{"id":5452,"date":"2016-02-05T01:33:16","date_gmt":"2016-02-05T06:33:16","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/sanedrin\/"},"modified":"2016-02-05T01:33:16","modified_gmt":"2016-02-05T06:33:16","slug":"sanedrin","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/sanedrin\/","title":{"rendered":"SANEDRIN"},"content":{"rendered":"<p>griego synhedrion conjunto sentado. Era el tribunal supremo de los jud\u00ed\u00ados, que data del siglo II a. C. Estaba conformado por setenta y un miembros, presidido por un sumo sacerdote. Sus componentes pertenec\u00ed\u00adan a la aristocracia sacerdotal y a la nobleza. En tiempos de los macabeos se le denominaba \u2020\u0153Senado de la naci\u00f3n\u2020\u009d, 1 M 12, 6; \u2020\u0153Senado de los jud\u00ed\u00ados\u2020\u009d, 2 M 11, 27.   A pesar de lo anterior, los rabinos ponen sus or\u00ed\u00adgenes en la \u00e9poca mosaica, de donde el n\u00famero de sus miembros, cuando Yahv\u00e9h mand\u00f3 a Mois\u00e9s: \u2020\u0153Re\u00faneme setenta ancianos de Israel, de los que sabes que son ancianos y escribas del pueblo. Ll\u00e9valos a la Tienda del Encuentro y que est\u00e9n all\u00ed\u00ad contigo. Yo bajar\u00e9 a hablar contigo; tomar\u00e9 parte del esp\u00ed\u00adritu que hay en ti y lo pondr\u00e9 en ellos, para que lleven contigo la carga del pueblo y no la tengas que llevar t\u00fa solo\u2020\u009d, Nm 11, 16-17. Pero, en la reforma judicial del rey Josafat, se estableci\u00f3 un tribunal supremo en Jerusal\u00e9n, una jurisdicci\u00f3n central junto a la jurisdicci\u00f3n local, 2 Cro 19,  8; esta corte ejerc\u00ed\u00ada funciones judiciales, mientras el s. posterior ten\u00ed\u00ada tambi\u00e9n funciones legislativas y ejecutivas. Todo estos casos pueden ser antecedentes del s., as\u00ed\u00ad como las autoridades que se establecieron tras el  retorno de la cautividad en Babilonia, en la \u00e9poca de los monarcas persas,  como se lee en Esdras: \u2020\u0153Y t\u00fa, Esdras, conforme a la sabidur\u00ed\u00ada de tu Dios,  que posees, establece escribas y jueces que administren la justicia a todo el pueblo de Transeufratina, a todos los que conocen la Ley de Dios. A quienes la ignoran habr\u00e9is de ense\u00f1\u00e1rsela. Y a todo aqu\u00e9l que no cumpla la ley del rey, apl\u00ed\u00adquesele una rigurosa justicia: muerte, destierro, multa en dinero o c\u00e1rcel\u2020\u009d, Esd 7, 25-26. La palabra s. a veces se usa para referirse a cualquier instancia judicial, los simples tribunales existentes en todo el pa\u00ed\u00ads, peque\u00f1os sanedrines de provincia, en oposici\u00f3n al Gran S., con sede en Jerusal\u00e9n; Mt 5, 22; 10, 17; Mc 13, 9. Ante el Gran S.,  comparecieron Jes\u00fas, Mc 14, 55; los ap\u00f3stoles Pedro y Juan, Hch 4, 15; el ap\u00f3stol Pablo, Hch 23, 28.<\/p>\n<p>Siendo el tribunal supremo de Judea  en la \u00e9poca de la dominaci\u00f3n romana, del 63 a. C. hasta el 70 de nuestra era, cuando dej\u00f3 de existir, el  S. fue privado por el Imperio del derecho de vida o muerte; las sentencias del S. que impon\u00ed\u00adan la pena capital deb\u00ed\u00adan ser aprobadas por el procurador, Jn 18, 31, tal como aconteci\u00f3 con Jes\u00fas.