{"id":2842,"date":"2016-02-04T23:32:35","date_gmt":"2016-02-05T04:32:35","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/justicia\/"},"modified":"2016-02-04T23:32:35","modified_gmt":"2016-02-05T04:32:35","slug":"justicia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/justicia\/","title":{"rendered":"JUSTICIA"},"content":{"rendered":"<p>v. Equidad, Integridad, Juicio, Rectitud, Santidad, Santificaci\u00f3n, Verdad<br \/>\nGen 15:6 crey\u00f3 a Jehov\u00e1, y le fue contado por j<br \/>\nGen 18:19 que guarden el camino de .. haciendo j<br \/>\nLev 19:15 no har\u00e1s .. con j juzgar\u00e1s a tu pr\u00f3jimo<br \/>\nDeu 6:25 tendremos j cuando cuidemos de poner<br \/>\nDeu 9:5 no por tu j .. entras a poseer la tierra<br \/>\nDeu 10:18 que hace j al hu\u00e9rfano y a la viuda<br \/>\n1Sa 26:23 Jehov\u00e1 pague a cada uno su j y su<br \/>\n2Sa 22:21; Psa 18:20 ha premiado conforme a mi j<br \/>\nJob 27:6 mi j tengo asida, y no la ceder\u00e9; no me<br \/>\nJob 29:14 me vest\u00eda de j, y ella me cubr\u00eda; como<br \/>\nJob 36:3 tomar\u00e9 mi .. y atribuir\u00e9 j a mi Hacedor<br \/>\nJob 37:23 en juicio y en multitud de j no afligir\u00e1<br \/>\nPsa 9:4 te has sentado en el trono juzgando con j<br \/>\nPsa 9:8 juzgar\u00e1 al mundo con j, y a los pueblos<br \/>\nPsa 11:7 Jehov\u00e1 es justo, y ama la j; el hombre<br \/>\nPsa 15:2 el que anda en integridad y hace j, y<br \/>\nPsa 22:31 vendr\u00e1n, y anunciar\u00e1n su j; a pueblo<br \/>\nPsa 23:3 me guiar\u00e1 por sendas de j por amor de<br \/>\nPsa 24:5 \u00e9l recibir\u00e1 .. j del Dios de salvaci\u00f3n<br \/>\nPsa 33:5 \u00e9l ama j y juicio; de la misericordia de<br \/>\nPsa 35:28 y mi lengua hablar\u00e1 de tu j y de tu<br \/>\nPsa 36:6 tu j es como los montes de Dios, tus<br \/>\nPsa 37:6 exhibir\u00e1 tu j como la luz, y tu derecho<br \/>\nPsa 40:9 he anunciado j en grande congregaci\u00f3n<br \/>\nPsa 45:7 has amado la j y aborrecido la maldad<br \/>\nPsa 48:10 oh Dios .. de j est\u00e1 llena tu diestra<br \/>\nPsa 50:6 los cielos declarar\u00e1n su j, porque Dios<br \/>\nPsa 58:1 \u00bfpronunci\u00e1is en verdad j? \u00bfjuzg\u00e1is<br \/>\nPsa 71:15 mi boca publicar\u00e1 tu j y tus hechos de<br \/>\nPsa 72:1 oh Dios, da tu .. y tu j al hijo del rey<br \/>\nPsa 82:3 haced j al afligido y al menesteroso<br \/>\nPsa 85:10 se encontraron; la j y la paz se besaron<br \/>\nPsa 85:13 la j ir\u00e1 delante de \u00e9l, y sus pasos nos<br \/>\nPsa 89:14; 97:2<\/p>\n<hr>\n<p>Justicia    (heb. tsedeq y tsed\u00e2q\u00e2h, que significan \u00ab[lo] correcto\u00bb, \u00abrectitud\u00bb, \u00abjusticia\u00bb, \u00abequidad\u00bb, \u00abpiedad\u00bb; gr. dikaios\u00fan&#8217;, \u00abjusticia\u00bb. rectitud\u00bb; d\u00ed\u00adk&#8217;; estos vocablos se refieren tanto a la norma recta como a la acci\u00f3n ordenada y justa).  Otros t\u00e9rminos para \u00abjusticia\u00bb son el heb. mishp\u00e2t (del verbo sh\u00e2fat, \u00abjuzgar\u00bb), que compren de tanto el derecho establecido como el acto justo, la norma jur\u00ed\u00addica y su recto uso; heb. jesed y gr. \u00e9leos, que acent\u00faan los sentimientos de humanidad en las relaciones humanas; heb. j\u00f4q o juqq\u00e2h (de la ra\u00ed\u00adz verbal jqq, \u00abgrabar\u00bb) y gr. dik\u00e1i\u00ed\u2021ma (\u00abregla\u00bb, \u00abexigencia\u00bb, \u00abmandamiento\u00bb, \u00abacto justo\u00bb), que de la ley escrita pasan a designar el derecho derivado de dicha ley.  687  Estado en el que existe una correcta relaci\u00f3n entre el hombre y Dios, dentro de los l\u00ed\u00admites de la comprensi\u00f3n finita del hombre de la voluntad y del prop\u00f3sito divino.  La justicia de Dios es absoluta, y equivale a la plenitud e infinita perfecci\u00f3n del car\u00e1cter divino.  Pero el hombre no tiene absolutamente ninguna justicia por s\u00ed\u00ad mismo.  \u00abTodas nuestras justicias [son] como trapos de inmundicia\u00bb (ls. 64:6), y Pablo declara que \u00aben m\u00ed\u00ad&#8230; no mora el bien\u00bb (Rom 7:18).  En consecuencia, cualquier justicia que el hombre tenga es de Dios, en virtud de su relaci\u00f3n con \u00e9l, porque procede de Dios.  El pecador arrepentido entra en este estado de justicia cuando por fe la acepta como don gratuito del Cielo.  Tal fue el caso de Abrah\u00e1n (4:3, 20-23), quien estuvo listo para recibir con gozo lo que Dios pudiera revelarle como su deber y hac\u00ed\u00ada con alegr\u00ed\u00ada todo lo que Dios le ordenaba.  El estado de justicia en el que entra el pecador arrepentido cuando es justificado por fe es de \u00abpaz para con Dios\u00bb (Rom 5:1).  Fue la obediencia de Cristo a los justos requerimientos de la ley lo que le permiti\u00f3 justificar o declarar justos a los que vienen a \u00e9l por la fe (vs 16-19).  En virtud de esta correcta relaci\u00f3n en la que entra el cristiano, \u00e9ste puede llevar los \u00abfrutos de justicia\u00bb (Phi 1:11; cf Rom 7:19-8:4; G\u00e1. 2:20).  Sin embargo, una vida justa que siga a la justificaci\u00f3n no nos produce m\u00e9ritos ante Dios, porque ningun acto humano puede ser meritorio a su vista.  Pero sin los frutos exteriores de justicia (G\u00e1. 5:22, 23) no puede existir en el coraz\u00f3n un estado de relaci\u00f3n correcta con Dios.  Una fe no acompa\u00f1ada por las \u00abobras\u00bb que la fe produce, es \u00abmuerta en s\u00ed\u00ad misma\u00bb (Jam 2:17); es espuria.  Los jud\u00ed\u00ados llegaron a creer que la justicia se pod\u00ed\u00ada obtener por una observancia puntillosa de la ley.  La conformidad mec\u00e1nica con la norma de justicia prescripta por ella era considerada como suficiente para que el hombre fuera hecho justo, sin fe en la gracia de Dios.  Antes de su conversi\u00f3n, Pablo era irreprensible\u00bb \u00aben cuanto a la justicia que es en la ley\u00bb (Phi 3:6).  Esta justicia legal no dejaba lugar para el ejercicio de la fe, Porque \u00absi por la ley fuese la justicia, entonces por dem\u00e1s muri\u00f3 Cristo\u00bb, declar\u00f3 enf\u00e1ticamente Pablo (G\u00e1. 2:21 ). \u00abPor las obras de la ley ning\u00fan ser humano ser\u00e1 justificado delante de \u00e9l\u00bb (Rom 3:20).  V\u00e9anse Justificaci\u00f3n; Santificaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario B\u00edblico Evang\u00e9lico<\/b><\/p>\n<p>virtud que nos hace dar a cada cual lo que le corresponde.<\/p>\n<p>Rectitud de conducta. Seg\u00fan la Escritura  Dios es justo, y de \u00e9l emana la justicia y la Ley, que es la base del actuar con j.: \u2020\u0153El es la Roca, su obra es consumada, pues todos sus caminos son justicia. Es Dios de lealtad, no de perfidia, es justo y recto\u2020\u009d, Dt 32, 4; Sal 92 (91), 16. Justicia y Derecho son la base del trono de Dios, dice el salmista, Sal 97 (96), 2. Dios le ha dado a los israelitas, su pueblo, \u2020\u0153leyes y mandamientos justos\u2020\u009d, Dt 4, 8; en cumplirlos consiste la j., \u2020\u0153Esta ser\u00e1 nuestra j.: guardar y poner en pr\u00e1ctica \u00ed\u00adntegramente estos mandamientos en presencia de Se\u00f1or, nuestro Dios, como \u00e9l nos lo ha ordenado\u2020\u009d, Dt 6, 25. Esto es lo que se llama la Tor\u00e1, es decir, las instrucciones para construir la comunidad de Yahv\u00e9h,  lo que implica que la Ley no es una norma de simple cumplimiento particular, sino en vista al ordenamiento social, una vida con los dem\u00e1s dentro de la j., por lo que exige fidelidad a la comunidad. Toda la Ley est\u00e1 impregnada del concepto de j. social, y \u00e9sta es una exigencia constante en los profetas, Dt 10, 18-19; 14, 29; 24, 17-22; 26, 12-13; 27,  19; Jr 32, 16. Am\u00f3s, llamado \u2020\u0153el profeta de la j.\u2020\u009d, lanza su amenaza: \u2020\u0153Ay de los que cambian en ajenjo el juicio y tiran por tierra la j.\u2020\u009d, de los que oprimen al justo, aceptan sobornos, atropellan a los necesitados, Am 5, 7   13. Isa\u00ed\u00adas tambi\u00e9n denuncia la falta de j., cuando habla de la corrupci\u00f3n de Jerusal\u00e9n, antes ciudad leal, convertida en ad\u00faltera. Antes estaba llena de equidad y j., pero se ha vuelto albergue de asesinos, cuyos gobernantes se han aliado con bandidos, amigos del soborno. La j.,  contin\u00faa el profeta, viene de Dios, \u00e9l intervendr\u00e1, despu\u00e9s del castigo,  para aqu\u00e9llos que se conviertan: \u2020\u0153Voy a volver a tus jueces como eran al principio, y a tus consejeros como anta\u00f1o. Tras lo cual se te llamar\u00e1 Ciudad de J., Villa-leal. Si\u00f3n por la equidad ser\u00e1 rescatada, y sus cautivos por la j.\u2020\u009d, Is 1, 21-27. Por esto Oseas, usando el s\u00ed\u00admil del matrimonio,  Dios, el esposo, e Israel, la esposa, dice: \u2020\u0153Yo te desposar\u00e9 conmigo para siempre en j. y en derecho, en amor y en compasi\u00f3n, y te desposar\u00e9 conmigo en fidelidad, y t\u00fa conocer\u00e1s a Yahv\u00e9h\u2020\u009d, Os 2, 21-22. Es decir, la  j. es la condici\u00f3n para la uni\u00f3n con Dios y para la convivencia, y, por tanto, para la paz y la prosperidad del pueblo. Sin embargo, el pueblo de Israel no es capaz por s\u00ed\u00ad mismo de cumplir la Tor\u00e1, pues la j. no es un m\u00e9rito de Israel sino un don de Dios, por eso le dijo el Se\u00f1or antes de cruzar el Jord\u00e1n y antes de conquistar la tierra de Cana\u00e1n: \u2020\u0153No digas en tu coraz\u00f3n: Por mi j. me ha dado el Se\u00f1or la posesi\u00f3n de esta tierra,  siendo as\u00ed\u00ad que es por injusticia por lo que el Se\u00f1or echa a esas naciones lejos de ti. No por tu j. ni por la rectitud de tu coraz\u00f3n vas a entrar en posesi\u00f3n de la tierra, sino por la injusticia de esas naciones las echa el Se\u00f1or lejos de ti, y tambi\u00e9n por el juramento hecho a vuestros padres Abraham, Isaac y Jacob. Reconoce que el Se\u00f1or, tu Dios, no te da la posesi\u00f3n de esa buena tierra debido a tu j., pues no eres m\u00e1s que un pueblo de cabeza dura\u2020\u009d, Dt 9, 4-6. Dios le da el juicio al rey para que gobierne con j., Sal 72 (71), 1-2. Dentro del ideal teocentrista de los israelitas, la Ley de Dios es tambi\u00e9n la ley terrenal y en ella se debe basar todo gobierno, toda administraci\u00f3n de j. En los tiempos paleoisraelitas,  los asuntos de j. los dirim\u00ed\u00adan a los jefes de las tribus. En la \u00e9poca mon\u00e1rquica, se instituyeron tribunales en todas las ciudades, instancias locales, Dt 16, 18; si el caso sobrepasaba las capacidades de los tribunales locales, se acud\u00ed\u00ada a una instancia superior, a un tribunal en Jerusal\u00e9n, que juzga a nombre de Yahv\u00e9h, cuyos fallos eran inapelables,  Dt 17, 8-13; as\u00ed\u00ad lo estableci\u00f3 Josafat, rey de Jud\u00e1, cuando llev\u00f3 a cabo la reforma religiosa, 2 Cro 19, 5-11. En el juda\u00ed\u00adsmo posterior y en la \u00e9poca del N. T., segu\u00ed\u00adan los tribunales locales, las sinagogas y el Sanedr\u00ed\u00adn de Jerusal\u00e9n, doctores de la Ley.<\/p>\n<p>En el mensaje de Jes\u00fas  j. es hacer la voluntad del Padre, Mt 7, 21, que revela el Hijo en su palabra, la que hay que o\u00ed\u00ads y poner en pr\u00e1ctica, para alcanzar la j., Mt 7, 24-26; el camino de la justicia es aquel que predic\u00f3 Jes\u00fas en el serm\u00f3n de la monta\u00f1a, Mt 5, 3-12. La j. en el mensaje de Jes\u00fas rebasa el simple concepto de ley, lo que se llamar\u00ed\u00ada j. legal, pues plantea una nueva comunidad de hermanos, que hacen la voluntad del Padre, caracterizada por el amor a Dios y al pr\u00f3jimo, Mt 23, 37-40.<\/p>\n<p>Diccionario B\u00ed\u00adblico Digital, Grupo C Service &#038; Design Ltda., Colombia, 2003<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario B\u00edblico Digital<\/b><\/p>\n<p>El Se\u00f1or Dios siempre act\u00faa en justicia (Psa 89:14; Jer 9:24). Esto es, \u00e9l siempre tiene una relaci\u00f3n recta con la gente y su acci\u00f3n es mantener esa relaci\u00f3n. En cuanto a Israel, esto involucr\u00f3 el actuar tanto en juicio (castigo) como en liberaci\u00f3n (Salmo 68; Jer 103:6; Lam 1:18). Esta \u00faltima actividad muchas veces se considera como el equivalente de salvaci\u00f3n (ver Isa 46:12-13; Isa 51:5). En pasajes de los profetas (p. ej., Isa 1:2-9; Jer 2:4-13; Mic 6:1-8) el Se\u00f1or se presenta como el Juez, e Israel como la parte acusada, con el pacto supliendo los t\u00e9rminos de referencia.<\/p>\n<p>Como Dios act\u00faa en justicia (porque \u00e9l es justo), as\u00ed\u00ad llam\u00f3 a Israel a ser justo como su pueblo escogido. Ellos fueron puestos en su pacto, en una relaci\u00f3n recta con \u00e9l a trav\u00e9s de la fe (Gen 15:6; Hab 2:4), y se esperaba que viviesen en una recta relaci\u00f3n con otros. El rey fue llamado a estar en recta relaci\u00f3n con Dios, con su pueblo y con las naciones circunvecinas (Psa 72:1-4; Psa 146:7-9). La justicia comienza como un t\u00e9rmino forense, luego se convierte en un t\u00e9rmino \u00e9tico en el A.T. Mucho de lo mismo se encuentra en el N.T.<\/p>\n<p>La justicia significa una recta relaci\u00f3n tanto con Dios como tambi\u00e9n con el pr\u00f3jimo, los seres humanos (Mat 5:6, Mat 5:17-20; Luk 18:14). El evangelio es eficaz porque, junto con la proclamaci\u00f3n, se manifiesta una justicia (Rom 1:16-17).<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario B\u00edblico Mundo Hispano<\/b><\/p>\n<p>(derecho, equidad, dar a cada cual lo que le pertenece).<\/p>\n<p> Hombre justo: Es el que act\u00faa con justicia. Todos los hombres y mujeres somos \u00abinjustos\u00bb, porque pecamos contra Dios, y por lo tanto todos estamos en enemistad con Dios: (Rom 3:23).<\/p>\n<p> Justificaci\u00f3n: Es declararse justo, ser declarado justo ante Dios, y, por tanto amigo de Dios.<\/p>\n<p> Los Jud\u00ed\u00ados pensaban justificarse, hacerse justos, cumpliendo las obras de la Ley; cosa que es imposible, porque todas las obras juntas de todos los hombres es algo \u00abfinito\u00bb, mientras que el \u00abpecado\u00bb es un mal \u00abinfinito\u00bb, porque es algo malo hecho a Dios que es \u00abinfinito\u00bb.<\/p>\n<p> La \u00abjustificaci\u00f3n\u00bb, el hacerse justos, para los cristianos, es algo grandiosamente sencillo: Cristo, que es Dios, con valor infinito, pag\u00f3 por todos los pecados de todos los hombres y mujeres. Y el cristiano para \u00abhacerse justo\u00bb lo \u00fanico que tiene que hacer es \u00abtener fe en Cristo, fe en Dios\u00bb, y as\u00ed\u00ad de f\u00e1cil es declarado justo, y tiene la vida eterna: (Jua 3:36, Jua 5:24). S\u00f3lo la \u00abfe\u00bb pude justificar al hombre, sin ninguna obra propia: (Rom 2:28, Gal 3:16), \u00c2\u00a1y lo justifica completamente!, de tal forma que Dios ama al cristiano lo mismo que ama a Cristo: (Jua 17:23, Jua 17:26). Y, no s\u00f3lo queda limpio, justificado, sino que se convierte en \u00abhijo de Dios\u00bb, en una \u00abnueva criatura\u00bb, con la naturaleza de Dios, coheredero de Jesucristo: (2Co 5:17, 2Pe 1:4, Rom 8:17).<\/p>\n<p> Es algo parecido a ser \u00abhijo de un Rey\u00bb: Uno no lo es porque sea muy guapo o inteligente, o porque haya hecho buenas obras, sino s\u00f3lo porque su padre es el Rey. Pero si es hijo del Rey tiene que portarse y obrar como \u00abhijo del Rey\u00bb, y si se porta mal va a ser un mal \u00abhijo del Rey\u00bb. La \u00abjustificaci\u00f3n del cristiano\u00bb es algo parecido, con la diferencia de que el \u00abhijo del Rey\u00bb no tiene opci\u00f3n de elegir, mientras que el cristiano tiene que \u00abtener fe\u00bb; si tiene fe, es \u00abhijo de Dios\u00bb y \u00abtiene la vida eterna\u00bb, y si \u00abno tiene fe\u00bb, no s\u00f3lo no tiene la vida eterna, sino que la c\u00f3lera de Dios est\u00e1 con \u00e9: (Jua 3:36, Jua 3:14).<\/p>\n<p> . Y una vez que el cristiano es \u00abhijo de Dios\u00bb, tiene que portarse como tal, y Dios lo juzgar\u00e1, al final de su vida, no por la gloria de ser \u00abhijo de Dios\u00bb, sino por las \u00abobras\u00bb que hizo siendo \u00abhijo de Dios\u00bb: (Mat 25:31-46, Rom 2:5-10, 2Co 5:10, Rev 20:11-15, Jua 5:29).<\/p>\n<p> Ver \u00abSalvaci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>Diccionario B\u00ed\u00adblico Cristiano<br \/>\nDr. J. Dominguez<\/p>\n<p>http:\/\/biblia.com\/diccionario\/<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario B\u00edblico Cristiano<\/b><\/p>\n<p>No existe una sola palabra en castellano equivalente a j. desde el punto de vista del AT. En hebreo se usaban los t\u00e9rminos sedek (masc.) y sedaka (fem.) para expresar la idea de j., y saddik para aquello que es derecho, recto y de acuerdo con una norma \u00e9tica. Pero las implicaciones del t\u00e9rmino son m\u00faltiples y ricas, muy dif\u00ed\u00adciles de encerrar en cortas definiciones. El concepto de j. se descubre mayormente en t\u00e9rminos de relaci\u00f3n, en tres vertientes: a) La j. en las relaciones entre Dios y el hombre. b) La j. en las relaciones entre el Dios y su pueblo. c) La j. en las relaciones entre los hombres.<\/p>\n<p>\u2020\u0153Justo es Jehov\u00e1 en todos sus caminos\u2020\u009d (Sal 145:17; 2Cr 12:6; Jer 12:1). Eso ha de tenerse en cuenta sobre todo al pensar que \u00e9l es \u2020\u0153el Juez de toda la tierra\u2020\u009d (Gen 18:25), por lo cual se dice en Isa 5:16 : \u2020\u0153Jehov\u00e1 de los ej\u00e9rcitos ser\u00e1 exaltado en juicio, y el Dios Santo ser\u00e1 santificado con j.\u2020\u009d. David se\u00f1ala: \u2020\u0153 J. eterna son tus testimonios (Sal 119:144). Tu j. es j. eterna, y tu ley la verdad\u2020\u009d (Sal 119:142). La j. del car\u00e1cter de Dios le hace incompatible con el pecado, por lo cual tiene que hacer juicio sobre \u00e9ste.<br \/>\ncuanto al ser humano, el acto de fe de Abraham fue considerado como caracter\u00ed\u00adstico de lo que es justo (\u2020\u0153Y crey\u00f3 a Jehov\u00e1, y le fue contado por j.\u2020\u009d [Gen 15:6]), por lo cual Dios hablaba de \u00e9l diciendo: \u2020\u0153Yo s\u00e9 que mandar\u00e1 a sus hijos y a su casa despu\u00e9s de s\u00ed\u00ad, que guarden el camino de Jehov\u00e1, haciendo j. y juicio\u2020\u009d (Gen 18:19). Se aplica tambi\u00e9n la palabra para se\u00f1alar la forma en que los jueces deber\u00ed\u00adan emitir sus sentencias (\u2020\u0153No har\u00e1s injusticia en el juicio, ni favoreciendo al pobre ni complaciendo al grande; con justicia juzgar\u00e1s a tu pr\u00f3jimo\u2020\u009d [Lev 19:15]).<br \/>\nel punto de vista jur\u00ed\u00addico, se ense\u00f1a en las Escrituras que la ley deb\u00ed\u00ada aplicarse a todos por igual, sean pobres o ricos. Contra el \u2020\u0153inocente y justo\u2020\u009d no se deb\u00ed\u00ada levantar mentira y, por supuesto, tampoco matarlo (Exo 23:7). Los profetas denuncian a aquellos que \u2020\u0153al justo quitan su derecho\u2020\u009d (Isa 5:23). Tambi\u00e9n en las relaciones comerciales hay que mantener la j., especialmente en los \u2020\u00a2pesos y medidas (\u2020\u0153Balanzas justas, pesas justas y medidas justas tendr\u00e9is\u2020\u009d [Lev 19:36]). Como se ve, la idea es que la j. es la conformaci\u00f3n a una norma, el no desviarse de ella.<br \/>\nlas relaciones entre los hombres, debe imperar la j. Estas relaciones, sin embargo, no pueden ser juzgadas de conformidad con las normas que imperen entre ellos en un momento dado, sino por aquellas que Dios ha dispuesto como sabias y convenientes para todos. El hombre justo en t\u00e9rminos humanos es aquel que por guardar los mandamientos de Dios contribuye a la paz y la prosperidad de sus semejantes. Siempre debe establecerse una \u00ed\u00adntima relaci\u00f3n entre el servir a Dios y el trato que tenemos con los hombres (\u2020\u0153&#8230; discernir\u00e9is la diferencia entre el justo y el malo, entre el que sirve a Dios y el que no le sirve\u2020\u009d [Mal 3:18]). Las buenas obras son naturales y espont\u00e1neas en el justo (\u2020\u0153&#8230; yo libraba al pobre que clamaba, y al hu\u00e9rfano que carec\u00ed\u00ada de ayudador&#8230;. y al coraz\u00f3n de la viuda yo daba alegr\u00ed\u00ada. Me vest\u00ed\u00ada de j&#8230;.\u2020\u009d [Job 29:12-14]). En muchas ocasiones se compara la conducta del justo con la del imp\u00ed\u00ado. Este \u00faltimo \u2020\u0153toma prestado, y no paga; mas el justo tiene misericordia y da\u2020\u009d (Sal 37:21). \u2020\u0153Jehov\u00e1 prueba al justo; pero al malo y al que ama la violencia, su alma los aborrece\u2020\u009d (Sal 11:5). \u2020\u0153Hay bendiciones sobre la cabeza del justo; pero violencia cubrir\u00e1 la boca de los imp\u00ed\u00ados\u2020\u009d (Pro 10:6). Pero la fuente de la j. est\u00e1 siempre en Dios (\u2020\u0153Oh Dios, da tus juicios al rey, y tu j. al hijo del rey\u2020\u009d [Sal 72:1]). Este tipo de j. entre los seres humanos era el continuo reclamo de los profetas (\u2020\u0153Aborreced el mal, y amad el bien, y estableced la j. en juicio&#8230;. corra el juicio como las aguas, y la j. como impetuoso arroyo\u2020\u009d [Amo 5:15, Amo 5:24]).<br \/>\nse produjo un desarrollo en el uso del t\u00e9rmino \u2020\u0153justo\u2020\u009d, que ya en los d\u00ed\u00adas de la literatura intertestamentaria vino a interpretarse como el hombre que conf\u00ed\u00ada en Dios y guarda la ley, diferenciado de aquellos que son considerados pecadores.<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de la Biblia Cristiano<\/b><\/p>\n<p>tip, DOCT<\/p>\n<p>ver, CASTIGO ETERNO, ADMINISTRACI\u00ed\u201cN DE JUSTICIA, CASTIGOS<\/p>\n<p>vet, T\u00e9rmino que aparece con gran frecuencia en las Escrituras, expresando un atributo de Dios que mantiene lo que es coherente con su propio car\u00e1cter, y que necesariamente juzga lo que est\u00e1 opuesto a El: el pecado. En el hombre es tambi\u00e9n lo opuesto a la \u00abanomia\u00bb o pecado (1 Jn. 3:4-7). Se debe tener presente que, por lo que al hombre se refiere, aparte de una obra de gracia en \u00e9l, \u00abno hay justo, ni aun uno\u00bb (Sal. 14:1-3; Ro. 3:10). Con independencia del hombre, Dios ha revelado su justicia en el juicio exhaustivo y eliminaci\u00f3n del pecado, y del estado con el que estaba conectado el pecado en el hombre. Esto se realiz\u00f3 asumiendo el Hijo de Dios naturaleza de hombre, viniendo a formar parte de la raza humana, aunque sin pecado alguno en El, y tomando en la cruz, vicariamente, el lugar del hombre bajo la maldici\u00f3n de la ley, siendo hecho pecado y glorificando a Dios al llevar el juicio del pecado (Ro. 3:21-26; G\u00e1. 3:13; Fil. 2:5-8 ss.). As\u00ed\u00ad, la justicia de Dios, declarada y expresada en los santos en Cristo, es la respuesta divina al hecho de que Cristo fue hecho pecado. Por otra parte, el lago de fuego (v\u00e9ase CASTIGO ETERNO) es la expresi\u00f3n eterna del justo juicio de Dios. En la actualidad la justicia de Dios es revelada en el Evangelio y apropiada por la fe. Este es un principio enteramente diferente de aquel mediante el que actuaba el jud\u00ed\u00ado, esto es, el de intentar establecer su propia justicia, sin someterse a la justicia de Dios (Ro. 10:3). Su padre Abraham crey\u00f3 a Dios, y le fue contado por justicia; y la fe del creyente le es contada como justicia, aparte de las obras (Ro. 4:3, 5). Cristo Jes\u00fas nos es hecho justicia de Dios (1 Co. 1:30). El es el fin de la ley para justicia a todos aquellos que creen. Hay tambi\u00e9n la justicia pr\u00e1ctica que caracteriza a cada cristiano. El conocer la justicia de Dios, viene a ser siervo de justicia (Ro. 6:13, 19, 22). La esposa del Cordero es presentada vestida \u00abde lino fino, limpio y resplandeciente; porque el lino fino es las acciones justas de los santos\u00bb (Ap. 19:8). (V\u00e9anse tambi\u00e9n ADMINISTRACI\u00ed\u201cN DE JUSTICIA, CASTIGOS.)<\/p>\n<p><b>Fuente: Nuevo Diccionario B\u00edblico Ilustrado<\/b><\/p>\n<p>[326]<\/p>\n<p>    Virtud cardinal que se suele definir con concepto legal y romano como \u00abdar a cada uno lo que le corresponde\u00bb. Pero el verdadero concepto de justicia es mucho m\u00e1s profundo. El concepto agustiniano, por ejemplo, insiste en la referencia divina y la convierte en imitaci\u00f3n de la divinidad. San Agust\u00ed\u00adn la ve como \u00abparticipaci\u00f3n humana, por el orden terreno en las personas y en las cosas, en el orden infinito de Dios\u00bb.<\/p>\n<p>    Esa participaci\u00f3n es limitada por la contingencia de la criatura y la imperfecci\u00f3n moral del hombre pecador. Pero se convierte en participaci\u00f3n divina, cuando la justicia se mira como gracia de Dios.  (Ver Virtudes. 6.4)<\/p>\n<p>Pedro Chico Gonz\u00e1lez, Diccionario de Catequesis y Pedagog\u00ed\u00ada Religiosa, Editorial Bru\u00f1o, Lima, Per\u00fa 2006<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagog\u00eda Religiosa<\/b><\/p>\n<p>Los contenidos fundamentales de la justicia<\/p>\n<p>\tEn todas las culturas existe el valor \u00abjusticia\u00bb, aunque puede tener diversos significados y aplicaciones. Siempre indica el respeto de una realidad que es m\u00e1s all\u00e1 de uno mismo, que puede ser Dios, la historia, el cosmos, la humanidad, la sociedad en que se vive, los dem\u00e1s hermanos&#8230; En este sentido se puede hablar de derechos y deberes, cuando se trata de personas humanas, como miembros de la comunidad humana donde debe respetarse y armonizarse el bien com\u00fan y el bien de cada uno.<\/p>\n<p>\tA la luz de la Palabra revelada de Dios, la justicia existe originariamente y principalmente en Dios, quien es fiel a la Alianza (cfr. Gen 18,25; Deut 32,4; Sab 15,1-3), en bien de toda la humanidad. Esta fidelidad divina se identifica con su amor y misericordia, incluso en los momentos de castigo y de prueba. El t\u00e9rmino \u00abjusticia\u00bb significa \u00abla salvaci\u00f3n llevada a cabo por el Se\u00f1or y su misericordia; la misericordia difiere de la justicia pero no est\u00e1 en contraste con ella\u00bb (DM 4; cfr. Sal 40,11; Is 45,21; 51,5.8; 56,1). Dios es justo retribuyendo a cada uno seg\u00fan sus obras.<\/p>\n<p>\tDios prometi\u00f3 la venida de su Mes\u00ed\u00adas, quien \u00abjuzgar\u00e1 con justicia a los d\u00e9biles y sentenciar\u00e1 con rectitud a los pobres de la tierra&#8230; Su ce\u00f1idor ser\u00e1 la justicia\u00bb (Is 11,4-5). La justicia de Dios se realiza principalmente en la misericordia. \u00abLa justicia divina, revelada en la cruz de Cristo, es \u00aba medida\u00bb de Dios porque nace del amor y se completa en el amor, generando frutos de salvaci\u00f3n\u00bb (DM 7).<\/p>\n<p>\tEl hombre justo o santo, seg\u00fan la Sagrada Escritura, es quien sigue los designios salv\u00ed\u00adficos de Dios, cumpliendo su voluntad (cfr. Gen 15,6; Hab 2,4), que es siempre para el bien de todos y de cada uno. En el Nuevo Testamento, el hombre justo es el que vive de la fe en Cristo (Rom 1,17; Heb 10,38). La justicia de Dios en el hombre se concreta en su justificaci\u00f3n o santificaci\u00f3n por obra de la gracia, como don de Dios, puesto que \u00abtodos son justificados por el don de su gracia, en virtud de la redenci\u00f3n realizada en Cristo Jes\u00fas\u00bb (Rom 3,24; 2Cor 5,21). Cristo es \u00abnuestra justicia, santificaci\u00f3n y redenci\u00f3n\u00bb (1Cor 1,30; cfr. Rom 5,18).<\/p>\n<p>\tVirtud cardinal<\/p>\n<p>\tEn el campo de la teolog\u00ed\u00ada moral, la justicia es la primera de las cuatro virtudes cardinales, porque mira m\u00e1s hacia la realidad y los derechos de los dem\u00e1s (cfr. Lev 19,15). La justicia es la virtud que consiste en la actitud habitual de dar a cada uno (a Dios, al pr\u00f3jimo, a la comunidad humana) lo que es debido, respetando los bienes y derechos de los otros. La l\u00ed\u00adnea vertical (hacia Dios) y la l\u00ed\u00adnea horizontal (hacia los dem\u00e1s) se entrecruzan y postulan mutuamente. Respecto a Dios, se concreta en la virtud de la \u00abreligi\u00f3n\u00bb. Respecto a los dem\u00e1s, tiene en cuenta las personas particulares y el bien com\u00fan.<\/p>\n<p>\tDimensi\u00f3n social<\/p>\n<p>\tEn el campo jur\u00ed\u00addico moral y sociol\u00f3gico, la justicia se concreta en justicia distributiva, conmutativa y legal. La justicia distributiva corresponde al Estado o a la sociedad, que debe dar a cada uno lo que le corresponde. La justicia conmutativa  se refiere a los ciudadanos entre s\u00ed\u00ad. La justicia legal se refiere a la observancia de las leyes.<\/p>\n<p>\tLa justicia social (que es una expresi\u00f3n moderna) es el resumen de estos tres aspectos de la justicia (distributiva, conmutativa y legal), tambi\u00e9n en su dimensi\u00f3n internacional y universal, como defensa de la dignidad humana y denunciando los extremismos de las diversas tendencias pol\u00ed\u00adtico-econ\u00f3micas (capitalismo liberal, colectivismo marxista). Se aplica tambi\u00e9n con el principio de subsidiaridad, por el que la instituci\u00f3n superior u oficial respeta la autonom\u00ed\u00ada de una instituci\u00f3n inferior o privada (cfr. CA 48). La justicia mira tambi\u00e9n a la conservaci\u00f3n del \u00abmedio ambiente\u00bb, como un bien de toda la humanidad presente y futura (ecolog\u00ed\u00ada).<\/p>\n<p>\tLa justicia social se concreta en la urgencia de aplicar la justicia a las situaciones socio-econ\u00f3micas (econom\u00ed\u00ada, trabajo, promoci\u00f3n humana, progreso&#8230;), teniendo en cuenta el bien y los derechos de la persona en el contexto del bien com\u00fan. Es la defensa de los derechos humanos en su contexto social, local (nacional) y universal. Obliga, pues, a las personas, instituciones privadas y Estados.<\/p>\n<p>\tMisi\u00f3n, establecer el Reino de justicia<\/p>\n<p>\tLa doctrina social de la Iglesia se centra de modo especial en la justicia, en sus aspectos personal y comunitario, defendiendo la dignidad de la persona (con todos sus derechos fundamentales), as\u00ed\u00ad como los derechos del bien com\u00fan. Se anuncian los derechos en armon\u00ed\u00ada con los deberes sociales. La misma Iglesia es consciente de ser anunciadora de la justicia evang\u00e9lica e instrumento, para que la justicia predicada por Cristo reine en todos los corazones y en toda la humanidad. La justicia s\u00f3lo se aplicar\u00e1 correctamente si se tiene en cuenta la ley del amor y la solidaridad universal.<\/p>\n<p>\tSe tiende a hacer realidad el \u00abReino\u00bb de Cristo, como \u00abReino de verdad y vida, santidad y gracia, justicia, amor y paz\u00bb (Prefacio de la fiesta de Cristo Rey). Se anuncia el Reino y se da testimonio de \u00e9l \u00abBuscad primero el Reino de Dios y su justicia, y lo dem\u00e1s se os dar\u00e1 por a\u00f1adidura\u00bb (Mt 6,33).  Pero el anuncio de Reino conlleva frecuentemente la persecuci\u00f3n y el martirio, para hacer de la vida un \u00abtestimonio\u00bb fuerte del mensaje evang\u00e9lico \u00abBienaventurados los que tienen hambre y sed de la justicia, porque ellos ser\u00e1n saciados&#8230; Bienaventurados los perseguidos por causa de la justicia, porque de ellos es el Reino de los Cielos\u00bb (Mt 5,6.10).<\/p>\n<p>Referencias Caridad, Cristo Rey, derechos humanos, doctrina social de la Iglesia, econom\u00ed\u00ada, gracia (justificaci\u00f3n), juicio divino, liberaci\u00f3n, misericordia, opci\u00f3n preferencial por los pobres, paz, persona, pol\u00ed\u00adtica, promoci\u00f3n humana, sociedad, solidaridad, trabajo, virtudes (morales).<\/p>\n<p>Lectura de documentos GS 21, 26, 29, 30, 35, 63-78; DM 4, 7, 12; CEC 1807 (virtud); 1928-1948 (justicia social), 2411-2412 (justicia conmutativa), 2426-2442 (justicia social).<\/p>\n<p>Bibliograf\u00ed\u00ada AA.VV., El magisterio pontificio contempor\u00e1neo ( BAC, Madrid, 1991) t. II (orden sociopol\u00ed\u00adtico); J. ALFARO, Cristianismo y justicia (Madrid, PPC, 1973); M. AUBERT, Moral social para nuestro tiempo (Barcelona, Herder, 1981); A. BANDOLFI, Justicia, en Nuevo Diccionario de la Moral Cristiana (Barcelona, Herder, 1993) 352-356; K. BERGER, Justicia, en Sacramentum Mundi (Barcelona, Herder, 1972ss) IV, 1162-1169; A. BONORA, Justicia, en Nuevo Diccionario de Teolog\u00ed\u00ada B\u00ed\u00adblica (Madrid, Paulinas, 1990) 980-994; E. FERNANDEZ, Teor\u00ed\u00ada de la justicia y derechos fundamentales (Madrid, Debate, 1984); A. GALINDO, Moral socioecon\u00f3mica ( BAC, Madrid, 1996) VI, II (la justicia); J.M. GUIX, Justicia y caridad (Madrid, PPC, 1977);  W. MANN, Justicia, en Conceptos Fundamentales de Teolog\u00ed\u00ada (Madrid, Cristiandad, 1979) 841-853; (S\u00ed\u00adnodo de los Obispos) La justicia en el mundo (Roma 1971).<\/p>\n<p>(ESQUERDA BIFET, Juan, Diccionario de la Evangelizaci\u00f3n,  BAC, Madrid, 1998)<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de Evangelizaci\u00f3n<\/b><\/p>\n<p>DJN<br \/>\n\u00c2\u00a0<br \/>\nSUMARIO: . El Antiguo Testamento. -2. La ense\u00f1anza de Jes\u00fas acerca de la justicia. &#8211; 3. La justicia en los evangelistas. &#8211; 4. El concepto paulino de justicia.<\/p>\n<p>La idea b\u00ed\u00adblica de justicia o rectitud generalmente expresa conformidad con todas las \u00e1reas de la vida de Dios: ley, gobierno, Alianza, lealtad, integridad \u00e9tica o acciones amables. Cuando los hombres se adhieren a la voluntad de Dios como est\u00e1 expresado en su Ley, son considerados justos o rectos. Jes\u00fas ense\u00f1\u00f3 que aquellos que conformen sus vidas a sus ense\u00f1anzas son tambi\u00e9n justos, rectos.<\/p>\n<p>Estudiamos este t\u00e9rminos desde tres perspectivas diferentes. En primer lugar, la terminolog\u00ed\u00ada, tanto en el Antiguo Testamento como en la literatura jud\u00ed\u00ada. En segundo lugar la ense\u00f1anza de Jes\u00fas y en tercer lugar, exponemos el significado de justicia para los evangelistas y en cuarto lugar, en los escritos de San Pablo.<\/p>\n<p>1. El Antiguo Testamento<br \/>\nLa Vieja Alianza usa una serie de t\u00e9rminos que parten de la ra\u00ed\u00adz hebrea y sedagah. Otros sustantivos tambi\u00e9n expresan esta idea de la justicia: (juicio), (justo), \u00f3r\u00e1 (ley), (perfecto, completo).<\/p>\n<p>La justicia del Se\u00f1or es aquella que dimana de la Alianza, donde Dios se entrega a los suyos e Israel debe responder a esa fidelidad divina, sin apartarse de la guarda de los mandatos, leyes y preceptos. Dios demuestra su justicia con respecto a las relaciones existenciales entre El y su pueblo. Dios aparece como Juez y al mismo tiempo como Salvador de los suyos (Is 45, 8; 46, 13; 51, 5-8), a los que defiende y exige una conducta agradable exenta de impiedad (Sal 1; 15; 24; 112).<\/p>\n<p>La literatura jud\u00ed\u00ada contiene much\u00ed\u00adsimos pasajes donde aparece la justicia divina actuando (Sal Salom 2, 15; 8, 23; Or. Sib 3, 704; Flavio Josefo, Ant, 2, 6; 11, 3; 1QS 1, 21; 10, 23. 25; 11, 3; 1 Q H 7, 9). Tambi\u00e9n la apocal\u00ed\u00adptica jud\u00ed\u00ada contempla la justicia divina como manifestaci\u00f3n del juicio final con la justificaci\u00f3n y salvaci\u00f3n de los fieles y la condenaci\u00f3n de los injustos.<\/p>\n<p>2. La ense\u00f1anza de Jes\u00fas acerca de la justicia<br \/>\nJes\u00fas describe como recto aquello que es conforme a la voluntad de Dios, revelado en el Antiguo Testamento y en sus ense\u00f1anzas. La fundamentaci\u00f3n de las ense\u00f1anzas de Jes\u00fas sobre la recta conducta es que el Reino de Dios ha sido inaugurado en su propia persona y ministerio. Cuando Jes\u00fas inaugura el Reino, El trae rectitud para pasar y espera una conducta recta de sus seguidores. La participaci\u00f3n en el Reino de Dios exige una obligaci\u00f3n \u00e9tica y la justa participaci\u00f3n exige una obediencia a la religi\u00f3n veterotestamentaria.<\/p>\n<p>La ley y los profetas se han cumplido en El (Mt 5, 17), as\u00ed\u00ad revela una nueva forma de comportamiento, por ello la rectitud de sus seguidores no est\u00e1 en que ellos est\u00e9n conformes con las leyes, sino el fruto necesario de una promesa a Jes\u00fas como Mes\u00ed\u00adas y Se\u00f1or. La uni\u00f3n entre promesa y obediencia est\u00e1 ilustrada por las palabras de Jes\u00fas al final del Serm\u00f3n de la monta\u00f1a: \u00abNo todo el que me diga Se\u00f1or, Se\u00f1or, entrar\u00e1 en el Reino de los cielos, sino el que cumpla la voluntad de mi Padre\u00bb&#8230; (Mt 7, 21-27).<\/p>\n<p>Para Jes\u00fas la persecuci\u00f3n de rectitud es obedecer la voluntad de Dios en todos los aspectos (personal, social, comunitario), esta debe ser la primera prioridad de sus seguidores.<\/p>\n<p>3. La justicia en los evangelistas<br \/>\nAnte todo conviene decir que el t\u00e9rmino (justicia) aparece 91 vez en los escritos neotestamentarios, de las que 57 veces se encuentran en los escritos paulinos y de \u00e9stas 33 veces aparece en la Carta a los Romanos.<\/p>\n<p>Los evangelistas San Mateo y San Lucas dan preeminencia al uso del t\u00e9rmino justicia, mientras que el evangelista San subraya m\u00e1s el sustantivo (justo). San Mateo realza la rectitud como conformidad a la Ley del Antiguo Testamento y rectitud a las ense\u00f1anzas de Jes\u00fas. Mientras que San Lucas dirige su atenci\u00f3n sobre la rectitud se deriva del Antiguo Testamento, con lo cual describe la rectitud como conformidad a la Ley de Dios.<\/p>\n<p>San revela que los seguidores de Jes\u00fas son aquellos que se caracterizan por la persecuci\u00f3n de la rectitud y la justicia. Esto es central en el mensaje de Jes\u00fas que \u00e9l declara que sin un estado recto no entra en el reino de Dios. Este car\u00e1cter se expresa en una conducta recta.<\/p>\n<p>4. El concepto paulino de justicia<br \/>\nSan Pablo muestra en sus escritos que la justicia est\u00e1 en relaci\u00f3n con el acontecimiento eje de la salvaci\u00f3n, es decir, la Muerte y Resurrecci\u00f3n de Cristo. Observa que la justicia no es solamente un atributo que se aplica a Dios, sino que es un factor importante que hace al hombre como debe ser en referencia a Dios y a los dem\u00e1s hombres.<\/p>\n<p>La justicia es un don debido al amor gratuito y oblativo de Jes\u00fas en la ofrenda generosa de su muerte (G\u00e1l 2, 21). Por eso el concepto paulino de justicia es soteriol\u00f3gico, no \u00e9tico. A la justicia fundamentada en el cumplimiento de la ley (Flp 3, 6. 9; Rom 10, 5) \u00f3 a la identidad de la justicia (Rom 10, 3; Flp 3, 9), San Pablo como buen rabino realiza el procedimiento de la contraposici\u00f3n y acu\u00f1a la justicia de la fe, es decir, la justicia que viene de Dios. Esto quiere decir que Dios mismo crea la justicia, no por el camino de la Ley, sino a partir de la fe, en vista al acontecimiento que se ha cumplido que solamente acontece como fe en Jesucristo. De ah\u00ed\u00ad que la Ley llega a su fin, porque su final ha llegado con la salvaci\u00f3n de Cristo. Por eso trata de demostrar que la relaci\u00f3n entre la fe y la justicia es conforme a la Escritura (Rom 4, 1; G\u00e1l 3, 6; Rom 4, 3. 5. 6. 9. 22).<\/p>\n<p>La Carta a los Romanos manifiesta claramente que la iniciativa es de Dios. El Se\u00f1or es fiel a s\u00ed\u00ad mismo y a su pueblo y se ha manifestado en Cristo y por eso la \u00abjusticia de Dios\u00bb no es la que el hombre recibe de Dios como suya, sino m\u00e1s bien el derecho de Dios sobre el hombre, el derecho que Dios demuestra en su actuar con el hombre, declar\u00e1ndole justo.<\/p>\n<p>San Pablo tambi\u00e9n subraya el alcance escatol\u00f3gico de esta justicia divina que los cristianos esperan por medio del Esp\u00ed\u00adritu Santo. En esta situaci\u00f3n la justicia es y sigue siendo un objeto de esperanza. -> .<\/p>\n<p>BIBL. \u2014J. B. GREEN, S. MCKNIGHT, I. H. MARSHALL, (eds.), of jesus and the Gospels, Leicester 1992, 411-415; G. SCHNEIDER, dikaioj, en BALZ &#8211; G. SCHNEIDER (eds.), Exeg\u00e9tico deI Nuevo Testamento, vol.!, 982-984; K. KERTELGE, dikaios, unh en H. BALZ &#8211; G. SCHNEIDER (eds.), Exeg\u00e9tico del Nuevo Testamento, vol. 1, 986-1000; K. LEBACQZ, en un mundo injusto, Barcelona 1991.<\/p>\n<p>Llamas<\/p>\n<p>FERNANDEZ RAMOS, Felipe (Dir.), Diccionario de Jes\u00fas de Nazaret, Editorial Monte Carmelo, Burbos, 2001<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de Jes\u00fas de Nazaret<\/b><\/p>\n<p>1. Libro de la Sabidur\u00ed\u00ada<\/p>\n<p>(-> juicio, sierx\u2020\u2122o de Yahv\u00e9, chivo expiatorio, asesinato). La justicia (seclaq\u00e1, dykaiosyn\u00e9) est\u00e1 en el centro del mensaje de la Biblia y ofrece, quiz\u00e1, su mayor aportaci\u00f3n humana y religiosa. Ella no puede confundirse con la simple justicia moral (propia de las virtudes cardinales), entendida de manera filos\u00f3fica o judicial (en el Derecho Romano), sino que es ante todo la justicia salvadora de Dios.<\/p>\n<p>(1) Dos sentidos b\u00e1sicos. He comenzado distinguiendo la justicia b\u00ed\u00adblica de la justicia filos\u00f3fico-judicial. Pero debo matizar mejor esa diferencia, (a) Plano judicial. Ciertamente, en un nivel, la justicia b\u00ed\u00adblica puede y debe compararse con la justicia de casi todas las culturas de la tierra, que han buscado un equilibrio de tali\u00f3n* entre la acci\u00f3n y la sanci\u00f3n, para fundar de esa manera el orden de la vida sobre el mundo. En ese sentido, la justicia expresa tambi\u00e9n un orden de Dios, que busca la igualdad y dignidad entre los hombres; por eso, la injusticia y el asesinato* son pecado, como sabe el conjunto de la Biblia, desde Gn 4 (muerte de Abel), pasando por la opresi\u00f3n de los vigilantes (1 Henoc*), hasta culminar en el gran retablo de la injusticia universal que Pablo ha condenado en Rom 1,18-32. (b) Justicia y orden suprajudicial. Pero, en otro sentido, la justicia entendida como pura igualdad no basta por s\u00ed\u00ad misma: ni responde al misterio de Dios ni sirve para superar la violencia de la historia humana. Por eso, la justicia de Dios en el Antiguo Testamento se entiende b\u00e1sicamente como acci\u00f3n salvadora: Dios no es un simple juez que aguarda desde fuera, mirando lo que hacen los hombres para luego sancionarles, sino que es justo realizando su justicia, es decir, ofreciendo a los hombres y mujeres un camino de salvaci\u00f3n.<\/p>\n<p>(2) Contrapunto cristiano. Jes\u00fas se sit\u00faa en la l\u00ed\u00adnea anterior, cuando apela a la justicia entendida como gracia* (perd\u00f3n y no violencia, amor al enemigo). Esta es la justicia m\u00e1s alta de la que habla Mt 5,20 (\u00c2\u00a1si vuestra justicia no fuere mayor que la de los escribas y fariseos&#8230;!), \u00e9sa es la justicia entendida como justificaci\u00f3n del pecador, que est\u00e1 en el fondo de todo el mensaje de Pablo, empe\u00f1ado en superar el nivel de la pura justicia de las obras, como muestra Rom 1,18-32. Si la justicia de Dios se desplegara y cumpliera simplemente conforme a los principios de la ley, siguiendo el equilibrio del tali\u00f3n, no podr\u00ed\u00ada haber surgido el pueblo de Israel, ni tampoco el cristianismo, de manera que Jes\u00fas hubiera muerto en vano (cf. Gal 2,21). Toda la Biblia, y no s\u00f3lo san Pablo, distingue, por tanto, dos niveles de justicia, (a) Hay una justicia de la Ley que sirve de alguna forma para resolver unos problemas en el \u00e1mbito social, como debe hacer Roma o las autoridades del mundo, que no en vano llevan la balanza y la espada del juicio (cf. Rom 13,4). (b) Y hay una justicia  m\u00e1s alta: \u00abPero ahora, fuera de la Ley se ha manifestado la justicia de Dios, testificada por la Ley y por los profetas; la justicia de Dios por medio de la fe en Jesucristo, para todos los que creen en \u00e9l. Porque no hay diferencia, por cuanto todos pecaron, y est\u00e1n privados de la gloria de Dios, pero son justificados gratuitamente por su gracia, mediante la redenci\u00f3n que es en Cristo Jes\u00fas\u00bb (Rom 3,21-23). Esta es la justicia que brota del amor gratuito, justicia que nunca se merece y que los hombres s\u00f3lo pueden recibir y compartir como creyentes, porque \u00abel justo vive de la fe\u00bb (Rom 1,17; 3,26; Gal 3,1; cf. Os 2,4).<\/p>\n<p>(3) Libro de la Sabidur\u00ed\u00ada, libro de Justicia. Presenta, de un modo privilegiado, los valores y retos de la justicia b\u00ed\u00adblica, tal como se expresa en la figura privilegiada el justo perseguido (cf. Sab 2,10-20), uno de los personajes m\u00e1s importantes de la Biblia, por su sentido intr\u00ed\u00adnseco y por el influjo que ha tenido en la experiencia posterior de jud\u00ed\u00ados y cristianos. Estamos ante un caso paradigm\u00e1tico, que nos permite entender el sentido de la justicia, (a) El justo es pobre. \u00abAtropellemos al justo que es pobre, no nos apiademos de la viuda, ni respetemos las canas venerables del anciano; que la fuerza sea para nosotros la ley de la justicia, pues lo d\u00e9bil, es claro, no sirve para nada\u00bb (Sab 2,10-11). El gozo de la vida parece reservado a los ricos-triunfadores, de manera que la misma vida se vuelve injusta para aquellos que no pueden disfrutarla, pues son pobres o se encuentran solos o son ya mayores (ancianos), (b) Los ricos son injustos. Este pasaje supone que los ricos son injustos, simplemente por serlo, siempre que no ayuden a los pobres, pues de hecho aquellos que buscan s\u00f3lo su placer, en un mundo lleno de necesidades, gozan y viven a costa de los pobres. Conforme a la tradici\u00f3n israelita, la justicia se expresa en el amor a los hu\u00e9rfanos*, viudas* y extranjeros*, es decir, ayudando a los oprimidos (cf. Ex 22,20-23; Dt 16,9-15; 24,17-22). (c) Los ricos identifican justicia y poder. Los fuertes-ricos de nuestro pasaje interpretan la justicia en un sentido contrario al del Antiguo Testamento, como si ella fuera expresi\u00f3n de su fuerza: \u00abque la fuerza sea para nosotros la ley de la justicia\u00bb. Los poderosos aparecen as\u00ed\u00ad como due\u00f1os del \u00e1rbol del bien y del mal, de manera que definen lo justo e injusto, lo legal o ilegal, conforme a sus propios intereses. En el plano econ\u00f3mico emerge de esta forma el rico injusto, aquel que puede tener y disfrutar, a diferencia (y a costa) del pobre. En plano social est\u00e1 el que tiene una buena familia (un grupo que le apoya), frente a la viuda, que aparece as\u00ed\u00ad como persona que no tiene respaldo social ni derechos. Finalmente, en el plano vital se eleva el joven frente al viejo. La cultura antigua veneraba a los ancianos, como signo de sabidur\u00ed\u00ada y continuidad vital; pero la nueva carrera del placer rechaza a los ancianos, dej\u00e1ndolos a un lado. La fiesta de la finitud (que se opone a la fiesta de la gracia) selecciona a los fuertes (ricos, influyentes y j\u00f3venes), marginando y oprimiendo as\u00ed\u00ad a los pobres, viudas y ancianos.<\/p>\n<p>(4) Justicia y pobreza. Al justo le acusan y condenan, porque no acepta el sistema, porque la aut\u00e9ntica justicia, llevada hasta el l\u00ed\u00admite, supera todo sistema judicial y se abre a un nivel de gracia: \u00abAcechemos al justo que nos resulta inc\u00f3modo: se pone contra nosotros, nos echa en cara las faltas contra la Ley&#8230; Afirma que conoce a Dios y dice que es hijo del Se\u00f1or. Se ha vuelto acusador de nuestras convicciones y s\u00f3lo el mirarle se nos hace muy pesado&#8230; Su vida es diferente a la vida de los otros; sus caminos son totalmente distintos. Piensa que nosotros somos una moneda falsa y se aparta de nuestras sendas como contaminadas; proclama dichoso el final de los justos y se glor\u00ed\u00ada por tener a Dios por Padre\u00bb (Sab 2,1016). El justo de este pasaje es alguien que no acepta las normas del sistema, ni se pliega a los dictados de la mayor\u00ed\u00ada. Este justo es un pobre, pero no por necesidad o fortuna, sino por vocaci\u00f3n; prefiere ser diferente, cultivando otros valores, desplegando otros principios de vida, y de esa forma se vuelve objeto de envidia y rechazo para aquellos que marcan el sentido oficial de la justicia. El texto nos sit\u00faa as\u00ed\u00ad ante el tema de la disidencia: los ricos-triunfadores, que definen lo que es justo, no pueden soportar la diversidad, no admiten otros valores que los suyos, en clave social o religiosa, cultural o ling\u00fc\u00ed\u00adstica; por eso, ellos condenan a los disidentes (justos) diciendo que en el fondo son injustos. Estos disidentes no se enfrentan con los fuertes con medios militares, sino  en un plano de resistencia e insumisi\u00f3n no violenta. En el nivel de la justicia del tali\u00f3n, una violencia se vence con otra; pues bien, en contra de eso, los justospobres del libro de la Sabidur\u00ed\u00ada se enfrentan a los justos-ricos con el testimonio de su vida: no se averg\u00fcenzan ni ocultan, no se esconden, sino que se limitan a mantener su fidelidad a la vida en la misma plaza donde otros s\u00f3lo quieren celebrar la fiesta del poder que lleva a la muerte. Nos hallamos, por tanto, ante dos tipos de justicia: la del sistema, que acude a la fuerza para defenderse; y la de la gracia de la vida, que no se defiende con violencia, sino que se deja matar.<\/p>\n<p>(5) Dos justicias. El libro de la Sabidur\u00ed\u00ada ha llevado este an\u00e1lisis de la justicia hasta sus \u00faltimas consecuencias, plante\u00e1ndolo de un modo concreto, en la prueba de la vida. Los justos-ricos s\u00f3lo pueden apelar a la prueba de la violencia. Se creen justos porque \u00abpueden\u00bb, imponiendo de esa manera su visi\u00f3n del orden: \u00abVamos a ver si es verdad lo que dice [el justo pobre], comprobando c\u00f3mo es su muerte; si este justo es hijo de Dios, Dios lo auxiliar\u00e1 y lo arrancar\u00e1 de la mano de sus adversarios. Lo someteremos a torturas y ultrajes, para conocer su paciencia y comprobar su aguante; lo condenaremos a muerte ignominiosa, pues dice que hay alguien que se ocupa de \u00e9l\u00bb (Sab 2,17-20). El justo-pobre no puede apelar a la fuerza, pero cree en la vida eterna y por eso puede mantenerse fiel a su justicia. Por el contrario, los justos-ricos (los injustos) no creen en la vida eterna (sino s\u00f3lo en la vida que ellos dominan) y para probar el valor de lo que tienen, es decir, el valor de su sistema, no encuentran otro camino que acabar matando a quienes rechazan su forma de vida. Normalmente, los hombres se matan a consecuencia de una guerra o conflicto entre poderes semejantes y limitados: reino contra reino, grupo contra grupo&#8230; Unos y otros sienten la necesidad de conquistar la misma tierra o se combaten por motivos raciales o econ\u00f3micos&#8230; Pues bien, nuestro pasaje es m\u00e1s profundo y nos conduce hasta la misma ra\u00ed\u00adz de la violencia, que nace precisamente all\u00ed\u00ad donde unos hombres se sienten capaces de imponer sobre los dem\u00e1s su visi\u00f3n de una justicia que es injusta. Los violentos lo tienen todo, pues forman un imperio sin l\u00ed\u00admites ni enemigos exteriores, pero no tienen justicia. Aqu\u00ed\u00ad ha culminado la visi\u00f3n israelita de la justicia, ofreciendo una reflexi\u00f3n que no ha sido superada en la historia de la humanidad.<\/p>\n<p>Cf. J. R. BUSTO, La justicia es inmortal. Una lectura de la sabidur\u00ed\u00ada de Salom\u00f3n, Sal Terrae, Santander 1992; P. JARAMILLO, La injusticia y la opresi\u00f3n en el lenguaje figurado de los profetas, Monograf\u00ed\u00adas ABE-Verbo Divino, Estella 1992; P. MIRANDA, Marx y la Biblia. Cr\u00ed\u00adtica a la filosof\u00ed\u00ada de la opresi\u00f3n, S\u00ed\u00adgueme, Salamanca 1972; E. NARDONI, Los que buscan la justicia: un estudio de la justicia en el mundo b\u00ed\u00adblico. Verbo Divino, Estella 1997; X. PIKAZA, Antropolog\u00ed\u00ada b\u00ed\u00adblica, S\u00ed\u00adgueme, Salamanca 2006; J. L. SICRE, Con los pobres de la tierra. La justicia social en los profetas de Israel, Cristiandad, Madrid 1984.<\/p>\n<p>JUSTICIA<br \/>\n2. Jes\u00fas<\/p>\n<p>(gracia, perd\u00f3n, ley, justo perseguido). La tradici\u00f3n cristiana ha interpretado el mensaje y la muerte de Jes\u00fas desde la perspectiva del justo sufriente de Sab 2 (justicia* 1). Teniendo eso en cuenta, citamos unas palabras centrales de su mensaje: \u00abHab\u00e9is o\u00ed\u00addo que se dijo: Amar\u00e1s a tu pr\u00f3jimo y odiar\u00e1s a tu enemigo. Pero yo os digo: amad a vuestros enemigos y orad por los que os persiguen, para que se\u00e1is hijos de vuestro Padre que est\u00e1 en los cielos; porque El hace salir su sol sobre malos y buenos, y llover sobre justos e injustos. Porque si am\u00e1is a los que os aman, \u00bfqu\u00e9 recompensa ten\u00e9is? \u00bfNo hacen tambi\u00e9n lo mismo los publ\u00ed\u00adcanos? Y si salud\u00e1is solamente a vuestros hermanos, \u00bfqu\u00e9 hac\u00e9is de m\u00e1s? Tambi\u00e9n los gentiles lo hacen. Por tanto, sed vosotros perfectos como vuestro Padre celestial es perfecto\u00bb (Mt 5,43-48).<\/p>\n<p>(1) Los bienes del mundo, bienes comunes. Este pasaje sorprendente est\u00e1 fundado en la observaci\u00f3n de la naturaleza. Es claro que la lluvia no distingue entre el campo del justo y del malvado, y que el sol alumbra por igual a todos los humanos. A partir de aqu\u00ed\u00ad podr\u00ed\u00ada deducirse, y as\u00ed\u00ad lo hacen algunos, que no hay orden ni verdad sobre la tierra: da lo mismo comportarse bien o ser perversos. Otros afirman que no hay Dios en este mundo, sino un destino que cabalga ciego sobre todos los humanos, como en alg\u00fan momento parece haber pensado el mismo Eclesiast\u00e9s del Antiguo Testamento.  Pues bien, en contra de eso, abriendo sus ojos de amor sobre las cosas, Jes\u00fas ha descubierto que el sol del cielo y la lluvia de la tierra, que caen por igual sobre buenos y perversos, son un signo de la creatividad y del perd\u00f3n m\u00e1s alto de Dios, que ofrece vida a todos, de un modo gratuito, superando las normas de justicia legal que despu\u00e9s se han establecido. Las religiones tienden a encerrar a Dios en cl\u00e1usulas de ley mundana, como si El tuviera que ser bueno con aquellos que nosotros suponemos buenos (= con nosotros), castigando de manera implacable a los culpables (= a los otros). Pero no es as\u00ed\u00ad. Los bienes de este mundo (agua y calor) no est\u00e1n repartidos seg\u00fan normas o leyes de justicia distributiva, sino que Dios ofrece su abundancia (expresada en sol y lluvia) de manera generosa, abierta a todos los vivientes. Esa actitud de Dios, bueno con todos (dentro de un mundo que a otro plano sigue siendo enigm\u00e1tico), debe conducirnos a la generosidad interhumana. Por eso, la antigua ley de equivalencias (ojo por ojo y diente por diente; amar a los amigos y odiar o someter a los enemigos) pierde su sentido: tambi\u00e9n los humanos podemos y debemos portarnos como Dios, ofreci\u00e9ndonos los dones de la vida con generosidad.<\/p>\n<p>(2) Una justicia realista. Ciertamente, Jes\u00fas sabe que hay males e injusticias sobre el mundo: pocos como \u00e9l han conocido los dolores de la historia (enfermos y excluidos de la tierra, condenados por la ley del mundo). Pues bien, a pesar de eso, o precisamente por eso, ha querido ofrecer su alternativa de amor universal, que no atiende a razones de justicia legal (que nos invitan a dar al otro lo debido, ofrecer a cada uno lo que es suyo), sino a la m\u00e1s profunda raz\u00f3n del puro bien. De esa manera ha elevado el m\u00e1s bello de los cantos de la creaci\u00f3n, situ\u00e1ndose all\u00ed\u00ad donde al principio Dios hab\u00ed\u00ada dicho que todas las creaturas eran (y siguen siendo) buenas (cf. Gn 1). Alguien pudiera afirmar que no ha sido realista, sino idiota, es decir, un pobre ingenuo, alejado del mundo, como supon\u00ed\u00ada Nietzsche. Pues bien, en contra de eso, desde el fondo de esa ingenuidad de amor, como ni\u00f1o que vuelve al principio de la creaci\u00f3n, para alumbrar desde Dios lo que pueden y deben ser las cosas de este mundo, Jes\u00fas se eleva an te nosotros como el m\u00e1s realista de todos: realista de la gracia que triunfa sobre el legalismo, del amor que vence al odio, de la vida que supera a la muerte. De esa forma supera la espiral de violencias (de juicio y de venganza) que amenaza con destruir la historia humana, introduciendo el puro amor de Dios (perd\u00f3n que ni siquiera debe \u00abperdonar\u00bb) en medio de la lucha de la historia. Otros sabios lo hab\u00ed\u00adan entrevisto: algunos neoplat\u00f3nicos griegos, ciertos confucianos de China, bastantes budistas&#8230; De formas diversas, tambi\u00e9n ellos hab\u00ed\u00adan descubierto la gratuidad generosa de la vida, la eficacia m\u00e1s alta del amor que regala de manera gratuita la existencia. Pero s\u00f3lo Jes\u00fas ha llegado hasta el final en esta l\u00ed\u00adnea, expresando (realizando) con su vida el ideal de su doctrina, de manera que 1 Cor 1,30 ha podido presentarle como la reconciliaci\u00f3n y gracia de Dios para todos los hombres.<\/p>\n<p>(3) Los planos de la vida. Este pasaje de Jes\u00fas incluye dos ense\u00f1anzas b\u00e1sicas. (a) Neutralidad c\u00f3smica positiva de Dios. Normalmente suponemos que el mundo ha de ser bueno para los buenos y malo para los malos, y as\u00ed\u00ad rezamos a Dios, para que \u00abse porte bien con nosotros\u00bb: le pedimos la lluvia y queremos que nos libre de las enfermedades y desgracias. Pues bien, el texto dice que Dios cuida (y descuida) por igual a unos y otros, en afirmaci\u00f3n que rompe nuestros presupuestos religiosos: \u00c2\u00a1Llueve tambi\u00e9n sobre aquellos que no rezan! (b) Invitaci\u00f3n de amor universal. Ese descubrimiento (\u00c2\u00a1Dios ofrece por igual sus bienes!) pod\u00ed\u00ada conducir al desinter\u00e9s intrac\u00f3smico: \u00c2\u00a1Da lo mismo ser bueno que malo! Sin embargo, el texto invierte ese argumento y lo convierte en principio de amor escatol\u00f3gico: \u00c2\u00a1Para ser hijo de Dios debes amar de igual manera a todos, especialmente a los enemigos! Esta neutralidad c\u00f3smica de Dios, que tiene un car\u00e1cter amoroso, como el sol y la lluvia, va en contra de un tipo de religiosidad apocal\u00ed\u00adptica* del tiempo de Jes\u00fas (que hablaba de castigos c\u00f3smicos de Dios para los pecadores); ella va incluso en contra de las ant\u00ed\u00adtesis del libro de la Sabidur\u00ed\u00ada, centradas en el tali\u00f3n c\u00f3smico: \u00abPorque la creaci\u00f3n, sirvi\u00e9ndote a ti, su hacedor, se tensa para castigar a los malvados y se distiende para beneficiar a los que conf\u00ed\u00adan en ti\u00bb (Sab  16,24; cf. Sab 5,21-22). En ese nivel (que no es el nivel del justo perseguido: justicia* 1), el libro de la Sabidur\u00ed\u00ada supone que cada hombre encuentra aquello que merece: enferma quien busca enfermedad con su conducta; se angustia o deprime aquel que lo ha buscado a trav\u00e9s de su comportamiento. Es evidente que en un plano esa visi\u00f3n resulta verdadera, como supone Gn 2-3, cuando afirma que el pecado engendra muerte (entendida incluso en sentido f\u00ed\u00adsico). Pero, en otro plano, resulta insuficiente, como sabe Gn 1 y Gn 8,22, que ponen de relieve la bondad universal de la creaci\u00f3n de Dios, con independencia de las obras de los hombres. La gracia creadora y suprajudicial de Dios nos libera del agobio* del juicio (es decir, del cumplimiento de la ley) y nos permite vivir en actitud de gracia, amando a los enemigos. No tenemos que pensar ya en reprimir a los dem\u00e1s, ni en la venganza de Dios, pues Dios es gracia universal y as\u00ed\u00ad debemos ser tambi\u00e9n nosotros. Dios emerge por encima de las divisiones sociales o morales, dentro de un mun do que tambi\u00e9n tiene sus sombras. Todo viene de Dios: sol y oscuridad, lluvia y sequ\u00ed\u00ada, salud y enfermedad&#8230; Pero no todo resulta equivalente, no todo da lo mismo: la vida es m\u00e1s valiosa que la muerte, el sol vale m\u00e1s que la tiniebla, el agua m\u00e1s que las arenas del desierto. El mundo es bueno en su pluralidad, en un nivel de ley, pero no puede cerrarse en s\u00ed\u00ad mismo, pues el agua que riega los campos y el sol que alumbra la tierra son signo de un Dios que se sit\u00faa por encima de la ley, como fuente gratuita de vida y principio de perd\u00f3n y amor para los hombres.<\/p>\n<p>Cf. J. P. Meier, Law and History in Matthew\u2020\u2122s Cospel, Roma 1976; E. Nardoni, LOS que bascan la justicia: un estudio de la justicia en el mundo b\u00ed\u00adblico. Verbo Divino, Estella 1997; A. Nygren, Eros et Agape. La notion chr\u00e9tienne de l\u2020\u2122amour et ses transfonnations I-II, Aubier, Par\u00ed\u00ads 1962; X. Pikaza, Antropolog\u00ed\u00ada b\u00ed\u00adblica, S\u00ed\u00adgueme, Salamanca 2006; H. Schelkle, Teolog\u00ed\u00ada del Nuevo Testamento III. Moral, Herder, Barcelona 1975; R. Scnnackenburg, Mensaje moral del Nuevo Testamento, Herder, Barcelona 1989; W. Scnrage, Etica del Nuevo Testamento, S\u00ed\u00adgueme, Salamanca 1987.<br \/>\n .<\/p>\n<p>PIKAZA, Javier, Diccionario de la Biblia. Historia y Palabra, Verbo Divino, Navarra 2007<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de la Biblia Historia y Palabra<\/b><\/p>\n<p>En la Biblia, la palabra no indica simplemente la justicia legal o social, sino la justicia evang\u00e9lica:  \u00abBuscad ante todo el Reino de Dios y lo que es propio de \u00e9l, y Dios os dar\u00e1 lo dem\u00e1s\u00bb. Es la justicia por la cual a Abrah\u00e1n se le llama el justo. Jos\u00e9 es hombre justo. Jes\u00fas es llamado el justo y el santo.  \u00bfQu\u00e9 es entonces la justicia del Reino, entendida como cualidad suprema del cristiano? El aspecto que m\u00e1s destaca la Escritura es que esta perfecta justicia o santidad (podr\u00ed\u00adamos tambi\u00e9n decir vida de caridad) consiste en vivir seg\u00fan Dios. Una vida que se remite a Dios como regla de conducta, como causa interior y motor de toda acci\u00f3n.  Una vida que tiene a Dios por regla es una vida hecha a imitaci\u00f3n de Dios. La realidad \u00faltima a la que tenemos que tender, los mores cristianos, la moral cristiana, est\u00e1 en la imitaci\u00f3n de Dios. Lo leemos claramente, por ejemplo, en el serm\u00f3n de la monta\u00f1a, cuando Jes\u00fas, despu\u00e9s de ofrecer varios ejemplos de comportamientos del disc\u00ed\u00adpulo, dice: \u00abSed perfectos, como vuestro Padre celestial es perfecto\u00bb.  Y el ap\u00f3stol, en la Carta a los Efesios, describe algunas actitudes t\u00ed\u00adpicas de la moralidad cristiana, concluyendo: \u00abHaceos, pues, imitadores de Dios como hijos muy queridos\u00bb.<\/p>\n<p> Carlo Mar\u00ed\u00ada Martini, Diccionario Espiritual, PPC, Madrid, 1997<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario Espiritual<\/b><\/p>\n<p>En todas las culturas est\u00e1 difundida una acepci\u00f3n filos\u00f3fica, jur\u00ed\u00addica y judic\u00ed\u00adal de la justicia. En la Biblia, sin embargo, la palabra \u00abjusticia\u00bb indica sobre todo el estado de conformidad de la persona con una visi\u00f3n trascendente de la humanidad, la que tiene Dios como creador y redentor del mismo hombre. Es un estado personal de buena relaci\u00f3n y comuni\u00f3n con Dios, que se expresa en la dimensi\u00f3n lit\u00fargica de la existencia (Sal 15; 17).