{"id":26826,"date":"2016-02-05T18:06:14","date_gmt":"2016-02-05T23:06:14","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/canonizacion-de-los-santos\/"},"modified":"2016-02-05T18:06:14","modified_gmt":"2016-02-05T23:06:14","slug":"canonizacion-de-los-santos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/canonizacion-de-los-santos\/","title":{"rendered":"CANONIZACION DE LOS SANTOS"},"content":{"rendered":"<p><p style=\"text-align: justify\">I. Historia<br \/>\nII. Naturaleza de la Beatificaci\u00f3n y Canonizaci\u00f3n<br \/>\nIII. Infabilidad Papal y Canonizaci\u00f3n<br \/>\nIV. Procedimiento actual de las causas de beatificaci\u00f3n y canonizaci\u00f3n<br \/>\nV. Congregaci\u00f3n para las causas de los santos\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">I. Historia\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">De acuerdo con algunos escritores, el origen de la beatificaci\u00f3n y canonizaci\u00f3n en la Iglesia Cat\u00f3lica se remonta a la antigua apoteosis pagana. En su cl\u00e1sica obra al respecto (De Servorum Dei Beatificatione et Beatorum Canonizatione), Benedicto XIV examina y desde el principio refuta esta teor\u00eda. Demuestra tan claramente las diferencias sustanciales entre ellas que nadie en su sano juicio podr\u00e1, en adelante, confundir las dos instituciones o derivar una de la otra. Es un asunto la historia quienes fueron elevados al honor de la apoteosis, en qu\u00e9 campos y por la autoridad de qui\u00e9n; no menos claro queda el significado que conllevaba. A menudo el decreto se deb\u00eda a la declaraci\u00f3n de una sola persona (posiblemente sobornada o atra\u00edda por promesas y con vista de asegurar el fraude en las mentes de gente de por s\u00ed supersticiosa) que mientras el cuerpo del nuevo dios estaba siendo quemado, un \u00e1guila, en el caso de los emperadores, o un pavo real (el ave sagrada de Juno), en el caso de sus consortes, era vista llevando al cielo el esp\u00edritu del difunto (Livio, Hist. Roma, I, xvi; Herodiano, Hist. Roma, IV, ii, iii). La apoteosis era conferida a la mayor\u00eda de los miembros de la familia imperial, de cuya familia era privilegio exclusivo. No ten\u00edan importancia las virtudes o los logros notables. Se usaba frecuentemente esta forma de deificaci\u00f3n para distraer la atenci\u00f3n de la crueldad de los monarcas imperiales. Se dice que R\u00f3mulo fue deificado por los senadores, los cuales lo hab\u00edan asesinado; Popea debi\u00f3 su apoteosis a su imperial pareja, Ner\u00f3n, despu\u00e9s de que la hubo llevado a la muerte; Geta obtuvo el honor por su hermano Caracalla, quien se hab\u00eda deshecho de \u00e9l por celos.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">La canonizaci\u00f3n en la Iglesia Cat\u00f3lica es una cosa completamente distinta. La Iglesia Cat\u00f3lica canoniza o beatifica solo a aquellos cuyas vidas estuvieron marcadas por el ejercicio de las virtudes heroicas y solo despu\u00e9s de que esto ha sido probado por reputaci\u00f3n conocida de santidad y por argumentos conclusivos. La diferencia principal, sin embargo, est\u00e1 en el significado del t\u00e9rmino canonizaci\u00f3n; la Iglesia no ve en los santos mas que amigos y siervos de Dios cuyas vidas santas les hicieron merecedores en especial forma de Su amor. La Iglesia no pretende hacer dioses (cfr. Eusebius Emisenus, Serm. de S. Rom. M.; Augustine, De Civitate Dei, XXII, x; Cyrill. Alexandr., Contra Jul., lib. VI; Cyprian, De Exhortat. martyr.; Conc. Nic., II, act. 3).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">El verdadero origen de la canonizaci\u00f3n y beatificaci\u00f3n se encuentra en la doctrina cat\u00f3lica del culto, invocaci\u00f3n e intercesi\u00f3n de los santos. Como fue ense\u00f1ado por San Agust\u00edn (Quaest. in Heptateuch., lib. II, n. 94; Contra Faustum, lib. XX, xxi), los cat\u00f3licos, mientras que \u00fanicamente a Dios le dan adoraci\u00f3n estrictamente, honran a los santos debido a los dones Divinos sobrenaturales que les han ganado la vida eterna, y a trav\u00e9s de los cuales ellos reinan con Dios en el Cielo como Sus amigos escogidos y fieles servidores. En otras palabras, los cat\u00f3licos honran a Dios en Sus santos como el amoroso dispensador de bienes sobrenaturales. La veneraci\u00f3n de latr\u00eda, o adoraci\u00f3n estrictamente hablando, se le da \u00fanicamente a Dios; la veneraci\u00f3n de dul\u00eda, u honor y humilde reverencia, es pagada a los santos; la veneraci\u00f3n de hiperdul\u00eda, una forma m\u00e1s elevada de dul\u00eda, corresponde, debido a su mayor excelencia, a la Sant\u00edsima Virgen Mar\u00eda. La Iglesia (Aug., Contra Faustum, XX, xxi, 21; cf. De Civit. Dei, XXII, x), erige y dedica sus altares \u00fanicamente a Dios, aunque honrando y recordando a los santos y m\u00e1rtires. Existe una garant\u00eda de la Escritura para tal alabanza en los pasajes donde se nos propone venerar a los \u00e1ngeles (Ex. 23, 20ss; Jos. 5, 13; Dan. 8, 15ss; 10, 4ss; Lc. 2, 9ss; Hch. 12, 7ss; Ap.; 5, 11ss; 7, 1ss; Mt. 18, 10), de quienes no son muy diferentes los hombres y las mujeres santos, como copart\u00edcipes de la amistad con Dios. Y si San Pablo implora a los hermanos (Rom. 15, 30; 2Cor. 1, 11; Col. 4, 3; Ef. 6, 18s) que lo ayuden con sus oraciones a Dios por \u00e9l, con mayor raz\u00f3n debemos mantener que podemos ser ayudados por las oraciones de los santos, y pedirles su intercession con humildad. Si se lo pedimos a aqu\u00e9llos que a\u00fan est\u00e1n en la tierra, \u00bfpor qu\u00e9 no a aqu\u00e9llos que ya viven en el cielo?\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Se objeta en ocasiones que la invocaci\u00f3n a los santos se opone al hecho de que el \u00fanico mediador es Cristo Jes\u00fas. Hay, sin ninguna duda \u201cun mediador entre Dios y los hombres, el hombre Cristo Jes\u00fas.\u201d Pero \u00c9l es nuestro mediador en su cualidad de nuestro Redentor com\u00fan; pero \u00c9l no es ni nuestro \u00fanico intercesor o abogado, ni nuestro \u00fanico mediador por la v\u00eda de la s\u00faplica. En la d\u00e9cimo primera sesi\u00f3n del Concilio de Calcedonia (451) encontramos a los Padres exclamando \u201c\u00a1Flaviano vive despu\u00e9s de la muerte! \u00a1Que el m\u00e1rtir ruegue por nosotros!\u201d Si aceptamos esta doctrina de la veneraci\u00f3n de los santos, de la cual hay innumerables evidencias en los escritos de los Padres y en las liturgias de las Iglesias Orientales y Latina, no debe maravillarnos el amoroso cuidado con el que la Iglesia se propuso escribir los sufrimientos de los primeros m\u00e1rtires, enviar estas cr\u00f3nicas de una asamblea de los fieles a otra y promover la veneraci\u00f3n de los m\u00e1rtires.