<\/p>\n<p>Diccionario B\u00ed\u00adblico Digital, Grupo C Service &#038; Design Ltda., Colombia, 2003<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario B\u00edblico Digital<\/b><\/p>\n<p>(heb., talm\u00fadico transcripci\u00f3n del gr. synedrion, un concilio). Fue el m\u00e1s alto tribunal jud\u00ed\u00ado durante los per\u00ed\u00adodos griegos y romanos (RVR-1960 \u2020\u0153concilio\u2020\u009d). Durante el reinado de los reyes hel\u00e9nicos, Palestina era pr\u00e1cticamente aut\u00f3noma y era gobernada por un concilio arist\u00f3crata de ancianos, que fue presidido por el hereditario sumo sacerdote. El concilio era llamado gerousia, el cual siempre significa un cuerpo aristocr\u00e1tico. Este m\u00e1s tarde se convirti\u00f3 en el Sanedr\u00ed\u00adn. Durante la mayor\u00ed\u00ada del tiempo del per\u00ed\u00adodo romano, el gobierno interno del pa\u00ed\u00ads estaba pr\u00e1cticamente en sus manos, y su influencia fue reconocida aun en la di\u00e1spora (Act 9:2; Act 22:5; Act 26:12).<\/p>\n<p>Despu\u00e9s de la muerte de Herodes el Grande, sin embargo, y durante el reinado de Arquelao y de los procuradores romanos, la autoridad civil del Sanedr\u00ed\u00adn estuvo probablemente restringida a Judea, y esta es probablemente la raz\u00f3n del porqu\u00e9 no tuviese autoridad judicial sobre Jes\u00fas en tanto que \u00e9l permaneciera en Galilea. El Sanedr\u00ed\u00adn fue abolido despu\u00e9s de la destrucci\u00f3n de Jerusal\u00e9n (70 d. de J.C.).<\/p>\n<p>Los miembros del Sanedr\u00ed\u00adn fueron escogidos de entre las tres clases mencionadas en Mat 16:21; Mat 27:41; Mar 8:31; Mar 11:27; Mar 14:43, Mar 14:53; Mar 15:1; Luk 9:22; Luk 22:66 : los ancianos del pueblo, los principales sacerdotes y los escibas. Por principales sacerdotes se quiere decir el sumo sacerdote actuante, los que hab\u00ed\u00adan sido sumos sacerdotes y miembros de las familias privilegiadas de las que eran tomados los sumos sacerdotes. La aristocracia sacerdotal comprend\u00ed\u00ada las personas l\u00ed\u00adderes en la comunidad y ellas eran los principales miembros del Sanedr\u00ed\u00adn. Los maestros de la ley formaban el elemento farisaico en el Sanedr\u00ed\u00adn, aunque no todos los fariseos eran profesionales escribientes. Los ancianos eran los l\u00ed\u00adderes tribales y familiares del pueblo y del sacerdocio, principalmente la nobleza secular de Jerusal\u00e9n. El presidente portaba el t\u00ed\u00adtulo honorable de pr\u00ed\u00adncipe. Adem\u00e1s del presidente, hab\u00ed\u00ada oficiales subordinados (Mat 5:25; Mat 26:51; Mar 14:47; Joh 18:10). De acuerdo con Josefo, en el tiempo de Cristo, el Sanedr\u00ed\u00adn estuvo presidido por los sumos sacerdotes saduceos, mas pr\u00e1cticamente gobernado por los fariseos, quienes eran inmensamente populares entre la gente (Antig. 18.1.4).