<\/p>\n<p>En el Antiguo Testamento el hombre justo es aquel que se adhiere por completo a la voluntad de Dios (Gn 15,6), que es fiel a la alianza y a sus obligaciones (Ez 20,21-24; Dt -9,16) Y proyecta luego este modo de vivir en las relaciones con los otros miembros de la comunidad social religiosa en que vive (cf. 1s 5,lss; Ez 18,lss), en particular con los que viven en apuros (cf. Am 2,lss; 5,lss; Sal 103,6; etc.). Dios es sumamente justo, es decir, conforme a su ser de manera perfecta y perpetua. Es justo porque se relaciona con Israel, siempre en relaci\u00f3n con el pacto de alianza que lo une al pueblo. Por eso mismo, son comportamientos justos de Dios todas las acciones que realiza para salvar a Israel, para liberarlo de las situaciones de peligro, para garantizarle el futuro. Pero tambi\u00e9n es justo Yahveh cuando castiga la infidelidad y el pecado, tanto del pueblo como de los individuos. En efecto, el pecado y la infidelidad son aquellas realidades que provocan la ca\u00ed\u00adda de Israel en la injusticia, es decir, en la deformidad respecto a los deseos divinos y que provocan la ira punitiva, pero medicinal, de Dios.<\/p>\n<p>As\u00ed\u00ad pues, la justicia tiene dos caracteres de fondo: vertical, de relaci\u00f3n con Dios, y horizontal, de referencia a la vida en com\u00fan. El fin de la justicia es provocar en los hombres una forma de integridad de vida que sea una imagen de la justicia divina, pero tambi\u00e9n producir la retribuci\u00f3n que Dios dar\u00e1 a los hombres sobre la base de su justicia.<\/p>\n<p>Esta retribuci\u00f3n, que por largo tiempo fue en el Antiguo Testamento de \u00ed\u00adndole terrena Y material, se desplaza luego a la metahistoria. Los libros sapienciales har\u00e1n consistir la justicia del piadoso israelita en la observancia amorosa de la ley divina (Ecl; Eclo; Sal 1;etc.).<\/p>\n<p>En el juda\u00ed\u00adsmo intertestamentario justicia es la preservaci\u00f3n valiente de la fe en las persecuciones y dificultades, Y en la observancia pr\u00e1ctica de todas las normas de vida dadas por Dios en la Ley escrita y oral. En los \u00faltimos siglos d\u00e9 la historia de Israel, cuando el peligro sea la degeneraci\u00f3n idol\u00e1trica, justicia significar\u00e1 sobre todo resistir conservar la fe y despreciar la apostas\u00ed\u00ada incluso a costa del martirio (1 Ma(l 7).<\/p>\n<p>En el Nuevo Testamento, sin embargo, especialmente en Pablo pero tambi\u00e9n en otros textos, justicia indica la condici\u00f3n de redenci\u00f3n que el hombre recibe como fruto de los acontecimientos pascuales de Cristo y de la acci\u00f3n del Esp\u00ed\u00adritu Santo en la Iglesia, La fe en Cristo y la conformaci\u00f3n cristol\u00f3gica real que se ofrece en el bautismo son el fundamento de la justicia cristiana, que es la experiencia incoativa del reino de Dios inaugurado por Cristo. El es el rey-mes\u00ed\u00adas de justicia prometido por Dios, que produjo un pueblo de justos (2 Cor 5,21) con su sacrificio expiatorio, sacando a todos de la injusticia y de la pretensi\u00f3n de justicia (paganos y hebreos). Esta justicia no es consecuencia de las obras del hombre, ni de la observancia de la ley divina (Rom 10,3; Flp 3,9), sino que es concedida por Dios en Jesucristo muerto y resucitado; es \u00e9l el que quita el pecado y la injusticia de los hombres y les da la vida de Dios (el Esp\u00ed\u00adritu), Cristo gobierna con su Esp\u00ed\u00adritu (1 Cor 12) a este pueblo escatol\u00f3gico, al que ha dado una ley nueva para vivir con justicia, la que sigui\u00f3 \u00e9l mismo y la que interioriza cada vez m\u00e1s en su pueblo, resumida en la regla de oro del cristiano: el amor a Dios que es tambi\u00e9n amor al pr\u00f3jimo (Mt 22,37-39). Mientras que la Iglesia act\u00faa esta nueva forma de vivir, que hace al hombre id\u00f3neo para vivir ya la vida de Cristo en la historia con los dinamismos \u00e9ticos que caracterizan a la vida cristiana (Sant 1 3), y lo extiende a todos los que no lo poseen todav\u00ed\u00ada, aguarda con ansia el cumplimiento de la conformaci\u00f3n escatol\u00f3gica con la justicia de Dios, sabiendo que la situaci\u00f3n hist\u00f3rica es todav\u00ed\u00ada de presencia simult\u00e1nea de la justicia con la injusticia, mientras que s\u00f3lo el reino futuro (Mt6, 33;13) es ajeno al pecado y a la injusticia.<\/p>\n<p>T . Stancati<\/p>\n<p>Bibl.: G. Campanini. Justicia, en DTI, III, 212-237: K, Berger, Justicia, en SM, 1V 1162-1169; H, Seebass, Justicia, en DTNT: 11, 404-411: J Alfaro, Cristianismo y justicia, PPC, Madrid 1973; J M. Guix, Justicia y caridad, PPC, Madrid 1977. M, Gelaberl, En el nombre del justo, San Pablo, Madrid 1987; AA, VV , La justicia que brota de la f\u00e9 (Rom 9 30), Sal Terrae, Santander 1982.<\/p>\n<p>PACOMIO, Luciano [et al.], Diccionario Teol\u00f3gico Enciclop\u00e9dico, Verbo Divino, Navarra, 1995<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario Teol\u00f3gico Enciclop\u00e9dico<\/b><\/p>\n<p>SUMARIO: I. La justicia en la cultura de hoy. II. Antiguo Testamento: 1. Terminolog\u00ed\u00ada; 2. La \u00abjusticia\u00bb de Abrah\u00e1n (G\u00e9n 15); 3. Los justos de Sodoma y Gomorra; 4. Tamar es justa; 5. La justicia en la obra deuteronomista: a) La misi\u00f3n del rey, b) La \u00abt\u00f3rah\u00bb; 6. La predicaci\u00f3n de los profetas preex\u00ed\u00adlicos; 7. Profetas del per\u00ed\u00adodo babil\u00f3nico; 8. El \u00abjusto\u00bb en los Salmos; 9. Los libros sapienciales. III. Nuevo Testamento: 1. La predicaci\u00f3n de Jes\u00fas; 2. San Pablo; 3. Otros escritos del NT; 4. Conclusi\u00f3n.<\/p>\n<p>I. LA JUSTICIA EN LA CULTURA DE HOY. \u00abJustitia\u00bb es una palabra de abundante consumo en la cultura contempor\u00e1nea, pero tambi\u00e9n una noci\u00f3n cambiante, que se especifica de diversas formas seg\u00fan el cuadro ideol\u00f3gico y cultural en que se coloca. Est\u00e1 presente sobre todo en el lenguaje jur\u00ed\u00addico, pol\u00ed\u00adtico y \u00e9tico con significados diferentes.<\/p>\n<p>En el plano jur\u00ed\u00addico, la noci\u00f3n de justicia que nos parece m\u00e1s corriente es la que elabor\u00f3 el antiguo derecho romano y que formul\u00f3 as\u00ed\u00ad Ulpiano: \u00abJustitia est constans et perpetua voluntas suum unicuique tribuendi\u00bb (Dig. I, 1,10). Este \u00absuum\u00bb que corresponde a cada uno es un conjunto de derechos humanos. Hacer valer la \u00abjusticia\u00bb significa entonces reconocer y defender los derechos de cada persona. La determinaci\u00f3n de tales derechos depende de opciones ideol\u00f3gicas, pol\u00ed\u00adticas y sociales previas. En el plano \u00e9tico-religioso, la noci\u00f3n corriente de justicia recoge sustancialmente la definici\u00f3n de Ulpiano, como en el caso de santo Tom\u00e1s de Aquino, para quien la justicia es \u00abhabitus secundum quem aliquis constanti et perpetua voluntate jus suum unicuique tribuit\u00bb (S. Th., II-II, q. 58, a. 1). La justicia entendida de este modo, en sentido cristiano, es la primera exigencia de la caridad como reconocimiento de la dignidad y de los derechos del pr\u00f3jimo. Observemos la dificultad de compaginar esta definici\u00f3n con la falta en los evangelios de reglas sobre los derechos de justicia; m\u00e1s a\u00fan, da la impresi\u00f3n de ser una definici\u00f3n m\u00e1s jur\u00ed\u00addica que cristol\u00f3gica, ya que falta la referencia a Jesucristo.<\/p>\n<p>La justicia y la injusticia pueden referirse tambi\u00e9n a estructuras o situaciones socio-pol\u00ed\u00adticas opresivas, que niegan los derechos de la persona, o bien a las que son promotoras de la dignidad y de los derechos del hombre.<\/p>\n<p>Esta simple alusi\u00f3n a la acepci\u00f3n tan difundida de justicia tiene solamente la finalidad de preparar el terreno para nuestra encuesta b\u00ed\u00adblica. Efectivamente, nos preguntamos si el t\u00e9rmino\/concepto hebreo de sedaqah o el griego de dikaiosyne corresponden exactamente a aquellas definiciones de justicia antes recordadas y com\u00fanmente aceptadas. De este modo aparecer\u00e1 m\u00e1s claramente el car\u00e1cter espec\u00ed\u00adfico y la originalidad de la concepci\u00f3n b\u00ed\u00adblica de la justicia.<\/p>\n<p>II. ANTIGUO TESTAMENTO. 1. TERMINOLOG\u00ed\u008dA. El t\u00e9rmino hebreo que solemos traducir por \u00abjusticia\u00bb est\u00e1 cargado de dos significados fundamentales, de los que se derivan luego connotaciones diferentes seg\u00fan los contextos en que se le emplea. Por un lado designa una relaci\u00f3n no primariamente con la norma \u00e9tica o jur\u00ed\u00addica, sino con la comunidad: indica una actitud fiel, leal y constructiva respecto a la comunidad, y no tanto obediencia a unas normas. Por otro lado, la justicia b\u00ed\u00adblica indica tambi\u00e9n una condici\u00f3n \u00f3ptima de la comunidad, un estado de salud comunitario, por el que el individuo se encuentra viviendo dentro de una red de relaciones p\u00fablicas armoniosas y saludables. Por consiguiente, creemos que el t\u00e9rmino $edaqah puede traducirse -como ya han propuesto varios exegetas- por \u00abfidelidad \/ lealtad a la comunidad\u00bb o por \u00absolidaridad con la comunidad\u00bb. Se trata, pues, de un t\u00e9rmino\/concepto vinculado siempre a la idea de relaciones sociales armoniosas que dan origen a un bienestar, a un \u00aborden\u00bb comunitario. En relaci\u00f3n con la definici\u00f3n de Ulpiano y de Tom\u00e1s podr\u00ed\u00adamos decir que no interesa tanto el lado subjetivo de la \u00abvoluntas\u00bb cuanto m\u00e1s bien el lado objetivo del \u00abunicuique\u00bb, puesto que indica la comunidad. El ser justo no se mide por una norma abstracta y absoluta, sino por las exigencias concretas de relaciones de comuni\u00f3n con Dios y con los hombres. Algunos autores preferir\u00ed\u00adan distinguir, en hebreo, entre sedagah para indicar un \u00abacto\u00bb justo, y sedeq, que designar\u00ed\u00ada m\u00e1s bien una cualidad, un orden justo. Pero esta distinci\u00f3n no parece estar justificada.<\/p>\n<p>2. LA \u00abJUSTICIA\u00bb DE ABRAH\u00ed\u0081N (GEN 15). Abrah\u00e1n no tiene hijos. \u00bfCu\u00e1l ser\u00e1 su descendencia? \u00bfQuiz\u00e1 su criado? Dios le promete: \u00abLevanta tus ojos al cielo y cuenta, si puedes, las estrellas. As\u00ed\u00ad ser\u00e1 tu descendencia\u00bb (G\u00e9n 15:5). Resulta ya parad\u00f3jico prometer un hijo a un anciano de noventa y nueve a\u00f1os (G\u00e9n 17:1); pero m\u00e1s incre\u00ed\u00adble todav\u00ed\u00ada es la promesa de una descendencia numerosa como las estrellas del cielo. Evidentemente, se quiere resaltar precisamente el car\u00e1cter parad\u00f3jico de la promesa divina y la exigencia de una fe a toda prueba.<\/p>\n<p>Pues bien, Abrah\u00e1n crey\u00f3 en su Dios. El verbo \u00abcreer\u00bb significa literalmente en hebreo \u00abapoyarse fijamente en alguna cosa\u00bb. Abrah\u00e1n renuncia a buscar en s\u00ed\u00ad mismo un apoyo, una seguridad, y se f\u00ed\u00ada completamente de Yhwh, por muy parad\u00f3jica e incre\u00ed\u00adble que le parezca su promesa. As\u00ed\u00ad pues, Abrah\u00e1n crey\u00f3 en Dios, \u00abque le consider\u00f3 como un hombre justo\u00bb (G\u00e9n 15:6).<\/p>\n<p>El verbo traducido por \u00abconsiderar\u00bb -o \u00abacreditar\u00bb, seg\u00fan otras versiones- se deriva del lenguaje cultual (cf Lev 7:18; Lev 13:17.23.28.37.44; Lev 17:4; N\u00fam 18:27), para indicar la aceptaci\u00f3n de un sacrificio que agrada a Dios; o bien sirve para designar la declaraci\u00f3n de la pureza o la impureza de una cosa. Aqu\u00ed\u00ad, en G\u00e9n 15, el contexto no es cultual, sino que se refiere a la relaci\u00f3n entre Abrah\u00e1n y Dios en un contexto de vida ordinaria familiar.<\/p>\n<p>Dios declara que la fe de Abrah\u00e1n es \u00abjusticia\u00bb, esto es, una actitud de disponibilidad para la comuni\u00f3n con \u00e9l. En efecto, creer quiere decir estar pronto y dispuesto lealmente para la comuni\u00f3n con Yhwh; y esto es ser justo. Solamente el justo es realmente creyente. La \u00abjusticia\u00bb, en este trozo, designa, por consiguiente, una conducta que se desarrolla en el interior de una relaci\u00f3n de comuni\u00f3n entre dos partes, Dios y Abrah\u00e1n. La justicia establece, garantiza y mantiene la comuni\u00f3n; Abrah\u00e1n es justo porque se abre a la comuni\u00f3n con Dios; pero su justicia es reconocida y acogida por el Dios justo. Entre Dios y Abrah\u00e1n reina la justicia porque han desaparecido todos los obst\u00e1culos para la comuni\u00f3n entre los dos.<\/p>\n<p>3. Los JUSTOS DE SODOMA Y GOMORRA. Con Yhwh tuvo Abrah\u00e1n una disputa sobre la suerte de la ciudad de Sodoma (G\u00e9n 18:22-23). La imagen dominante es la de un proceso: Dios es acusador y juez, Sodoma es la acusada, Abrah\u00e1n es el abogado defensor. El problema consist\u00ed\u00ada en encontrar 50, 45, 40, 30, 20 \u00f3 10 justos entre los sodomitas, o sea, 10 personas que en el proceso intentado contra ellos por Dios resultasen inocentes.<\/p>\n<p>Para comprender este p\u00e1rrafo del G\u00e9nesis es necesario preguntarse: \u00bfQui\u00e9n es \u00abjusto\u00bb en un proceso? \u00bfC\u00f3mo establecer el criterio de la justicia? \u00bfQu\u00e9 es la justicia? Para responder, me permito recoger una larga cita de G. von Rad: \u00abTambi\u00e9n la convivencia de los hombres se juzgaba por completo desde el punto de vista de la fidelidad comunitaria. Cuando Sa\u00fal dec\u00ed\u00ada que David era m\u00e1s justo que \u00e9l, intentaba decir que hab\u00ed\u00ada tomado en serio la relaci\u00f3n comunitaria que exist\u00ed\u00ada entre los dos y la hab\u00ed\u00ada tenido m\u00e1s en cuenta (1Sa 24:18). El hecho de que David no hubiera tocado a Sa\u00fal mientras \u00e9ste se encontraba indefenso en su poder es designado como justicia suya (1Sa 26:23). Naturalmente, era tambi\u00e9n a menudo funci\u00f3n de los tribunales locales examinar el comportamiento de un hombre sobre la base de su fidelidad comunitaria y declarar su inocencia o su punibilidad. Sin embargo, no se puede decir ni mucho menos que este concepto veterotestamentario de justicia sea un concepto espec\u00ed\u00adficamente forense; abarcaba toda la vida de los israelitas, siempre que se encontrasen en una relaci\u00f3n comunitaria. Y sobre todo un comportamiento de fidelidad comunitaria incluye mucho m\u00e1s que una simple correcci\u00f3n o legalidad, m\u00e1s que una justicia en nuestro sentido del t\u00e9rmino. Aquella relaci\u00f3n de interdependencia exig\u00ed\u00ada pruebas de bondad, de fidelidad y -seg\u00fan las circunstancias- de compasi\u00f3n caritativa con el pobre y con el que sufre (Pro 12:10; Pro 21:26; Pro 29:27)\u00bb.<\/p>\n<p>As\u00ed\u00ad pues, una vez establecido el sentido de \u00abjusticia\u00bb como fidelidad comunitaria, \u00bfqui\u00e9nes son los \u00abjustos\u00bb del p\u00e1rrafo del G\u00e9nesis? Desde Sodoma y Gomorra se levanta hasta Dios el \u00abgran grito\u00bb de los oprimidos, de los d\u00e9biles, de los explotados por la violencia ajena; el pecado o el mal por el que llega hasta Dios el grito de lamento y de invocaci\u00f3n es un obrar violento y destructor de las relaciones comunitarias. La violencia es el pecado de Sodoma (cf G\u00e9n 19:1-29), es decir, una actitud anticomunitaria.<\/p>\n<p>Los justos que Dios busca incluso en Sodoma y Gomorra son hombres solidarios de los dem\u00e1s, capaces de edificar la comunidad renunciando a la violencia; y no s\u00f3lo a la violencia sexual (G\u00e9n 19), sino a toda violencia.<\/p>\n<p>4. TAMAR ES JUSTA. La saga de Tamar (G\u00e9n 38) es otro ejemplo para ilustrar el sentido b\u00ed\u00adblico de justicia. Tamar se casa con Er, pero \u00e9ste muere sin dejar descendencia. Entonces Jud\u00e1 le da como marido a su otro hijo, On\u00e1n, que act\u00faa de forma que evita tener hijos, y el Se\u00f1or le hace morir. Entonces Tamar se viste de prostituta y seduce a Jud\u00e1, que no reconoce a su nuera y tiene un hijo de ella.<\/p>\n<p>Acusada de prostituci\u00f3n y llevada ante Jud\u00e1 como juez, Tamar es condenada a muerte. Pero ella demuestra que no es una prostituta, sino que ha querido tener un hijo de la familia de su marido. Y Jud\u00e1 exclama entonces: \u00abElla es m\u00e1s justa que yo\u00bb (G\u00e9n 38:26).<\/p>\n<p>Jud\u00e1 no hab\u00ed\u00ada querido dar a su hijo m\u00e1s joven como esposo a Tamar (G\u00e9n 38:26), ya que tem\u00ed\u00ada que Sel\u00e1 muriese como los otros (G\u00e9n 38:11). No se preocupa de la familia ni, por tanto, de la descendencia. Tamar, por el contrario, aunque recurriendo a medios extremos, ha demostrado fidelidad a la familia de su marido, procurando a toda costa darle una descendencia. Seg\u00fan ciertos criterios morales, se dir\u00ed\u00ada que Tamar actu\u00f3 mal, injustamente. Pero juzgando desde el punto de vista de la fidelidad comunitaria, es preciso reconocer que fue m\u00e1s justa que Jud\u00e1. La relaci\u00f3n comunitaria es el criterio para valorar si una persona es o no justa.<\/p>\n<p>5. LA JUSTICIA EN LA OBRA DEUTERONOMISTA. La obra hist\u00f3rica deuteronomista (Dtr), que comprende los libros desde Dt a 2Re y fue redactada probablemente en dos fases, entre la \u00e9poca del rey Jos\u00ed\u00adas (640-609 a.C.) y el destierro [\/ Deuteronomio I, 3; \/ Pentateuco I-VII], nos ofrece la posibilidad de verificar ulteriormente el sentido de \u00abjusticia\u00bb.<\/p>\n<p>a) La misi\u00f3n del rey. En 2Sa 8:15 se lee: \u00abDavid rein\u00f3 sobre todo Israel, y administr\u00f3 rectamente (mispat) la justicia (sedagah) a todo su pueblo\u00bb. Est\u00e1 aqu\u00ed\u00ad compendiada la misi\u00f3n propia del rey: hacer valer el derecho (mispat), es decir, un pr\u00f3spero orden social, y la justicia (sedagah), es decir, una ordenada vida comunitaria.<\/p>\n<p>La reina de Sab\u00e1, ante el rey Salom\u00f3n, exclama: \u00ab\u00c2\u00a1Bendito sea el Se\u00f1or, tu Dios, que se ha complacido en ti, poni\u00e9ndote sobre el trono de Israel! En su amor eterno a Israel te ha constituido rey para administrar el derecho (mapa&#8217;) y la justicia (sedaqah)\u00bb (1Re 10:9).<\/p>\n<p>A menudo se habla de la justicia como misi\u00f3n del rey (cf 1Sa 24:18; 1Sa 26:33; I Apo 3:6). La justicia representa la s\u00ed\u00adntesis de las funciones del rey, y no es solamente una cualidad entre las dem\u00e1s. La justicia del rey, que es tambi\u00e9n la suprema corte de apelaci\u00f3n en los procesos, no es tampoco solamente la equidad de los juicios, sino la conducta con que el rey se hace fiador y promotor de la prosperidad, de la paz, del bienestar de la comunidad nacional. Pero tambi\u00e9n como juez (s\u00f3fet), el rey interviene para dirimir un conflicto que amenaza a la vida de la comunidad (cf 2Sam 14; l Re 3).<\/p>\n<p>Lo mismo que en el uso jur\u00ed\u00addico, tampoco para el rey la justicia se refiere \u00fanicamente a la conducta del rey, sino tambi\u00e9n a la restauraci\u00f3n de las relaciones comunitarias que hab\u00ed\u00adan quedado alteradas por un delito o por alg\u00fan comportamiento injusto. Por eso el salmista reza: \u00abOh Dios, haz que el rey ejerza tu justicia (sedagah), que el descendiente real ejerza tu derecho (mispat)\u00bb (Sal 72:1). La justicia y el derecho pertenecen a Dios (\u00abtu derecho\u00bb &#8211; \u00abtu justicia\u00bb), que los concede al rey. Tenemos aqu\u00ed\u00ad un replanteamiento radical de la figura del rey, puesto que se reconoce que si el rey hace valer el derecho y la justicia, como era su cometido, es solamente porque los ha recibido como don de Dios. \u00daltimamente, por tanto, no es ya el rey, sino el Se\u00f1or, la fuente de la construcci\u00f3n arm\u00f3nica de la sociedad. \u00abLa justicia y el derecho son la base de su trono (del de Dios)\u00bb (Sal 89:15; Sal 97:2); \u00abLa justicia marchar\u00e1 delante de \u00e9l (Dios), ir\u00e1 prepar\u00e1ndole el camino\u00bb (Sal 85:14).<\/p>\n<p>La justicia significa tambi\u00e9n \u00abpaz\u00bb (sal\u00f3m), es decir, integridad y plenitud saludable de la existencia. Tanto la justicia como la paz son don de Dios, inseparables la una de la otra: \u00abLa justicia y la paz se abrazar\u00e1n\u00bb (Sal 85:11). Dios es capaz de hacer brotar la paz y la justicia, es decir, de instituir una sociedad nueva: \u00abLa tierra producir\u00e1 lealtad y la justicia mirar\u00e1 desde los cielos\u00bb (Sal 85:13).<\/p>\n<p>As\u00ed\u00ad pues, le corresponde al rey la misi\u00f3n de hacer valer y mantener, dentro del pueblo de Israel, una conducta fiel a la comunidad, la lealtad y la solidaridad, la paz y la justicia que ha recibido como don de Dios.<\/p>\n<p>b) La \u00abt\u00f3rah\u00bb. El concepto de justicia aparece varias veces en el contexto de los c\u00f3digos legales. Es justo el que es fiel a la t\u00f3rah y la observa; culpable el que no la sigue (cf Exo 23:7 : \u00abNo hagas morir al inocente y al justo, porque yo no absolver\u00e9 al malvado\u00bb). Se ha querido ver una derivaci\u00f3n cultual del concepto de justicia, en el sentido de que se referir\u00ed\u00ada siempre a la declaraci\u00f3n de los sacerdotes, que reconoc\u00ed\u00adan en los que participaban en el culto la observancia de los preceptos de la ley (cf Sal 24). Creo que no siempre es posible derivar exclusivamente del culto el concepto de justicia, el cual est\u00e1 relacionado m\u00e1s bien, a mi juicio, con la vida concreta de la sociedad del pueblo de Dios. Esto significa que justo no es simplemente aquel que act\u00faa en conformidad con la norma o con la ley, e injusto el que vive sin ley (cf los LXX, que traducen rs, malvado, con el t\u00e9rmino \u00e1nomos, \u00absin ley\u00bb).<\/p>\n<p>Dios ha dado a su pueblo \u00ableyes y mandamientos justos\u00bb (Deu 4:8). Toda la obra hist\u00f3rica del Dtr exhorta con calor e insistencia a la obediencia a la \u00abley\u00bb dada por Dios. \u00bfPero qu\u00e9 es la t\u00f3rah? Se suele traducir este t\u00e9rmino hebreo por \u00abley\u00bb o \u00abinstrucci\u00f3n\u00bb; pero, mir\u00e1ndolo bien, no se trata simplemente de una \u00aborden\u00bb o mandamiento, ni de una pura instrucci\u00f3n, en el sentido de una ense\u00f1anza doctrinal abstracta. La t\u00f3rah es una instrucci\u00f3n te\u00f3rico-pr\u00e1ctica, dada con vistas a la edificaci\u00f3n de la comunidad de Yhwh. Por tanto, podr\u00ed\u00adamos traducirla por \u00abordenamiento comunitario\u00bb. Efectivamente, ata\u00f1e a todos los comportamientos justos, es decir, constructivos, de la comunidad. Por tanto, es justo aquel que observa la t\u00f3rah, no tanto y no s\u00f3lo porque obedece a una ley, sino porque realiza su fidelidad a la comunidad, obedeciendo y practicando la t\u00f3rah. Por otra parte, hay que recordar que Israel no es capaz de observar la t\u00f3rah si Dios no le circuncida el coraz\u00f3n: \u00abEl Se\u00f1or, tu Dios, circuncidar\u00e1 tu coraz\u00f3n y el de tus descendientes para que le ames con todo tu coraz\u00f3n y toda tu alma, y as\u00ed\u00ad vivas\u00bb (Deu 30:6).<\/p>\n<p>Por eso la justicia es gracia de Dios y no un m\u00e9rito de Israel, es un don y no una conquista: \u00abNo digas en tu coraz\u00f3n: `Por mi justicia me ha dado el Se\u00f1or la posesi\u00f3n de esta tierra&#8217;, siendo as\u00ed\u00ad que es por su injusticia por lo que el Se\u00f1or echa a esas naciones lejos de ti. No por tu justicia ni por la rectitud de tu coraz\u00f3n vas a entrar en posesi\u00f3n de la tierra, sino por la injusticia de esas naciones las echa el Se\u00f1or lejos de ti, y tambi\u00e9n para cumplir el juramento hecho a vuestros padres Abrah\u00e1n, Isaac y Jacob. Reconoce que el Se\u00f1or, tu Dios, no te da la posesi\u00f3n de esa buena tierra debido a tu justicia, pues no eres m\u00e1s que un pueblo de cabeza dura\u00bb (Deu 9:4-6). Tanto Israel, que tiene la \u00abcabeza dura\u00bb, como los cananeos son \u00abpecadores\u00bb; nadie puede reivindicar la posesi\u00f3n de la tierra por su justicia. La posesi\u00f3n de la tierra es concedida gratuitamente por Dios a Israel s\u00f3lo porque Dios es fiel a las promesas hechas a los padres. Dios se dirige a Israel pecador, que no tiene una \u00abjusticia\u00bb propia, y lo \u00abhace justo\u00bb, le da una justicia al darle la tierra. Israel es \u00abjustificado\u00bb por pura gracia. Si observa la t\u00f3rah, Israel mostrar\u00e1 que ha sido \u00abjustificado\u00bb por Dios: \u00abEsta ser\u00e1 nuestra justicia (ante Dios): guardar y poner en pr\u00e1ctica \u00ed\u00adntegramente estos mandamientos en presencia del Se\u00f1or, nuestro Dios, como \u00e9l nos lo ha ordenado\u00bb (Deu 6:25).<\/p>\n<p>La \u00abjusticia\u00bb se manifiesta de la manera m\u00e1s clara en la conducta social del individuo: \u00abSi haces alg\u00fan pr\u00e9stamo al pr\u00f3jimo, no entres en su casa para elegir la prenda, cualquiera que sea, sino que esperar\u00e1s fuera a que el deudor te saque la prenda. Si \u00e9ste fuera pobre, no retendr\u00e1s contigo la prenda ni siquiera una noche, sino que se la devolver\u00e1s a la puesta del sol, para que \u00e9l, al acostarse, pueda arroparse con su manto y te bendiga. Esta ser\u00e1 una buena acci\u00f3n (lit.: una justicia) a los ojos del Se\u00f1or, tu Dios\u00bb (Deu 24:10-13). La comuni\u00f3n con Dios se mantiene a trav\u00e9s de la fidelidad a su t\u00f3rah, que exige fidelidad social a la comunidad.<\/p>\n<p>6. LA PREDICACI\u00ed\u201cN DE LOS PROFETAS PREEXILICOS. El profeta \/ Am\u00f3s fue definido justamente como \u00abel profeta de la justicia\u00bb. Efectivamente, denuncia a aquellos que convierten el derecho (mispat) en ajenjo y echan por tierra la justicia (sedaqah) (Deu 5:7; cf 6,12). El mispat y la Sedagah son las columnas fundamentales de la convivencia comunitaria, el r\u00ed\u00ado de agua viva que parte de Dios y que es capaz, si es acogido, de sanear de nuevo a la sociedad, como sue\u00f1a Am\u00f3s: \u00abQuiero que el derecho (mapa&#8217;) fluya como el agua, y la justicia (Sedagah) como torrente perenne\u00bb (5,24). El inocente, que es v\u00ed\u00adctima de la opresi\u00f3n de los poderosos, es llamado \u00abjusto\u00bb (2,6; 5,12), ya que su pobreza y su miseria son una denuncia silenciosa, pero poderosamente concreta, de la injusticia. El pobre, injustamente pisoteado, es definido justo, ya que solamente de los pobres no culpables de violencia y opresi\u00f3n es de donde puede partir una renovaci\u00f3n de la sociedad y la instauraci\u00f3n de la justicia. Observemos que para Am\u00f3s, como para los dem\u00e1s profetas, la \u00abjusticia\u00bb es un comportamiento que va m\u00e1s all\u00e1 del puro principio de \u00abdarle a cada uno lo suyo\u00bb o del puro \u00abdar y recibir\u00bb, puesto que implica la compasi\u00f3n, la misericordia, la solidaridad, o sea, la fidelidad comunitaria.<\/p>\n<p>Para \/ Oseas la justicia es el precio nupcial que paga Yhwh para unir consigo como esposa a Israel: \u00abMe casar\u00e9 contigo para siempre, me casar\u00e9 contigo en la justicia y el derecho, en la ternura y el amor; me casar\u00e9 contigo en la fidelidad, y t\u00fa conocer\u00e1s al Se\u00f1or\u00bb (Ose 2:21-22). El Dios justo paga, como precio nupcial, una ordenaci\u00f3n social saludable y vivificante para Israel, la justicia. La justicia es don de Dios y es la condici\u00f3n para la comuni\u00f3n con Dios y para la prosperidad social y econ\u00f3mica pac\u00ed\u00adfica de Israel.<\/p>\n<p>\/ Isa\u00ed\u00adas denuncia la corrupci\u00f3n de Jerusal\u00e9n, en otros tiempos ciudad fiel, pero que se ha convertido ahora en una meretriz (Isa 1:21-27): \u00ab\u00c2\u00a1C\u00f3mo se ha prostituido la ciudad fiel, Si\u00f3n, tan llena de justicia! Moraba en ella el derecho: \u00c2\u00a1ahora, en cambio, asesinos!\u00bb (v. 21). La ciudad est\u00e1 ahora llena de asesinos, de ladrones, de pr\u00ed\u00adncipes corrompidos, que \u00abno hacen justicia al hu\u00e9rfano ni atienden la causa de la viuda\u00bb(v. 23). Dios intervendr\u00e1 para hacer de nuevo justa a la ciudad, s\u00ed\u00admbolo de todo el pueblo de Israel: \u00abHar\u00e9 a tus jueces como eran y a tus consejeros como antes. En adelante se te llamar\u00e1 ciudad de la justicia, ciudad fiel. Si\u00f3n ser\u00e1 redimida con el derecho, y sus convertidos con la justicia\u00bb (v. 27). La justicia, o sea, la condici\u00f3n nueva en que Jerusal\u00e9n podr\u00e1 vivir pr\u00f3spera y feliz, no puede venir m\u00e1s que de Dios para aquellos que se conviertan, es decir, que se abran a acoger el don de la justicia.<\/p>\n<p>7. PROFETAS DEL PER\u00ed\u008dODO BABIL\u00ed\u201cNico. \/ Jerem\u00ed\u00adas denuncia la desaparici\u00f3n de la fidelidad comunitaria en el reino de Jud\u00e1, que se ha hecho todav\u00ed\u00ada m\u00e1s p\u00e9rfido que el reino tan corrompido del norte; en comparaci\u00f3n, \u00e9ste ahora resulta m\u00e1s justo (3,11). En Jer 9:22-23 leemos: \u00abEsto dice el Se\u00f1or: No presuma el sabio de su sabidur\u00ed\u00ada, no presuma el fuerte de su fuerza, no presuma el rico de su riqueza; quien quiera presumir, que presuma de esto: de tener inteligencia y conocerme, porque yo soy el Se\u00f1or, que hago misericordia, derecho y justicia en la tierra. S\u00ed\u00ad, esto es lo que me agrada -dice el Se\u00f1or-\u00ab.<\/p>\n<p>Son tres los posibles \u00ed\u00addolos del hombre: la sabidur\u00ed\u00ada, la fuerza y la riqueza; pero el verdadero valor es el conocimiento de Dios como aquel que crea relaciones humanas justas, estableciendo en la tierra la justicia.<\/p>\n<p>La corrupci\u00f3n social y la ausencia de justicia resuenan tambi\u00e9n en labios de \/ Ezequiel (Jer 16:51-52). Pero Jerem\u00ed\u00adas afirma claramente que Dios es siempre justo (Jer 12:1). Y el profeta Sofon\u00ed\u00adas proclama que Dios es el \u00fanico sol de justicia para Israel: \u00abEl Se\u00f1or es justo en medio de ella (Jerusal\u00e9n), no hace nada injusto; cada ma\u00f1ana dicta su sentencia, nunca falta al alba\u00bb (Sof 3:5).<\/p>\n<p>El establecimiento de una comunidad pr\u00f3spera y armoniosa es esperado para el futuro mesi\u00e1nico, ligado a la llegada de un rey justo: \u00abVienen d\u00ed\u00adas -dice el Se\u00f1or- en que yo suscitar\u00e9 a David un v\u00e1stago leg\u00ed\u00adtimo, que reinar\u00e1 como verdadero rey, con sabidur\u00ed\u00ada, y ejercer\u00e1 el derecho y la justicia en la tierra\u00bb (Jer 23:5). La convivencia comunitaria debidamente ordenada, la lealtad y la solidaridad aparecen como un don salv\u00ed\u00adfico del Dios justo. El mes\u00ed\u00adas futuro ser\u00e1 incluso llamado \u00abSe\u00f1or-nuestra-justicia\u00bb (Jer 23:5).<\/p>\n<p>As\u00ed\u00ad pues, se fue haciendo cada vez m\u00e1s clara en los profetas la convicci\u00f3n de que una sociedad nueva, es decir, la justicia, no puede ser m\u00e1s que fruto de una intervenci\u00f3n salv\u00ed\u00adfica de Dios. Esto puede explicar la tendencia a identificar la justicia de Dios con su acci\u00f3n salv\u00ed\u00adfica, como en Isa 45:19 : \u00abYo, el Se\u00f1or, predico la justicia y anuncio el derecho\u00bb (cf Isa 46:12 : \u00abPr\u00f3xima est\u00e1 mi justicia, no est\u00e1 lejos, mi salvaci\u00f3n no tardar\u00e1\u00bb). Cuando en el AT se le atribuye la justicia a Dios, se pone de relieve sobre todo el aspecto positivo de salvaci\u00f3n, m\u00e1s bien que el aspecto negativo-penal de castigo. En 2Cr 12:6 la derrota de Robo\u00e1n bajo el fara\u00f3n Sesac es atribuida al Se\u00f1or, que ha abandonado a Israel en manos del enemigo; pero el pueblo reconoce: \u00abJusto es el Se\u00f1or\u00bb; es decir, reconoce que \u00e9l todav\u00ed\u00ada puede salvar y quiere salvar. La justicia de Dios est\u00e1 hecha de gracia y de fidelidad a las promesas (cf Deu 32:4 : \u00abTodos sus caminos son la justicia misma; el Dios fiel, en \u00e9l no hay maldad; es justo y recto\u00bb). Por eso las justicias (sedag\u00f3t) de Dios para Israel son sus acciones salv\u00ed\u00adficas (cf Jue 5:11; lSam 12,7). En los profetas solamente hay tres pasajes que parecen considerar la justicia de Dios como castigo por los pecados (Isa 5:16 : \u00abEl Dios santo su santidad mostrar\u00e1 al hacer justicia\u00bb; Isa 10:22 : \u00abLa destrucci\u00f3n est\u00e1 decretada como plenitud de la justicia\u00bb; \u00abEl Se\u00f1or es justo en medio de ella, no hace nada injusto; cada ma\u00f1ana dicta su sentencia\u00bb). Mir\u00e1ndolo bien, incluso en estos textos el castigo no es la \u00faltima palabra de Dios, sino que est\u00e1 en funci\u00f3n de una voluntad de salvaci\u00f3n; el castigo es una correcci\u00f3n disciplinar con vistas a la conversi\u00f3n y a la liberaci\u00f3n del pueblo.<\/p>\n<p>En todos los profetas, \u00abjusticia\u00bb equivale a plan salv\u00ed\u00adfico de Dios o a acci\u00f3n salv\u00ed\u00adfica. Dios no quiere m\u00e1s que la salvaci\u00f3n. El es justo porque salva (Isa 45:21); si castiga, lo hace pensando siempre en la salvaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Israel no es justo: m\u00e1s a\u00fan, est\u00e1 lejos de la justicia (Isa 46:12); todo lo m\u00e1s, lo es alguna vez; pero pronto desaparece su justicia \u00abcomo las olas del mar\u00bb (Isa 48:18).<\/p>\n<p>El tema de la justicia es dominante en el Segundo y en el Tercer Isa\u00ed\u00adas. Nos detendremos tan s\u00f3lo en un pasaje significativo: \u00abEl Se\u00f1or quiere, por amor a su justicia, engrandecer y magnificar la ley (t\u00f3rah)\u00bb (Isa 42:21), es decir, instituir un nuevo orden social (t\u00f3rah). Este es el sue\u00f1o de Dios, su voluntad: que su acci\u00f3n salv\u00ed\u00adfica, dirigida a crear una sociedad nueva (justicia), se concrete en la historia visiblemente; por eso ha dado a Israel la t\u00f3rah, una ordenaci\u00f3n comunitaria nueva.<\/p>\n<p>8. EL \u00abJUSTO\u00bb EN LOS SALMOS. En  el libro de los Salmos es donde aparece m\u00e1s frecuentemente, y con diversos significados, la ra\u00ed\u00adz hebrea sdq. En la oraci\u00f3n s\u00e1lmica se entrecruzan a menudo la justicia divina y la humana.<\/p>\n<p>Para el orante, Dios mismo es la justicia: \u00abCuando te invoco, t\u00fa me atiendes, oh Dios de mi justicia\u00bb (Sal 4:2). Yhwh es el \u00fanico rey perfectamente justo: \u00abEl Se\u00f1or hace justicia y libera a todos los oprimidos\u00bb (Sal 103:6). Incluso \u00ablos cielos proclaman su justicia\u00bb (Sal 97:6). Y el salmista se hace eco de la voz de los cielos: \u00abMi lengua anunciar\u00e1 entonces tu justicia y proclamar\u00e1 tu alabanza todo el d\u00ed\u00ada\u00bb (Sal 35:28). En el canto de acci\u00f3n de gracias exclama el salmista: \u00abPregon\u00e9 tu justicia a la gran asamblea, no he cerrado mis labios; t\u00fa lo sabes, Se\u00f1or. No he dejado de hablar de tu justicia, he proclamado tu lealtad y tu salvaci\u00f3n, no he ocultado tu amor y tu fidelidad ante la gran asamblea\u00bb (Sal 40:10-11). Justicia es sin\u00f3nimo de lealtad, de fidelidad, de salvaci\u00f3n, de misericordia de Dios; es decir, es la salvaci\u00f3n comunitaria que viene de Dios.<\/p>\n<p>La justicia divina es la fuente de una vida individual y comunitaria pr\u00f3spera, buena y feliz. Cuando es enviada por Dios a la tierra, produce vida y fecundidad (Sal 66:6-14), da la victoria sobre los enemigos (Sal 48:11), concede al pueblo de Israel la capacidad de hacer reinar el derecho y la justicia (Sal 99:4).<\/p>\n<p>El \u00e1mbito de la justicia creada por Dios no es solamente el individuo y su vida interior, sino su existencia en la comunidad y sus relaciones con los dem\u00e1s hombres. Dios act\u00faa con su justicia, que es la voluntad eficaz de crear la comunidad de su pueblo, y le da a Israel la capacidad de ser fiel a la comunidad. El \u00e1mbito de la justicia es m\u00e1s amplio que el que circunscriben las leyes. As\u00ed\u00ad pues, el salmista presupone que el hombre no es capaz por s\u00ed\u00ad solo de construir la comunidad y de tener una vida justa sin la intervenci\u00f3n de la justicia divina. La justicia divina equivale, por tanto, a la salvaci\u00f3n que Dios realiza para el hombre tanto en el \u00e1mbito individual como comunitario. Cuando Dios es llamado \u00abjusto juez\u00bb (Sal 9:9; Sal 96:13; Sal 98:9), se desea expresar no tanto una justicia distributiva cuanto m\u00e1s bien la funci\u00f3n regia que Dios ejerce liberando a los d\u00e9biles, a los oprimidos, a los pobres. Dios es justo porque ayuda, porque es ben\u00e9volo y misericordioso, porque libera y da la victoria, porque salva y hace a los hombres capaces de ser justos.<\/p>\n<p>Es frecuente en los salmos la protesta del salmista que se declara justo delante de Dios. \u00abLa desenvoltura con que los orantes afirman continuamente que han observado todos los mandamientos y con que utilizan el atributo de saddiq refiri\u00e9ndolo a ellos mismos es realmente asombrosa\u00bb (G. von Rad). \u00abLos salmistas no pretenden hacer un examen de conciencia y demostrar que son justos frente a Dios, es decir, moralmente irreprochables. M\u00e1s bien se sit\u00faan a s\u00ed\u00ad mismos en la imagen del saddfq paradigm\u00e1tico\u00bb (G. von Rad); afirman su firme voluntad de ser justos ante Dios o, mejor dicho, de que Dios los haga y los encuentre justos. Por eso \u00abjusto\u00bb tiende a ser equivalente de \u00abcreyente\u00bb (Sal 1:5-6; Sal 32:11; Sal 33:1; etc.). Al proclamar que es justo, el salmista expresa la voluntad de acoger la justicia divina.<\/p>\n<p>9. LOS LIBROS SAPIENCIALES. En la literatura sapiencial se tiende a identificar \u00abjusticia\u00bb con \u00absabidur\u00ed\u00ada\u00bb. La sabidur\u00ed\u00ada es la cualidad caracter\u00ed\u00adstica del rey, del juez y del gobernante; por eso mismo el juez tiene que ser justo (Pro 8:15-16; Pro 16:13; Pro 31:9), como el rey; pero \u00abla justicia y el derecho\u00bb son \u00abdemocratizados\u00bb, es decir, se convierten en una funci\u00f3n de cada individuo frente a su pr\u00f3jimo (Pro 1:3; Pro 2:9; Pro 8:20; Pro 21:3). La \u00abjusticia\u00bb tiende a equivaler a la \u00abreligiosidad\u00bb (Pro 10:2; Pro 11:4-6.19), a la benevolencia (Sir 3:34; Sir 7:10; Sir 12:3), a la piedad para con los padres (Pro 2:20; Pro 3:33; Pro 4:18).<\/p>\n<p>El libro de los \/ Proverbios identifica al justo con el sabio. El justo es generoso (Pro 21:26), no miente (Pro 13:5), se preocupa de los pobres (Pro 29:7), en el tribunal intenta defender al oprimido (Pro 18:5; Pro 24:23-24). Tambi\u00e9n aqu\u00ed\u00ad \u00abjusto\u00bb es el que se muestra fiel a la comunidad con una actitud constructiva. Solamente la sabidur\u00ed\u00ada puede dar la capacidad de ser justos y de practicar la justicia. \u00abPor m\u00ed\u00ad -dice la sabidur\u00ed\u00ada- reinan los reyes y los pr\u00ed\u00adncipes decretan la justicia&#8230; Yo voy por las sendas de la justicia, por los senderos de la equidad\u00bb ( Pro 8:15.20).<\/p>\n<p>El libro de \/ Job pone en discusi\u00f3n la justicia de Dios, entendida como la conducta con que Dios premia a los buenos y castiga a los malos, seg\u00fan la tesis de los amigos de Job. Elifaz, por ejemplo, dice: \u00ab\u00bfTe castiga acaso por tu piedad y entra en juicio contigo?\u00bb (Pro 22:4). Dios castiga solamente al culpable. Frente a Dios la justicia del hombre es nula, sostiene Elih\u00fa: \u00abSi eres justo, \u00bfqu\u00e9 le das con ello? \u00bfQu\u00e9 recibe \u00e9l de tu mano? A un hombre igual que t\u00fa afecta tu maldad, aun hijo de hombre tu justicia\u00bb (Pro 35:7-8). La justicia de Dios es desinteresada. Dios es \u00abmaestro de justicia, a nadie oprime\u00bb (Pro 37:23).<\/p>\n<p>Job critica la justicia de Dios: \u00ab\u00c2\u00a1Por el Dios vivo, que me ha quitado mi derecho; por el Todopoderoso, que me amarga el alma!\u00bb (Pro 27:2). Y proclama,en voz alta su propia justicia: \u00abDe justicia me hab\u00ed\u00ada vestido y ella me cubr\u00ed\u00ada, la justicia era mi manto y mi turbante\u00bb (Pro 29:14). Job era la encarnaci\u00f3n de la justicia: ayudaba a los pobres, a las viudas, a los hu\u00e9rfanos, y defend\u00ed\u00ada la causa de los d\u00e9biles (Pro 29:11-17). Sin embargo, Job se interroga: \u00ab\u00bfC\u00f3mo frente a Dios puede tener raz\u00f3n el hombre?\u00bb (Pro 9:2). Y a su vez Dios le interroga: \u00ab\u00bfEs que quieres anular mi derecho (mispat)? Para justificarte, \u00bfme vas a condenar?\u00bb (Pro 40:8). Dios rechaza el razonamiento de Job, seg\u00fan el cual hay que acusar a Dios para justificar al hombre o acusar al hombre para justificar a Dios. En realidad, Dios es justo porque quiere salvar al hombre en su sabidur\u00ed\u00ada; pero la justicia del hombre no es una autosalvaci\u00f3n independiente de Dios. Al final, Job, que \u00abse ten\u00ed\u00ada por justo\u00bb (32,1), se reconoce pecador y se arrepiente (42,6), reconociendo el misterio de la justicia insondable de Dios.<\/p>\n<p>Todos los sabios, que reflexionan a partir de la observaci\u00f3n de la vida diaria, advierten la falta de justicia en el mundo. El m\u00e1s desencantado observador de la vida es \/ Qoh\u00e9let, que indica: \u00abY he visto m\u00e1s debajo del sol: en el lugar del derecha est\u00e1 el delito; y en el lugar de la justicia, la injusticia\u00bb (3,16). El orden social est\u00e1 alterado y el sabio asiste impotente al imperio de la injusticia. Uno oprime al otro con su injusticia: \u00abSi ves en la regi\u00f3n al pobre oprimido, el derecho y la justicia violados, no te sorprendas por eso; es que sobre una autoridad hay vigilando otra autoridad, y sobre \u00e9sta hay a\u00fan otras autoridades\u00bb (5,7). La sociedad es una cadena de injusticias.<\/p>\n<p>Qoh\u00e9let se pregunta c\u00f3mo puede la justicia jactarse de un valor salv\u00ed\u00adfico o de una superioridad sobre la injusticia, siendo as\u00ed\u00ad que \u00abestas dos cosas he visto en mis d\u00ed\u00adas de vanidad: justo que perece a pesar de su justicia, e injusto que prolonga sus d\u00ed\u00adas a pesar de su injusticia\u00bb (7,15). Y somete a verificaci\u00f3n la teor\u00ed\u00ada de la justicia-felicidad, es decir, que el justo es feliz y que el imp\u00ed\u00ado acaba mal, confront\u00e1ndola con la experiencia cotidiana. Pues bien, es evidente que tanto los justos como los malvados-necios mueren, y que incluso estos \u00faltimos viven m\u00e1s tiempo: \u00abJusto que perece a pesar de su justicia, e injusto que prolonga sus d\u00ed\u00adas a pesar de su injusticia\u00bb (7,15). Todos mueren de la misma manera (3,20), tanto los sabios justos como los necios-injustos. \u00bfC\u00f3mo salir de este callej\u00f3n sin salida? Qoh\u00e9let ve s\u00f3lo una soluci\u00f3n: lo que importa es temer a Dios y evitar los dos peligros (cf 7,18), es decir, pensar que la felicidad est\u00e1 mec\u00e1nicamente vinculada a la justicia, y negarse a aceptar que hay un sentido en el mundo. El mundo tiene un sentido, hay una justicia; pero ese sentido y esa justicia se le escapan al hombre, porque s\u00f3lo los conoce Dios. El hombre tiene que aprender a fiarse de Dios y a recibir de \u00e9l lo que le concede en el momento presente.<\/p>\n<p>Todo el libro de la \/ Sabidur\u00ed\u00ada est\u00e1 preocupado por el tema de la justicia (dikaiosyn\u00e9), que es el tema central del libro. El t\u00ed\u00adtulo de la obra podr\u00ed\u00ada tomarse de Sab 1:1 : \u00abAmad la justicia los que gobern\u00e1is la tierra\u00bb. Ya en Pro 16:12 se dec\u00ed\u00ada: \u00abEl rey debe odiar la injusticia, porque el trono est\u00e1 establecido en la justicia\u00bb.<\/p>\n<p>La justicia va unida al recto pensamiento sobre Dios y a la b\u00fasqueda de su voluntad: \u00abPensad del Se\u00f1or con rectitud, buscadle con sencillez de coraz\u00f3n\u00bb(Sab 1:1). En efecto, \u00abel Se\u00f1or es justo y ama la justicia\u00bb (Sal 11:7). El que tiene de Dios una idea equivocada acaba amando la injusticia, y el que ama la injusticia acaba teniendo una idea equivocada de Dios (cf tambi\u00e9n Rom 1:18 respecto a los que \u00abdetienen la verdad (la revelaci\u00f3n de Dios) con la injusticia\u00bb). En efecto, \u00abconocerte a ti (Se\u00f1or) lleva a la justicia perfecta\u00bb (Rom 15:3), que conduce a la inmortalidad: \u00abReconocer tu poder es la ra\u00ed\u00adz de la inmortalidad\u00bb (Rom 15:3). Aqu\u00ed\u00ad se encierra el jugo de todo el libro de la Sabidur\u00ed\u00ada: la sabidur\u00ed\u00ada hace conocer a Dios; el poder de Dios es fuente de justicia (\u00abPorque tu fuerza es el principio de tu justicia\u00bb:Rom 12:16); \u00abla justicia es inmortal\u00bb (Rom 1:15). He aqu\u00ed\u00ad la tr\u00ed\u00adada fundamental y la secuencia sint\u00e9tica que se desarrolla en la Sabidur\u00ed\u00ada: sabidur\u00ed\u00ada-justiciavida inmortal bienaventurada.<\/p>\n<p>El justo es aquel que posee la sabidur\u00ed\u00ada, es decir, el conocimiento de Dios (Rom 2:13). Por el contrario, el culto a los \u00ed\u00addolos sin nombre es principio, causa y fin de todo mal (Rom 14:27). Una comunidad o sociedad que no reconoce a Dios no puede tener otra ley que \u00abla fuerza\u00bb (Rom 2:11), es decir, la violencia injusta. El justo est\u00e1 iluminado por la luz de la justicia (Rom 5:6); se reviste de la coraza de la justicia (Rom 5:18).<\/p>\n<p>La injusticia se va acumulando de generaci\u00f3n en generaci\u00f3n, dando lugar a una estructura injusta en el mundo (Rom 12:10-11), a una especie de fuerza insuperable. Pero Dios interviene dando lugar a la conversi\u00f3n, otorgando la sabidur\u00ed\u00ada, que es fuente de justicia. Por eso el Pseudo-Salom\u00f3n de la oraci\u00f3n de Sab 9 reconoce que es \u00abincapaz de conocer el derecho y las leyes\u00bb (Rom 9:5) y pide el don de la sabidur\u00ed\u00ada divina para gobernar con justicia (Rom 9:12).<\/p>\n<p>La injusticia es la fuerza al servicio del ego\u00ed\u00adsmo; la justicia es el amor al servicio de la vida: \u00abTienes misericordia de todos porque todo lo puedes, y pasas por alto los pecados de los hombres para llevarlos al arrepentimiento. T\u00fa amas todo lo que existe y no aborreces nada de lo que hiciste, pues si algo aborrecieras no lo habr\u00ed\u00adas creado. \u00bfY c\u00f3mo podr\u00ed\u00ada conservarse si no hubiese sido llamado por ti? Pero t\u00fa perdonas a todos, porque todo es tuyo, Se\u00f1or, que amas cuanto existe\u00bb (Sab 11:23-26). Si en Dios la justicia es su amor poderoso que hace vivir y que perdona, la justicia humana no ser\u00e1 m\u00e1s que amor y perd\u00f3n rec\u00ed\u00adproco.<\/p>\n<p>III. NUEVO TESTAMENTO. Tampoco en el NT es un\u00ed\u00advoco el concepto de justicia. Sigue estando presente la idea de ser fiel a la comunidad, pero tambi\u00e9n el sentido de justicia como observancia de la ley (idea desarrollada sobre todo por los fariseos, aunque ya presente en el AT). Sin embargo, es predominante la idea de justicia de Dios como salvaci\u00f3n.<\/p>\n<p>1. LA PREDICACI\u00ed\u201cN DE JES\u00daS. \u00abLa exhortaci\u00f3n a la justicia en el sentido jur\u00ed\u00addico de la palabra no est\u00e1 en el centro del mensaje de Jes\u00fas. No encontramos en el evangelio ni normas sobre los deberes de justicia, ni una evocaci\u00f3n insistente de una clase de oprimidos, ni una presentaci\u00f3n del mes\u00ed\u00adas como juez \u00ed\u00adntegro\u00bb (A. Descamps). Si embargo, el tema de la justicia es, al menos seg\u00fan Mateo, una palabra-clave de la predicaci\u00f3n de Jes\u00fas. Ser justo se identifica con hacer la voluntad del Padre (Mat 7:21.24.26), revelada en las palabras de Jes\u00fas. Pero remiti\u00e9ndonos a la par\u00e1bola de los dos hijos (Mat 21:28-31 a), nos preguntamos: \u00ab\u00bfQui\u00e9n hace la voluntad del Padre?\u00bb Jes\u00fas responde as\u00ed\u00ad: \u00abOs aseguro que los publicanos y las prostitutas entrar\u00e1n en el reino de Dios antes que vosotros. Porque Juan vino por el camino de la justicia y no creisteis en \u00e9l, mientras que los publicanos y las prostitutas han cre\u00ed\u00addo en \u00e9l. Pero vosotros, aun viendo esto, no os hab\u00e9is arrepentido ni cre\u00ed\u00addo en \u00e9l\u00bb (Mat 21:31b-32). Hacer la voluntad del Padre es creer en el anuncio del camino de la justicia, del que habla Jes\u00fas en el serm\u00f3n de la monta\u00f1a, y ponerlo en pr\u00e1ctica (Mat 5:6.10.20; Mat 6:1.33). El mismo Jes\u00fas cumple toda justicia (Mat 3:15), ya que realiza perfectamente el plan salv\u00ed\u00adfico de su Padre.<\/p>\n<p>Pues bien, para Mt la justicia es querer vivir como Jes\u00fas en una sociedad nueva, en la que la regla es Jes\u00fas mismo. El \u00abcamino de la justicia\u00bb es por tanto una nueva ordenaci\u00f3n social, que se contrapone a todos los proyectos humanos de sociedad. La nueva sociedad de hermanos y hermanas de Jes\u00fas, los que hacen la voluntad del Padre (cf Mar 3:35), realiza la justicia, que Jes\u00fas sintetiz\u00f3 en el mandamiento del amor a Dios y al pr\u00f3jimo (Mat 22:37-40).<\/p>\n<p>As\u00ed\u00ad pues, en la perspectiva de Mt la justicia no es una virtud ni una exigencia \u00e9tico-legal, sino que indica el camino comunitario nuevo de aquellos que siguen a Jes\u00fas. Efectivamente, en Mt \u00abla justicia es un concepto resumido de todo lo que constituye precisamente la `religi\u00f3n&#8217; de la comunidad que se ha separado ya del juda\u00ed\u00adsmo\u00bb (K. Berger). El dualismo justos-injustos equivale a la contraposici\u00f3n Iglesia-mundo. Pero la par\u00e1bola de la ciza\u00f1a muestra que el grano (Iglesia) y la ciza\u00f1a (mundo) crecen juntos, y solamente al final podr\u00e1 ser clara y definitiva la separaci\u00f3n. La Iglesia \u00abconvive\u00bb con el mundo, \u00abconcrece\u00bb con el mundo; pero no se identifica con \u00e9l.<\/p>\n<p>Mientras que en Marcos falta por completo el concepto de justicia, en la obra de Lucas es caracter\u00ed\u00adstico el uso del adjetivo \u00abjusto\u00bb referido a Jes\u00fas, que es por excelencia \u00abel justo\u00bb (Luc 23:47; Heb 3:14; Heb 7:52; Heb 22:14). Jes\u00fas es el m\u00e1rtir inocente, que da su vida por amor a Dios y a los hermanos: \u00abjusto\u00bb aqu\u00ed\u00ad significa ser fiel hasta la muerte a la comuni\u00f3n con Dios y con los propios hermanos. Pero tambi\u00e9n Zacar\u00ed\u00adas e Isabel son justos \u00abante Dios, pues guardaban irreprochablemente todos los mandamientos y preceptos del Se\u00f1or\u00bb (Heb 1:6). Tambi\u00e9n Sime\u00f3n (Heb 2:25) y Jos\u00e9 de Arimatea (Heb 23:50) son justos. Hasta un pagano como el centuri\u00f3n Cornelio es un \u00abvar\u00f3n justo y temeroso de Dios\u00bb (Heb 10:22). En todos estos casos la justicia implica una relaci\u00f3n con Dios.<\/p>\n<p>2. SAN PABLO. En el corpus de las cartas paulinas es central el tema de las relaciones entre justicia del hombre y justicia de Dios. La justicia de Dios, para \/ Pablo, no es el atributo por el que Dios le da a cada uno lo suyo, sino que es -en el sentido anticipado ya por el AT- la actividad salv\u00ed\u00adfica, misericordiosa y fiel de Dios por el hombre [\/ Romanos III; \/ G\u00e1latas III].<\/p>\n<p>La justicia de Dios se revela plenamente en Jesucristo: \u00abAhora, sin la ley, se ha manifestado la justicia de Dios, atestiguada por la ley y los profetas; justicia de Dios mediante la fe en Jesucristo, para todos los creyentes, sin distinci\u00f3n alguna\u00bb (Rom 3:21-22). En Jesucristo, Dios ofrece al hombre la justicia, o sea, la salvaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Por consiguiente, la justicia de Dios es la salvaci\u00f3n divina ya presente en la existencia del cristianismo, aunque en esperanza todav\u00ed\u00ada, y que se cumplir\u00e1 solamente al final. Dios da y manifiesta su justicia entre los hombres que creen (Rom 1:17; Rom 3:21-22). El que no cree no se somete a la justicia divina: \u00abPues no reconociendo la justicia de Dios y buscando establecer la justicia propia, no se sometieron a la justicia de Dios\u00bb (Rom 10:3). La b\u00fasqueda de la justicia mediante la ley es un callej\u00f3n sin salida. Cristo ha puesto fin a ese camino humano de justicia, y al mismo tiempo Cristo es el fin al que lleva ese camino, porque \u00e9l da lo que la ley no pod\u00ed\u00ada dar, o sea, la justicia de Dios: \u00abPorque el fin de la ley es Cristo, para justificaci\u00f3n de todo el que cree\u00bb (Rom 10:4). Cambia tambi\u00e9n as\u00ed\u00ad la visi\u00f3n de Dios: en el AT un Dios que exige, que premia y que castiga; en el NT un Dios que da y que perdona. Y cambia la manera de entender la religi\u00f3n: en vez de las obras del fiel, la fe del creyente. Esta contraposici\u00f3n paulina tiene que entenderse en el contexto pol\u00e9mico de la diatriba de Pablo con los jud\u00ed\u00ados, y no como una representaci\u00f3n precisa del AT; \u00e9l quiere mostrar la novedad dada en Jesucristo.<\/p>\n<p>La justicia pertenece propiamente a Dios, el cual se la da a la humanidad mediante Jesucristo y en \u00e9l. Al obrar as\u00ed\u00ad, Dios demuestra su fidelidad a sus promesas a los padres (Rom 4:9ss) y no hace m\u00e1s que revelar lo que ya estaba \u00abatestiguado por la ley y los profetas\u00bb (Rom 3:21), es decir, por el AT. Puesto que justicia es la acci\u00f3n salv\u00ed\u00adfica divina y don de Dios, se contrapone a la justicia que los hombres buscan de forma aut\u00f3noma.<\/p>\n<p>As\u00ed\u00ad pues, el hombre no puede hacer valer una justicia propia suya, conquistada con sus obras, sino que tiene que recibirla como don de Dios. Seg\u00fan la mentalidad del \/ juda\u00ed\u00adsmo de los tiempos de Jes\u00fas y de Pablo, la justicia del hombre se obtiene mediante la observancia de los mandamientos y de la ley. Esta manera de pensar puede engendrar la convicci\u00f3n de que el hombre es el autor de su propia justicia (cf Rom 10:3). Pablo, por el contrario, liga la justicia a la fe en Jesucristo: \u00abDecimos, pues, con raz\u00f3n, que el hombre es justificado por la fe sin la observancia de la ley\u00bb (Rom 3:28; Rom 4:23; G\u00e1l 3:6). Creer en Jesucristo significa no jactarse de la \u00abposesi\u00f3n de mi justicia, la que viene de la ley\u00bb, sino aceptar \u00abla que se obtiene por la fe en Cristo, la justicia de Dios, que se funda en la fe\u00bb (Flp 3:9).<\/p>\n<p>Ser justos quiere decir creer en Jesucristo; recibir de \u00e9l el Esp\u00ed\u00adritu que obra de manera que los cristianos \u00abseamos en \u00e9l (Cristo) justicia de Dios\u00bb (2Co 5:21), hombres nuevos, \u00abcreados seg\u00fan Dios, en justicia y santidad verdadera\u00bb (Efe 4:24). Por consiguiente, Dios no s\u00f3lo declara justos, sino que hace justos, mediante Jesucristo y el don del Esp\u00ed\u00adritu, a los que se adhieren a su Hijo por la fe.<\/p>\n<p>La fe que hace justos es la confianza total puesta solamente en Dios, como hizo Abrah\u00e1n (Rom 4); y, por tanto, tambi\u00e9n esperanza, que se apoya \u00fanicamente en \u00e9l. \u00abLa esperanza en el amor supremo de Dios en Jesucristo es, por tanto, el verdadero `\u00e9xodo&#8217; de s\u00ed\u00ad mismo, para vivir de Dios y en Dios: comuni\u00f3n de vida y de amor, en el cual el hombre recibe el don de Dios, que es el mismo Dios como amor, y se abandona a Dios en el mismo acto de recibirlo; se somete en lo m\u00e1s profundo de s\u00ed\u00ad mismo a la gracia de Dios y, en el abandono completo de su existencia al misterio de Dios que nos reconcilia en Cristo, recibe el don de la justificaci\u00f3n\u00bb (J. Alfaro).<\/p>\n<p>La justicia de Dios se identifica, para Pablo, con la misericordia, como se ve por Rom 3:25 : \u00ab(Dios) puso de manifiesto su justicia al pasar pacientemente por alto los pecados del pasado, pero al presente la pone m\u00e1s a\u00fan demostrando que \u00e9l es justo y es quien justifica al que tiene fe en Jes\u00fas\u00bb. Dios es justo en cuanto que quiere y puede hacer justos. Y ser justo es fruto de la muerte-resurrecci\u00f3n de Jes\u00fas, que libera del pecado (Rom 4:24-25): \u00abCon mucha m\u00e1s raz\u00f3n, justificados ahora por su sangre, seremos librados por \u00e9l del castigo\u00bb (Rom 5:9).<\/p>\n<p>La justicia de Dios es la voluntad eficaz divina de una liberaci\u00f3n integral del hombre con vistas a una comuni\u00f3n con Dios y con los hermanos. Justificarlos, los cristianos forman una sociedad nueva y visible, el cuerpo de Cristo: \u00abVosotros sois el cuerpo de Cristo, y cada uno por su parte es miembro de ese cuerpo\u00bb (1Co 12:27); forman la esposa de Cristo (Efe 5:21-33).<\/p>\n<p>Como cuerpo de Cristo y como esposa suya, la comunidad cristiana debe vivir nuevas estructuras de relaciones entre los cristianos y de \u00e9stos con el resto de la humanidad. En Rom 12:9-21, Pablo delinea concretamente la fisonom\u00ed\u00ada de la comunidad cristiana, en la que reina la justicia dada por Dios: \u00abQue vuestro amor sea sincero. Odiad el mal y abrazad el bien. Amaos de coraz\u00f3n unos a otros, como buenos hermanos; que cada uno ame a los dem\u00e1s m\u00e1s que a s\u00ed\u00ad mismo. No os ech\u00e9is atr\u00e1s en el trabajo, tened buen \u00e1nimo, servid al Se\u00f1or; alegres en la esperanza, pacientes en los sufrimientos, constantes en la oraci\u00f3n; socorred las necesidades de los creyentes, practicad la hospitalidad. Bendecid a los que os persiguen; bendecid, y no maldig\u00e1is. Alegraos con los que se alegran, llorad con los que lloran. Vivid en armon\u00ed\u00ada unos con otros. No se\u00e1is orgullosos, poneos al nivel de los humildes. No devolv\u00e1is a nadie mal por bien. Procurad hacer el bien ante todos los hombres. En cuanto de vosotros depende, haced todo lo posible por vivir en paz con todo el mundo. Queridos m\u00ed\u00ados, no os tom\u00e9is la justicia por vuestra mano; dejad que sea Dios el que castigue, como dice la Escritura: `Yo har\u00e9 justicia, yo dar\u00e9 a cada cual su merecido&#8217;. Tambi\u00e9n dice: `Si tu enemigo tiene hambre, dale de comer; si tiene sed, dale de beber; que si haces esto, har\u00e1s que se sonroje&#8217;. No te dejes vencer por el mal; al contrario, vence el mal con el bien\u00bb. Esta larga cita nos dispensa de referir otros muchos pasajes paulinos, en los que el ap\u00f3stol expresa claramente su convicci\u00f3n de que la justicia recibida de Dios tiene que manifestarse en una praxis renovada de la comunidad cristiana, pero tambi\u00e9n en una relaci\u00f3n singular del cristiano con los no creyentes. El compromiso fundamental del cristiano consiste en \u00abno acomodarse a este mundo\u00bb (Rom 12:2), es decir, a sus estructuras e ideolog\u00ed\u00adas, sino discernir la voluntad de Dios, es decir, qu\u00e9 es lo bueno. Al obrar as\u00ed\u00ad, los cristianos viven realmente no ya \u00aben la carne\u00bb, o sea, de forma ego\u00ed\u00adsta e injusta, sino \u00aben el Esp\u00ed\u00adritu\u00bb (G\u00e1l 5:13-25). La justicia es fruto del Esp\u00ed\u00adritu presente en el hombre y se expresa en amor, paz, gozo, longanimidad, bondad, benevolencia, confianza, mansedumbre, dominio de s\u00ed\u00ad mismo. Tanto a nivel individual como en cuanto comunidad cristiana en el mundo. Ante todo formando una comunidad que vive la justicia es como los cristianos hacen que reine la justicia de Dios en el mundo.<\/p>\n<p>Sigue todav\u00ed\u00ada en la concepci\u00f3n paulina el sentido hebreo de justicia como fidelidad a la comunidad, solidaridad, lealtad, pero con una fuerte acentuaci\u00f3n ontol\u00f3gica y una insoslayable referencia a la acci\u00f3n salv\u00ed\u00adfica de Dios en Jesucristo. La justicia de Dios es su amor liberador, que se nos ha dado mediante Cristo, en el Esp\u00ed\u00adritu, para hacer de nosotros una comunidad nueva de amor a Dios y a los hermanos. \u00abEl (Cristo) es nuestra paz\u00bb (Efe 2:14); \u00e9l reconcilia a la humanidad con su muerte y resurrecci\u00f3n, introduciendo en este mundo la justicia de Dios, haci\u00e9ndonos entrar en su cuerpo para formar la familia de los hijos de Dios y estableciendo la posibilidad de unas nuevas relaciones entre nosotros y con el \u00abmundo\u00bb. Consiguientemente, cada uno de nosotros est\u00e1 involucrado en la justicia de Dios por el mundo.<\/p>\n<p>3. OTROS ESCRITOS DEL NT. Para 2Pe 3:13 nosotros, los cristianos, \u00abseg\u00fan su promesa, esperamos unos cielos nuevos y una tierra nueva, en los que reinar\u00e1 la justicia\u00bb. El mundo plenamente salvado ser\u00e1 un mundo en donde reinar\u00e1 la justicia, o sea, la comuni\u00f3n de los hombres entre ellos y con Dios. La instauraci\u00f3n plena del reino de la justicia implica la salvaci\u00f3n integral del hombre en su misma dimensi\u00f3n corporal de relaci\u00f3n con la comunidad humana y con el mundo.<\/p>\n<p>Seg\u00fan la carta a los Hebreos, los cristianos poseen \u00abla doctrina de la justicia\u00bb (2Pe 5:13), puesto que creen en Jes\u00fas, que \u00abam\u00f3 la justicia y odi\u00f3 la iniquidad\u00bb (2Pe 1:9). La justicia es una realidad escatol\u00f3gica, pero que ha entrado ya en el mundo por medio del justo, que es Jes\u00fas.<\/p>\n<p>En las cartas pastorales, la justicia tiende a convertirse en una virtud entre las dem\u00e1s, vinculada al amor fraterno y a la misericordia. Es una concepci\u00f3n que se refiere al sentido de dikaiosyn\u00e9 como \u00ablimosna\u00bb del juda\u00ed\u00adsmo helen\u00ed\u00adstico tard\u00ed\u00ado.<\/p>\n<p>4. CONCLUSI\u00ed\u201cN. En un intento de recoger sint\u00e9ticamente el mensaje b\u00ed\u00adblico, \u00bfpodemos encontrar una f\u00f3rmula breve para describir el contenido y el sentido de justicia? Como ya se ha visto, para la Biblia la justicia es la garant\u00ed\u00ada de un espacio de relaciones que edifican y conservan la comuni\u00f3n-comunidad de los hombres con Dios y entre s\u00ed\u00ad. Por tanto, la justicia de Dios coincide con su acci\u00f3n salv\u00ed\u00adfica, mediante la cual Dios crea su familia y la sociedad nueva de los que creen en \u00e9l, haci\u00e9ndolos justos, es decir, capaces de comuni\u00f3n, y liber\u00e1ndolos del pecado, que es ego\u00ed\u00adsmo y violencia, impedimento para la comuni\u00f3n con Dios y con los hermanos. Por tanto, la justicia entre los hombres no es s\u00f3lo cuesti\u00f3n del homo oeconomicus o politicus, sino un \u00abmilagro\u00bb de la gracia misericordiosa y liberadora de Dios. Los cristianos se comprometen en la actuaci\u00f3n de la justicia, dispuestos a ser para el mundo signo de justicia en la medida en que edifican de verdad la Iglesia como lugar y signo para el mundo de la presencia en la historia del Dios justo, que quiere la liberaci\u00f3n integral de los hombres. Todo el hombre, tanto en su interioridad como en su corporeidad (relaci\u00f3n con los dem\u00e1s y con el mundo), es decir, el hombre como \u00abesp\u00ed\u00adritu en el mundo\u00bb, es el destinatario de la justicia divina. La liberaci\u00f3n del mundo de las injusticias y la esperanza en un mundo m\u00e1s justo, la solidaridad cristiana con los oprimidos y las v\u00ed\u00adctimas de la injusticia, tienen su ra\u00ed\u00adz en la fe en Cristo como actuaci\u00f3n de la justicia de Dios para el hombre y el mundo. Solamente a partir de Cristo le viene al hombre la capacidad y la esperanza de hacer al mundo m\u00e1s justo.