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">En la carta circular de la Iglesia de Esmirna (Eus., Hist. Eccl., IV, xxiii) descubrimos la menci\u00f3n de la celebraci\u00f3n religiosa del d\u00eda en el cual San Policarpio sufri\u00f3 el martirio (23 de febrero de 155); y las palabras del pasaje expresan exactamente el prop\u00f3sito principal que tiene la Iglesia en la celebraci\u00f3n de tales aniversarios:\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">\u201cFinalmente hemos reunido sus huesos, los cuales son m\u00e1s queridos para nosotros que las piedras preciosas y m\u00e1s puros que el oro, y los hemos colocado en donde era importante que reposaran. Y si es posible para nosotros reunirnos de nuevo en asamblea, quiera Dios concedernos celebrar el aniversario de este martirio con alegr\u00eda, de manera que recordemos la memoria de aqu\u00e9llos que lucharon en glorioso combate y ense\u00f1ar y fortalecer con su ejemplo, a aquellos que vengan despu\u00e9s de nosotros.\u201d\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Esta celebraci\u00f3n de aniversario y veneraci\u00f3n de los m\u00e1rtires era un momento de acci\u00f3n de gracias y congratulaci\u00f3n, una ofrenda y una evidencia de la alegr\u00eda de aqu\u00e9llos que estaban comprometidos (Muratori, de Paradiso, x) y su difusi\u00f3n general explica por qu\u00e9 Tertuliano, a pesar que aseguraba, junto con los chiliastas, que los idos obtendr\u00edan la gloria eterna solo despu\u00e9s de la resurrecci\u00f3n general de los muertos, admit\u00eda una excepci\u00f3n para los m\u00e1rtires (De Resurrectione Carnis, xiii).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Debe ser obvio, sin embargo, que mientras la certeza moral privada de su santidad y posesi\u00f3n de la gloria puede ser suficiente para la veneraci\u00f3n privada de los santos, no es suficiente para actos p\u00fablicos y comunes del mismo tipo. Ning\u00fan miembro de un cuerpo social puede, independientemente de su autoridad, ejercer un acto propio a dicho cuerpo. Surgi\u00f3 naturalmente que para la veneraci\u00f3n p\u00fablica de los santos, la autorizaci\u00f3n eclesi\u00e1stica de los pastores y gu\u00edas de la Iglesia era requerida constantemente. La Iglesia se tomaba, sin duda muy en serio, el honor de los m\u00e1rtires, pero no se dedic\u00f3 a garantizar honores lit\u00fargicos indiscriminadamente a todos aquellos que aparentemente hab\u00edan muerto por la Fe. San Optato de Mileve, escribiendo a finales del siglo IV, nos dice (De Schism, Donat., I, xvi, in P.L., XI, 916-917) de cierta dama noble, Lucila, quien fue reprendida por Ceciliano, Archidi\u00e1cono de C\u00e1rtago, por haber besado antes de la Sagrada Comuni\u00f3n los huesos de uno que o no era un m\u00e1rtir o cuyo derecho al t\u00edtulo no estaba probado.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">La decisi\u00f3n concerniente a si el m\u00e1rtir hab\u00eda muerto por su fe en Cristo y el consecuente permiso para venerarlo, reca\u00eda originalmente en el obispo del lugar en el que hab\u00eda dado su testimonio. El Obispo inquir\u00eda el motivo de su muerte y, encontrando que hab\u00eda muerto m\u00e1rtir, enviaba su nombre con una relaci\u00f3n de su martirio a otras iglesias, especialmente las vecinas, para que, en el caso de aprobaci\u00f3n por sus respectivos obispos, el culto del m\u00e1rtir se pudiera extender tambi\u00e9n a sus iglesias y que los fieles, tal como leemos en las Actas del martirio de San Ignacio (Ruinart, Acta Sincera Martyrum, 19) \u201cpuede estar en comuni\u00f3n con el generoso m\u00e1rtir de Cristo\u201d. Los m\u00e1rtires cuya causa, por as\u00ed decirlo, hab\u00eda sido discutida y la fama de cuyo martirio hab\u00eda sido confirmado, eran conocidos como m\u00e1rtires probados (vindicati). Por lo que a la palabra concierne probablemente no anteceda al siglo IV, cuando fue introducida en la Iglesia en Cartago; pero el hecho es ciertamente anterior. En los primeros tiempos, por lo tanto, este culto a los santos era enteramente local y pasaba de una iglesia a la otra con el permiso de sus obispos. Est\u00e1 claro en el hecho de que en ninguno de los antiguos cementerios cristianos se encuentran pinturas de m\u00e1rtires salvo aquellos que hab\u00edan muerto en esos vecindarios. Tambi\u00e9n explica eso, la casi universal veneraci\u00f3n r\u00e1pidamente otorgada a algunos m\u00e1rtires, como San Lorenzo, San Cipriano de Cartago, el Papa Sn. Sixto de Roma [(Duchesne, Origines du culte chr\u00e9tien (Paris, 1903), 284)].\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">La veneraci\u00f3n a los confesores -aquellos, que murieron pac\u00edficamente despu\u00e9s de una vida de virtud heroica- no es tan antigua como la de los m\u00e1rtires. La misma palabra toma un diferente significado despu\u00e9s de los primeros per\u00edodos cristianos. En el principio se le daba a aqu\u00e9llos que confesaban a Cristo cuando eran examinados en presencia de los enemigos de la Fe (Baronius, en sus notas a Ro. Mart., 1 Enero, D), o, como explica Benedicto XIV (op. cit., II, c. ii, n. 6) , a aqu\u00e9llos que mor\u00edan pac\u00edficamente luego de haber confesado la Fe ante los tiranos u otros enemigos de la religi\u00f3n Cristiana y bajo torturas o sufrido otros castigos de cualquier naturaleza. Posteriormente, los confesores fueron aqu\u00e9llos que hab\u00edan vivido una vida santa y la terminaron con una santa muerte en paz cristiana. Es en este sentido que nosotros en la actualidad veneramos a los confesores.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Fue en el siglo IV, como es com\u00fanmente sostenido, que a los confesores se les dio por vez primera honor eclesi\u00e1stico p\u00fablico, a pesar de que ocasionalmente eran alabados ardientemente por los Padres m\u00e1s antiguos y, a pesar de que Sn. Cipriano declara que fueron merecedores de abundantes recompensas (De Zelo et Livore, col. 509; cf. Innoc. III, De Myst. Miss., III, x; Benedict XIV, op. cit., I, v, no 3 sqq; Bellarmine, De Miss\u00e2, II, xx, no 5). Incluso Belarmino no est\u00e1 seguro de cuando comenzaron los confesores a ser objeto de culto, y asegura que no fue antes del 800, cuando las fiestas de los santos Mart\u00edn y Remigio son encontradas en el cat\u00e1logo de fiestas hecho por el Concilio de Mainz. Es opini\u00f3n de Inocencio III y Benedicto XIV y confirmada por la aprobaci\u00f3n impl\u00edcita de Sn. Gregorio Magno (Dial. I, xiv; III, xv) y por hechos bien conocidos; en Oriente, por ejemplo, Hilari\u00f3n (Sozomen, III, xiv; VIII, xix), Efr\u00e9n (Greg. Nyss. Orat. In laud. S Efr\u00e9n) y otros confesores fueron p\u00fablicamente honrados en el siglo IV; y en Occidente, Sn. Mart\u00edn de Tours, como se ve en los antiguos breviarios y en el Misal Moz\u00e1rabe (Bona Rer. Lit., II, xii, no. 3) y Sn. Hilario de Poitiers, como puede ser demostrado en el antiqu\u00edsimo libro conocido como \u201cMissale Francorum,\u201d fueron objeto de culto similar en el mismo siglo.