cualquier momento de su existencia. La frecuencia de abortos accidentales es sin duda muy grande; debe diferir considerablemente seg\u00fan las circunstancias, as\u00ed que la proporci\u00f3n entre concepciones exitosas y malogradas est\u00e1 fuera del c\u00e1lculo de los eruditos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los abortos intencionales son distinguidos por escritores m\u00e9dicos en dos clases.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Cuando se llevan a cabo por razones sociales, se llaman abortos criminales; y son justamente condenados bajo absolutamente cualquier caso. \u201cA menudo, muy a menudo,\u201d dec\u00eda el Dr. Hodge, de la Universidad de Pensylvania, \u201cdebe emplearse toda la elocuencia y toda la autoridad del m\u00e9dico; a menudo \u00e9l debe, como si lo fuera, controlar la conciencia de su d\u00e9bil y equivocada paciente, y darle a conocer, en lenguaje que no pueda ser mal interpretado, que ella es responsable ante el Creador por la vida del ser que lleva dentro de ella\u201d (Wharton and Stille\u2019s Med. Jurispr., Vol. on Abortion, 11).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El nombre de aborto obst\u00e9trico se da por parte de los m\u00e9dicos a aquel que se efect\u00faa para salvar la vida de la madre. Si esta pr\u00e1ctica es siempre moralmente l\u00edcita lo consideraremos m\u00e1s adelante. Es evidente que la determinaci\u00f3n de lo que es correcto o err\u00f3neo en la conducta humana pertenece a la ciencia de la \u00e9tica y la ense\u00f1anza de la autoridad religiosa. Ambos proclaman la ley Divina, \u201cNo matar\u00e1s\u201d. El ni\u00f1o en embri\u00f3n, como se vio antes, tiene un alma humana; y por consiguiente es un hombre desde el momento de su concepci\u00f3n; por lo tanto tiene igual derecho a su vida que su madre; en consecuencia ni la madre, ni el profesional m\u00e9dico, ni ning\u00fan ser humano en absoluto puede leg\u00edtimamente quitar esa vida. El Estado no puede dar tal derecho al m\u00e9dico; pues \u00e9l mismo no tiene el derecho de dar muerte a una persona inocente. No importa qu\u00e9 tan deseable pareciera ser a veces salvar la vida de la madre, el sentido com\u00fan ense\u00f1a y todas las naciones aceptan la m\u00e1xima que \u201cnunca se har\u00e1 un mal del que pueda provenir un bien\u201d, o lo que es la misma cosa, que \u201cun buen fin no puede justificar un mal medio\u201d. Ahora, es un medio perverso destruir la vida de un ni\u00f1o inocente. No puede ponerse el pretexto de que el ni\u00f1o es un agresor injusto. \u00c9l simplemente est\u00e1 donde la naturaleza y sus propios padres lo han puesto. Por consiguiente, la Ley Natural prohibe cualquier intento de destruir vida fetal.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las ense\u00f1anzas de la Iglesia Cat\u00f3lica no admiten duda sobre el tema. Tales cuestiones morales, cuando se presentan, son decididas por el Tribunal del Santo Oficio. Actualmente esta autoridad decret\u00f3, el 28 de Mayo de 1884, y de nuevo, el 18 de Agosto de 1889, que \u201cno puede ense\u00f1arse confiadamente en las escuelas Cat\u00f3licas que es leg\u00edtimo realizar\u2026 cualquier operaci\u00f3n quir\u00fargica que sea directamente destructiva de la vida del feto o de la madre\u201d. El aborto fue condenado expl\u00edcitamente, el 24 de Julio de 1895, en respuesta a la cuesti\u00f3n de si cuando la madre est\u00e1 en peligro inminente de muerte y no hay medio de salvar su vida, un m\u00e9dico puede con una conciencia a salvo procurar el aborto sin destruir el ni\u00f1o en el \u00fatero (lo cual fue expl\u00edcitamente condenado en el anterior decreto), sino d\u00e1ndole una oportunidad para nacer vivo, aunque no siendo todav\u00eda viable, pronto expirase. La respuesta fue que no puede. Despu\u00e9s que se hab\u00edan dado estas y otras decisiones similares, algunos moralistas creyeron ver razones para dudar si no podr\u00eda permitirse una excepci\u00f3n en el caso de gestaciones ect\u00f3picas. Por lo tanto se present\u00f3 la cuesti\u00f3n: \u201cEs alguna vez permitido extraer del cuerpo de la madre embriones ect\u00f3picos a\u00fan inmaduros, antes de completar el sexto mes despu\u00e9s de la concepci\u00f3n?