<\/p>\n<p>BIBL.: BERGER K., Justicia, en Sacramentum Mundi 4, Herder, Barcelona 1977, 162-169; CRUSEMANN F., Jahwes Gerechtigkeit (sedaqad-sedeq) im A T, en \u00abEvangelische Theologie\u00bb 36 (1976) 427-450; DACQUINO P., La formula \u00abGiustizia di Dio\u00bbnei libri dell&#8217;AT, en \u00abRBit\u00bb 17 (1969) 103-119, 365-382; DESCAMPS A., Les justeset la justice dans les \u00e9vangiles et le christianisme primitif, Lovaina 1950; ID, Justicia, en Vocabulario de Teolog\u00ed\u00ada B\u00ed\u00adblica, a cargo de X. L\u00e9on-Dufour, Herder, Barcelona 1980, 460-466; GELABERT M., En el nombre del Justo, Paulinas, Madrid 1987; KocH K., sdq &#8211; Ser fiel a la comunidad\/ser saludable, en DTMA T II, 639-668; LUCK U., Gerechtigkeit in der Welt &#8211; Gerechtigkeit Gottes, en \u00abWort und Dienst\u00bb 12 (1973) 71-89; SCHMID H.H., Gerechtigkeit als Weltordnung, Tubinga 1968; SPINETOLI O. da, La \u00abgiustizia\u00bb nella Bibbia, en \u00abBibOr\u00bb 13 (1971) 241-254; STRECKER G., Der Weg der Gerechtigkeit, Gotinga 19713; STUHLMACHER G., Gerechtigkeit Gottes bei Paulus, Gotinga 1965; VELLA J., La giustizia forense di Dio, Paideia, Brescia 1964.<\/p>\n<p>A. Bonora<\/p>\n<p>P Rossano &#8211; G. Ravasi &#8211; A, Girlanda, Nuevo Diccionario de Teolog\u00ed\u00ada B\u00ed\u00adblica, San Pablo, Madrid 1990<\/p>\n<p><b>Fuente: Nuevo Diccionario de Teolog\u00eda B\u00edblica<\/b><\/p>\n<p>SUMARIO:<br \/>\n1. Introducci\u00f3n<br \/>\n2. En el AT;<br \/>\n3. En el NT;<br \/>\n4. El concepto filos\u00f3fico -jur\u00ed\u00addico;<br \/>\n5. Algunas caracter\u00ed\u00adsticas del concepto ampliado de justicia<br \/>\n6. La discusi\u00f3n mundial sobre los derechos y las libertades del hombre;<br \/>\n7. La justicia social antes de la enc\u00ed\u00adclica \u00abSollicitudo re\u00c2\u00a1 socialis\u00bb,<br \/>\n8. La justicia social en la enc\u00ed\u00adclica \u00abSollicitudo re\u00c2\u00a1 socialis\u00bb;<br \/>\n9. Para concluir<br \/>\nI. Fucek<\/p>\n<p>1. INTRODUCCI\u00ed\u201cN, La sem\u00e1ntica del concepto de \u00abjusticia\u00bb (sedagah, dikaiosyne, justitia, justicia, Gerech tigkeit, fairness, pravednost) es polivalente: posee un significado b\u00ed\u00adblico, teol\u00f3gico, filos\u00f3fico, jur\u00ed\u00addico, social, pol\u00ed\u00adtico, \u00e9tico, religioso y laico. Por tanto, es un concepto an\u00e1logo; ni un\u00ed\u00ad voco ni equ\u00ed\u00advoco. Expresa un com portamiento personal o social, tanto en las microestructuras como en las macroestructuras. Los fil\u00f3sofos griegos, con Arist\u00f3teles, insist\u00ed\u00adan en la teor\u00ed\u00ada de la justicia, que poco a poco se convirti\u00f3 en un sistema racional de principios, casi exclusivamente de la justicia \u00abconmutativa\u00bb, seg\u00fan el cri terio \u00absuum cuique\u00bb, con una fuerte acentuaci\u00f3n sobre el \u00absuum\u00bb y sobre el \u00abalienum\u00bb. Por el contrario, los profetas del AT insist\u00ed\u00adan en la praxisde la justicia, fij\u00e1ndose en la voluntad de Yhwh, seg\u00fan el criterio \u00abcuida de tu pr\u00f3jimo\u00bb. Por tanto, mientras que la \u00abjusticia\u00bb de los griegos tiene un significado filos\u00f3fico, jur\u00ed\u00addico, social, pol\u00ed\u00adtico, \u00e9tico y laico, la \u00bb Justi cia\u00bb de los profetas del pueblo elegido tiene un significado b\u00ed\u00adblico, teol\u00f3gico, social, moral y religioso. A pesar de la diversidad de significados, se da una continuidad fun damental entre la noci\u00f3n de los grie gos y la de los israelitas. Lo mismo que pars in toto, tambi\u00e9n el concep to griego cuique suum est\u00e1 incluido de hecho en el b\u00ed\u00adblico de justicia. Pero el concepto de `justicia\u00bb se en cuentra como la herencia m\u00e1s sagra da en toda cultura y en toda religi\u00f3n. Los descubrimientos arqueol\u00f3gicos de 1901-1902 sacaron a la luz el c\u00f3digo de Hammurabi (entre el 17171665 a.C.), escrito en un obelisco en caracteres cuneiformes, que contiene 282 art\u00ed\u00adculos: Hammurabi es designado por los dioses para administrar la justicia en el pa\u00ed\u00ads, para \u00abdar justicia\u00bb al pueblo, para proteger a las viudas y a los hu\u00e9rfanos y obrar de manera que el fuerte no oprima al d\u00e9bil. El concepto de justicia no pocas veces ha sido ideologizado en funci\u00f3n de los sistemas sociales, econ\u00f3micos, pol\u00ed\u00adticos y de las tradiciones culturales. En la cultura occidental se recoge de hecho la s\u00ed\u00adntesis de tres dimensiones, la hebreo-cristiana, la grecorromana y la germ\u00e1nico-eslava. Esto hace que hoy en Occidente el concepto de \u00abjusticia\u00bb tenga diversos matices en cada pa\u00ed\u00ads, en cada c\u00ed\u00adrculo cultural. Pero no s\u00f3lo en Occidente; este \u00abpluralismo\u00bb de la noci\u00f3n \u00ab`justicia\u00bb es una realidad mundial. En efecto, durante la historia, el concepto de \u00abjusticia\u00bb y el comportamiento \u00ab`justo\u00bb han ido enriqueci\u00e9ndose, pero tambi\u00e9n oscureci\u00e9ndose, con elementos filos\u00f3ficos, jur\u00ed\u00addicos, pol\u00ed\u00adticos e ideol\u00f3gicos procedentes de diversas teor\u00ed\u00adas e ideolog\u00ed\u00adas. Por eso puede decirse que la justicia es hoy uno de los conceptos m\u00e1s complejos y por tanto m\u00e1s dif\u00ed\u00adciles de explicar ad captum\u00bb, y tambi\u00e9n m\u00e1s comprometidos, en cuanto que cada r\u00e9gimen y cada sistema crea su propia \u00bb justicia\u00bb, seg\u00fan la cual procede no s\u00f3lo en teor\u00ed\u00ada (aun usando los mismos t\u00e9rminos), sino tambi\u00e9n en la praxis y en la legislaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Nuestra intenci\u00f3n es describir la verdadera noci\u00f3n de \u00bb justicia\u00bb; para ello hay que investigar las ra\u00ed\u00adces, analizar y sintetizar la prudencia y la sabidur\u00ed\u00ada de la experiencia socio-religiosa judeo-cristiana por una parte, y la teor\u00ed\u00ada filos\u00f3fico jur\u00ed\u00addica grecoromana por otra. El concepto b\u00ed\u00adblico de \u00abjusticia\u00bb es religioso, personal y espiritual. Se refiere al pueblo elegido y a cada uno de los miembros, no fuera, sino dentro del pueblo. De hecho se identifica con el concepto de perfecci\u00f3n, santidad, por eso el perfecto, el santo, es justo. En la sociedad teocr\u00e1tica de Israel, Yhwh es el rey \u00abjusto\u00bb (perfecto, santo), y sobre la base de la alianza, Israel llene que ser \u00abjusto\u00bb (perfecto, santo): tiene que imitar a Yhwh-rey justo. La justicia de Yhwh justo es la llamada al pueblo elegido. Las obras de Yhwhrey justo, especialmente con los pobres, con los oprimidos en general, con los \u00abanawim\u00bb, es el imperativo moral al pueblo elegido para que le imite. Por tanto, la justicia del pueblo elegido es la respuesta concreta a esta llamada. En consecuencia, m\u00e1s que en la teor\u00ed\u00ada, los profetas insist\u00ed\u00adan en la praxis religioso-moral, comparando a Yhwh-rey justo con Israelpueblo-justo.<\/p>\n<p>Puede decirse que se encuentra una relaci\u00f3n semejante entre el hombre y el absoluto en todas las grandes reli giones \u00e9ticas de Oriente y en algunas religiones africanas (W. Schmidt). Los adeptos a estas religiones \u00abha cen\u00bb y deben \u00abhacer justicia\u00bb, lo cual, en cierto sentido, se acerca a la jus ticia de la Biblia. El concepto de \u00bb jus ticia\u00bb en la filosof\u00ed\u00ada grecorromana tiene un car\u00e1cter profano, filos\u00f3fico, jur\u00ed\u00addico, pol\u00ed\u00adtico y laico. Se refiere al hombre individual y a la convivencia social dentro de la \u00abpolis\u00bb, determina los limites de las leyes que regulan la vida de la \u00abpolis\u00bb. Para los sofis tas, las leyes \u00bb justas\u00bb tienen un va lor puramente convencional; para S\u00f3crates, Plat\u00f3n y Arist\u00f3teles, por el contrario, son una expresi\u00f3n de la racionalidad de la naturaleza hu mana. Mientras que la filosof\u00ed\u00ada grie ga desarrolla la teor\u00ed\u00ada, el estoicismo -concretamente el estoicismo roma no, con S\u00e9neca- acent\u00faa tambi\u00e9n la praxis, la ascesis. Para nuestro obje tivo de teolog\u00ed\u00ada fundamental nos pa rece que el orden m\u00e1s apropiado ser\u00e1 estudiar primero el concepto b\u00ed\u00adblico (justicia divino-humana), que aclara el fundamento de toda justicia, para entrar en un segundo momento en otros conceptos de justicia, hasta la discusi\u00f3n moderna sobre el concepto de justicia \u00absocial\u00bb.<\/p>\n<p>2. EN EL AT. El origen y el modelo del concepto de \u00abjusticia\u00bb en Israel son profanos. Durante su \u00e9poca de nomadismo, -Israel comparte el mismo concepto con los pueblos del Medio Oriente antiguo: la actividad del rey en la administraci\u00f3n de la justicia, con especial atenci\u00f3n a los pobres y a los oprimidos, era su protecci\u00f3n (Hammurabi). El rey tiene que ser justo; por eso la protecci\u00f3n de los desamparados es una de las funciones principales del rey. Es un privilegio de los desamparados verse defendidos por su rey. Los que no tienen humanamente ninguna esperanza se echan en brazos de su rey.<\/p>\n<p>Con la revelaci\u00f3n se pasa del concepto profano al concepto religioso de justicia. El \u00abrey justo\u00bb es el Dios de Israel. Los Setenta, para traducir saddfq, utilizan la palabra dikaios (justo), que aparece 180 veces, junto con otros 43 derivados de saddiq. La voz dikaiosyne aparece 220 veces para sedaqah o sedeq (justicia). La justicia veterotestamentaria es relacional, ante todo en clave comunitaria (Yhwh-Israel), en la que se incluye a cada miembro de la comunidad. Pero el car\u00e1cter comunitario de la justicia veterotestamentaria no significa \u00absocial\u00bb en el sentido de la \u00abpolis\u00bb griega o de la noci\u00f3n moderna sino fundamentalmente en el sentido de relaci\u00f3n personal. Se basa en la alianza y no en la relaci\u00f3n entre las leyes absolutas y las acciones concretas del pueblo y del individuo. Pero m\u00e1s que legal, el car\u00e1cter es siempre el personal, el de los dos contrayentes de la alianza: el \u00abyo\u00bb de Yhwh y el \u00abt\u00fa\u00bb de Israel. Se trata, por tanto, de la rectitud o de la autenticidad de una actitud dentro de la relaci\u00f3n bilateral de car\u00e1cter personal (Yhwh-Israel-individuo). Como toda la moral de Israel es de car\u00e1cter personal, m\u00e1s bien que \u00ablegal\u00bb o \u00ablegalista\u00bb, seg\u00fan se pensaba en otro tiempo, as\u00ed\u00ad tambi\u00e9n esta actitud es interna, bilateral y participativa, que refleja (sigue, imita) la justicia del Yhwh justo (Is 45,21; 51 5s; 56,1; 62 1; Sal 24,5).<\/p>\n<p>As\u00ed\u00ad pues, Yhwh se revela como rey justo de Israel, como Dios justo (G\u00e9n 18,15; Dt 32,4; Sof 3,3; Sal 111,7), liberador (con Abrah\u00e1n: G\u00e9n 12-14; en el \u00e9xodo: Ex 1-15), que demuestra su poder, \u00abel poderoso de Jacob\u00bb (G\u00e9n 49,24; Ex 1,24; 49,26; 60,16), su vigilancia (sobre los patriarcas: G\u00e9n 20,6s; 28,15; sobre Jos\u00e9 para \u00absalvar la vida a un pueblo numeroso\u00bb: G\u00e9n 45,8; 50,20; en el desierto: Ex 16,15 18). Yhwh da el dec\u00e1logo (diez libertades: Ex 20; Dt 5,6-21; Ex 24,3-15), funda y hace posible la justicia en Israel. Su amor, su acci\u00f3n redentora y salvadora, que libera a un pueblo oprimido y esclavo, brilla en cada una de las p\u00e1ginas de la Biblia: \u00abDios justo y salvador; no existe otro fuera de m\u00ed\u00ad\u00bb (Is 45;21). \u00abMi salvaci\u00f3n durar\u00e1 eternamente y mi justicia no tendr\u00e1 fin. Escuchadme los que conoc\u00e9is la justicia, pueblo que llevas en tu coraz\u00f3n mi ley&#8230; Mi justicia durar\u00e1 eternamente, y mi salvaci\u00f3n de generaci\u00f3n en generaci\u00f3n\u00bb (Is 51,6-8), Yhwh es el due\u00f1o de la tierra y del suelo dado a Israel; el pueblo elegido es tan s\u00f3lo un arrendatario de Dios, que ser\u00e1 siempre \u00abhu\u00e9sped y extranjero\u00bb (Lev 25,23; Sal 119,19). Por eso Israel tiene que manifestar a Yhwh su alabanza, su acci\u00f3n de gracias, su dependencia. Tambi\u00e9n las fiestas agr\u00ed\u00adcolas (Ex 23,14) corresponden a los ritmos de la naturaleza: fiesta de los \u00e1cimos, de la siembra, de las primicias (Ex 23,16), de la cosecha. El uso de los productos tiene tambi\u00e9n un reglamento particular: hay que dejar espigar al pobre y al extranjero (Dt 14,29; 24,19-21); para no agotar el suelo, los productos no se recoger\u00e1n cada siete a\u00f1os (Ex 23,11). \u00abEsta ley de la tierra, al mismo tiempo religiosa y social, indica la autoridad de Dios, a quien pertenece el suelo de derecho. Su observancia tiene que diferenciar a Israel de los campesinos paganos que lo rodean\u00bb (G. Becquet). Pero la mayor tentaci\u00f3n para Israel son los cananeos con su vida agr\u00ed\u00adcola y con Baal, se\u00f1or del pa\u00ed\u00ads; al adoptar sus costumbres en los campos y en las vi\u00f1as, adoptan tambi\u00e9n sus costumbres religiosas, id\u00f3latras, materialistas, prostitucionales.<\/p>\n<p>Dios se revela como un Dios que condena toda especie de injusticia cometida contra el pueblo; esto significa hacer justicia a los oprimidos, a todos los que sufren la injusticia (Is 41,10s; 54,17; Sal 129,4). El es el caudillo de los ej\u00e9rcitos de Israel (Ex 12,41), un guerrero que dala victoria a su pueblo (Ex 15,12ss; ISam 17,45) haci\u00e9ndolo fuerte (Dt 8,17s), que asegura su presencia (2Sam 6,2; Sal 132,8). Yhwh es lafuerza del pueblo (Sal 144, ls; 28,7s; 68,34ss). Yhwh act\u00faa continuamente en favor de su pueblo, es fiel a sus promesas (la \u00abroca\u00bb de Israel: Dt 32,4). Por tanto, su justicia se manifiesta en las \u00abmagnalia Dei\u00bb, y la realeza de Dios se concibe siempre en sentido din\u00e1mico y relacional. Desde que a Israel se dio un rey, esta \u00abrealeza\u00bb est\u00e1 subordinada a la realeza de Yhwh; es un \u00f3rgano de la teocracia basado en la alianza, concedido y escogido por Yhwh; es el caso de Sa\u00fal (1Sam 10,24), es el caso de David (lSam 16,21) y de toda la dinast\u00ed\u00ada dav\u00ed\u00addica (2Sam 7,12-16). El reino es sobre todo la irradiaci\u00f3n de la soberan\u00ed\u00ada divina en acci\u00f3n. Esta soberan\u00ed\u00ada, a su vez, se manifiesta en una relaci\u00f3n privilegiada con el pobre, el oprimido, el desgraciado, el peque\u00f1o, el d\u00e9bil (\u00abpobres de Yhwh\u00bb: Sal 74,19; 149,4s; son objeto de su amor: Is 49,13; 66,2- constituyen las primicias del \u00abpueblo humilde y modesto\u00bb: Sof 3,12s). En todos estos aspectos el rey-justo y protector es garante de la justicia; no es solamente un \u00e1rbitro entre las dos partes (Yhwhpueblo), sino m\u00e1s bien la protecci\u00f3n del d\u00e9bil contra el fuerte.<\/p>\n<p>De aqu\u00ed\u00ad el v\u00ed\u00adnculo vertical (Yhwh-Israel) y horizontal (los miembros del pueblo elegido entre s\u00ed\u00ad). Puede decirse, con algunos autores modernos, que en virtud de la alianza se crea un v\u00ed\u00adnculo de parentesco (Yhwh-Israel), especialmente respecto a los m\u00e1s pobres. Lafraternidad de todos se basa en la creaci\u00f3n \u00abdesde el principio\u00bb (G\u00e9n 1-2; He 17 26), en la alianza (\u00abno odiar\u00e1s a tu hermano&#8230;, amar\u00e1s a tu pr\u00f3jimo: Lev 19,17s). En la tradici\u00f3n patriarcal se dan ejemplosmodelo de esta fraternidad: Abrah\u00e1n y Lot superan las discordias (G\u00e9n 13,4), Jacob se reconcilia con Esa\u00fa (G\u00e9n 33,4), Jos\u00e9 perdona a sus hermanos de forma conmovedora (G\u00e9n 45,1-8). Por otra parte, los profetas conjuran a Israel porque ha abandonado el amor fraterno (Os 4,2), \u00abnadie perdona a su vecino\u00bb (Is 9,18ss); la injusticia es universal; no se puede fiar uno de nadie (Miq 7,2-6); \u00abno os fi\u00e9is de un hermano, pues todo hermano estafa y todo amigo siembra calumnias\u00bb (Jer 9,3; cf 11,18; Job 6,12); pero \u00abun hermano ayudado por su hermano es una ciudad fuerte\u00bb (Prov 18,19; Setenta). La violaci\u00f3n del derecho del pobre es una herida todav\u00ed\u00ada mayor, infligida a la comunidad fraterna que liga a Israel; es una afrenta personal hecha a Yhwh, creador de la solidaridad de la alianza; es perversi\u00f3n de la justicia (Am 5,7; Is 10 1s; Jer 22,13-17), de la que Yhwh es la garant\u00ed\u00ada. Por eso el que pisotea al hermano, especialmente al pobre, caer\u00e1 bajo el juicio del Se\u00f1or, que, como rey justo, es el que venga al pobre y, como aliado-pariente, es el defensor del pueblo fundado por \u00e9l y querido como comunidad de hermanos.<\/p>\n<p>As\u00ed\u00ad pues, Israel como comunidad, y cada uno de sus miembros, est\u00e1 llamado a la participaci\u00f3n de la justicia de Dios (Sal 24,5), siguiendo especialmente a Yhwh en su cuidado de los hermanos pobres y peque\u00f1os, ya que son ellos los amados y protegidos particularmente por Yhwh. Puesto que ellos son los m\u00e1s amenazados, por ser los m\u00e1s necesitados, los m\u00e1s desamparados y los m\u00e1s d\u00e9biles, los escucha y oye sus gritos. En efecto, el proletariado rural suele encontrarse en una incre\u00ed\u00adble miseria (Job 24,2-12). Contra el sometimiento de los peque\u00f1os, el profeta Jerem\u00ed\u00adas proclama la libertad de los esclavos: \u00abCada cual deb\u00ed\u00ada dejar libre a sus esclavos y esclavas hebreos, con el fin de no tener sometido a esclavitud a ning\u00fan jud\u00ed\u00ado, hermano suyo\u00bb (Jer 34,9). Yhwh justo es el vengador de la injusticia cometida contra los hermanos peque\u00f1os: \u00abVosotros no me hab\u00e9is escuchado, concediendo cada uno la libertad de su propio hermano, a su pr\u00f3jimo. Pues bien, yo tambi\u00e9n -dice el Se\u00f1or- voy a proclamar contra vosotros la libertad de la espada, la peste y el hambre. Os convertir\u00e9 en objeto de horror para todos los reinos de la tierra\u00bb (Jer 34,17). Los profetas recuerdan con frecuencia la llamada del pueblo: \u00abGuardad el derecho, practicad la justicia, porque mi salvaci\u00f3n est\u00e1 para llegar y mi justicia para manifestarse\u00bb (Is 56,1). \u00abPor amor de Si\u00f3n no me he de callar, no descansar\u00e9 por Jerusal\u00e9n, hasta que no despunte como la aurora su justicia y flamee su salvaci\u00f3n como una antorcha. Ver\u00e1n tu justicia las naciones y todos los reyes tu gloria\u00bb (Is 62,1).<\/p>\n<p>Estamos en presencia de un profundo sentido del concepto religioso de la justicia del AT, puesto que Yhwh quiere el bienestar y la felicidad de todos en la comunidad del pueblo elegido. Por consiguiente, la justicia de Yhwh con Israel fundamenta y hace posible la justicia de Israel. El pueblo entero y cada uno de los individuos de la comunidad de Israel s\u00f3lo pueden ser justos con los dem\u00e1s participando de la justicia de Yhwh y cooperando con ella. Por tanto, ser \u00abjusto\u00bb en Israel es la respuesta dada a Yhwh bajo la forma de fidelidad a la alianza: Yhwh es fiel y est\u00e1 lleno de amor para con Israel siempre y en todas las circunstancias. Israel debe responder a esta fidelidad y amor de Yhwh hacia \u00e9l; por tanto, fidelidad por fidelidad, amor por amor. Solamente as\u00ed\u00ad Israel ser\u00e1 justo ante Yhwh y ante \u00abtodos los reinos de la tierra\u00bb (Jer 34,17).<\/p>\n<p>As\u00ed\u00ad pues, la dimensi\u00f3n social de la justicia en Israel respecto a los hermanos de la misma comunidad significa observar los mandamientos sociales dados por Yhwh, para que en la comunidad reine la concordia, la fraternidad, la solidaridad, el bienestar. \u00ab\u00c2\u00a1Ay de aquellos que dictan leyes de iniquidad! \u00c2\u00a1Ay de los que publican decretos de opresi\u00f3n; que niegan la justicia a los d\u00e9biles y quitan su derecho a los pobres de mi pueblo!\u00bb (Is 10,1-2): Por otra parte, Isa\u00ed\u00adas alaba la justicia de los justos: \u00abEl que camina en la justicia y habla rectamente, el que rechaza una ganancia arrancada a la fuerza, el que sacude su mano para no aceptar soborno, tapa sus o\u00ed\u00addos para no o\u00ed\u00adr intrigas de sangre y cierra sus ojos para no ver el mal: \u00e9se morar\u00e1 en lugar excelso\u00bb (Is 33, 15-16). \u00abSi un hombre es justo y observa el derecho y la justicia; si no banquetea en los montes ni alza sus ojos a los \u00ed\u00addolos de la casa de Israel&#8230;; si no oprime a nadie, devuelve la prenda al deudor, no comete robo, da su pan al hambriento y viste al desnudo&#8230;; si camina en mis preceptos y observa mis leyes obrando con fidelidad, tal hombre es justo y vivir\u00e1, dice el Se\u00f1or Dios\u00bb (Ez 18,5-9).<\/p>\n<p>Antes del destierro se habla todav\u00ed\u00ada poco de la justicia personal del individuo; se acent\u00faa m\u00e1s la importancia de permanecer en la justicia que Yhwh demuestra a todo el pueblo (Sal 15; 24,3s; 143,1). En este per\u00ed\u00adodo la \u00bb justicia humana\u00bb se entiende casi siempre en una relaci\u00f3n entre personas (Gen 38,26; 1Sam 24,15; Am 5,7; 6,12). El \u00bb justo\u00bb pertenece al pueblo al que Yhwh ha concedido participar en su justicia divina (Sal 7,9; 17,1-15; 18,22-24; 26,1-6). Con el juda\u00ed\u00adsmo rab\u00ed\u00adnico las cosas se degradan: la justicia, tanto social como personal, no es ya m\u00e1s que la armon\u00ed\u00ada con la ley. La comunidad de Qumr\u00e1n habla de la justicia tambi\u00e9n en el sentido de \u00bb justificaci\u00f3n\u00bb, convencida de que \u00abjunto a Dios est\u00e1 mi justificaci\u00f3n\u00bb, puesto que \u00ab\u00e9l borra mis pecados con sus justicias\u00bb (1QS 11,2.3.5.12). Por otra parte, Qumr\u00e1n acent\u00faa particularmente la doctrina de la justicia con su misterioso \u00abmaestro de justicia\u00bb.<\/p>\n<p>En conclusi\u00f3n, podemos resaltar cuatro puntos que en cierto modo sintetizan estas breves consideraciones sobre el concepto sedaqah del AT:<br \/>\na) La pobreza en el AT es un hecho social, ligado a circunstancias econ\u00f3micas, pol\u00ed\u00adticas y sociales, que provoca una reflexi\u00f3n religiosa. Durante su vida n\u00f3mada, todo el pueblo es pobre. En el c\u00f3digo de la alianza aparece una diferencia social muy escasa. Con la monarqu\u00ed\u00ada se establece la condici\u00f3n econ\u00f3mica m\u00e1s diferenciada: nace una clase de pobres. Pero frente a la pobreza-esc\u00e1ndalo, los profetas remachan la pobreza como ideal: un descubrimiento de los valores espirituales de la pobreza y del peligro de las riquezas.<\/p>\n<p>b) La justicia de Yhwh se-muestra en un acontecimiento de la historia de la salvaci\u00f3n: la alianza. Dios se hace compa\u00f1ero del hombre para crear una comunidad fiel a su palabra y solidaria en s\u00ed\u00ad misma. Yhwh se presenta como pariente de su pueblo, que acepta esa alianza. Se trata de una \u00abconsanguinidad\u00bb m\u00e1s fuerte que la \u00e9tnica. Yhwh se uni\u00f3 a Israel con v\u00ed\u00adnculos de parentela, que se hace m\u00e1s estrecha en el caso de los m\u00e1s pobres. Por tanto, los beneficiarios de la alianza est\u00e1n ligados entre s\u00ed\u00ad con v\u00ed\u00adnculos de parentesco; son \u00abhermanos\u00bb, hermanos en el orden religioso y moral. Can esto precisamente el concepto de sedaq\u00e1h adquiere cada vez m\u00e1s la acepci\u00f3n de solidaridad, de amor, de caridad y de bondad, especialmente si el pueblo elegido se conserva fiel a la alianza. Esta nueva comuni\u00f3n familiar de amor, de caridad.y de bondad no debe excluir a nadie; m\u00e1s a\u00fan, demuestra su autent\u00ed\u00adcidad en la solicitud con el necesitado.<\/p>\n<p>c) La justicia de la Biblia est\u00e1 en conformidad con la naturaleza de Yhwh, que est\u00e1 siempre en favor de los pobres, de los oprimidos, de los necesitados, y al que el hombre tiene que imitar, compartiendo sus preocupaciones con un coraz\u00f3n puro (leb tachor),esto vale para todo el pueblo elegido y para cada uno de sus miembros. Si decimos que la justicia est\u00e1 en conformidad con la \u00abnaturaleza\u00bb de Yhwh, esto introduce el pensamiento teol\u00f3gico de que la naturaleza de Dios es el amor. Por tanto, el fundamento \u00faltimo de la justicia del AT es el amor de Yhwh a su pueblo. Israel participa de este amor de Yhwh: por eso tiene la obligaci\u00f3n de imitar el amor participatmo de Dios a cada uno. Cada individuo tiene su dignidad personal, que teol\u00f3gicamente ha de buscarse en la unidad con Dios; es decir, en el amor, en la participaci\u00f3n del amor divino a cada ser humano.<\/p>\n<p>d) Con esto hemos tocado la analog\u00ed\u00ada de la fe, expresada en la siguiente ecuaci\u00f3n: Yhwh fiel = Israel fiel, Yhwh justo = Israel justo, Yhwh amor = Israel amor. Con t\u00e9rminos \u00e9ticos se puede decir que el indicativo moral interno para ser justos (solidarios, caritativos) es la misma naturaleza de la persona humana, creada a imagen y semejanza de Dios (G\u00e9n 1,26-27): cada hombre es \u00abimagen\u00bb; por tanto, todos los hombres son iguales, vecinos, hermanos. El imperativo moral no son reglas externas, sino el ser . del hombre que obliga a imitar o a reflejar en su dignidad a su original o prototipo, que es Dios creador-amor, en la imagen perfecta de Cristo (GS 22). En la justicia del AT cuenta m\u00e1s el ser del hombre que sus acciones concretas; o mejor dicho, las acciones tienen toda su importancia cuando se ven en la persona. Por eso la dimensi\u00f3n de la justicia del AT es personal; religioso-teol\u00f3gica respecto a Yhwh y religioso-social respecto al pr\u00f3jimo. Cualquier justicia o injusticia humana es afianzamiento o ruptura de esa lealtad y solidaridad interhumana; pero al mismo tiempo es sobre todo cumplimiento o transgresi\u00f3n de la lealtad y fidelidad a Yhwh, rey-pariente justo y Se\u00f1or absoluto.<\/p>\n<p>3. EN EL NT. Para captar mejor la dimensi\u00f3n de la justicia revelada, esto es, la dimensi\u00f3n externa e interna, personal y social, despu\u00e9s de haber visto el origen y el desarrollo del mismo concepto en el AT, es necesario resaltar algunos aspectos de \u00c2\u00a1ajusticia superior en el NT. Se trata de un salto cualitativo. Destaquemos solamente tres puntos.<\/p>\n<p>a) El episodio lucano de Nazaret (Lc 4,18-19) es fundamental para nuestro tema, ya que constituye el coraz\u00f3n del programa mesi\u00e1nico de Jes\u00fas. Hay que recordar cinco textos paralelos: Le 4 18-19; Is 61 1-2; Is 58, 6-10; Lc 7,22-23; Mt 25,31-46. La homil\u00ed\u00ada de Jes\u00fas en esta ocasi\u00f3n, en la inauguraci\u00f3n de su ministerio, tiene un lugar privilegiado. La lectura hecha por Jes\u00fas en la sinagoga y la explicaci\u00f3n del trozo del profeta Isa\u00ed\u00adas es central, ya que Jes\u00fas se presenta a trav\u00e9s del profeta Isa\u00ed\u00adas. El Esp\u00ed\u00adritu que reposa sobre \u00e9l lo llevar\u00e1 a evangelizar a los pobres, a anunciar la liberaci\u00f3n a los prisioneros, a rescatar a los oprimidos, a proclamar el a\u00f1o de gracia del Se\u00f1or, a\u00f1o jubilar en el que se borraban las deudas y se liberaban los esclavos. Poner de relieve a todos los marginados con sus respectivas necesidades -los pobres, los prisioneros, los ciegos, los oprimidos (Lc 4,18-19), los cojos, los leprosos, los sordos, los mudos (Lc 7,22-23)indica la totalidad y la universalidad de su misi\u00f3n. El texto sigue: \u00abUn d\u00ed\u00ada de venganza para nuestro Dios, para consolar a todos los afligidos\u00bb (Is 61,2b), texto que Jes\u00fas no lee para no aumentar la irritaci\u00f3n de su auditorio. El texto de Isa\u00ed\u00adas que lee es el siguiente: \u00abEl Esp\u00ed\u00adritu del Se\u00f1or Dios est\u00e1 en m\u00ed\u00ad, porque el Se\u00f1or me ha ungido. Me ha enviado a llevar la buena nueva a los pobres, a curar los corazones oprimidos, a anunciar la libertad a los cautivos, la liberaci\u00f3n a los presos; a proclamar un a\u00f1o de gracia del Se\u00f1or\u00bb. Tambi\u00e9n es otro texto paralelo de Isa\u00ed\u00adas el de Is 58,610, que se recoge en la par\u00e1bola del juicio final (Mt 25,31-46), en donde se enumeran obras de justicia\/caridad: \u00abtuve hambre&#8230;, sed&#8230;, era forastero&#8230;, desnudo&#8230;, enfermo&#8230;, encarcelado\u00bb; \u00abme disteis de comer&#8230;, de beber&#8230;, me alojasteis&#8230;, vestisteis, visitasteis&#8230;, vinisteis a buscarme\u00bb; \u00abos aseguro que cuando lo hicisteis con uno de estos mis hermanos m\u00e1s peque\u00f1os, conmigo lo hicisteis\u00bb.<\/p>\n<p>En el episodio de la sinagoga de Nazaret es evidente un aspecto f\u00ed\u00adsico y un aspecto espiritual. En Isa\u00ed\u00adas, el devolver \u00abla vista a los ciegos\u00bb no se limita a un hecho f\u00ed\u00adsico, sino que designa m\u00e1s bien la ceguera espiritual y una nueva iluminaci\u00f3n del coraz\u00f3n. En Jes\u00fas las acciones visibles significan tambi\u00e9n acciones espirituales. La respuesta a los enviados del Bautista (Lc 7,22-23): \u00ablos ciegos ven, los cojos andan, los leprosos quedan limpios, los sordos oyen, los muertos resucitan, se anuncia el evangelio a los pobres\u00bb, se encuentra en la misma l\u00ed\u00adnea. Es sintom\u00e1tico que, de toda una serie de milagros hechos por Jes\u00fas, el \u00faltimo signo sea el m\u00e1s espec\u00ed\u00adfico y hasta el decisivo, ya que caracteriza a su misi\u00f3n mesi\u00e1nica, prevista por Isa\u00ed\u00adas (61,1-2): \u00abMe ha enviado a llevar la buena nueva a los pobres\u00bb.<\/p>\n<p>En su ambiente hist\u00f3rico, la homil\u00ed\u00ada de Jes\u00fas estaba cargada de una fuerte tensi\u00f3n escatol\u00f3gica y tambi\u00e9n consolatoria: Cristo ofrece la salvaci\u00f3n escatol\u00f3gica a los que son espiritualmente pobres en el sentido de la primera bienaventuranza (Mt 5,3: \u00abDichosos los pobres de esp\u00ed\u00adritu&#8217;, a sea, a los que no poseen nada, a los que est\u00e1n desprovistos de todo ante Dios. Ante Dios es totalmente pobre el que, con coraz\u00f3n humilde y agradecido, lo recibe todo de Dios. Por esto se f\u00ed\u00ada absolutamente de \u00e9l. Estamos en una concepci\u00f3n m\u00e1s amplia del \u00abpobre\u00bb, que acent\u00faalos aspectos interiores de despeg\u00f3 de los bienes de este mundo y de total disponibilidad para el reino. Son tres las maneras de considerar al \u00abpobre\u00bb: pobre en comparaci\u00f3n con el rico, pobre frente a Dios, Dios frente al pobre. Pero \u00bfc\u00f3mo compensa Dios al hombre pobre? \u00abLo llena haci\u00e9ndose \u00e9l mismo tesoro del que es pobre; lo llenad\u00e1ndose y autocomunic\u00e1ndose, no necesariamente enriqueci\u00e9ndolo con dinero. El evangelio revela esta autocomunicaci\u00f3n de Dios en Cristo y en el Esp\u00ed\u00adritu. Dios se revela al pobre en todo su poder. Este est\u00e1 frente a \u00e9l como necesitado, como el que lo invoca, le suplica, lo espera\u00bb (C. M. Martini. Ciertamente, Lc4,18 permanece voluntariamente ambiguo, gen\u00e9rico y enigm\u00e1tico; m\u00e1s a\u00fan, tiene que seguir siendo as\u00ed\u00ad. Las dos interpretaciones, a saber: la escatol\u00f3gica y la consolatoria, tienen su peso, ya que sin la escatol\u00f3gica no existe la consolatoria, y viceversa. Dicho esto, se puede .objetar que hay hombres ricos que no pueden ponerse en la categor\u00ed\u00ada de los \u00abpobres\u00bb. Pero la respuesta ya est\u00e1 dada: todos somos espiritualmente pobres ante Dios de una manera o de otra. El mensaje de Jes\u00fas no es clasista, porque los excluidos, los ignorados, los enfermos, los endemoniados, los leprosos, las mujeres, los ni\u00f1os, los paganos, los samaritanos, los publicanos, los pecadores, no deben entenderse ante todo en sentido material, sino espiritual, no en sentido exclusivo, sino preferencial. Con esto el concepto de sedaqah, dikaiosyne, justicia, alcanza su v\u00e9rtice, su significado supremo, en el programa de Jes\u00fas.<\/p>\n<p>b) Tomemos ahora el acontecimiento central, la par\u00e1bola mateana descrita en el cap\u00ed\u00adtulo 25,31-46. Despu\u00e9s del fin de la historia de la salvaci\u00f3n, el acontecimiento escatol\u00f3gico m\u00e1s dram\u00e1tico es el] uicio final con la realidad tremenda de la justicia superior. A pesar de no estar del todo claro, se trata sin embargo del juicio; m\u00e1s a\u00fan, del juicio supremo. Y el juicio tiene que ver con la justicia. El juez es Jesucristo bajo la forma del \u00abrey justo\u00bb; \u00e9l es la figura principal, central, de la par\u00e1bola. Este rey justo tiene una relaci\u00f3n real de parentesco con los pobres, los peque\u00f1os, los oprimidos, los abandonados, ya que los proclama \u00abmis hermanos\u00bb (Mt 25,40 y 45). \u00bfCu\u00e1l es entonces el criterio del juicio? El criterio es la persona del rey juez: todo el bien o el mal que se hace a los pobres a los peque\u00f1os, etc., se le hace a \u00e9l: \u00abOs aseguro que cuando lo hicisteis con uno de estos mis hermanos m\u00e1s peque\u00f1os, conmigo lo hicisteis\u00bb (v. 40). Se ponen definitivamente de relieve las bienaventuranzas: \u00abdichosos los pobres\u00bb, \u00abdichosos los afligidos\u00bb, \u00abdichosos los que tienen hambre y sed de justicia\u00bb, \u00abdichosos los perseguidos por ser justos\u00bb (Mt 5,1-10). Este triunfo de la justicia hac\u00ed\u00ada ya siglos que hab\u00ed\u00ada sido perfectamente descrito, casi con las mismas palabras, por el profeta Isa\u00ed\u00adas (58,6-10). Por tanto, la revelaci\u00f3n de la justicia es coherente desde el comienzo hasta el final de la historia, siempre en ascensi\u00f3n, cada vez m\u00e1s humana y humanizada, espiritual y espiritualizada. La justicia del \u00abrey\u00bb y la justicia del \u00abjusto\u00bb que sigue al rey es enriquecida por la solidaridad, la caridad y la misericordia, pero sin que estas virtudes pierdan su propio car\u00e1cter.<\/p>\n<p>Pero hay tambi\u00e9n interpretaciones abusivas (C.M. Martini): la primera es atea, ya que en toda la par\u00e1bola mateana no se ve ning\u00fan motivo superior o de fe, ninguna huella de religiosidad, de manera que se fomenta una teolog\u00ed\u00ada del ate\u00ed\u00adsmo. Los que sostienen esta opci\u00f3n absurda no ven que la frase \u00abconmigo lo hicisteisconmigo no lo hicisteis\u00bb (Mt 25,40 y 45) son acciones iluminadas por la fe en Cristo y por la acogida de su persona te\u00e1ndrica. Pero esto no tiene nada que ver con la pura filantrop\u00ed\u00ada. Adem\u00e1s, tampoco comprenden que esta caridad es teologal; que no se excluye la llamada a creer en el evangelio, sino que m\u00e1s bien la supone. Por otra parte, es verdad que el texto no precisa c\u00f3mo es posible la caridad (teologal) a los que no han acogido el evangelio. Quiz\u00e1 Jes\u00fas ve\u00ed\u00ada precisamente en la generosidad fraterna un camino que conduce a la acogida del misterio de su persona.<\/p>\n<p>La segunda interpretaci\u00f3n es superficial, ya que afirma que en la par\u00e1bola se habla s\u00f3lo de obras, sin que entre para nada el coraz\u00f3n del hombre. No se requiere la actitud espiritual por parte del que presta ayuda al necesitado, ni cuenta la intenci\u00f3n o la conciencia del sujeto agente; s\u00f3lo vale el hacerlo o el dejarlo de hacer. Pero Jes\u00fas resalta en muchos textos la intenci\u00f3n, la conciencia, la voluntad del hombre. \u00abGuardaos de practicar vuestra justicia delante de los hombres para que os vean; de otro modo no tendr\u00e9is m\u00e9rito delante de vuestro Padre celestial&#8230;; os aseguro que ya recibieron su recompensa\u00bb (Mt 6,1-18).<\/p>\n<p>La tercera opini\u00f3n es unilateral, puesto que afirma que las obras mencionadas forman un cat\u00e1logo completo y exclusivo de todas las obras sometidas al juicio, como si fuese una lista de las obras de misericordia corporal taxativamente enumeradas. Pero \u00abser\u00ed\u00ada una equivocaci\u00f3n sacar de este trozo una especie de cat\u00e1logo exclusivo de las cosas que hay que hacer para salvarse&#8230; El pasaje es muy atrevido; no obstante, como sucede con muchos trozos b\u00ed\u00adblicos, tiene que recibirse en su sentido simb\u00f3lico, mirando en la profundidad del mensaje y no exagerando alg\u00fan que otro aspecto\u00bb (C.M. Martini). Pero hay m\u00e1s todav\u00ed\u00ada: si esta par\u00e1bola de Mateo se sit\u00faa en el contexto de todo su evangelio, resulta que se recomiendan en \u00e9l otras muchas obras como la misericordia; el perd\u00f3n, la oraci\u00f3n en silencio, etc. Los exegetas modernos subrayan, entre otras, tres dimensiones m\u00e1s destacadas de la par\u00e1bola de Mateo. Primero, es clara la dimensi\u00f3n cristol\u00f3gica, en esta \u00faltima cristofan\u00ed\u00ada: Jes\u00fas (hijo del hombre, rey, se\u00f1or) es el centro y la meta, tanto de la intenci\u00f3n salv\u00ed\u00adfica del Padre como del obrar humano (justoinjusto). Pues bien, resulta m\u00e1s clara que nunca la verdad de que la persona de Cristo es la norma de la conducta moral, la \u00abmedida de todas las cosas\u00bb: \u00abCuando todo le est\u00e9 sometido (al Hijo), entonces tambi\u00e9n el Hijo se someter\u00e1 al Padre, que le someti\u00f3 todo a \u00e9l para que Dios sea todo en todas las cosas\u00bb (1 Cor 15,28). Segundo, la extensi\u00f3n universal del juicio a todos los pueblos y naciones: la relaci\u00f3n de parentesco entre el rey y los \u00faltimos del mundo, por ser \u00abhermanos\u00bb del rey (los hambrientos, los peregrinos, los enfermos, los prisioneros, los pobres, los m\u00e1s peque\u00f1os), requiere la justicia en las obras personales (amor, caridad, solidaridad, tolerancia); no bastan las cosas como tales; por tanto, no basta la justicia jur\u00ed\u00addico-social sola, que es \u00abm\u00ed\u00adnimum moralitatis\u00bb, y que puede ser entendida precisamente en un sentido minimalista y puramente legalista. Al contrario, con la par\u00e1bola de Mateo estamos en plena gratuidad revelada: no el peque\u00f1o en lugar del rey, no una plena identificaci\u00f3n o univocidad,sino los dos juntos en jerarqu\u00ed\u00ada: Cristo quiere ser ayudado en los pobres; por eso, lo que se le hace al pobre se le hace a \u00e9l. Tercero, el se\u00f1or\u00ed\u00ado de Cristo se realiza en el servicio a los peque\u00f1os: \u00abEl Hijo del hombre no ha venido a ser servido, sino a servir y a dar su vida\u00bb (Mc 10,45); \u00abYo os he dado ejemplo&#8230;; os aseguro que el criado no es m\u00e1s que su amo\u00bb (Jn 13,15 s); \u00abYo estoy en medio de vosotros como el que sirve\u00bb (Lc 22,27). Aqu\u00ed\u00ad hay que acentuar, por tanto, la seriedad de lo cotidiano, de lo \u00abcom\u00fan\u00bb, de lo obvio, ya que en el simple servicio al hombre se promueven sus derechos, siguiendo al rey justo en una triple l\u00ed\u00adnea, de una triple indigencia: la alimentaci\u00f3n (comida yagua) pertenece al primer derecho fundamental, es decir, a la vida personal del hombre; la inserci\u00f3n en una comunidad (extranjero sin patria, sin vestido, sin el calor de una comunidad) pertenece al segundo derecho fundamental, es decir, al derecho a la comunidad, a la sociedad (familia, patria, comunidad de creyentes, protecci\u00f3n social); la necesidad de la libertad (enfermedad, c\u00e1rcel) pertenece al tercer derecho fundam\u00e9nfal dei hombre, esto es, a la libertad de conciencia, de religi\u00f3n, a la libertad externa e interna, lejos de toda imposici\u00f3n o limitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>As\u00ed\u00ad pues, para concluir, el criterio decisivo es la persona te\u00e1ndrica de Cristo (\u00abconmigo lo hicisteis&#8217;. Este criterio hace que todas las obras hechas a los \u00abhermanos\u00bb entren en el concepto de justicia ampliado, es decir, b\u00ed\u00adblico-teol\u00f3gico-religioso espec\u00ed\u00adficamente cristiano. El objeto son las obras de caridad, de misericordia, de solidaridad, que expresan sin duda una \u00abfilantrop\u00ed\u00ada\u00bb m\u00e1s elevada, una unanimidad m\u00e1s noble, una justicia superior, m\u00e1s all\u00e1 de lo que puede exigir cualquier ley positiva o justicia de tipo cosificado, expresada con la f\u00f3rmula \u00abcuique suum\u00bb. Por consiguiente, en la par\u00e1bola mateana del juicio final est\u00e1n involucrados muchos valores elevados, sublimes y espirituales, que transforman tambi\u00e9n la justicia ya perfecta del AT en una justicia nueva, grande, salv\u00ed\u00adfica, espec\u00ed\u00adficamente cristiana.<\/p>\n<p>c) Sobre la justicia superior en Pablo se ha escrito mucho (J. Blank, G. Bornkamm, F.F. Bruce, R. Bultmann, C.H. Dodd, G. Friedrich, H. H\u00fcbner, S. Johnson, E. K\u00e1semann, S. Lyonnet, H. R\u00e1is\u00e1nen, H. Schlier, W. Schrage, H. Sch\u00fcrmann, U. Wilckens y, \u00faltimamente, Brice L. Mart\u00ed\u00adn [Christ and the Law in Paul, 1989] y Frank Thielman, [From Plight to Solution. A Jewish Framework for Understanding Paul&#8217;s View of the Law in Galatians and Romans, 1989]). El concepto de \u00bb justicia\u00bb en Pablo est\u00e1 en la l\u00ed\u00adnea b\u00ed\u00adblica que acabamos de explicar. Pero es interiorizado progresivamente hacia el crecimiento interior en la \u00bb justificaci\u00f3n\u00bb del perdonado en Cristo.<\/p>\n<p>Tres ideas principales:<br \/>\n&#8211; El deudor, en la cultura romana, tiene que pagar las deudas, pues de lo contrario va a la c\u00e1rcel, a pesar de la existencia de la aequitas romana (la imparcialidad del derecho), que ha dado a los romanos gloria mundial. Pablo acent\u00faa el concepto de justificaci\u00f3n: al que ha sido perdonado en Cristo se le borra toda deuda. El \u00abjustificado\u00bb se hace \u00abjusto\u00bb, \u00absanto\u00bb. Mientras que la justicia romana emana de las leyes, la justificaci\u00f3n paulina se verifica dentro de la persona, en la gracia de Cristo, sin leyes, y tiene efectos positivos tambi\u00e9n para la sociedad. Para los estoicos la divinidad es s\u00f3lo un modelo de \u00abautoliberaci\u00f3n\u00bb; para Pablo, Dios en Cristo es el que libera y salva al hombre de su injusticia, de su \u00absklerokard\u00ed\u00ada\u00bb. El hombre liberado se distancia de los bienes terrenos, con lo que se hace disponible para el uso de los mismos en favor de los necesitados. Con esto Pablo relativiza la ley, los bienes materiales, desde una perspectiva social m\u00e1s profunda, y rechaza la idea estoica de la autosuficiencia.<\/p>\n<p>&#8211; Esto nos gu\u00ed\u00ada hacia el verdadero concepto paulino de la \u00abjusticia\u00bb. Siguiendo la l\u00ed\u00adnea b\u00ed\u00adblica, Pablo se preocupa de los pobres (p.ej., de la Iglesia madre de Jerusal\u00e9n), pero en un concepto m\u00e1s amplio de pobreza. Se ocupa de los pobres y de los marginados en el sentido social,- pero m\u00e1s a\u00fan en el sentido espiritual, de los esclavos espirituales. Pablo defiende los derechos de los m\u00e1s peque\u00f1os, proclamando el poder del reino universal de Cristo resucitado. Sobre esta base todos, hasta los m\u00e1s desamparados, tienen los mismos derechos y los mismos deberes: en el matrimonio (el marido con la mujer), en la familia (el amo con los hijos y los esclavos: Ef 5,22-33; 6,1-9), en la sociedad, sin discriminaciones entre ricos y pobres, entre griegos y jud\u00ed\u00ados, entre due\u00f1os y esclavos (Col 3,18; G\u00e1l 3,26-28). Esta fue una inaudita revoluci\u00f3n social, ya que hasta entonces el esclavo era una \u00abcosa\u00bb del due\u00f1o, la mujer era la parte d\u00e9bil de la familia, los hijos estaban expuestos a la voluntad desp\u00f3tica del padre. Pues bien, el esclavo tiene \u00aben el Se\u00f1or\u00bb los mismos derechos y deberes que el amo (Col 3,18-19).<\/p>\n<p>&#8211; Con esto Pablo no derrib\u00f3 pol\u00ed\u00adticamente el orden social de su \u00e9poca, sino que lo relativiz\u00f3: su expresi\u00f3n \u00aben Cristo Jes\u00fas nuestro Se\u00f1or: En Christ\u00f3 leso\u00fa t\u00f3 Kyri\u00f3 hem\u00f3n\u00bb (Rom 6,23 y passim) lo cambia todo desde dentro, ya que \u00abliberados del pecado y hechos siervos de Dios\u00bb (Rom 6,23) los cristianos son capaces de transformar la sociedad. El esclavo, a pesar de la situaci\u00f3n social injusta, est\u00e1 ya liberado en Cristo; por eso muchos esclavos recibieron el cristianismo, mientras que no se les pod\u00ed\u00ada convertir a la religi\u00f3n jud\u00ed\u00ada antes de ser socialmente liberados de la esclavitud, ya que los esclavos no pod\u00ed\u00adan observar la ley mosaica. Pablo se las tiene que ver con la \u00abesclavitud\u00bb en Corinto, en Roma, pero lo que importa del hombre no es la condici\u00f3n socio-econ\u00f3mico-pol\u00ed\u00adtica externa como tal, sino la llamada de Dios (lCor 7,17ss). El esclavo, por tanto, cumplir\u00e1 sus deberes de cristiano sirviendo a su amo como a Cristo (cf Ef 6,5-8); el amo cristiano, por su parte, recibir\u00e1 a su esclavo como su \u00abhermano en Cristo\u00bb (Ef 6,9). As\u00ed\u00ad se deduce de la breve carta a Filem\u00f3n: \u00abTe lo env\u00ed\u00ado (a On\u00e9simo) como si te enviara mi propio coraz\u00f3n&#8230; Tal vez por esto se separ\u00f3 de ti, para que lo tuvieras para siempre, no ya como esclavo, sino como a un hermano querido, que lo es much\u00ed\u00adsimo para m\u00ed\u00ad, \u00c2\u00a1cu\u00e1nto m\u00e1s debe serlo para ti como persona y como cristiano!\u00bb (Flm 1215). Los bautizados en Cristo se han liberado del pecado, de la muerte, de la ley (Rom 6-8; G\u00e1l 5,1 l); se han hecho \u00abesclavos\u00bb de Dios y de la justicia (1Cor 9,19; cf Mt 20,26-27 y Jn 13,14ss).<\/p>\n<p>As\u00ed\u00ad pues, esta justicia superior paulina, identificada con la justificaci\u00f3n ofrecida por Dios (Rom 3,5), que penetra en el coraz\u00f3n del esclavo del pecado (Rom 3,26), es distinta de la justicia humana socio-pol\u00ed\u00adtico-econ\u00f3mica. Sin embargo, los frutos sociales de esta justicia divina, no clasista ni parcial, son los \u00fanicos realmente capaces de transformar la sociedad de todos los tiempos.<\/p>\n<p>4. EL CONCEPTO FILOS\u00ed\u201cFICO-JUR\u00ed\u008dDIC0. Hay dos visiones del concepto filos\u00f3fico jur\u00ed\u00addico de la justicia: la tradicional y la moderna.<\/p>\n<p>a) La visi\u00f3n tradicional o cl\u00e1sica, empezando por la cultura griega (dikaiosyne=justicia; dikaios= busto; dikaiosis=justificaci\u00f3n), parte del sustantivo dik\u00e9=directiva, indicaci\u00f3n, orden. \u00abDik\u00e9\u00bb es hija de Zeus y participa en su gobierno del mundo. Esto denota la excelencia de la justicia en la cultura griega. La \u00abdik\u00e9\u00bb es necesaria para que el hombre pueda desarrollar ordenadamente su existencia personal y comunitaria. En el sentido jur\u00ed\u00addico-administrativo puede significar tres cosas: el orden igualitario que debe establecerse en una sociedad normal, el conjunto de leyes que garantizan el mismo orden, el \u00f3rgano o el r\u00e9gimen que, sin discriminaciones o privilegios, aplica estas leyes igualmente para todos. Lo opuesto al orden jur\u00ed\u00addico-administrativo es la \u00abb\u00ed\u00ade\u00bb=molencia o poder destructor del orden. En el sentido de valor personal e interpersonal se conocen algunas definiciones de la antig\u00fcedad. Para Plat\u00f3n la justicia es un acto, es decir, \u00abdar a cada uno lo que le corresponde\u00bb (Republ. I, 6,331). Para Arist\u00f3teles es un h\u00e1bito: \u00abla virtud por la cual se act\u00faa escogiendo `lo justo\u00bb&#8216; (Etica Nicom. V, 1129). Para Ulpiano es tambi\u00e9n un h\u00e1bito: \u00abLa voluntad constante y perpetua de atribuir a cada uno lo suyo\u00bb (Dig. I, 1,10). Para santo Tom\u00e1s es \u00abla virtud por la que cada uno, con voluntad constante y perpetua, atribuye a cada uno su derecho\u00bb (S. Th. II-II, 58-1).<\/p>\n<p>De estas y otras simples definiciones cl\u00e1sicas, con excepci\u00f3n de la doctrina de santo Tom\u00e1s considerada en su conjunto, puede decirse en general que manifiestan una justicia demasiado objetivista, cosificada, cuantificada o matem\u00e1tica = `dar a cada uno lo suyo\u00bb-, como si se tratase s\u00f3lo de los bienes exteriores que no tienen nada que ver con el sujeto agente, ni con su conciencia, m con la intenci\u00f3n subjetiva, como si no hubiera que tomar en consideraci\u00f3n para nada la persona del agente y la persona a la que se da lo suyo. Pero esta justicia, que se limita a lo debido material o cuantificativo, no es capaz de captar la profundidad personal del derecho; se trata de una justicia m\u00ed\u00adnima, externa, que puede incluso resultar inhumana, y por tanto una `justicia injusta\u00bb.<\/p>\n<p>b) Toda cualidad \u00e9tica es de un sujeto agente, y no de una cosa debida. Esto hace que lo formalmente justo seg\u00fan una ley o seg\u00fan una convenci\u00f3n puede que no sea justo en nombre de la dignidad del hombre. Un salario, una satisfacci\u00f3n de las obligaciones de la justicia conmutativa, una distribuci\u00f3n burocr\u00e1tica y formal, todas estas y otras formas de justicia objetiva externa pueden ser \u00abjustas\u00bb ad rigorem litterae, pero no ad dignitatem personae, ya que el sujeto agente est\u00e1 fuera de fuego.<\/p>\n<p>Pero el nuevo principio exige ante todo el reconocimiento del derecho fundamental del ser persona con todas sus implicaciones, como veremos m\u00e1s adelante; en consecuencia, si en otros tiempos se privilegiaba lo debido cuantitativo (m\u00ed\u00adnimo), hoy se destaca lo debido cualitativo (\u00abjusto\u00bb no en nombre de la ley, sino del hombre). Pero puede objetarse entonces que, m\u00e1s all\u00e1 de lo estrictamente debido y de la medida legal, est\u00e1 s\u00f3lo la caridad, y que la caridad no es la justicia; por tanto, que la dimensi\u00f3n personal del sujeto no tiene nada que ver con la justicia y que no entra en ella para nada. Es verdad que no tiene nada que ver con la justicia entendida en el sentido tradicional-cl\u00e1sico objetivista y cuantificado, pero s\u00ed\u00ad tiene que ver con la justicia que es primordialmente la garant\u00ed\u00ada del bien de la persona, del derecho que brota no de la ley positiva, sino de la naturaleza de la persona, que afecta a la persona y no solamente a sus cosas.<\/p>\n<p>La historia del concepto de justicia muestra que en \u00e9l, a pesar de haber surgido de dos fuentes (la b\u00ed\u00adblico-teol\u00f3gica primero y la filos\u00f3ficojur\u00ed\u00addica despu\u00e9s), la dimensi\u00f3n b\u00ed\u00adblico-teol\u00f3gica despu\u00e9s de los padres de la Iglesia y luego de los escol\u00e1sticos ha llegado casi a olvidarse, mientras que el concepto grecorromano de justicia, \u00aba cada uno lo suyo\u00bb, se ha convertido casi en el \u00fanico, dentro de un orden social conservador, est\u00e1tico, inmutable. Dejando caer la ley del AT, en el tratado De gratia se ha considerado la justicia divina y la justificaci\u00f3n del hombre en el sentido paulino, sin ninguna influencia sobre la moral, sobre la catequesis, sobre la educaci\u00f3n cristiana. Incluso hoy hay autores que conciben la justicia solamente seg\u00fan las categor\u00ed\u00adas de la justicia aristot\u00e9lica. El hecho hist\u00f3rico es que los manualistas no ve\u00ed\u00adan c\u00f3mo partir de la Escritura para fundamentar el tratado De justicia. La justicia conmutativa ocupa el primero y casi el \u00fanico puesto, como modelo paradigm\u00e1tico. Lo pone de relieve E. Ciavacci (Teolog\u00ed\u00ada morale 3\/ 1, 13\/23): la justicia conmutativa en el manual de G. Genicot Institutiones theologiae moralis II (1941, ed. 28.g) ocupa 233 p\u00e1ginas; en el manual de D.M. Pr\u00fcmmer Manuale theologiae moralis II (1940) ocupa unas 200 p\u00e1ginas; en el manual de T.A. Iorio Theologia moralis II (1946) ocupa 255 p\u00e1ginas de las 580 que tiene la secci\u00f3n de los preceptos de Dios y de la Iglesia. Por tanto, demasiado derecho y poco contenido teol\u00f3gico, casi sin ninguna dimensi\u00f3n personal, eclesial y social.<\/p>\n<p>Digamos una vez m\u00e1s que el concepto aristot\u00e9lico cuique suum era \u00fanico y com\u00fan. La consecuencia ha sido que todos los tratados escol\u00e1sticos estaban privados de las dimensiones profundas b\u00ed\u00adblico-teol\u00f3gicas. Tampoco se ten\u00ed\u00ada en cuenta la relaci\u00f3n entre la justicia y el amor\/caridad, ni con la dignidad de la persona humana, ni con el derecho de los necesitados (los pobres, los peque\u00f1os, las viudas). \u00abEl tratado se llam\u00f3 De justitia et jure y se uni\u00f3 al derecho civil, tan poco adecuado para descubrir las injusticias sociales. La correcci\u00f3n de las grandes desigualdades estaba confiada a la caridad-beneficencia, virtud por excelencia de los ricos, que eran alabados por su generosidad con los pobres\u00bb (E. HAMEL, I fondamenti&#8230;, 75). Hamel a\u00f1ade que la virtud de la justicia no pudo entrar por largo tiempo en los tratados de espiritualidad. Pero hay m\u00e1s a\u00fan. Todav\u00ed\u00ada hoy el concepto de justicia no se encuentra elaborado en algunos textos escolares, por ejemplo en el Nuevo diccionario de espiritualidad (19914), ni en el Nuevo diccionario de teolog\u00ed\u00ada (1982), ni en el Diccionario de categu\u00e9tica (1987), ni siquiera en el Dizionario di pastorale giovanile (1989), etc.<\/p>\n<p>Se han presentado muchos factores nuevos y urgentes fuera de la Iglesia (la sensibilidad por las culturas, el destino com\u00fan de todos respecto a la falta de energ\u00ed\u00ada, los problemas bio\u00e9ticos y del ambiente, el ocaso pol\u00ed\u00adtico-econ\u00f3mico del socialismo real, etc.), as\u00ed\u00ad como otros factores que influyen en una nueva reflexi\u00f3n en la comunidad de los creyentes en Cristo (el nacimiento y la expansi\u00f3n r\u00e1pida del \u00abcuarto\u00bb mundo, la doctrina social renovada de la Iglesia, la virtud de la justicia hoy, etc.), que han engendrado una nueva necesidad de integraci\u00f3n entre la doctrina de la tradici\u00f3n cristiana b\u00ed\u00adblico-teol\u00f3gica, la doctrina cl\u00e1sica filos\u00f3fico jur\u00ed\u00addica y la de inspiraci\u00f3n moderna, que pone de relieve cada vez m\u00e1s al hombre en su integridad socio-antropol\u00f3gica. As\u00ed\u00ad se va hacia una nueva s\u00ed\u00adntesis del concepto de \u00abjusticia\u00bb, hacia una renovaci\u00f3n y modernizaci\u00f3n del concepto b\u00ed\u00adblicoteol\u00f3gico y filos\u00f3fico jur\u00ed\u00addico, que sea m\u00e1s humano y cristiano, m\u00e1s comprensible y aceptable, m\u00e1s cre\u00ed\u00adble y eficaz para nuestro tiempo.<\/p>\n<p>Algunos objetan que con un concepto ampliado de justicia, es decir, personalizado y teologizado, quiz\u00e1 hayamos cometido dos errores. El primero es que la justicia est\u00e1 muy cerca del amor\/caridad, de manera que el primer mandamiento divino podr\u00ed\u00ada haberse formulado as\u00ed\u00ad: \u00abla justicia con Dios y con el pr\u00f3jimo\u00bb. \u00bfNo ser\u00ed\u00ada \u00e9sta una confusi\u00f3n doctrinal? Y el segundo es que de este modo la justicia se acerca mucho a la fe cristiana; tambi\u00e9n en este caso se llegar\u00ed\u00ada casi a identificar la fe con la justicia, con lo que este concepto ser\u00ed\u00ada demasiado cristiano y poco atractivo y realista, incluso extra\u00f1o para el hombre secularizado de hoy. La verdad es que se va hacia un acercamiento de los conceptos de \u00abjusticia&#8217;=\u00bbcaridad&#8217;=\u00bbfe\u00bb. Examin\u00e9moslo punto por punto.<\/p>\n<p>5. ALGUNAS CARACTERISTICAS DEL CONCEPTO AMPLIADO DE JUSTICIA. Fij\u00e9monos s\u00f3lo en dos. El concepto \u00ablo suyo\u00bb (suum jus) es el derecho que est\u00e1 en el origen (fundamento, ra\u00ed\u00adz) de la justicia. Si analizamos la formulaci\u00f3n plat\u00f3nico-aristot\u00e9lico-tomista, prevalece el \u00absuum\u00bb individual sobre el comunitario o social; por eso mismo la \u00e9tica m\u00e1s bien individual, por no decir \u00abindividualista\u00bb, ha estado durante siglos demasiado orientada hacia la justicia conmutativa, como ya se ha dicho. Pero el \u00absuum\u00bb tiene por lo menos dos significados precisos: uno objetivo, cuando lo que corresponde o pertenece a una persona, es decir, lo que se le debe, es una cosa, una acci\u00f3n, una prestaci\u00f3n; y otro subjetivo, cuando una persona tiene cierto poder de exigir o de disponer de una cosa o de una acci\u00f3n. A estos significados del concepto \u00absuum\u00bb se a\u00f1aden otros dos aspectos relativos al derecho del hombre, a saber: el aspecto legislativo o \u00abratio juris\u00bb, que es la reglamentaci\u00f3n racional de los derechos y de las relaciones de la persona, basados en el derecho natural o positivo, y el aspecto cient\u00ed\u00adfico, que designa la ciencia del derecho en cuanto que trata el tema de lo \u00absuum\u00bbcon un m\u00e9todo cient\u00ed\u00adfico y sistem\u00e1tico.<\/p>\n<p>Pero la justicia es tambi\u00e9n una virtud. Es el h\u00e1bito de atribuir a cada uno \u00absu\u00bb derecho, mientras que el pecado consiste en no dar a cada uno \u00absu\u00bb derecho. Mas para ser justos se necesita la actitud positiva constante (habitus), o sea, la virtud, y no solamente un acto aislado o espor\u00e1dico. Sin embargo, la justicia es una virtud muy particular.<\/p>\n<p>Para Plat\u00f3n una virtud humana tiene dos niveles: social, en cuanto que, al dar a cada uno lo suyo, procura mantener en su propio orden las clases sociales (gobernantes, guerreros, artesanos); y personal, en cuanto que hace que quede a salvo el orden en relaci\u00f3n con las tres \u00abanimas\u00bb (concupiscible, irascible, racional) que, seg\u00fan \u00e9l, constituyen el ser humano.<\/p>\n<p>Para Arist\u00f3teles, que perfeccion\u00f3 el pensamiento de su maestro, son tres las formas principales de la virtud de la justicia, que durante la historia ser\u00e1n un paradigma casi absoluto.<\/p>\n<p>La primera forma, de la que ya hemos hablado, expresa la carga que incumbe a los ciudadanos en sus relaciones mutuas \u00absuum cuique\u00bb; se llama justicia conmutativa, particular, \u00ablineal\u00bb (entre \u00abyo&#8217;=\u00bbt\u00fa&#8217;=\u00bbnosotros&#8217;, \u00abinterpersonal\u00bb, \u00abaritm\u00e9tica\u00bb. Ordena las relaciones justas entre las personas o los grupos, seg\u00fan el principio de equilibrio de sus derechos y deberes.<\/p>\n<p>La segunda forma expresa la carga que incumbe a los ciudadanos de cara al Estado o al bien com\u00fan, y consiste en el principio de la observancia de sus leyes, que ordenan los miembros de la sociedad al bien com\u00fan, siendo la sociedad el sujeto de los derechos, para con la cual los individuos tienen sus respectivos deberes, mientras que el bien com\u00fan es el objeto que hay que salvaguardar y desarrollar. Se la llama justicia legal, contributiva, general \u00abde abajo arriba\u00bb.<\/p>\n<p>La tercera forma pone de relieve los derechos y los deberes de los ciudadanos del Estado o de la sociedad y ordena las relaciones entre la sociedad y sus miembros, haci\u00e9ndolo a trav\u00e9s de los que garantizan el bien com\u00fan. Lleva el nombre de justicia distributiva, proporcional, \u00abgeom\u00e9trica\u00bb, \u00abde arriba abajo\u00bb.<\/p>\n<p>Para santo Tom\u00e1s, \u00abla justicia es el h\u00e1bito gracias al cual una persona da a cada uno lo que le corresponde de derecho con voluntad constante y duradera\u00bb (S. Th. II-II, 58-1). En teolog\u00ed\u00ada, ocupa un lugar entre las cuatro virtudes cardinales: prudencia, justicia, fortaleza y templanza. Observamos que para Arist\u00f3teles la justicia (dikaiosyne) forma parte de las virtudes \u00abcardinales\u00bb, junto con la prudencia (phron\u00e9sis), la sabidur\u00ed\u00ada (soph\u00ed\u00ada), la templanza (sophrosyne) y la fortaleza (andreia) (Et. Nicom. I, 3). Por tanto, es una virtud moral; m\u00e1s a\u00fan, tiene la primac\u00ed\u00ada, en cuanto que las otras virtudes ata\u00f1en al bien del individuo en s\u00ed\u00ad mismo, mientras que la justicia mira al bien com\u00fan, que trasciende el bien individual. La justicia-valor y virtud establece la igualdad entre las partes, la reciprocidad entre el derecho y el deber, la paridad entre las personas, el equilibrio entre los objetivos.<\/p>\n<p>As\u00ed\u00ad pues, la virtud de la justicia es distinta de las otras virtudes, ya que la aequalitas o igualdad fundamental entre las personas no depende de suyo de la voluntad del agente, como en otras virtudes. Aqu\u00ed\u00ad el medium re\u00c2\u00a1 o la \u00abjusta medida\u00bb mira al objeto justo y no a la intenci\u00f3n del agente, lo cual es la fuerza, pero tambi\u00e9n el l\u00ed\u00admite de la virtud de la justicia. De aqu\u00ed\u00ad el peligro de que la igualdad r\u00ed\u00adgida se haga injusta, como indica la m\u00e1xima citada por Cicer\u00f3n: \u00absummum jus, summa injuria\u00bb (De offic\u00fcs I, 10,33).<\/p>\n<p>Al contrario, la justicia no debe utilizarse en el sentido r\u00ed\u00adgido ni cuando expresa el suum ni cuando representa la virtud,- ella sabe y debe saber situar lo debido en el amor fraterno dentro de la l\u00ed\u00adnea de la justicia veterotestamentaria y neotestamentaria, siguiendo el paradigma y la ense\u00f1anza del Se\u00f1or Jes\u00fas (Lc 10,29-36: el samaritano; Mt 20,1-17: los obreros de la vi\u00f1a; Mt 18,23-35: el siervo inmisericorde). Por tanto, para que la justicia sea verdaderamente humana, se necesita la integraci\u00f3n en la persona y la redenci\u00f3n realizada por la solidaridad, por el amor humano y por la caridad cristiana.<\/p>\n<p>En este sentido el concilio Vaticano II, precisamente en la l Gaudium et spes, en toda su segunda parte (nn. 46-90), desarrolla la doctrina social de la Iglesia en una perspectiva teol\u00f3gico-moral. En el n\u00famero 29 describe \u00abla igualdad fundamental de todos los hombres\u00bb, ya que, \u00abdotados de un alma racional y creados a imagen de Dios\u00bb, teniendo \u00abla misma naturaleza y el mismo origen, y al estar redimidos por Cristo, gozan de la misma vocaci\u00f3n y del mismo destino (fin) divino\u00bb. Entonces, los mismos derechos fundamentales del hombre, basadas en la misma dignidad de la persona humana, gozan de suyo de la misma justicia. Todo esto recuerda profund\u00ed\u00adsimas razones b\u00e1sicas antropol\u00f3gico-teol\u00f3gicas, y no solamente socio-econ\u00f3mico-pol\u00ed\u00adticas, aunque las incluye.<\/p>\n<p>Pero \u00bfqui\u00e9n es el sujeto del derecho? \u00bfS\u00f3lo el hombre, con sus diversas instituciones y sociedades? \u00bfNo puede serlo un animal? En el \u00e1mbito de este problema nos encontramos hoy con tres posiciones. La primera, cl\u00e1sica, dice que el derecho es propio y exclusivo del ser humano, es decir, s\u00f3lo la persona humana puede ser sujeto de un derecho, y esto por dos razones: porque s\u00f3lo la persona -la persona f\u00ed\u00adsica o la \u00abpersona moral\u00bbJes consciente, libre y responsable y porque s\u00f3lo la persona tiene valor de fin y no de objeto o de instrumento. Por consiguiente, ning\u00fan ser infrahumano es persona consciente, libre y responsable, ni tiene un valor de fin (el fin no est\u00e1 en s\u00ed\u00ad mismo, sino en el ser personal superior); como tal, s\u00f3lo puede tener valor de medio -y ser objeto de derecho. Por tanto, sobre los derechos de los animales se puede hablar en un sentido anal\u00f3gico e impropio. Pero esto no significa que el hombre no tenga deberes, a veces muy graves (hoy no se puede dudar ya de ello), con los animales; por ejemplo, con los animales dom\u00e9sticos, que ha de guardar, alimentar, cuidar de su salud, etc., ya que sobre los animales se proyecta la dignidad de la persona humana y del sujeto de derecho. Por otra paste, a ninguno se le permite la tortura, la utilizaci\u00f3n inhumana, etc., \u00abquodsi lamen id facial, non peccat peccato injustitiae erga animaba vel erga Deum, sed peccat erga se ipsum, cum mate utitur de re sua, et hoc peccatum de se veniale non excedit\u00bb (B.H. MERKELHACH, Summa theol. moralis II, n. 374). Esta \u00faltima afirmaci\u00f3n \u00abveniale non excedit\u00bb se considera hoy generalmente atrasada, y la discusi\u00f3n actual no excluye la posibilidad de pecado realmente grave con los animales, especialmente cuando el hombre los tortura s\u00f3lo por un placer s\u00e1dico, para descargar sus pasiones, por instintos brutales desarreglados, etc.