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">La raz\u00f3n de esta veneraci\u00f3n recae, sin duda alguna, en el parecido de las vidas de auto-negaci\u00f3n y heroicamente virtuosas de los confesores con los sufrimientos de los m\u00e1rtires; tales vidas podr\u00edan ciertamente ser llamadas martirios prolongados. Naturalmente y en consecuencia, tal honor fue otorgado en primer lugar a los ascetas (Duchesne, op. cit. 284) y solo despu\u00e9s a aqu\u00e9llos que recordaban con sus vidas la existencia extraordinaria y penitencial de los ascetas. Tan cierto es esto, que los confesores eran frecuentemente llamados m\u00e1rtires. Sn. Gregorio Nacianceno llama m\u00e1rtir a Sn. Basilio; Sn. Juan Cris\u00f3stomo aplica el mismo t\u00edtulo a Eustaquio de Antioquia; Sn. Paulino de Nola escribe de Sn. F\u00e9lix de Nola que gan\u00f3 honores celestiales, sine sanguine martyr (Un m\u00e1rtir sin sangre); Sn. Gregorio Magno llama m\u00e1rtir a Zeno de Verona y Metronio le da a Sn. Roterio el mismo t\u00edtulo. Posteriormente, los nombres de los confesores fueron inscritos en los d\u00edpticos y se les reverenci\u00f3. Sus tumbas fueron honradas (Martigny, loc. Cit.) con el mismo t\u00edtulo de las de los m\u00e1rtires (martyria). Es verdad, sin embargo, en todo momento que era il\u00edcito venerar a los confesores sin el permiso de la autoridad eclesi\u00e1stica como hab\u00eda sido el venerar a los m\u00e1rtires (Bened. XIV, loc. cit. vi).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Hemos visto que por varios siglos los obispos, en algunos lugares solo los primados y patriarcas, pod\u00edan otorgar a los m\u00e1rtires y confesores honor eclesi\u00e1stico p\u00fablico; tal honor, sin embargo, era siempre decretado solo para el territorio sobre el cual ten\u00edan jurisdicci\u00f3n los otorgantes. As\u00ed, era solo la aceptaci\u00f3n de dicho honor por el Obispo de Roma lo que lo hac\u00eda universal, dado que solo \u00e9l pod\u00eda autorizar o mandar en la Iglesia Universal [Gonzalez Tellez, Comm. Perpet. in singulos textus libr. Decr. (III, xlv), in cap. i, De reliquiis et vener. Sanct.]. Sin embargo, se dieron abuso en esta forma de disciplina, debido tanto a las indiscreciones del fervor popular como a la falta de cuidado de algunos obispos en averiguar a fondo las vidas de aquellos que permit\u00edan fuesen honrados como santos. Hacia el final del siglo XI los Papas vieron que era necesario restringir la autoridad episcopal en este punto y decretaron que las virtudes y milagros de las personas propuestas para veneraci\u00f3n p\u00fablica deb\u00edan ser examinados en concilios, particularmente en concilios generales. Urbano II, Calixto II y Eugenio III siguieron esta l\u00ednea de acci\u00f3n. Pas\u00f3, a\u00fan despu\u00e9s de estos decretos, que \u201calgunos, siguiendo las formas de los paganos y enga\u00f1ados por el fraude del maligno, veneraron como santo a un hombre que hab\u00eda sido muerto mientras estaba intoxicado.\u201d Alejandro III (1159-81) prohibi\u00f3 su veneraci\u00f3n en estas palabras: \u201cEn el futuro ustedes no presumir\u00e1n de darle reverencia, tal que, a\u00fan si se hubiesen realizado milagros por \u00e9l, no se les permitir\u00e1 reverenciarle sin la autoridad de la Iglesia Romana\u201d (c. i, tit. cit., X. III, xlv). Los te\u00f3logos no se ponen de acuerdo con la cabal importancia de este decreto. Ya sea que fuera hecha una nueva ley (Belarmino. De Eccles. Triumph. I, viii), en cuyo caso el Papa por primera vez, se reserv\u00f3 el derecho de la beatificaci\u00f3n o fue confirmada una ley preexistente. Como el decreto no puso fin a todas las controversias, y algunos obispos no obedecieron a lo que correspond\u00eda a la beatificaci\u00f3n (cuyo derecho ciertamente pose\u00edan hasta entonces), Urbano VII public\u00f3, en 1634, una Bula que puso fin a toda discusi\u00f3n reservando a la Santa Sede no solo su inmemorial derecho de la canonizaci\u00f3n, sino tambi\u00e9n la beatificaci\u00f3n.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">II. Naturaleza de la Beatificaci\u00f3n y Canonizaci\u00f3n\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Antes de tratar con el procedimiento en las causas de beatificaci\u00f3n y canonizaci\u00f3n, es conveniente definir estos t\u00e9rminos de manera precisa y concisa a la vista de las precedentes consideraciones.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">La canonizaci\u00f3n, generalmente hablando, es un decreto concerniendo la veneraci\u00f3n eclesi\u00e1stica p\u00fablica de un individuo. Tal veneraci\u00f3n, sin embargo, puede ser permisiva o preceptiva, puede ser universal o local. Si el decreto contiene un precepto, y es universal en el sentido de que corresponde a toda la Iglesia, es un decreto de canonizaci\u00f3n; si solo permite tal veneraci\u00f3n, o si obliga bajo precepto pero no concierne a toda la Iglesia, es un decreto de beatificaci\u00f3n.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">En la antigua disciplina de la Iglesia, probablemente a\u00fan tan posterior como Alejandro III, los obispos pod\u00edan, como ya se explic\u00f3, en sus di\u00f3cesis, permitir veneraci\u00f3n p\u00fablica a los santos y tales decretos episcopales no eran meramente permisivos, sino preceptivos. El efecto de un acto episcopal de este modo, era equivalente a nuestra moderna beatificaci\u00f3n. En tales casos no hab\u00eda, propiamente hablando, canonizaci\u00f3n, a menos que se tuviera el consentimiento del Papa extendiendo el culto en cuesti\u00f3n, impl\u00edcita o expl\u00edcitamente e imponi\u00e9ndolo por precepto a toda la Iglesia en su conjunto. En la norma m\u00e1s reciente, la beatificaci\u00f3n es un permiso para venerar, otorgado por los Romanos Pont\u00edfices con restricci\u00f3n a ciertos lugares y a ciertos ejercicios lit\u00fargicos. Es, por lo tanto, il\u00edcito reverenciar a la persona conocida como Beato p\u00fablicamente, fuera del lugar para el cual fue otorgado el permiso, o recitar un oficio en su honor, o celebrar Misa con oraciones referentes a \u00e9l o ella, a menos que exista indulto especial. La canonizaci\u00f3n es un precepto del Romano Pont\u00edfice ordenando la veneraci\u00f3n p\u00fablica a un individuo por la Iglesia Cat\u00f3lica. Resumiendo, pues, la beatificaci\u00f3n difiere de la canonizaci\u00f3n en que: la primera implica (1) un permiso para venerar localmente restringido, no universal, lo cual es (2) un mero permiso y no un precepto; mientras que la canonizaci\u00f3n implica un precepto universal.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">En casos excepcionales, uno u otro elemento de esta distinci\u00f3n puede no existir; as\u00ed, Alejandro III no solo permiti\u00f3, sino que orden\u00f3 el culto p\u00fablico del Beato William de Malavalle en la di\u00f3cesis de Grosseto, y esta acci\u00f3n fue confirmada por Inocencio III; Le\u00f3n X actu\u00f3 similarmente con respecto a B. Hosanna para la ciudad y distrito de Mant\u00faa; Clemente IX con respecto a Santa Rosa de Lima, cuando era beata, haci\u00e9ndola patrona principal de Lima y Per\u00fa y Clemente X, haci\u00e9ndola patrona de Am\u00e9rica. Clemente X tambi\u00e9n escogi\u00f3 al beato Estanislao Kotska como patr\u00f3n de Polonia, Lituania y las provincias unidas. De nuevo, pero con respecto a la universalidad, Sixto IV permiti\u00f3 el culto del beato John Boni en toda la Iglesia Universal. En todas estas instancias hab\u00eda habido \u00fanicamente beatificaci\u00f3n.