\u201d. La respuesta dada, el 20 de Marzo de 1902, fue: \u201cNo; de acuerdo con el decreto del 4 de Mayo de 1898, seg\u00fan el cual, en cuanto sea posible, debe hacerse provisi\u00f3n seria y oportuna para proteger la vida del ni\u00f1o y de la madre. En cuanto al momento, se le recuerda al consultante que no es l\u00edcita aceleraci\u00f3n alguna del nacimiento a menos que se haga en un momento, y de forma tales que, de acuerdo con el curso normal de las cosas, se preserve la vida de la madre y del ni\u00f1o\u201d. La \u00c9tica, entonces, y la Iglesia concuerdan en ense\u00f1ar que no es leg\u00edtima acci\u00f3n alguna que directamente destruya la vida fetal. Tambi\u00e9n es claro que extraer el feto viviente antes de que sea viable, es destruir su vida tan directamente como si se estuviera matando a un hombre crecido sumergi\u00e9ndolo en un medio en el cual no puede vivir, y mantenerlo all\u00ed hasta que expire.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sin embargo, si un tratamiento m\u00e9dico u operaci\u00f3n quir\u00fargica, necesarios para salvar la vida de la madre, se aplican a su organismo (si bien seguir\u00eda, o al menos podr\u00eda seguir la muerte del ni\u00f1o como una consecuencia lamentable pero inevitable), no se afirmar\u00eda que por ese medio la vida fetal sea directamente atacada. Los moralistas concuerdan en que no siempre nos es prohibido hacer lo que es leg\u00edtimo en s\u00ed mismo, si bien puedan seguir consecuencias da\u00f1inas que no deseamos. Los buenos efectos de nuestros actos son entonces directamente deseados, y las lamentables consecuencias fat\u00eddicas son de mala gana permitidas porque no podemos evitarlas. El mal as\u00ed permitido se dice ser indirectamente pretendido. No se nos imputa a nosotros siempre que se verifiquen cuatro condiciones, a saber:\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Que no deseemos los efectos nocivos, sino que hagamos todos los esfuerzos razonables para evitarlos.<br \/>\nQue el efecto inmediato sea bueno en s\u00ed mismo.<br \/>\nQue el mal no se convierta en un medio para obtener el efecto bueno; pues esto ser\u00eda hacer el mal para que el bien proviniera de \u00e9l \u2013 un procedimiento nunca permitido.<br \/>\nQue el buen efecto sea por lo menos tan importante como el efecto malo.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Todas las cuatro condiciones pueden verificarse en el tratamiento u operaci\u00f3n de una mujer embarazada. La muerte del ni\u00f1o no es deseada, y se toma toda precauci\u00f3n razonable para salvar su vida; el efecto inmediato pretendido, la vida de la madre, es bueno \u2013 no se hace ning\u00fan da\u00f1o al ni\u00f1o para salvar a la madre \u2013 la salvaci\u00f3n de la vida de la madre es en s\u00ed mismo tan bueno como la salvaci\u00f3n de la vida del ni\u00f1o. Por supuesto debe hacerse provisi\u00f3n para la vida espiritual del ni\u00f1o as\u00ed como para su vida f\u00edsica, y si por el tratamiento o la operaci\u00f3n en cuesti\u00f3n el ni\u00f1o fuera a ser privado del Bautismo, el cual podr\u00eda recibir si la operaci\u00f3n no se efectuara, entonces el da\u00f1o ser\u00eda m\u00e1s grande que las consecuencias buenas de la operaci\u00f3n. En este caso la operaci\u00f3n no podr\u00eda efectuarse leg\u00edtimamente. Siempre que sea posible bautizar al ni\u00f1o en estado embrionario antes de que \u00e9l expire, la caridad Cristiana requiere que se haga, bien sea antes o despu\u00e9s del parto; y puede ser hecho por cualquiera, a\u00fan si no es un Cristiano.