<\/p>\n<p>La segunda posici\u00f3n, moderna, plantea la pregunta en t\u00e9rminos nuevos, con insistencia y sensibilidad. En estos \u00faltimos a\u00f1os, frente a la vivisecci\u00f3n y los numeros\u00ed\u00adsimos experimentos biom\u00e9dicos, frente a toda especie de manipulaci\u00f3n cruel de los animales, convertidos en el \u00abmaterial vivo\u00bb sobre el que estudiar para el progreso de la ciencia contempor\u00e1nea, el problema ha adquirido un nuevo rostro y una nueva seriedad. Por eso son tambi\u00e9n nuevos los horizontes en que se plantea el problema, en el que se pueden captar tres aspectos:<br \/>\n&#8211; El protagonista de los derechos de los animales es la \u00e9tica secular-laicista. \u00bfPero de qu\u00e9 derechos puede hablar esta \u00e9tica: de los derechos \u00abnaturales\u00bb o \u00abpositivos\u00bb, es decir, de los que se basan en la naturaleza del animal o de los que recibe de la ley humana positiva? No se puede ciertamente hablar de los derechos naturales del animal, puesto que la \u00e9tica secular laicista ni siquiera para el hombre acepta los valores constantes y los derechos que se arraigan en la naturaleza (p.ej., la ley natural, la conciencia moral inherente, etc.), sino que acepta exclusivamente la naturaleza hist\u00f3rica del hombre. L\u00f3gicamente, en su ense\u00f1anza tiene que conceder tambi\u00e9n a los animales s\u00f3lo y exclusivamente los \u00abderechos positivos\u00bb. No nos parece que en este punto sea consecuente, ya que para ella el animal no tiene solamente \u00abnaturaleza de objeto y valor de medio\u00bb; no se distingue del hombre esencialmente, sino s\u00f3lo gradualmente, lo cual es inadmisible para la antropolog\u00ed\u00ada cristiana. Afirma luego que el animal, como ser vivo, aunque no pueda razonar ni hablar, puede sufrir, tal como sostiene tambi\u00e9n la antropolog\u00ed\u00ada cristiana. As\u00ed\u00ad se asienta un nuevo principio: la capacidad de sufrir del animal. Pero frente al sufrimiento de cualquier ser, el hombre tiene el deber de hacer lo posible para evitarlo. Es verdad que en este sentido se han expresado tambi\u00e9n diversos c\u00f3digos: el austriaco; el de la Liga internacional de los derechos de los animales, proclamado en Bruselas por la UNESCO (que a nivel pol\u00ed\u00adtico y jur\u00ed\u00addico no tiene a\u00fan valor de una convenci\u00f3n o resoluci\u00f3n). Hay que a\u00f1adir a ello el nombre de algunos autores, como P. Singer, J. Bentham, T. Regan. Ciertamente, el principio de sufrimiento tiene cierta validez desde el punto de vista \u00e9tico, como diremos m\u00e1s adelante.<\/p>\n<p>&#8211; Hay una posici\u00f3n media, que proclama \u00abesquizofr\u00e9nica\u00bb nuestra cultura, ya que por un lado fundamenta el derecho de los animales en la capacidad de sufrir, bien sobre la base de que el sufrimiento hace da\u00f1o, bien sobre la base del rango o de la dignidad ontol\u00f3gica del ser capaz de sufrimiento. L\u00f3gicamente, el defensor de los derechos de los animales debe defender tambi\u00e9n a los embriones humanos -cosa que no suele hacer-, mientras que el defensor de los embriones humanos defender\u00ed\u00ada tambi\u00e9n a los animales, partiendo del principio com\u00fan de la dignidad de la vida como tal (L. Lombardi Valauri). Se toca aqu\u00ed\u00ad la incongruencia de un sistema de leyes y de una mentalidad que por un lado tutela justamente al animal de los abusos de los hombres, pero por otro lado d\u00e9ja impune la matanza de millones de criaturas humanas en el seno materno hasta el \u00abnoveno mes\u00bb del embarazo (Canad\u00e1, 1990). Por otra parte, estamos de acuerdo en que el sufrimiento y la vida misma se basan en la naturaleza ontol\u00f3gica de los seres vivos. Pero \u00e9ste es precisamente el escollo que la \u00e9tica secular-laicista no puede superar si no renuncia al mismo tiempo a su principio \u00e9tico-positivista.<\/p>\n<p>La posici\u00f3n moderna cristianocat\u00f3lica es m\u00e1s matizada. Mientras que en los manuales se acentuaba el antropocentrismo del se\u00f1or\u00ed\u00ado del hombre sobre la creaci\u00f3n (G\u00e9n 1-2), la \/antropolog\u00ed\u00ada teol\u00f3gica vincula en \u00faltimo an\u00e1lisis el respeto que se debe a la vida con el respeto teoc\u00e9ntrico, basado en el Dios-amor. As\u00ed\u00ad la teolog\u00ed\u00ada de la creaci\u00f3n y del amor descubren el \u00ed\u00adndice que fundamenta el imperativo moral. Por consiguiente, no se basa en la justicia que se deba a los animales, ni tampoco en el principio del sufrimiento, sino en la dignidad del hombre mismo, que en la teolog\u00ed\u00ada tradicional tiene la tarea de hacer progresar a las dem\u00e1s especies vivas y. no aniquilarlas.<\/p>\n<p>En definitiva, tenemos dos principios v\u00e1lidos para regular el comportamiento del hombre con los animales. Por un- lado est\u00e1 el respeto debido a Dios, puesto que Dios protege toda su creaci\u00f3n; el que ataca a la creaci\u00f3n, en cierto sentido (anal\u00f3gico) ataca a Dios mismo. Por otro lado, se requiere el respeto debido a la dignidad del hombre; se trata del principio cl\u00e1sico: \u00abpeccat erga se ipsum qui male utitur de re sua\u00bb; por tanto, peca contra su misma dignidad de hombre, que es ofendida con todo tipo de crueldad con los animales, ya que entonces el hombre se degrada, se hace despreciable, se muestra nohombre.<\/p>\n<p>6. LA DISCUSI\u00f3N MUNDIAL SOBRE LOS DERECHOS Y LAS LIBERTADES DEL HOMBRE. En este punto, seg\u00fan una l\u00f3gica del procedimiento, hay que tocar tambi\u00e9n este tema moderno, estrechamente ligado a la discusi\u00f3n sobre el concepto de justicia. De todo lo dicho se deduce que la justicia supone y se basa en los derechos (naturales o positivos), que expresan el \u00absuum\u00bb de un sujeto moral. Tambi\u00e9n es obvio que el derecho natural de la persona humana, tanto desde el punto de vista l\u00f3gico como temporal, es anterior a toda sociedad, orjanizaci\u00f3n y Estado, es decir, anterior a toda legislaci\u00f3n y ley positiva, a todo derecho positivo. En este sentido los derechos del hombre existen ya antes de cualquier Estado o legislaci\u00f3n positiva; son \u00abpreestatales\u00bb y \u00absupraestatales\u00bb, lo mismo que la persona es antes de todo Estado y est\u00e1 por encima de todo Estado. E. Ginters dice que \u00ablos derechos humanos se conciben aqu\u00ed\u00ad como derechos prepositivos, prepuestos y preexistentes a cualquier legislaci\u00f3n estatal. En otras palabras, el hombre es concebido como un ser que posee una vocaci\u00f3n o una orientaci\u00f3n incluso antes de que sea establecida por cualquier comunidad humana y hasta por \u00e9l mismo\u00bb (Valor\u00c2\u00a1, norme e fede cristiana, 97). Los derechos del hombre son innatos e irrenunciables, como lo es la persona misma y su dignidad, sobre la que se basan (GS 25,1 y 26,3). \u00abTener un derecho significa tener un t\u00ed\u00adtulo para pedir, exigir o reivindicar algo por parte de los dem\u00e1s, los cuales tienen el deber correspondiente de no impedirlo en aquello que es la exigencia o el objeto del derecho (aspecto negativo) y de satisfacer las exigencias que \u00e9l presenta por un justo t\u00ed\u00adtulo (aspecto positivo) (E. GINTERS, o.c., 77). La discusi\u00f3n contempor\u00e1nea mundial o planetaria sobre los derechos y las libertades del hombre, seg\u00fan el principio cuique suum, se desarrolla en tres campos: en la Iglesia (protestante y cat\u00f3lica) y en otras religiones, en el \u00e1rea del derecho internacional, en el socialismo real. As\u00ed\u00ad pues, tenemos tres aspectos del nuevo tema teol\u00f3gico-moral y socio-pol\u00ed\u00adtico, que se sigue profundizando en el discurso sobre la justicia. Vivimos los \/signos de los tiempos, que se expresan en un factor \u00e9tico fundamental del mundo de hoy, que afecta a todos los hombres y no s\u00f3lo a los cristianos: la sociedad mundial se est\u00e1 convirtiendo cada vez m\u00e1s en la \u00fanica comunidad, en donde todo separatismo es anacr\u00f3nico y toda violaci\u00f3n de los derechos y libertades ofende a la dignidad del hombre y a la misma sociedad. Desgraciadamente, el derecho del individuo y de las comunidades es siempre vulnerable. Por eso valen aqu\u00ed\u00ad los coprincipios universales: \u00abpacta sunt servanda\u00bb, hay que reparar los da\u00f1os causados injustamente, hay que mantener las promesas hechas, etc., esto es, han de ser reconocidos los derechos fundamentales de toda persona, grupo o naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Una mirada hist\u00f3rica nos informa de que el tratado ecum\u00e9nico sobre los derechos en la Iglesia es reciente. Comienza con los protestantes (Oekumenischer Rat en Amsterdam 1948, en Upsala 1968, en St. P\u00f3lten 1975); en su elaboraci\u00f3n trabajaron muchos de sus te\u00f3logos, como J. Moltmann, T. Rendtorff, H.E. T\u00f3dt, M. Honecker, W. Huber, etc., con explicaciones diversas y argumentaciones plausibles. La posici\u00f3n de la Iglesia cat\u00f3lica fue cautelosa respecto a la doctrina sobre los derechos. Se conocen las razones: la carta de la Declaraci\u00f3n de los derechos del hombre y del ciudadano, aprobada por la Asamblea nacional francesa (26 de agosto de 1789) con los \u00abinmortales principios de 1789\u00bb (libert\u00e9, \u00e9galit\u00e9, fraternit\u00e9) de la revoluci\u00f3n francesa. Los papas de la Iglesia cat\u00f3lica (desde P\u00ed\u00ado VI hasta P\u00ed\u00ado XII) se quedaron a la expectativa. Las dificultades proven\u00ed\u00adan de los art\u00ed\u00adculos 10 y 11 de la misma Declaraci\u00f3n: en la \u00abordenaci\u00f3n\u00bb del Estado pone en el mismo nivel de valores a las \u00abconfesiones\u00bb y a las \u00abideolog\u00ed\u00adas\u00bb. A ello se a\u00f1ade la ilustraci\u00f3n en general, con su gran maestro E. Kant (1724-1804) en particular. Hay adem\u00e1s un factor especial: el tema sobre los derechos y sobre las libertades en la Iglesia cat\u00f3lica va a la par, o por delante, de la cuesti\u00f3n de la libertad religiosa, que no adquiri\u00f3 un nuevo sesgo hasta la declaraci\u00f3n Dignitatis humanae del Vaticano II (7 de diciembre de 1965), en donde se reconoce \u00abel derecho de la persona y de la comunidad a la libertad social y civil en materia religiosa\u00bb. Se mantuvo el silencio desde P\u00ed\u00ado VI hasta P\u00ed\u00ado XI, que en la enc\u00ed\u00adclica Mit brennender Sorge (1937), contra el nazismo, afirma los derechos inalienables del hombre. Con ocasi\u00f3n del XV aniversario de la Carta de la ONU sobre los derechos y libertades (1948), el papa Juan XXIII public\u00f3 la enc\u00ed\u00adclica Pacem in terris (1963), haciendo una primera sistematizaci\u00f3n de los derechos fundamentales del hombre por parte de la Iglesia: derecho a la existencia y a un tenor de vida adecuado (PT 4), al respeto de la propia persona, a la b\u00fasqueda de la verdad, a la objetividad de la informaci\u00f3n (PT 5), a honrar a Dios (PT 6), a la elecci\u00f3n del propio estado (PT 7), al trabajo (PT 8), a la reuni\u00f3n y asociaci\u00f3n (PT 9), a la emigraci\u00f3n e inmigraci\u00f3n (PT i0), a la intervenci\u00f3n en la vida p\u00fablica (PT 1 l). Vino luego la famosa constituci\u00f3n pastoral sobre la Iglesia en el mundo contempor\u00e1neo Gaudium et spes (7 de diciembre de 1965) del concilio Vaticano II, muy rica en este terreno. Baste una cita: \u00abLa Iglesia, pues, en virtud del evangelio que se le ha confiado, proclama los derechos del hombre y reconoce y estima en mucho.el dinamismo de la \u00e9poca actual, que est\u00e1 promoviendo por todas partes tales derechos. Debe, sin embargo, lograrse que este movimiento quede imbuido del esp\u00ed\u00adritu evang\u00e9lico y garantizado frente a cualquier apariencia de falsa autonom\u00ed\u00ada. Acecha, en efecto, la tentaci\u00f3n de juzgar que nuestros derechos personales solamente son salvados en su plenitud cuando nos vemos libres de toda norma de la ley divina. Por ese camino, la dignidad humana no se salva; por el contrario, perece\u00bb (GS 41,3).<\/p>\n<p>De este modo podemos se\u00f1alar las caracter\u00ed\u00adsticas de la doctrina del magisterio: desde la cuesti\u00f3n obrera, racial, clasista, feminista, ecol\u00f3gica, de subdesarrollo, etc., hasta el problema de la gesti\u00f3n del mundo, de los derechos del hombre, de las injusticias, de las desigualdades, etc. En esta perspectiva hay que estudiar los documentos poriti\u00f1cios sobre la doctrina social de la Iglesia: Le\u00f3n XIII (Rerum novarum, 1891); P\u00ed\u00ado XI (Quadragesimo anno, 1931); P\u00ed\u00ado XII (Summi pontificatus, 1939); Juan XXIII (Mater et magistra, 1961; Pacem in terris, 1963); Pablo VI (Populorum progressio, 1967; Octogesima adveniens, 1971); Juan Pablo II (Laborem exercens, 1981 -noventa a\u00f1os despu\u00e9s de la Rerum novarum-; Sollicitudo re\u00c2\u00a1 socialis, 1987; Centesimus annus, 1991). A ellos hay que a\u00f1adir el valiente documento del s\u00ed\u00adnodo de obispos de 1971 La justicia en el mundo; el menos conocido, pero no menos importante,-de la Comisi\u00f3n pontificia \u00abJustitia et Pax\u00bb, Self-Reliance o Compter sur so\u00c2\u00a1 (1978); el de la Comisi\u00f3n teol\u00f3gica internacional sobre la Dignidad y derechos de la persona humana (1983), y el reciente de la Congregaci\u00f3n para la educaci\u00f3n cat\u00f3lica Orientamenti per lo studio e 1 insegnamento della dottrina sociale della Chiesa nella formazione sacerdotale (1989), que propone un eventual programa de ense\u00f1anza. El C\u00f3digo de derecho can\u00f3nico (1983), que Juan Pablo II llama \u00abel \u00faltimo acto del concilio Vaticano II\u00bb,. habla de \u00ablos derechos y deberes de todos los fieles cristianos\u00bb (cc. 2.8.223). Entretanto, muchos te\u00f3logos y soci\u00f3logos cat\u00f3licos han profundizado en el tema de los derechos del hombre (A. A\u00faer, F. B\u00f3ckle, K. Demmer, J. Schashing, E. Hamel, O. von NellBreunig, etc.).<\/p>\n<p>La historia de la doctrina sobre los derechos humanos se puede sintetizar en cinco puntos: 1) la doctrina cl\u00e1sica no trata de los \u00abderechos y libertades del hombre; 2) hasta los a\u00f1os sesenta este concepto fue usado con mucha cautela por el magisterio cat\u00f3lico y por los te\u00f3logos; 3) el tema se puso de relieve con la discusi\u00f3n de lo \u00abspecificum christianum\u00bb en moral (a partir de 1970); 4) en la \u00e9tica pol\u00ed\u00adtica cat\u00f3lica esta doctrina entra solamente despu\u00e9s de las \u00abse\u00f1ales\u00bb dadas por el magisterio; 5) hoy no s\u00e9 puede prescindir de ella en la teolog\u00ed\u00ada cat\u00f3lica. Por tanto, frente a este tema, el pontificado de P\u00ed\u00ado XII se muestra todav\u00ed\u00ada cauto; el de Juan XXIII y el de Pablo VI son ya m\u00e1s abiertos, sobre todo en el Vaticano II (concretamente en DH y en GS); se perfecciona con el documento de la CTI (1983), y encuentra su mayor aplicaci\u00f3n con el pontificado de Juan Pablo II. Es importante destacar la dimensi\u00f3n interna de la doctrina: en los documentos pontificios, en los tratados y art\u00ed\u00adculos sobre el tema siempre van juntos los conceptos justicia-caridad-solidaridad-participaci\u00f3n, como conceptos muy cercanos. Sin el amor\/caridad no hay paz ni verdadera justicia digna de la persona humana, ni reconocimiento del pr\u00f3jimo, ni comunicaci\u00f3n, ni informaci\u00f3n, ni veracidad. El amor\/ caridad permite ver las cosas m\u00e1s humanamente, b\u00ed\u00adblicamente, cristianamente, en la dimensi\u00f3n personal y personalizada. Sin embargo, todos estos aspectos no pretenden sustituir a la virtud de la justicia.<\/p>\n<p>En cuanto a la jerarqu\u00ed\u00ada de los derechos humanos, hay algunos esenciales o mayores, fundamentales o primarios, como la vida, la dignidad, la igualdad, la libertad de pensamiento, de conciencia, de religi\u00f3n; y hay otros no fundamentales o secundarios, como ciertos derechos civiles, pol\u00ed\u00adticos, econ\u00f3micos, sociales, culturales, personales. Otros derechos son contingentes o accidentales, como consecuencias y condici~ nes de los derechos fundamentales o ligados a ellos; son menos \u00abintangibles\u00bb. Existen, finalmente, los llamados postulados o derechos menores. Al fundamento \u00abpr\u00f3ximo\u00bb de los derechos, esto es, a la \u00abdignidad de la persona\u00bb se llega por v\u00ed\u00ada \u00abascendente\u00bb (K. Rahner) o \u00abdescendente\u00bb (H.U. von Balthasar). Se puede discutir de ellos, en cuanto que la dignidad de la persona humana es ya el \u00abargumento\u00bb fundacional de los derechos humanos, o m\u00e1s bien el \u00abpostulado\u00bb apelativo. Pero cuando se analiza punto por punto la doctrina sobre los derechos humanos en relaci\u00f3n con la dignidad de la persona humana, aplicando la hermen\u00e9utica teol\u00f3gico-filos\u00f3fica moderna m\u00e1s apropiada, este problema parece m\u00e1s bien un pseudo-problema que un verdadero problema, ya que la base fundacional de los derechos es la realidad de la naturaleza de la persona, entendida en su totalidad filos\u00f3ficoteol\u00f3gica, natural-sobrenatural.<\/p>\n<p>Los derechos humanos pueden ser considerados seg\u00fan los mundos, como lo hace la CTI en el documento citado (B I, 2.3.4). El primer mundo tiene dos caracter\u00ed\u00adsticas: se proclaman los derechos y las libertades, pero esto se hace en una autonom\u00ed\u00ada absoluta, ya que la dignidad y la libertad pueden quedar aplastadas por el consumismo, el individualismo, el naturalismo, la falsa autonom\u00ed\u00ada, el laxismo pr\u00e1ctico, la libertad desenfrenada; las diferencias sociales clasistas; las naciones m\u00e1s fuertes acaban entonces \u00abhaciendo que las otras naciones sirvan a sus intereses\u00bb (Enchir. Vatic. 9,1053). El segundo mundo, el del llamado \u00absocialismo real\u00bb, que se est\u00e1 desmoronando en el sentido socio-econ\u00f3mico-pol\u00ed\u00adtico, est\u00e1 decidido a salvar la ideolog\u00ed\u00ada marxista-leninista con su perfil hist\u00f3rico-ideol\u00f3gico dirigido a la desaparici\u00f3n total del Estado y del derecho y, como fase final, la \u00absociedad comunista perfecta\u00bb (l Marxismo). Todo se basa en la doctrina positivista del derecho: el Estado, guiado por el partido comunista, a trav\u00e9s de la constituci\u00f3n y de la legislaci\u00f3n positiva asegura a los ciudadanos los derechos sociales, pol\u00ed\u00adticos, econ\u00f3micos y personales, que anteriormente estaban totalmente desprovistos de todo derecho \u00abnatural\u00bb (K. Marx): no existen los \u00abderechos del hombre\u00bb; esta expresi\u00f3n, que no tiene ning\u00fan sentido, no se encuentra en su legislaci\u00f3n. Por otra parte, los reg\u00ed\u00admenes del \u00absocialismo real\u00bb utilizan el mismo lenguaje del mundo libre (\u00ablibertad\u00bb, \u00abigualdad\u00bb, \u00abley\u00bb, \u00abconciencia\u00bb, etc.), pero entienden las mismas cosas de manera diferente; es decir, el contenido es distinto y todo debe entenderse \u00fanicamente dentro del sistema. Por eso todos tienen que pensar del mismo modo, y son severamente castigados los \u00abdisidentes\u00bb y los que piensan de otro modo. En el tercer mundo, con las. condiciones diversas de los pueblos j\u00f3venes, que estiman su propia cultura, su independencia, su pol\u00ed\u00adtica, el progreso t\u00e9cnico y econ\u00f3mico, prevalecen los aspectos sociales de los derechos humanos. \u00abPiensan que no se les reconocen plenamente los derechos de una plena justicia internacional\u00bb (EV 9,1056), ya que influye tambi\u00e9n en ello su escaso peso pol\u00ed\u00adtico y su pobreza. En el plano internacional, las condiciones econ\u00f3micas y comerciales est\u00e1n sometidas con frecuencia a cl\u00e1usulas injustas: m\u00ed\u00adnimas ayudas de las naciones ricas (\u00abdureza de coraz\u00f3n&#8217;, valores,de las culturas ind\u00ed\u00adgenas todav\u00ed\u00adano apreciados suficientemente.<\/p>\n<p>El segundo gran factor de la discusi\u00f3n y del movimiento sobre los derechos humanos son las diversas cartas internacionales de la ONU y el Acta final de Helsinki de la CSCE, con sus organizaciones. La \u00ed\u201cNV con su Estatuto de, las Naciones. Unidas en San Francisco (1945) ya como punto focal \u00abreafirma la fe en los derechos .fundamentales del hombre, en la dignidad p en \u00e9l valor de la persona humana, en la igualdad de los derech\u00f3s humanos y d\u00e9 las libertades,fundamentales de todos, sin distinci\u00f3n de raza, de sexo, de lengua o. d\u00e9 religi\u00f3n\u00bb (n. 3). En el documento ,fundamental de la ONU -una piedra miliar puesta en el largo y dif\u00ed\u00adcil camino del g\u00e9nero humano\u00bb (Juan Pablo II)-, a saber: en la Declaraci\u00f3n universal de los derechos del hombre aprobada por la Asamblea general el 10 de diciembre de 1948, trabajaron tambi\u00e9n por parte cat\u00f3lica J. Maritain, apelando a la doctrina de santo Tom\u00e1s, Te\u00ed\u00adlhard de Chardin y otros. En el Pre\u00e1mbulo (p\u00e1rrafo 1) se asientan clara e indiscutiblemente las bases de la construcci\u00f3n en que s\u00e9 apoya toda la Declaraci\u00f3n. Esta bas\u00e9 es el hombre considerado no como un ser \u00abvac\u00ed\u00ado en s\u00ed\u00ad mismo\u00bb, como despojado de todo valor existencial perteneciente a la persona misma (K. Marx), sino como un ser cuya dignidad se arraiga dentro mismo de su realidad personal y ontol\u00f3gica. Esta dignidad de la persona humana en la Declaraci\u00f3n es el fundamento o la fuente de donde se derivan todos los derechos del hombre, \u00abdel hombre como individuo concreto y del hombre en su valor universal\u00bb (Juan Pablo II). No se trata de una dignidad cualquiera a\u00f1adida desde fuera o accidentalmente, sino \u00abinherente a todos los miembros de la familia humana\u00bb en cuanto tales (p. 1). Por esta raz\u00f3n, \u00absus derechos son iguales e inalienables\u00bb (p. 1), y \u00abel reconocimiento de esta dignidad inherente a todos los miembros de la familia humana y de sus derechos, iguales, inalienables, constituye el fundamento de la libertad, de la justicia y de la paz en el mundo\u00bb (p. 1). Por otra parte, \u00abel desconocimiento y el desprecio de los derechos del hombre han llevado a actos de barbarie que ofenden a la conciencia de la humanidad\u00bb (p. 2). Inste documento, excelente en su l\u00ed\u00adnea, proclamado solamente como un ideal com\u00fan para todos los pueblos y todas las generaciones, ha ejercido sin duda un influjo positivo notabil\u00ed\u00adsimo en el mundo entero, peto ha quedado privado de eficacia jur\u00ed\u00addica al no ser un tratado.<\/p>\n<p>La ONU, adem\u00e1s, ha asumido la tarea de codificar estos principios en tratados que presentar a la aprobaci\u00f3n y ratificaci\u00f3n de los Estados miembros, para ser incorporados luego a las constituciones y diversas legislaciones nacionales. As\u00ed\u00ad, actualmente los derechos fundamentales del hombre est\u00e1n garantizados por dos pactos o tratados. En los dos pactos se afirma en el texto introductorio que, \u00aba su debido tiempo, se har\u00e1n jur\u00ed\u00addicamente vinculantes para los Estados que los ratifiquen\u00bb. Se trata del Pacto internacional de los derechos econ\u00f3micos, sociales y culturales, adoptado por la Asamblea general el 16 de diciembre de 1966, que entr\u00f3 en vigor el 3 de enero de 1976, tras el dep\u00f3sito del 35.\u00c2\u00b0 instrumento de ratificaci\u00f3n por parte de Jamaica; y del Pacto internacional sobre los derechos civiles y pol\u00ed\u00adticos, adoptado por la Asamblea general el 16 de diciembre de 1966, y que entr\u00f3 en vigor el 23 de marzo de 1976, tras el dep\u00f3sito del 35.\u00c2\u00b0 instrumento de ratificaci\u00f3n por parte de Checoslovaquia. Entre los Estados que los han ratificado se encuentra todo el Este socialista: Bulgaria, .Checoslovaquia, Polonia, Alemania, Rumania, Hungr\u00ed\u00ada Ucrania, la URSS y Yugoslavia. La ONU ha adoptado adem\u00e1s diversas convenciones y declaraciones.<\/p>\n<p>Lo mismo reafirma la Conferencia sobre la seguridad y la cooperaci\u00f3n europea (CSCE) en el Acta final de Helsinki del 1 de agosto de 1975, firmada por-los 35 Estados participantes. En la Declaraci\u00f3n sobre los principios que rigen las relaciones entre los Estados participantes, entre los diez principios solemnemente enunciados, el m\u00e1s importante es el principio VII, o sea, el \u00abrespeto de los derechos del hombre y de las libertades fundamentales, incluida la libertad de pensamiento, conciencia, religi\u00f3n o credo\u00bb. Tambi\u00e9n en este documento internacional de tanto relieve se pone el acento en la fuente de todos los derechos del hombre se dice expresamente que esta fuente es \u00abla dignidad inherente a la persona humana\u00bb (p. 2), y que la tarea m\u00e1s importante para los Estados participantes es la de promover y estimular \u00abel ejercicio efectivo de las libertades y de los derechos civiles, pol\u00ed\u00adticos, econ\u00f3micos, sociales, culturales y otros, que derivan todos ellos de la dignidad inherente a la persona humana y son esenciales para su libre y pleno desarrollo\u00bb (pp. 1 y 2). La CSCE, a continuaci\u00f3n, se ha servido de las sesiones plenarias para vivificar continuamente estos principios (Belgrado, Madrid, Ottawa, Viena).<\/p>\n<p>Esta r\u00e1pida mirada a las cartas internacionales lleva a la clara conclusi\u00f3n de que la fuente de los derechos humanos es el hombre mismo; m\u00e1s exactamente, la dignidad de la persona humana, cuyo valor est\u00e1 por encima de todo bien creado. Puesto que la fuente de donde dimanan los derechos es la dignidad del hombre -de cada hombre-, resulta primariamente claro que todos los seres humanos gozan de igualdad de derechos y libertades fundamentales, sin distinci\u00f3n alguna, ya que todos est\u00e1n dotados de la misma dignidad, incluso cuando se encuentran en el error. Esta dignidad, adem\u00e1s, no viene de fuera, sino que es inherente al hombre, y por tanto inalienable. Si no fuese inherente, resultar\u00ed\u00ada alienable. \u00abInherente\u00bb significa que est\u00e1 tan estrechamente ligada a la persona humana que se identifica con ella. Por eso la dignidad es patrimonio del hombre como tal, desde su nacimiento.<\/p>\n<p>Los hombres nacen libres, iguales en dignidad y libertad, dotados de raciocinio y de conciencia. Por esta raz\u00f3n, los derechos del hombre tienen un valor universal; no por la voluntad de un Estado cualquiera, ni porque lo proclamen las organizaciones mundiales, sino porque existen en el hombre independientemente del Estado y de cualquier otra autoridad. En consecuencia, es natural que los hombres act\u00faen unos con otros con esp\u00ed\u00adritu de solidaridad y de hermandad, precisamente porque son iguales en la dignidad y en los derechos. El que m\u00e1s tarde esa dignidad inherente e inalienable sea aceptada por los hombres y por muchos Estados, de modo que constituya el fundamento de las libertades expresadas en innumerables manifestaciones privadas y p\u00fablicas, es un reconocimiento que opera ya igualmente a nivel internacional. El hombre vive su dignidad de hombre cuando nadie le estorba en su actuaci\u00f3n de ser libre, no sometido a nadie, ni mucho menos a una comunidad, a un sistema, a un Estado o a cualquier otra forma de convivencia que lo haga esclavo de la sociedad, en vez de protagonista responsable de la misma.<\/p>\n<p>Decimos tambi\u00e9n que la cuesti\u00f3n de la fuente, o m\u00e1s bien de la base en que se apoyan los derechos del hombre (su dignidad), como indican exactamente las cartas internacionales, no es solamente de car\u00e1cter estrictamente jur\u00ed\u00addico-filos\u00f3fico (en el sentido hegeliano o de cualquier otra filosof\u00ed\u00ada \u00abburguesa&#8217;, sino que representa el punto de partida de toda exigencia jur\u00ed\u00addico-pr\u00e1ctica respecto a la praxis concreta que se exige al ciudadano por parte del Estado. Si el gobierno de un Estado se portase con el hombre como si \u00e9ste estuviera privado de todo derecho, o bien como si el contenido de sus derechos fundamentales no se derivase de la dignidad personal, resultar\u00ed\u00ada que la intocabilidad o la inviolabilidad de este contenido no tendr\u00ed\u00ada ning\u00fan sentido real. Seg\u00fan los documentos internacionales, no se -puede proceder descendiendo del Estado o de lo colectivo al individuo, como sometido a \u00e9l; el \u00fanico proceso leg\u00ed\u00adtimo es el que comienza por la adhesi\u00f3n al derecho personal de cada individuo -a trav\u00e9s de las medidas de protecci\u00f3n- y desemboca en la comunidad, o bien en el Estado, quedando bien asentado que cualquier norma emanada del Estado proviene primero del hombre, en cuanto ciudadano, y tiene su eje en el derecho intangible de cada individuo como persona, inviolable en su propia dignidad natural.<\/p>\n<p>7. LA JUSTICIA SOCIAL ANTES DE LA ENC\u00ed\u008dCLICA \u00abSOLLICITUDO REI SOCIALIS\u00bb. Volvemos aqu\u00ed\u00ad de nuevo al concepto de justicia, ahora como justicia social, y nos preguntamos si este concepto, de car\u00e1cter estricta y exclusivamente filos\u00f3fico y jur\u00ed\u00addico, econ\u00f3mico, social y pol\u00ed\u00adtico, es tambi\u00e9n de car\u00e1cter teol\u00f3gico. Se encuentra ciertamente en el nivel teol\u00f3gico, en cuanto que el \u00abmetro teol\u00f3gico\u00bb mide su importancia \u00e9ticoreligiosa. Por tanto, cuando hablamos de justicia social, estamos en teolog\u00ed\u00ada. Este nexo con la \u00abrelevancia \u00e9tico-religiosa\u00bb quiere decir que la justicia social est\u00e1 estrechamente ligada alas relaciones interpersonales, a la conducta de las personas entre s\u00ed\u00ad, no limitada ya solamente a una sociedad y a un Estado. Es virtud en el sentido ya explicado; pertenece a las virtudes cardinales. La justicia social forma parte de la doctrina social de la Iglesia en sentido eminente; por tanto, \u00abpertenece\u00bb al campo de la teolog\u00ed\u00ada (SRS 41). Esta nueva perspectiva teol\u00f3gica, m\u00e1s a\u00fan, de teolog\u00ed\u00ada moral, es la que adopta el nuevo documento de la Congregaci\u00f3n para la educaci\u00f3n cat\u00f3lica Orientamenti per lo studio e linsegnamento della dottrina sociale della Chiesa pella formazione sacerdotale (1989) 30-46 y 47-53.<\/p>\n<p>Bajo el aspecto hist\u00f3rico podemos considerar la justicia dentro de la doctrina social de la Iglesia antes de la Sollicitudo re\u00c2\u00a1 socialis (SRS) y despu\u00e9s de ella. En general se puede decir que el concepto de justicia social no est\u00e1 establecido todav\u00ed\u00ada, debido a los factores socio-econ\u00f3mico-pol\u00ed\u00adticos continuamente nuevos, pero que en el desarrollo del concepto podemos vislumbrar dos fases.<\/p>\n<p>La primera fase abarca el tiempo desde el comienzo de la doctrina social de la Iglesia hasta la segunda guerra mundial. El concepto de justicia social en los documentos del magisterio se identifica con la justicia distributiva y legal, en cuanto que regula las relaciones entre los superiores y los s\u00fabditos dentro de una naci\u00f3n, de un Estado, de una sociedad. No se ha tomado a\u00fan clara conciencia de que la justicia social trasciende las dimensiones de una sociedad cerrada en s\u00ed\u00ad misma y tiene unas dimensiones supranacionales, supraestatales, internacionales, intercontinentales e incluso mundiales, planetarias e interplanetarias. Por otra parte, el concepto de solidaridad, aunque no se identifica con ella, est\u00e1 cada vez m\u00e1s cerca del concepo de justicia social.<\/p>\n<p>Un desarrollo semejante se verific\u00f3 solamente despu\u00e9s de la segunda guerra mundial, durante los \u00faltimos decenios, ligado sobre todo a los grandes progresos que se han efectuado al menos en cuatro terrenos: en los medios de comunicaci\u00f3n social (prensa, radio, televisi\u00f3n), por lo que la humanidad entera a todos los niveles ha tomado conciencia de que las injusticias (desequilibrios, discriminaciones) no afectan solamente a los individuos, sino a las naciones y a los continentes; en una nueva mentalidad, que considera nuestro globo como una \u00abaldea\u00bb, como una sola casa para todos los hombres; en efecto, hoy somos todos como una \u00fanica comunidad protegida y amenazada igualmente (el gran m\u00e9rito de ello se debe a la ONU y a la CSCE, como hemos visto); en la sensibilizaci\u00f3n de la Iglesia por el problema de la \u00abjusticia social\u00bb, can acentuaciones siempre nuevas de su doctrina social que, superando los confines de las naciones y de los !continentes, hizo que no s\u00f3lo los cristianos, sino toda la humanidad de buena voluntad vea y reconozca a la Iglesia cat\u00f3lica como gu\u00ed\u00ada en este terreno. Pero lo que es m\u00e1s importante para nuestro tema es que en los documentos pontificios contempor\u00e1neos se encuentran yuxtapuestas justicia-caridad-solidaridad-participaci\u00f3n, aunque no se mezclen los conceptos ni se debilite el de justicia como tal. Se da por descontado que sin el amor\/ caridad no hay ni paz, ni verdadera justicia digna de la persona humana, ni reconocimiento del pr\u00f3jimo; el amor\/caridad permite ver las cosas exactamente, pero no sustituye a la virtud de la justicia. Los documentos insisten cada vez m\u00e1s en la tarea de los bautizados de actuar sobre la base de la justicia para realizarla siempre y en todas partes, con un acento cualitativamente nuevo, es decir, cada vez m\u00e1s en el sentido personalizado y personalista, b\u00ed\u00adblico y teol\u00f3gico.<\/p>\n<p>Se sigue discutiendo todav\u00ed\u00ada sobre la naturaleza de la justicia social. Se conocen m\u00e1s o menos tres opiniones: 1) Es una forma nueva de la justicia legal, en cuanto que regula las relaciones socio-econ\u00f3mico-pol\u00ed\u00adticas entre s\u00fabditos y superiores, no solamente en el plano nacional, sino tambi\u00e9n ahora en el internacional. Se objeta: no regula solamente esas relaciones, sino tambi\u00e9n las intercontinentales, planetarias e interplanetarias, lo cual evidentemente trasciende la justicia legal cl\u00e1sica. 2) Es un modo nuevo de la justicia legal y distributiva juntamente. La respuesta anterior vale tambi\u00e9n para esta opini\u00f3n. 3) Es una nueva cuarta forma de justicia proporcional a nivel mundial. Se argumenta de la siguiente manera: a) Hay aqu\u00ed\u00ad un nuevo principio moral que trasciende los principios de las tres \u00abjusticias\u00bb cl\u00e1sicas, exigiendo una distribuci\u00f3n equitativa de las riquezas entre los grupos sociales nacionales, internacionales, mundiales; b) hay tambi\u00e9n un nuevo criterio moral de esta equidad: el derecho-deber a una vida digna del hombre, en el sentido mundial y planetario; el derecho-deber a la participaci\u00f3n en el desarrollo econ\u00f3mico-socio-pol\u00ed\u00adtico-cultural; el derecho-deber de contribuir al bien com\u00fan de las naciones, de los continentes, de todo el mundo. Hoy, en particular, se toman en consideraci\u00f3n: los beneficios, los salarios, los conflictos entre ricos y pobres, la solidaridad, la tolerancia, la caridad, la subsidiaridad, la interdependencia, la participaci\u00f3n, la injusticia social, la violencia, el terrorismo, los problemas ambientales o ecol\u00f3gicos, incluidos los problemas energ\u00e9ticos, el desarme, el problema de la disuasi\u00f3n, el rechazo de una guerra total, hasta llegar a la idea de creaci\u00f3n de un mundo nuevo, econ\u00f3mica y pol\u00ed\u00adticamente unido (SRS 11-26; 27-34; 35-40). Negativamente, seg\u00fan la justicia social, se condenan todos los sistemas socioecon\u00f3mico-pol\u00ed\u00adticos, con sus ideolog\u00ed\u00adas, quede una u otra manera manipulan y oprimen a las personas, a los grupos, a las naciones. Estos sistemas condenados son: el liberalismo (P\u00ed\u00ado XI Quadragesimo anuo 101, a\u00f1o 193.1), el comunismo (P\u00ed\u00ado XI, Divini Redemptoris 8, a\u00f1o 1937); la ideolog\u00ed\u00ada marxista (JUAN PABLO Tl, Laboreen exerc\u00e9ns I1,a\u00f1o 1981); los dos bloques, a saber: el capitalismo liberalista y el colectivismo marxista (JUAN PABLO 11, Sollicitudo rei socialis 22, a\u00f1o 1987).<\/p>\n<p>As\u00ed\u00ad pues, se piensa en un mundo basado en la solidaridad e incluso en la fraternidad, es decir, en unas virtudes que se remontan al verdadero amor humano y a la caridad sobrenatural. Sobre esta base, humana y cristiana juntamente, deben resolverse los tres grandes problemas sociales y teol\u00f3gico-morales de la actualidad a nivel mundial: 1) el futuro del trabajo en la situaci\u00f3n mundial, respecto al desempleo cada vez m\u00e1s extendido y que s\u00f3lo en los Estados industriales de Occidente asciende a 40 millones, constituyendo un grav\u00ed\u00adsimo problema existencial-moral, de una pobreza creciente en un mundo opulento; 2) la dignidad de la vida del hombre y de la supervivencia, una vez m\u00e1s con las cuestiones espec\u00ed\u00adficas del medio ambiente y del problema ecol\u00f3gico, de la energ\u00ed\u00ada nuclear, de las armas nucleares y qu\u00ed\u00admicas; 3) la responsabilidad com\u00fan por el tercero y el cuarto mundo (J.N. SCHnscHING, De la lucha de clases, 1102ss). Estos y otros problemas por el estilo hoy se pueden resolver \u00fanicamente con la justicia social, que desemboca en la solidaridad, la fraternidad, el amor, la caridad, en donde los cristianos est\u00e1n llamados a dar un ejemplo concreto m\u00e1s sugestivo con su propia conducta de vida.<\/p>\n<p>8. LA JUSTICIA SOCIAL EN LA ENC\u00ed\u008dCLICA \u00abSOLLICITUDO REI SOCIALIS\u00bb. Se objeta que la materia de la SRS es demasiado econ\u00f3mico-social; m\u00e1s a\u00fan, que es la primera vez que una enc\u00ed\u00adclica papal es casi exclusivamente de ese tipo. \u00bfC\u00f3mo puede tratarse de un tema teol\u00f3gico? Esto es verdad, y constituye la primera novedad de la SRS; pero en ella todo est\u00e1 situado bajo la luz teol\u00f3gica. La segunda novedad es la planetarizaci\u00f3n de la justicia social, con las exigencias de interdependencia. La tercera novedad es la identificaci\u00f3n del desarrollo con la paz; m\u00e1s a\u00fan, se ponen en la misma l\u00ed\u00adnea justicia-desarrollo-paz. De esta manera, la justicia social en la SRS ha asumido una indiscutible urgencia de desarrollo aut\u00e9ntico, bajo el aspecto sociol\u00f3gico, b\u00ed\u00adblico, teol\u00f3gico y eclesial.<\/p>\n<p>El aspecto sociol\u00f3gico del mundo en que ahora nos encontramos es bastante descorazonados, pesimista e inestable. Hay en \u00e9l muchas \u00abcarencias y oscuridades\u00bb (SRS 25) en su desarrollo: las diferencias econ\u00f3mico-sociales (norte-sur), con el nacimiento del cuarto mundo, con un creciente desprecio de los derechos humanos en todo el mundo, con una dram\u00e1tica crisis de la vivienda, del desempleo y del subdesempleo, con una enorme deuda internaciones, con un contraste parad\u00f3jico de superdesarrollo y de subdesarrollo (SRS 28),con tentaciones y ca\u00ed\u00addas en la desesperaci\u00f3n, en el pesimismo, en la pasividad, en la cobard\u00ed\u00ada. Hay, por consiguiente, un subdesarrollo prevalentementeecon\u00f3mico, cultural y pol\u00ed\u00adtico, pero hay tambi\u00e9n un.subdesarrollo humano y espiritual (SRS 15). La enc\u00ed\u00adclica examina las causas que contribuyen a empeorarla situaci\u00f3n en los pa\u00ed\u00adses en v\u00ed\u00adas de desarrollo. Entre otras, menciona las siguientes: la perversidad de ciertos mecanismos econ\u00f3micos, financieros y sociales (SRS 16); la l\u00f3gica de los bloques con cuatro contraposiciones: pol\u00ed\u00adtica, ideol\u00f3gica, economice y militar (SRS 20). Por todo ello los \u00e1nimos de la humanidad entera viven todav\u00ed\u00ada bajo una perenne amenaza de una guerra abierta y total. En efecto, son muy pocas las personas que hoy gu\u00ed\u00adan los destinos del mundo. E1 norte, m\u00e1s rico y m\u00e1s avanzado en el aspecto tecnol\u00f3gico y econ\u00f3mico, pesa dos veces sobre el Sur (SRS 21). Est\u00e1 adem\u00e1s la tentaci\u00f3n de aislamiento por parte de las naciones l\u00ed\u00adderes, que no permite el bien com\u00fan de la humanidad (SRS 23). Podemos enumerar igualmente diversas desviaciones en el desarrollo, como la producci\u00f3n y el comercio de las armas, que es precisamente la \u00abl\u00f3gica de los bloques\u00bb (SRS 23-24); la presencia de millones de refugiados, por causa de las discriminaciones, de las persecuciones etc., con la privaci\u00f3n de sus casas, de su trabajo, de su familia, de su patria, del sentido de su vida (SRS 24); el fen\u00f3meno del terrorismo y de los secuestros (SRS 24); la campa\u00f1a sistem\u00e1tica contra la natalidad (SRS 25); la droga, forma t\u00ed\u00adpica de evasi\u00f3n de nuestro tiempo, que representa una insidiosa distorsi\u00f3n del concepto de desarrollo personal y socias (SRS 26). Pero tambi\u00e9n se dan algunas razones para la esperanza, como la conciencia cada vez mayor de la dignidad de la persona de cada individuo, la creciente convicci\u00f3n de una interdependencia radical, la preocupaci\u00f3n com\u00fan por la paz -lo cual es un dato nuevo en el mundo-, la preocupaci\u00f3n ecol\u00f3gica o ambiental que va sensibilizando poco a poco a los pol\u00ed\u00adticos y a los hombres en general, la conciencia cada vez m\u00e1s intensa en el tercer mundo de una cierta autosuficiencia alimenticia y de garant\u00ed\u00ada de las fuentes de trabajo.<\/p>\n<p>En el aspecto b\u00ed\u00adblico-teol\u00f3gico se afirman claramente dos cosas: que el verdadero desarrollo no consiste solamente en un progreso indefinido e ilimitado en el sentido ilustrado; en una pura acumulaci\u00f3n de bienes y de servicios, que orienta hacia el consumismo y el materialismo m\u00e1s claro. Y que el verdadero desarrollo se refiere al hombre integral y total, con todas sus relaciones esenciales. El hombre es el par\u00e1metro del desarrollo, no solamente en el sentido laico y profano de la palabra, sino en el sentido interior que est\u00e1 inserto en la naturaleza espec\u00ed\u00adfica de la persona humana, que es criatura corporal y espiritual, criatura finita, pero al mismo tiempo imagen de Dios af\u00ed\u00adn al Dios infinito. Todo lo creado tiene que estar subordinado de forma ordenada a la imagen divina del hombre y de su vocaci\u00f3n al amor\/caridad, que le ha sido dada por el Creador-amor (SRS 28). Su vocaci\u00f3n no es solamente terrena, sino que tiene la dimensi\u00f3n de la inmortalidad. Esta vocaci\u00f3n es tambi\u00e9n invitaci\u00f3n y exigencia al desarrollo ordenado, como dice el libro del G\u00e9nesis (1,26-30; 2,15). Por consiguiente, el hombre no tiene que dejarse arrastrar por las cosas terrenas hasta el olvido total de su destino escatol\u00f3gico. En este sentido, tambi\u00e9n seg\u00fan la tradici\u00f3n cristiana hasta el concilio Vaticano II, el hombre tiene tres deberes morales: de todos para con todos, la promoci\u00f3n de los derechos y libertades del hombre, el respeto a la creaci\u00f3n (SRS 33).<\/p>\n<p>En el aspecto teol\u00f3gico-moral se tocan dos puntos: las estructuras de pecado y el camino de conversi\u00f3n (SRS 35). Estas estructuras pecaminosas, bajo las m\u00e1s diversas formas y con diferentes matices, tienen causas de naturaleza econ\u00f3mica, pol\u00ed\u00adtica y moral concretamente en dos de sus formas m\u00e1s exasperadas: el af\u00e1n exclusivo del beneficio y la sed de poder, que puede contaminarlo todo. La I conversi\u00f3n, que es realmente muy ardua, requiere la justicia social en el sentido explicado, es decir, la justicia personalizada en la solidaridad, en la caridad, en la comuni\u00f3n. Aqu\u00ed\u00ad encontramos una vez m\u00e1s a la justicia transformada en solidaridad, y \u00e9sta a su vez transformada en amor\/ caridad, cuya ra\u00ed\u00adz es Diosamor, Dios-comuni\u00f3n trinitaria. Tocamos aqu\u00ed\u00ad la identidad de la realidad justicia-solidaridad-amor-caridad-comuni\u00f3n-fe. El cristiano, por consiguiente, vive el compromiso por la justicia como acontecimiento de fe, como \u00abhombre nuevo creado seg\u00fan Dios en la justicia y en la santidad verdadera (Ef 4,24). La justicia vivida por el cristiano es hoy un signo cre\u00ed\u00adble de la fe y de la sinceridad de su evangelizaci\u00f3n, lejos de toda doblez y farise\u00ed\u00adsmo. De esta forma queda claro el hecho de que la moral y la espiritualidad cristianas no son dos cosas distintas, sino la misma: hacer justicia y ser justos sin medida y sin l\u00ed\u00admites, seg\u00fan la medida del amor\/caridad, que no tiene medida. No se niega que estas disciplinas puedan estar cient\u00ed\u00adficamente estructuradas de forma diversa, pero la vida es \u00fanica; no hay ni m\u00e1s ni menos, sino s\u00f3lo m\u00e1s.<\/p>\n<p>Por consiguiente, cada uno de los hombres es el hermano (Mt 25,40 y 45), que no tiene solamente sus derechos y su igualdad fundamental, como imagen de Dios, a semejanza de la imagen perfecta del Verbo encarnado (GS 22), sino que adem\u00e1s ha sido rescatado por la sangre de Cristo y se encuentra bajo la acci\u00f3n del Esp\u00ed\u00adritu Santo. As\u00ed\u00ad pues, el hombre tiene que ser amado aunque sea enemigo (Mt 5,44; Lc 6,27-35), con el mismo amor con que lo ama el Se\u00f1or. S\u00f3lo amando de este modo el hombre se hace justo, no con su justicia, sino con la justicia que le ha dado Dios.<\/p>\n<p>En el aspecto pastoral-catequ\u00e9tico, despu\u00e9s de todo lo que hemos dicho hasta ahora, es evidente que la doctrina social de la Iglesia no es una \u00abtercera v\u00ed\u00ada\u00bb entre el capitalismo liberal y el colectivismo marxista, sino que forma parte de la misi\u00f3n espiritual de la Iglesia. La Iglesia no tiene otra tarea que la salvaci\u00f3n y la santificaci\u00f3n del hombre, tanto en la dimensi\u00f3n personal como comunitaria. Esto significa que la misi\u00f3n de la Iglesia se ejerce con vistas al hombre integral, con todas sus relaciones y en su vocaci\u00f3n terrena y escatol\u00f3gica.<\/p>\n<p>Con esto aparece igualmente claro que la enc\u00ed\u00adclica SRS es actual\u00ed\u00adsima en su lectura de justicia social, que muestra y desarrolla, por una parte, perspectivas eminentemente teol\u00f3gicas y, por otra, pastorales-catequ\u00e9ticas.<\/p>\n<p>9. PARA CONCLUIR. Despu\u00e9s de recorrer el \u00c2\u00a1ter del desarrollo del concepto de justicia, desde el profano de los tiempos de la cultura oriental y de los pueblos n\u00f3madas hasta el concepto religioso de la revelaci\u00f3n veterotestamentaria y religioso-superior de la revelaci\u00f3n neotestamentana, pasando por el concepto filos\u00f3fico-jur\u00ed\u00addico de los griegos y romanos, la escol\u00e1stica y la teolog\u00ed\u00ada de los manuales, y examinando el concepto de justicia de la ilustraci\u00f3n y el del Vaticano II, hemos trazado una especie de l\u00ed\u00adnea sinusoide: de lo profano a lo religioso, a lo espiritual, a lo filos\u00f3fico-jur\u00ed\u00addico, a lo jur\u00ed\u00addico puro, y, de nuevo, a lo religioso, lo social y lo personalista.<\/p>\n<p>Despu\u00e9s del Vaticano II se distinguen dos fases: la primera comprende los diez primeros a\u00f1os, de 1965 a 1975, en la que los conceptos \u00abjusticia\u00bb, \u00abcaridad\u00bb, \u00abfe\u00bb, a pesar del giro del Vaticano II, todav\u00ed\u00ada no estaban muy vinculados entre s\u00ed\u00ad: se miraba la justicia m\u00e1s bien en el aspecto socioecon\u00f3mico-pol\u00ed\u00adtico, incluso despu\u00e9s del documento del s\u00ed\u00adnodo de 1971. La segunda fase es la de los \u00faltimos quince a\u00f1os, desde 1975 hasta hoy. Se dio un nuevo giro en profundidad con la exhortaci\u00f3n apost\u00f3lica Evangelii nuntiandi, de Pablo VI (8 de diciembre de 1975), sobre todo en los n\u00fameros 17-41, donde la justicia se ve de nuevo personalizada y enriquecida con aspectos b\u00ed\u00adblico-teol\u00f3gicos ya en un continuo proceso de acercamiento, y hasta de asimilaci\u00f3n, entre la fe y la justicia: \u00abLa evangelizaci\u00f3n no seria completa si no tuviera en cuenta la mutua llamada que se hacen continuamente el evangelio y la vida concreta, personal y social del hombre. Para esto la evangelizaci\u00f3n lleva consigo un mensaje expl\u00ed\u00adcito, adaptado a las diversas situaciones, constantemente actualizado, sobre los derechos y deberes de toda persona humana, sobre la vida familiar&#8230;, sobre la vida internacional, la paz, la justicia; el desarrollo; un mensaje particularmente vigoroso en nuestros d\u00ed\u00adas, sobre la liberaci\u00f3n\u00bb (EN 29).<\/p>\n<p>BIBL.: ALFARO J., Teolog\u00ed\u00ada delta giustizia, Roma 1973; B1FFl E., Cinque letture dello sviluppo dei popoli. Guida introductiva dll Enc\u00ed\u00adclica \u00abSollicitudo re\u00ed\u00ad socialis&#8217;; en M. Toso (ed.), Solidariet\u00e1 nuovo nome delta pace. Studi sull Enc\u00ed\u00adclica \u00abSollicitudo re\u00ed\u00ad sociahs\u00bb di Giovanni Paolo II offerti da don Giuseppe Gemellaro, Pontificia Universit\u00e1 Lateranense, Ciudad del Vaticano 1988, 137-173; BRYAn HEH1R J., John Paul II. Continuity and Change in the Social Teaching ojthe Church, en C.E. CURRAN y R.A. 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Contributo a\u00c2\u00a1 fondamenti biblici delta teolog\u00ed\u00ada morale, N\u00e1poles 1976; DuPONT J., Les b\u00e9atitudes II, Par\u00ed\u00ads, 65-90; FuL&#8217;eK L, ll jondamento dei diritti umani nei documenti internazionali, en \u00abCivCat\u00bb 4 (1982) 548-557; In, Giustizia al\u00ed\u00ada luce delta jede e del\u00c2\u00a1 \u00e9sperienza, Roma 1989; HAMEL E., I fondamenti dell \u00e9tica cristiana in ordine olla giustizia sociales jede e giustizia sociale, en \u00abComen\u00bb 38 (1978) 74-85; ID, Justitia el jura hominum in sacra Scriptura. Investigado b\u00ed\u00adblico-theologica, en \u00abPeriodica\u00bb 69 (1980) 201-217; In, Fondament th\u00e9ologique des droits de 17tomme, en \u00abSem\u00bb 23 (1983) 309318; In, Fundamentaci\u00f3n b\u00ed\u00adblico-teol\u00f3gica de los derechos humanos seg\u00fan la constituci\u00f3n \u00abGaudium et spes\u00bb, en R. LATOURELLE (ed.), Vaticano 11. Balance y perspectivas: veinticinco a\u00f1os despu\u00e9s, 1962\/1987, Salamanca 1989, 753764; HOLLENRACH D., Global Human Rights: An Interpretation of the Contemporary Catholic Understanding, en C.E. CURRAN y R.A. MCCORMICK (eds.), o.c., 366-383; KRASOVEC J., La justice (SDQ) de Dieu dans la Bible Hebraique et I interpr\u00e9tation juive et chr\u00e9tienne, FriburgoGotinga 1988 (abundante bibliograf\u00ed\u00ada); LORENZEM L., Etica sociale cristiana, en T. GOFFI y G. PLANA (eds.), Corso di morale, 4, Koinonia, Etica della vita sociale, Brescia 1985, 9-82; MARTINI C.M., Evangelizare pauperibus, Brescia 1978; Mosso S., Il problema dellagiustizia e il messaggio cristiano, Casale Monferrato 1982; OERSTREICH G., Geschichte der Menschenrecht und Grundfreiheiten in Umriss, Berl\u00ed\u00adn 1987; PAVAN P., L Enciclica \u00abPacem in Terris \u00ab. A veinticinque anni dalla Pubblicazione, Roma 1988; PUNT J., Die Idee der Menschenrechte. 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Toso (ed.),-o.c.; VV.AA., De doctrina sociali ecclesiae in formatione sacerdotali: n. 41 de \u00abSeco\u00bb 29 (2\/ 1989).<\/p>\n<p>LATOURELLE &#8211; FISICHELLA, Diccionario de Teolog\u00ed\u00ada Fundamental, Paulinas, Madrid, 1992<\/p>\n<p><b>Fuente: Nuevo Diccionario de Teolog\u00eda Fundamental<\/b><\/p>\n<p>TEOLOG\u00ed\u008dA MORAL<br \/>\nSUMARIO<br \/>\nI. La justicia hoy.<br \/>\nII. El universal humano de la justicia:<br \/>\n1. Significado general y espec\u00ed\u00adfico;<br \/>\n2. Derecho y justicia: orden jur\u00ed\u00addico y orden moral de la justicia.<br \/>\n3. La justicia, virtud moral y social;<br \/>\n4. Tipolog\u00ed\u00ada de la Justicia:<br \/>\n    a) La justicia general, justicia legal,<br \/>\n    b) La justicia particular: justicia conmutativa y distributiva;<br \/>\n5. Justicia y amor.<br \/>\nIII. Lo espec\u00ed\u00adfIco cristiano de la justicia:<br \/>\n1. Fundamentaci\u00f3n b\u00ed\u00adblica:<br \/>\n    a) La justicia de Dios,<br \/>\n    b) La justicia del hombre;<br \/>\n2. Mediaci\u00f3n teol\u00f3gica:<br \/>\n    a) Fe y justicia,<br \/>\n    b) Caridad y justicia,<br \/>\n    c) Esperanza y justicia.<br \/>\nIV. Instancias actuales y nuevas v\u00ed\u00adas de la justicia:<br \/>\n1. Justicia y persona;<br \/>\n2. Justicia social;<br \/>\n3. Justicia y desarrollo;<br \/>\n4. Justicia y liberaci\u00f3n;<br \/>\n5. Justicia y solidaridad.<\/p>\n<p>1. La justicia hoy<br \/>\nEl problema de la justicia es el &#8216;`caso serio\u00bb al que la sociedad actual =-cuya contrase\u00f1a es el intenso e incesante dinamismo al que le someten los fen\u00f3menos sociales en curso- no puede sustraerse aferr\u00e1ndose a las seguridades f\u00e1ciles de lo \u00abya\u00bb determinado y estructurado,Imo que lo debe afrontar con renovado esp\u00ed\u00adritu cr\u00ed\u00adtico, innovador y previsor.<\/p>\n<p>\u00abAfrontar\u00bb quiere decir aqu\u00ed\u00ad repensar y redefinir las relaciones sociales seg\u00fan una dial\u00e9ctica de derechos y de deberes, de cuya certeza, equilibrio y garant\u00ed\u00ada vive la sociedad. Es, por consiguiente, cuesti\u00f3n de justicia. Justicia y sociedad est\u00e1n en juego juntas =`ubi jus ibi societas\u00bblndivisiblerbente; prosperan juntas y decaen juntas. Las transformaciones sociales en curso son, por este motivo, provocaciones a la justicia: ruptura de equilibrios adquiridos y, a la vez, llamada a nuevas y m\u00e1s adecuadas euritmias sociales.<\/p>\n<p>Debido al car\u00e1cter global y extensivo de estas transformaciones, el problema de la justicia pasa por todos los \u00e1mbitos de la vida social y se hace extensivo a todos los grupos y comunidades sociales, como necesidad de nuevas seguridades e incisiva salvaguardia del derecho: \u00abDe todas las partes surge hoy una aspiraci\u00f3n a una mayor justicia\u00bb (PABLO VI, Octogesima adveniens). &#8216;<br \/>\nSe trata de un anhelo que, desconocido, desatendido o retomado, se hunde en la injusticia. Porque la falta de inter\u00e9s por la justicia no es la nada de hecho, sino la ca\u00ed\u00adda en la injusticia, en un proceso intensivo y extensivo de regresi\u00f3n subyugadora y depauperante. Porque en una sociedad de cambios r\u00e1pidos y profundos, la injusticia genera nueva injusticia; un abismo de injusticia provocada, simplemente tolerada o de injusticia sufrida. Por ello, los privilegiados y los poderosos gozan siempre de mayores privilegios y poderes, y los marginados y los d\u00e9biles quedan siempre m\u00e1s marginados y empobrecidos.<\/p>\n<p>Las transformaciones que provocan hoy las nuevas demandas de justicia hunden sus ra\u00ed\u00adces en el acontecimiento socialmente revolucionario de la industrializaci\u00f3n, con la progresiva mecanizaci\u00f3n, automaci\u00f3n y computerizaci\u00f3n de los sistemas productivos e inform\u00e1ticos y los fen\u00f3menos inducidos que implican migraciones masivas; de la urbanizaci\u00f3n de los modelos de vida; de las comunicaciones, cada vez m\u00e1s am-_ plias y abarcadoras; de la socializaci\u00f3n en perspectiva, cada vez m\u00e1s, universal y c\u00f3smica; de la tendencia creciente y predominante a hacer de la actividad laboral una actividad de servicios terciarios.<\/p>\n<p>Todos los \u00e1mbitos de lo social est\u00e1n implicados como factores determinantes y, a la vez, receptores de estos cambios, en una concatenaci\u00f3n circular y acumulativa de causas y efectos que atraviesa todo el tejido social: la \u00abeconom\u00ed\u00ada\u00bb con sus vertiginosas aceleraciones, cuyas posibilidades corren parejas con los desequilibrios que genera y con las cuestiones sociales que abre; la \u00abcultura\u00bb con su emancipaci\u00f3n cient\u00ed\u00adfico-t\u00e9cnica y las m\u00faltiples posibilidades de acceso, pero, a la vez, con los riesgos de la ideologizaci\u00f3n, de la manipulaci\u00f3n, de la monoidea y, podemos a\u00f1adir tambi\u00e9n, de la falsa conciencia; la \u00abpol\u00ed\u00adtica\u00bb con sus cada vez m\u00e1s intensas, amplias y estructuradas posibilidades de participaci\u00f3n y de gesti\u00f3n y, al mismo tiempo, con sus bloqueos partidistas, nacionalistas, ideol\u00f3gicos.<\/p>\n<p>Todo esto act\u00faa como fermento y detonador en el seno de una sociedad que arrincona ordenamientos, instituciones, c\u00f3digos y sistemas inveterados y provoca hacia lo nuevo, a una nueva estructuraci\u00f3n de las relaciones de las personas entre s\u00ed\u00ad y en la sociedad. Ello implica una conciencia cada vez m\u00e1s aguda y expl\u00ed\u00adcita del derecho de cada uno y de todos y un sentido renovado y din\u00e1mico de la justicia como actitud \u00e9tica decisiva para un nuevo orden social. Por defecto de esta conciencia-disponibilidad, el desarrollo permitido por el actual dinamismo cient\u00ed\u00adfico-t\u00e9cnico, en cierta medida y en muchos aspectos, representa menos una posibilidad y m\u00e1s un riesgo, menos una realidad y m\u00e1s una aspiraci\u00f3n (para muchos, por desgracia, in\u00fatil), menos un bien inclusivo y m\u00e1s un privilegio exclusivo, menos un factor de bienestar y de paz y m\u00e1s un motivo de malestar y de conflicto.<\/p>\n<p>Est\u00e1 en juego el bien del hombre, que se entiende como ser social y quiere ser tal; qu\u00e9 en lo social se realiza saliendo al encuentro, comunicando, dando y ,acogiendo; pero que teme la alienaci\u00f3n y la opresi\u00f3n de lo social, cuando no es ya garant\u00ed\u00ada del bien del hombre, de todo el hombre -y de todos los hombres, sino de otra cosa: de un \u00absocial\u00bb entronizado sobre o incluso contra el hombre, o bien de clases, grupos y naciones con privilegios a ultranza y dominantes.<\/p>\n<p>Todo esto nos hace conscientes de la importancia social de la justicia hoy: \u00e9sta, en efecto, se experimenta menos como exigencia interindividual y m\u00e1s como garant\u00ed\u00ada del seractuar humano en la red cada d\u00ed\u00ada m\u00e1s compacta y extensa de la sociedad humana. Una,red an\u00f3nima en muchos aspectos, en la que dar rostro a los sujetos de la justicia y a los responsables de la injusticia es ardua tarea. Una red en la que el hombre se siente impotente ante la injusticia. En ella se experimenta la injusticia no tanto como hecho aislado, sino como condici\u00f3n, y la denuncia de la injusticia no como transgresi\u00f3n de la ley, sino como complicidad de la ley.<\/p>\n<p>Por todo ello la justicia, desborda hoy, los \u00e1mbitos de.los siples contratos particulares y del orden codificado .para convertirse en proyecto de la llueva sociedad. En un mundo en el que el hombre se siente protagonista de la propia historia y art\u00ed\u00adfice de sus resultados, se va&#8217;abriendo camino la conciencia de que los sistemas y las estructuras de la sociedad no son \u00ab\u00f3rdenes\u00bb inmutables de la naturaleza, sino \u00abresultado\u00bb de la actuaci\u00f3n y de la historia humanas. Se imponen, pues, la posibilidad y el deber de una estructuraci\u00f3n social nueva y m\u00e1s adecuada. Es la tarea y la obra de \u00c2\u00a1ajusticia.<\/p>\n<p>II. El universal humano de la justicia<br \/>\nLa idea de justicia es un concepto denso y rico, impuesto originaria y universalmente a la conciencia como criterio axiol\u00f3gico-normativo. Coexiste con la conciencia \u00e9tica de la humanidad y del individuo: de hecho afloran juntas y act\u00faan en los mismos contextos.<\/p>\n<p>1. SIGNIFICADO GENERAL Y ESPEC\u00ed\u008dFICO. Virtud que induce a cumplir el propio debitum (lo debido) como exigencia de orden y de armon\u00ed\u00ada, la justicia ha sido identificada con la moralidad a secas. Se trat\u00f3 de un primer significado, de orden general, asumido de hecho por la justicia. Como actitud que hace consciente a la instancia propiamente \u00e9tica del \u00abdeber\u00bb y ordena su cumplimiento, la justiciase erige en expresi\u00f3n de la moralidad humana: virtud que abarca y sintetiza a todas las dem\u00e1s. Justicia equivale en este sentido a rectitud o actitud adecuada. Es el significado indicado en el concepto aristot\u00e9lico de justicia como virtud que invita a cumplir lo que es justo\u00bb (Et. Nicom. V, 1,3); en la definici\u00f3n de justicia queda Plat\u00f3n: \u00abhacer cada uno lo suyo\u00bb (Rep\u00fab. I, 6,331), y en la identificaci\u00f3n b\u00ed\u00adblica de santidad y justicia, de hombre recto y justo.<\/p>\n<p>Pero el significado propio y espec\u00ed\u00adfico de justicia es el que la asume corno modalidad de la relaci\u00f3n social. Es la virtud que relaciona y vincula a los hombres entre s\u00ed\u00ad yen la sociedad seg\u00fan el criterio de igualdad. Tres son, pues, los aspectos distintivos de la justicia: la alteridad, puesto que la justicia dice siempre y por s\u00ed\u00ad misma relaci\u00f3n ad alium; propiamente hablando no existe justicia hacia uno mismo; la obligatoriedad, es decir, el deber del sujeto agente correlativo al derecho del otro a exigir respeto y reparaci\u00f3n; la igualdad, que establece la calidad de la relaci\u00f3n y la medida de lo debido: \u00abEs justo lo que corresponde al otro seg\u00fan igualdad\u00bb (S. Th., II-II q. 57, a. 1). De aqu\u00ed\u00ad deriva la definici\u00f3n cl\u00e1sica formulada por santo Tom\u00e1s, pero que se remonta al jurista romano Ulpiano, y que Plat\u00f3n atribuye ya a Sim\u00f3nides: \u00abJusticia es la virtud por la que se atribuye a cada uno lo suyo con voluntad constante y perpetua\u00bb (S.Th., II-II, q. 58, a. 1).<\/p>\n<p>El presente art\u00ed\u00adculo se mueve en este significado espec\u00ed\u00adfico de justicia, el cual se distingue no s\u00f3lo del significado general, sino tambi\u00e9n de otros significados. Justicia, en efecto, puede connotar tambi\u00e9n el orden igualitario que reina en una sociedad, el conjunto de leyes que garantizan ese orden, el \u00f3rgano designado para la aplicaci\u00f3n de las mismas sin discriminaciones ni privilegios. Se trata de acepciones jur\u00ed\u00addico-administrativas de importancia secundaria en un tratamiento de car\u00e1cter \u00e9tico.