<\/p>\n<p>En el tiempo de Cristo, el Sanedr\u00ed\u00adn ejerci\u00f3 no solamente jurisdicci\u00f3n civil, sino tambi\u00e9n criminal. Pod\u00ed\u00ada ocuparse de todos esos asuntos judiciales de car\u00e1cter administrativo que no pod\u00ed\u00adan ser tratados completamente por cortes de baja instancia, o que el procurador romano no se los hubiese reservado para s\u00ed\u00ad mismo. Era la corte de \u00faltima instancia de apelaci\u00f3n para todos los asuntos relacionados con la ley mosaica. Pod\u00ed\u00ada dar \u00f3rdenes de arresto por sus propios oficiales de justicia (Mat 26:47; Mar 14:43; Act 4:3; Act 5:17-18; Act 9:2). Era tambi\u00e9n la corte de \u00faltima instancia de apelaci\u00f3n para todas las cortes de instancia inferior. Ten\u00ed\u00ada el derecho de imponer la pena capital hasta alrededor de 40 a\u00f1os antes de la destrucci\u00f3n de Jerusal\u00e9n. Despu\u00e9s de eso, todav\u00ed\u00ada pod\u00ed\u00ada imponer, mas no ejecutar, una sentencia de muerte sin la confirmaci\u00f3n del procurador romano. Esa fue la raz\u00f3n por la que Jes\u00fas tuvo que ser juzgado no solamente por el Sanedr\u00ed\u00adn, sino tambi\u00e9n por Pilato (Joh 18:31-32). Pero para esto, \u00e9l hubiese sido condenado a muerte de alguna otra manera que por la crucifixi\u00f3n, porque la crucifixi\u00f3n no era un modo de castigo jud\u00ed\u00ado. La autoridad romana era, sin embargo, siempre absoluta, y el procurador o el tribuno de la guarnici\u00f3n pod\u00ed\u00ada ordenar al Sanedr\u00ed\u00adn que investigara alg\u00fan asunto y pod\u00ed\u00ada retirar a un prisionero de su jurisdicci\u00f3n, como se hizo en el caso de Pablo (Act 22:30; Act 23:23-24).<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario B\u00edblico Mundo Hispano<\/b><\/p>\n<p>(concilio).<\/p>\n<p> El m\u00e1s alto tribunal jud\u00ed\u00ado, compuesto por el Sumo Pont\u00ed\u00adfice, que era el Presidente, y 70 miembros. En tiempos de Jes\u00fas no ten\u00ed\u00ada autoridad para imponer la pena de muerte: (Jua 18:31-32, Mt.16:Mat 16:21, 17:Mat 26:47, Mat 27:41, Mar 8:31, Mar 11:27, Mar 14:43, Lc.Lc.9:22, Hec 4:3, Hec 5:17, Hec 9:2).<\/p>\n<p>Diccionario B\u00ed\u00adblico Cristiano<br \/>\nDr. J. Dominguez<\/p>\n<p>http:\/\/biblia.com\/diccionario\/<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario B\u00edblico Cristiano<\/b><\/p>\n<p>El S. no es una instituci\u00f3n del AT, aunque pueden se\u00f1alarse algunos precedentes del mismo. Mois\u00e9s instituy\u00f3 por orden divina un consejo de setenta ancianos de Israel (Num 11:16). Los rabinos siempre han argumentado que este es el origen del S. Sin embargo, leemos que el rey Josafat puso \u2020\u0153en Jerusal\u00e9n a algunos de los levitas y sacerdotes, y de los padres de familia de Israel, para el juicio de Jehov\u00e1 y para las causas\u2020\u009d (2Cr 19:8). Algo parecido se hizo en tiempos de Esdras y Nehem\u00ed\u00adas (Esd 5:5; Esd 10:8; Neh 2:16; Neh 5:7; Neh 7:5). Hay noticia de que en tiempos de Ant\u00ed\u00adoco exist\u00ed\u00ada una gerousia o concilio de ancianos. Pero el S. propiamente dicho fue un cuerpo colegiado que ejerc\u00ed\u00ada la suprema autoridad en asuntos pol\u00ed\u00adticos, religiosos y judiciales en Israel durante la ocupaci\u00f3n romana. El primero que usa el t\u00e9rmino, fuera del NT, es Josefo, quien nos informa que en el a\u00f1o 57 a.C. Gabino dividi\u00f3 el territorio de Israel en cinco synedria, cada uno con un synodoi, para fines de administraci\u00f3n en asuntos civiles, ya que los romanos procuraban no interferir con la religi\u00f3n de los pueblos que conquistaban. Pero al parecer el asunto evolucion\u00f3 hasta incluir asuntos religiosos, aunque te\u00f3ricamente s\u00f3lo en los casos mayores, como era juzgar a un sumo sacerdote o a un falso profeta. En poco tiempo el de Jerusal\u00e9n tuvo la preponderancia.