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Historia no contiene menci\u00f3n de abortos criminales antecedentes al per\u00edodo de moralidad decadente en la Grecia cl\u00e1sica. El delito parece no haber prevalecido en el tiempo de Mois\u00e9s, bien sea entre los Jud\u00edos o entre las naciones circundantes; adem\u00e1s ese gran legislador hubiera ciertamente hablado conden\u00e1ndolo. No ocurre menci\u00f3n de \u00e9l en la extensa enumeraci\u00f3n de pecados imputados a los Cananeos. La primera referencia a \u00e9l se encuentra en los libros atribuidos a Hip\u00f3crates, quien exigi\u00f3 a los m\u00e9dicos obligarse a si mismos por juramento a no dar a las mujeres bebidas fatales para el ni\u00f1o en el vientre. En ese per\u00edodo la voluptuosidad hab\u00eda corrompido la moralidad de los Griegos, y Aspasia estaba ense\u00f1ando formas de procurar el aborto. En \u00e9pocas posteriores los Romanos llegaron a ser todav\u00eda m\u00e1s depravados y descarados en tales pr\u00e1cticas; pues Ovidio escribi\u00f3 refiri\u00e9ndose a las clases superiores de sus compatriotas:\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Nunc uterum vitiat quae vult formosa videri,<br \/>\nRaraque, in hoc aevo, est quae velit esse parens.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">(N.T.: Ahora corrompe su vientre la que quiere verse hermosa,<br \/>\ny es rara, en esta \u00e9poca, la que quiere ser madre.)\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tres siglos m\u00e1s tarde nos encontramos con el primer registro de leyes promulgadas por el Estado para frenar este crimen. Se decret\u00f3 el exilio contra madres culpables de \u00e9l; mientras que aquellos que administraban la p\u00f3cima para obtenerlo, eran enviados a ciertas islas si eran nobles, o condenados a trabajos en las minas de metal si eran plebeyos. A\u00fan los Romanos en su legislaci\u00f3n parecen haber tenido el prop\u00f3sito de castigar el mal causado por el aborto al padre o a la madre, m\u00e1s que el mal causado al ni\u00f1o no nacido. Los primitivos Cristianos son los primeros en haber declarado p\u00fablicamente ser el aborto un asesinato de seres humanos, puesto que sus conocidos apologistas, Aten\u00e1goras, Tertuliano, y Minutius Felix (Eschbach, \u201cDisp. Phys.\u201d, Disp. iii), para refutar la calumnia de que un ni\u00f1o fue asesinado, y comida su carne por los invitados al Agape, apelaron a sus leyes como prohibici\u00f3n de toda forma de homicidio, a\u00fan el de ni\u00f1os en el vientre. Los Padres de la Iglesia mantuvieron un\u00e1nimemente la misma doctrina. En el siglo cuarto, el Concilio de Eliberis decret\u00f3 que la Sagrada Comuni\u00f3n ser\u00eda negada el resto de su vida, a\u00fan en su lecho de muerte, a una ad\u00faltera que hubiera causado el aborto de su hijo. El Sexto Concilio Ecum\u00e9nico determin\u00f3 para toda la Iglesia que cualquiera que hubiera causado aborto sufrir\u00eda todos los castigos infligidos a los homicidas. En todas estas ense\u00f1anzas y promulgaciones no se hace distinci\u00f3n alguna entre etapas tempranas y tard\u00edas de la gestaci\u00f3n. Respecto al tiempo en que el alma racional es infundida en el embri\u00f3n, si bien la opini\u00f3n de Arist\u00f3teles o especulaciones similares, fueron pr\u00e1cticamente aceptadas por muchos siglos, a\u00fan as\u00ed siempre fue sostenido por la Iglesia que quien destru\u00eda lo que iba a ser un hombre era culpable de destruir una vida humana. La gran prevalencia del aborto criminal ces\u00f3 dondequiera que la Cristiandad lleg\u00f3 a establecerse. Comparativamente, era un delito de rara ocurrencia en la Edad Media. Como su delito asociado, el divorcio, no lleg\u00f3 a ser de nuevo un peligro para la sociedad hasta los \u00faltimos a\u00f1os. Excepto en \u00e9pocas y en lugares influenciados por principios Cat\u00f3licos, el que los m\u00e9dicos denominan aborto \u201cobst\u00e9trico\u201d, como diferente de \u201ccriminal\u201d (aunque ambos son indefendibles en el terreno moral), siempre ha sido una pr\u00e1ctica com\u00fan. Usualmente era realizado por medio de craneotom\u00eda, o el aplastamiento de la cabeza del ni\u00f1o para salvar la vida de la madre. Hip\u00f3crates, Celso, Avicena, y la escuela Arabe generalmente inventaban una cantidad de instrumentos da\u00f1inos para entrar y aplastar el cr\u00e1neo del ni\u00f1o. En \u00e9pocas m\u00e1s recientes, con el avance de ciencia obst\u00e9trica, han predominado gradualmente medidas m\u00e1s cautelosas. Por el uso de f\u00f3rceps, por destreza adquirida en la adecuaci\u00f3n de la posici\u00f3n del feto en el \u00fatero, procurando parto prematuro, y especialmente por la mejor asepsia en la secci\u00f3n de Ces\u00e1rea y otras operaciones equivalentes, la ciencia m\u00e9dica ha encontrado medios mejorados de salvar la vida tanto del ni\u00f1o como de la madre. Tal ha sido el progreso hecho en los \u00faltimos a\u00f1os, que la craneotom\u00eda sobre el ni\u00f1o vivo ha dejado de ser pr\u00e1ctica acreditada. Pero el verdadero aborto, antes que el feto sea viable, es todav\u00eda a menudo empleado, especialmente en la gestaci\u00f3n ect\u00f3pica; y hay muchos hombres y mujeres que pueden ser llamados abortista profesionales.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En las primeras \u00e9pocas las leyes civiles contra todas las clases de aborto eran muy severas entre las naciones Cristianas. Entre los Visigodos, el castigo era la muerte, o privaci\u00f3n de la vista, para la madre que lo permit\u00eda y para el padre que lo consent\u00eda, y muerte para el abortista. En Espa\u00f1a, la mujer culpable de aborto era quemada viva. Un edicto del rey franc\u00e9s Enrique II en 1555, renovado por Luis XIV en 1708, inflig\u00eda pena capital para adulterio y aborto combinados. Posteriormente la ley francesa (i.e., comienzos del siglo veinte) castigaba al abortista con encarcelamiento, y a los m\u00e9dicos, cirujanos y farmaceutas, que prescribieran o suministraran los medios, con la pena de trabajos forzados. Para Inglaterra, Blackstone estableci\u00f3 la ley como sigue:\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La vida es don directo de Dios, un derecho inherente por naturaleza en todo individuo; y comienza, en contemplaci\u00f3n de la ley, tan pronto como un beb\u00e9 es capaz de moverse en el \u00fatero de su madre. Por eso si una mujer est\u00e1 esperando ni\u00f1o, y mediante una p\u00f3cima, o de otra forma, lo mata en su vientre, o si alguien la golpea, por lo cual el ni\u00f1o muere, y ella es asistida en el parto de un ni\u00f1o muerto, esto, si bien no asesinato, era por la ley antigua homicidio. Pero la ley moderna no considera esta delito con tal mirada de atrocidad, sino meramente como un delito menor.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En los Estados Unidos, la legislaci\u00f3n en esta materia no es ni estricta ni uniforme, ni hay condenas de ocurrencia frecuente. En algunos de los Estados cualquier practicante m\u00e9dico est\u00e1 autorizado para procurar el aborto siempre que lo juzgue necesario para salvar la vida de la madre.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Iglesia Cat\u00f3lica no ha relajado su prohibici\u00f3n estricta de todo aborto; sino, como hemos visto antes, la ha hecho m\u00e1s evidente. En cuanto a los castigos que inflige sobre las partes culpables, su legislaci\u00f3n actual fue fijada por la Bula de P\u00edo IX \u201cApostolicae Sedis\u201d. Decreta excomuni\u00f3n \u2013esto es, privaci\u00f3n de los Sacramentos y de las Oraciones de la Iglesia en el caso de cualquiera de sus miembros, y otras privaciones adicionales en el caso de los cl\u00e9rigos\u2014contra todos los que busquen causar aborto, si su acci\u00f3n es efectiva. Los castigos deben ser estrictamente interpretados. Por consiguiente, mientras cualquiera que voluntariamente ayuda en procura del aborto absolutamente en cualquier forma, moralmente hace mal, solamente incurren en excomuni\u00f3n quienes por s\u00ed mismos real y eficazmente consigan el aborto. Y el aborto aqu\u00ed significa el que estrictamente as\u00ed se llama, a saber, aqu\u00e9l efectuado antes de que el ni\u00f1o sea viable. Porque nadie excepto el legislador tiene el derecho de extender la ley m\u00e1s all\u00e1 de los t\u00e9rminos en los que est\u00e1 expresada. De otra parte, nadie puede restringir su significado por autoridad privada, para hacerla menos de lo que realmente significan los t\u00e9rminos expresado en el lenguaje de la Iglesia. Ahora Gregorio XIV ha promulgado la pena de excomuni\u00f3n por aborto de un ni\u00f1o \u201cvivificado\u201d, pero la ley actual no hace tal distinci\u00f3n, y por consiguiente debe entenderse de otra manera.