<\/p>\n<p>i. DERECHO Y JUSTICIA: ORDEN JUR\u00ed\u008dDICO Y ORDEN MORAL DE LA JUSTICIA. La justicia es la actitud humana suscitada por la presencia del derecho. Derecho es el suum de una persona; lo que le pertenece y corresponde como propio e inalienable; que, por ello mismo, suscita en el otro el deber del respeto, de la atribuci\u00f3n o de la restituci\u00f3n. La justicia es la virtud que asume este deber y le da cumplimiento.<\/p>\n<p>Extrae su capacidad de exigencia no, o no primariamente, de una disposici\u00f3n interior del sujeto, sino del derecho en s\u00ed\u00ad mismo. El jus es la fuerza que emana de la jus-titia. De ah\u00ed\u00ad que el primer v\u00ed\u00adnculo de la justicia sea de orden jur\u00ed\u00addico; es un v\u00ed\u00adnculo exterior y objetivo, ligado a la fuerza incoercible del derecho, es decir, del bien debido, y no a la rectitud y bondad interior del agente. La medida misma (medium) de la justicia no es, como en las dem\u00e1s virtudes, un medium rationis, es decir, no est\u00e1 determinada por la disponibilidad-benevolencia del sujeto agente, sino que es un medium re\u00c2\u00a1, es decir, la medida est\u00e1 establecida por el criterio objetivo de la igualdad en la relaci\u00f3n (cf S. Th., II-II, q. 57, a. 1; q. 58, a. 10); \u00abel suum debido a cada individuo es lo que le corresponde de acuerdo con una igualdad de relaciones\u00bb (S. Th., q. 58, a. 11).<\/p>\n<p>El derecho es un bien objetivamente tal, con independencia de m\u00ed\u00ad, de la acogida-adhesi\u00f3n de mi libertad. Como tal es fuente del orden jur\u00ed\u00addico, distinto del orden moral. Esto quiere decir que se puede ser justo por simple y formal reconocimiento y respeto del derecho ajeno. O tambi\u00e9n, como mantiene J. Rawls dentro de las teor\u00ed\u00adas contractuales de la sociedad, por inter\u00e9s o conveniencia. Quiere decir tambi\u00e9n que el derecho, una vez codificado y garantizado por la ley, puede ser respetado como simple cumplimiento legal, o tambi\u00e9n como coerci\u00f3n de la ley.<\/p>\n<p>Sin embargo, la justicia vincula a t\u00ed\u00adtulo no s\u00f3lo jur\u00ed\u00addico, sino \u00e9tico tambi\u00e9n. Es actitud y acto humanos, y como tal participa de un orden moral que le confiere consistencia nueva. El orden moral no se yuxtapone al orden jur\u00ed\u00addico, sino que lo asume, integra y eleva a nivel del reconocimiento personal y del encuentro interpersonal. El respeto formal o legal del derecho queda as\u00ed\u00ad sustra\u00ed\u00addo al peligro del anonimato; la misma observancia formal y legal queda elevada a adhesi\u00f3n y compromiso personales; la conveniencia cede o va acompa\u00f1ada de la benevolencia; la objetividad del derecho adquiere consistencia menos de cosa y m\u00e1s de persona; la fuerza exterior del jus se funde con la convicci\u00f3n y la disponibilidad interior de la conciencia; la capacidad de exigencia y de coerci\u00f3n de la ley queda prevenida y sublimada por la fuerza que emana del amor [I Ordenamiento jur\u00ed\u00addico y \u00e9tica].<\/p>\n<p>3. LA JUSTICIA, VIRTUD MORAL Y SOCIAL. La justicia es una !virtud. Como tal es bastante m\u00e1s que la suma de actos. Es una disposici\u00f3n permanente y din\u00e1mica de la libertad al bien-valor. Y este bien-valor es el derecho que la libertad, polarizada hacia \u00e9l y plasmada por \u00e9l, persigue y quiere como coherencia y fidelidad personales. Es la libertad para el derecho convertida en fidelidad al derecho. Por lo tanto, el hombre es justo como persona moral antes incluso que en sus actos.<\/p>\n<p>Decir fidelidad al derecho es decir siempre fidelidad a alguien cuyo derecho expresa el bien irrenunciable e inalienable para quererse como persona, y cuyos derechos son a su vez la refracci\u00f3n crom\u00e1tica seg\u00fan la pluralidad de los bienes espec\u00ed\u00adficos y categoriales.<\/p>\n<p>Fundamento, pues, de la justicia es la persona en co-relaci\u00f3n social. La persona, en efecto, elige la sociedad como \u00ablugar\u00bb de la afirmaci\u00f3nrealizaci\u00f3n de s\u00ed\u00ad misma mediante el encuentro, la comunicaci\u00f3n, el intercambio, la comuni\u00f3n. Ahora bien, esto es posible a partir del reconocimiento del bien originario y de los bienes espec\u00ed\u00adficos de la persona, \u00abprincipio, sujeto y fin de todas las instituciones sociales\u00bb (GS 25); y se act\u00faa a trav\u00e9s del proseguimiento cada vez m\u00e1s intenso y amplio de los mismos. El derecho de la persona hace, pues, de plataforma y de finalidad de la sociedad. La justicia es la virtud que se hace cargo de ello, como primera exigencia e irrenunciable garant\u00ed\u00ada del orden y del progreso social.<\/p>\n<p>4. TIPOLOG\u00ed\u008dA DE LA JUSTICIA. La justicia da firmeza, promueve y defiende al derecho seg\u00fan nexos diversos, mediante los cuales los individuos y los grupos entran en relaci\u00f3n entre s\u00ed\u00ad y con la sociedad. Por consiguiente, la misma din\u00e1mica de justicia da forma y alienta modos diferentes de equilibrio, seg\u00fan los diversos derechos en juego: justicia \u00abgeneral\u00bb y \u00abparticular\u00bb, seg\u00fan los diversos sujetos del derecho y del correlativo deber: justicia \u00abconmutativa\u00bb, \u00abdistributiva\u00bb y \u00ablegal\u00bb. Es un cuadro tipol\u00f3gico de matriz aristot\u00e9licotomista de insuperable actualidad: Arist\u00f3teles deline\u00f3 la justicia conmutativa y distributiva como expresiones de la justicia particular; santo Tom\u00e1s, en cambio, deline\u00f3 la justicia legal como justicia general, poniendo de manifiesto su prioridad y primac\u00ed\u00ada.<\/p>\n<p>a) La justicia general, justicia legal. El primer nexo es el propiamente social, constitutivo de la relaci\u00f3n del individuo con la sociedad de pertenencia, como de la parte con el todo. Este nexo determina la justicia que garantiza el \u00abbien com\u00fan\u00bb.<\/p>\n<p>El bien com\u00fan es el derecho propio de la sociedad, el cual ni se confunde con los bienes de los particulares ni es la suma de ellos, sino que se caracteriza como el bien del \u00abtodos nosotros\u00bb social que constituyen los particulares cuando se unen en sociedad. No se trata de un derecho impersonal, sino transpersonal, que redunda siempre en beneficio de las personas en sociedad; \u00abes el conjunto de condiciones de la vida social que permiten a los grupos y a los particulares alcanzar la propia perfecci\u00f3n de una manera m\u00e1s plena y expedita\u00bb (GS 26). Constituye, por ello, un derecho de la sociedad qua taus (cuya expresi\u00f3n m\u00e1s elevada es el Estado), y que tiene el correspondiente deber en los miembros de la misma (los ciudadanos del Estado), sin que est\u00e9n excluidos los que detentan la autoridad y el poder, aunque en \u00e9stos se d\u00e9 de manera diversa: \u00abEn el pr\u00ed\u00adncipe -precisa santo Tom\u00e1s- de manera principal y como arquitect\u00f3nica, en los s\u00fabditos de manera secundaria y como administrativa\u00bb (S.Th., II-II, q. 58, a. 6).<\/p>\n<p>A la justicia que tutela este derecho, santo Tom\u00e1s la denomina \u00abgeneral\u00bb, porque ordena las opciones y los actos de las partes al bien del todo. Como tal desarrolla una acci\u00f3n abarcadora, orient\u00e1ndolo todo al bien com\u00fan; a la manera como la caridad es una virtud general, porque todo lo encamina al bien divino (cf S. Th., II-II, q. 58, aa. 5-6). La intuici\u00f3n de santo Tom\u00e1s, desafortunadamente olvidada poco a poco por la escol\u00e1stica posterior, es una intuici\u00f3n profunda y decisiva, porque, al hacer de la justicia del bien com\u00fan una justicia distinta de la del bien particular, asign\u00e1ndole la prioridad y la primac\u00ed\u00ada de virtud general, preserva a la justicia de toda posible ca\u00ed\u00adda y desviaci\u00f3n particularista. La justicia general sobrepasa a la particular orient\u00e1ndola y subordin\u00e1ndola al bien com\u00fan.<\/p>\n<p>A la justicia general se la denomina tambi\u00e9n \u00ablegal\u00bb, porque toma cuerpo en la ley que la codifica y formula sus exigencias. La ley de una sociedad, en efecto, deriva su raz\u00f3n de ser y su capacidad de exigencia del hecho de ser sistematizaci\u00f3n e instituci\u00f3n del bien com\u00fan. Esta justicia legal vincula, por una parte, al legislador a convertirse en promotor y garante de leyes justas, es decir, tutoras del bien com\u00fan; y, por otra, a los componentes de la sociedad a la observancia de las leyes como contribuci\u00f3n al bien com\u00fan. A la inversa, denuncia como injusta cualquier actividad de tipo particularista y clasista, as\u00ed\u00ad como cualquier transgresi\u00f3n de la ley y evasi\u00f3n de sus obligaciones. Se trata de ofensas al bien com\u00fan, el cual debe ser buscado y respetado con no menor sentido de justicia que el que se tiene para con los bienes particulares; sentido que, por desgracia, falla a menudo, sin remordimiento alguno de conciencia, debido ala convicci\u00f3n inconsciente de que el bien com\u00fan no lo es de nadie, y que por eso mismo es leg\u00ed\u00adtimo descuidarlo y posponerlo al bien individual o de grupo. Ahora bien, la justicia legal, en cuanto justicia general, debe hacernos continuamente conscientes de este bien com\u00fan a trav\u00e9s de una pedagog\u00ed\u00ada y una \u00e9tica de la sociedad que lo acredite como bien irrenunciable de la persona.<\/p>\n<p>La denominaci\u00f3n misma de justicia legal resulta en cierto sentido un obst\u00e1culo: \u00abMuchos autores posteriores a santo Tom\u00e1s, influenciados por el voluntarismo, e incapaces por ello de ver en la ley una expresi\u00f3n de la recta raz\u00f3n, no descubren en esa expresi\u00f3n m\u00e1s que un decreto arbitrario (\u00abdictamen&#8217; de la poderosa individualidad detentadora de la autoridad. Y por ser el Estado el ejemplo privilegiado de esa individualidad, no ver\u00e1n muy a menudo m\u00e1s que el contenido de las leyes positivas\u00bb (J.Y. CALVEZ, Iglesia y sociedad econ\u00f3mica, 228). La identificaci\u00f3n pura y simple con la ley le ha quitado, a su vez, el dinamismo que deber\u00ed\u00ada caracterizarla; en una sociedad en transformaci\u00f3n, la justicia legal termina, pues, por ser garante no del bien com\u00fan, sino del orden constituido. Se convierte as\u00ed\u00ad en una justicia incrustada en la ley, y por ello mismo en fuente de privilegios por una parte y de diferencias por otra. Esto explica el que en la actualidad se reivindique para la justicia legal el car\u00e1cter de justicia social, con toda su carga de dinamismo y de previsi\u00f3n.<\/p>\n<p>b) La justicia particular: justicia conmutativa y distributiva. La justicia particular se hace garante del bien del particular o del grupo frente a otro particular o grupo y frente a la propia sociedad de pertenencia; en el primer caso se determina el nexo de justicia conmutativa; en el segundo, el de justicia distributiva.<\/p>\n<p>&#8211; La justicia conmutativa. Los individuos y grupos particulares se influyen mutuamente a trav\u00e9s de relaciones de contrataci\u00f3n, intercambio, prestaci\u00f3n rec\u00ed\u00adproca y compraventa, convirti\u00e9ndose mutuamente en sujetos de derechos y deberes. La garant\u00ed\u00ada de equilibrio es la justicia conmutativa, la cual se caracteriza por la perfecta alteridad y paridad de las partes y por la determinaci\u00f3n num\u00e9rica, \u00abaritm\u00e9tica\u00bb, del suum rec\u00ed\u00adprocamente correspondiente.<\/p>\n<p>Esta justicia hace posible el equilibrio perfecto, la correspondencia plena entre derecho y deber (entre prestaci\u00f3n y remuneraci\u00f3n, entre mercanc\u00ed\u00ada y precio, entre reparaci\u00f3n y da\u00f1os, entre devoluci\u00f3n y pr\u00e9stamo), la ecuaci\u00f3n objetiva y la igualdad cuantitativa de las partes. Ello permite, adem\u00e1s, la determinaci\u00f3n exacta del derecho desconocido, la deuda insatisfecha, en una palabra, de la injusticia y de la consiguiente obligaci\u00f3n de restituci\u00f3n y de reparaci\u00f3n. Debido al car\u00e1cter de absoluta correspondencia equitativa, esta justicia se toma como modelo y forma de la justicia forense, cuyo s\u00ed\u00admbolo es precisamente la balanza de la justicia conmutativa.<\/p>\n<p>&#8211; La justicia distributiva. El modelo de la igualdad cuantitativa tiene su reflejo con criterios de justicia, en el plano de los nexos conmutativos, en los que las relaciones equitativas son propiamente \u00abre\u00c2\u00a1 ad rem\u00bb, pero no en el plano de las relaciones sociales, en las que la relaci\u00f3n es \u00abrerum ad personas\u00bb (cf S. Th., II-II, q. 61, a. 2). El suum correspondiente como jus debido por la sociedad (y a la inversa, el debitum debido a la sociedad) no se puede determinar aqu\u00ed\u00ad con el criterio del equilibrio conmutativo ni con el de lo mismo indistintamente ,para todos. En efecto, en relaci\u00f3n con la sociedad, los particulares se hallan en condiciones y situaciones diferentes, que requieren por s\u00ed\u00ad mismas nexos equitativos necesariamente diversos. Hay, ante todo, diversidad de m\u00e9ritos y de capacidades, y sobre todo de limitaciones y de necesidades.<\/p>\n<p>Consiguientemente, la atribuci\u00f3n del derecho seg\u00fan justicia no puede ser una divisi\u00f3n en partes num\u00e9ricamente iguales, ni la contrapartida exacta de impuestos y prestaciones (leg\u00ed\u00adtima \u00fanicamente en las relaciones estrictamente conmutativas entre Estado &#8216;y ciudadanos), sino una distribuci\u00f3n en partes proporcionalmente iguales. La igualdad no se obtiene aqu\u00ed\u00ad por determinaci\u00f3n aritm\u00e9tica, sino \u00abgeom\u00e9trica\u00bb, del suum. Ello legitima la diversa atribuci\u00f3n de bienes y de cargas en la sociedad sin faltar a la justicia, sino d\u00e1ndole cumplimiento. El equilibrio r\u00ed\u00adgidamente cuantitativo no ser\u00ed\u00ada aqu\u00ed\u00ad igualdad, sino igualitarismo, y por ello mismo una injusticia.<\/p>\n<p>Est\u00e1n, pues, legitimados por igual el Estado basado en el m\u00e9rito, que responde al criterio de \u00aba cada uno seg\u00fan sus cualidades y merecimientos\u00bb, y el Estado del bienestar social, que responde al criterio de \u00aba cada uno seg\u00fan su indigencia y necesidad\u00bb.<\/p>\n<p>La negligencia respecto a la justicia distributiva puede ser variada: determinaci\u00f3n abusiva y arbitraria de los bienes y servicios sociales correspondientes a las partes; reparto pol\u00ed\u00adtico del poder; chentelismo de cargas y beneficios sociales; exenci\u00f3n injustificada y discriminatoria de cargas sociales.<\/p>\n<p>La justicia distributiva, lo mismo que la justicia conmutativa, necesita continuas atenciones que la introduzcan en el proyecto arquitect\u00f3nico de la justicia general, que sintoniza y armoniza a ambas con el bien com\u00fan, preserv\u00e1ndolas as\u00ed\u00ad de toda degeneraci\u00f3n particularista. Cuando la justicia general desaparece o queda expropiada de su primac\u00ed\u00ada de virtud general, toman la delantera los impulsos particularistas, que lastiman el equilibrio conmutativo y adquieren predominio sobre los criterios de equilibrio distributivo.<\/p>\n<p>5. JUSTICIA Y AMOR. El orden moral, y el \u00e9tico-social en particular, es por s\u00ed\u00ad mismo el orden del amor como orden de la disponibilidad y de la fidelidad. La cualidad \u00e9tica de la relaci\u00f3n social se caracteriza por la disponibilidad-fidelidad de donaci\u00f3n y acogida del otro, que preside justamente la din\u00e1mica del amor. De ah\u00ed\u00ad que el indicativo ontol\u00f3gico del coexistir sea el imperativo axiol\u00f3gico del amor. El amor es la actitud moral normativa de la persona en relaci\u00f3n; es la virtud social decisiva.<\/p>\n<p>Como tal, el amor engloba a la justicia. Esta representa la primera exigencia, el primer camino, \u00abla medida m\u00ed\u00adnima\u00bb(PasLo VI, homil\u00ed\u00ada del 23 de agosto de 1968 al Congreso eucar\u00ed\u00adstico de Bogot\u00e1: \u00abAAS\u00bb[1968] 626-627). El amor comienza con la justicia; y no es tal amor si antes no ha cumplido con las exigencias de la justicia. Igualmente, la justicia no queda fuera y no prescinde del amor, como si \u00e9ste comenzara donde termina la justicia.<\/p>\n<p>El amor va m\u00e1s all\u00e1 de la justicia, pero no sin la justicia; yo no puedo dar por amor de lo \u00abm\u00ed\u00ado\u00bb al otro si antes no le he dado por justicia lo \u00absuyo\u00bb; tanto menos podr\u00e9 ofrecerle como \u00abm\u00ed\u00ado\u00bb lo que ya le pertenece como \u00absuyo\u00bb (cf AA 8). Quien ama de verdad es justo, y s\u00f3lo quien es justo sabe amar.<\/p>\n<p>Justicia y amor se implican, pues, en una relaci\u00f3n de co-presencia y de reciprocidad creativa, sin absorciones ni reducciones. A1 exigir la alteridad de la otra parte, la justicia evita que las relaciones se establezcan en detrimento de la unicidad y de la autonom\u00ed\u00ada de la persona. A su vez, el amor, al tener como mira la comuni\u00f3n de los sujetos, evita que las relaciones se establezcan en el anonimato y en la indiferencia del equilibrio puramente jur\u00ed\u00addico y tiende a componer las divisiones y a superar las oposiciones que la justicia puede generar.<\/p>\n<p>Por la exigencia de justicia que lo caracteriza, el amor se hace efectivo y cre\u00ed\u00adble; se sustrae al car\u00e1cter aleatorio de la bondad del coraz\u00f3n y del sentimiento para hacerse exigente y exigible. Por el dinamismo que la anima, la justicia adquiere consistencia \u00e9tica; el \u00abotro\u00bb es m\u00e1s que la contraparte reivindicatoria; es un ser con rostro humano, fuente de una dignidad de persona que requiere atenci\u00f3n y respeto. Como tal, la justicia es ya ella misma amor; la justicia es \u00abla caridad de lo exigible\u00bb (R. CLEMENS, Rev. Nouv. 4 [1946] 650); la caridad que se deja vincular y estructurar por el derecho.<\/p>\n<p>Por esta animaci\u00f3n \u00e9tica del amor-caridad la justicia se sustrae al riesgo del \u00absummus jus, summa iniuria\u00bb que ella corre en proporci\u00f3n directa a su deslizamiento en la formalidadlegalidad del orden puramente jur\u00ed\u00addico. De ah\u00ed\u00ad que tenga necesidad de fuerzas que mitiguen y corrijan el rigor impersonal de la ley (\u00e9ste ser\u00ed\u00ada precisamente el papel de la equidad). Exigencia y expresi\u00f3n del amor, la justicia queda a su vez preservada de la cosificaci\u00f3n exasperante del derecho y de la formalizaci\u00f3n y degeneraci\u00f3n legalista de la relaci\u00f3n igualitaria; est\u00e1 por s\u00ed\u00ad misma libre del riesgo de la iniuria de la libertad misma del amor que humaniza la ley y, no obstante la diversidad, los intereses en juego y las reivindicaciones, hace del encuentro de las partes un encuentro entre personas.<\/p>\n<p>Una \u00e9tica de la separaci\u00f3n entre justicia y caridad ha ido en detrimento de una y de otra. Porque ha hecho de la justicia la virtud de lo estrictamente debido por contrato o por ley, y de la caridad la virtud del excedente exorbitante como deber espont\u00e1neo y la mayor\u00ed\u00ada de las veces supererogatorio. Ahora bien, por ser virtudes ambas, ni la justicia puede contentarse con un equilibrio m\u00ed\u00adnimo, est\u00e1tico y formal, ni la caridad puede quedar reducida a beneficencia o a suplente de una justicia bloqueada, r\u00ed\u00adgida, sin alma.<\/p>\n<p>En cambio, una \u00e9tica de la correlaci\u00f3n libera y fortalece\u00e11ambas. La caridad induce a la justicia, d\u00e1ndole vida en profundidad. La justicia, una vez establecida, abre a la caridad los espacios propios del don y del perd\u00f3n, de la generosidad y de la gratuidad. Estos, a su vez, penetrados por un vigilante, profundo y din\u00e1mico sentido del derecho, abrir\u00e1n nuevos caminos a la justicia, favoreciendo de esta manera su progreso.<\/p>\n<p>En esta correlaci\u00f3n rec\u00ed\u00adprocamente promotora de amor y justicia, las necesidades &#8216;se transforman poco a poco en derechos, y \u00e9stos, una vez que la justicia los ha hecho suyos, abren perspectivas nuevas y posibilidades in\u00e9ditas a la caridad, dando lugar a un proceso circular progresivo e intensivo, del que vive el bienestar social. Debido a esta compenetraci\u00f3n mutuamente fecundante, la caridad ha asumido hoy una estructura institucional y la justicia un car\u00e1cter m\u00e1s din\u00e1mico.<\/p>\n<p>III. Lo espec\u00ed\u00adfico cristiano de la justicia<br \/>\nEl \u00abuniversal humano\u00bb de la justicia recibe nueva luz del acontecimiento hist\u00f3rico-salv\u00ed\u00adfico, cuya mediaci\u00f3n reveladora es la palabra de Dios. \u00abTodo escrito inspirado por Dios sirve para ense\u00f1ar y educar en la rectitud\u00bb (2Ti 3:16). La teolog\u00ed\u00ada, dedicada a esta tarea, suministra lo \u00abespec\u00ed\u00adficamente cristiano\u00bb, que lleva a plenitud el sentido humano de la justicia. Este sentido recibe su reconocimiento y valoraci\u00f3n en el interior de la din\u00e1mica misma de lo sobrenatural, que es tal no por yuxtaposici\u00f3n dicot\u00f3mica a lo natural, sino por asunci\u00f3n-elevaci\u00f3n de lo humano en lo divino, de la justicia humana en la justicia divina.<\/p>\n<p>I. FUNDAMENTACI\u00ed\u201cN BIBLICA. La noci\u00f3n b\u00ed\u00adblica de justicia es compleja: expresi\u00f3n de la densidad y del car\u00e1cter poli\u00e9drico que ha ido adquiriendo en el devenir de la historia de la salvaci\u00f3n. Es necesario, pues, analizarla cuidadosamente, procurando no perder su riqueza din\u00e1mica. La justicia b\u00ed\u00adblica se desarrolla dial\u00e9cticamente seg\u00fan una polaridad que es a la vez \u00abteol\u00f3gica\u00bb y \u00ab\u00e9tico-social\u00bb; dentro del contexto, a la vez base y estructura, de la alianza con la que Yhwh une a Israel consigo, y el Padre en Cristo por, medio del Esp\u00ed\u00adritu llama a la salvaci\u00f3n a todos los hombres.<\/p>\n<p>a) La justicia de Dios. La justicia a la que es llamado el hombre es respuesta exigente a la justicia preveniente de Dios. Esta justicia de Dios presenta un rostro in\u00e9dito, sorprendente y desconcertante a los ojos del hombre, acostumbrados al cu\u00ed\u00ad que suum de la justicia humana. Esta justicia, en efecto, no es la justicia conmutativa del acreedor, ni la retributiva del amo, ni la distributiva del soberano, sino \u00c2\u00a1ajusticia justificante -la sedaqah- de un Dios \u00abcompasivo y clemente, paciente, misericordioso y fiel\u00bb (Exo 34:6). Es una justicia que, m\u00e1s que ser justa, busca \u00abhacer Justos\u00bb.<\/p>\n<p>Hasta qu\u00e9 punto resulta extra\u00f1a esta justicia al sentido humano de justicia lo demuestra la ausencia en nuestro lenguaje de la expresi\u00f3n contraria a \u00abcometer injusticia\u00bb, que deber\u00ed\u00ada ser \u00abcometer justicia\u00bb. Esta podr\u00ed\u00ada ser la expresi\u00f3n significativa de la justicia divina, en el sentido precisamente de \u00abhacer justos, restablecer a alguien en su derecho: en el derecho perdido o defraudado. Es \u00e9sta la actuaci\u00f3n de la justicia de Dios para con el pueblo que sufre la opresi\u00f3n: \u00abEl Se\u00f1or da a conocer su victoria, revela a las naciones su justicia\u00bb (Sal 98:2); para con el pobre, el d\u00e9bil y el marginado que sufren la prepotencia: \u00abEl Se\u00f1or hace justicia y defiende a todos los oprimidos\u00bb (Sal 103:6).<\/p>\n<p>Esta justicia, expresi\u00f3n del amor fiel de Dios, no est\u00e1 carente de ` juicio\u00bb; es el juicio de denuncia y de condena pronunciados contra las naciones opresoras (Egipto ante todo y el fara\u00f3n en particular) y contra los explotadores (cf Am I,3ss; Sal 6:1-6; Miq 2:1-5; 8-10). El juicio responde a la justicia humana. Queda, en cambio, fuera de su l\u00f3gica el hacerse cargo de la reintegraci\u00f3n de la v\u00ed\u00adctima de la injusticia. Es esto lo in\u00e9dito de la justicia de Dios, justicia liberadora y salvadora.<\/p>\n<p>En la econom\u00ed\u00ada de la historia de la salvaci\u00f3n, la reintegraci\u00f3n econ\u00f3mico-socio-pol\u00ed\u00adtica de la justicia divina adquiere significado que anticipa y predice la reintegraci\u00f3n integral del hombre y de todo hombre como liberaci\u00f3n mesi\u00e1nica del mal que lo oprime. Esta justicia se hace presente en la persona de Jes\u00fas, que se acredita propiamente como el que viene a hacer realidad el reino preconizado por los profetas (cf Isa 61:1-2), como liberaci\u00f3n de los pobres, los encarcelados, los que sufren, los marginados y oprimidos (cf Luc 4:14-21; Luc 7:22). Es \u00e9sta la buena noticia del evangelio, \u00abpor cuyo medio se est\u00e1 revelando la justicia de Dios\u00bb (Rom 1:17); y es el n\u00facleo del reino de Dios, el cual \u00abno es una cuesti\u00f3n de comida o bebida, sino de la honradez, la paz y la alegr\u00ed\u00ada que da el Esp\u00ed\u00adritu Santo\u00bb (Rom 14:17).<\/p>\n<p>En la acci\u00f3n justificadora de Cristo llega a su plenitud la alianza de Dios con el hombre. Ella es la nueva y definitiva alianza, en cuanto cumplimiento mesi\u00e1nico de la justicia salvadora de Dios y anticipaci\u00f3n escatol\u00f3gica de \u00abun cielo nuevo y una tierra nueva en los que habite la justicia\u00bb (2Pe 3:13). Es la alianza establecida en la pascua, con la que Cristo reconcilia, lo humano con lo divino. Esta reconciliaci\u00f3n es una justificaci\u00f3n que es un don de Dios (cf Efe 2:8) y que hace justo al hombre pecador liber\u00e1ndolo de la opresi\u00f3n del pecado, contra el que en la cruz ha quedado pronunciado el juicio de Dios; y hace justos a todos los hombres porque es una justicia que traspasa las fronteras de Israel y abarca a los naciones. Es la justicia de Dios en Cristo \u00abque se hizo para nosotros justicia\u00bb (1Co 1:30), \u00abpara que nosotros, por su medio, obtuvi\u00e9ramos la rehabilitaci\u00f3n de Dios\u00bb (2Co 5:21).<\/p>\n<p>b) La justicia del hombre. La justicia preveniente y gratuita de Dios no deja al hombre pasivamente receptivo. La econom\u00ed\u00ada de alianza dentro de la que tiene lugar la justicia de Dios en favor del hombre hace a \u00e9ste activo en su respuesta; el hombre est\u00e1 llamado a la fidelidad. En esta llamada est\u00e1 en juego la propia alianza y su acci\u00f3n justificadora. La justificaci\u00f3n de Dios es un don cargado de exigencia para el hombre; como individuo y como pueblo, acoge como tarea lo que le es ofrecido como gracia. La justicia de Dios suscita en \u00e9l la justicia como exigencia ,y fidelidad; es como el ajustarse de la libertad al ritmo de la acci\u00f3n justificante de la gracia.<\/p>\n<p>Para el israelita esto significa el reconocimiento acogedor y cumplidor de la ley, entendida como s\u00ed\u00adntesis de las exigencias derivadas de la justicia de Dios (cf Sal 15; 119; Prov 11; Eze 18:5-26). Significa en particular ser justos con la justicia misma de Dios, en su hacerse justicia con el pobre y el oprimido, con el forastero y la viuda (cf Isa 1:17). Todo esto est\u00e1 sacado negativamente a la luz por las punzantes denuncias de los profetas contra el desconocimiento o el cumplimiento formal de la ley (Jer 22:1317; Isa 58:1-12), contra un culto desarraigado de la justicia (cf Isa 1:10-17; Miq 6:6-8), contra la opresi\u00f3n y la explotaci\u00f3n del pobre (cf Isa 10:1-2; Am\u00f3 2:6-8; Am\u00f3 4:1; Am\u00f3 5:11).<\/p>\n<p>La justicia de Dios suscita tambi\u00e9n y progresivamente en el israelita la justicia como fe en la misericordia salvadora de Dios (cf G\u00e9n 15:6; Hab 2:4) en un proceso de gradual relativizaci\u00f3n de la justicia derivada de la ley en cuanto justicia justificante ante Dios (cf Job 4:17; Sir 7:15; Sir 8:14; Sir 7:1).<\/p>\n<p>A esta justicia de la fe es a la que primaria y propiamente est\u00e1 llamado el cristiano en raz\u00f3n de su participaci\u00f3n en la justicia del reino; en otras palabras, en raz\u00f3n de haber sido hecho justo por la gracia: \u00abGracias a esa generosidad est\u00e1is ya salvados por la fe\u00bb (Efe 2:8). A la justicia gratuita e inmerecida que lo hace justo, el cristiano corresponde no con la justicia de la ley, con la que la libertad busca autoacreditarse farisaicamente ante Dios (cf Mat 5:20), sino con la justicia de l\u00e1 conversi\u00f3n y de la fe (cf Mar 1:15), con laque yo renuncio a toda pretensi\u00f3n de autojustificaci\u00f3n y me abro al don y al perd\u00f3n de Dios. Desde esta perspectiva se comprende que Jes\u00fas no se ponga de la parte de los \u00abjustos\u00bb, sino de los \u00abinjustos\u00bb; los primeros se sienten presuntuosamente orgullosos de la justicia de la ley; los segundos, en cambio, son los pecadores que se abren a la justicia de la gracia (cf Mat 9:13; Luc 15:7; Luc 18:9-14).<\/p>\n<p>La justicia de la fe (cf Rom 4:11.13; Rom 9:30; Rom 10:6) no encierra al cristiano en una relaci\u00f3n salvadora intimista e inerte con Dios, sino que lo estimula a la nueva justicia del reino, para la que la gracia lo habilita. Es la \u00abjusticia superior\u00bb de que se habla en el serm\u00f3n de la monta\u00f1a, cuya s\u00ed\u00adntesis son las bienaventuranzas y el \u00abpero yo os digo\u00bb de la ant\u00ed\u00adtesis a la justicia antigua; justicia que Jes\u00fas no ha venido \u00aba derogar, sino a dar cumplimiento\u00bb, ante todo liber\u00e1ndola del formalismo y del minimismo farisaicos\u00bb (cf Mat 5:1-48). Es una justicia motivada y animada por la fe, que coloca la instancia del deber mucho m\u00e1s all\u00e1 del conf\u00ed\u00adn de la ley, haci\u00e9ndolo correlativo con las exigencias de la perfecta justicia de Dios (cf Mat 5:48), cuyo conf\u00ed\u00adn es la caridad.<\/p>\n<p>La justicia cristiana es, por consiguiente, receptiva y exigente a la vez: \u00abBuscad primero que reine la justicia de Dios\u00bb (Mat 6:33). Es una b\u00fasqueda que abre a la acogida e induce a la fidelidad, es decir, a sincronizar toda la vida moral con la acci\u00f3n justificante de la gracia en nosotros. La gracia hace de la nueva justicia del cristiano una tarea de liberaci\u00f3n de todas las injusticias y de promoci\u00f3n de la justicia integral, que hace justos con el tipo de justicia propia de Dios. \u00abRevestido con la coraza de la justicia\u00bb (Efe 6:14), el cristiano est\u00e1 llamado a la justicia: \u00abT\u00fa, hombre de Dios, esm\u00e9rate en la justicia\u00bb (1Ti 6:11).<\/p>\n<p>Aunque va m\u00e1s all\u00e1, la justicia b\u00ed\u00adblica no descuida ni minimiza las obligaciones estrictas de la justicia que estructura la vida social, econ\u00f3mica y pol\u00ed\u00adtica; al contrario, las implica y las exige como condici\u00f3n primera e indispensable. Van en este sentido las llamadas a la equidad en las relaciones sociale\u00c2\u00a7, a la legislaci\u00f3n seg\u00fan derecho y justicia, ala imparcialidad en los veredictos de los tribunales.<\/p>\n<p>Ya el profeta reclamaba: \u00abHombre, se te ha explicado lo que est\u00e1 bien, lo que el Se\u00f1or desea de ti: que defiendas el derecho\u00bb(Miq 6:8; Jer 22:3; Ose 10:12; Deu 1:16-17; Deu 25:13-15); y en campo judicial: \u00abNo dar\u00e9is sentencias injustas. No ser\u00e1s parcial ni por favorecer al pobre ni por honrar al rico\u00bb (Lev 19:15). El ap\u00f3stol, a su vez, exhorta a \u00abestablecerla equidad\u00bb en la comunidad y entre las comunidades (cf 2Co 8:13-15); a tener en cuenta que \u00aba uno que hace su trabajo, el salario no le vale como gratificaci\u00f3n, sino como algo debido\u00bb (Rom 4:4); a \u00abpagar a cada uno lo que le deb\u00e1is\u00bb (Rom 13:7-8), que era precisamente la regla de la justicia grecorromana.<\/p>\n<p>Son exhortaciones al reconocimiento-respeto del derecho como exigencias irrenunciables de la justicia entre los humanos. Con conciencia, sin embargo, de su insuficiencia y de su f\u00e1cil adulteraci\u00f3n si se desarticula de la justicia superior que trasciende al derecho y a la legalidad. Lo \u00abnuevo\u00bb aportado por Jes\u00fas resulta aqu\u00ed\u00ad decisivo; de una decisi\u00f3n prof\u00e9tica y, por ello, siempre actual. Estudiando comparativamente el evangelio y la predicaci\u00f3n de los profetas, R. Bultmann pone de manifiesto que los profetas \u00abse encontraban ante una piedad seg\u00fan la cual el hombre pod\u00ed\u00ada satisfacer la voluntad de Dios cumpliendo escrupulosamente las prescripciones del culto y de la pureza y pod\u00ed\u00ada adem\u00e1s seguir la propia voluntad. Frente a un modo de pensar semejante, frente a la ligereza de ah\u00ed\u00ad derivada, frente a la dureza e injusticia sociales, los profetas proclamaban el derecho y la justicia como exigencia de Dios. Para ellos el sentido del derecho consist\u00ed\u00ada en dominar la voluntad del hombre oblig\u00e1ndola a una vida colectiva organizada. Pero, aqu\u00ed\u00ad como en otras partes, la historia ha demostrado que el hombre sabe muy bien poner al servicio propio el derecho al que deber\u00ed\u00ada haber servido. Trat\u00e1ndose de una obediencia formal a la ley, el hombre sabe reservar espacios a su propia voluntad; sabe insistir en sus derechos frente al pr\u00f3jimo, a cuyo servicio justamente le obligar\u00ed\u00ada el derecho. Partiendo de este conocimiento de la corrupci\u00f3n humana Jes\u00fas intenta&#8230; no instituir un derecho mejor, sino poner de manifiesto que la voluntad de Dios -que ciertamente puede expresarse tambi\u00e9n en el derecho- reivindica al hombre m\u00e1s all\u00e1 del derecho\u00bb (Jes\u00fas, Seuil, Par\u00ed\u00ads 1968, 103-104).<\/p>\n<p>2. MEDIACI\u00ed\u201cN TEOL\u00ed\u201cGICA. La justicia avalada por el di\u00e1logo hist\u00f3rico-salv\u00ed\u00adfico es mucho m\u00e1s que una oportunidad jur\u00ed\u00addica y una exigencia \u00e9tica de la vida de relaci\u00f3n. Es expresi\u00f3n de la relaci\u00f3n de alianza, en la que el hombre participa de la justicia del Dios que lo hace justo, en el doble sentido de justificado; es decir, de redimido. y de productor de justicia. La justicia cristiana hay que entenderla, pues, como respuesta fiel y agradecida a Dios, pronunciada desde una vida \u00e9ticamente testimonial.<\/p>\n<p>Los santos padres experimentan y proponen la justicia con este significado profundamente religioso. Confrontados con la cultura grecorromana, intentan los primeros acuerdos con la concepci\u00f3n de la justicia de esa cultura, logrando preservar la originalidad de la justicia b\u00ed\u00adblica mediante la correlaci\u00f3n de la justicia con la fe y la caridad, y de la justicia del hombre con la justicia de Dios. Originalidad que, en cambio, la Edad Media tender\u00e1, primero, a circunscribir a la divisi\u00f3n de natural y sobrenatural y, poco a poco, a perder en raz\u00f3n de la progresiva divergencia entre fe y vida, asc\u00e9tica y \u00e9tica, contemplaci\u00f3n y acci\u00f3n, para terminar en \u00e9poca postridentina en la total reducci\u00f3n de la justicia al derecho natural. El propio magisterio social de la Iglesia hasta Juan XXIII no se aparta de una concepci\u00f3n \u00e9ticojur\u00ed\u00addica de la justicia. Habr\u00e1 que esperar el concilio Vat. II y a la teolog\u00ed\u00ada de su entorno -en particular al s\u00ed\u00adnodo de obispos de 1971 sobre \u00abla justicia en el mundo\u00bb, con el documento final Convenientes ex universopara recuperar la originalidad b\u00ed\u00adblica y propiamente cristiana, fuente de una \u00e9tica teol\u00f3gica y de una espiritualidad de la justicia.<\/p>\n<p>a) Fe y justicia. El cristiano vive el compromiso con la justicia como acontecimiento de fe. En este compromiso \u00e9l no desdobla secularmente su vida, porque la acci\u00f3n en favor de la justicia no se plantea como una dicotom\u00ed\u00ada en relaci\u00f3n con el ser cristiano- y con la misi\u00f3n de la Iglesia en el mundo, sino que es parte integrante e inseparable de los mismos.<\/p>\n<p>Ser cristiano en el mundo es, en efecto, una existencia de \u00abhombre nuevo creado a imagen de Dios, con la rectitud y santidad propias de la verdad\u00bb (Efe 4:24); llamado por ello mismo al deber-ser de justicia-santidad, cuyo foco son la justicia-santidad ontol\u00f3gicas (cf 1Co 1:2), de las que participa por v\u00ed\u00ada sacramental. El cristiano vive este deber-ser en la categor\u00ed\u00ada del kair\u00f3s, como \u00ablugar\u00bb de la vocaci\u00f3n y del testimonio. Sustraerse es m\u00e1s que desconocer el derecho ajeno; es acontecimiento desvalorizador de la justicia santificante de Dios y desconocedor del \u00abquerer y del actuar\u00bb que ella suscita (cf Flp 2:13); no \u00abpresta atenci\u00f3n a la salvaci\u00f3n propia\u00bb (Flp 2:12). Por el contrario, \u00abpracticando la justicia el cristiano trabaja para la salvaci\u00f3n\u00bb (s\u00ed\u00adnodo de obispos, doc. cit.). Es m\u00e1s que una cuesti\u00f3n \u00e9tica: es cuesti\u00f3n de salvaci\u00f3n. Va en ello el propio ser cristiano: \u00absin esp\u00ed\u00adritu de justicia no puede existir verdadera vida-cristiana\u00bb (AA 4).<\/p>\n<p>En segundo lugar, la misi\u00f3n de la Iglesia en el mundo pasa imprescindiblemente a trav\u00e9s del compromiso por la justicia. Este compromiso constituye, en efecto, una modalidad y una exigencia de la misi\u00f3n: \u00abActuar en favor de la justicia y participar en la transformaci\u00f3n del mundo -afirma el s\u00ed\u00adnodo de obispos- se nos presentan claramente como una dimensi\u00f3n constitutiva de la predicaci\u00f3n del evangelio, es decir, de la misi\u00f3n de la Iglesia en favor de la redenci\u00f3n del g\u00e9nero humano y de la liberaci\u00f3n de todo estado de cosas opresor\u00bb (doc. cit.).<\/p>\n<p>La afirmaci\u00f3n de que el actuar en favor de la justicia es una \u00abdimensi\u00f3n de la predicaci\u00f3n del evangelio\u00bb se apoya en la conciencia, explicitada por Pablo VI, de los \u00abprofundos lazos\u00bb existentes entre \u00abevangelizaci\u00f3n\u00bb como servicio de la fe y \u00abpromoci\u00f3n humana\u00bb como compromiso propio y primario de justicia. Son \u00ablazos de orden antropol\u00f3gico, porque el hombre que hay que evangelizar no es un ser abstracto, sino condicionado por las cuestiones sociales y econ\u00f3micas. Lazos de orden teol\u00f3gico, porque no se pueden disociar los planos de la creaci\u00f3n y de la redenci\u00f3n, plano este \u00faltimo que abarca las situaciones muy concretas de la injusticia que hay que combatir y de la justicia que restaurar. Lazos de orden eminentemente evang\u00e9lico, como es el orden de la caridad; \u00bfc\u00f3mo proclamar, en efecto, el mandamiento nuevo sin promover en la justicia y en la paz verdadera el aut\u00e9ntico crecimiento del hombre?\u00bb Y a\u00f1ade: \u00abHemos querido subrayar esto recordando que es imposible que en la evangelizaci\u00f3n se pueda o se deba descuidar la importancia de los problemas, hoy tan debatidos, que ata\u00f1en a la justicia, la liberaci\u00f3n, el desarrollo y la paz en el mundo. Supondr\u00ed\u00ada olvidar la lecci\u00f3n que nos viene del evangelio acerca del amor al pr\u00f3jimo sufriente y necesitado\u00bb (Evangel\u00fc nuntiandi). Esta es la raz\u00f3n por la que Juan Pablo II, refiri\u00e9ndose a la misi\u00f3n de la Iglesia, puede hablar de la causa de la justicia como \u00abverificaci\u00f3n de su fidelidad a Cristo\u00bb (Laborem exercens). Los cristianos est\u00e1n, pues, llamados a anunciar la salvaci\u00f3n integral, sabedores de que el reino de Dios, si bien se distingue de la ciudad del hombre .y la trasciende, pasa, sin embargo, por ella involucr\u00e1ndola en su dinamismo salvador (cf GS 39). Hoy m\u00e1s .que nunca la justicia es esa fuerza de penetraci\u00f3n de la fe en el mundo de los hombres por su car\u00e1cter de levadura salvadora. No es s\u00f3lo cuesti\u00f3n de credibilidad de la fe; es, sobre todo, cuesti\u00f3n de proclamaci\u00f3n de esa fe en toda su integridad de salvaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Afirmar tambi\u00e9n que actuar en favor de la justicia es dimensi\u00f3n \u00abconstitutiva\u00bb significa hacer de esa actuaci\u00f3n no un tiempo paralelo o marginal de la misi\u00f3n salvadora de la Iglesia, sino un tiempo esencial y decisivo (cf Redemptor hominis, de Juan Pablo II). Infravalorarla o sustraerse a ella significa atentar contra el ser mismo de la Iglesia como sacramento de salvaci\u00f3n, como signo transparente y atrayente de libertad y de esperanza para el mundo. La injusticia de la que se es art\u00ed\u00adfice o c\u00f3mplice constituye m\u00e1s que un pecado de injusticia social; constituye un pecado de injusticia salvadora, por el que los cristianos son menos fieles a la misi\u00f3n encomendada a la Iglesia de ser \u00absacramento universal de salvaci\u00f3n\u00bb (LG 48), \u00absigno e instrumento de uni\u00f3n \u00ed\u00adntima con Dios y de unidad de todo el g\u00e9nero humano\u00bb (LG 1).<\/p>\n<p>b) Caridad y justicia. La justicia suscitada por la fe es la justicia requerida por la caridad. En la caridad se traduce la fe (cf G\u00e1l 5:6) y de la caridad es expresi\u00f3n primera la justicia. La caridad es Dios en s\u00ed\u00ad mismo (cf Jua 4:8) y nuestra participaci\u00f3n en la vida de Dios; en la comuni\u00f3n (agape) trinitaria con el Padre, en el Hijo, por medio del Esp\u00ed\u00adritu, por la que somos hijos y hermanos. Esta agape ontol\u00f3gica es el principio constitutivo y fontal de la agape axiol\u00f3gica que induce a amar a Dios, fuente de la agape y Padre, y a los hombres, copart\u00ed\u00adcipes en esta agape y hermanos. En el seno de la caridad, el derecho del otro es, por consiguiente, el derecho del hermano. Y la justicia con la que se lo reconozco y atribuyo es expresi\u00f3n y tiempo de la caridad.teologal que me impulsa a amar con, el amor de Dios y me impulsa a amar a Dios.<\/p>\n<p>Me impulsa a amar con el amor de Dios: la justicia es efusi\u00f3n de la caridad de Dios. Yo soy justo no con una justicia propia, sino con una justicia otorgada; no con una justicia puramente secular que construye la ciudad terrena, sino con la justicia redentora y reconciliadora de Cristo, que humanizando la ciudad de los hombres edifica el reino de Dios.<\/p>\n<p>Me impulsa tambi\u00e9n a amar a Dios: la justicia tiene en Dios su destinatario \u00faltimo. Reconocer el derecho del otro es reconocer el derecho de Dios, que se hace presente en el rostro del otro, el cual es \u00abimagen y reflejo de Dios\u00bb (1Co 11:7); es reconocer el derecho de Cristo, que se hace exigente en el sacramento del hermano, el cual es \u00abreproducci\u00f3n de los rasgos\u00bb de Cristo (Rom 8:29). El Se\u00f1or considerar\u00e1 hecho a \u00e9l todo lo que hayamos hecho con el hermano (cf Mat 25:34-40). Por esta raz\u00f3n, \u00abla injusticia actual, en sus diversas formas, negando la dignidad y los derechos del hombre, imagen de Dios y hermano de Cristo, constituye un ate\u00ed\u00adsmo pr\u00e1ctico, una negaci\u00f3n de Dios (XXXII Congregaci\u00f3n general de la Compa\u00f1\u00ed\u00ada de Jes\u00fas, Decreto IV, n. 29).<\/p>\n<p>Informada por la caridad, la justicia participa toda ella de la tensi\u00f3n teologal y del dinamismo salvador. Es tambi\u00e9n impulsada y habilitada a esa justicia superior evang\u00e9lica que es \u00abel sacramento del amor y de la misericordia de Dios\u00bb (XXXIII Congregaci\u00f3n general de la Compa\u00f1\u00ed\u00ada de Jes\u00fas, Decreto I, n. 32). Tiene, a su vez, car\u00e1cter y dignidad ministeriales, que hacen de la justicia misma un servicio de la fe realizado con esp\u00ed\u00adritu sacerdotal de intercesi\u00f3n y adoraci\u00f3n, que todo el pueblo de Dios est\u00e1 llamado a vivir en el mundo.<\/p>\n<p>c) Esperanza y justicia. La justicia de la fe operante en la caridad se halla bajo la promesa exigente de la esperanza. Es la esperanza nacida de la pascua de Cristo: acontecimientocumplimiento de la justicia salvadora de Dios y anticipaci\u00f3n incoativa del futuro de la justicia escatol\u00f3gica. El cristiano vive la espera de este futuro como camino de esperanza entre el \u00abya\u00bb de la pascua de Cristo, en el que \u00e9l ha sido bautizado (cf Rom 6:3-5), y el \u00abtodav\u00ed\u00ada no\u00bb de la plenitud escatol\u00f3gica.<\/p>\n<p>Para el cristiano se trata de una espera cargada de exigencia, porque si el futuro de la esperanza le ha sido otorgado como gracia, el camino hacia ese futuro es una tarea de justicia a realizar con fidelidad \u00e9tica. La justicia escatol\u00f3gica, en efecto, no le es anunciada como un \u00abtodav\u00ed\u00ada no\u00bb todo \u00e9l por delante, sino como el hacerse-acontecimiento de un \u00abya\u00bb que comenz\u00f3 en la historia de la humanidad con la resurrecci\u00f3n de Cristo y en la existencia del cristiano con el don sacramental -\u00abla garant\u00ed\u00ada\u00bb (2Co 5:5)- del Esp\u00ed\u00adritu \u00abhasta que esta esperanza sea finalmente realidad\u00bb (Heb 6:11). El futuro de Dios, en efecto, no se nos da como un novissimum, inm\u00f3vil en su deber-ser, sino como un adventus: acontecimiento que ad-viene en la historia del hombre, involucr\u00e1ndolo por ello mismo en una vida de justicia, en la que toma cuerpo el ad-venimiento de la justicia de Dios, es decir, en una vida en la que se est\u00e1 cumpliendo el futuro de Dios.<\/p>\n<p>La promesa que le mueve a la esperanza no es una proyecci\u00f3n hacia el cielo, una huida hacia adelante o hacia arriba o una resignaci\u00f3n consoladora que \u00abapartan de la edificaci\u00f3n de la ciudad terrena\u00bb (GS 20), sino una misi\u00f3n en favor (pro-missio) del mundo, la sociedad y la historia; una misi\u00f3n que induce a la solidaridad c\u00f3smica, social e hist\u00f3rica, que asume la esperanza de todos y de toda la creaci\u00f3n \u00abde verse liberada de la esclavitud a la decadencia, para alcanzarla libertad y la gloria de los hijos de Dios\u00bb (Rom 8:21). Es una misi\u00f3n de liberaci\u00f3n integral, que engloba las esperanzas perif\u00e9ricas y pen\u00faltimas en la esperanza trascendente y \u00faltima.<\/p>\n<p>En vez de motivo de f\u00e1cil evasi\u00f3n de las responsabilidades en favor de \u00c2\u00a1ajusticia en el mundo, la esperanza es, pues, la fuente del m\u00e1s grande compromiso: \u00abEste es el objetivo de nuestras fatigas y luchas, pues tenemos puesta la esperanza en Dios vivo\u00bb (1Ti 4:10). La esperanza escatol\u00f3gica no s\u00f3lo \u00abno disminuye la importancia de los compromisos terrenos, sino que aporta nuevos motivos de apoyo a la actuaci\u00f3n de los mismos\u00bb (GS 21): \u00abM\u00e1s que debilitar, la esperanza estimula la solicitud por el trabajo relativo a la tierra presente, donde crece el cuerpo de la humanidad nueva que ya presenta una cierta prefiguraci\u00f3n del mundo nuevo\u00bb (GS 39).<\/p>\n<p>Este mundo nuevo &#8211;\u00abun cielo nuevo y una tierra nueva en los que habite la justicia\u00bb (2Pe 3:13)- es un \u00abal-otro-lado\u00bb que se afianza no por destrucci\u00f3n negadora del \u00aba-estelado\u00bb del mundo, sino por innovaci\u00f3n liberadora; son los cielos y la tierra de ahora, nuestros cielos y nuestra tierra, que se hacen nuevos. La esperanza cristiana tiene la responsabilidad anticipadora y prefiguradora de este hacerse nuevo. Esto significa que el cristiano est\u00e1 llamado a una profesi\u00f3n operativa de la esperanza, en la direcci\u00f3n axiol\u00f3gico-normativa del reino de justicia que ella proclama prof\u00e9ticamente. En la medida en que se afane por \u00e9l, lo prefigura anticip\u00e1ndolo de una manera cre\u00ed\u00adble; el cristiano se convierte en esperanza para el mundo y est\u00e1 \u00absiempre dispuesto a dar raz\u00f3n de su esperanza\u00bb (1Pe 3:15).<\/p>\n<p>La esperanza escatol\u00f3gica supone adem\u00e1s una \u00abreserva\u00bb en relaci\u00f3n con toda conquista y realizaci\u00f3n humanas. Para ellas, \u00e9stas llevar\u00e1n siempre el sello de lo relativo y lo provisional. Ella libera de todo proyecto totalitario de justicia humana, la cual deber\u00e1 ser reasumida cr\u00ed\u00adticamente, intensamente, prof\u00e9ticamente, en el horizonte del \u00abjus novum ultimum\u00bb que hace de criterio y de meta.<\/p>\n<p>La esperanza es \u00abla pasi\u00f3n por lo posible\u00bb (S. Kierkegaard), la certeza prof\u00e9tica de que la justicia, a pesar de todo, tiene supremac\u00ed\u00ada sobre la injusticia. Es una certeza fuerte de la victoria pascual de la vida sobre la muerte.<\/p>\n<p>IV. Instancias actuales y nuevas v\u00ed\u00adas de la justicia<br \/>\nLas nuevas necesidades de justicia suscitadas por una sociedad en continua transformaci\u00f3n, los atolladeros de una justicia bloqueada en el callej\u00f3n sin salida de lo ya constituido, las demandas de la justicia b\u00ed\u00adblica a una concepci\u00f3n menos formal y reivindicativa y m\u00e1s din\u00e1mica y liberadora del derecho son otras tantas provocaciones a la \u00e9tica teol\u00f3gica de la justicia para que busque v\u00ed\u00adas nuevas en fidelidad a lo mejor de la tradici\u00f3n y en respuesta a las instancias y demandas actuales.<\/p>\n<p>1. JUSTICIA Y PERSONA. Como virtud social que tiene en la alteridad una connotaci\u00f3n esencial, la justicia no puede cosificar el derecho descuidando el alter, a la persona, que es sujeto. El derecho, en efecto, no existe con independencia de las personas. Todo derecho es mediaci\u00f3n tem\u00e1tica del \u00abderecho subsistente\u00bb (A. Rosmini) que es la persona. Para que pueda ser humanizadora, la justicia no puede exasperar su dimensi\u00f3n de cosa, cayendo en el objetivismo del \u00abno importa qui\u00e9n\u00bb. Terminar\u00ed\u00ada haciend\u00f3 el juego del m\u00e1s fuerte y poderoso, que excluye o margina a quien en el partido del dar-tener tiene poco o nada que hacer valer.<\/p>\n<p>Esto no se evita remitiendo a la caridad. Ser\u00ed\u00ada como hacer del derecho un privilegio; los menos afortunados ser\u00ed\u00adan solamente dignos de beneficencia y de limosna. El amorcaridad, en cambio, nos hace activamente conscientes de la existencia de bienes que competen a la persona qua talis y que, consiguientemente, se le deben reconocer en justicia. Son todos aquellos bienes, expresiones del ser y del deber-ser humanos, que constituyen y salvaguardan la dignidad de la persona y que la conciencia de la humanidad ha ido poco a poco reconociendo como los derechos fundamentales y universales del hombre; concretados a su vez espec\u00ed\u00adficamente en las exigencias en las que toman cuerpo para ser reconocidos y tutelados de una manera efectiva.<\/p>\n<p>De estos derechos se han hecho portavoz las diversas declaraciones que se han ido sucediendo en la \u00e9poca moderna, entre las que descuella por autoridad y amplitud de consenso la declaraci\u00f3n de la ONU del 10 de diciembre de 1948. Juan XXIII dedic\u00f3 a estos derechos la enc\u00ed\u00adclica Pacem in terris, a la que se remite para un an\u00e1lisis detallado y exhaustivo.<\/p>\n<p>Es la conciencia de estos derechos la que inspira la actual justicia constitucional como justicia legal primaria, que sirve de marco de referencia a todo poder y actividad legislativa.<\/p>\n<p>Todo esto es se\u00f1al de una justicia m\u00e1s atenta hoy a la persona y a sus derechos fundamentales. Dentro, sin embargo, de una sociedad que sufre la prepotencia del tener y de su l\u00f3gica, por una parte, y de las nuevas y abigarradas razones de Estado, por otra; de forma que, de hecho y parad\u00f3jicamente, muchos hombres y pueblos enteros no est\u00e1n hoy tutelados en sus derechos fundamentales por ninguna legalidad o lo est\u00e1n por legalidades formales e impotentes.<\/p>\n<p>Pero no por esto son menos vinculantes tales derechos. Ellos apelan y comprometen las conciencias \u00abcon independencia de la ley\u00bb, es decir, prescindiendo de toda legislaci\u00f3n, porque tienen su origen no en la ley, sino en la persona. Comprometen tambi\u00e9n \u00aba pesar de la ley\u00bb e, incluso, \u00aben contra de la ley\u00bb, cuando \u00e9sta deja de garantizar o es contraria a los derechos humanos, porque la ley no est\u00e1 por encima de ellos, sino por debajo. Por esta raz\u00f3n, \u00abcuando un derecho otorgado por Dios sea desconocido o reprimido por una injusticia `legal&#8217;, la reacci\u00f3n deber\u00e1 ser una `justicia&#8217; ilegal\u00bb (P. ARRUPE, conferencia de 1981, cit. por J.Y. CALVEz, Foi et justice, 100).<\/p>\n<p>Una justicia que recuerde evang\u00e9licamente que \u00abel s\u00e1bado se hizo para el hombre y no el hombre para el s\u00e1bado\u00bb (Me 2,27) y que \u00abla vida vale m\u00e1s que el alimento y el cuerpo m\u00e1s que el vestido\u00bb (Lev 12:23) se sentir\u00e1 vigilantemente comprometida a anteponer los derechos del ser sobre los del tener y a sintonizar din\u00e1micamente la ley con estas prioridades.<\/p>\n<p>2. JUSTICIA SOCIAL. Una concepci\u00f3n menos cosificada y formal y m\u00e1s personal y real del derecho ha proporcionado a la justicia un car\u00e1cter din\u00e1mico, induci\u00e9ndola a un dise\u00f1o menos fixista y m\u00e1s reformista del orden que hay que garantizar. Se ha \u00abpasado de la concepci\u00f3n del derecho y de la justicia como `mantenimiento del orden social&#8217; a una concepci\u00f3n din\u00e1mica del derecho y de la justicia como postulado de `cambio social\u00bb&#8216; (M. CAPPELLETTI, GdtlSllZi\u00fc, 393). La necesidad de salvaguardar el derecho primario de la persona, en el contexto de una sociedad en transformaci\u00f3n -generador, por lo dem\u00e1s, de una visi\u00f3n menos natural y m\u00e1s estructural del orden social-, induce a la justicia a liberarse de las incrustaciones de una legalidad solidificada sobre un modelo pasado de vida econ\u00f3mico-pol\u00ed\u00adtico-social y a ser m\u00e1s d\u00factil en orden a recibir las exigencias de libertad e igualdad demandadas por los nuevos sistemas t\u00e9cnico-productivos y por las nuevas sensibilidades de la conciencia humana.<\/p>\n<p>Se trata de una llamada a la justicia legal a que vuelva a encontrar el car\u00e1cter y el papel de justicia general que, con visi\u00f3n moderna, le hab\u00ed\u00ada reconocido santo Tom\u00e1s. Se trata de devolver a \u00c2\u00a1ajusticia legal a su objeto espec\u00ed\u00adfico, el bien com\u00fan, y de repensar y re-codificar la ley en relaci\u00f3n al mismo. Se trata tambi\u00e9n de restablecer la primac\u00ed\u00ada y la prioridad de la justicia general sobre la particular para que \u00c2\u00a1ajusticia conmutativa haga una nueva definici\u00f3n de las condiciones efectivas de libertad y paridad de las partes en los cambiados y cambiantes contextos productivos y comerciales, y la justicia distributiva recupere din\u00e1micamente para la conciencia del derecho el surgimiento de nuevas necesidades en relaci\u00f3n con las nuevas sensibilidades y las nuevas pobrezas.<\/p>\n<p>Hay que entender y desarrollar en esta perspectiva la noci\u00f3n de \u00abjusticia social\u00bb, a la que hoy se apela desde todas partes; y que, disipadas las sombras de una acepci\u00f3n reductoramente socialista, ha hecho suya el magisterio social de la Iglesia a partir de la enc\u00ed\u00adclica Quadragesimo anno, de P\u00ed\u00ado XII (1931), hasta ir convirti\u00e9ndola progresivamente en un indicativo magisterial de notable alcance e incidencia \u00e9tico-social.<\/p>\n<p>No se trata de una cuarta forma de justicia, adem\u00e1s de las tres tradicionalmente conocidas, ni de una justicia que coincida con la legal, sino de unajusticia din\u00e1mica y dial\u00e9cticamente correlativa de la legal en calidad de conciencia \u00abcr\u00ed\u00adtica\u00bb e \u00abinnovadora\u00bb de la misma.<\/p>\n<p>Como \u00abconciencia cr\u00ed\u00adtica\u00bb, la justicia social apunta a denunciar todas las injusticias perpetradas en nombre de la ley y, consiguientemente, de las instituciones y estructuras en las que \u00e9sta toma cuerpo: \u00abNo debe considerarse ley la norma que no sea justa\u00bb (\u00abNon videtur esse lex, quae justa non fuerit\u00bb: S. Th., I-II, q. 95, a. 2; SAN AGUSTIN, De libero arbitrio V, 11: PL 32,1227). Aun presuponiendo que una ley haya tenido una formulaci\u00f3n justa, \u00e9sta corre el riesgo de convertirse en injusta tomando como referencia un contexto socio-econ\u00f3mico cambiado, en el cual haya dejado de cumplir, por insuficiencia o inadecuaci\u00f3n, su funci\u00f3n socialmente equitativa para pasar a ser m\u00e1s bien fautora de privilegios, por una parte, y de marginaci\u00f3n, por otra. La justicia social se hace cargo de todos los desajustes entre ley y derecho y se esfuerza en restablecer su armon\u00ed\u00ada.<\/p>\n<p>Como \u00abconciencia innovadora\u00bb, la justicia social tiende activamente a un nuevo orden social, es decir, a la justicia exigida por los nuevos problemas. Ella es la justicia del bien com\u00fan din\u00e1micamente entendido, en relaci\u00f3n con los nuevos equilibrios que es preciso determinar o predeterminar para su garant\u00ed\u00ada. Como tal, la justicia social tiene car\u00e1cter \u00abincoativo\u00bb; una vez adquiridas para la justicia legal las nuevas exigencias, se queda a un lado cediendo a \u00e9stas toda la tarea; tiene, a la vez, car\u00e1cter \u00abprof\u00e9tico\u00bb, porque tiende a prevenir las injusticias del sistema, a ser portavoz de los derechos \u00absin voz\u00bb, a ensanchar los confines del derecho y de su tutela institucional, ejerciendo por ello mismo un papel preventivo de la conflictividad y de la violencia y garante de la paz.<\/p>\n<p>La justicia social est\u00e1 estrechamente relacionada con la \u00abcuesti\u00f3n social\u00bb, es decir, con los diversos desequilibrios en las relaciones sociales determinados por los cambios cient\u00ed\u00adfico-t\u00e9cnicos y econ\u00f3mico-productivos, evidenciados por una m\u00e1s fina conciencia de los derechos humanos y que por s\u00ed\u00ad mismos est\u00e1n pidiendo una nueva justicia.<\/p>\n<p>La primera cuesti\u00f3n social, en la que se basa la formaci\u00f3n misma de la noci\u00f3n de justicia social, fue la \u00abcuesti\u00f3n obrera\u00bb, nacida con la revoluci\u00f3n industrial. Se encuentra en el origen de la empresa capitalista, de la proletarizaci\u00f3n del trabajo y, por ello, de un radical cambio en las relaciones productivas; principio y causa de grandes injusticias, autoproducidas en un sistema perverso de multiplicaci\u00f3n de ganancias y de explotaci\u00f3n del trabajo. A1 frente se encontraba una justicia legal inoperante y, a pesar suyo, c\u00f3mplice, con graves repercusiones sobre el bien com\u00fan y para la paz social.<\/p>\n<p>\u00abLa cuesti\u00f3n social ha adquirida hoy dimensiones mundiales\u00bb (PABLO VI, Populorum progressio; JUAN PABLO II, Sollicitudo rei socialis, 910); se ha convertido en \u00abcuesti\u00f3n del subdesarrollo\u00bb. No menos aguda que la cuesti\u00f3n obrera y seguramente m\u00e1s dram\u00e1tica, la cuesti\u00f3n del subdesarrollo est\u00e1 determinada por la misma espiral perversa de ganancias y explotaci\u00f3n a escala internacional, reduciendo a la miseria y al hambre a pueblos y continentes enteros. Al frente se encuentra un vac\u00ed\u00ado de justicia legal internacional que provoca y alimenta la angustia de la impotencia.<\/p>\n<p>Esta doble cuesti\u00f3n ha polarizado la atenci\u00f3n de la justicia social; en particular, la voz autorizada del magisterio de la Iglesia en su defensa y promoci\u00f3n (cf JUAN PABLO II, Laborem exercens). Sin que se deban silenciar, sin embargo, \u00abotras cuestiones\u00bb que han ido surgiendo paulatinamente en la trama siempre nueva y extensa del tejido social y que representan otros tantos anhelos de justicia social. Existe una \u00abcuesti\u00f3n racial\u00bb en relaci\u00f3n con la segregaci\u00f3n de todos los \u00abdiversos\u00bb; una \u00abcuesti\u00f3n femenina\u00bb de emancipaci\u00f3n y paridad de dignidad de la mujer; una \u00abcuesti\u00f3n de los ancianos\u00bb en relaci\u00f3n con el envejecimiento de la poblaci\u00f3n; una \u00abcuesti\u00f3n demogr\u00e1fica\u00bb motivada por la sobrepoblaci\u00f3n mundial; una \u00abcuesti\u00f3n ecol\u00f3gica\u00bb por la degradaci\u00f3n del medio ambiente y las alteraciones de la biosfera; una \u00abcuesti\u00f3n nuclear\u00bb en relaci\u00f3n con el riesgo radiactivo; y otras todav\u00ed\u00ada, m\u00e1s o menos reducibles a las anteriores.<\/p>\n<p>De ah\u00ed\u00ad el llamamiento a \u00c2\u00a1ajusticia social como justicia de un nuevo orden social; un orden de instituciones y estructuras en las que tome cuerpo la justicia, a fin de que la sociedad pueda desarrollarse en arm\u00f3nica y beneficiosa \u00absinergia\u00bb. Sabiendo, sin embargo, con atenta clarividencia, que el cambio de las instituciones y de las estructuras debe ir acompa\u00f1ado, m\u00e1s a\u00fan, precedido, de la \u00abconversi\u00f3n de las conciencias\u00bb. El llamamiento a la justicia social resultar\u00ed\u00ada vano y desorientador si indujera a hacer de la justicia algo extr\u00ed\u00adnseco, como si \u00e9sta pudiera reducirse a una cuesti\u00f3n de sistema econ\u00f3mico-pol\u00ed\u00adtico, cuyo cambio o destrucci\u00f3n garantizar\u00ed\u00ada el derecho y la igualdad. Es \u00e9sta una tentaci\u00f3n tan f\u00e1cil y fascinante como simplista e ilusoria y que olvida que las injusticias nacen y salen del coraz\u00f3n humano (cf Mat 7:21-23) y se hacen extr\u00ed\u00adnsecas en las estructuras. \u00abLas mejores estructuras, los sistemas mejor ideados se convierten pronto en inhumanos si no se presta atenci\u00f3n a las inclinaciones inhumanas del coraz\u00f3n humano, si no se da una conversi\u00f3n del coraz\u00f3n y de la mente en los que viven en esas estructuras y las dominan\u00bb (PABLO VI, Evangel\u00fc nuntiandi).<\/p>\n<p>3. JUSTICIA Y DESARROLLO. En una sociedad cuyo santo y se\u00f1a es el progreso intensivo de la ciencia aplicada a la t\u00e9cnica en orden a la producci\u00f3n de bienes y servicios generadores de bienestar, la responsabilidad para con la justicia se convierte en un singular \u00abcompromiso con el desarrollo\u00bb.<\/p>\n<p>Es \u00e9sta una conciencia nueva y espec\u00ed\u00adfica por el car\u00e1cter hist\u00f3ricamente in\u00e9dito de esta evoluci\u00f3n respecto a las econom\u00ed\u00adas est\u00e1ticas y de subsistencia de las sociedades preindustriales. Es una conciencia urgente y permanente por el ritmo incesante y fren\u00e9tico del progreso. Es una conciencia atenta y exigente por las inexploradas y sorprendentes posibilidades de fabricaci\u00f3n de coartadas y necesidades y por la elevaci\u00f3n de la calidad de la vida.<\/p>\n<p>Todo esto hay que recuperarlo para el sentido y la responsabilidad de la justicia hoy, a fin de que estas posibilidades sean entendidas y disfrutadas no como fortunas y privilegios, sino como bienes y, por ello, derechos de la persona y de los pueblos (cf Sollicitudo rei socialis),~ como tales deben formar parte de las exigenci\u00e1s de la justicia y de lo exigible por ella. El conjunto constituye \u00abel derecho al desarrollo\u00bb, que \u00abes ante todo un derecho a la esperanza seg\u00fan la dimensi\u00f3n concreta que ofrece hoy el g\u00e9nero humano\u00bb (s\u00ed\u00adnodo de obispos de 1971).