<\/p>\n<p>Estaba formado por setenta y una personas, todas de gran importancia, incluyendo a los principales nobles, sacerdotes y escribas. Lo presid\u00ed\u00ada el sumo sacerdote. A\u00f1os antes del juicio del Se\u00f1or Jes\u00fas, Herodes el Grande hab\u00ed\u00ada matado a unos cuarenta y cinco miembros del S., y los hab\u00ed\u00ada sustituido por personas afectas a \u00e9l. La jurisdicci\u00f3n del S. en el momento del juicio del Se\u00f1or Jes\u00fas estaba restringida a Judea en t\u00e9rminos estrictamente legales. Pero su influencia moral iba m\u00e1s all\u00e1, alcanzando a las comunidades jud\u00ed\u00adas dondequiera que estuvieran. Por eso dieron \u2020\u0153poderes\u2020\u009d a Saulo para ir a Damasco a perseguir a los cristianos (Hch 9:2).<br \/>\ndescriben en la Biblia cuatro diferentes juicios celebrados por el S.: 1. El del Se\u00f1or Jes\u00fas (Mar 14:53). 2. El de Pedro y Juan (Hch 4:3-6). 3. El de Esteban (Hch 6:12; Hch 7:1-60). 4. El de Pablo (Hch 23:1-10). El S. no ten\u00ed\u00ada autoridad para dictar sentencias de muerte. \u00e9stas ten\u00ed\u00adan que ser confirmadas por el procurador romano, por lo cual hubo necesidad de recurrir a Pilato en el caso del Se\u00f1or Jes\u00fas (Jua 18:31). Si no se hizo as\u00ed\u00ad en el caso de Esteban fue porque se present\u00f3 un estallido de violencia (Hch 7:57).<br \/>\ntrav\u00e9s de las tradiciones jud\u00ed\u00adas recogidas en la Misn\u00e1 se conocen los procedimientos que se utilizaban en los juicios. Para que hubiera qu\u00f3rum se necesitaban unos veintitr\u00e9s miembros presentes. Las reuniones se celebraban en un sitio conocido en el \u2020\u00a2templo, pero nunca en d\u00ed\u00ada de fiesta, ni de noche, realiz\u00e1ndose una excepci\u00f3n en el caso del Se\u00f1or. Los miembros del concilio se sentaban en semic\u00ed\u00adrculo para que pudieran verse las caras. Frente a ellos hab\u00ed\u00ada varias filas de asientos para los disc\u00ed\u00adpulos de los sabios. En medio se pon\u00ed\u00ada al acusado, que deb\u00ed\u00ada vestir humildemente o de luto. Se daba lugar primeramente a la defensa y luego a la acusaci\u00f3n. Los estudiantes o disc\u00ed\u00adpulos pod\u00ed\u00adan hablar en favor del acusado, nunca en contra, a menos que se tratara de un caso que no envolviera la pena capital, cuando pod\u00ed\u00adan hacerlo de cualquier manera. Las sentencias de descargo deb\u00ed\u00adan dictarse el mismo d\u00ed\u00ada, pero las de muerte al d\u00ed\u00ada siguiente de la audiencia.