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">La canonizaci\u00f3n por lo tanto, crea un culto el cual es, universal y obligatorio. Pero al imponer esta obligaci\u00f3n, el Papa puede y de hecho usa, uno de dos m\u00e9todos, cada uno constituyendo una nueva especie de canonizaci\u00f3n, i.e. canonizaci\u00f3n formal y canonizaci\u00f3n equivalente. La canonizaci\u00f3n formal ocurre cuando el culto es prescrito como una decisi\u00f3n expl\u00edcita y definitiva, despu\u00e9s del proceso judicial debido y las ceremonias usuales en tales casos. La canonizaci\u00f3n equivalente ocurre cuando el Papa, omitiendo el proceso judicial y las ceremonias, ordena que cierto Siervo de Dios sea venerado en la Iglesia Universal; esto ocurre cuando tal santo ha sido venerado desde mucho tiempo atr\u00e1s, cuando sus virtudes heroicas (o martirio) y milagros han sido relatados por historiadores confiables y la fama de su intercesi\u00f3n milagrosa est\u00e1 ininterrumpida. Muchos ejemplos de tal canonizaci\u00f3n se encuentran con Benedicto XIV; por ejemplo, los santos Romualdo, Norberto, Bruno, Pedro Nolasco, Ram\u00f3n Nonato, Juan de Matham, F\u00e9lix de Valois, la Reina Margarita de Escocia, el Rey Esteban de Hungr\u00eda, el Duque Wenceslao de Bohemia y Gregorio VII. Tales casos son una buena prueba de la precauci\u00f3n con la que procede la Iglesia en estas canonizaciones equivalentes. Podemos a\u00f1adir que esta canonizaci\u00f3n equivalente consiste en un Oficio y Misa por el Papa en honor del santo. Tambi\u00e9n cabe se\u00f1alar que esta canonizaci\u00f3n ha caido en desuso y que en la actualidad, todos los santos canonizados, tienen que pasar por los largos y rigurosos procesos de beatificaci\u00f3n y canonizaci\u00f3n.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">III. Infabilidad Papal y Canonizaci\u00f3n\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">\u00bfEs infalible el Papa al expedir un decreto de canonizaci\u00f3n? La mayor parte de los te\u00f3logos concuerdan con una respuesta afirmativa. Es la opini\u00f3n de San Antonino, Melchor Cano, Su\u00e1rez, Belarmino, Ba\u00f1ez, V\u00e1zquez y, entre los canonistas, de Gonz\u00e1lez T\u00e9llez, Fagnanus, Schmalzgr\u00fcber, Barbosa, Reissenst\u00fcl, Covarrubias, Albitius, Petra, Joannes a S. Toma, Silvestre, Del Bene y muchos otros. En Quodlib. IX, a 16, Sto. Tom\u00e1s dice: \u201cDado que el honor que profesamos a los santos es en cierto sentido, una profesi\u00f3n de fe, i.e., una creencia en la gloria de los santos, debemos p\u00edamente creer que, en este asunto, tambi\u00e9n el juicio de la Iglesia est\u00e1 libre de error.\u201d Estas palabras de Sto. Tom\u00e1s, como es evidente si recordamos todas las autoridades que hemos citado, favoreciendo positivamente la infalibilidad, son interpretadas como infalibilidad Papal en el asunto de la canonizaci\u00f3n. Esta infalibilidad, de acuerdo con el doctor santo, es un asunto de creencia p\u00eda.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">\u00bfCu\u00e1l es el objetivo de este juicio infalible del Papa? \u00bfDefine que la persona canonizada est\u00e1 en el cielo o solo que ha practicado las virtudes cristianas en grado heroico? La opini\u00f3n generalizada de los te\u00f3logos es que lo \u00fanico que queda definido y lo \u00fanico que se necesita indicar es que la persona canonizada est\u00e1 en el cielo.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">IV. Procedimiento actual de las causas de beatificaci\u00f3n y canonizaci\u00f3n.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">En la pr\u00e1ctica, el proceso de canonizaci\u00f3n involucra una gran variedad de procedimientos, destrezas y participantes: promoci\u00f3n por parte de quienes consideran santo al candidato; tribunales de investigaci\u00f3n de parte del obispo o de los obispos locales; procedimientos administrativos por parte de los funcionarios de la congregaci\u00f3n; estudios y an\u00e1lisis por asesores expertos; disputas entre el promotor de la fe (el \u00ababogado del diablo\u00bb) y el abogado de la causa; consultas con los cardenales de la congregaci\u00f3n. Pero, en todo momento, \u00fanicamente las decisiones del Papa tienen fuerza de obligaci\u00f3n; \u00e9l s\u00f3lo posee el poder de declarar a un candidato merecedor de beatificaci\u00f3n o canonizaci\u00f3n.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">1) Fase prejur\u00eddica. Hasta 1917, el derecho can\u00f3nico exig\u00eda que pasaran por lo menos cincuenta a\u00f1os desde la muerte del candidato antes de que sus virtudes o martirio pudieran discutirse formalmente en Roma. Se trataba as\u00ed de asegurar que la reputaci\u00f3n de santidad de que gozaba un candidato era duradera y no meramente una fase de celebridad pasajera. Incluso ahora, suprimida la regla de los cincuenta a\u00f1os, se exhorta a los obispos a distinguir con sumo cuidado entre una aut\u00e9ntica reputaci\u00f3n de santidad, manifiesta en oraciones y otros actos devotos ofrecidos al difunto, y una reputaci\u00f3n estimulada por los medios de comunicaci\u00f3n y la \u00abopini\u00f3n p\u00fablica\u00bb.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Durante esa fase se permiten, sin embargo, una serie de actividades extraoficiales. Primero, un individuo o un grupo reconocido por la Iglesia puede anticiparse al proceso con la organizaci\u00f3n de una campa\u00f1a de apoyo al candidato potencial. En la pr\u00e1ctica, esos \u00abimpulsores\u00bb de una causa suelen ser miembros de alguna orden religiosa, dado que s\u00f3lo ellos tienen los recursos y los conocimientos necesarios para llevar el proceso hasta el final. Normalmente se forma una hermandad, se hacen colectas de dinero, se solicitan informaciones sobre favores divinos, se publica un bolet\u00edn, se imprimen tarjetas de oraciones y, con no poca frecuencia, se publica una biograf\u00eda piadosa. \u00c9sa es, en efecto, una fase de promoci\u00f3n, encaminada a alentar la devoci\u00f3n privada y a convencer al obispo o al juez eclesi\u00e1stico responsable de la di\u00f3cesis, en donde muri\u00f3 el candidato, de la existencia de una genuina y persistente reputaci\u00f3n de santidad. Por \u00faltimo, los iniciadores se convierten en \u00abel solicitante\u00bb del proceso cuando piden formalmente al obispo la apertura de un proceso oficial.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">2) Fase informativa. Si el obispo local decide que el candidato posee los m\u00e9ritos suficientes, inicia el Proceso Ordinario. El prop\u00f3sito de ese proceso es suministrar a la congregaci\u00f3n los materiales suficientes para que sus funcionarios puedan determinar si el candidato merece un proceso formal. A tal fin, el obispo convoca un tribunal o corte de investigaci\u00f3n. Los jueces citan a testigos que declaren tanto a favor como en contra del candidato, que de ah\u00ed en adelante es llamado \u00abel siervo de Dios\u00bb. En caso de ser necesario, las sesiones se celebran en cualquier sitio en donde haya vivido el siervo de Dios El fin de ese procedimiento de investigaci\u00f3n es doble: primero, establecer si el candidato goza de una s\u00f3lida reputaci\u00f3n de santidad y, segundo, reunir los testimonios preliminares aptos para comprobar si tal reputaci\u00f3n se halla corroborada por los hechos. El testimonio original es transcrito por acta notarial, sellada y conservada en el archivo de la di\u00f3cesis. Unas copias selladas (hasta 1982 se necesitaba todav\u00eda un permiso especial de la congregaci\u00f3n para presentar copias mecanografiadas en lugar de copias escritas a mano) se remiten a Roma por un mensajero especial del Vaticano.