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Esa distinci\u00f3n, sin embargo, aplica a otro efecto que puede resultar de la b\u00fasqueda del aborto, a saber, el que as\u00ed hace con un ni\u00f1o despu\u00e9s de la vivificaci\u00f3n incurre en una irregularidad, o impedimento a su recepci\u00f3n o ejercicio de las Ordenes en la Iglesia. Pero no incurrir\u00eda en tal irregularidad si el embri\u00f3n a\u00fan no hubiese sido \u201cvivificado\u201d. Los t\u00e9rminos \u201cvivificaci\u00f3n\u201d y \u201canimaci\u00f3n\u201d en el uso actual se aplican al ni\u00f1o despu\u00e9s de que la madre puede percibir su movimiento, lo cual com\u00fanmente ocurre alrededor del d\u00eda ciento diez y seis despu\u00e9s de la concepci\u00f3n. Pero en la antigua ley can\u00f3nica, la cual establec\u00eda la irregularidad a la que aqu\u00ed se hace referencia, la \u201canimaci\u00f3n\u201d del embri\u00f3n se supon\u00eda que ocurr\u00eda en el cuadrag\u00e9simo d\u00eda para un ni\u00f1o var\u00f3n, y en el octog\u00e9simo para una ni\u00f1a. En tales aspectos de la ley can\u00f3nica, as\u00ed como en la ley civil, ocurren muchos detalles t\u00e9cnicos y complicaciones, que a menudo le cuesta al profesional entender completamente. En consideraci\u00f3n a las decisiones del tribunal Romano anotadas arriba es adecuado comentar que mientras ellas piden el respeto y la adhesi\u00f3n leal de los Cat\u00f3licos, las mismas no son irreformables, ya que no son juicios definitivos, ni proceden directamente del Sumo Pont\u00edfice, quien es el \u00fanico que tiene la prerrogativa de la infalibilidad. Si alguna vez surgieran razones, lo cual es muy improbable, para cambiar estos pronunciamientos esas razones recibir\u00edan la debida consideraci\u00f3n.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\nC. COPPENS\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Traducido por Daniel Reyes V.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<b>Enlaces relacionados<\/b>\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Cultura y contracultura de muerte Cultura de la muerte\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">[1] Humanae Vitae\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">[2] Aborto &#8211; Aci Prensa\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">[3] Preguntas\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">[4] Foto\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Selecci\u00f3n de im\u00e1genes y enlaces: Jos\u00e9 G\u00e1lvez Kr\u00fcger\n<\/p>\n<\/p>\n<p><b>Fuente: Enciclopedia Cat\u00f3lica<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Zelo sacerdotal para con los ni\u00f1os no nacidosAborto (de la palabra Latina aboriri, \u201cperecer\u201d) puede definirse brevemente como \u201cla p\u00e9rdida de una vida fetal\u201d. En \u00e9l, el feto muere mientras a\u00fan se encuentra dentro de los \u00f3rganos reproductivos de la madre, o es arrojado o extra\u00eddo de ellos antes de que sea viable; esto es, &hellip; <a href=\"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/odium-vitae-aborto\/\" class=\"more-link\">Continuar leyendo<span class=\"screen-reader-text\"> \u00abODIUM VITAE: ABORTO\u00bb<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-26228","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-diccionario"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26228","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=26228"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26228\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=26228"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=26228"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=26228"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}