<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de la Biblia Cristiano<\/b><\/p>\n<p>tip, CONS<\/p>\n<p>vet, (heb. \u00abtalm\u00fadico\u00bb, derivado del gr. \u00absynedrion\u00bb: consejo, tribunal). Cuerpo gubernamental jud\u00ed\u00ado. Los persas otorgaron a los jud\u00ed\u00ados el derecho a juzgar sus propios litigios (Esd. 7:25, 26; 10:14). La ca\u00ed\u00adda del imperio persa no signific\u00f3 la p\u00e9rdida de este privilegio. Hab\u00ed\u00ada un consejo gubernamental denominado \u00abgerousia\u00bb, o senado (Ant. 12:3, 3), una especie de asamblea nacional (1 Mac. 12:6); estaba constituido por ancianos (cfr. 1 Mac. 14:20). Este consejo representaba a la naci\u00f3n jud\u00ed\u00ada (1 Mac. 12:3) y se uni\u00f3 a Jonat\u00e1n, sumo sacerdote, a fin de concertar una alianza ofensiva con Esparta. Jonat\u00e1n convoc\u00f3 a los ancianos para considerar con ellos la construcci\u00f3n de fortalezas en Judea y el reforzamiento de los muros de Jerusal\u00e9n (1 Mac. 12:35; cfr. 13:36; 14:20, 28 y 47). Bajo Gabino, proc\u00f3nsul de Siria (57-55 a.C.), Judea fue dividida en 5 distritos, dependiendo cada uno de ellos de un \u00absynedrion\u00bb o \u00absynodos\u00bb, es decir, un consejo o sanedr\u00ed\u00adn (Ant. 14:5, 4; Guerras 1:8, 5). Desde entonces, la m\u00e1s alta autoridad de Jerusal\u00e9n vino a ser el sunedrion, lo que sin embargo no elimin\u00f3 la gerousia. No obstante, ese arreglo no dur\u00f3 mucho tiempo. El a\u00f1o 47 a.C., C\u00e9sar extendi\u00f3 otra vez la jurisdicci\u00f3n del sanedr\u00ed\u00adn de Jerusal\u00e9n a toda Judea (cfr. Ant. 14:9, 3-5). Al comienzo de su reinado, Herodes hizo dar muerte a 45 miembros del sanedr\u00ed\u00adn (Ant. 14:9, 4; 15:1, 2), pero no suprimi\u00f3 el consejo (Ant. 15:6, 2). Bajo los procuradores romanos, del a\u00f1o 6 al 66 d.C., los poderes del sanedr\u00ed\u00adn fueron ampliados. Seg\u00fan las fuentes jud\u00ed\u00adas, esta asamblea se compon\u00ed\u00ada de 71 miembros (cfr. el simulacro de sanedr\u00ed\u00adn, Guerras 4:5, 4). S\u00f3lo pod\u00ed\u00adan ser elegidos israelitas de linaje indiscutible. El n\u00famero de 70 se correspond\u00ed\u00ada, probablemente, con los setenta ancianos designados para colaborar con Mois\u00e9s. El miembro adicional era el sumo sacerdote, que ejerc\u00ed\u00ada las funciones de presidente. El sanedr\u00ed\u00adn era el tribunal supremo, teniendo poderes de vida y muerte (Ant. 14:9, 3 y 4; Mt. 26:3, 57; Hch. 4:5, 6, 15; 5:21, 27, 34, 41; 6:12, 15; 7:1; 23:2); pero es evidente que bajo el imperio romano la sentencia capital no deb\u00ed\u00ada ser ejecutada excepto con el asentimiento de las autoridades romanas. El sanedr\u00ed\u00adn se ocupaba de una forma general de lo que ata\u00f1\u00ed\u00ada al gobierno y a la justicia, en la medida en que no ten\u00ed\u00adan que recurrir a los procuradores o a sus subordinados (cfr. Hch. 22:30). En la \u00e9poca de Floro, los dirigentes y los consejeros se dirig\u00ed\u00adan personalmente a los pueblos para percibir los impuestos (Guerras 2:17, 1). El sanedr\u00ed\u00adn ten\u00ed\u00ada una fuerza propia de polic\u00ed\u00ada y el derecho de arrestar a personas (Mt. 26:47; Mr. 14:43). El Se\u00f1or Jes\u00fas fue juzgado por el sanedr\u00ed\u00adn (Mt. 26:59; Mr. 14:55; 15:1; Lc. 22:66; Jn. 11:47). Pedro, Juan y los otros ap\u00f3stoles tuvieron que comparecer ante este consejo (Hch. 4:5, 6, 15; 5:21, 27, 34, 41). Esteban fue llevado ante el sanedr\u00ed\u00adn (Hch. 6:12), lo mismo que Pablo (Hch. 22:30; 23:15; 24:20). El sanedr\u00ed\u00adn dej\u00f3 de existir