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">El obispo local debe confirmar que el siervo de Dios no es objeto de culto p\u00fablico; esto es, hay que comprobar que el candidato no se ha convertido, con el paso del tiempo, en objeto de veneraci\u00f3n p\u00fablica. Esa exigencia, formal, pero necesaria, se remonta a las reformas del Papa Urbano VIII, que prohibi\u00f3, como hemos visto, el culto de los santos no oficialmente canonizados por el Papa.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">3) Juicio de ortodoxia. Es un proceso concomitante, el obispo nombra unos funcionarios encargados de recoger los escritos publicados del candidato; al final, se re\u00fanen tambi\u00e9n cartas y otros escritos in\u00e9ditos. Los documentos se env\u00edan a Roma, donde en el pasado eran examinados por censores teol\u00f3gicos, que rastreaban eventuales ense\u00f1anzas u opiniones heterodoxas; hoy, los censores no intervienen ya, pero los ex\u00e1menes contin\u00faan realiz\u00e1ndose. Obviamente, cuanto m\u00e1s haya escrito el candidato, cuanto m\u00e1s osado haya sido su intelecto en materia de fe, con tanto m\u00e1s rigor ser\u00e1n escudri\u00f1adas sus obras. Como regla general, los disidentes de la ense\u00f1anza oficial de la Iglesia son rechazados sin m\u00e1s rodeos. Aunque la congregaci\u00f3n no cuenta con ninguna estad\u00edstica sobre los motivos de rechazos de las causas, los que trabajan all\u00ed confirman que el hecho de no haber superado ese examen de pureza doctrinaria es la raz\u00f3n m\u00e1s frecuente por la que ciertas causas han sido canceladas o suspendidas indefinidamente.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Los promotores de una causa bloqueada tienen, sin embargo, una oportunidad de refutar los cargos de heterodoxia imputados a su candidato, en caso de que haya alg\u00fan malentendido.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Desde 1940, los candidatos deben superar otro examen adicional. A t\u00edtulo de revisi\u00f3n preventiva, todos los siervos de Dios deben recibir de Roma el nihil obstat, la declaraci\u00f3n de que no hay \u00abnada reprochable\u00bb acerca de ellos en las actas del Vaticano. En la pr\u00e1ctica, con ello se alude a las actas de la Congregaci\u00f3n para la Doctrina de la Fe, encargada de la defensa de la fe y la moral, o de otra cualquiera de las nueve congregaciones (la Congregaci\u00f3n para los Obispos, para el Clero, etc.) que pueda tener motivos para contar con datos acerca del candidato. La raz\u00f3n de ese procedimiento reside en la posibilidad de que una o varias congregaciones puedan hallarse en posesi\u00f3n de informaciones privilegiadas relativas a los escritos o a la conducta moral del candidato, que acaso pudieran influir sobre el seguimiento de la causa. Raras veces se encuentra algo objetable; desde 1979, por ejemplo, s\u00f3lo hubo una causa que no obtuvo el nihil obstat.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">4) La fase romana. Es aqu\u00ed donde empieza la verdadera deliberaci\u00f3n. En cuanto los informes del obispo local llegan a la congregaci\u00f3n, se asigna la responsabilidad de la causa a un postulador residente en Roma. Hay unos doscientos veintiocho postuladores adscritos a la congregaci\u00f3n; la mayor\u00eda de ellos, sacerdotes pertenecientes a \u00f3rdenes religiosas. La tarea del postulador consiste en representar a los solicitantes de la causa; es el solicitante quien le paga, a menos que se trate de un caso de caridad. El solicitante paga tambi\u00e9n los servicios de un abogado defensor, elegido por el postulador entre una docena aproximada de juristas can\u00f3nicos, cl\u00e9rigos y legos, especializados y en posesi\u00f3n de un permiso de la Santa Sede para ocuparse de las causas de los santos.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">A partir de los materiales suministrados por el obispo local, el abogado prepara un resumen, encaminado a demostrar a los jueces de la congregaci\u00f3n que la causa debe ser iniciada oficialmente. En el resumen, el abogado arguye que existe una verdadera reputaci\u00f3n de santidad y que la causa ofrece pruebas suficientes para justificar un examen m\u00e1s detenido de las virtudes o del martirio del siervo de Dios.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">A continuaci\u00f3n, se entabla una dial\u00e9ctica escrita en la que el promotor de la fe, o \u00ababogado del diablo\u00bb, propone objeciones al resumen del abogado defensor y \u00e9ste replica. Ese intercambio suele repetirse varias veces y, a menudo, transcurren a\u00f1os o incluso d\u00e9cadas antes de que todas las diferencias entre el abogado de la causa y el promotor de la fe hayan quedado satisfactoriamente resueltas. Finalmente, se prepara un volumen impreso, llamado positio, que contiene todo el material desarrollado hasta el momento, incluidos los argumentos del promotor de la fe y del abogado. La positio la estudian los cardenales y los prelados oficiales (el prefecto, el secretario, el subsecretario y, si es necesario, el jefe de la secci\u00f3n hist\u00f3rica) de la congregaci\u00f3n, que pronuncian su sentencia en una reuni\u00f3n formal celebrada en el Palacio Apost\u00f3lico. Como en el veredicto de un jurado de instrucci\u00f3n, un juicio positivo implica que hay buenas razones para iniciar el proceso (processus).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Una vez aceptado el veredicto por la congregaci\u00f3n, se le notifica al Papa, quien emite un decreto de introducci\u00f3n, salvo que tenga a su vez razones para denegarlo. La manera en que lo hace es significativa. Se supone que, si la causa ha resistido al examen hasta ese punto, cuenta con buenas posibilidades de \u00e9xito; pero, a\u00fan as\u00ed, muchas fracasan. En consecuencia, para subrayar el hecho de que en esa fase la causa ha recibido \u00fanicamente la aprobaci\u00f3n administrativa del Papa, \u00e9ste no firma el decreto con su nombre pontificio, por ejemplo, Papa Juan Pablo II, sino que emplea solamente su nombre de pila: Placet Carolos (\u00abCarlos acepta\u00bb).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Una vez se ha instruido la causa, pasa a la jurisdicci\u00f3n de la Santa Sede; se la llama entonces un \u00abproceso apost\u00f3lico\u00bb. El promotor de la fe o sus asistentes elaboran otra serie de preguntas, destinadas a obtener informaciones espec\u00edficas sobre las virtudes o el martirio del siervo de Dios. Esas preguntas se remiten a la di\u00f3cesis local, donde un nuevo tribunal, esta vez integrado por jueces delegados de la Santa Sede, vuelve a interrogar a los testigos a\u00fan vivos. Los jueces tienen tambi\u00e9n la posibilidad de requerir declaraciones de testigos nuevos y, en caso de necesidad, \u00e9stos pueden incluso ser trasladados a Roma para contestar a las preguntas.