<\/p>\n<p>En esta perspectiva la acci\u00f3n por la justicia se convierte en un grandioso compromiso de garantizar el desarrollo, de permitir a todos la participaci\u00f3n equitativa en sus beneficios; sobre todo a los que la l\u00f3gica del tener y del hacer tiende a dejar fuera por improductivos o no competitivos. Se trata de personas, grupos humanos o pueblos enteros, a los que una cultura economicista y basada en la eficiencia del desarrollo tiende no s\u00f3lo a excluir de los beneficios del progreso, sino adem\u00e1s a reducir a condiciones de vida infrahumanas (cf Populorum progressio). El resultado es el c\u00ed\u00adrculo vicioso del desarrollo y subdesarrollo: una condici\u00f3n de injusticia manifiesta, causa por s\u00ed\u00ad misma de reivindicaciones, contrastes y conflictos hasta la violencia. Para contenerlos y prevenirlos, Pablo VI ha formulado en la enc\u00ed\u00adclica P\u00f3pulorum progressio un serio aviso, que es todo un programa: \u00abel desarrollo es el nuevo nombre de la paz\u00bb. Favoreciendo el desarrollo de acuerdo con el derecho, la justicia p\u00f3sibi= lita el progreso arm\u00f3nico de todos y, por ello mismo, participa en la promoci\u00f3n y la consolidaci\u00f3n de la paz.<\/p>\n<p>El subdesarrollo no es un dato de hecho del que haya que levantar acta; algo as! como si se tratara de una expresi\u00f3n \u00abfisiol\u00f3gica\u00bb del sistema o de un obst\u00e1culo natural del que, a lo sumo, hay que lamentarse. El subdesarrollo es una injusticia; y, como toda injusticia, debe ser reparada y satisfecha reintegrando el derecho violado: Es el derecho que tienen todos los hombres, las comunidades y los pueblos a beneficiarse del desarrollo -de lo que producen, pero, ante todo, de los mecanismos que lo producen- como condici\u00f3n imprescindible de promoci\u00f3n humana hoy.<\/p>\n<p>4. JUSTICIA Y LIBERACI\u00ed\u201cN. Para que la justicia del desarrollo sea eficazmente tal debe ser medida con la \u00abrealidad de impacto\u00bb y con el \u00abmodelo de identificaci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>En el \u00abimpacto\u00bb con una realidad de atraso, de miseria o de explotaci\u00f3n, el desarrollo o carece de todo agarradero, por falta de condiciones estructurales m\u00ed\u00adnimas y b\u00e1sicas, o redunda en beneficio exclusivo de las categor\u00ed\u00adas m\u00e1s pudientes y poderosas, que, por lo mismo, siempre lo son m\u00e1s, hasta transformarse en poder opresor que tutela el propio bienestar. De esta manera el desarrollo obtiene el resultado contrario incluso; se convierte, a pesar suyo, en fuente de injusticia (cf Sollicitudo re\u00c2\u00a1 socialis, 28; 32). Esta es la raz\u00f3n por la que, entre las naciones en v\u00ed\u00adas de desarrollo -sobre todo y con conciencia expl\u00ed\u00adcita en Am\u00e9rica Latina-, ha ido emergiendo una nueva instancia-demanda de justicia como \u00abliberaci\u00f3n\u00bb, como libertad de toda forma de miseria y vejaci\u00f3n que impide estructuralmente a hombres y a pueblos toda emancipaci\u00f3n y promoci\u00f3n. La cuesti\u00f3n del desarrollo la experimentan como una esperanza frustrada mientras tengan que padecer el yugo de una extrema pobreza y de una opresi\u00f3n econ\u00f3mica, pol\u00ed\u00adtica y cultural por s\u00ed\u00ad mismas marginadoras. Para ellos la primera v\u00ed\u00ada del desarrollo es la liberaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Entre tanto ha ido emergiendo una cuesti\u00f3n de \u00abmodelo\u00bb: \u00bfQu\u00e9 tipo de desarrollo? Inmerso en una cultura materialista que privilegia el tener sobre el ser, el desarrollo ha terminado por acreditar una imagen reductora del progreso humano. Es la imagen a la que han dado vida en su interior las sociedades del bienestar y la que han proyectado sobre las sociedades en v\u00ed\u00adas de desarrollo seg\u00fan un modelo economicista y consumista hasta el despilfarro, que privilegia la cantidad y la exterioridad sobre la calidad y la interioridad de la vida (cf PABLO VI Octogesima adveniens; JUAN PABLO II, Sollicitudo re\u00c2\u00a1 socialis 9.28.29.33.46). Es el desarrollo de la persona en una dimensi\u00f3n que no recoge, promueve y defiende el derecho integral a \u00abvaler m\u00e1s y ser m\u00e1s\u00bb (Populorum progressio). Por lo que \u00absurgen hoy dudas tanto sobre su valor como sobre su \u00e9xito\u00bb (Octogesima adveniens).<\/p>\n<p>Estas dudas han llevado a las conciencias m\u00e1s clarividentes a desenmascarar la ambig\u00fcedad del desarrollo, a denunciar la injusticia como alienaci\u00f3n y como despilfarro. Y ha impulsado a los pueblos en v\u00ed\u00adas de desarrollo a una revisi\u00f3n cr\u00ed\u00adtica del modelo propuesto y exportado por las sociedades de consumo. Un modelo que ejerce una fascinaci\u00f3n tan deslumbrante como perniciosa para la promoci\u00f3n de esos pueblos, por cuanto que les inculca la cultura del tener, con sus distorsiones e injusticias, que en ellos se hacen a\u00fan m\u00e1s profundas, lacerantes y tr\u00e1gicas.<\/p>\n<p>Ha ido as\u00ed\u00ad aflorando una conciencia y una pr\u00e1ctica de liberaci\u00f3n como v\u00ed\u00ada de la justicia: \u00abla liberaci\u00f3n es el nuevo nombre del desarrollo\u00bb. En el sentido de que, dadas las condiciones de miseria y opresi\u00f3n en que se encuentran pueblos enteros y dada una cultura del desarrollo humanamente empobrecedora, la justicia del desarrollo hoy debe vivirse ante todo, y en nueva y exigente sinton\u00ed\u00ada con la justicia b\u00ed\u00adblica, como \u00abcompromiso de liberaci\u00f3n\u00bb de todas las coartadas y alienaciones que impiden o hacen in\u00fatil el dinamismo de promoci\u00f3n humana.<\/p>\n<p>Por medio de un compromiso as\u00ed\u00ad \u00abpodr\u00e1 realizarse en plenitud el verdadero desarrollo, que consiste en el paso, para cada uno y para todos,&#8217; de condiciones menos humanas a condiciones m\u00e1s humanas\u00bb (Populor\u00fam progressio). En efecto, \u00abpara que el desarrollo sea aut\u00e9ntico debe ser integral, es decir, dirigido a la promoci\u00f3n de cada persona y de toda la persona\u00bb. Debe ser un \u00abdesarrollo liberado y liberador\u00bb: promotor de un \u00abhumanismo completo\u00bb. \u00abUn desarrollo econ\u00f3mico no est\u00e1 en condiciones de liberar al hombre; antes al contrario, termina por esclavizarlo todav\u00ed\u00ada m\u00e1s. Un desarrollo que no incluya las dimensiones culturales, trascendentes y religiosas del hombre y de la sociedad, en la medida en que no reconoce la existencia de esas dimensiones y no orienta hacia ellas las propias metas y prioridades, podr\u00e1 contribuir todav\u00ed\u00ada menos a la verdadera liberaci\u00f3n. El ser humano es totalmente libre s\u00f3lo cuando es \u00e9l mismo, en la plenitud de sus derechos y deberes lo mismo vale para toda la sociedad en su conjunto\u00bb (JUAN PABLO II, Sollicitudo rei socialis).<\/p>\n<p>S. JUSTICIA Y \/ SOLIDARIDAD. En una \u00e9poca en la que hombres y pueblos son cada vez m\u00e1s interdependientes y el mundo camina cada vez m\u00e1s hacia 1a unificaci\u00f3n, la acci\u00f3n por la justicia se convierte en una demanda exigente y en un compromiso eficaz de \u00absolidaridad\u00bb a todos los niveles el entrelazamiento de las interdependencias y la unificaci\u00f3n social por obra de los modernos medios de comunicaci\u00f3n e interacci\u00f3n deben convertirse en integraci\u00f3n econ\u00f3mico-pol\u00ed\u00adtica, siguiendo una din\u00e1mica expansiva de cooperaci\u00f3n y de compartimiento sociales (cf Octogesima adveniens). \u00abEn efecto, cuanto m\u00e1s se unifica el mundo, tanto m\u00e1s claramente superan las obligaciones de las personas a los grupos particulares, extendi\u00e9ndose progresivamente al mundo entero\u00bb (GS 30). Se trata de obligaciones de justicia, la cual se hace cargo de la calidad humana de la actual socializaci\u00f3n del mundo, a fin de que \u00e9sta no se decida en detrimento de los m\u00e1s d\u00e9biles, sino que involucre a todos en un progreso social arm\u00f3nico (cf Sollicitudo re\u00c2\u00a1 socialis).<\/p>\n<p>Esto no constituye sustancialmente un problema a nivel de naciones y sociedades intermedias, en el interior de las cuales la solidaridad, aunque con dificultades y est\u00ed\u00admulos individualistas, es una tendencia experimentada como exigencia y compromiso de justicia; la solidaridad asume el car\u00e1cter de programa y de estructura pol\u00ed\u00adtica, por lo que las ayudas y las aportaciones est\u00e1n consideradas cada vez m\u00e1s como derechos-deberes que comprometen a los miembros de una comunidad a un compartimiento equitativo. Es el \u00abestado social de derecho\u00bb.<\/p>\n<p>La solidaridad resulta una instancia nueva y una demanda urgente de justicia a nivel transnacional all\u00ed\u00ad donde ayudas y aportaciones est\u00e1n siendo para pueblos enteros cuesti\u00f3n de supervivencia, antes incluso que de promoci\u00f3n humana; all\u00ed\u00ad donde el vac\u00ed\u00ado de una autoridad pol\u00ed\u00adtica supranacional y de una justicia internacional eficiente (exigente y exigible) hace in\u00fatiles las mejores declaraciones e intenciones, dejando a merced de la espontaneidad y de la coyuntura toda expresi\u00f3n concreta de solidaridad. En este campo predominan los intereses nacionales; los derechos de veto dominan pol\u00ed\u00adticamente a los deberes de consenso. Esta es la raz\u00f3n por la que la socializaci\u00f3n del mundo s\u00f3lo consigue estructurarse solidariamente de manera parcial y provisional; se comunica cada vez m\u00e1s, pero se comparte demasiado poco. Como justicia internacional, la solidaridad es una pasi\u00f3n y un voto que inquietan a las conciencias (cf Sollicitudo re\u00c2\u00a1 socialis).<\/p>\n<p>Es la inquietud por un \u00abbien com\u00fan universal\u00bb que \u00abplantea problemas a escala mundial y que s\u00f3lo unos poderes p\u00fablicos con magnitud, estructuras y medios de las mismas proporciones pueden afrontar y resolver adecuadamente; es decir, poderes p\u00fablicos que est\u00e9n en condiciones de actuar de manera eficiente a escala mundial\u00bb (JUAN XXIII, Pacem in terris: \u00abAAS\u00bb [1963] 293; cf JUAN PABLO 11, Sollicitudo re\u00c2\u00a1 socialis, 10). Se trata de un bien que ha adquirido las dimensiones de la totalidad de la familia humana y que hay que perseguir con un sentido de justicia no menor que el del bien com\u00fan de la sociedad particular de pertenencia. Este bien apela a una solidaridad sin fronteras, superando toda solidaridad divisoria por constituir un serio obst\u00e1culo a \u00c2\u00a1ajusticia.<\/p>\n<p>\u00abEl desarrollo integral del hombre no puede tener lugar sin el desarrollo solidario de la humanidad\u00bb (PABLO VI, Populorum progressio). Es \u00e9sta una correlaci\u00f3n imparable, que impulsa a la justicia, atenta a la promoci\u00f3n de \u00abtoda la persona\u00bb, a prodigarse por el bien de \u00abtodas las personas\u00bb y de la comunidad humana, superando cualquier frontera, \u00e9tnica o temporal: \u00abTenemos obligaciones para con todos y no podemos desin: teresarnos de los que vendr\u00e1n despu\u00e9s de nosotros a agrandar el recinto de la familia humana. La solidaridad universal, que es un hecho y para nosotros un beneficio, es tambi\u00e9n un deber\u00bb (ib).<\/p>\n<p>Es un deber de justicia que busca el derecho de la persona m\u00e1s all\u00e1 de toda prerrogativa y pertenencia, sencillamente por tratarse de una persona. Y busca el derecho de los pueblos m\u00e1s all\u00e1 de toda barrera, sencillamente como bien de la familia humana. Entonces la utop\u00ed\u00ada se reconcilia con lo posible y se hace profec\u00ed\u00ada: \u00abLa obra de la justicia ser\u00e1 la paz, la acci\u00f3n del derecho, la calma y tranquilidad perpetuas\u00bb (Isa 32:17).<\/p>\n<p>BIBL.: AA.VV., Fe y justicia, S\u00ed\u00adgueme, Salamanca 1981; AA. 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En Lev\u00ed\u00adtico 19:36 se utiliza ts\u00e9\u00c2\u00b7dheq cuatro veces en conexi\u00f3n con transacciones comerciales: \u2020\u0153Debe resultar que tengan balanzas exactas [ts\u00e9\u00c2\u00b7dheq, \u2020\u0153justas\u2020\u009d, DK, FS, Val], pesas exactas, un ef\u00e1 exacto y un hin exacto\u2020\u009d. La palabra hebrea misch\u00c2\u00b7p\u00e1t, que suele traducirse \u2020\u0153justicia\u2020\u009d y \u2020\u0153juicio\u2020\u009d (NM; Val, 1960), tambi\u00e9n puede transmitir la idea de un plan (Ex 26:30), costumbre (G\u00e9 40:13), regla (2Cr 4:20) o procedimiento (Le 5:10) determinados.<br \/>\nLa palabra griega que se traduce \u2020\u0153en armon\u00ed\u00ada [o, conformidad] con la justicia\u2020\u009d (NM) hace referencia a una cosa que es \u2020\u0153justa\u2020\u009d (CI, Val) o merecida. (Ro 3:8; Heb 2:2.) \u2020\u0153Juicio\u2020\u009d y \u2020\u0153venganza\u2020\u009d son los significados b\u00e1sicos de otros dos vocablos griegos que a veces tambi\u00e9n se traducen \u2020\u0153justicia\u2020\u009d. (Mt 12:20, CI, HAR, NM; Lu 18:7, NC, NM, Val.)<\/p>\n<p>Dios fija la norma. El helenista Kenneth S. Wuest dice: \u2020\u0153Dios es la norma objetiva que determina el significado de dikaios [justo], y al mismo tiempo mantiene ese significado constante e inmutable, ya que El es el Inmutable\u2020\u009d. Luego a\u00f1ade la siguiente cita de Cremer: \u2020\u0153En el sentido b\u00ed\u00adblico, la justicia es una condici\u00f3n de rectitud de la que Dios es la norma, que se valora seg\u00fan la norma divina, que se conforma a Dios en comportamiento, y tiene que ver sobre todo con su relaci\u00f3n con Dios y con el modo de andar ante El. Es y se la llama dikaiosune theou (justicia de Dios) (Rom. 3:21, 1:17), justicia como la que pertenece a Dios, y es de valor ante El, justicia divina, v\u00e9ase Ef. 4:24; con esta justicia as\u00ed\u00ad definida, el evangelio (Rom. 1:17) viene al mundo de las naciones, que estaba acostumbrado a medir con una norma diferente\u2020\u009d. (Studies in the Vocabulary of the Greek New Testament, 1946, p\u00e1g. 37.)<br \/>\nLucas muestra lo que significa ser justo cuando dice que el sacerdote Zacar\u00ed\u00adas y su esposa Elisabet, los padres de Juan el Bautista, \u2020\u0153eran justos delante de Dios porque andaban exentos de culpa de acuerdo con todos los mandamientos y requisitos legales de Jehov\u00e1\u2020\u009d. (Lu 1:6.) La justicia se mide en conformidad con la voluntad de Dios y sus mandatos. Sus mandatos espec\u00ed\u00adficos pueden variar de un tiempo a otro y de una persona a otra. Por ejemplo: su mandato a No\u00e9 de edificar un arca nunca se ha repetido, y el mandato sobre la circuncisi\u00f3n tampoco aplica a los cristianos. No obstante, las normas personales de Dios, su personalidad, lo que El es, seg\u00fan se expresa en sus palabras y en su modo de actuar, siempre permanecen constantes, por lo que suponen una norma perfecta, \u2020\u02dccomo una roca\u2020\u2122 en firmeza y estabilidad, con la que medir la conducta de todas sus criaturas. (Dt 32:4; Job 34:10; Sl 92:15; Eze 18:25-31; 33:17-20.)<\/p>\n<p>La bondad y la justicia. Cuando el ap\u00f3stol Pablo habla de la muerte en sacrificio de Cristo, hace una distinci\u00f3n entre la bondad y la justicia, diciendo: \u2020\u0153Porque apenas muere alguien por un hombre justo; en realidad, por el hombre bueno, quiz\u00e1s, alguien hasta se atreva a morir. Pero Dios recomienda su propio amor a nosotros en que, mientras todav\u00ed\u00ada \u00e9ramos pecadores, Cristo muri\u00f3 por nosotros\u2020\u009d. (Ro 5:7, 8.) A un hombre se le puede considerar \u2020\u0153justo\u2020\u009d si cumple con sus obligaciones, es imparcial, honrado, no es culpable de mala conducta o de inmoralidad, es decir, si se le conoce por su conducta \u00ed\u00adntegra y su rectitud. Sin embargo, en la declaraci\u00f3n de Pablo se observa cierta superioridad en el caso del hombre \u2020\u0153bueno\u2020\u009d. Ser \u2020\u0153bueno\u2020\u009d implica ser \u2020\u0153justo\u2020\u009d; sin embargo, son otras las cualidades que distinguen al hombre bueno del que simplemente es justo. El uso del t\u00e9rmino griego indica que la persona que se destaca por su bondad es ben\u00e9vola (muestra buena voluntad o afecto a otros) y benefactora (hace bien a otros). Esta persona no est\u00e1 interesada \u00fanicamente en hacer lo que es de justicia, sino que va m\u00e1s all\u00e1, se siente movida por un inter\u00e9s sincero hacia otros y por el deseo de beneficiarlos y ayudarlos. (Comp\u00e1rese con Mt 12:35; 20:10-15; Lu 6:9, 33, 35, 36; Jn 7:12; Hch 14:17; Ro 12:20, 21; 1Te 5:15.)<br \/>\nPor consiguiente, el argumento de Pablo es que aunque el hombre que se destaca por ser \u2020\u0153justo\u2020\u009d puede ganarse el respeto y hasta la admiraci\u00f3n de otros, quiz\u00e1s no haga una impresi\u00f3n tan fuerte en el coraz\u00f3n de los dem\u00e1s como para impulsar a alguien a morir por \u00e9l. Sin embargo, el hombre que se destaca por su bondad, que es cari\u00f1oso, servicial, considerado, misericordioso y que se interesa activamente en beneficiar a otros, se gana su afecto, y su bondad puede tocar el coraz\u00f3n de otra persona lo suficiente como para que est\u00e9 dispuesta a morir por \u00e9l.<br \/>\nN\u00f3tese que en las Escrituras se contrasta lo que es \u2020\u0153bueno\u2020\u009d con lo que es \u2020\u0153vil\u2020\u009d (Jn 5:29; Ro 9:11; 2Co 5:10), \u2020\u0153inicuo\u2020\u009d (Mt 5:45; Ro 12:9) y \u2020\u0153malo\u2020\u009d (Ro 16:19; 1Pe 3:11; 3Jn 11); y al \u2020\u0153justo\u2020\u009d se le contrasta con el \u2020\u0153pecador\u2020\u009d (o injusto) (Mr 2:17; Lu 15:7). Igual que alguien puede ser un pecador (porque no cumple con las normas justas) y sin embargo no ser llamado o clasificado necesariamente como \u2020\u0153vil\u2020\u009d, \u2020\u0153inicuo\u2020\u009d o \u2020\u0153malo\u2020\u009d, as\u00ed\u00ad tambi\u00e9n una persona puede ser \u2020\u0153justa\u2020\u009d y sin embargo no ser llamada o clasificada necesariamente como \u2020\u0153buena\u2020\u009d en el sentido que acabamos de explicar.<br \/>\nSe conoc\u00ed\u00ada a Jos\u00e9 de Arimatea como un hombre \u2020\u0153bueno y justo\u2020\u009d, t\u00e9rminos que siempre se utilizan en un sentido relativo cuando se aplican a seres humanos imperfectos. (Lu 23:50; comp\u00e1rese con Mt 19:16, 17; Mr 10:17, 18; v\u00e9ase BONDAD [La bondad de Jehov\u00e1].) El mandamiento de la ley que Dios dio a Israel era \u2020\u0153santo [por ser de Dios] y justo [por ser perfecto en justicia] y bueno [por ser provechoso en todo respecto para quien lo observaba]\u2020\u009d. (Ro 7:12; comp\u00e1rese con Ef 5:9.)<\/p>\n<p>Jehov\u00e1 el Justo. Las palabras hebreas ts\u00e9\u00c2\u00b7dheq y tsedha\u00c2\u00b7q\u00e1h y la griega di\u00c2\u00b7kai\u00c2\u00b7o\u00c2\u00b7s\u00fd\u00c2\u00b7ne aparecen frecuentemente con referencia a la rectitud de los caminos de Dios: como Soberano (Job 37:23; Sl 71:19; 89:14), al administrar y ejecutar juicio y justicia (Sl 9:8; 85:11; Isa 26:9; 2Co 3:9), al castigar al pueblo que profesaba ser suyo (Isa 10:22), al vindicarse a s\u00ed\u00ad mismo en el juicio (Sl 51:4; Ro 3:4, 5) y al vindicar a su pueblo (Miq 7:9).<br \/>\nJehov\u00e1 mismo se llama \u2020\u0153el lugar de habitaci\u00f3n de la justicia\u2020\u009d. (Jer 50:7.) Por lo tanto, es el Justo, y la justicia de sus criaturas depende de su relaci\u00f3n con El. Jehov\u00e1 acata su propia norma de justicia sin desviarse. Jehov\u00e1 Dios, el Juez y Dador de Estatutos supremo (Isa 33:22), \u2020\u0153es amador de justicia y derecho\u2020\u009d (Sl 33:5). \u2020\u0153El derecho y la abundancia de justicia \u00e9l no menosprecia.\u2020\u009d (Job 37:23.) Esto garantiza que nunca abandonar\u00e1 a sus leales. (Sl 37:28.) Por lo tanto, sus criaturas pueden tener la m\u00e1xima confianza en El. De El est\u00e1 escrito: \u2020\u0153Justicia y juicio son el lugar establecido de tu trono\u2020\u009d. (Sl 89:14.)<\/p>\n<p>Mantiene la justicia mientras ejerce misericordia. Jehov\u00e1 no muestra parcialidad al tener tratos con sus criaturas, sino que acepta a todos aquellos que le temen y practican la justicia, y les otorga su bendici\u00f3n. (Hch 10:34, 35.) Las personas o las naciones enteras reciben castigo o recompensa seg\u00fan sus actos. (Ro 2:3-11; Ef 6:7-9; Col 3:22\u20134:1.) La justicia, la equidad, la santidad y la pureza de Jehov\u00e1 son tales que no puede minimizar ning\u00fan pecado. (Sl 5:4; Isa 6:3, 5; Hab 1:13; 1Pe 1:15.) Por consiguiente, no podr\u00ed\u00ada perdonar los pecados de la humanidad sin satisfacer la justicia, es decir, sin una base legal. Sin embargo, gracias a su bondad inmerecida, hizo esta provisi\u00f3n justa al ofrecer a su Hijo en sacrificio, con el fin de propiciar o cubrir los pecados. De esta manera puede ejercer misericordia para con los pecadores que aceptan esta provisi\u00f3n sin pasar por alto la justicia. Pablo lo expresa de la siguiente manera: \u2020\u0153Mas ahora, aparte de ley, la justicia de Dios ha sido puesta de manifiesto, [&#8230;] s\u00ed\u00ad, la justicia de Dios mediante la fe en Jesucristo [&#8230;]. Porque todos han pecado y no alcanzan a la gloria de Dios, y es como d\u00e1diva gratuita que por su bondad inmerecida se les est\u00e1 declarando justos mediante la liberaci\u00f3n por el rescate pagado por Cristo Jes\u00fas. [&#8230;] Para que [Dios] sea justo hasta al declarar justo al hombre [pecaminoso por herencia] que tiene fe en Jes\u00fas\u2020\u009d. (Ro 3:21-26.) De modo que la justicia de Jehov\u00e1 est\u00e1 equilibrada con la misericordia, y da la oportunidad a hombres y naciones de volverse de sus caminos inicuos y escapar de la ejecuci\u00f3n de sus juicios adversos. (Jer 18:7-10; Eze 33:14-16; v\u00e9ase DECLARAR JUSTO.)<\/p>\n<p>Hay que buscar la justicia de Dios. Jes\u00fas inst\u00f3 a sus oyentes: \u2020\u0153Sigan, pues, buscando primero el reino y la justicia de Dios, y todas estas otras cosas les ser\u00e1n a\u00f1adidas\u2020\u009d. (Mt 6:33.) Toda persona ha de seguir buscando el Reino; tiene que desear ese gobierno y ser leal a \u00e9l. Pero no puede olvidar que es el reino de Dios; ha de conformarse a la voluntad de Dios, a su norma en cuanto a lo que es conducta correcta e incorrecta, y debe \u2020\u02dcrehacer su mente\u2020\u2122 continuamente para que toda faceta de su vida est\u00e9 en armon\u00ed\u00ada con la justicia de Dios. (Ro 12:2.) Tiene que \u2020\u0153vestirse de la nueva personalidad que fue creada conforme a la voluntad de Dios en verdadera justicia y lealtad\u2020\u009d. (Ef 4:23, 24.)<br \/>\nLos jud\u00ed\u00ados pensaban que estaban salvos y que recibir\u00ed\u00adan el reino de Dios gracias a establecer su propia justicia, pero no se sujetaron a la justicia de Dios. (Ro 10:1-3.) Por esta raz\u00f3n Jes\u00fas dijo a sus disc\u00ed\u00adpulos: \u2020\u0153Porque les digo a ustedes que si su justicia no abunda m\u00e1s que la de los escribas y fariseos, de ning\u00fan modo entrar\u00e1n en el reino de los cielos\u2020\u009d. Estos hombres manifestaban una medida de justicia al obedecer ciertos requisitos de la Ley y sus tradiciones a\u00f1adidas. Pero en realidad hab\u00ed\u00adan invalidado la palabra de Dios por causa de su tradici\u00f3n, y hab\u00ed\u00adan rechazado a Cristo, el camino provisto por Dios por medio del cual hubieran podido obtener la verdadera justicia. (Mt 5:17-20; 15:3-9; Ro 10:4.)<br \/>\nLa sabidur\u00ed\u00ada de Jehov\u00e1 es muy superior a la de los humanos imperfectos, y es el hombre, no Dios, quien debe adquirir conocimiento de la senda de la justicia. (Isa 40:14.) Por lo tanto, el hombre no est\u00e1 en posici\u00f3n de juzgar si los actos de Dios son justos o injustos, sino que debe aprender a conformar su pensar a las normas de justicia que Jehov\u00e1 ha revelado en su Palabra. Dios dijo a los israelitas: \u2020\u0153En cuanto a mis caminos, \u00bfno est\u00e1n bien ajustados, oh casa de Israel? \u00bfNo son los caminos de ustedes los que no est\u00e1n bien ajustados?\u2020\u009d. (Eze 18:29.) Adem\u00e1s, el hecho de que Jehov\u00e1 sea el Creador descarta toda base para dudar de lo justo de sus actividades. (Ro 9:20, 21; v\u00e9ase tambi\u00e9n Job 40:8\u201341:34.)<br \/>\nPor lo tanto, Jehov\u00e1 siempre ha requerido, con toda raz\u00f3n, que los que desean conseguir su aprobaci\u00f3n se familiaricen con su norma de justicia y la sigan. (Isa 1:17, 18; 10:1, 2; Jer 7:5-7; 21:12; 22:3, 4; Eze 45:9, 10; Am 5:15; Miq 3:9-12; 6:8; Zac 7:9-12.) Al igual que Dios, tienen que ser imparciales, pues el fallar en este respecto ser\u00ed\u00ada injusto y violar\u00ed\u00ada la ley del amor. (Snt 2:1-9.)<\/p>\n<p>La justicia no se consigue por medio de obras personales. Por consiguiente, est\u00e1 claro que los hombres imperfectos nunca podr\u00ed\u00adan conseguir la verdadera justicia, es decir, alcanzar la altura de la justicia de Dios, si dependieran de las obras de la ley mosaica o de sus propias obras de justicia. (Ro 3:10; 9:30-32; G\u00e1l 2:21; 3:21; Tit 3:5.) Los hombres a quienes Dios ha llamado \u2020\u0153justos\u2020\u009d han sido los que han ejercido fe en El y no han confiado en sus propias obras, sino que han respaldado esa fe con obras que estaban en armon\u00ed\u00ada con Su norma justa. (G\u00e9 15:6; Ro 4:3-9; Snt 2:18-24.)<\/p>\n<p>La Ley era justa. Esto no significa que la Ley dada por medio de Mois\u00e9s no se ajustase a la norma de justicia de Dios. Al contrario, el ap\u00f3stol razona: \u2020\u0153De manera que, por su parte, la Ley es santa, y el mandamiento es santo y justo y bueno\u2020\u009d. (Ro 7:12; Dt 4:8.) La Ley cumpli\u00f3 con el prop\u00f3sito de Dios al poner de manifiesto las transgresiones, servir de tutor que llevara a los jud\u00ed\u00ados sinceros a Cristo y de sombra de las cosas buenas por venir. (G\u00e1l 3:19, 24; Heb 10:1.) Pero no pod\u00ed\u00ada traer una justicia verdadera y completa a los que estuviesen bajo ella. Todos eran pecadores; no pod\u00ed\u00adan guardar la Ley a la perfecci\u00f3n; adem\u00e1s, su sumo sacerdote no pod\u00ed\u00ada quitarles los pecados con los sacrificios que ofrec\u00ed\u00ada y el servicio que desempe\u00f1aba. Por lo tanto, solo podr\u00ed\u00adan alcanzar la justicia si aceptaban la provisi\u00f3n que Dios hab\u00ed\u00ada hecho: su Hijo. (Ro 8:3, 4; Heb 7:18-28.) A los que aceptaban a Cristo se les declaraba justos, no como algo que hubiesen ganado, sino como una d\u00e1diva, y Cristo lleg\u00f3 a ser para ellos \u2020\u0153sabidur\u00ed\u00ada procedente de Dios, tambi\u00e9n justicia y santificaci\u00f3n y liberaci\u00f3n por rescate\u2020\u009d. Por consiguiente, la verdadera justicia solo puede venir por medio de Cristo. Este hecho ensalza a Jehov\u00e1, d\u00e1ndole a El, en lugar de al hombre o a sus obras, el cr\u00e9dito como la Fuente de toda justicia, \u2020\u0153para que sea as\u00ed\u00ad como est\u00e1 escrito: \u2020\u02dcEl que se jacta, j\u00e1ctese en Jehov\u00e1\u2020\u2122\u2020\u009d. (1Co 1:30, 31; Ro 5:17.)<\/p>\n<p>Los beneficios de la justicia. Dios ama a los justos y se interesa en ellos. David escribi\u00f3: \u2020\u0153Un joven era yo, tambi\u00e9n he envejecido, y sin embargo no he visto a nadie justo dejado enteramente, ni a su prole buscando pan\u2020\u009d. (Sl 37:25.) Salom\u00f3n dijo: \u2020\u0153Jehov\u00e1 no har\u00e1 que el alma del justo padezca hambre, pero rechazar\u00e1 el deseo vehemente de los inicuos\u2020\u009d. (Pr 10:3.) El juzgar\u00e1 a toda la Tierra habitada con justicia por medio de Jesucristo, y crear\u00e1 \u2020\u0153nuevos cielos y una nueva tierra\u2020\u009d en la que la justicia ha de morar. (Hch 17:31; 2Pe 3:13.) A los justos se les promete que finalmente poseer\u00e1n la Tierra; los inicuos ser\u00e1n eliminados de la Tierra como un \u2020\u0153rescate\u2020\u009d por los justos, pues mientras los inicuos dominen, los justos no podr\u00e1n tener paz. Y las posesiones de los inicuos pasar\u00e1n a los justos, como dice el proverbio: \u2020\u0153La riqueza del pecador es algo que est\u00e1 atesorado para el justo\u2020\u009d. (Pr 13:22; 21:18.)<br \/>\nA la persona que persevera en la justicia se le asegura que tendr\u00e1 la buena voluntad de Dios y la aprobaci\u00f3n de los hombres de coraz\u00f3n recto, tanto ahora como hasta tiempo indefinido, pues \u2020\u0153al recuerdo del justo le espera una bendici\u00f3n [y existir\u00e1 \u2020\u0153hasta tiempo indefinido\u2020\u009d], pero el mism\u00ed\u00adsimo nombre de los inicuos se pudrir\u00e1\u2020\u009d. (Pr 10:7; Sl 112:6.)<br \/>\nAdem\u00e1s, el ejercer justicia seg\u00fan la norma de Dios no es una carga; la felicidad del hombre realmente depende de ello. (Sl 106:3; comp\u00e1rese con Isa 56:1, 2.) El famoso jurista ingl\u00e9s, Blackstone, reconoci\u00f3 esta verdad: \u2020\u0153[Dios] ha vinculado tan estrechamente, ha entretejido tan inseparablemente, las leyes de justicia eterna con la felicidad de cada persona, que esta \u00faltima no se puede alcanzar sin observar la primera; y si la primera se obedece puntualmente, no puede inducir m\u00e1s que a la segunda\u2020\u009d. (Chadman\u2020\u2122s Cyclopedia of Law, 1912, vol. 1, p\u00e1g. 88.)<\/p>\n<p>Debe respetarse e imitarse a los justos. El respetar a aquellos a quienes Jehov\u00e1 considera justos y obedecer su consejo y reprensi\u00f3n es el proceder de la sabidur\u00ed\u00ada, pues solo puede resultar en bien. David recibi\u00f3 reprensi\u00f3n de Jehov\u00e1 por medio de hombres justos, los siervos y profetas de Dios, y dijo: \u2020\u0153Si me golpeara el justo, ser\u00ed\u00ada una bondad amorosa; y si me censurara, ser\u00ed\u00ada aceite sobre la cabeza, que mi cabeza no querr\u00ed\u00ada rehusar\u2020\u009d. (Sl 141:5.)<br \/>\nDe igual manera, el debido ejercicio de la justicia por parte de la autoridad gubernamental contribuye a la felicidad y al bienestar de sus s\u00fabditos. (Comp\u00e1rese con Pr 29:4.) Dado que Cristo Jes\u00fas, como rey del reino de Dios, y todos los que sirvan en puestos administrativos bajo \u00e9l, siempre ejercer\u00e1n justicia, sus s\u00fabditos leales se deleitar\u00e1n en someterse a su r\u00e9gimen justo. (Isa 9:6, 7; 32:1, 16-18; 42:1-4; Mt 12:18-21; Jn 5:30; comp\u00e1rese con Pr 29:2.)<br \/>\nConcerniente a la administraci\u00f3n de la justicia y los principios implicados, v\u00e9anse CAUSA JUDICIAL; LEY; TRIBUNAL JUDICIAL.<\/p>\n<p>\u2020\u0153La coraza de la justicia.\u2020\u009d Debido a que la Biblia dice: \u2020\u0153M\u00e1s que todo lo dem\u00e1s que ha de guardarse, salvaguarda tu coraz\u00f3n, porque procedentes de \u00e9l son las fuentes de la vida\u2020\u009d, los cristianos han de llevar puesta \u2020\u0153la coraza de la justicia\u2020\u009d. (Pr 4:23; Ef 6:14.) Como el coraz\u00f3n del hombre ca\u00ed\u00addo y pecaminoso es traicionero y desesperado, el seguir la justicia de Dios es esencial como protecci\u00f3n para que no se vuelva malo. (Jer 17:9.) El coraz\u00f3n necesita mucha disciplina y formaci\u00f3n. El cristiano \u00fanicamente puede recibir dicha ayuda si se adhiere estrictamente a las Escrituras, que, como dice el ap\u00f3stol Pablo, son \u2020\u0153[provechosas] para ense\u00f1ar, para censurar, para rectificar las cosas, para disciplinar en justicia, para que el hombre de Dios sea enteramente competente, y est\u00e9 completamente equipado para toda buena obra\u2020\u009d. El cristiano deber\u00ed\u00ada aceptar con agradecimiento la disciplina que proviene de hombres justos que utilizan la Palabra de Dios de esta manera. (2Ti 3:16, 17.)<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de la Biblia<\/b><\/p>\n<p>Sumario: 1. La justicia en la cultura de hoy. II. Antiguo Testamento: 1. Terminolog\u00ed\u00ada; 2. La \u2020\u0153justicia\u2020\u009d de<br \/>\nAbrah\u00e1n (Gn 15); 3. Los justos de Sodoma y Gomorra; 4. Tamar es justa; 5. La justicia en la obra<br \/>\ndeuteronomista: a) La misi\u00f3n del rey, b) La \u2020\u0153t\u00f3rah\u2020\u2122; 6. La predicaci\u00f3n de los profetas preex\u00ed\u00adlicos; 7.<br \/>\nProfetas del per\u00ed\u00adodo babil\u00f3nico; 8. El \u2020\u0153justo\u2020\u2122 en los Salmos; 9. Los libros sapienciales. III. Nuevo<br \/>\nTestamento: 1. La predicaci\u00f3n de Jes\u00fas; 2. San Pablo; 3. Otros escritos del NT; 4. Conclusi\u00f3n.<br \/>\n1667<br \/>\n1. LA JUSTICIA EN LA CULTURA DE HOY.<br \/>\n\u2020\u0153Justitia\u2020\u009d es una palabra de abundante consumo en la cultUTa contempor\u00e1nea, pero tambi\u00e9n una noci\u00f3n cambiante, que se especifica de diversas formas seg\u00fan el cuadro ideol\u00f3gico y cultural en que se coloca. Est\u00e1 presente sobre todo en el lenguaje jur\u00ed\u00addico, pol\u00ed\u00adtico y \u00e9tico con significados diferentes.<br \/>\nEn el plano jur\u00ed\u00addico, la noci\u00f3n de justicia que nos parece m\u00e1s corriente es la que elabor\u00f3 el antiguo derecho romano y que formul\u00f3 as\u00ed\u00ad Ulpiano: \u2020\u0153Justitia est constans et perpetua voluntas suum unicuique tribuendi\u2020\u2122 (Dig. 1, 1,10). Este \u2020\u0153suum\u2020\u2122 que corresponde a cada uno es un conjunto de derechos humanos. Hacer valer la \u2020\u02dcjusticia\u2020\u009d significa entonces reconocer y defender los derechos de cada persona. La determinaci\u00f3n de tales derechos depende de opciones ideol\u00f3gicas, pol\u00ed\u00adticas y sociales previas.<br \/>\nEn el plano \u00e9tico-religioso, la noci\u00f3n corriente de justicia recoge sus-tancialmente la definici\u00f3n de Ulpiano, como en el caso de santo Tom\u00e1s de Aquino, para quien la justicia es \u2020\u0153habitus secundum quem aliquis constanti et perpetua vol\u00fantate jus suum unicuique tribuit\u2020\u009d (S. Th., II-II, q. 58, a. 1). La justicia entendida de este modo, en sentido cristiano, es la primera exigencia de la caridad como reconocimiento de la dignidad y de los derechos del pr\u00f3jimo. Observemos la dificultad de compaginar esta definici\u00f3n con la falta en los evangelios de reglas sobre los derechos de justicia; m\u00e1s a\u00fan, da la impresi\u00f3n de ser una definici\u00f3n m\u00e1s jur\u00ed\u00addica que cristol\u00f3gica, ya que falta la referencia a Jesucristo.<br \/>\nLa justicia y la injusticia pueden referirse tambi\u00e9n a estructuras o situaciones socio-pol\u00ed\u00adticas opresivas, que niegan los derechos de la persona, o bien a las que son promotoras de la dignidad y de los derechos del hombre.<br \/>\nEsta simple alusi\u00f3n a la acepci\u00f3n tan difundida de justicia tiene solamente la finalidad de preparar el terreno para nuestra encuesta b\u00ed\u00adblica. Efectivamente, nos preguntamos si el t\u00e9rmino \u00c2\u00a1concepto hebreo de seda qah o el griego de dikaiosy\u2020\u2122ne corresponden exactamente a aquellas definiciones de justicia antes recordadas y com\u00fanmente aceptadas. De este modo aparecer\u00e1 m\u00e1s claramente el car\u00e1cter espec\u00ed\u00adfico y la originalidad de la concepci\u00f3n b\u00ed\u00adblica de la justicia.<br \/>\n1668<br \/>\nII. ANTIGUO TESTAMENTO.<br \/>\n1669<br \/>\n1. Terminolog\u00ed\u00ada.<br \/>\nEl t\u00e9rmino hebreo que solemos traducir por \u2020\u0153justicia\u2020\u009d est\u00e1 cargado de dos significados fundamentales, de los que se derivan luego connotaciones diferentes seg\u00fan los contextos en que se le emplea. Por un lado designa una relaci\u00f3n no primariamente con la norma \u00e9tica o jur\u00ed\u00addica, sino con la comunidad: indica una actitud fiel, leal y constructiva respecto a la comunidad, y no tanto obediencia a unas normas. Por otro lado, la justicia b\u00ed\u00adblica indica tambi\u00e9n una condici\u00f3n \u00f3ptima de la comunidad, un estado de salud comunitario, por el que el individuo se encuentra viviendo dentro de una red de relaciones p\u00fablicas armoniosas y saludables. Por consiguiente, creemos que el t\u00e9rmino seda qah puede traducirse -como ya han propuesto varios exegetas- por \u2020\u0153fidelidad \u00c2\u00a1lealtad a la comunidad\u2020\u009d o por \u2020\u0153solidaridad con la comunidad\u2020\u009d. Se trata, pues, de un t\u00e9rmino\/concepto vinculado siempre a la idea de relaciones sociales armoniosas que dan origen a un bienestar, a un \u2020\u0153orden \u2020\u0153comunitario. En relaci\u00f3n con la definici\u00f3n de Ulpiano y de Tom\u00e1s podr\u00ed\u00adamos decir que no interesa tanto el lado subjetivo de la \u2020\u0153voluntas\u2020\u009d cuanto m\u00e1s bien el lado objetivo del \u2020\u0153unicuique\u2020\u009d, puesto que indica la comunidad. El ser-justo no se mide por una norma abstracta y absoluta, sino por las exigencias concretas de relaciones de comuni\u00f3n con Dios y con los hombres. Algunos autores preferir\u00ed\u00adan distinguir, en hebreo, entre seda qah para indicar un \u2020\u0153acto\u2020\u009d justo, y sedeq, que designar\u00ed\u00ada m\u00e1s bien una cualidad, un orden justo. Pero esta distinci\u00f3n no parece estar justificada.<br \/>\n1670<br \/>\n2. LA \u2020\u0153JUSTICIA\u2020\u009d DE ABRAH\u00ed\u0081N ((Gn 15(w).<br \/>\nAbrah\u00e1n no tiene hijos. \u00bfCu\u00e1l ser\u00e1 su descendencia? \u00bfQuiz\u00e1 su criado? Dios le promete: \u2020\u0153Levanta tus ojos al cielo y cuenta, si puedes, las estrellas. As\u00ed\u00ad ser\u00e1 tu descendencia\u2020\u009d (Gn 15,5). Resulta ya parad\u00f3jico prometer un hijo a un anciano de noventa y nueve a\u00f1os (Gn 17,1); pero m\u00e1s incre\u00ed\u00adble todav\u00ed\u00ada es la promesa de una descendencia numerosa como las estrellas del cielo. Evidentemente, se quiere resaltar precisamente el car\u00e1cter parad\u00f3jico de la promesa divina y la exigencia de una fe a toda prueba.<br \/>\nPues bien, Abrah\u00e1n crey\u00f3 en su Dios. El verbo \u2020\u0153creer\u2020\u009d significa literalmente en hebreo \u2020\u0153apoyarse fijamente en alguna cosa\u2020\u009d. Abrah\u00e1n renuncia a buscar en s\u00ed\u00ad mismo un apoyo, una seguridad, y se f\u00ed\u00ada completamente de Yhwh, por muy parad\u00f3jica e incre\u00ed\u00adble que le parezca su promesa. As\u00ed\u00ad pues, Abrah\u00e1n crey\u00f3 en Dios, \u2020\u0153que le consider\u00f3 como un hombre justo \u2020\u0153(Gn 15,6).<\/p>\n<p>El verbo traducido por \u2020\u0153considerar\u2020\u009d -o \u2020\u0153acreditar\u2020\u2122, seg\u00fan otras versiones- se deriva del lenguaje cultual Lv 7,18; Lv 13,17; Lv 13,23; Lv 13,28; Lv 13,37; Lv 13,44; Lv 17,4 N\u00fam Lv 18,27), para indicar la aceptaci\u00f3n de un sacrificio que agrada a Dios; o bien sirve para designar la declaraci\u00f3n de la pureza o la impureza de una cosa. Aqu\u00ed\u00ad, en Gen 15, el contexto no es cultual, sino que se refiere a la relaci\u00f3n entre Abrah\u00e1n y Dios en un contexto de vida ordinaria familiar.<br \/>\nDios declara que la fe de Abrah\u00e1n es \u2020\u0153justicia\u2020\u009d, esto es, una actitud de disponibilidad para la comuni\u00f3n con \u00e9l. En efecto, creer quiere decir estar pronto y dispuesto lealmente para la comuni\u00f3n con Yhwh; y esto es ser justo. Solamente el justo es realmente creyente. La \u2020\u0153justicia\u2020\u009d, en este trozo, designa, por consiguiente, una conducta que se desarrolla en el interior de una relaci\u00f3n de comuni\u00f3n entre dos partes, Dios y Abrah\u00e1n. La justicia establece, garantiza y mantiene la comuni\u00f3n; Abrah\u00e1n es justo porque se abre a la comuni\u00f3n con Dios; pero su justicia es reconocida y acogida por el Dios justo. Entre Dios y Abrah\u00e1n reina la justicia porque han desaparecido todos jos obst\u00e1culos para la comuni\u00f3n entre los dos.<br \/>\n1671<br \/>\n3. LOS JUSTOS DE SODOMA Y Gomorra.<br \/>\nCon Yhwh tuvo Abrah\u00e1n una disputa sobre la suerte de la ciudad de Sodoma (Gn 18,22-23). La imagen dominante es la de un proceso: Dios es acusador y juez, Sodoma es la acusada, Abrah\u00e1n es el abogado defensor. El problema consist\u00ed\u00ada en encontrar 50,45,40,30,20 \u00f3 10 justos entre los sodomitas, o sea, 10 personas que en el proceso intentado contra ellos por Dios resultasen inocentes.<br \/>\nPara comprender este p\u00e1rrafo del G\u00e9nesis es necesario preguntarse: \u00bfQui\u00e9n es \u2020\u0153justo\u2020\u009d en un proceso? \u00bfC\u00f3mo establecer el criterio de la justicia? \u00bfQu\u00e9 es la justicia? Para responder, me permito recoger una larga cita de G. von Rad: \u2020\u0153Tambi\u00e9n la convivencia de los hombres se juzgaba por completo desde el punto de vista de la fidelidad comunitaria. Guando Sa\u00fal dec\u00ed\u00ada que David era m\u00e1s justo que \u00e9l, intentaba decir que hab\u00ed\u00ada tomado en serio la relaci\u00f3n comunitaria que exist\u00ed\u00ada entre los dos y la hab\u00ed\u00ada tenido m\u00e1s en cuenta (IS 24,18). El hecho de que David no hubiera tocado a Sa\u00fal mientras \u00e9ste se encontraba indefenso en su poder es designado como justicia suya (IS 26,23). Naturalmente, era tambi\u00e9n a menudo funci\u00f3n de los tribunales locales examinar el comportamiento de un hombre sobre la base de su fidelidad comunitaria y declarar su inocencia o su punibilidad. Sin embargo, no se puede decir ni mucho menos que este concepto veterotesta-mentario de justicia sea un concepto espec\u00ed\u00adficamente forense; abarcaba toda la vida de los israelitas, siempre que se encontrasen en una relaci\u00f3n comunitaria. Y sobre todo un comportamiento de fidelidad comunitaria incluye mucho m\u00e1s que una simple correcci\u00f3n o legalidad, m\u00e1s que una justicia en nuestro sentido del t\u00e9rmino. Aquella relaci\u00f3n de interdependencia exig\u00ed\u00ada pruebas de bondad, de fidelidad y -seg\u00fan las circunstancias- de compasi\u00f3n caritativa con el pobre y con el que sufre<br \/>\n(Pro? 12,10; 21,26; 29,27)\u2020\u009d.<br \/>\nAs\u00ed\u00ad pues, una vez establecido el sentido de \u2020\u0153justicia\u2020\u009d como fidelidad comunitaria, \u00bfqui\u00e9nes son los \u2020\u0153justos\u2020\u009d del p\u00e1rrafo del G\u00e9nesis? Desde Sodoma y Gomorra se levanta hasta Dios el \u2020\u0153gran grito\u2020\u009d de los oprimidos, de los d\u00e9biles, de los explotados por la violencia ajena; el pecado o el mal por el que llega hasta Dios el grito de lamento y de invocaci\u00f3n es un obrar violento y destructor de las relaciones comunitarias. La violencia es el pecado de Sodoma (Gn 19,1-29), es decir, una actitud anticomunitaria. Los justos que Dios busca incluso en Sodoma y Gomorra son hombres solidarios de los dem\u00e1s, capaces de edificar la comunidad renunciando a la violencia; y no s\u00f3lo a la violencia sexual (Gn 19), sino a toda violencia.<br \/>\n1672<br \/>\n4. Tamar es justa.<br \/>\nLa saga de Tamar (Gn 38) es otro ejemplo para ilustrar el sentido b\u00ed\u00adblico de justicia. Tamar se casa con Er, pero \u00e9ste muere sin dejar descendencia. Entonces Jud\u00e1 le da como marido a su otro hijo, On\u00e1n, que act\u00faa de forma que evita tener hijos, y el Se\u00f1or le hace morir. Entonces Tamar se viste de prostituta y seduce a Jud\u00e1, que no reconoce a su nuera y tiene un hijo de ella.<br \/>\nAcusada de prostituci\u00f3n y llevada ante Jud\u00e1 como juez, Tamar es condenada a muerte. Pero ella demuestra que no es una prostituta, sino que ha querido tener un hijo de la familia de su marido. Y Jud\u00e1 exclama entonces: \u2020\u0153Ella es m\u00e1s justa que yo\u2020\u009d (Gn 38,26).<br \/>\nJud\u00e1 no hab\u00ed\u00ada querido dar a su hijo m\u00e1s joven como esposo a Tamar (Gn 38,26), ya que tem\u00ed\u00ada que Sel\u00e1 muriese como los otros (Gn 38,11). No se preocupa de la familia ni, por tanto, de la descendencia. Tamar, por el contrario, aunque recurriendo a medios extremos, ha demostrado fidelidad a la familia de su marido, procurando a toda costa darle una descendencia. Seg\u00fan ciertos criterios morales, se dir\u00ed\u00ada que Tamar actu\u00f3 mal, injustamente. Pero juzgando desde el punto de vista de la fidelidad comunitaria, es preciso reconocer que fue m\u00e1s justa que Jud\u00e1. La relaci\u00f3n comunitaria es el criterio para valorar si una persona es o no justa.<br \/>\n1673<br \/>\n5. La justicia en la obra deuteronomista.<br \/>\nLa obra hist\u00f3rica deuteronomista (Dtr), que comprende los libros desde Dt a 2R y fue redactada probablemente en dos fases, entre la \u00e9poca del rey Jos\u00ed\u00adas (640-609 a.C.) y el destierro [\/Deutero-nomio 1, 3; \/ Pentateuco 1-VII], nos ofrece la posibilidad de verificar ulteriormente el sentido de \u2020\u0153justicia\u2020\u009d.<br \/>\n1674<br \/>\na) La misi\u00f3n del rey.<br \/>\nEn 2S 8,15 se lee: \u2020\u0153David rein\u00f3 sobretodo Israel, y administr\u00f3 rectamente (mispat) la justicia (sedaqah)a todo su pueblo\u2020\u009d. Est\u00e1 aqu\u00ed\u00ad compendiada la misi\u00f3n propia del rey: hacer valer el derecho (mispat), es decir, un pr\u00f3spero orden social, y la justicia (seda qah), es decir, una ordenada vida comunitaria.<br \/>\nLa reina de Sab\u00e1, ante el rey Salom\u00f3n, exclama: \u2020\u0153iBendito sea el Se\u00f1or, tu Dios, que se ha complacido en ti, poni\u00e9ndote sobre el trono de Israel! En su amor eterno a Israel te ha constituido rey para administrar el derecho (mispat) y la justicia (sedaqah)\u2020\u009d(IR 10,9).<br \/>\nA menudo se habla de la justicia como misi\u00f3n del rey (IS 24,18; IS 26,33; IR 3,6). La justicia representa la s\u00ed\u00adntesis de las funciones del rey, y no es solamente una cualidad entre las dem\u00e1s. La justicia del rey, que es tambi\u00e9n la suprema corte de apelaci\u00f3n en los procesos, no es tampoco solamente la equidad de los juicios, sino la conducta con que el rey se hace fiador y promotor de la prosperidad, de la paz, del bienestar de la comunidad nacional. Pero tambi\u00e9n como juez (s\u00f3fet), el rey interviene para dirimir un conflicto que amenaza a la vida de la comunidad (cf 2S L4; IR 3).<br \/>\nLo mismo que en el uso jur\u00ed\u00addico, tampoco para el rey la justicia se refiere \u00fanicamente a la conducta del rey, sino tambi\u00e9n a la restauraci\u00f3n de las relaciones comunitarias que hab\u00ed\u00adan quedado alteradas por un delito o por alg\u00fan comportamiento injusto. Por eso el salmista reza: \u2020\u0153Oh Dios, haz que el rey ejerza tu justicia (sedaqah), que el descendiente real ejerza tu derecho (mispat)\u2020\u009d (Sal 72,1). La justicia y el derecho pertenecen a Dios (\u2020\u0153tu derecho\u2020\u009d &#8211; \u2020\u0153tu justicia\u2020\u009d), que los concede al rey. Tenemos aqu\u00ed\u00ad un replanteamiento radical de la figura del rey, puesto que se reconoce que si el rey hace valer el derecho y la justicia, como era su cometido, es solamente porque los ha recibido como don de Dios. Ultimamente, por tanto,., iio es ya el rey, sino el Se\u00f1or, la fuente de la construcci\u00f3n arm\u00f3nica de la sociedad. \u2020\u0153La justicia y el derecho son la base de su trono (del de Dios)\u2020\u009d (Sal 89,15; Sal 97,2); \u2020\u0153La justicia marchar\u00e1 delante de \u00e9l (Dios), ir\u00e1 prepar\u00e1ndole el camino\u2020\u009d (Sal 85,14).<br \/>\nLa justicia significa tambi\u00e9n \u2020\u0153paz\u2020\u009d (sal\u00f3m), es decir, integridad y plenitud saludable de la existencia. Tanto la justicia como la paz son don de Dios, inseparables la una de la otra: \u2020\u0153La justicia y la paz se abrazar\u00e1n\u2020\u009d Sal 85,11). Dios es capaz de hacer brotar la paz y la justicia, es decir, de instituir una sociedad nueva: \u2020\u0153La tierra producir\u00e1 lealtad y la justicia mirar\u00e1 desde los cielos\u2020\u009d (Sal 85,13).<br \/>\nAs\u00ed\u00ad pues, le corresponde al rey la misi\u00f3n de hacer valer y mantener, dentro del pueblo de Israel, una conducta fiel a la comunidad, la lealtad y la solidaridad, la paz y la justicia que ha recibido como don de Dios.<br \/>\n1675<br \/>\nb) La \u2020\u0153t\u00f3rah\u2020\u009d.<br \/>\nEl concepto de justicia aparece varias veces en el contexto de los c\u00f3digos legales. Es justo el que es fiel a la t\u00f3rah y la observa; culpable el que no la sigue (Ex 23,7, \u2020\u0153No hagas morir al inocente y al justo, porque yo no absolver\u00e9 al malvado\u2020\u009d). Se ha querido ver una derivaci\u00f3n cultual del concepto de justicia, en el sentido de que se referir\u00ed\u00ada siempre a la declaraci\u00f3n de los sacerdotes, que reconoc\u00ed\u00adan en los que participaban en el culto la observancia de los preceptos de la ley (Sal 24). Creo que no siempre es posible derivar exclusivamente del culto el concepto de justicia, el cual est\u00e1 relacionado m\u00e1s bien, a mi juicio, con la vida concreta de la sociedad del pueblo de Dios. Esto significa que justo no es simplemente aquel que act\u00faa en conformidad con la norma o con la ley, e injusto el que vive sin ley (cf los LXX, que traducen rs, malvado, con el t\u00e9rmino \u00e1nomos, \u2020\u0153sin ley\u2020\u009d).<\/p>\n<p>Dios ha dado a su pueblo \u2020\u0153leyes y mandamientos justos\u2020\u009d(Dt 4,8). Toda la obra hist\u00f3rica del Dtr exhorta con calor e insistencia a la obediencia a la \u2020\u0153ley\u2020\u2122 dada por Dios. \u00bfPero qu\u00e9 es la t\u00f3rah\u00ed\u00ad Se suele traducir este t\u00e9rmino hebreo por \u2020\u0153ley\u2020\u2122 o \u2020\u0153instrucci\u00f3n\u2020\u009d; pero, mir\u00e1ndolo bien, no se trata simplemente de una \u2020\u0153orden\u2020\u2122 o mandamiento, ni de una pura instrucci\u00f3n, en el sentido de una ense\u00f1anza doctrinal abstracta. La t\u00f3rah es una instrucci\u00f3n te\u00f3rico-pr\u00e1ctica, dada con vistas a la edificaci\u00f3n de la comunidad de Yhwh. Por tanto, podr\u00ed\u00adamos traducirla por \u2020\u0153ordenamiento comunitario\u2020\u2122. Efectivamente, ata\u00f1e a todos los comportamientos justos, es decir, constructivos, de la comunidad. Por tanto, es justo aquel que observa la t\u00f3rah, no tanto y no s\u00f3lo porque obedece a una ley, sino porque realiza su fidelidad a la comunidad, obedeciendo y practicando la t\u00f3rah. Por otra parte, hay que recordar que Israel no es capaz de observar la t\u00f3rah si Dios no le circuncida el coraz\u00f3n: \u2020\u0153El Se\u00f1or, tu Dios, circuncidar\u00e1 tu coraz\u00f3n y el de tus descendientes para que le ames con todo tu coraz\u00f3n y toda tu alma, y as\u00ed\u00ad vivas\u2020\u2122 (Dt 30,6).<br \/>\nPor eso la justicia es gracia de Dios y no un m\u00e9rito de Israel, es un don y no una conquista: \u2020\u0153No digas en tu coraz\u00f3n: \u2020\u02dcPor mi justicia me ha dado el Se\u00f1or la posesi\u00f3n de esta tierra\u2020\u2122, siendo as\u00ed\u00ad que es por su injusticia por lo que el Se\u00f1or echa a esas naciones lejos de ti. No por tu justicia ni por la rectitud de tu coraz\u00f3n vas a entrar en posesi\u00f3n de la tierra, sino por la injusticia de esas naciones las echa el Se\u00f1or lejos de ti, y tambi\u00e9n para cumplir el juramento hecho a vuestros padres Abrah\u00e1n, Isaac y Jacob. Reconoce que el Se\u00f1or, tu Dios, no te da la posesi\u00f3n de esa buena tierra debido a tu justicia, pues no eres m\u00e1s que un pueblo de cabeza dura\u2020\u009d (Dt 9,4-6). Tanto Israel, que tiene la \u2020\u0153cabeza dura, como los cananeos son \u2020\u0153pecadores\u2020\u2122; nadie puede reivindicar la posesi\u00f3n de la tierra por su justicia. La posesi\u00f3n de la tierra es concedida gratuitamente por Dios a Israel s\u00f3lo porque Dios es fiel a las promesas hechas a los padres. Dios se dirige a Israel pecador, que no tiene una \u2020\u02dcjusticia\u2020\u009d propia, y lo \u2020\u0153hace justo\u2020\u009d, le da una justicia al darle la tierra. Israel es \u2020\u0153justificado\u2020\u009d por pura gracia. Si observa la t\u00f3rah, Israel mostrar\u00e1 que ha sido \u2020\u0153justificado\u2020\u009d por Dios: \u2020\u0153Esta ser\u00e1 nuestra justicia (ante Dios): guardar y poner en pr\u00e1ctica \u00ed\u00adntegramente estos mandamientos en presencia del Se\u00f1or, nuestro Dios, como \u00e9l nos lo ha ordenado\u2020\u009d (Dt 6,25).<br \/>\nLa \u2020\u0153justicia\u2020\u009d se manifiesta de la manera m\u00e1s clara en la conducta social del individuo: \u2020\u0153Si haces alg\u00fan pr\u00e9stamo al pr\u00f3jimo, no entres en su casa para elegir la prenda, cualquiera que sea, sino que esperar\u00e1s fuera a que el deudor te saque la prenda. Si \u00e9ste fuera pobre, no retendr\u00e1s contigo la prenda ni siquiera una noche, sino que se la devolver\u00e1s a la puesta del sol, para que \u00e9l, al acostarse, pueda arroparse con su manto y te bendiga. Esta ser\u00e1 una buena acci\u00f3n (lit.: una justicia) a los ojos del Se\u00f1or, tu Dios\u2020\u009d<br \/>\nDt 24,10-13). La comuni\u00f3n con Dios se mantiene a trav\u00e9s de la fidelidad a su t\u00f3rah, que exige fidelidad social a la comunidad.<br \/>\n1676<br \/>\n6. La predicaci\u00f3n de los profetas preex\u00ed\u00adlicos.<br \/>\nEl profeta \/ Amos fue definido justamente como \u2020\u0153el profeta de la justicia. Efectivamente, denuncia a aquellos que convierten el derecho (mispat) en ajenjo y echan por tierra la justicia (sedaqah) (5,7; cf 6,12). El mispat y la seda qah son las columnas fundamentales de la convivencia comunitaria, el r\u00ed\u00ado de agua viva que parte de Dios y que es capaz, si es acogido, de sanear de nuevo a la sociedad, como sue\u00f1a Amos:<br \/>\n\u2020\u0153Quiero que el derecho (mispat) fluya como el agua, y la justicia (seda qah) como torrente perenne (5,24). El inocente, que es v\u00ed\u00adctima de la opresi\u00f3n de los poderosos, es llamado \u2020\u0153justo\u2020\u2122 (2,6; 5,12), ya que su pobreza y su miseria son una denuncia silenciosa, pero poderosamente concreta, de la injusticia. El pobre, injustamente pisoteado, es definido justo, ya que solamente de los pobres no culpables de violencia y opresi\u00f3n es de donde puede partir una renovaci\u00f3n de la sociedad y la instauraci\u00f3n de la justicia. Observemos que para Amos, como para los dem\u00e1s profetas, la \u2020\u0153justicia\u2020\u009d es un comportamiento que va m\u00e1s all\u00e1 del puro principio de \u2020\u0153darle a cada uno lo suyo\u2020\u009d o del puro \u2020\u0153dar y recibir, puesto que implica la compasi\u00f3n, la misericordia, la solidaridad, o sea, la fidelidad comunitaria.<br \/>\nPara \u00c2\u00a1 Oseas la justicia es el precio nupcial que paga Yhwh para unir consigo como esposa a Israel: \u2020\u0153Me casar\u00e9 contigo para siempre, me casar\u00e9 contigo en la justicia y el derecho, en la ternura y el amor; me casar\u00e9 contigo en la fidelidad, y t\u00fa conocer\u00e1s al Se\u00f1or\u2020\u009d (Os 2,21-22). El Dios justo paga, como precio nupcial, una ordenaci\u00f3n social saludable y vivificante para Israel, la justicia. La justicia es don de Dios y es la condici\u00f3n para la comuni\u00f3n con Dios y para la prosperidad social y econ\u00f3mica pac\u00ed\u00adfica de Israel.<br \/>\n\u00c2\u00a1Isa\u00ed\u00adas denuncia la corrupci\u00f3n de Jerusal\u00e9n, en otros tiempos ciudad fiel, pero que se ha convertido ahora en una meretriz (Is 1,21-27): \u2020\u0153iC\u00f3mo se ha prostituido la ciudad fiel, Si\u00f3n, tan llena de justicia! Moraba en ella el derecho: \u00c2\u00a1ahora, en cambio, asesinos!\u2020\u2122 (y. 21). La ciudad est\u00e1 ahora llena de asesinos, de ladrones, de pr\u00ed\u00adncipes corrompidos, que \u2020\u02dcno hacen justicia al hu\u00e9rfano ni atienden la causa de la viuda\u2020\u2122 (y. 23). Dios intervendr\u00e1 para hacer de nuevo justa a la ciudad, s\u00ed\u00admbolo de todo el pueblo de Israel: \u2020\u0153Har\u00e9 a tus jueces como eran y a tus consejeros como antes.. En adelante se te llamar\u00e1 ciudad de la justicia, ciudad fiel. Si\u00f3n ser\u00e1 redimida con el derecho, y sus convertidos con la justicia (y. 27). La justicia, o sea, la condici\u00f3n nueva en que Jerusal\u00e9n podr\u00e1 vivir pr\u00f3spera y feliz, no puede venir m\u00e1s que de Dios para aquellos que se conviertan, es decir, que se abran a acoger el don de la justicia.<br \/>\n1677<br \/>\n7. Profetas del p\u00e9r\u00ed\u00adodo babil\u00f3nico.<br \/>\n\/ Jerem\u00ed\u00adas denuncia la desaparici\u00f3n de la fidelidad comunitaria en el reino de Jud\u00e1, que se ha hecho todav\u00ed\u00ada m\u00e1s p\u00e9rfido que el reino tan corrompido del norte; en comparaci\u00f3n, \u00e9ste ahora resulta m\u00e1s justo (3,11). En Jer 9,22-23 leemos: \u2020\u0153Esto dice el Se\u00f1or: No presuma el sabio de su sabidur\u00ed\u00ada, no presuma el fuerte de su fuerza, no presuma el rico de su riqueza; quien quiera presumir, que presuma de esto: de tener inteligencia y conocerme, porque yo soy el Se\u00f1or, que hago misericordia, derecho y justicia en la tierra. S\u00ed\u00ad, esto es lo que me agrada -dice el Se\u00f1or-.<br \/>\nSon tres los posibles \u00ed\u00addolos del hombre: la sabidur\u00ed\u00ada, la fuerza y la riqueza; pero el verdadero valor es el conocimiento de Dios como aquel que crea relaciones humanas justas, estableciendo en la tierra la justicia.<br \/>\nLa corrupci\u00f3n social y la ausencia de justicia resuenan tambi\u00e9n en labios de \u00c2\u00a1Ezequiel (16,51-52). Pero Jerem\u00ed\u00adas afirma claramente que Dios es siempre justo (Jr 12,1). Y el profeta Sofon\u00ed\u00adas proclama que Dios es el \u00fanico sol de justicia para Israel: \u2020\u0153El Se\u00f1or es justo en medio de ella (Jerusal\u00e9n), no hace nada injusto; cada ma\u00f1ana dicta su sentencia, nunca falta al alba\u2020\u2122 (So 3,5).<br \/>\nEl establecimiento de una comunidad pr\u00f3spera y armoniosa es esperado para el futuro mesi\u00e1nico, ligado a la llegada de un rey justo: \u2020\u0153Vienen d\u00ed\u00adas -dice el Se\u00f1or- en que yo suscitar\u00e9 a David un vastago leg\u00ed\u00adtimo, que reinar\u00e1 como verdadero rey, con sabidur\u00ed\u00ada, y ejercer\u00e1 el derecho y la justicia en la tierra\u2020\u009d (Jr23,5). La convivencia comunitaria debidamente ordenada, la lealtad y la solidaridad aparecen como un don salv\u00ed\u00adfico del Dios justo. El mes\u00ed\u00adas futuro ser\u00e1 incluso llamado \u2020\u0153Se\u00f1or-nuestra-jus-ticia\u2020\u009d (Jr23,5).<br \/>\nAs\u00ed\u00ad pues, se fue haciendo cada vez m\u00e1s clara en los profetas la convicci\u00f3n de que una sociedad nueva, es decir, la justicia, no puede ser m\u00e1s que fruto de una intervenci\u00f3n salv\u00ed\u00adfica de Dios. Esto puede explicar la tendencia a identificar la justicia de Dios con su acci\u00f3n salv\u00ed\u00adfica, como en 1s45,19: \u2020\u0153Yo, el Se\u00f1or, predico la justicia y anuncio el derecho\u2020\u2122 (Is 46,12, \u2020\u0153Pr\u00f3xima est\u00e1 mi justicia, no est\u00e1 lejos, mi salvaci\u00f3n no tardar\u00e1). Cuando en el AT se le atribuye la justicia a Dios, se pone de relieve sobre todo el aspecto positivo de salvaci\u00f3n, m\u00e1s bien que el aspecto negativo-penal de castigo. En 2Ch 12,6 la derrota de Robo\u00e1n bajo el fara\u00f3n Sesac es atribuida al Se\u00f1or, que ha abandonado a Israel en manos del enemigo; pero el pueblo reconoce: \u2020\u0153Justo es el Se\u00f1or; es decir, reconoce que \u00e9l todav\u00ed\u00ada puede salvar y quiere salvar. La justicia de Dios est\u00e1 hecha de gracia y de fidelidad a las promesas (Dt 32,4, \u2020\u0153Todos sus caminos son la justicia misma; el Dios fiel, en \u00e9l no hay maldad; es justo y recto\u2020\u2122). Por eso las justicias (sedaqdt) de Dios para Israel son sus acciones salv\u00ed\u00adficas (Jc 5,11; IS 12,7). En los profetas solamente hay tres pasajes que parecen considerar la justicia de Dios como castigo por los pecados (Is 5,16, \u2020\u0153El Dios santo su santidad mostrar\u00e1 al hacer justicia; 10,22: \u2020\u0153La destrucci\u00f3n est\u00e1 decretada como plenitud de la justicia\u2020\u009d; \u2020\u0153El Se\u00f1or es justo en medio de ella, no hace nada injusto; cada ma\u00f1ana dicta su sentencia\u2020\u009d). Mir\u00e1ndolo bien, incluso en estos textos el castigo no es la \u00faltima palabra de Dios, sino que est\u00e1 en funci\u00f3n de una voluntad de salvaci\u00f3n; el castigo es una correcci\u00f3n disciplinar con vistas a la conversi\u00f3n y a la liberaci\u00f3n del pueblo.<br \/>\nEn todos los profetas, \u2020\u0153justicia\u2020\u009d equivale a plan salv\u00ed\u00adfico de Dios o a acci\u00f3n salv\u00ed\u00adfica. Dios no quiere m\u00e1s que la salvaci\u00f3n. El es justo porque salva (Is 45,21); si castiga, lo hace pensando siempre en la salvaci\u00f3n.<br \/>\nIsrael no es justo: m\u00e1s a\u00fan, est\u00e1 lejos de la justicia (Is 46,12); todo lo m\u00e1s, lo es alguna vez; pero pronto desaparecesu justicia \u2020\u0153como las DIAS del mar\u2020\u2122 (1s48,18).<br \/>\nEl tema de la justicia es dominante en el Segundo y en el Tercer Isa\u00ed\u00adas. Nos detendremos tan s\u00f3lo en un pasaje significativo: \u2020\u0153El Se\u00f1or quiere, por amor a su justicia, engrandecer y magnificar la ley (t\u00f3rah)\u2020\u009d( Is 42,21), es decir; instituir un nuevo orden social (t\u00f3rah). Este es el sue\u00f1o de Dios, su voluntad: que su acci\u00f3n salv\u00ed\u00adfica, dirigida a crear una sociedad nueva (justicia), se concrete en la historia visiblemente; por eso ha dado a Israel la t\u00f3rah, una ordenaci\u00f3n comunitaria nueva.<br \/>\n1678<br \/>\n8. El \u2020\u0153justo\u2020\u009d en los Salmos.<br \/>\nEn el libro de los Salmos es donde aparece m\u00e1s frecuentemente, y con diversos significados, la ra\u00ed\u00adz hebrea sdq. En la oraci\u00f3n s\u00e1lmica se entrecruzan a menudo la justicia divina y la humana.<\/p>\n<p>Para el orante, Dios mismo es la justicia: \u2020\u0153Cuando te invoco, t\u00fa me atiendes, oh Dios de mi justicia\u2020\u009d SaI 4,2). Yhwh es el \u00fanico rey perfectamente justo: \u2020\u0153El Se\u00f1or hace justicia y libera a todos los oprimidos\u2020\u009d SaI 103,6). Incluso \u2020\u0153los cielos proclaman su justicia\u2020\u009d (SaI 97,6). Y el salmista se hace eco de la voz de los cielos: \u2020\u0153Mi lengua anunciar\u00e1 entonces tu justicia y proclamar\u00e1 tu alabanza todo el d\u00ed\u00ada\u2020\u009d (SaI 35,28). En el canto de acci\u00f3n de gracias exclama el salmista: \u2020\u0153Pregon\u00e9 tu justicia a la gran asamblea, no he cerrado mis labios; t\u00fa lo sabes, Se\u00f1or. No he dejado de hablar de tu justicia, he proclamado tu lealtad y tu salvaci\u00f3n, no he ocultado tu amor y tu fidelidad ante la gran asamblea\u2020\u009d (SaI 40,10-11). Justicia es sin\u00f3nimo de lealtad, de fidelidad, de salvaci\u00f3n, de misericordia de Dios; es decir, es la salvaci\u00f3n, comunitaria que viene de Dios.<br \/>\nLa justicia divina es la fuente de una vida individual y comunitaria pr\u00f3spera, buena y feliz. Cuando es enviada por Dios a la tierra, produce vida y fecundidad (SaI 66,6-14), da la victoria sobre los enemigos SaI 48,11), concede al pueblo de Israel la capacidad de hacer reinar el derecho ylajusticia(5a199,4).