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">De hecho, el proceso apost\u00f3lico es una versi\u00f3n m\u00e1s estricta del proceso ordinario. Su objetivo es demostrar que la reputaci\u00f3n de santidad o de martirio del candidato est\u00e1 basada en hechos reales. Cuando los testimonios est\u00e1n completos, la documentaci\u00f3n se env\u00eda a la congregaci\u00f3n, donde se traduce el material una de las lenguas oficiales. Hasta este siglo, s\u00f3lo hab\u00eda una lengua oficial, el lat\u00edn. Gradualmente se a\u00f1adieron el italiano, el espa\u00f1ol, el franc\u00e9s y el ingl\u00e9s, conforme al creciente n\u00famero de causas provenientes de pa\u00edses en donde se hablan dichas lenguas. Despu\u00e9s, los documentos los examinan el subsecretario y su equipo, para comprobar que todas las formalidades y los protocolos jur\u00eddicos han sido observados con precisi\u00f3n. Al concluir este proceso, la Santa Sede emite un decreto sobre a validez del mismo, con lo que garantiza su uso leg\u00edtimo.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Como siguiente paso, el postulador y su abogado preparan otro documento, llamado informativo, que resume de manera sistem\u00e1tica los argumentos a favor de la virtud o del martirio. A ese documento se agrega un sumario de las declaraciones de los testigos, especificadas con relaci\u00f3n a los argumentos que se trata de demostrar. Tras estudiarlo, el promotor de la fe hace sus objeciones a la causa y el abogado le contesta con la ayuda del postulador. Ese intercambio de argumentos se imprime, y la entera colecci\u00f3n de documentos se somete al estudio y al juicio de los funcionarios de la congregaci\u00f3n y al de sus asesores teol\u00f3gicos. Las dificultades y reservas resultantes de esa reuni\u00f3n son recogidas como nuevas objeciones del promotor de la fe y, por segunda vez, le responde el abogado defensor. Este intercambio forma la base de una segunda reuni\u00f3n y de un segundo juicio, que incluye esta vez a los cardenales de la congregaci\u00f3n. El mismo proceso se repite despu\u00e9s por tercera vez, pero en presencia del Papa. Si se dictamina que el siervo de Dios practic\u00f3 las virtudes cristianas en grado heroico o que muri\u00f3 como m\u00e1rtir, se le otorga entonces el t\u00edtulo de \u00abvenerable\u00bb.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">5) La secci\u00f3n hist\u00f3rica. En 1930, el Papa P\u00edo XI instituy\u00f3 una secci\u00f3n hist\u00f3rica, especializada en causas antiguas y en ciertos problemas que el proceso puramente jur\u00eddico no era capaz de resolver. En primer lugar, las causas para las cuales no quedan ya testigos presenciales vivos se asignan a esa secci\u00f3n para su examen hist\u00f3rico; las decisiones sobre la virtud o el martirio se toman en esos casos mayormente a partir de pruebas hist\u00f3ricas. En segundo lugar, muchas otras causas se remiten a la secci\u00f3n hist\u00f3rica cuando alg\u00fan punto controvertido requiere un examen de archivos u otra clase de investigaci\u00f3n hist\u00f3rica. En tercer lugar, los miembros de la secci\u00f3n hist\u00f3rica investigan, en muy raras ocasiones, las llamadas causas antiguas para verificar la existencia, origen y continuidad del culto a ciertos personajes considerados santos, la mayor\u00eda de los cuales vivieron mucho antes de que se instituyera la canonizaci\u00f3n pontificia. Tales personajes pueden recibir, a discreci\u00f3n del Papa, un decreto de beatificaci\u00f3n o de canonizaci\u00f3n \u00abequivalentes\u00bb. El Index ac Status Causarum (edici\u00f3n de 1988) contiene trescientos sesenta y nueve nombres cuyos cultos han sido confirmados. Entre los m\u00e1s recientes que recibieron la canonizaci\u00f3n equivalente, se halla In\u00e9s de Bohemia, declarada santa por el Papa Juan Pablo II el 12 de noviembre de 1989, a los setecientos siete a\u00f1os de su muerte.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">6) Examen del cad\u00e1ver. A veces se exhuma, previamente a la beatificaci\u00f3n, el cad\u00e1ver del candidato para su identificaci\u00f3n por el obispo local. Si se descubre que el cad\u00e1ver no es el del siervo de Dios, la causa contin\u00faa, pero deben cesar las oraciones y otras muestras privadas de devoci\u00f3n ante la tumba. El examen se realiza \u00fanicamente para fines de identificaci\u00f3n, aunque, si resulta que el cuerpo no se ha corrompido, tal descubrimiento puede aumentar el inter\u00e9s y el apoyo que recibe la causa. Cuando se enterr\u00f3, por ejemplo, en 1860 al obispo John Newmann, el cad\u00e1ver no fue embalsamado. Un mes despu\u00e9s, se abri\u00f3 subrepticiamente la tumba y se hall\u00f3 el cuerpo a\u00fan intacto, y la noticia se difundi\u00f3 por toda Filadelfia. Su sepulcro se convirti\u00f3 en una especie de santuario, las oraciones dirigidas a \u00e9l se multiplicaron, y de esa manera, se divulg\u00f3 la reputaci\u00f3n de su santidad.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">A diferencia de algunas otras Iglesias cristianas, ante todo la Rusa ortodoxa, la Iglesia cat\u00f3lica romana no considera un cuerpo incorrupto como se\u00f1al inequ\u00edvoca de santidad. Sin embargo, durante siglos se ha venido creyendo que los cad\u00e1veres de los santos despiden un aroma dulce \u2013 el llamado \u00abolor de santidad\u00bb \u2013 y la incorrupci\u00f3n se toma por indicio de favor divino. Esa tradici\u00f3n contin\u00faa influyendo en los creyentes, aunque no en los funcionarios de la congregaci\u00f3n.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">7) Procesos de milagros. Todo el trabajo realizado hasta este punto es, a los ojos de la Iglesia, el producto de la investigaci\u00f3n y del juicio humanos, rigurosos pero no obstante, falibles. Lo que hace falta para la beatificaci\u00f3n y la canonizaci\u00f3n son se\u00f1ales divinas que confirmen el juicio de la Iglesia respecto a la virtud o el martirio del siervo de Dios. La Iglesia toma por tal se\u00f1al divina un milagro obrado por intercesi\u00f3n del candidato. Pero el proceso por el cal se comprueban los milagros es tan rigurosamente jur\u00eddico como las investigaciones sobre el martirio y las virtudes heroicas.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">El proceso de milagros debe establecer:\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">a) que Dios ha realizado verdadera un milagro \u2013 casi siempre la curaci\u00f3n de una enfermedad \u2013 y<br \/>\nb) que el milagro se obr\u00f3 por intercesi\u00f3n del siervo de Dios.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">De manera semejante al proceso ordinario, el obispo de la di\u00f3cesis, en donde ocurri\u00f3 el milagro alegado, re\u00fane las pruebas y toma acta notarial de los testimonios; si los datos lo justifican, env\u00eda dichos materiales a Roma, donde se imprimen como positio. En la congregaci\u00f3n se celebran varias reuniones para discutir, refutar y defender las pruebas; a menudo, se busca informaci\u00f3n adicional. Esta vez, el caso lo estudia un equipo de m\u00e9dicos especialistas, cuya tarea consiste en determinar que la curaci\u00f3n no ha podido producirse por medios naturales. Una vez emitido el juicio correspondiente, se traspasa la documentaci\u00f3n a un equipo de asesores teol\u00f3gicos para que decidan si el milagro alegado se realiz\u00f3 efectivamente mediante oraciones al siervo de Dios y no, por ejemplo, mediante oraciones simult\u00e1neas dirigidas a otro santo ya establecido. Al final, los dict\u00e1menes de los asesores circulan a trav\u00e9s de la congregaci\u00f3n y, en caso de decisi\u00f3n favorable de los cardenales, el Papa certifica la aceptaci\u00f3n del milagro mediante un decreto formal.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">El n\u00famero de milagros requeridos para la beatificaci\u00f3n y la canonizaci\u00f3n ha disminuido con el transcurso de los a\u00f1os. Hasta hace poco, la regla eran dos milagros para la beatificaci\u00f3n y otros dos, obrados despu\u00e9s de la beatificaci\u00f3n, para la canonizaci\u00f3n, si la causa se basaba en la virtud. En el caso de los m\u00e1rtires, los \u00faltimos Papas han eximido generalmente las causas de la obligaci\u00f3n de comprobar milagros para la beatificaci\u00f3n, considerando que el \u00faltimo sacrificio es de por s\u00ed suficiente para merecer el t\u00edtulo de beato. A los no m\u00e1rtires se les sigue exigiendo, sin embargo, dos milagros para la canonizaci\u00f3n. Evidentemente, el proceso debe repetirse para cada milagro.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">8) Beatificaci\u00f3n. Previamente a la beatificaci\u00f3n, se celebra una reuni\u00f3n general de los cardenales de la congregaci\u00f3n con el Papa, a fin de decidir si es posible iniciar sin riesgo la beatificaci\u00f3n del siervo de Dios. La reuni\u00f3n guarda una forma altamente ceremoniosa, pero su objetivo es real. En los casos de personajes controvertidos, tales como ciertos Papas o m\u00e1rtires que murieron a manos de Gobiernos que a\u00fan siguen en el poder, el Papa puede efectivamente decidir que, pese a los m\u00e9ritos del siervo de Dios, la beatificaci\u00f3n es, por el momento, \u00abinoportuna\u00bb. Si el dictamen es positivo, el Papa emite un decreto a tal efecto y se fija un d\u00eda para la ceremonia.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Durante la ceremonia de beatificaci\u00f3n se promulga un auto apost\u00f3lico, en el cual el Papa declara que el siervo de Dios debe ser venerado como uno de los beatos de la Iglesia. Tal veneraci\u00f3n se limita, sin embargo, a una di\u00f3cesis local, a una regi\u00f3n delimitada, a un pa\u00eds o a los miembros de una determinada orden religiosa. A ese prop\u00f3sito, la Santa Sede autoriza una oraci\u00f3n especial para el beato y una misa en su honor. Al llegar a este punto, el candidato ha superado ya la parte m\u00e1s dif\u00edcil del camino hacia la canonizaci\u00f3n. Pero la \u00faltima meta le queda a\u00fan por alcanzar. El Papa simboliza ese hecho al no oficiar personalmente en la solemne misa pontificia con que concluye la ceremonia de beatificaci\u00f3n, sino que, despu\u00e9s de la misa, se dirige a la bas\u00edlica para venerar al reci\u00e9n beatificado.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">9) Canonizaci\u00f3n. Despu\u00e9s de la beatificaci\u00f3n, la causa queda parada hasta que se presenten \u2013 si es que se presentan \u2013 adicionales se\u00f1ales divinas, en cuyo caso todo el proceso de milagros se repite. Las fichas activas de la congregaci\u00f3n contienen a varios centenares de beatos, algunos de ellos muertos hace siglos, a quienes les faltan los milagros finales, posbeatificatorios, que la Iglesia exige como signos necesarios de que Dios sigue obrando a trav\u00e9s de la intercesi\u00f3n del candidato. Cuando el \u00faltimo milagro exigido ha sido examinado y aceptado, el Papa emite una bula de canonizaci\u00f3n en la que declara que el candidato debe ser venerado (ya no se trata de un mero permiso) como santo por toda la Iglesia universal. Esta vez el Papa preside personalmente la solemne ceremonia en la bas\u00edlica de San Pedro, expresando con ello que la declaraci\u00f3n de santidad se halla respaldada por la plena autoridad del pontificado. En dicha declaraci\u00f3n, el Papa resume la vida del santo y explica brevemente qu\u00e9 ejemplo y qu\u00e9 mensaje aporta aqu\u00e9l a la Iglesia.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Actualmente se mantiene el aspecto jur\u00eddico del viejo sistema \u2013 esencialmente, la celebraci\u00f3n de tribunales locales ante los que declaran los testigos -, pero se aspira a comprender y valorar la forma espec\u00edfica de santidad del candidato en su contexto hist\u00f3rico preciso. A grandes rasgos, funciona como sigue:\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">La investigaci\u00f3n y la recogida de pruebas est\u00e1n ahora bajo la autoridad del obispo local. Antes de iniciar una causa, \u00e9ste debe consultar, sin embargo, a los otros obispos de la regi\u00f3n para decidir si tiene sentido pedir la canonizaci\u00f3n del candidato; obviamente, en la moderna era de las comunicaciones instant\u00e1neas, un santo cuya reputaci\u00f3n de santidad no trasciende los confines del vecindario es dif\u00edcil de justificar. Luego, el obispo designa a los funcionarios necesarios para investigar la vida, las virtudes y\/o el martirio del candidato. Una parte de la investigaci\u00f3n incluye todav\u00eda las declaraciones de testigos oculares; pero lo que m\u00e1s importa es que la vida y el trasfondo hist\u00f3rico del candidato sean rigurosamente investigados por expertos entrenados en los m\u00e9todos hist\u00f3rico-cr\u00edticos. Se re\u00fanen los escritos publicados e in\u00e9ditos del candidato o relacionados con \u00e9l, y unos censores locales los eval\u00faan para comprobar la ortodoxia del candidato. En otras palabras, esa decisi\u00f3n ya no se toma en Roma. A\u00fan as\u00ed, el candidato debe pasar todav\u00eda una prueba de control de las congregaciones vaticanas interesadas y recibir el nihil obstat de la Santa Sede. Si el obispo queda satisfecho con los resultados de la investigaci\u00f3n, env\u00eda los materiales a Roma.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">El objetivo principal de la congregaci\u00f3n es facilitar la confecci\u00f3n de una positio convincente. Una vez aceptada la causa, la congregaci\u00f3n designa un postulador y un relator. A partir de ah\u00ed, corre a cargo del relator supervisar la redacci\u00f3n de la positio. \u00c9sta debe contener todo lo que los asesores y prelados de la congregaci\u00f3n necesitan para juzgar la aptitud del siervo de Dios para la beatificaci\u00f3n y la canonizaci\u00f3n. Debe contener, pues, un nuevo tipo de biograf\u00eda, una que describa y defina sinceramente la vida y las virtudes o el martirio del candidato, teniendo en cuenta tambi\u00e9n todas las pruebas contrarias. Despu\u00e9s, el relator elige a un colaborador para que redacte la positio. En el caso ideal, ese colaborador es un erudito originario de la misma di\u00f3cesis o, cuando menos, del mismo pa\u00eds del candidato, e instruido tanto en teolog\u00eda como en el m\u00e9todo hist\u00f3rico-cr\u00edtico. En los casos m\u00e1s complejos, el relator puede recurrir a colaboradores adicionales, incluidos los seglares especialistas en la historia del per\u00edodo o del pa\u00eds particular en que vivi\u00f3 el candidato.