<br \/>\nEl \u00e1mbito de la justicia creada por Dios no es solamente el individuo y su vida interior, sino su existencia en la comunidad y sus relaciones con los dem\u00e1s hombres. Dios act\u00faa con su justicia, que es la voluntad eficaz de crear la comunidad de su pueblo, y le da a Israel la capacidad de ser fiel a la comunidad. El \u00e1mbito de la justicia es m\u00e1s amplio que el que circunscriben las leyes. As\u00ed\u00ad pues, el salmista presupone que el hombre no es capaz por s\u00ed\u00ad solo de construir la comunidad y de tener una vida justa sin la intervenci\u00f3n de la justicia divina. La justicia divina equivale, por tanto, a la salvaci\u00f3n que Dios realiza para el hombre tanto en el \u00e1mbito individual como comunitario. Cuando Dios es llamado \u2020\u0153justo juez\u2020\u009d (SaI 9,9; SaI 96,13; SaI 98,9), se desea expresar no tanto una justicia distributiva cuanto m\u00e1s bien la funci\u00f3n regia que Dios ejerce liberando a los d\u00e9biles, a los oprimidos, a los pobres. Dios es justo porque ayuda, porque es ben\u00e9volo y misericordioso, porque libera y da la victoria, porque salva y hace a los hombres capaces de ser justos, i Es frecuente en los salmos la protesta del salmista que se declara justo delante de Dios. \u2020\u0153La desenvoltura con que los orantes afirman continuamente que han observado todos los mandamientos y con que utilizan el atributo de saddiq refiri\u00e9ndolo a ellos,mismos es realmente asombrosa\u2020\u009d (G. von Rad). \u2020\u0153Los salmistas no pretenden hacer un examen de conciencia y demostrar que son justos frente a Dios, es decir, moralmente irreprochables. M\u00e1s bien se sit\u00faan a s\u00ed\u00ad mismos en la imagen del saddiq paradigm\u00e1tico\u2020\u009d (G. von Rad); afirman su firme voluntad de ser justos ante Dios o, mejor dicho, de que Dios los haga y los encuentre justos. Por eso \u2020\u0153justo\u2020\u009d tiende a ser equivalente de \u2020\u0153creyente\u2020\u009d (SaI 1,5-6; SaI 32,11; SaI 33,1 etc. ). Al proclamar que es justo, el salmista expresa la voluntad de acoger la justicia divina.<br \/>\n1679<br \/>\n9. LOS LIBROS SAPIENCIALES.<br \/>\nEn la literatura sapiencial se tiende a identificar \u2020\u0153justicia\u2020\u009d con \u2020\u0153sabidur\u00ed\u00ada\u2020\u009d. La sabidur\u00ed\u00ada es la cualidad caracter\u00ed\u00adstica del rey, del juez y del gobernante; por eso mismo el juez tiene que ser justo (Pr 8,15-16; Pr 16,13; Pr 31,9), como el rey; pero \u2020\u0153la justicia y el derecho\u2020\u009d son \u2020\u0153democratizados\u2020\u009d, es decir, se convierten en una funci\u00f3n de cada individuo frente a su pr\u00f3jimo (Pr 1,3; Pr2,9; Pr 8,20; Pr21,3). La \u2020\u0153justicia\u2020\u009d tiende a equivaler a la \u2020\u0153religiosidad\u2020\u009d (Pr 10,2; Pr 11,4-6; Pr 11,19), a la benevolencia (Si 3,34; Si 7,10; Si 12,3), a la piedad para con los padres (Pr\u00f3v 2,20; 3,33; 4,18).<br \/>\nEl libro de los! Proverbios identifica al justo con el sabio. El justo es generoso (21,26), no miente (13,5), se preocupa de los pobres (29,7), en el tribunal intenta defender al oprimido (18,5; 24,23-24). Tambi\u00e9n aqu\u00ed\u00ad \u2020\u0153justo\u2020\u009d es el que se muestra fiel a la comunidad con una actitud constructiva. Solamente la sabidur\u00ed\u00ada puede dar la capacidad de ser justos y de practicar la justicia. \u2020\u0153Por m\u00ed\u00ad -dice la sabidur\u00ed\u00ada- reinan los reyes y los pr\u00ed\u00adncipes decretan la justicia&#8230; Yo voy por las sendas de la justicia, por los senderos de la equidad\u2020\u009d Pr 8,15; Pr 8,20).<br \/>\nEl libro de ! Jb pone en discusi\u00f3n la justicia de Dios, entendida como la conducta con que Dios premia a los buenos y castiga a los malos, seg\u00fan la tesis de los amigos de Jb. Elifaz, por ejemplo, dice: \u2020\u0153,Te castiga acaso por tu piedad y entra en juicio contigo?\u2020\u009d (22,4). Dios castiga solamente al culpable. Frente a Dios la justicia del hombre es nula, sostiene Elih\u00fa: \u2020\u0153Si eres justo, \u00bfqu\u00e9 le das con ello? \u00bfQu\u00e9 recibe \u00e9l de tu mano? A un hombre igual que t\u00fa afecta tu maldad, a un hijo de hombre tu justicia\u2020\u009d (35,7-8). La justicia de Dios es desinteresada. Dios es \u2020\u0153maestro de justicia, a nadie oprime\u2020\u009d (37,23).<br \/>\nJb critica la justicia de Dios: \u2020\u0153iPor el Dios vivo, que me ha quitado mi derecho; por el Todopoderoso, que me amarga el alma!\u2020\u009d (27,2). Y proclamaren voz alta su propia justicia: \u2020\u0153De justicia me hab\u00ed\u00ada vestido y ella me cubr\u00ed\u00ada, la justicia era mi manto y mi turbante\u2020\u009d (29,14). Jb era la encarnaci\u00f3n de la justicia: ayudaba a los pobres, a las viudas, a los hu\u00e9rfanos, y defend\u00ed\u00ada la causa de los d\u00e9biles (29,11-17). Sin embargo, Jb se interroga: \u2020\u0153,C\u00f3mo frente a Dios puede tener raz\u00f3n el hombre?\u2020\u009d (9,2). Y a su vez Dios le interroga: \u2020\u0153,Es que quieres anular mi derecho (mispa ff1 Para justificarte, \u00bfme vas a condenar?\u2020\u009d (40,8). Dios rechaza el razonamiento de Jb, seg\u00fan el cual hay que acusar a Dios para justificar al hombre o acusar al hombre para justificar a Dios. En realidad, Dios es justo porque quiere salvar al hombre en su sabidur\u00ed\u00ada; pero lajusticia del hombre no es una autosalvaci\u00f3n independiente d\u00e9 Dios. Al final, Jb, que \u2020\u0153se ten\u00ed\u00ada por justo\u2020\u009d (32,1), se reconoce pecador y se arrepiente (42,6), reconociendo el misterio de lajusticia insondable de Dios.<br \/>\n1680<br \/>\nTodos los sabios, que reflexionan a partir de la observaci\u00f3n de la vida diaria, advierten la falta de justicia en el mundo. El m\u00e1s desencantado observador de la vida es \/ Qoh\u00e9let, que indica: \u2020\u0153Y he visto m\u00e1s debajo del sol: en el lugar del derecho-est\u00e1 el delito; yen el lugar de la justicia, la injusticia\u2020\u009d (3,16). El orden social est\u00e1 alterado y el sabio asiste impotente al imperio de la injusticia. Uno oprime al otro con su injusticia: \u2020\u0153Si ves en la regi\u00f3n al pobre oprimido, el derecho y lajusticia violados, no te sorprendas por eso; es que sobre una autoridad hay vigilando otra autoridad, y sobre \u00e9sta hay a\u00fan otras autoridades\u2020\u009d (5,7). La sociedad es una cadena de injusticias.<br \/>\nQoh\u00e9let se pregunta c\u00f3mo puede la justicia jactarse de un valor salv\u00ed\u00adfico o de una superioridad sobre la injusticia, siendo as\u00ed\u00ad que \u2020\u0153estas dos cosas he visto en mis d\u00ed\u00adas de vanidad: justo que perece a pesar de su justicia, e injusto que prolonga sus d\u00ed\u00adas a pesar de su injusticia\u2020\u009d (7,15). Y somete a verificaci\u00f3n la teor\u00ed\u00ada de la justicia-felicidad, es decir, que el justo es feliz y que el imp\u00ed\u00ado acaba mal, confront\u00e1ndola con la experiencia cotidiana. Pues bien, es evidente que tanto los justos como los malvados-necios mueren, y que incluso estos \u00faltimos viven m\u00e1s tiempo: \u2020\u0153Justo que perece a pesar de su justicia, e injusto que prolonga sus d\u00ed\u00adas a pesar de su injusticia\u2020\u009d (7,15). Todos mueren de la misma manera (3,20), tanto los sabios justos como los necios-injustos. \u00bfC\u00f3mo salir de este callej\u00f3n sin salida? Qoh\u00e9let ve s\u00f3lo una soluci\u00f3n: lo que importa es temer a Dios y evitar los dos peligros (cf 7,18), es decir, pensar que la felicidad est\u00e1 mec\u00e1nicamente vinculada a la justicia, y negarse a aceptar que hay un sentido en el mundo. El mundo tiene un sentido, hay una justicia; pero ese sentido y esajusticia se le escapan al hombre, porque s\u00f3lo los conoce Dios. El hombre tiene que aprender a fiarse de Dios y a recibir de \u00e9l lo que le concede en el momento presente.<br \/>\nTodo el libro de la \/ Sabidur\u00ed\u00ada est\u00e1 preocupado por el tema de la justicia (dikaiosyne), que es el tema central del libro. El t\u00ed\u00adtulo de la obra podr\u00ed\u00ada tomarse de Sg 1,1: \u2020\u0153Amad la justicia los que gobern\u00e1is la tierra\u2020\u009d. Ya en Pr 16,12 se dec\u00ed\u00ada: \u2020\u0153El rey debe odiar la injusticia, porque el trono est\u00e1 establecido en la justicia\u2020\u009d.<br \/>\nLa justicia va unida al recto pensamiento sobre Dios y a la b\u00fasqueda de su voluntad: \u2020\u0153Pensad del Se\u00f1or con rectitud, buscadle con sencillez de coraz\u00f3n\u2020\u009d (Sb 1,1). En efecto, \u2020\u0153el Se\u00f1or es justo y ama la justicia\u2020\u009d SaI 11,7). El que tiene de Dios una idea equivocada acaba amando la injusticia, y el que ama la injusticia acaba teniendo una idea equivocada de Dios (cf tambi\u00e9n Rm 1,18 respecto a los que \u2020\u0153detienen la verdad (la revelaci\u00f3n de Dios) con la injusticia\u2020\u009d). En efecto, \u2020\u0153conocerte a ti (Se\u00f1or) lleva a la justicia perfecta\u2020\u009d (15,3), que conduce a la inmortalidad: \u2020\u0153Reconocer tu poderes la ra\u00ed\u00adz de la inmortalidad\u2020\u009d (15,3). Aqu\u00ed\u00ad se encierra el jugo de todo el libro de la Sabidur\u00ed\u00ada: la sabidur\u00ed\u00ada hace conocer a Dios; el poder de Dios es fuente de justicia (\u2020\u0153Porque tu fuerza es el principio de tu justicia\u2020\u009d: 12,16); \u2020\u0153la justicia es inmortal\u2020\u009d (1,15). Ac aqu\u00ed\u00ad la tr\u00ed\u00adada fundamental y la secuencia sint\u00e9tica que se desarrolla en la Sabidur\u00ed\u00ada: sabidur\u00ed\u00ada-justicia-vida inmortal bienaventurada.<br \/>\nEl justo es aquel que posee la sabidur\u00ed\u00ada, es decir, el conocimiento de Dios (2,13). Por el contrario, el culto a los \u00ed\u00addolos sin nombre es principio, causa y fin de todo mal (14,27). Una comunidad o sociedad que no reconoce a Dios no puede tener otra ley que \u2020\u0153la fuerza\u2020\u009d (2,11), es decir, la violencia injusta. El justo est\u00e1 iluminado por la luz de la justicia (5,6); se reviste de la coraza de la justicia (5,18).<br \/>\nLa injusticia se va acumulando de generaci\u00f3n en generaci\u00f3n, dando lugar a una estructura injusta en el mundo (12,10-11), a una especie de fuerza insuperable. Pero Dios interviene dando lugar a la conversi\u00f3n, otorgando la sabidur\u00ed\u00ada, que es fuente de justicia. Por eso el Pseudo-Salom\u00f3n de la oraci\u00f3n de Sg 9 reconoce que es \u2020\u0153incapaz de conocer el derecho y las leyes\u2020\u009d (9,5) y pide el don de la sabidur\u00ed\u00ada divina para gobernar con justicia (9,12).<br \/>\nLa injusticia es la fuerza al servicio del ego\u00ed\u00adsmo; la justicia es el amor al servicio de la vida: \u2020\u0153Tienes misericordia de todos porque todo lo puedes, y pasas por alto los pecados de los hombres para llevarlos al arrepentimiento. T\u00fa amas todo lo que existe y no aborreces nada de lo que hiciste, pues \u2020\u0153si algo aborrecieras no lo habr\u00ed\u00adas creado. \u00bfY c\u00f3mo podr\u00ed\u00ada conservarse si no hubiese sido llamado por ti? Pero t\u00fa perdonas a todos, porque todo es tuyo, Se\u00f1or, que amas cuanto existe\u2020\u009d (Sb 11,23-26). Si en Dios la justicia es su amor poderoso que hace vivir y que perdona, la justicia humana no ser\u00e1 m\u00e1s que amor y perd\u00f3n rec\u00ed\u00adproco.<br \/>\n1681<br \/>\nIII. NUEVO TESTAMENTO.<br \/>\nTampoco en el NT es un\u00ed\u00advoco el concepto de justicia. Sigue estando presente la idea de ser fiel a la comunidad, pero tambi\u00e9n el sentido de justicia como observancia de la ley (idea desarrollada sobre todo por los fariseos, aunque ya presente en el AT). Sin embargo, es predominante la idea de justicia de Dios como salvaci\u00f3n.<br \/>\n1682<br \/>\n1. La predicaci\u00f3n de Jes\u00fas.<br \/>\n\u2020\u0153La exhortaci\u00f3n a la justicia en el sentido jur\u00ed\u00addico de la palabra no est\u00e1 en el centro del mensaje de Jes\u00fas. No encontramos en el evangelio ni normas sobre los deberes de justicia, ni una evocaci\u00f3n insistente de una clase de oprimidos, ni una presentaci\u00f3n del mes\u00ed\u00adas como juez \u00ed\u00adntegro\u2020\u009d (A. Descamps). Si embargo, el tema de la justicia es, al menos seg\u00fan Mateo, una palabra-clave de la predicaci\u00f3n de Jes\u00fas. Ser justo se identifica con hacer la voluntad del Padre (Mt 7,21; Mt 7,24; Mt 7,26), revelada en las palabras de Jes\u00fas. Pero remiti\u00e9ndonos a la par\u00e1bola de los dos hijos (Mt 21,28-31), nos preguntamos: \u2020\u02dc,Qui\u00e9n hace la voluntad del Padre?\u2020\u009d Jes\u00fas responde as\u00ed\u00ad: \u2020\u0153Os aseguro que los publ\u00ed\u00adcanos y las prostitutas entrar\u00e1n en el reino de Dios antes que vosotros. Porque Juan vino por el camino de la justicia y no cre\u00ed\u00adsteis en \u00e9l, mientras que los publ\u00ed\u00adcanos y las prostitutas han cre\u00ed\u00addo en \u00e9l. Pero vosotros, aun viendo esto, no os hab\u00e9is arrepentido ni cre\u00ed\u00addo en \u00e9l\u2020\u009d (Mt 21,31-32). Hacer la voluntad del Padre es creer en el anuncio del camino de la justicia, del que habla Jes\u00fas en el serm\u00f3n de la monta\u00f1a, y ponerlo en pr\u00e1ctica (Mt 5,6; Mt 5,10; Mt 5,20; Mt 6,1; Mt 6,33). El mismo Jes\u00fas cumple toda justicia (Mt 3,15), ya que realiza perfectamente el plan salv\u00ed\u00adfico de su Padre.<br \/>\nPues bien, p.ara Mt la justicia es querer vivir como Jes\u00fas en una sociedad nueva, en la que la regla es Jes\u00fas mismo. El \u2020\u0153camino de la justicia\u2020\u009d es por tanto una nueva ordenaci\u00f3n social, que se contrapone a todos los proyectos humanos de sociedad. La nueva sociedad de hermanos y hermanas de Jes\u00fas, los que hacen la voluntad del Padre (Mc 3,35), realiza la justicia, que Jes\u00fas sintetiz\u00f3 en el mandamiento del amor a Dios y al pr\u00f3jimo (Mt 22,37-40).<br \/>\nAs\u00ed\u00ad pues, en la perspectiva de Mt la justicia no es una virtud ni una exigencia \u00e9tico-legal, sino que indica el camino comunitario nuevo de aquellos que siguen a Jes\u00fas. Efectivamente, en Mt \u2020\u0153la justicia es un concepto resumido de todo lo que constituye precisamente la \u2020\u02dcreligi\u00f3n\u2020\u2122 de la comunidad que se ha separado ya del judaismo\u2020\u2122 (K. Berger). El dualismo justos-injustos equivale a la contraposici\u00f3n Iglesia- mundo. Pero la par\u00e1bola de la ciza\u00f1a muestra que el grano (Iglesia) y la ciza\u00f1a (mundo) crecen juntos, y solamente al final podr\u00e1 ser clara y definitiva la separaci\u00f3n. La Iglesia \u2020\u0153convive\u2020\u009d con el mundo, \u2020\u02dcconcrece\u2020\u009d con el mundo; pero no se identifica con \u00e9l.<br \/>\nMientras que en Marcos falta por\u2020\u2122 completo el concepto de justicia, en la obra de Lucas es caracter\u00ed\u00adstico el uso del adjetivo \u2020\u02dcjusto\u2020\u009d referido a Jes\u00fas, que es por excelencia \u2020\u0153el justo\u2020\u009d (Lc 23,47; Hch 3,14; Hch 7,52; Hch 22,14). Jes\u00fas es el m\u00e1rtir inocente, que da su vida por amor a Dios y a los hermanos: \u2020\u0153justo\u2020\u009d aqu\u00ed\u00ad significa ser fiel hasta la muerte a la comuni\u00f3n con Dios y con los propios hermanos. Pero tambi\u00e9n Zacar\u00ed\u00adas e Isabel son justos \u2020\u02dcante Dios, pues guardaban irreprochablemente todos los mandamientos y preceptos del Se\u00f1or\u2020\u009d (1,6). Tambi\u00e9n Sime\u00f3n (2,25) y Jos\u00e9 de Arimatea (23,50) son justos. Hasta un pagano como el centuri\u00f3n Cornelio es un \u2020\u0153var\u00f3n justo y temeroso de Dios\u2020\u2122(Hch 10,22). En todos estos casos la justicia implica una relaci\u00f3n con Dios.<br \/>\n1683<br \/>\n2. San Pablo.<br \/>\nEn el corpus de las cartas paulinas es central el tema de las relaciones entre justicia del hombre y justicia de Dios. La justicia de Dios, para \/ Pablo, no es el atributo por el que Dios le da a cada uno lo suyo, sino que es -en el sentido anticipado ya por el AT- la actividad salv\u00ed\u00adfica, misericordiosa y fiel de Dios por el hombre [1 Romanos III; \/ G\u00e1latas III].<br \/>\nLa justicia de Dios se revela plenamente en Jesucristo: \u2020\u02dcAhora, sin la ley, se ha manifestado la justicia de Dios, atestiguada por la ley y los profetas; justicia de Dios mediante la fe en Jesucristo, para todos los creyentes, sin distinci\u00f3n alguna\u2020\u009d (Rm 3,2 1-22). En Jesucristo, Dios ofrece al hombre la justicia, o sea, la salvaci\u00f3n.<br \/>\nPor consiguiente, la justicia de Dios es la salvaci\u00f3n divina ya presente en la existencia del cristianismo, aunque en esperanza todav\u00ed\u00ada, y que se cumplir\u00e1 solamente al final. Dios da y manifiesta su justicia entre los hombres que creen (Rm 1,17; Rm 3,21-22). El que no cree no se somete a la justicia divina: \u2020\u0153Pues no reconociendo la justicia de Dios y buscando establecer la justicia propia, no se sometieron a la justicia de Dios\u2020\u009d (Rm 10,3). La b\u00fasqueda de la justicia mediante la ley es un callej\u00f3n sin salida. Cristo ha puesto fin a ese camino humano de justicia, y al mismo tiempo Cristo es el fin al que lleva ese camino, porque \u00e9l da lo que la ley no pod\u00ed\u00ada dar, o sea, la justicia de Dios: \u2020\u0153Porque el fin de la ley es Cristo, para justificaci\u00f3n de todo el que cree\u2020\u009d (Rm 10,4). Cambia tambi\u00e9n as\u00ed\u00ad la visi\u00f3n de Dios: en el AT un Dios que exige, que premia y que castiga; en el NT un Dios que da y que perdona. Y cambia la manera de entender la religi\u00f3n:<br \/>\nen vez de las obras del fiel, la fe del creyente. Esta contraposici\u00f3n paulina tiene que entenderse en el contexto pol\u00e9mico de la diatriba de Pablo con los jud\u00ed\u00ados, y no como una representaci\u00f3n precisa del AT; \u00e9l quiere mostrar la novedad dada en Jesucristo.<br \/>\nLa justicia pertenece propiamente a Dios, el cual se la da a la humanidad mediante Jesucristo y en \u00e9l. Al obrar as\u00ed\u00ad, Dios demuestra su fidelidad a sus promesas a los padres (Rom 4,9ss) y no hace m\u00e1s que revelar lo que ya estaba \u2020\u0153atestiguado por la ley y los profetas\u2020\u009d (Rm 3,21), es decir, por el AT. Puesto que justicia es la acci\u00f3n salv\u00ed\u00adfica divina y don de Dios, se contrapone a la justicia que los hombres buscan de forma aut\u00f3noma.<br \/>\nAs\u00ed\u00ad pues, el hombre no puede hacer valer una justicia propia suya, conquistada con sus obras, sino que tiene que recibirla como don de Dios. Seg\u00fan la mentalidad del \/judaismo de los tiempos de Jes\u00fas y de Pablo, la justicia del hombre se obtiene mediante la observancia de los mandamientos y de la ley. Esta manera de pensar puede engendrar la convicci\u00f3n de que el hombre es el autor de su propia justicia Rm 10,3). Pablo, por el contrario, liga la justicia a la fe en Jesucristo: \u2020\u0153Decimos, pues, con raz\u00f3n, que el hombre es justificado pop la fe sin la observancia de la ley\u2020\u2122 (Rm 3,28; Rm 4,23; Ga 3,6). Creer en Jesucristo significa no jactarse de la \u2020\u0153posesi\u00f3n de mi justicia, la que viene de la ley\u2020\u2122, sino aceptar \u2020\u0153la que se obtiene por la fe en Cristo, la justicia de Dios, que se funda en la fe\u2020\u009d (Flp 3,9).<br \/>\nSer justos quiere decir creer en Jesucristo; recibir de \u00e9l el Esp\u00ed\u00adritu que obra de manera que los cristianos \u2020\u0153seamos en \u00e9l (Cristo) justicia de Dios\u2020\u009d (2Co 5,21), hombres nuevos, \u2020\u0153creados seg\u00fan Dios, en justicia y santidad verdadera (Ef 4,24). Por consiguiente, Dios no s\u00f3lo declara justos, sino que hace justos, mediante Jesucristo y el don del Esp\u00ed\u00adritu, a los que se adhieren a su Hijo por la fe.<br \/>\nLa fe que hace justos es la confianza total puesta solamente en Dios, como hizo Abrah\u00e1n (Rm 4); y, por tanto, tambi\u00e9n esperanza, que se apoya \u00fanicamente en \u00e9l. \u2020\u0153La esperanza en el amor supremo de Dios en Jesucristo es, por tanto, el verdadero \u00e9xodo de s\u00ed\u00ad mismo, para vivir de Dios y en Dios: comuni\u00f3n de vida y de amor, en el cual el hombre recibe el don de Dios, que es el mismo Dios como amor, y se abandona a Dios en el mismo acto de recibirlo; s\u00e9 somete en lo m\u00e1s profundo de s\u00ed\u00ad mismo a la gracia de Dios y, en el abandono completo de su existencia al misterio de Dios que nos reconcilia en Cristo, recibe el don de la justificaci\u00f3n\u2020\u009d (J. Alfaro).<br \/>\n1684<br \/>\nLa justicia de Dios se identifica, para Pablo, con la misericordia, como se ve por Rom 3,25: \u2020\u0153(Dios) puso de manifiesto su justicia al pasar pacientemente por alto los pecados del pasado, pero al presente la pone m\u00e1s a\u00fan demostrando que \u00e9l es justo y es quien justifica al que tiene fe en Jes\u00fas\u2020\u2122. Dios es justo en cuanto que quiere y puede hacer justos. Y ser justo es fruto de la muerte-resurrecci\u00f3n de Jes\u00fas, que libera del pecado (Rm 4,24-25): \u2020\u0153Con mucha m\u00e1s raz\u00f3n, justificados ahora por su sangre, seremos librados por \u00e9l del castigo\u2020\u009d (Rm 5,9).<br \/>\nLa justicia de Dios es la voluntad eficaz divina de una liberaci\u00f3n integral del hombre con vistas a una comuni\u00f3n con Dios y con los hermanos. Justificados, los cristianos forman una sociedad nueva y visible, el cuerpo de Cristo: \u2020\u0153Vosotros sois el cuerpo de Cristo, y cada uno por su parte es miembro de ese cuerpo\u2020\u009d ico 12,27); forman la esposa de Cristo (Ef 5,21-33).<br \/>\nComo cuerpo de Cristo y como esposa suya, la comunidad cristiana debe vivir nuevas estructuras de relaciones entre los cristianos y de \u00e9stos con el resto de la humanidad. En Rom 12,9-21, Pablo delinea concretamente la fisonom\u00ed\u00ada de la comunidad cristiana, en la que reina la justicia dada por Dios: \u2020\u0153Que vuestro amor sea sincero. Odiad el mal y abrazad el bien. Amaos de coraz\u00f3n unos a otros, como buenos hermanos; que cada uno ame a los dem\u00e1s m\u00e1s que a s\u00ed\u00ad mismo. No os ech\u00e9is atr\u00e1s en el trabajo, tened buen \u00e1nimo, servid al Se\u00f1or; alegres en la esperanza, pacientes en los sufrimientos, constantes en la oraci\u00f3n; socorred las necesidades de los creyentes, practicad la hospitalidad. Bendecid a los que os persiguen; bendecid, y no maldig\u00e1is. Alegraos con los que se alegran, llorad con los que lloran. Vivid en armon\u00ed\u00ada unos con otros. No se\u00e1is orgullosos, poneos al nivel de los humildes. No devolv\u00e1is a nadie mal por bien. Procurad hacer el bien ante todos los hombres. En cuanto de vosotros depende, haced todo lo posible por vivir en paz con todo el mundo. Queridos m\u00ed\u00ados, no os tom\u00e9is la justicia por vuestra mano; dejad que sea Dios el que castigue, como dice la Escritura: \u2020\u02dcYo har\u00e9 justicia, yo dar\u00e9 a cada cual su merecido\u2020\u2122. Tambi\u00e9n dice: \u2020\u02dcSi tu enemigo tiene hambre, dale de comer; si tiene sed, dale de beber; que si haces esto, har\u00e1s que se sonroje\u2020\u2122. No te dejes vencer por el mal; al contrario, vence el mal con el bien\u2020\u2122. Esta larga cita nos dispensa de referir otros muchos pasajes paulinos, en los que el ap\u00f3stol expresa claramente su convicci\u00f3n de que la justicia recibida de Dios tiene que manifestarse en una praxis renovada de la comunidad cristiana, pero tambi\u00e9n en una relaci\u00f3n singular del cristiano con los no creyentes. El compromiso fundamental del cristiano consiste en \u2020\u02dcno acomodarse a este mundo\u2020\u009d (Rm 12,2 ), es decir, a sus estructuras e ideolog\u00ed\u00adas, sino discernir la voluntad de Dios, es decir, qu\u00e9 es lo bueno. Al obrar as\u00ed\u00ad, los cristianos viven realmente no ya \u2020\u0153en la carne\u2020\u009d, o sea, de forma ego\u00ed\u00adsta e injusta, sino \u2020\u0153en el Esp\u00ed\u00adritu\u2020\u009d (Ga 5,13-25). La justicia es fruto del Esp\u00ed\u00adritu presente en el hombre y se expresa en amor, paz, gozo, longanimidad, bondad, benevolencia, confianza, mansedumbre, dominio de s\u00ed\u00ad mismo. Tanto a nivel individual como en cuanto comunidad cristiana en el mundo. Ante todo formando una comunidad que vive la justicia es como los cristianos hacen que reine la justicia de Dios en el mundo.<br \/>\nSigue todav\u00ed\u00ada en la concepci\u00f3n paulina el sentido hebreo de justicia como fidelidad a la comunidad, solidaridad, lealtad, pero con una fuerte acentuaci\u00f3n ontol\u00f3gica y una insoslayable referencia a la acci\u00f3n salv\u00ed\u00adfica de Dios en Jesucristo. La justicia de Dios es su amor liberador, que se nos ha dado mediante Cristo, en el Esp\u00ed\u00adritu, para hacer de nosotros una comunidad nueva de amor a Dios y a los hermanos. \u2020\u0153El (Cristo) es nuestra paz\u2020\u009d (Ef 2,14); \u00e9l reconcilia a la humanidad con su muerte y resurrecci\u00f3n, introduciendo en este mundo la justicia de Dios, haci\u00e9ndonos entrar en su cuerpo para formar la familia de los hijos de Dios y estableciendo la posibilidad de unas nuevas relaciones entre nosotros y con el \u2020\u0153mundo\u2020\u009d. Consiguientemente, cada uno de nosotros est\u00e1 involucrado en la justicia de Dios por el mundo.<br \/>\n1685<br \/>\n3. Otros escritos del NT.<br \/>\nPara 2P 3, 13 nosotros, los cristianos, \u2020\u0153seg\u00fan su promesa, esperamos unos cielos nuevos y una tierra nueva, en los que reinar\u00e1 la justicia\u2020\u009d. El mundo plenamente salvado ser\u00e1 un mundo en donde reinar\u00e1 la justicia, o sea, la comuni\u00f3n de los hombres entre ellos y con Dios. La instauraci\u00f3n plena del reino de la justicia implica la salvaci\u00f3n integral del hombre en su misma dimensi\u00f3n corporal de relaci\u00f3n con la comunidad humana y con el mundo.<br \/>\nSeg\u00fan la carta a los Hebreos, los cristianos poseen \u2020\u0153la doctrina de la justicia\u2020\u009d (5,13), puesto que creen en Jes\u00fas, que \u2020\u02dcam\u00f3 la justicia y odi\u00f3 la iniquidad\u2020\u009d (1,9). La justicia es una realidad escatol\u00f3gica, pero que ha entrado ya en el mundo por medio del justo, que es Jes\u00fas.<br \/>\nEn las cartas pastorales, la justicia tiende a convertirse en una virtud entre las dem\u00e1s, vinculada al amor fraterno y a la misericordia. Es una concepci\u00f3n que se refiere al sentido de dikaiosyne como \u2020\u0153limosna\u2020\u009d del judaismo helen\u00ed\u00adstico tard\u00ed\u00ado.<br \/>\n1686<br \/>\n4. Conclusi\u00f3n.<br \/>\nEn un intento de recoger sint\u00e9ticamente el mensaje b\u00ed\u00adblico, \u00bfpodemos encontrar una f\u00f3rmula breve para describir el contenido y el sentido de justicia? Como ya se ha visto, para la Biblia la justicia es la garant\u00ed\u00ada de un espacio de relaciones que edifican y conservan la comuni\u00f3n-comunidad de los hombres con Dios y entre s\u00ed\u00ad. Por tanto, la justicia de Dios coincide con su acci\u00f3n salv\u00ed\u00adfica, mediante la cual Dios crea su familia y la sociedad nueva de los que creen en \u00e9l, haci\u00e9ndolos justos, es decir, capaces de comuni\u00f3n, y liber\u00e1ndolos del pecado, que es ego\u00ed\u00adsmo y violencia, impedimento para la comuni\u00f3n con Dios y con los hermanos. Por tanto, la justicia entre los hombres no es s\u00f3lo cuesti\u00f3n del horno oeconornicus o politicus, sino un \u2020\u0153milagro\u2020\u009d de la gracia misericordiosa y liberadora de Dios. Los cristianos se comprometen en la actuaci\u00f3n de la justicia, dispuestos a ser para el mundo signo de justicia en la medida en que edifican de verdad la Iglesia como lugar y signo para el mundo de la presencia en la historia del Dios justo, que quiere la liberaci\u00f3n integral de los hombres. Todo el hombre, tanto en su interioridad como en su corporeidad (relaci\u00f3n con los dem\u00e1s y con el mundo), es decir, el hombre como \u2020\u0153esp\u00ed\u00adritu en el mundo\u2020\u009d, es el destinatario de la justicia divina. La liberaci\u00f3n del mundo de las injusticias y la esperanza en un mundo m\u00e1s justo, la solidaridad cristiana con los oprimidos y las v\u00ed\u00adctimas de la injusticia, tienen su ra\u00ed\u00adz en la fe en Cristo como actuaci\u00f3n de la justicia de Dios para el hombre y el mundo. Solamente a partir de Cristo le viene al hombre la capacidad y la esperanza de hacer al mundo m\u00e1s justo.<br \/>\n1687<br \/>\nBIBL.: Berger K., Justicia, en Sacrarnentum Mundi4, Herder, Barcelona 1977, 162-169; Cr\u00fcsemann F., Jahwes Gerechtigkeit (seda-qad-sedeq) im A T, en \u2020\u0153Evangelische Theologie\u2020\u009d 36 (1976) 427-450; Dacquino P., La formula \u2020\u0153Giustizia di Dio \u2020\u0153nei libri dell\u2020\u2122A T, en \u2020\u0153RBit\u2020\u009d 17 (1969) 103-119,365-382; Descamps ?., Les justes et la justice dans les \u00e9vanglles etie christianisme primitif, Lovaina 1950; Id, Justicia, en Vocabulario de Teolog\u00ed\u00ada B\u00ed\u00adblica, a cargo de X. 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El concepto comunitario de justicia en el AT<br \/>\nEl concepto veterotestamentario de Sedaqah (que en los LXX equivale generalmente a dikaiosyne), a diferencia de la j. en una concepci\u00f3n onto-teol\u00f3gica, no se orienta hacia normas permanentes del obrar humano, respecto de las cuales un hombre pudiera pasar por justo (cf. III). Sedaqah designa m\u00e1s bien &#8211; y esto vale de manera muy general para todo el AT &#8211; un obrar que, dentro de una relaci\u00f3n comunitaria, un socio concede a otro, y que constituye una y otra vez esta relaci\u00f3n y halla, por ende, sus normas en la existencia de la misma. Como el hombre est\u00e1 en distintas relaciones, hay diversos modos de j. que se conceden a los otros como base de la convivencia. Por eso, al concepto veterotestamentario de j. le falta tambi\u00e9n el car\u00e1cter negativo de la punici\u00f3n: el castigo de los culpables no entra en las cualidades del justo (con Cazelles, contra F. NStscher).<\/p>\n<p>Particularmente la idea de \u00abj. de Dios\u00bb, acu\u00f1ada en la apocal\u00ed\u00adptica y en Pablo, a la que en el AT corresponden las justicias de Dios como acciones salv\u00ed\u00adficas en Israel, sugiere que ya en la conducta interhumana la j. puede definirse como la acci\u00f3n de conceder a otro un espacio con un contenido positivo que le ayuda (a \u00e9l y, por ende, tambi\u00e9n al autor de la j.) a conservar la ->comunidad. De ah\u00ed\u00ad que, sin la j. de ambas partes, dirigida al socio o compa\u00f1ero, no haya comunidad posible. Esto tiene validez lo mismo para las comunidades de los hombres entre s\u00ed\u00ad, como para la comuni\u00f3n con Yahveh. Ser justo significa consiguientemente estar libre de culpa que perjudique a la comunidad; y justificar es el acto por el que el otro quita estos obst\u00e1culos (p. ej., Is 53, 11).<\/p>\n<p>En la relaci\u00f3n de los hombres entre s\u00ed\u00ad, j. puede desde luego designar la conducta con el inocente en el juicio (as\u00ed\u00ad en la serie prohibitiva de la \u00e9tica de estado: Ex 23, 6ss; cf. Dt 25, 1, donde el hifil de sadaq significa hacer que al inocente se le haga justicia, justificarlo). Pero el concepto va mucho m\u00e1s all\u00e1 del orden forense: se\u00f1aladamente al comienzo de las series sociales (p. ej., Ez 18, 5), la j. aparece junto con mispat para indicar la suma de la conducta social exigida con relaci\u00f3n a los que ocupan una posici\u00f3n inferior. Frente a estos grupos es adecuado, o sea, justo, un comportamiento que va m\u00e1s all\u00e1 del principio del mero tomar y dar, e incluye adem\u00e1s compasi\u00f3n y misericordia. El justo de la literatura sapiencial es el que se porta tan prudentemente con sus iguales e inferiores, que al fin puede tener la ganancia de su conducta. A \u00e9l se contra-pone a menudo en sentencias antit\u00e9ticas el \u00abmalo\u00bb, que es a la vez el imprudente, pues se comparan los caminos y los desenlaces de ambos. S\u00f3lo que los justos &#8211; as\u00ed\u00ad se ve claro en el curso de la evoluci\u00f3n teol\u00f3gica &#8211; han de ser recompensados con aquello que se tiene por la verdadera dicha; es decir, en el juda\u00ed\u00adsmo tard\u00ed\u00ado los justos no reciben riquezas sobre la tierra (con \u00e9stas son pagados los injustos), sino el galard\u00f3n escatol\u00f3gico o celeste.<\/p>\n<p>Si en los Prov el justo es el prudente que mira al desenlace inmanente de su esperanza, en los textos sometidos a la influencia cultual es el que mantiene la recta relaci\u00f3n con Yahveh, el que puede acercarse a su culto (Sal 15), el que recibe, consiguientemente, el t\u00ed\u00adtulo y la vida que Yahveh le promete (Ez 18, 9). Tambi\u00e9n la reputaci\u00f3n de la fe por j. (G\u00e9n 15, 6) pudiera ser una traslaci\u00f3n desde el \u00e1mbito de la ratificaci\u00f3n cultual (v. Rad). Un examen de la lealtad a los estatutos de la alianza otorgada por Yahveh sin duda se hizo en los participantes del culto ya colectivamente ya particularmente (Sal 24). Puesto que un hombre es o apto o no apto para el culto, no hay t\u00e9rmino medio entre j. e injusticia. Sobre todo en la literatura de los salmos hay frecuentes enunciados donde el justo es descrito en frases muy generales como el que se complace en las ordenaciones de Yahveh, sin que se citen mandamientos particulares (semejantemente en las par\u00e9nesis a los justos en el juda\u00ed\u00adsmo tard\u00ed\u00ado; cf. Sal 1 con los trozos paren\u00e9ticos de Hen [et]): el justo es proclamado bienaventurado no por lo que hace, sino por su suerte afortunada en conjunto. S\u00f3lo m\u00e1s tarde la j. es considerada en la literatura rab\u00ed\u00adnica, con un notable cambio de sentido, como la suma de los cumplimientos de ordenaciones particulares (D. Riissler). La apocal\u00ed\u00adptica, por el contrario, distingue con precisi\u00f3n entre justos e injustos (como Sab), y consuela a los justos con par\u00e9nesis sobre la necesidad de padecer ahora, previni\u00e9ndolos contra la apostas\u00ed\u00ada.<\/p>\n<p>Mientras que en la literatura posterior se refuerzan las dudas acerca de la posibilidad de una justicia de Israel delante de Dios (Sal 143, 1; Dan 9, 18), Yahveh mismo sigue siendo frente a Israel el justo por antonomasia. Ya en Jue 5, 11 (cf. 1 Sam 12, 7; Miq 6, 5; Sal 103, 6; Dan 9, 16) las obras salv\u00ed\u00adficas de Dios en favor de Israel se llaman \u00abpruebas de la j.\u00bb o actos justos de Yahveh. Esta j. de Yahveh no s\u00f3lo se coordina frecuentemetne con el concepto de hesed (\u00abfidelidad\u00bb, \u00abamor\u00bb, \u00abgracia\u00bb), sino que se manifiesta tambi\u00e9n en los mandamientos que Yahveh da a Israel, los cuales por eso son entendidos como medios de salvaci\u00f3n (Sof 3, 5; Sal 50, 6). De ah\u00ed\u00ad que la j. de Yahveh ya antes de los profetas sea sin\u00f3nima de la salvaci\u00f3n concedida por \u00e9l (v. Rad), y por cierto tambi\u00e9n con relaci\u00f3n al individuo.<\/p>\n<p>Finalmente, se ha observado muy poco hasta ahora que se habla frecuentemente de la j. en relaci\u00f3n con la realeza (1 Sam 24, 18; 26, 33; 2 Sam 8, 15; 1 Re 3, 6; 10, 9): la j. no es s\u00f3lo atributo o cualidad de reyes particulares, sino precisamente el trasunto del obrar adecuado a la condici\u00f3n real. Posiblemente hay aqu\u00ed\u00ad, en el \u00e1mbito de la teolog\u00ed\u00ada cortesana, una fuente decisiva de la idea veterotestamentaria de j., pues en la derivaci\u00f3n del culto, intentada hasta ahora, se desconoce a menudo que se trata frecuentemente de enunciados trasladados secundaria y s\u00f3lo anal\u00f3gicamente a Yahveh (Sal 89, 15; 97, 2; 85, 14; 89, 17). En el marco de la realeza sacra, la j. es originariamente la conducta conveniente para con Dios, los iguales y los inferiores. En Is 11, 1ss, el triunfo de la j. se atribuye particularmente al futuro descendiente de David. De ah\u00ed\u00ad que, tambi\u00e9n en Act 3, 14, se llame a Jes\u00fas el \u00absanto y justo\u00bb.<\/p>\n<p>2. La justicia en las teolog\u00ed\u00adas del NT<br \/>\nEn los conceptos de j. que aparecen en el NT se han amalgamado elementos procedentes del AT, del juda\u00ed\u00adsmo tard\u00ed\u00ado y de la filosof\u00ed\u00ada popular griega. Especialmente para Pablo y Mateo este concepto adquiri\u00f3 destacada importancia, en ambos de cara al pr\u00f3ximo fin o juicio. Seg\u00fan los dos autores, en este juicio se exige j. a los hombres, la cual puede alcanzarse mediante la decisi\u00f3n por el mensaje y la Iglesia de Jes\u00fas, que es la Iglesia de los justos; m\u00e1s concretamente, mediante la &#8211; fe y el -> bautismo. Con ello el hombre en principio ya no pertenece a los injustos, a no ser que demuestre por su conducta que no es a\u00fan justo, o que apostate. Pues hasta ahora la Iglesia de Jes\u00fas s\u00f3lo posee la j. en forma transitoria y oculta. Por eso en Mt lo mismo que en Pablo el cumplimiento de los mandamientos morales no es condici\u00f3n de la j., sino expresi\u00f3n de la j. adquirida por el bautismo, la cual debe ahora mantenerse para el juicio. As\u00ed\u00ad el juicio ciertamente tendr\u00e1 como criterio el cumplimiento de la -> ley (para Mt lo mismo que para Pablo, el cumplimiento de los mandamientos sociales); pero los justos son los que, en principio, fueron capaces de ese cumplimiento; en Mt, porque Jes\u00fas es maestro de j. para su Iglesia (->serm\u00f3n de la monta\u00f1a); en Pablo, porque la j. fue comunicada por el Pneuma de tal forma que \u00e9ste da como carisma el ->amor, que es precisamente el cumplimiento de la ley (1 Cor). Cierto que tambi\u00e9n Mt conoce ese car\u00e1cter de donaci\u00f3n de la j. (18, 23-25), pero \u00e9sta consiste principalmente en estar libre de pecado; mientras que en Pablo, por la idea del \u00abestar en Cristo\u00bb como un hallarse en la j. de Dios (2 Cor 5, 21, etc.) y particularmente por la idea de la inhabitaci\u00f3n del Pneuma, se recalca el aspecto de presencia, donaci\u00f3n y poder de la justicia.<\/p>\n<p>Para Pablo la cuesti\u00f3n sobre la relaci\u00f3n entre la j. exigida al hombre y la j. de Dios es constitutiva. Pablo toma de la apocal\u00ed\u00adptica la noci\u00f3n de j. de Dios (cf. tambi\u00e9n Dt 33, 21). Tambi\u00e9n para el ap\u00f3stol \u00e9sta es, no uno de los atributos de Dios, sino un don que se muestra en el obrar divino, una esfera c\u00f3smica creada por Dios (de un poder en el que son introducidos los justos. Esta esfera puede compararse como el Pneuma y es el orden de la ->salvaci\u00f3n concedida por Dios. Por esto los justos mismos se hacen \u00abj. de Dios en Cristo\u00bb (2 Cor 5, 21), y el nuevo ser, en cuanto determinado por un poder, es designado con el nombre del poder que lo determina (Stuhlmacher). Esta j. de Dios se revela en Cristo, y se revela frente a la injusticia de jud\u00ed\u00ados y gentiles, que puede demostrarse como tal por el criterio de la ley. Esa j. de Dios concedida a los hombres en Cristo no es otra cosa que la realizaci\u00f3n de la fidelidad de Dios a sus promesas hechas a los padres (Rom 4, 9ss). De ah\u00ed\u00ad que la j. s\u00f3lo pueda ser alcanzada por una fe, como la posey\u00f3 tambi\u00e9n Abraham (Rom 4), es decir, ahora, por la ->fe en Jesucristo.<\/p>\n<p>La combinaci\u00f3n de \u00abjusticia\u00bb y \u00abfe\u00bb la tom\u00f3 Pablo de G\u00e9n 15, 6 (otro pasaje del AT es \u00fanicamente Hab 2,4), y la tom\u00f3 porque, para \u00e9l, la j. de Dios, de una parte, es el cumplimiento de las promesas a los padres, y, de otra parte, el ap\u00f3stol tiene que unir inseparablemente este cumplimiento con la fe en Jesucristo. Ahora bien, a esta fe como camino para alcanzar la j. (seg\u00fan G\u00e9n 15, 6 la j. de Abraham, para Pablo la propia j. de Dios) se contrapone el camino tradicional de los jud\u00ed\u00ados, que quieren alcanzarlo por el cumplimiento de la ley. Esta ley, como posible camino de salvaci\u00f3n, est\u00e1 ligada al pueblo jud\u00ed\u00ado y, en cuanto don de Dios, significa una distinci\u00f3n en la historia de la ->salvaci\u00f3n; pero frente a la fe que ahora se exige es la tentaci\u00f3n de seguir la \u00abpropia\u00bb j. (Rom 10, 3; Flp 3, 9), a saber, la de buscarla por el camino exclusivamente jud\u00ed\u00ado de la ley. En cambio, en la j. por la fe se suprime precisamente la diferencia entre jud\u00ed\u00ados y gentiles, y as\u00ed\u00ad se muestra el camino universal de salvaci\u00f3n, \u00fanico que puede corresponder a la universal salvaci\u00f3n escatol\u00f3gica en Cristo. Por eso, ahora la j. de Dios se ha manifestado sin ley (Rom 3, 21). La justificaci\u00f3n se realiza concretamente por la muerte de Jes\u00fas, que tiene sobre todo la funci\u00f3n de quitar los pecados. Tambi\u00e9n en el AT la j. significaba exenci\u00f3n de pecado, pero eso dentro de una relaci\u00f3n social, y con ello designaba el car\u00e1cter \u00ed\u00adntegro de esta relaci\u00f3n. La posesi\u00f3n de la j. es calificada adem\u00e1s por la posesi\u00f3n del Pneuma y por la vida que procede de \u00e9ste (->justificaci\u00f3n).<\/p>\n<p>Respecto de los Evangelios, en Mc falta absolutamente la noci\u00f3n de j., mientras que en Lc (1, 75; Act 10, 35) aparece en la combinaci\u00f3n helen\u00ed\u00adstica con el temor de Dios (como trasunto de los deberes humanos), y designa en el conjunto de los pasajes lucanos la totalidad de la buena conducta moral humana como presupuesto para recibir el esp\u00ed\u00adritu. En Mt todos los pasajes donde aparece la j. son de origen redaccional. Tambi\u00e9n aqu\u00ed\u00ad j. es un concepto colectivo, con el que se indica todo lo que constituye la \u00abreligi\u00f3n\u00bb de la Iglesia, separada ya del juda\u00ed\u00adsmo. Se mantiene el esquema apocal\u00ed\u00adptico de la divisi\u00f3n en justos e injustos. Los injustos t\u00ed\u00adpicos son ahora los jud\u00ed\u00ados; entre ellos, los fariseos particularmente, por raz\u00f3n de su hipocres\u00ed\u00ada, no resistir\u00e1n el juicio ni recibir\u00e1n el galard\u00f3n celeste (5, 20; 6, 1). El hombre se hace justo por el bautismo, por el que recibe ya la plenitud de la j. (3, 15), la cual, sin embargo, est\u00e1 amenazada por la apostas\u00ed\u00ada. Seg\u00fan las ideas de la apocal\u00ed\u00adptica, los justos tienen que ser perseguidos necesariamente (5, 10, etc.). Este previo punto de partida es a la vez el trasfondo para antiguas interpretaciones de la muerte de Jes\u00fas como justo paciente (Sal 22 en la historia de la pasi\u00f3n; Mc 8).<\/p>\n<p>La j. de la Iglesia, precisamente frente al juda\u00ed\u00adsmo, es calificada por su referencia a la Basileia (Mt 6, 33) y se acredita como j. por el juicio venidero. Como dan a entender la par\u00e1bola de la ciza\u00f1a entre el trigo y otras semejantes, la j. de los justos est\u00e1 pensada s\u00f3lo partiendo del juicio. El agudo dualismo de justos e injustos no ha de entenderse en el sentido de criterios disponibles, pues dentro del mundo ambos grupos viven juntos. Pero aqu\u00ed\u00ad los justos son perseguidos, y as\u00ed\u00ad no s\u00f3lo se hace cada vez m\u00e1s clara su separaci\u00f3n de los injustos, sino que se prepara tambi\u00e9n la recompensa que ha de restablecer el equilibrio. A la recompensa en el juicio est\u00e1 igualmente referida la noci\u00f3n de j. en la carta de Santiago. La j. de Dios (1, 20) se dar\u00e1 un d\u00ed\u00ada como fruto (3, 18) por el obrar de los hombres (2, 23). Abraham no logr\u00f3 su j. s\u00f3lo por la fe, sino que \u00fanicamente tras el sacrificio de Isaac fue llamado amigo de Dios, y por primera vez aqu\u00ed\u00ad se cumpli\u00f3, consiguientemente, G\u00e9n 15, 6.<\/p>\n<p>En los restantes escritos del NT todav\u00ed\u00ada se halla en parte, lo mismo que en Pablo, la idea de j. como un \u00e1mbito de salvaci\u00f3n en el que son admitidos los que se salvan; as\u00ed\u00ad, seg\u00fan 2 Pe 3, 13, la j. habita en el cielo nuevo y la tierra nueva como bien salv\u00ed\u00adfico que los llena, y seg\u00fan 2 Pe 1, 1, la j. de Dios es un espacio dentro del cual ha sido concedida la fe en Dios y en Jesucristo. Entre los prodigios mencionados en Heb 11, la operaci\u00f3n de la j. sobre la tierra pertenece a las acciones especiales de los justos, las cuales son superiores al mundo y producen admiraci\u00f3n. Tambi\u00e9n en otros pasajes de Heb la j. est\u00e1 ordenada al mundo celeste. La \u00abpalabra de la j.\u00bb s\u00f3lo conviene a los perfectos (5, 13); el sumo sacerdote Jes\u00fas es el justo acabado que am\u00f3 la j. (1, 9), y a \u00e9l alude ya Melquisedec por su mero nombre. Como en Sant 3, 18, tambi\u00e9n en Heb 12, 11 la j. y la paz est\u00e1n unidas como bienes escatol\u00f3gicos que se condicionan mutuamente. As\u00ed\u00ad, para Heb, la j. es un poder y don escatol\u00f3gico que penetra en el mundo por Jes\u00fas y la fe en \u00e9l.<\/p>\n<p>Dentro de la tradici\u00f3n paulina se halla claramente 1 Pe 2, 24. El sacrificio del cuerpo de Cristo significa para los creyentes el alejamiento del pecado y la posibilidad de vivir para la j. Pero \u00e9sta no se entiende, como en Pablo, partiendo de la j. de Dios, sino, seg\u00fan se desprende del contexto, en un sentido que es ya (o \u00bftodav\u00ed\u00ada?) primariamente \u00e9tico. En las cartas pastorales, alej\u00e1ndose a\u00fan m\u00e1s de Pablo, la j. aparece como una virtud entre otras. Frecuentemente se resalta el practicar la j. (1 Jn; Ap; Tim 3, 5). En tal caso, el contenido de la j. queda indeterminado o se define m\u00e1s concretamente como amor fraternal y misericordia (apoyo en el uso ling\u00fc\u00ed\u00adstico de Sed\u00e1qah [limosna] en el juda\u00ed\u00adsmo tard\u00ed\u00ado; cf. dikaiosyne en Josefo). As\u00ed\u00ad, pues, en los escritos extrapaulinos, aparecen en primer t\u00e9rmino el practicar la j., su encuadramiento entre las virtudes y una deficiente o s\u00f3lo escasa uni\u00f3n con la j. de Dios, con la idea de j. como galard\u00f3n celeste (2 Tim 4, 2) o con la persona y la obra de Jes\u00fas (2 Pe; Ef 4, 24).<\/p>\n<p>BIBLIOGRAF\u00ed\u008dA: Th. Haring, 8matocr\u00f3vn 0E4&#8242; bei Paulus (T 1896); C. Cremer, Die paulinische Rechtfertigungslehre im Zusammenhang ihrer geschichtlichen Voraussetzungen (G\u00fc 21901)); F. Nlitscher, Die Gerechtigkeit Gottes bei den vorexilischen Propheten (Mr 1915); K. H. Fahlgren, Sedaka (Up 1932); A. Descamps, Les justes et la justice dans les \u00e9vangiles et le christianisme primitif (Lv 1950); M. J. Fiedler, Der Begriff &#038;xaioa6vri im Mt-Evangelium (Hl &#8211; Wittenberg 1951); K. Koch, sdq im AT (Hei 1953); \u00ed\u00addem, Wesen und Ursprung der \u00abGemeinschaftstreue\u00bb im Israel der K\u00f3nigszeit: ZEvE 5 (1961) 72-90; E. Kasemann, Gottes Gerechtigkeit bei Paulus: ZThK 58 (1961) 367-378-G. Strecker, Der Weg der Gerechtigkeit (GS 1962) ; C. M\u00fcller, Gottes Gerechtigkeit und Gottes Volk (GS 1964); P. Stuhimacher, Gerechtigkeit Gottes bei Paulus (G8 1965).<\/p>\n<p>Klaus Berger<br \/>\nII. El concepto teol\u00f3gico de justicia en el sentido de justificaci\u00f3n: Cf. ->justificaci\u00f3n, ->redenci\u00f3n, ->gracia.<\/p>\n<p>III. El concepto de justicia en filosof\u00ed\u00ada y en la teolog\u00ed\u00ada moral<br \/>\n1. Historia del problema<br \/>\nLa idea de la j. pertenece fundamentalmente a la esencia del hombre. Por eso su aspiraci\u00f3n &#8211; frecuentemente obscura e inconsciente &#8211; a la j. es indestructible. El concepto de j. estuvo anclado desde el principio en el \u00e1mbito religioso: cf., p. ej., PLAT\u00ed\u201cN, Gorgias 507b; Rep\u00fablica 1 331. Esto se pone de manifiesto tambi\u00e9n por los m\u00e1s antiguos textos b\u00ed\u00adblicos, que son los primeros testimonios de una revelaci\u00f3n sobrenatural, en los cuales la j. y la religi\u00f3n est\u00e1n estrechamente unidas. La j. es all\u00ed\u00ad un aspecto de la alianza entre Yahveh y su pueblo. \u00abCrey\u00f3 Abraham a Dios, y reput\u00f3sele por j.\u00bb (G\u00e9n 15, 6). En el libro de los Proverbios el \u00abjusto\u00bb es contrapuesto al imp\u00ed\u00ado (al malo, al necio) en sentido religioso (p. ej., Prov 10, 11.20s. 31s; 11, 10.23.31; 12, 3-13, 5; 13, 9.21.25; 15, 6-9.29; 28, 1, etc).<\/p>\n<p>La aspiraci\u00f3n a una j. salv\u00ed\u00adfica, superior a todas las posibilidades humanas, y la conciencia de que en la relaci\u00f3n de los hombres entre s\u00ed\u00ad y en la vida estatal debe reinar la j., no han sido capaces de liberar al hombre de una profunda inseguridad sobre la esencia y el sentido de la j. Ya los personajes de los di\u00e1logos de Plat\u00f3n aducen definiciones de la j. que, sobre la base de una postura hedonista, intentan deducirla en forma utilitarista o materialista del concepto de poder. Hemos de mencionar aqu\u00ed\u00ad el relativismo radical de Prot\u00e1goras, as\u00ed\u00ad como la concepci\u00f3n de que la j. es el resultado de un compromiso social, a trav\u00e9s del cual se impide un mal mayor. Arist\u00f3teles sabe evitar tales obscuridades y errores; su concepci\u00f3n humanista de la j. (en la Etica a Nic\u00f3maco) constituye el t\u00e9rmino final de un proceso de secularizaci\u00f3n del concepto de j. La escol\u00e1stica conserva la herencia aristot\u00e9lica, pero trasforma su esp\u00ed\u00adritu, en cuanto une la idea de j. con el pensamiento de una religi\u00f3n trascendente. Para la \u00e9tica del tomismo, aparte de la Escritura y Agust\u00ed\u00adn, tiene una importancia decisiva el estoicismo, transmitido a trav\u00e9s de fuentes romanas. En las bases intelectuales de Tom\u00e1s de Aquino se unen la fidelidad a la filosof\u00ed\u00ada aristot\u00e9lica y el estudio de las exigencias sociales de los padres de la Iglesia en su doctrina sobre el uso de los bienes terrestres.<\/p>\n<p>Posteriormente, por el proceso de secularizaci\u00f3n del pensamiento europeo en la ->ilustraci\u00f3n, la idea de j. vuelve a desprenderse de sus ra\u00ed\u00adces trascendentes. Las obscuridades y las perspectivas unilaterales del temprano pensamiento griego se presentan nuevamente, pero ahora en un estadio m\u00e1s adelantado y complejo de reflexi\u00f3n, en la forma adecuada al progreso filos\u00f3fico, que se caracteriza por los nuevos m\u00e9todos positivos de la ciencia. Mencionemos aqu\u00ed\u00ad sumariamente a Hobbes y a Nietzsche, as\u00ed\u00ad como el positivismo y el sociologismo del derecho a finales del siglo xix y principios del xx. Ante la falta de claridad en lo relativo al contenido del concepto de j., algunas direcciones tienden hacia un pleno relativismo axiol\u00f3gico. Por eso se explica la retirada hacia un concepto de j. puramente formal. Por razones de seguridad jur\u00ed\u00addica y por el car\u00e1cter universal del derecho, la j. es reducida a una postura no partidista por la que se reconoce a todos el mismo derecho; se renuncia a resolver el problema del \u00abderecho justo\u00bb, pues esta cuesti\u00f3n es considerada insoluble.<\/p>\n<p>Las faltas de claridad y los errores del pensamiento moderno con relaci\u00f3n al principio inalienable de la j. constituyen el trasfondo de la mentalidad capitalista, que impera en todo el siglo xix (cf. PABLO vr, Populorum progressio, n\u00c2\u00ba. 26). La concepci\u00f3n capitalista tuvo una repercusi\u00f3n deplorable en el concepto de j., pues en aqu\u00e9lla el \u00e1mbito econ\u00f3mico, que se rige por sus propias leyes aut\u00f3nomas, recibe un valor absoluto. El homo oeconomicus ve el \u00faltimo fin de su actividad en el m\u00e1ximo desarrollo cuantitativo de la econom\u00ed\u00ada. Esa \u00e9tica orientada por puros criterios econ\u00f3micos, conduce al pensamiento racionalista e individualista de la concepci\u00f3n pol\u00ed\u00adtico-liberal. El n\u00facleo de esta concepci\u00f3n de la vida econ\u00f3mica es el af\u00e1n de lucro, desprendido de toda exigencia que se deduzca de la idea de unidad y solidaridad de los hombres, del ordo amoris, de una fundamental actitud metaf\u00ed\u00adsica, \u00e9tica y religiosa. La econom\u00ed\u00ada es as\u00ed\u00ad un mundo que obedece a sus propias leyes naturales y no depende de ninguna otra norma. El individuo se acomoda con sus fuerzas de trabajo a este \u00aborden natural\u00bb orientado econ\u00f3micamente, siguiendo, de acuerdo con los principios del proceso econ\u00f3mico, solamente la ley del mayor lucro individual, que se rige por el principio de la racionalizaci\u00f3n y del c\u00e1lculo. La escuela \u00abcl\u00e1sica\u00bb cre\u00f3 las nuevas ciencias econ\u00f3micas, partiendo de una determinada concepci\u00f3n del mundo y de experiencias condicionadas hist\u00f3ricamente; con lo cual dio coherencia y l\u00f3gica al pensamiento capitalista y consum\u00f3 la separaci\u00f3n entre las relaciones econ\u00f3micas y toda norma moral superior a las leyes econ\u00f3micas.<\/p>\n<p>Dentro de esta concepci\u00f3n del mundo y de la vida es oprimida radicalmente toda idea de una j. social. La j. queda reducida a la conmutativa, la cual no conoce otra ley que la proporci\u00f3n en los acuerdos tomados, y est\u00e1 determinada exclusivamente por la oferta y la demanda, no poniendo, por lo dem\u00e1s, ning\u00fan l\u00ed\u00admite a la competencia individualista. La tarea del Estado consiste aqu\u00ed\u00ad \u00fanicamente en garantizar el juego de fuerzas individuales, asegurando el orden p\u00fablico y el cumplimiento de los contratos, pero permaneciendo absolutamente neutral frente al contenido de \u00e9stos. Esa es la idea de j. del capitalismo liberal. Los errores del \u00abpensamiento capitalista\u00bb y toda una serie de otros factores condujeron en un salto dial\u00e9ctico a la filosof\u00ed\u00ada de K. Marx y F. Engels. El ->marxismo mismo es una contradicci\u00f3n tr\u00e1gica entre un dinamismo mesi\u00e1nico, que aspira a realizar un reino de libertad y j., y un inmanentismo econ\u00f3mico-naturalista, en el que el atomismo mec\u00e1nico, sobre el cual descansa la concepci\u00f3n \u00abcl\u00e1sica\u00bb pura, es substituido por un ->materialismo hist\u00f3rico y dial\u00e9ctico, que destruy\u00f3 igualmente la idea trascendente de justicia. En este contexto hist\u00f3rico se halla la actual disputa sobre el concepto de justicia.<\/p>\n<p>2. El sentido religioso de la idea de justicia<br \/>\nEn el lenguaje b\u00ed\u00adblico la palabra j. reviste tanto un sentido \u00e9tico-religioso como un m\u00e1s amplio sentido teol\u00f3gico. J. es en primer lugar la propiedad que corresponde a una vida conforme con la voluntad de Dios (con su justo juicio). En el AT se va imponiendo progresivamente la persuasi\u00f3n de que esta j. \u00e9tica no puede lograrse por medios humanos, sino que es un don de Dios. Esa l\u00ed\u00adnea de pensamiento se sigue desarrollando en el NT, que es la gran revelaci\u00f3n de la gracia salv\u00ed\u00adfica, de la j. (cf. antes en I).<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n el concepto plat\u00f3nico de j. tiene un car\u00e1cter trascendente y originariamente religioso, aun cuando \u00e9ste se halle en un plano esencialmente distinto del de la revelaci\u00f3n sobrenatural de la \u00abj. de Dios\u00bb. El concepto plat\u00f3nico de j. est\u00e1 inmediatamente vinculado con la idea del bien supremo. La idea del &#8211; bien es para Plat\u00f3n el supremo principio, el principio de todo principio (cf. Rep\u00fablica vi 508b-510b). Es el logos de todas las cosas, no s\u00f3lo en el sentido de su fundamentaci\u00f3n l\u00f3gica, sino tambi\u00e9n como causa de su realidad y de su conocimiento. De ah\u00ed\u00ad que, seg\u00fan Plat\u00f3n, todo lo que es se halle esencialmente ordenado a un fin, que deriva inmediatamente de la idea del bien. Ese funcionalismo de la esencia hace que las cosas se formen en s\u00ed\u00ad mismas de tal manera que puedan conseguir su fin aut\u00e9ntico. Este principio estructural puede aplicarse tanto a naturalezas particulares como a las configuraciones sociales. Pero unas y otras pueden invertir su estructura y hacerse ineptas para el cumplimiento de su funci\u00f3n. En esta inversi\u00f3n y decadencia est\u00e1 para Plat\u00f3n el elemento de la injusticia, cuando se trata del hombre y del Estado. La j. es, seg\u00fan Plat\u00f3n, el equilibrio estructural entre el hombre (j. personal) y el Estado (j. pol\u00ed\u00adtica), equilibrio que es el garante para que ambos realicen sus funciones de la mejor manera posible, y por cierto, en armon\u00ed\u00ada con aquel orden que est\u00e1 determinado por la luz de la idea suprema del bien.<\/p>\n<p>3. Justicia religiosa y general.<\/p>\n<p>Como hemos visto, desde el principio existe la tendencia a identificar la idea de la j. con la absoluta rectitud religioso-moral y &#8211; en una concepci\u00f3n genuinamente religiosa, orientada hacia la historia de la revelaci\u00f3n &#8211; con una realizaci\u00f3n salv\u00ed\u00adfica de este bien en el hombre mediante una acci\u00f3n libre y justificante de Dios. Junto a esta tendencia existe otra que concibe la j. como una ->virtud especial, la cual se distingue cualitativamente de las otras virtudes. El lenguaje b\u00ed\u00adblico habla de j., no s\u00f3lo en el amplio sentido teol\u00f3gico expuesto en el apartado I, sino, en otros lugares, tambi\u00e9n refiri\u00e9ndose a una virtud especial, distinta de las dem\u00e1s virtudes. A veces j. significa, revelando un trasfondo jur\u00ed\u00addico, la conformidad con la norma legal (Prov 11, 4.19; 12, 28; 16, 8; Dt 1, 16; 16, 18; 25, 15). En los libros hist\u00f3ricos y prof\u00e9ticos j. equivale frecuentemente a la realizaci\u00f3n del derecho justo (Os 10, 12; Is 9, 6; 11, 4s; 16, 5; 32, 1; Jer 22, 3s; 23, 5; Ez 45, 9s; 2 Sam 8, 15; 1 Par 10, 9; 18, 14; 2 Par 9, 8). Jerem\u00ed\u00adas habla de la injusticia de las riquezas acumuladas a base de salarios injustos (Jer 22, 13ss).<\/p>\n<p>En este contexto de pensamientos los profetas en ciertos pasajes dan a los pobres oprimidos el nombre de \u00abjustos\u00bb (Am 2, 6; 5, 12; Is 1, 17.23; 3, 4s; Lam 4, 13); y lo mismo hace Sant 5, 6. Los libros sapienciales ense\u00f1an que la j. exige la rectitud en el comportamiento de los hombres entre s\u00ed\u00ad (Job 35, 8; Ecl 5, 7) y, concretamente, la rectitud en el oficio de juez (Eclo 45, 26). El t\u00e9rmino j. es usado tambi\u00e9n como sin\u00f3nimo de beneficencia (elemosyne) en los LXX: Tob 7, 6; 9, 6; 12, 9; 14, 9ss; Edo 3, 30). Esta identificaci\u00f3n de la j. con la beneficiencia (dar limosnas) alcanza gran importancia en los padres de la Iglesia (p. ej., BASILIO, Hom. in Lc. 12, 8, 7: PG 31, 276s; AMBROSIO, De Nabuthe 12, 53: CSEL 32, 498; PL 14, 747; CRIS\u00ed\u201cSTOMO, Hom 12 in Tim. 12, 4: PG 62, 562s; AGUST\u00ed\u008dN, Sermo 50, 2, 4: PL 38, 327; Ep. 153, 26: CSEL 44, 426; PL 33, 665). Tambi\u00e9n en algunos lugares del NT j. aparece como sin\u00f3nimo de una virtud entre otras (Act 24, 25, donde es citada junto a la continencia; 1 Tim 6, 11, junto con la piedad, la fe, el amor, la constancia y la mansedumbre; 2 Cor 9, 9s, como sin\u00f3nimo de beneficencia o limosna; Ap 19, 11, como virtud del justo juicio).<\/p>\n<p>Se plantea la cuesti\u00f3n de si pueden unificarse el amplio concepto religioso de j. y la idea de j. como una virtud especial. Arist\u00f3teles introdujo el concepto de j. legal (como j. integral y general que comprende todas las virtudes) y el de j. particular, que tiende a la igualdad de derechos de ciertas personas con relaci\u00f3n a un determinado bien (Etica a Nic\u00f3maco v 1129a 32-1131a 20). Ambas formas de j. est\u00e1n caracterizadas por el hecho de que se refieren al otro (ad alterum), la legal al bien com\u00fan, al Estado, y la particular a los individuos. La j. legal comprende todas las virtudes que pueden referirse al bien com\u00fan (j. integral), pero se distingue de la j. especial. El concepto aristot\u00e9lico de j. legal est\u00e1 totalmente secularizado, es una idea puramente pol\u00ed\u00adtica: la virtud del ciudadano que observa el derecho establecido del Estado. En la escol\u00e1stica el concepto de j. legal se funda en la idea de la ley eterna de Dios, de la cual participan todas las dem\u00e1s leyes. As\u00ed\u00ad contiene igualmente la virtud c\u00ed\u00advica de la fidelidad al derecho establecido, pero en su fundamentaci\u00f3n e importancia teol\u00f3gica va m\u00e1s lejos y pasa a ser de nuevo la j. en sentido amplio, determinada religiosamente. Pero se plantea la pregunta de por qu\u00e9 es llamada justicia. El camino para la soluci\u00f3n nos lo da un pensamiento frecuentemente formulado en los padres de la Iglesia: el hombre no se pertenece a s\u00ed\u00ad mismo, sino que pertenece a Dios; por tanto toda virtud es una devoluci\u00f3n a Dios. Ahora bien, Dios es un padre cuyo amor nos une a todos entre nosotros. En consecuencia los padres de la Iglesia exigen que contribuyamos al bien com\u00fan y sobre todo que ayudemos al pr\u00f3jimo necesitado y no consideremos nuestros bienes como una ->propiedad aut\u00e9ntica y exclusiva (cf. p. ej., Bern 19, 8 y Did 4,8: FUNI I 93 y 13; CLEMENTE ALEJANDRINO, Paedag. 2, 12: STXHLIN I 229; TERTULIANO, De patientia 7: CSEL 47, 11; PL 1, 1261; LACTANCIO, Div. Inst. 5, 14; 6, lls: CSEL 19, 445ss; PL 6, 596ss 671ss; BASILIO, Hom. tempore famis 8: PG 31, 324s; GREGORIO NISENO, De pauperibus amandis I: PG 46, 466; AMBROSIO, De officiis ministrorum 3, 3, 19: PL 16, 150; JER\u00ed\u201cNIMO, Ep. 120, 1: CSEL 55, 476s; PL 22, 984; CRIS\u00ed\u201cSTOMO, Hom. 10 in 1 Cor 3: PG 61, 86; AGUST\u00ed\u00adN, De Trinit. xiv 9, 12: PL 42, 1046; LE\u00ed\u201cN 1, Sermo 10, 1: PL 54, 164).<\/p>\n<p>4. Justicia general y especial<br \/>\nLa j. es siempre una disposici\u00f3n firme a dar a cada uno lo que le es debido (Tom\u00e1s, ST II-II q. 58 a. 1). En principio tambi\u00e9n hay una j. superior con car\u00e1cter religioso, que consiste en la entrega del hombre a Dios. Por eso todo ->pecado es realmente una injusticia (iniuria) contra Dios.<\/p>\n<p>En este \u00e1mbito no pueden separarse entre s\u00ed\u00ad la j. y el amor. Generalmente en el NT hay una dial\u00e9ctica existencial entre el ->amor (que en una forma sobrenatural est\u00e1 abierto a Dios y a la vez al pr\u00f3jimo [1 Jn passim]; cf. ->amor al pr\u00f3jimo) y la j. (el aut\u00e9ntico amor cumple toda j., y solamente el amor es en verdad capaz de cumplir adecuadamente la j. en la libertad del esp\u00ed\u00adritu). Con la j. en sentido religioso est\u00e1 estrechamente vinculada la j. general. Esta implica que todos est\u00e1n obligados a contribuir al bien com\u00fan de la humanidad entera (bajo todos sus aspectos), no habiendo aqu\u00ed\u00ad m\u00e1s l\u00ed\u00admite que la relaci\u00f3n equilibrada entre las propias necesidades y las de los dem\u00e1s (cf. 2 Cor 8, 13ss y los textos de los padres anteriormente citados). El objeto inmediato de la j. general (o social) es el ->bien com\u00fan del hombre (TOMAS, ST II-II q. 58 a. 5c).