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Una vez terminada la positio, \u00e9sta es estudiada por los expertos. Si es necesario, pasa antes por los asesores hist\u00f3ricos. Luego, la examina un equipo de ocho te\u00f3logos elegidos por el prelado te\u00f3logo; si seis o m\u00e1s de ellos la aprueban, va a la junta de cardenales y obispos para que emitan su juicio. Si \u00e9stos la aprueban, la causa pasa al papa para que tome su decisi\u00f3n.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Los relatores no tienen nada que ver con los procesos de milagros, que se juzgan de la misma manera que antes. La diferencia reside en que, desde la reforma, el n\u00famero de milagros requeridos reside en que, el n\u00famero de milagros requeridos ha sido reducido a la mitad: uno para la beatificaci\u00f3n de los no m\u00e1rtires, ninguno para los m\u00e1rtires. Despu\u00e9s de la beatificaci\u00f3n, tanto m\u00e1rtires como no m\u00e1rtires s\u00f3lo necesitan un milagro para obtener la canonizaci\u00f3n.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Vista en perspectiva hist\u00f3rica, la reforma representa una nueva fase de la evoluci\u00f3n del proceso de canonizaci\u00f3n. En rigor, la congregaci\u00f3n se ocupa ahora en primer lugar de la beatificaci\u00f3n, no de la canonizaci\u00f3n; es decir, la congregaci\u00f3n es esencialmente un mecanismo dedicado a estudiar la vida, las virtudes y el martirio de los candidatos propuestos por los obispos locales. Incluso a los m\u00e1rtires se los examina ahora en cuanto a sus virtudes, con el fin de comprobar si sus vidas encierran alg\u00fan mensaje valioso para la Iglesia. Aunque la canonizaci\u00f3n sigue siendo el objetivo de toda causa, se trata, funcionalmente hablando, de un ejercicio auxiliar y a plazo indefinido, consistente en comprobar un milagro de intercesi\u00f3n que no agrega nada a la importancia del beato o la beata ni al significado que tiene para la Iglesia, si bien es la manifestaci\u00f3n de Dios de Su deseo de que sea venerado por toda la cristiandad.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">V. Congregaci\u00f3n para las causas de los santos\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Con la Constituci\u00f3n \u00abImmensa Aeterni Dei\u00bb del 22 de enero de 1588, Sixto V cre\u00f3 la Sagrada Congregaci\u00f3n de los Ritos y le confi\u00f3 la tarea de regular el ejercicio del culto divino y de estudiar las causas de los Santos. Pablo VI, con la Constituci\u00f3n Apost\u00f3lica \u00abSacra Rituum Congregatio\u00bb del 8 de mayo de 1969, dividi\u00f3 la Congregaci\u00f3n de los Ritos, creando as\u00ed dos Congregaciones, una para el Culto Divino y otra para las Causas de los Santos.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Con la misma Constituci\u00f3n de 1969, la nueva Congregaci\u00f3n para las Causas de los Santos tuvo su propia estructura, organizada en tres oficinas: la judicial, la del Promotor General de la Fe y la hist\u00f3rico-jur\u00eddica, que era la continuaci\u00f3n de la Secci\u00f3n Hist\u00f3rica creada por P\u00edo XI el 6 de febrero de 1930.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">La Constituci\u00f3n Apost\u00f3lica \u00abDivinus perfectionis magister\u00bb del 25 de enero de 1983 y las respectivas \u00abNormae servandae in inquisitionibus ab episcopis faciendis in causis sanctorum\u00bb del 7 de febrero de 1983, dieron lugar a una profunda reforma en el procedimiento de las causas de canonizaci\u00f3n y a la reestructuraci\u00f3n de la Congregaci\u00f3n, a la que se le dot\u00f3 de un Colegio de Relatores, con el encargo de cuidar la preparaci\u00f3n de las &#8216;Positiones super vita et virtutibus (o super martyrio) de los Siervos de Dios.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Juan Pablo II, con la Constituci\u00f3n Apost\u00f3lica \u00abPastor Bonus\u00bb del 28 de junio de 1988, cambi\u00f3 la denominaci\u00f3n a Congregaci\u00f3n para las Causas de los Santos.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">El Prefecto de la Congregaci\u00f3n (2003) es el Cardenal Jos\u00e9 Saraiva Martins. El Secretario es el Arzobispo Edward Nowak y el Subsecretario, Monse\u00f1or Michele Di Ruberto. Adem\u00e1s existe un equipo de 23 personas. La Congregaci\u00f3n tiene 34 Miembros -Cardenales, Arzobispos y Obispos-, 1 Promotor de la fe (Prelado Te\u00f3logo), 5 Relatores y 83 Consultores.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Unido al Dicasterio se encuentra el \u00abEstudio\u00bb, instituido el 2 junio de 1984, cuyo objetivo es la formaci\u00f3n de los Postuladores y de los que colaboran con la Congregaci\u00f3n, como tambi\u00e9n la de aquellos que ejercitan los diferentes cometidos ante las Curias diocesanas para el estudio de las Causas de los Santos. El \u00abEstudio\u00bb tiene adem\u00e1s la tarea de cuidar la actualizaci\u00f3n del \u00abIndex ac Status Causarum\u00bb.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">La Congregaci\u00f3n prepara cada a\u00f1o todo lo necesario para que el Papa pueda proponer nuevos ejemplos de santidad. Despu\u00e9s de aprobar los resultados sobre los milagros, martirio y virtudes heroicas de varios Siervos de Dios, el Santo Padre procede a una serie de canonizaciones y beatificaciones.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">F. R. Hoare (edici\u00f3n y traducci\u00f3n), The Western Fathers, Nueva York, Sheed and Ward, 1954; p. 184; Athanasius, The Life of Antony and the Letter to Marcellinus, Nueva York, Paulist Press, 1980; p. 66; Urbano VIII, citado en Burtchaell, op. cit., p. 20; Canon Macken, The Canonization of Saints, Dubl\u00edn, M. H. Hill and Sons, 1910, pp 35-36 \/ 49-50; Jerrold M. Packard, Peter\u2019s Kingdom: Inside The Papal City, Nueva York, Charles Scribner\u2019s Sons, 1985, p. 192; http:\/\/www.vatican.va; http:\/\/es.catholic.net.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">\nCAMILLUS BECCARI<br \/>\nTranscrito por Janet Grayson<br \/>\nTraducido y Actualizado por Antonio Hern\u00e1ndez Baca\n<\/p>\n<\/p>\n<p><b>Fuente: Enciclopedia Cat\u00f3lica<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>I. Historia II. Naturaleza de la Beatificaci\u00f3n y Canonizaci\u00f3n III. Infabilidad Papal y Canonizaci\u00f3n IV. Procedimiento actual de las causas de beatificaci\u00f3n y canonizaci\u00f3n V. Congregaci\u00f3n para las causas de los santos I. Historia De acuerdo con algunos escritores, el origen de la beatificaci\u00f3n y canonizaci\u00f3n en la Iglesia Cat\u00f3lica se remonta a la antigua &hellip; <a href=\"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/canonizacion-de-los-santos\/\" class=\"more-link\">Continuar leyendo<span class=\"screen-reader-text\"> \u00abCANONIZACION DE LOS SANTOS\u00bb<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-26826","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-diccionario"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26826","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=26826"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26826\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=26826"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=26826"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=26826"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}