<\/p>\n<p>Por tanto la j. social tambi\u00e9n puede concretarse en la obligaci\u00f3n de j. frente a determinadas personas necesitadas de auxilio,sin que (excepto en el caso de extrema necesidad) a esta obligaci\u00f3n grave de j. corresponda en el individuo el derecho a proporcionarse por s\u00ed\u00ad mismo el bien que \u00e9l necesita, cuando no le asiste otro t\u00ed\u00adtulo que el de la j. social. La j. social va unida con la j. particular (el cumplimiento de la j. privada siempre es a la vez un acto de j. social), que se subdivide en la j. distributiva y la conmutativa. La j. distributiva es el recto reparto de los bienes y cargas surgidos por el trabajo com\u00fan entre los miembros de una comunidad. Queda lesionada cuando el reparto no corresponde a las posibilidades, necesidades y funciones, al sacrificio y a los m\u00e9ritos de cada ciudadano particular. La j. conmutativa (Tom\u00e1s de Aquino) en Arist\u00f3teles se llama \u00abcorrectiva\u00bb (t\u00f3 epanorthotik\u00f3n). Regula el intercambio de bienes entre personas privadas y, de manera muy general, su relaci\u00f3n mutua por lo que respecta a los bienes propios que corresponden a cada uno, cuando tales personas gozan de igualdad de derechos (Etica a Nic\u00f3maco V 1131b ss). El aut\u00e9ntico objeto inmediato de la j. particular es \u00abla propiedad de las personas privadas\u00bb (TOM\u00ed\u0081S, ST II-II q. 7; cf. 61, 1). Estos bienes se hacen objeto de la j. conmutativa en cuanto se hallan entrelazados con las necesidades de personas que entran en relaci\u00f3n mutua. La j. exige que las respectivas necesidades de ambas partes queden satisfechas en igual manera (Etica a Nic. V 1133a 19-1133b 10). Por otra parte la j. conmutativa, que s\u00f3lo puede determinarse de cara a la j. social (cf. Etica a Nic. viii 1159b 25-1160a 8), ha de complementarse en sus detalles particulares con la j. distributiva (Etica a Nic. v 1131b 27-32).<\/p>\n<p>5. Resumen<br \/>\nLas distintas formas de la j. deben considerarse como diversos aspectos de una exigencia fundamental, los cuales se unen distintamente en las circunstancias concretas. Vista en conjunto, la j. es el cumplimiento concreto en una situaci\u00f3n determinada de la exigencia fundamental de afirmar la dignidad y el derecho de la ->persona y de contribuir simult\u00e1neamente a la satisfacci\u00f3n de las necesidades de la humanidad. Juan xxiii (Mater et Magistra), que se refiri\u00f3 repetidamente a la exigencia de \u00abj. e igualdad\u00bb, ha resaltado este car\u00e1cter complejo de la j. en la situaci\u00f3n concreta. Y en ello coincide con la concepci\u00f3n de los padres de la Iglesia. En el mismo sentido se ha manifestado tambi\u00e9n el Vaticano II en la constituci\u00f3n pastoral Gaudium et spes sobre la Iglesia en el mundo de hoy (n \u00c2\u00b0 23-32, 63-72)). Cf. tambi\u00e9n doctrina social cristiana y cuesti\u00f3n social (en ->sociedad), as\u00ed\u00ad como ->solidarismo.<\/p>\n<p>BIBLIOGRAF\u00ed\u008dA: A. Brucculeri, La giustizia so-chile (R 1941); E. Brunner, Gerechtigkeit (Z 31947); D. Loenen, Dike. En hist.-semant. analyse van het Griekse gerechtigheidsbegrip (A 1948); E. Wolf, Rechtsgedanke und biblische Weisung (F 1948); H. E. Weber &#8211; E. Wolf, Gerechtigkeit und Freiheit (Mn 1949); E. Cahn, The Sense of Injustice (NY 1949); R. Briner, Zur Funktion der Gleichheit in der menschlichen Gerechtigkeit (Aarau 1949); P. Lachibze-Rey, Les id\u00e9es morales sociales et politiques de Platon (P 21951); G. Del Vecchio, La giustizia (R 41951); W. Sch\u00f3nfeld, Ober die Gerechtigkeit (Gh 1952); Tom\u00e1s de Aquino, Recht und Gerechtigkeit: DThA XVIII (comentario de A. F. Utz) (Graz &#8211; Hei 1953); H. %e\/set:, Was ist Gerechtigkeit? (W 1953); J. Newman, Foundations of Justice. A Historico-Critical Study in Thomism (Cork 1954); J. M. Fern\u00e1ndez, Justicia Social (Bogot\u00e1 1955); A. L. Palacios, La Justicia Social (B Aires 1955); H. H. Schrey &#8211; H. N. Walz, Gerechtigkeit in biblischer Sicht (Z 1955) (bibl.); P. Tillich, Liebe, Macht, Gerechtigkeit (T 1955); P. 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Monzel, La doctrina social cat\u00f3lica (Herder Ba I 1969, II 1972) ; L. Gordon, Justicia, sociedad y persona (Ma 1966).<\/p>\n<p>Jos\u00e9 Mar\u00ed\u00ada D\u00ed\u00adez Alegr\u00ed\u00ada<\/p>\n<p>K. Rahner (ed.),  Sacramentum Mundi. Enciclopedia Teol\u00cf\u0192gica, Herder, Barcelona 1972<\/p>\n<p><b>Fuente: Sacramentum Mundi Enciclopedia Teol\u00f3gica<\/b><\/p>\n<p>1. dike (divkh, 1349), primariamente costumbre, uso; vino a denotar lo que es recto; luego, una audiencia judicial; de ah\u00ed\u00ad, la ejecuci\u00f3n de una sentencia, \u00abpena\u00bb (2Th 1:9; Jud_7  \u00abcastigo\u00bb). En Act 28:4, \u00abjusticia\u00bb, se personifica, y denota a la diosa Justicia o N\u00e9mesis (lat., Justitia), estando convencidos los de Melita que ella estaba a punto de infringir la pena de muerte sobre Pablo por medio de la v\u00ed\u00adbora. En TR aparece tambi\u00e9n en Act 25:15  \u00abcondenaci\u00f3n\u00bb. V\u00e9anse CASTIGO, PENA.\u00c2\u00b6 2. dikaiosune (dikaiosuvnh, 1343) es el car\u00e1cter o cualidad de ser recto o justo. Se usa para denotar un atributo de Dios (p.ej., Rom 3:5), cuyo contexto muestra que \u00abla justicia de Dios\u00bb significa esencialmente lo mismo que su fidelidad, o veracidad, aquello que es consecuente con su propia naturaleza y promesas. Rom 3:25,26 habla de su justicia manifestada en la muerte de Cristo, que es suficiente para mostrar a los hombres que Dios ni es indiferente ante el pecado ni lo considera de manera ligera. Al contrario, demuestra aquella cualidad de santidad en El que tiene que hallar su expresi\u00f3n en su condena del pecado. \u00abDikaiosune se halla en los dichos del Se\u00f1or Jes\u00fas: (a) de todo aquello que es recto o justo en s\u00ed\u00ad mismo, de todo lo que se conforma a la voluntad revelada de Dios (Mat 5:6,10,20); (b) de todo aquello que ha sido se\u00f1alado por Dios para que sea reconocido y obedecido por el hombre (Mat 3:15; 21.32); (c) de la totalidad de las demandas de Dios (Mat 6:33); (d) de los deberes religiosos (Mat 6:1), distinguidos como el dar limosnas, el deber del hombre hacia su pr\u00f3jimo (vv. 2-4), la oraci\u00f3n, su deber para con Dios (vv. 5-15), el ayuno, el deber del dominio propio (vv. 16-18). \u00abEn la predicaci\u00f3n de los ap\u00f3stoles que se registra en Hechos este t\u00e9rmino tiene el mismo significado general. Igualmente en Jam 1:20; 3.18; en ambas ep\u00ed\u00adstolas de Pedro, las de Juan y Apocalipsis. En 2 Pedro 1.1: \u00abla justicia de nuestro Dios y Salvador Jesucristo\u00bb es el recto trato de Dios con el pecado y con los pecados sobre la base de la muerte de Cristo. \u00abLa palabra de justicia\u00bb (Heb 5:13), es probablemente el evangelio, y las Escrituras que contienen el evangelio, en el que se declara la justicia de Dios en todos sus aspectos. \u00abEste significado de dikaiosune, acci\u00f3n recta, es frecuente tambi\u00e9n en los escritos de Pablo, como en las cinco veces en que aparece en Rom_6; Eph 6:14, etc. Pero en la mayor\u00ed\u00ada de las veces lo usa para denotar el don de gracia de Dios a los hombres por el cual todos los que creen en el Se\u00f1or Jesucristo son introducidos a la correcta relaci\u00f3n con Dios. Esta justicia es inalcanzable por obediencia a ley alguna o por cualquier m\u00e9rito propio del hombre, o por cualquier otra condici\u00f3n que no sea la de la fe en Cristo \u2020\u00a6 El que conf\u00ed\u00ada en Cristo viene a ser \u00abjusticia de Dios en El\u00bb (2Co 5:21); esto es, viene a ser en Cristo todo aquello que Dios demanda que sea un hombre. Debido a que Abraham acept\u00f3 la Palabra de Dios, haci\u00e9ndola suya mediante aquel acto de la mente y del esp\u00ed\u00adritu que recibe el nombre de fe, y, como demuestra lo que sucedi\u00f3 posteriormente, someti\u00e9ndose a su control, por ello Dios lo acept\u00f3 como uno que cumpli\u00f3 todas sus demandas (Rom 4:3). \u00abDe la justicia no se dice que sea imputada al creyente excepto en el sentido en que la fe es imputada (\u00abcontada es el mejor t\u00e9rmino\u00bb) como justicia. Es claramente evidente que en Rom 4:6,11, \u00abjusticia contada\u00bb tiene que entenderse a la luz del contexto, \u00abfe contada por justicia\u00bb (vv. 3,5,9,22). En estos lugares, \u00abpor\u00bb es traducci\u00f3n de eis, que no significa \u00aben lugar de\u00bb, sino \u00abcon vistas a\u00bb. La fe as\u00ed\u00ad ejercida lleva al alma a una uni\u00f3n vital con Dios en Cristo, e inevitablemente produce rectitud de vida, esto es, conformidad a la voluntad de Dios\u00bb (de Notes on Galatians, por Hogg y Vine, pp. 246-247). 2. ekdikesis (ejkdivkhsi\u00bb, 1557), que se traduce \u00abjusticia\u00bb en Luk 18:7,8, significa venganza; v\u00e9ase VENGANZA. 3. dikaioma (dikaivwma, 1345) es la expresi\u00f3n concreta de la justicia; v\u00e9ase , A, N\u00c2\u00ba 2. Notas: (1) El t\u00e9rmino krisis, \u00abjuicio\u00bb, se traduce \u00abjusticia\u00bb en Luk 11:42; Act 8:33; v\u00e9ase JUICIO, A, N\u00c2\u00ba 1. (2) El verbo ekdikeo, castigar, se traduce con la frase verbal \u00abhacer justicia\u00bb en Luk 18:3,5; v\u00e9ase CASTIGAR, A, N\u00c2\u00ba 4, HACER JUSTICIA, VENGAR. (3) En Rev 18:28, el verbo krino aparece en una frase que, traducida lit.: es \u00abha juzgado vuestro juicio\u00bb, y que en la RVR se traduce \u00abos ha hecho justicia\u00bb. V\u00e9anse JUICIO, JUZGAR, B, N\u00c2\u00ba 1.<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario Vine Nuevo testamento<\/b><\/p>\n<p><p style=\"text-align: justify;\">La justicia es uno de los atributos comunicables de Dios, y que manifiesta su santidad. Las palabras traducidas por justicia son, <em>\u1e63\u04d9\u1e0f\u0101q\u0101h<\/em>, <em>\u1e63e\u1e0feq<\/em> y <em>dikaiosun\u0113<\/em>. Cuando se usa en relaci\u00f3n al hombre, la justicia se refiere al gobierno justo, a la conducta justa, o que cada uno reciba lo que merece, sea bueno o malo. La justicia <em>relativa<\/em> de Dios tiene que ver con su rectitud en s\u00ed mismo y por s\u00ed mismo; por su justicia <em>absoluta<\/em> se quiere dar a entender la rectitud por la cual \u00e9l se mantiene contra de todos los que violan su santidad. Por su justicia <em>rectora<\/em>, \u00e9l instituye leyes justas y establece penas y recompensas justas en contraste con su justicia <em>distributiva<\/em>, por la cual les reparte recompensas (justicia <em>remunerativa<\/em>, que manifiesta su amor) y castigos (justicia <em>retributiva<\/em>, expresi\u00f3n de su ira) justos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La excelencia moral de Dios hizo necesario el castigo de los pecadores o bien la expiaci\u00f3n por la que su condenaci\u00f3n ser\u00eda removida. El pecador estaba sin poder alguno para ofrecer satisfacci\u00f3n por su pecado; pero la justicia fue provista cuando Cristo, el representante del hombre, satisfizo todas las demandas de la ley y pag\u00f3 el precio del pecado en lugar del creyente, a fin de que, por medio de confiar en la justicia de Cristo, pudiera ser justificado por Dios. Por tanto, el evangelio es la buena nueva que a trav\u00e9s del Salvador, se satisfacieron los requerimientos de la justicia divina.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">V\u00e9ase tambi\u00e9n <em>Justo, Justificar<\/em>.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">BIBLIOGRAF\u00cdA<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\" start=\"188\">\n<li>Berkhof, <em>Reformed Dogmatics<\/em>, pp. 51\u201352; S. Charnock, <em>Existence and Attributes of God<\/em>, I, pp. 554\u2013556; II, pp. 181\u2013186; C. Hodge, <em>Systematic Theology<\/em>, I, pp. 416\u2013427; W. Shedd, <em>Dogmatic Theology<\/em>, I, pp. 365\u2013385; T. Dwight, <em>Theology<\/em>, I, pp. 192\u2013201; <a href=\"#_ftn1\" name=\"_ftnref1\">Crem<\/a>, pp. 190\u2013193; Girdlestone, <em>Synonyms of OT<\/em>, pp. 101, 158\u2013162; G. Quell and G. Schrenk, <em>Righteousness<\/em> (<em><a href=\"#_ftn2\" name=\"_ftnref2\">TWNT<\/a><\/em> material); E. Brunner, <em>Justice and the Social Order<\/em>, pp. 110\u2013124; N. Snaith, <em>Distinctive Ideas of OT<\/em>, pp. 51\u201378; H. Cazelles, <a href=\"#_ftn3\" name=\"_ftnref3\">RB<\/a>, 58:169\u2013188.<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">Burton L. Goddard<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"#_ftn4\" name=\"_ftnref4\"><\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\">Crem <\/a>Cremer\u2019s <em>Biblico-Theological Lexicon of NT Greek<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"#_ftnref2\" name=\"_ftn2\"><em>TWNT <\/em><\/a><em>Theologisches Woerterbuch zum Neuen Testament<\/em> (Kittel)<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"#_ftnref3\" name=\"_ftn3\">RB <\/a><em>Revue Biblique<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"#_ftnref4\" name=\"_ftn4\"><\/a>Harrison, E. F., Bromiley, G. W., &amp; Henry, C. F. H. (2006). <em>Diccionario de Teologi\u0301a<\/em> (342). Grand Rapids, MI: Libros Desafi\u0301o.<\/p>\n<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de Teolog\u00eda<\/b><\/p>\n<p><p style='text-align:justify;'><span lang=ES style=''>(I) (Heb. <\/span><span style=''>&#7779;e&#7695;eq<\/span><span lang=ES style=''>, <\/span><span style=''>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;&#257;q\u00e2<\/span><span lang=ES style=''>; <span style='text-transform:uppercase'>LXX<\/span> gr. y NT, <\/span><span style=''>dikaiosyn&#275;<\/span><span lang=ES style=''>). El heb. <\/span><span style=''>&#7779;e&#7695;eq<\/span><span lang=ES style=''> probablemente deriva de una ra\u00edz <etiqueta id=\"#_ftn781\" name=\"_ftnref781\" title=\"\">\u00e1r. que significa \u201cderechura\u201d, lo que lleva a la noci\u00f3n de una acci\u00f3n que se conforma a una norma. Hay, sin embargo, una riqueza considerable en el concepto b\u00edblico de este t\u00e9rmino, y r<\/etiqueta>esulta dif\u00edcil traducir las palabras heb. o gr. correspondiente mediante un solo equivalente castellano. Un ingrediente b\u00e1sico de la idea veterotestamentaria de la justicia es el de la relaci\u00f3n, tanto entre Dios y el hombre (Sal. 50.6; Jer. 9.24), como entre hombre y hombre (Dt. 24.13; Jer. 22.3).<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>Referido a relaciones entre los hombres, la acci\u00f3n justa es aquella que cumple los requisitos de la relaci\u00f3n y, en un sentido m\u00e1s general, promueve el bienestar y la paz de la comunidad (1 S. 24.17; Pr. 14.34). Por consiguiente est\u00e1 vinculada, en sentido forense, con la justicia en el sentido de II, inf., aunque aun entonces la idea es menos la de conformidad a alguna norma legal formal que la noci\u00f3n fuertemente \u00e9tica de acci\u00f3n que se ha de sostener legalmente por cuanto promueve el bienestar comunitario (Dt. 1.16; Am. 5.7). En el per\u00edodo prof\u00e9tico la justicia ya incluye la idea de ayudar al pobre y al necesitado (Dn. 4.27; Am. 5.12, 24), y por consiguiente las limosnas (Mt. 6.1s).<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>Cuando pasamos de las relaciones entre los hombres a aquellas entre Dios y los hombres (aunque seguramente esta distinci\u00f3n es m\u00e1s bien formal, ya que el pensamiento de Dios probablemente nunca estaba ausente del todo cuando el hebreo usaba la palabra <\/span><span style=' '>&#7779;e&#7695;eq<\/span><span lang=ES style=''>) la justicia supone una relaci\u00f3n correcta para con la voluntad de Dios, que se expresaba e interpretaba particularmente por medio del pacto de Israel con Dios. La acci\u00f3n justa es, por ende, la acci\u00f3n que surge de la elecci\u00f3n que en su gracia Dios hizo en cuanto a Israel y que concuerda con la ley del pacto (Dt. 6.25; Ez. 18.5\u20139). Dios mismo es justo (2 Cr. 12.6; Sal. 7.9), y por lo tanto se puede confiar en que \u00e9l ha de actuar de conformidad con los t\u00e9rminos de su relaci\u00f3n con Israel. Dios es, por lo tanto, un juez justo que obra a favor de su pueblo (Sal. 9.4; Jer. 11.20), y de cuya justicia depende ese pueblo para su liberaci\u00f3n y vindicaci\u00f3n (Sal. 31.1; Jer. 11.20).<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>As\u00ed surge la fusi\u00f3n de las nociones de justicia y salvaci\u00f3n. Dios es \u201cDios justo y [por lo tanto] Salvador\u201d (Is. 45.21; cf. Sal. 36.6; Is. 61.10). Para el AT Dios es el Creador y por lo tanto es el fundamento y la garant\u00eda del orden moral. Su justicia est\u00e1, por consiguiente, \u00edntimamente relacionada con otros atributos morales m\u00e1s generales, tales como su santidad. El Creador, sin embargo, es tambi\u00e9n el Redentor, y su justicia se interpreta por su actividad redentora. Mas todav\u00eda, la experiencia que Israel ten\u00eda de la justa liberaci\u00f3n de Dios en el pasado lo llev\u00f3 a la expectativa de un acto salv\u00edfico futuro. El gobernador mesi\u00e1nico venidero aparece como receptor e instrumento especial de la justicia divina (Sal. 72.1s; Is. 11.3\u20135; 32.1\u201320; Jer. 23.5). \u201cJusto\u201d es t\u00edtulo mesi\u00e1nico (Is. 53.11; cf. Hch. 3.14; 7.52; 22.14). El NT usa el t\u00e9rmino justicia en el sentido de conformidad con las demandas y obligaciones de la voluntad de Dios, la llamada \u201cjusticia de la ley\u201d (G\u00e1. 3.21; Fil. 3.6, 9; cf. Tit. 3.5). Los logros humanos en cuanto a justicia se ven en ciertos momentos como algo relativamente positivo (Lc. 1.6; 2.25; Mt. 5.20), pero al final estos logros por parte de los hombres no alcanzan el nivel de una verdadera conformidad con la voluntad divina (Ro. 3.9\u201320; Lc. 18.9\u201314; Jn. 8.7). En contraste con esta injusticia humana se yergue la justicia de Dios (Ro. 1.17), la que, en consecuencia con el entendimiento veterotestamentario, transmite el concepto del socorro activo del hombre por parte de Dios en el milagro de su gracia. Esta justicia es proclamada por Jes\u00fas como un don para aquellos a quienes se concede el reino de Dios (Mt. 5.6). Por la fe en Jesucristo y su obra de expiaci\u00f3n el hombre, a pesar de ser pecador e injusto, recibe la justicia de Dios, e. d. se le concede una relaci\u00f3n verdadera con Dios, que comprenda el perd\u00f3n de todo pecado y una posici\u00f3n moral nueva ante Dios, en uni\u00f3n con Cristo, \u201cel Justo\u201d (Ro. 3.21\u201331; 4.1\u201325; 10.3; 1 Co. 1.30; 2 Co. 5.21; Fil. 3.9). Al resolver todas las consecuencias del pecado y la injusticia del hombre (tanto hacia Dios como hacia el hombre) en la cruz, Dios al mismo tiempo mantiene el \u00fanico orden moral en el que puede tener comuni\u00f3n con el hombre y, adem\u00e1s, en su gracia libera al necesitado (Ro. 3.26). El don de la justicia de Dios comprende el ingreso en el nuevo reino de la salvaci\u00f3n divina, el don de la vida eterna bajo el reinado de Dios (Ro. 6.12\u201323; 2 Co. 6.7, 14; Fil. 1.11; Ef. 4.24). De all\u00ed que la justicia extr\u00ednseca imputada a trav\u00e9s de la cruz encuentra expresi\u00f3n inevitable en la justicia intr\u00ednseca de una vida que de un modo nuevo se ajusta a la voluntad de Dios, aun cuando la realizaci\u00f3n \u00faltima de esta conformaci\u00f3n tenga que esperar la consumaci\u00f3n del reino (1 Jn. 3.2; Fil. 3.12\u201314; 1 Co. 13.12s; 2 P. 3.11\u201313). (* <span style='text-transform: uppercase'>Justificaci\u00f3n<\/span> )<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=';text-transform:uppercase'>Bibliograf\u00eda.<\/span><span lang=ES style=''> A. Nygren, <i>La ep\u00edstola a los romanos<\/i>, 1969; G. Bornkamm, <i>Pablo de Tarso<\/i>, 1979; H. Ridderbos, <i>El pensamiento del ap\u00f3stol Pablo<\/i>, 1979, pp. 178ss; M. Williams, <i>La justicia de Dios<\/i>, 1977; H. Seebass, <i>\u00b0DTNT<\/i>, t(t). II, pp. 404\u2013411; G. Liedke, \u201cSer fiel a la comunidad\u201d, <i>\u00b0DTMAT<\/i>, t(t). II, cols. 639\u2013668; G. von Rad, <i>Teolog\u00eda del Antiguo Testamento<\/i>, 1978, t(t). I, pp. 453ss; P. Blaser, \u201cJusticia\u201d, <etiqueta id=\"#_ftn782\" name=\"_ftnref782\" title=\"\"><i>\u00b0DTB<\/i><\/etiqueta>, 1967, cols. 542\u2013557.<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>G. Schrenk, en <i>TDNT <\/i>2, pp. 192\u2013210; N. Snaith, <i>Distinctive Ideas of the Old Testament<\/i>, 1944; J. Denney, <i>Romans en EGT<\/i>, 1; id., <i>The Death of Christ<\/i>, reimpreso en 1951; A. Nygren, <i>Commentary on Romans<\/i>, <etiqueta id=\"#_ftn783\" name=\"_ftnref783\" title=\"\">trad. ing. 1952; G. Ropp, <\/etiqueta><i>The Righteousness of God<\/i>, 1953; H. Seebass, C. Brown, en <i>NIDNTT <\/i>3, pp. 352\u2013377.<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal align=right style='text-align:right;line-height:normal'><span lang=ES style='font-family:\"Tahoma\",sans-serif'>&#65279;<\/span><span lang=ES style='font-size:10.0pt;;color:green'>B.A.M.<\/span><span lang=ES style='font-family:\"Tahoma\",sans-serif'>&#65279;<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>(II). El t\u00e9rmino \u201cjusticia\u201d aparece en el AT como traducci\u00f3n de <\/span><span style=''>mi\u0161p&#257;&#7791;<\/span><span lang=ES style=''>, la regla que deb\u00eda guiar a los *jueces; tambi\u00e9n traduce los vocablos <\/span><span style=''>&#7779;e&#7695;eq<\/span><span lang=ES style=''> y <\/span><span style=''>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;&#257;q\u00e2<\/span><span lang=ES style=''> (v\u00e9ase <b>I<\/b>, <etiqueta id=\"#_ftn784\" name=\"_ftnref784\" title=\"\">sup.). Cuando <\/etiqueta><\/span><span style=''>mi\u0161p&#257;&#7791;<\/span><span lang=ES style=''> y <\/span><span style=''>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;&#257;q\u00e2<\/span><span lang=ES style=''> aparecen juntas, <\/span><span lang=ES style='font-size:10.0pt;; color:green;text-transform:uppercase'>\u00b0vrv2<\/span><span lang=ES style=''> traduce la frase como \u201cjusticia y equidad\u201d, o \u201cjusticia y juicio\u201d p. ej. 2 S. 8.15; cf. Gn. 18.19). La expresi\u00f3n hacer justicia (a alguien)\u201d aparece dos veces, y se ha tomado de la ra\u00edz verbal heb. correspondiente, <\/span><span style=''>&#7779;&#257;&#7695;aq<\/span><span lang=ES style=''>, causativo, que significa \u2018declarar justo a alguien\u2019 (2 S. 15.4; Sal. 82.3). En forma similar, el adjetivo <\/span><span style=''>&#7779;add&#305;&#770;q<\/span><span lang=ES style=''>, \u2018justiciero\u2019, se traduce m\u00e1s de 40 veces por medio del adjetivo \u201cjusto\u201d. En el NT el sustantivo \u201cjusticia\u201d representa los vocablos <\/span><span style=''>krisis<\/span><span lang=ES style=''>, \u2018juicio\u2019, y <\/span><span style=''>dikaiosyn&#275;<\/span><span lang=ES style=''>, \u2018justicia\u2019. En <\/span><span lang=ES style='font-size:10.0pt;; color:green;text-transform:uppercase'>\u00b0vrv2<\/span><span lang=ES style=''> se traduce el adjetivo <\/span><span style=''>dikaios<\/span><span lang=ES style=''> como \u201cjusto\u201d.<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>Este concepto b\u00edblico de justicia exhibe, en forma generalmente cronol\u00f3gica, nueve etapas de desarrollo.<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>1. Etimol\u00f3gicamente parecer\u00eda que la ra\u00edz de <\/span><span style=''>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;&#257;q\u00e2<\/span><span lang=ES style=''>, al igual que la de su sustantivo relacionado, <\/span><span style=' '>y&#333;\u0161er<\/span><span lang=ES style=' '>, \u2018rectitud\u2019 (Dt. 9.5), significa \u2018derechura\u2019 en sentido f\u00edsico (<etiqueta id=\"#_ftn785\" name=\"_ftnref785\" title=\"\"><i>BDB<\/i><\/etiqueta>, pp. 841).<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>2. Pero ya en la era patriarcal <\/span><span style=''>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;&#257;q\u00e2<\/span><span lang=ES style=''> tiene el significado abstracto de conformidad, por un determinado objeto o acci\u00f3n, con una norma aceptada de valores, p. ej. la \u201chonradez\u201d de Jacob al cumplir los t\u00e9rminos de su contrato con Lab\u00e1n (Gn. 30.33). Mois\u00e9s habla de balanzas, pesas, y medidas justas (Lv. 19.36; Dt. 25.15), e insiste en que los *jueces de Israel deben pronunciar \u201cjusto juicio\u201d (Dt. 16.18, 20). Argumentos que en realidad son cuestionables pueden parecer, a primera vista, \u201cjustos\u201d (Pr. 18.17); y se advierte al amo cristiano que haga lo que es \u201cjusto y recto\u201d con sus siervos (Col. 4.1). A los objetos inanimados tambi\u00e9n se los puede describir como <\/span><span style=''>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;eq<\/span><span lang=ES style=''>, si cumplen las normas apropiadas. La frase \u201csendas de <\/span><span style=''>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;eq<\/span><span lang=ES style=''>\u201d (Sal. 23.3), por ejemplo, designa sendas por las que se puede transitar.<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>3. Dado que la m\u00e1s elevada norma para la vida se deriva del car\u00e1cter de la deidad, la \u201cjusticia\u201d, desde los tiempos de Mois\u00e9s en adelante (cf. Dt. 32.4), sirve para distinguir lo que concuerda con la voluntad de Dios y las actividades resultantes de la misma. Los coros celestiales proclaman que \u201cjustos y verdaderos son tus caminos\u201d (Ap. 15.3). Al reconocer el car\u00e1cter definitivo de la voluntad del Se\u00f1or Job pregunta: \u201c\u00bfC\u00f3mo se justificar\u00e1 el hombre con Dios?\u201d (Job 9.2; cf. 4.17; 33.12). Pero aun cuando Dios no tiene que dar cuentas ante hombre alguno, sin embargo, siendo \u201cjusto y recto, a nadie oprime\u201d (37.23, <\/span><span lang=ES style='font-size:10.0pt; ;color:green;text-transform:uppercase'>\u00b0nbe<\/span><span lang=ES style=''>) ; porque las acciones del Dios que act\u00faa en armon\u00eda con sus propias normas son siempre justas y perfectas (Sof. 3.5; Sal. 89.14). Es as\u00ed que <\/span><span style=''>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;&#257;q\u00e2<\/span><span lang=ES style=''> puede describir la preservaci\u00f3n de la vida humana y animal por parte de Yahv\u00e9h (Sal. 36.6), o su disociaci\u00f3n de empresas vanas (Is. 45.19). En estos dos \u00faltimos vv. <\/span><span style=''>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;&#257;q\u00e2<\/span><span lang=ES style=''> se traduce \u201cjusticia\u201d, pero con mayor precisi\u00f3n deber\u00eda quiz\u00e1 traducirse \u201cregularidad\u201d o \u201cconfiabilidad\u201d.<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>4. Por una transici\u00f3n natural, \u201cjusticia\u201d viene a identificar as\u00ed aquella norma moral por medio de la cual Dios mide la conducta humana (Is. 26.7). Tambi\u00e9n los hombres deben \u201chacer justicia\u201d (Gn. 18.19) en la medida en que caminan con la deidad (Gn. 6.9; Mt. 5.48); \u201cporque no son los oidores de la ley los justos ante Dios, sino los hacedores de la ley ser\u00e1n justificados\u201d (o \u201cjustos\u201d, <\/span><etiqueta id=\"#_ftn786\" name=\"_ftnref786\" title=\"\"><span lang=ES style='font-size:10.0pt;;color:green; text-transform:uppercase'>\u00b0ci<\/span><\/etiqueta><span lang=ES style=' '>) (Ro. 2.13). El atributo de la justicia se ha de anticipar solamente en los corazones de aquellos que temen a Dios (Lc. 18.2), porque en el sentido b\u00edblico la justicia empieza con la santidad (Mi. 6.8; Mr. 6.20; 1 Ts. 2.10) y con la devoci\u00f3n sincera (Lc. 2.25; Hch. 10.22). Positivamente, sin embargo, la participaci\u00f3n incondicional de los gaditas en la conquista de Cana\u00e1n, que hab\u00eda sido divinamente ordenada, se describe como \u201cejecutar los mandatos y los justos decretos de Jehov\u00e1\u201d (Dt. 33.21; cf. S. R. Driver, <etiqueta id=\"#_ftn787\" name=\"_ftnref787\" title=\"\"><i>ICC<\/i><\/etiqueta>). La necesidad de una conformaci\u00f3n fervorosa y sincera con la voluntad moral de Dios es obligaci\u00f3n especial de los reyes (2 S. 8.15; Jer. 22.15), los pr\u00edncipes (Pr. 8.15) y los jueces (Ec. 5.8); pero se espera que todo creyente verdadero haga \u201cjuicio y justicia\u201d (Sal. 119.121; Pr. 1.3; cf. su personificaci\u00f3n en Is. 59.14). La justicia es lo contrario del pecado (Ec. 7.20), y sirve de marcada caracter\u00edstica de Jes\u00fas el Mes\u00edas (Is. 9.7; Zac. 9.9; Mt. 27.19; Hch. 3.14). En la poes\u00eda veterotestamentaria tenemos afirmaciones de su car\u00e1cter justiciero por hombres como David (\u201cj\u00fazgame, oh Jehov\u00e1, conforme a mi justicia \u2026 mas establece t\u00fa al justo\u201d, Sal. 7.8\u20139; cf. 18.20\u201324) o Job (\u201cYo soy \u2026 justo y perfecto\u201d, Job 12.4; cf. 1.1), lo que podr\u00eda parecer incongruente cuando se lo considera a la luz de su propia iniquidad, reconocida por ellos mismos (cf. Job 7.21; 13.26). El prop\u00f3sito de los poetas es, sin embargo, el de exonerarse a s\u00ed mismos de ciertos delitos de que hab\u00edan sido acusados por sus enemigos (cf. Sal. 7.4), o el de profesar una genuina pureza de prop\u00f3sito, y una firme devoci\u00f3n a Dios (Sal. 17.1). Respiran el esp\u00edritu de una fe sincera y de una confianza de ni\u00f1os, que se entrega sin reservas a las manos de Dios\u2026 y niegan toda confraternidad con los malvados, de quienes pueden esperar que se los distinga en el curso de la divina providencia\u201d (A F. Kirkpatrick, <i>The Book of Psalms<\/i>, 1906, 1, pp. lxxxvii). Ezequiel describe a un hombre as\u00ed cuando dice que \u201cel hombre que \u2026 en mis ordenanzas caminare, y guardare mis decretos para hacer rectamente, \u00e9ste es justo; \u00e9ste vivir\u00e1, dice Jehov\u00e1 el Se\u00f1or\u201d (Ez. 18.9).<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>5. Con referencia al gobierno divino, la justicia se vuelve descriptiva, de un modo particular, del castigo por las infracciones morales. Sometido al flagelo de las plagas enviadas desde el cielo, Fara\u00f3n confiesa que Jehov\u00e1 es <\/span><span style=''>&#7779;add&#305;&#770;q<\/span><span lang=ES style=''>, y yo y mi pueblo imp\u00edos\u201d (Ex. 9.27; cf. Neh. 9.33); y uno de los ladrones le grit\u00f3 al otro cuando eran crucificados, \u201cnosotros, a la verdad, justamente\u2026\u201d (Lc. 23.41). Porque Dios no puede permanecer indiferente ante el mal (Hab. 1.13; cf. Sof. 1.12), ni pervertir\u00e1 la justicia el Todopoderoso (Job 8.3; cf. 5.4; 36.17). Aun los paganos de Malta cre\u00edan en un n\u00e9mesis divino, de manera que cuando vieron que a Pablo lo hab\u00eda mordido una v\u00edbora llegaron a la conclusi\u00f3n de que \u201cciertamente este hombre es homicida, a quien \u2026 la justicia no deja vivir\u201d (Hch. 28.4). La justicia punitiva de Dios es como un fuego que consume (Dt. 32.22; He. 12.29; * <span style='text-transform:uppercase'>Ira<\/span>), y la condenaci\u00f3n es justa (Ro. 3.8).<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>6. A partir de la \u00e9poca de los jueces, sin embargo, <\/span><span style=''>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;&#257;q\u00e2<\/span><span style=''> <span lang=ES>tambi\u00e9n sirve para describir sus actos de vindicaci\u00f3n en beneficio de los merecedores, \u201clos triunfos de Jehov\u00e1\u201d (Jue. 5.11). Fue as\u00ed que Absal\u00f3n prometi\u00f3 \u201chacer justicia\u201d a uno de sus peticionantes (2 S. 15.4; cf. Sal. 82.3), y Salom\u00f3n proclam\u00f3 que Dios \u201cbendecir\u00e1 la morada de los justos\u201d (Pr. 3.33; cf. Sal. 94.15). Tambi\u00e9n la vindicaci\u00f3n divina fue objeto del ruego de los contempor\u00e1neos de Isa\u00edas: \u201cMe piden justos juicios\u201d (Is. 58.2\u20133); porque, aunque puede demorarse la intervenci\u00f3n de Dios (Ec. 7.15; 8.14; cf. Is. 40.27), \u201csol\u00edcito por su tierra, perdonar\u00e1 a su pueblo\u201d (Jl. 2.18).<\/span><\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>7. Tales t\u00e9rminos, sin embargo, introducen otro aspecto, en que la justicia divina deja de constituir una expresi\u00f3n de retribuci\u00f3n moral precisa, y m\u00e1s bien participa de la piedad, el amor y la gracia divinos. Esta connotaci\u00f3n aparece por primera vez en la plegaria de David en la que pide perd\u00f3n por sus cr\u00edmenes en relaci\u00f3n con Betsab\u00e9, cuando implora diciendo: \u201cL\u00edbrame de homicidios, oh Dios, Dios de mi salvaci\u00f3n; cantar\u00e1 mi lengua tu <\/span><span style=''>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;&#257;q\u00e2<\/span><span lang=ES style=''> (liberaci\u00f3n)\u201d (Sal. 51.14). Pero lo que buscaba David no era vindicaci\u00f3n, porque acababa de reconocer su vil pecado y, m\u00e1s aun, su depravaci\u00f3n desde el nacimiento (Sal. 51.5). Su petici\u00f3n buscaba m\u00e1s bien un perd\u00f3n no merecido; y <\/span><span style=''>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;&#257;q\u00e2<\/span><span lang=ES style=''> puede traducirse mediante la simple repetici\u00f3n: Oh Dios de mi salvaci\u00f3n: cantar\u00e1 mi lengua tu \u201csalvaci\u00f3n\u201d. En otras palabras, la <\/span><span style=' '>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;&#257;q\u00e2<\/span><span lang=ES style=''> se ha vuelto redentora; es el cumplimiento por Dios de su propia salvaci\u00f3n, prometida en su gracia, independientemente de los m\u00e9ritos humanos (cf. el mismo uso por David en Sal. 31.1; 103.17; 143.1). El consejero de David, Et\u00e1n, pasa de esa manera, en el espacio de dos vers\u00edculos, de una referencia a la \u201cjusticia ]<\/span><span style=''>&#7779;e&#7695;eq<\/span><span lang=ES style=''>, de acuerdo con el sentido 4 sup.] y juicio\u201d de Dios (Sal. 89.14), al testimonio gozoso de que \u201cen tu <\/span><span style=''>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;&#257;q\u00e2<\/span><span lang=ES style=''> [gracia prometida] ser\u00e1 Israel enaltecido\u201d (Sal. 89.16; cf. un contraste similar en Is. 56.1). En consecuencia, cuando Isa\u00edas habla de un \u201cDios justo [<\/span><span style=''>&#7779;add&#305;&#770;q<\/span><span lang=ES style=''>] y Salvador\u201d (Is. 45.21), su pensamiento no es \u201cun justo Dios, pero al mismo tiempo Salvador\u201d, sino m\u00e1s bien, \u201cun Dios <\/span><span style=' '>&#7779;add&#305;&#770;q<\/span><span lang=ES style=''>, y en consecuencia, Salvador\u201d (cf. el paralelismo entre \u201cjusticia\u201d seg\u00fan I y salvaci\u00f3n en Is. 45.8; 46.13). De la misma manera, en el NT leemos que \u201csi confesamos nuestros pecados, \u00e9l es fiel y justo [<\/span><span style=''>diakaios<\/span><span lang=ES style=''> = fiel a su benevolente promesa, y no, que demanda justicia] para perdonar nuestros pecados\u201d (1 Jn. 1.9). Tales conceptos de \u201cjusticia no judicial, sin embargo, deben limitarse a aquellos pasajes en que espec\u00edficamente se quiere aplicar este uso. En Ro. 3, por el contrario, con su \u00e9nfasis contextual en la ira de Dios contra el pecado, y en el sacrificio propiciatorio de Cristo para la satisfacci\u00f3n de la justicia del Padre, debemos seguir entendiendo <\/span><span style=' '>dikaios<\/span><span lang=ES style=' '> (Ro. 3.26) en su sentido tradicional: \u201cA fin de que \u00e9l [Dios] sea el justo [que impone el castigo, seg\u00fan el sentido 5 sup.], y sin embargo, al mismo tiempo el que justifica a que es de la fe de Jes\u00fas\u201d (vease Sanday y Headlam, <i>ICC<\/i>; * <span style='text-transform:uppercase'>Justificaci\u00f3n<\/span>).<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>8. Como condici\u00f3n que surge de la misericordiosa \u201cjusticia\u201d de Dios, aparece luego en la Escritura una <\/span><span style=''>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;&#257;q\u00e2<\/span><span lang=ES style=''> a nivel humano que se declara simult\u00e1neamente como atributo moral de Dios mismo (<\/span><span style=''>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;&#257;q\u00e2<\/span><span lang=ES style=''> en el sentido 4 sup.), pero que ahora se ha impartido a los que creen en su gracia. Es as\u00ed como Mois\u00e9s dice que la fe de Abraham sirvi\u00f3 como medio para la justicia imputada (Gn. 15.6), aunque, naturalmente, debemos observar que su fe no constitu\u00eda en s\u00ed misma justicia meritoria, sino que simplemente le \u201cfue contada\u201d por justicia. Fue justificado por la fe y no <i>a causa <\/i>de ella (cf. John Murray, <i>Redemption, Accomplished and Applied<\/i>, 1955, pp. 155). Tambi\u00e9n Habacuc declar\u00f3 que \u201cel justo por su fe vivir\u00e1\u201d (Hab. 2.4), aunque tambi\u00e9n aqu\u00ed la justificaci\u00f3n deriva, no de la propia y tosca \u201cfidelidad\u201d (<\/span><etiqueta id=\"#_ftn788\" name=\"_ftnref788\" title=\"\"><span lang=ES style='font-size:10.0pt; ;color:green;text-transform:uppercase'>\u00b0vp<\/span><\/etiqueta><span lang=ES style=''>) del hombre, sino de su humilde dependencia de la misericordia de Dios (contr\u00e1stese la confianza de los babilonios en s\u00ed mismos, que el mismo texto condena; y cf. Ro. 1.17; G\u00e1. 3.11). Fue Isa\u00edas, profeta de Dios, sin embargo, el que primero habl\u00f3 directamente de \u201cla herencia de los siervos de Jehov\u00e1\u2026 su <\/span><span style=''>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;&#257;q\u00e2<\/span><span lang=ES style=''> de m\u00ed vendr\u00e1\u201d (Is. 54.17). Sobre esta \u201cjusticia\u201d, A. B. Davidson observ\u00f3 correctamente que \u201cno se trata de un atributo divino. Es un efecto divino \u2026 que Dios produce en el mundo\u201d (<i>The Theology of the Old Testament<\/i>, 1925, pp. 143). Es decir, en el seno de Yahv\u00e9h existe una justicia que, por su gracia, se convierte en posesi\u00f3n del creyente (Is. 45.24). Nuestra propia justicia es totalmente inadecuada (Is. 64.6); pero en Yahv\u00e9h\u201d somos \u201cjustificados\u201d (<\/span><span style=''>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;&#257;q\u00e2<\/span><span lang=ES style=''>) (Is. 45.25), habiendo sido hechos justos por el m\u00e9rito imputado de Cristo (Fil. 3.9). Un siglo m\u00e1s tarde, Jerem\u00edas habla as\u00ed tanto de Jud\u00e1 como de Dios mismo como \u201cmorada de justicia\u201d (Jer. 31.23; 50.7), e. d. fuente de justificaci\u00f3n para los fieles (cf. Jer. 23.6; 33.16, \u201cJehov\u00e1, justicia nuestra\u201d, Theo. Laetsch, <i>Biblical Commentary Jeremiah<\/i>, 1952, pp. 191\u2013192, 254).<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>9. Pero as\u00ed como Dios en su gracia otorga justicia al que no la merece, tambi\u00e9n se invita al pueblo de Dios a \u201cbuscar el juicio\u201d (Is. 1.17) en el sentido de rogar por la viuda y \u201cjuzgar la causa del afligido y el menesteroso\u201d (Jer. 22.16). De esa manera \u201cjusticia\u201d se ha convertido en s\u00edmbolo de bondad (Lc. 23.50) y en amorosa consideraci\u00f3n (Mt. 1.19). Adem\u00e1s, a partir del exilio, el <etiqueta id=\"#_ftn789\" name=\"_ftnref789\" title=\"\">arm. <\/etiqueta><\/span><span style=''>&#7779;i&#7695;q\u00e2<\/span><span lang=ES style=''>, \u201cjusticia\u201d, se convierte en designaci\u00f3n especializada para limosna o caridad (Dn. 4.27), expresi\u00f3n equivalente a \u201cdar a los pobres\u201d (Sal. 112.9; cf. Mt. 6.1). Podr\u00edamos, por lo tanto, ser llevados a pensar que la \u201cjusticia\u201d b\u00edblica, particularmente en estos tres \u00faltimos sentidos suprajudiciales, envuelve cierta tensi\u00f3n, o aun contradicci\u00f3n; p. ej. <\/span><span style=' '>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;&#257;q\u00e2<\/span><span lang=ES style=''>, en su sentido s\u00e9ptimo y benevolente, parece perdonar los mismos delitos que condena en su sentido quinto y punitivo. La soluci\u00f3n definitiva, sin embargo, aparece en la persona y obra del Se\u00f1or Jesucristo. El ejemplo \u00e9tico que ofrece su vida sin pecado (He. 4.15) constituye la culminaci\u00f3n de la revelaci\u00f3n b\u00edblica sobre la voluntad moral de Dios, y ampliamente excede la pervertida (si bien aparentemente elevada) justicia de escribas y fariseos (Mt. 5.20). Sin embargo, el que dijo que los hombres deben ser perfectos como su Padre celestial es perfecto (Mt. 5.48), exhibi\u00f3 al mismo tiempo ese amor que no tiene igual, cuando dio su vida por sus amigos, que no lo merec\u00edan (Jn. 15.13). Aqu\u00ed se revel\u00f3 la <\/span><span style=''>&#7779;<sup>e<\/sup>&#7695;&#257;q\u00e2<\/span><span lang=ES style=''>, \u2018justicia\u2019, en su etapa \u00e9tica, 5, en su etapa redentora, 7, y es su etapa imputada, 8, todas unidas en una. Cristo vino para que Dios fuese justo, y al mismo tiempo el justificador del que cree en Jes\u00fas (Ro. 3.26), y para que pudi\u00e9ramos ser hallados en \u00e9l, que es nuestra justificaci\u00f3n, santificaci\u00f3n, y redenci\u00f3n (1 Co. 1.30).<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=';text-transform:uppercase'>Bibliograf\u00eda.<\/span><span lang=ES style=''> \u00b0W. Eichrodt, <i>Teolog\u00eda del Antiguo Testamento<\/i>, 1975; \u00b0J. Jeremias, <i>Mensaje central del Nuevo Testamento<\/i>, 1972; K. Koch, \u201cSer fiel a la comunidad\u201d, <i>\u00b0DTMAT<\/i>, t(t). II, cols. 639\u2013668; G. Liedke, \u201cJuzgar\u201d, <i>\u00b0DTMAT<\/i>, t(t). II, cols. 1252\u20131265; H. Seebass, \u201cJusticia\u201d, <i>\u00b0DTNT<\/i>, t(t). II, pp. 404\u2013411; K. H. Schelkle, <i>Teolog\u00eda del Nuevo Testamento<\/i>, 1975, pp. 261\u2013279; P. Bl\u00e4ser, \u201cJusticia\u201d, <i>\u00b0DTB<\/i>, 19\u00f37, cols. 542\u2013557; M. Williams, <i>La Justicia de Dios<\/i>, 1975; E. Lohse, <i>Teolog\u00eda del Nuevo Testmento<\/i>, 1978, pp. 135ss; K. Berger, \u201cJusticia; concepto de justicia en la Escritura\u201d, <i>Sacramentum mundi<\/i>, 1973, t(t). IV, cols. 162\u2013169.<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>H. Conzehnann, \u201cCurrent Problems in Pauline Research\u201d, en R. Batey (eds.), <i>New Testament Issues<\/i>, 1970, pp. 130\u2013147; W. Eichrodt, <i>Theology of the Old Testament<\/i>, 1, 1961, pp. 239\u2013249; D. Hill, <i>Greek Words and Hebrew Meanings, <\/i>1967, pp. 82\u2013162; J. Jeremias, <i>The Central Message of the New Testament<\/i>, 1965, pp. 51\u201370; G. E. Ladd, <i>A Theology of the New Testament<\/i>, 1975, pp. 437\u2013450; J. B. Payne, <i>Theology of the Older Testament<\/i>, 1962, pp. 155\u2013161, 165s; G. Quell y G. Schrenk, <i>TDNT <\/i>2, pp. 174\u2013225; Norman H. Snaith, <i>Mercy and Sacrifice<\/i>, 1953, pp. 70\u201379; y <i>The Distinctive Ideas of the Old Testament<\/i>, 1946; J. A Ziesler, <i>The Meaning of Righteousness in Paul<\/i>, 1972; H. Seebass, C. Brown, <i>NIDNTT <\/i>3, pp. 352\u2013377.<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal align=right style='text-align:right;line-height:normal'><span lang=ES style='font-family:\"Tahoma\",sans-serif'>&#65279;<\/span><span lang=ES style='font-size:10.0pt;;color:green'>J.B.P.<\/span><span lang=ES style='font-family:\"Tahoma\",sans-serif'>&#65279;<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;'>Douglas, J. (2000). Nuevo diccionario Biblico : Primera Edicion. Miami: Sociedades B\u00edblicas Unidas.<\/p>\n<\/p>\n<p><b>Fuente: Nuevo Diccionario B\u00edblico<\/b><\/p>\n<p><p style=\"text-align: justify;\">Justicia se toma aqu\u00ed en su sentido propio y ordinario para significar la m\u00e1s importante de las virtudes cardinales. Es una cualidad o h\u00e1bito moral que perfecciona la voluntad y la inclina a dar a todos y a cada uno lo que les pertenece. De las otras virtudes cardinales, la prudencia perfecciona el intelecto e induce a la persona prudente a actuar en todas las cosas de conformidad con la recta raz\u00f3n. La fortaleza controla las pasiones irascibles, y la templanza modera los apetitos de acuerdo a lo que dicta la raz\u00f3n. Mientras que la fortaleza y la templanza son virtudes que se refieren a uno mismo, la justicia se refiere a los dem\u00e1s. Junto con la caridad, regula la relaci\u00f3n entre el hombre y su pr\u00f3jimo. La caridad nos conduce a ayudar a nuestro pr\u00f3jimo en sus necesidades con nuestros bienes propios, mientras que la justicia nos ense\u00f1a a dar al otro lo que le pertenece.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Debido a que el hombre es una persona, un ser libre e inteligente, creado a imagen de Dios, tiene una dignidad y val\u00eda enormemente superior al mundo material y animal que lo rodea. Est\u00e1 capacitado para conocer, amar, y adorar a su Creador; fue creado para ese fin, que s\u00f3lo podr\u00e1 alcanzar perfectamente en la vida futura, inmortal y eterna a la que ha sido destinado. Dios le concedi\u00f3 sus facultades y su libertad para que pudiera trabajar libremente para el cumplimiento de su destino.  Tiene el deber de esforzarse por cumplir los designios de su Creador, debe ejercer sus facultades y conducir su vida de conformidad con las intenciones de su Se\u00f1or y Maestro. Debido a que est\u00e1 sujeto a estas obligaciones, en consecuencia est\u00e1 investido de derechos, otorgados por Dios y primordiales, anteriores al Estado e independientes de \u00e9l.  \u00c9stos son los derechos naturales del hombre, concedidos por la naturaleza misma, sagrados, como lo es su origen, e inviolables. Adem\u00e1s de \u00e9stos, puede tener otros otorgados por la Iglesia o el Estado, o adquiridos mediante su propia industria y esfuerzo. Todos estos derechos, cualquiera que sea su origen, son el objeto de la virtud de la justicia. La justicia exige que a todas las personas se les conceda el libre disfrute de todos sus derechos.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Un derecho, en el sentido estricto en que se usa el t\u00e9rmino en este respecto, no es una reclamaci\u00f3n vaga e indefinida contra los dem\u00e1s, que los otros est\u00e1n obligados a respetar sobre cualquier fundamento no importa cu\u00e1l sea. A veces decimos que un desempleado tiene derecho a trabajar, que el necesitado tiene derecho a la ayuda, y se debe reconocer que dichas frases son perfectamente correctas, siempre que tales derechos se entiendan como una exigencia a la caridad, no a la justicia. Porque, si por lo menos limitamos nuestra atenci\u00f3n a la ley natural y a las circunstancias ordinarias, la ayuda que una persona necesitada reclama, no le pertenece en justicia antes de que se le otorgue, cuando sea suya. Su reclamaci\u00f3n se basa en el hecho de que es un hermano en desgracia, y la fraternidad constituye su t\u00edtulo a nuestra piedad, simpat\u00eda y ayuda. Por supuesto, puede suceder que la ley positiva haga algo m\u00e1s que esto para el pobre y necesitado; puede ser que la ley del lugar le haya dado el derecho legal al desempleado a que se le consiga un trabajo, o al pobre el derecho legal a recibir socorro; entonces, por supuesto, la reclamaci\u00f3n puede ser una de justicia.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Una reclamaci\u00f3n en justicia, o un derecho en sentido estricto, es una facultad moral y legal de hacer, poseer o exigir algo. Si se trata de una facultad moral y legal de hacer algo en beneficio de los dem\u00e1s, pertenece a la clase de derechos de jurisdicci\u00f3n. As\u00ed, un padre tiene el derecho natural de criar y educar a su hijo, no en su propio beneficio sino en el de \u00e9ste. Un soberano leg\u00edtimo tiene el derecho de gobernar a sus s\u00fabditos por el bien com\u00fan. La mayor clase de derechos que la justicia exige que otorguemos a los dem\u00e1s, son llamados derechos de propiedad. La propiedad es la facultad moral de usar algo que est\u00e1 sujeto a nosotros, para nuestra propia conveniencia. El propietario de una casa puede disponer de ella a su voluntad. Podr\u00e1 vivir en ella, o alquilarla, dejarla desocupada, demolerla, o venderla; podr\u00e1 hacerle cambios, y en general, podr\u00e1 hacer con ella lo que desee, porque es suya. Porque es suya, tiene derecho a todos los usos y ventajas que posee. Es su propiedad, y como tal toda ella deber\u00e1 subvenir a sus necesidades y conveniencias. Porque es suya, \u00e9l debe ser preferido a los otros en cuanto al disfrute de sus usos, le pertenece s\u00f3lo a \u00e9l con todas las ventajas que pueda proporcionar.   Si alguien quisiera usar la casa contra el deseo razonable del due\u00f1o, estar\u00eda pecando contra la justicia, no le estar\u00eda reconociendo al propietario lo que le pertenece.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El derecho de propiedad puede ser absoluto o limitado.  La propiedad absoluta se extiende a la sustancia de la propiedad y a todos sus usos. En el lenguaje de lo sagrado, la propiedad calificada puede ser directa o indirecta.  La directa es la propiedad de la sustancia de una cosa, sin sus usos, tal como la que tiene due\u00f1o sobre una casa que ha alquilado. La propiedad indirecta es la facultad de usar una cosa, pero no disponer de ella. Cuando alguien posee algo de forma definida y determinada, de modo que pueda decir \u201c\u00c9sta es mi propiedad\u201d, tiene, seg\u00fan los te\u00f3logos, un derecho in re. Por otra parte, si la cosa no tiene aun existencia pero la tendr\u00e1, ni est\u00e1 separada ni determinada, de modo que no pueda decir que en realidad es suya, pero s\u00ed tiene, sin embargo, una reclamaci\u00f3n precisa en justicia de que la cosa va a ser suya, se dice que tiene un derecho ad rem. De este modo, un labrador tiene un derecho ad rem sobre la cosecha de sus tierras del a\u00f1o venidero; cuando haya recogido la cosecha tendr\u00e1 un derecho in re.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La propiedad en el sentido explicado es el principal objeto de la virtud de la justicia porque regula las relaciones del hombre con el hombre. Distingue claramente a la justicia de la caridad, la gratitud, el patriotismo, y otras virtudes cuyo objeto es, efectivamente, una reclamaci\u00f3n contra otros, pero una reclamaci\u00f3n de car\u00e1cter menos estricto y m\u00e1s indefinido. La justicia entre hombre y hombre se llama justicia individual, particular o conmutativa, porque concierne principalmente a los contratos y al intercambio. La justicia individual se distingue de la social, porque no s\u00f3lo los individuos tienen reclamaciones en justicia contra otros individuos, sino que un sujeto tiene reclamaciones contra la sociedad a la que pertenece, as\u00ed como la sociedad tiene reclamaciones contra \u00e9l. La justicia requiere que todos tengan lo que les corresponde, de modo que el hombre justo dar\u00e1 a la sociedad, o al Estado, cuyo miembro es, lo que se le debe. La justicia que prescribe esta actitud se llama justicia legal. Por otra parte, el sujeto individual tiene reclamaciones contra el Estado. Es funci\u00f3n del Estado proteger a sus s\u00fabditos en sus derechos y gobernar a todo el cuerpo para el bien com\u00fan. La naturaleza y Dios, el autor de la naturaleza social del hombre, le dan al Estado la autoridad para este prop\u00f3sito.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El poder del Estado est\u00e1 limitado por el fin para el que fue instituido, y no tiene autoridad para violar los derechos naturales de sus s\u00fabditos. Si lo hace, comete una injusticia del mismo modo que los individuos lo har\u00edan si actuaran de igual manera. Ciertamente puede imponer impuestos y otras cargas a sus s\u00fabditos, en tanto lo requieran la necesidad y el bien com\u00fan, pero no m\u00e1s all\u00e1. En aras del bien com\u00fan tiene autoridad para obligar a los ciudadanos individuales a que arriesguen su vida en defensa de su pa\u00eds cuando est\u00e9 en peligro, y a desprenderse de alguna parte de su propiedad cuando sea necesario construir una carretera p\u00fablica, pero dentro de lo posible, deber\u00e1 otorgar compensaciones apropiadas. Cuando exige impuestos, el servicio militar u otras cargas, cuando distribuye recompensas, cargos, y honores, cuando impone condignos castigos por los delitos, est\u00e1 obligado a actuar conforme con los varios m\u00e9ritos y recursos de las personas afectadas; si no el Estado pecar\u00eda contra una clase especial de justicia, llamada distributiva.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Existe una controversia entre las autoridades sobre si la justicia conmutativa, legal y distributiva son muchas especies de un mismo g\u00e9nero, o si la justicia conmutativa es, en realidad, la \u00fanica especie de justicia en sentido estricto. Hay mucho que decir sobre la \u00faltima opini\u00f3n.  Porque la justicia es algo que se debe a otro; consiste, como dijo Arist\u00f3teles, en una cierta igualdad mediante la cual se satisface, ni m\u00e1s ni menos, la reclamaci\u00f3n justa y definida de otro Si he pedido prestados un caballo y un carro a mis vecinos, la justicia requiere que devuelva ese mismo caballo y ese mismo carro. Se debe pagar la deuda en la cantidad precisa. En consecuencia, la justicia en el sentido total y adecuado de la palabra, exige una distinci\u00f3n perfecta entre deudor y acreedor. Nadie puede, en justicia, estar obligado consigo mismo, la justicia esencialmente concierne a los dem\u00e1s. Sin embargo, entre el Estado y los individuos que lo componen, no existe esta distinci\u00f3n perfecta, de modo que falta algo a la noci\u00f3n apropiada y completa de la virtud, tanto en la justicia distributiva como en la legal.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los derechos que pertenecen al ser humano en cuanto es persona son absolutos e inalienables. El derecho a la vida, la libertad esencial necesaria para que el hombre pueda alcanzar el fin para el que fue creado por Dios, el derecho a casarse o permanecer soltero, derechos como \u00e9stos no pueden ser infringidos por ninguna autoridad humana cualquiera que sea. Incluso el hombre no tiene derecho a disponer de su vida y miembros; s\u00f3lo Dios es el Se\u00f1or de la vida y de la muerte. Pero el hombre tiene el deber y el derecho de usar y desarrollar sus facultades de alma y cuerpo, y puede elegir c\u00f3mo disponer del derecho de usar de estas facultades y de cualquier ventaja que ellas puedan procurarle, a favor de otra persona. Nadie se puede convertir en la propiedad de otro ser humano, en ese sentido la esclavitud repugna a la dignidad de la naturaleza humana. Sin embargo, una persona puede por varios t\u00edtulos tener el derecho al trabajo de otra.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Todas las cosas inferiores al hombre fueron creadas para su uso y disfrute; cumplen la finalidad de su existencia satisfaciendo las carencias y necesidades de aquel. Por lo tanto, cualquier cosa perteneciente al reino animal, vegetal o inorg\u00e1nico puede ser puesta bajo el dominio y convertida en propiedad de alguien.  As\u00ed el derecho a adquirir propiedad \u00fatil y necesaria para una vida humana ordenada, constituye uno de los derechos naturales del hombre, que no puede serle arrebatado por el Estado. El Estado puede, efectivamente, dictar leyes razonables que regulen y definan los derechos de propiedad de los ciudadanos para el bien com\u00fan, pero no puede abrogarlos por completo. Tales derechos son anteriores al Estado, y en sustancia, independientes de \u00e9l; el Estado ha sido instituido para protegerlos y defenderlos, no para quit\u00e1rselos.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los derechos son patrimonio de los seres inteligentes como tales, que pueden reflexionar sobre s\u00ed mismos, conocer sus propias necesidades y que est\u00e1n capacitados para subvenir a ellas mediante la apropiaci\u00f3n de objetos que les est\u00e1n subordinados y que pueden satisfacer aquellas necesidades. Por lo tanto, todo ser humano es el sujeto de derechos, incluso antes de ser tra\u00eddo a este mundo. El ni\u00f1o nonato tiene derecho a su vida; puede incluso tener derechos de propiedad tambi\u00e9n. Se viola la justicia si se interfiere con tales derechos injustificadamente.  Los menores y las mujeres casadas tienen sus propios derechos como los dem\u00e1s, pero la ley positiva muy a menudo modifica sus derechos de propiedad para el bien com\u00fan. En \u00e9pocas pasadas, los derechos de propiedad especialmente de las mujeres eran ampliamente modificados por la ley positiva al casarse, el marido adquir\u00eda derechos m\u00e1s o menos extensivos sobre la propiedad de la esposa. En \u00e9pocas modernas, y especialmente en los pa\u00edses de habla inglesa, existe la tendencia a suprimir dichas leyes positivas, y devolver a la mujer casada todos los derechos de propiedad que posee la soltera.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">No s\u00f3lo los individuos sino las sociedades humanas son los sujetos de derechos, porque el hombre no puede, individualmente y con su solo esfuerzo sin ayuda exterior, realizar todo lo necesario para la seguridad y dignidad de la existencia humana. Para este fin, el hombre necesita la cooperaci\u00f3n de su pr\u00f3jimo. Posee entonces un derecho natural a asociarse con otros para alcanzar alg\u00fan fin l\u00edcito, y cuando se forman dichas sociedades, se constituyen en personas morales con derechos similares a los de las personas naturales. Dichas sociedades pueden, pues, tener propiedades, y aunque el Estado pueda dictar leyes que modifiquen dichos derechos para el bien com\u00fan, no tendr\u00e1 capacidad para abrogarlos. El hombre tiene este poder de constituirse en sociedades, especialmente con el prop\u00f3sito de ofrecer a Dios la adoraci\u00f3n p\u00fablica y social que le es debida. La Iglesia Cat\u00f3lica, fundada por Dios mismo, es una sociedad perfecta, independiente del Estado. Tiene sus propios derechos, otorgados por Dios, y necesarios para alcanzar sus fines. Si se interfiriera contra ellos injustificadamente se estar\u00eda violando la justicia.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De acuerdo con lo expuesto, la naturaleza humana, sus necesidades y fines, son la fuente de los derechos fundamentales y naturales del hombre. Mediante su industria, el hombre puede ocupar y anexar a su persona las cosas materiales que le son \u00fatiles y que no pertenecen a nadie m\u00e1s. De ese modo adquiere la propiedad mediante el t\u00edtulo de ocupaci\u00f3n. Una vez adquirida, la propiedad sigue en posesi\u00f3n de su due\u00f1o; todo lo que es o que es capaz de ser, est\u00e1 ordenado a su uso y beneficio. Si aumenta por crecimiento natural o por reproducci\u00f3n, el incremento pertenece al due\u00f1o original. Por la misma ley de accesi\u00f3n, el aumento del valor, incluso la plusval\u00eda, como se le llama, pertenece al due\u00f1o de aquello cuyo valor se ha incrementado, \u201cRes fructificat domino\u201d. La ley positiva puede, tal como hemos visto, modificar los derechos de propiedad en aras del bien com\u00fan. Puede tambi\u00e9n determinar aquellos que son indeterminados por la ley natural; puede incluso crear derechos que no existir\u00edan de no existir la ley positiva. De este modo, un padre puede adquirir ciertos derechos sobre la propiedad de sus hijos, y un esposo puede, de igual modo, tener ciertos derechos sobre la propiedad de su esposa. Ciertamente, cuando tales derechos existen, incumbe a la justicia respetarlos. Finalmente, se pueden transferir derechos de uno a otro, o modificarlos mediante una gran variedad de contratos, que han sido tratados bajo un t\u00edtulo especial. Vea el art\u00edculo contrato.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Lo que antecede es un breve esbozo de la doctrina sobre la justicia que ha sido gradualmente elaborada por los fil\u00f3sofos y te\u00f3logos cat\u00f3licos. Los fundamentos de la doctrina se encuentran en Arist\u00f3teles, pero el edificio noble, hermoso y completamente racional ha sido erigido por el trabajo de hombres tales como Santo Tom\u00e1s de Aquino, Luis de Molina, Leonard Lessius, Juan de Lugo y much\u00edsimos m\u00e1s.  La doctrina, tal como aparece en general en sus magn\u00edficos folios, es uno de los resultados m\u00e1s importantes del pensamiento cat\u00f3lico.  Explica completamente el car\u00e1cter perentorio, sagrado y absolutamente vinculante del que est\u00e1 revestida la justicia en las mentes humanas. Nunca ha sido tan importante como lo es hoy d\u00eda insistir en estas caracter\u00edsticas de la justicia, las cuales desaparecen casi por completo en las teor\u00edas modernas de la virtud. Muchas de estas teor\u00edas derivan los derechos y la justicia de la ley positiva y cuando los socialistas y anarquistas amenazan con suprimir esas leyes y hacer otras nuevas que regulen los derechos humanos m\u00e1s equitativamente, no es posible la defensa racional del antiguo orden. Se convierten en un mero asunto de poder y fuerza bruta. Incluso si algunos, con Herbert Spencer, intentan encontrar fundamentos m\u00e1s profundos para la justicia en las condiciones de la existencia humana, ser\u00e1 f\u00e1cil responder que su interpretaci\u00f3n de dichas condiciones es esencialmente individualista y ego\u00edsta, y que la condici\u00f3n humana as\u00ed condicionada no tiene raz\u00f3n de ser, que el nuevo orden social exige perentoriamente su abolici\u00f3n. La doctrina cat\u00f3lica de la justicia se halla como una de las salvaguardas principales del orden, paz y progreso. Con equilibrio equitativo favorece a todos y no presiona indebidamente a nadie. Otorga al Estado amplia autoridad para el logro de sus fines leg\u00edtimos, mientras bloquea eficazmente el camino a la tiran\u00eda y la violencia.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<b>Fuente<\/b>:  Slater, Thomas. \u00abJustice.\u00bb The Catholic Encyclopedia. Vol. 8. New York: Robert Appleton Company, 1910. <br \/>http:\/\/www.newadvent.org\/cathen\/08571c.htm\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Traducido por Estela S\u00e1nchez Viamonte.  L H M.\n<\/p>\n<\/p>\n<p><b>Fuente: Enciclopedia Cat\u00f3lica<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>v. Equidad, Integridad, Juicio, Rectitud, Santidad, Santificaci\u00f3n, Verdad Gen 15:6 crey\u00f3 a Jehov\u00e1, y le fue contado por j Gen 18:19 que guarden el camino de .. haciendo j Lev 19:15 no har\u00e1s .. con j juzgar\u00e1s a tu pr\u00f3jimo Deu 6:25 tendremos j cuando cuidemos de poner Deu 9:5 no por tu j .. &hellip; <a href=\"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/justicia\/\" class=\"more-link\">Continuar leyendo<span class=\"screen-reader-text\"> \u00abJUSTICIA\u00bb<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-2842","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-diccionario"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2842","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2842"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2842\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2842"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2842"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2842"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}