cuando la destrucci\u00f3n de Jerusal\u00e9n. Los miembros del sanedr\u00ed\u00adn eran los sumos sacerdotes (en funciones o que hubieran ostentado el cargo, junto con los miembros de sus privilegiadas familias), ancianos (jefes de tribu, de familias, de \u00f3rdenes sacerdotales), escribas (asesores jur\u00ed\u00addicos o doctores de la Ley),fariseos y saduceos (Hch. 4:1 ss.; 5:17, 34; 23:5, 6). Hab\u00ed\u00ada, adem\u00e1s, alguaciles (Mr. 14:65; Jn. 18:22). El sanedr\u00ed\u00adn parece que se reun\u00ed\u00ada en el edificio llamado \u00abcasa del consejo\u00bb, situado al oeste del Templo, cerca del gimnasio (Guerras 5:4, 2). Al menos as\u00ed\u00ad era, seg\u00fan Josefo, en los \u00faltimos a\u00f1os del estado jud\u00ed\u00ado. Seg\u00fan la Misn\u00e1, al principio las asambleas se celebraban en una de las salas que miraban al patio interior del Templo. Parece asimismo que en casos urgentes el consejo se reun\u00ed\u00ada en la casa del sumo sacerdote (Mt. 26:3, 57; Mr. 14:53).<\/p>\n<p><b>Fuente: Nuevo Diccionario B\u00edblico Ilustrado<\/b><\/p>\n<p>[016]<br \/>\n  Tribunal supremo pol\u00ed\u00adtico religioso, radicado en el Templo de Jerusal\u00e9n, que dirig\u00ed\u00ada el gobierno religioso y en tiempos pol\u00ed\u00adtico de Jerusal\u00e9n. En los tiempos romanos sus atribuciones estaban limitadas. Se le cita por primera vez en la Biblia en los libros de los Macabeos (1 Mac. 11. 23; 12. 6; 14. 8; 2 Mac. 4. 1 y 10; 4. 44) Los LXX tradujeron el t\u00e9rmino hebreo por \u00abSinedrion\u00bb. La Vulgata lo tradujo por \u00abConsilium\u00bb.<\/p>\n<p>    En ocasiones se identificaba como la \u00abgerousia\u00bb, o consejo de ancianos, de las ciudades helen\u00ed\u00adsticas. As\u00ed\u00ad se refleja en el Nuevo Testamento (Hech. 5.21) al referirse a su car\u00e1cter deliberatorio.<\/p>\n<p>    En tiempos de Herodes su autoridad qued\u00f3 supeditada a la del Rey. Los romanos le privaron del derecho de dictar penas capitales. Ten\u00ed\u00ada 72 jueces y sus decisiones eran inapelables. Estaba dominado por la clase sacerdotal, lo que indicaba que en tiempos de Jes\u00fas predominaban en su composici\u00f3n los saduceos.<\/p>\n<p>   (Ver Pasi\u00f3n 5.2.1)<\/p>\n<p>Pedro Chico Gonz\u00e1lez, Diccionario de Catequesis y Pedagog\u00ed\u00ada Religiosa, Editorial Bru\u00f1o, Lima, Per\u00fa 2006<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagog\u00eda Religiosa<\/b><\/p>\n<p>(v. hebra\u00ed\u00adsmo)<\/p>\n<p>(ESQUERDA BIFET, Juan, Diccionario de la Evangelizaci\u00f3n,  BAC, Madrid, 1998)<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de Evangelizaci\u00f3n<\/b><\/p>\n<p>En los tiempos de Jesucristo, el Sanedr\u00ed\u00adn era el tribunal supremo religioso de los jud\u00ed\u00ados, la m\u00e1s alta autoridad administrativa y judicial. Se compon\u00ed\u00ada de setenta miembros, seguramente por analog\u00ed\u00ada con los setenta ancianos de Israel que eligi\u00f3 Mois\u00e9s para administrar la justicia (Ex 24,1; N\u00fam 11,16), integrados por ancianos, sumos sacerdotes y escribas. Su competencia, al menos en los tiempos del N. T., estaba limitada. Seguramente pod\u00ed\u00ada instruir el sumario y dictar la sentencia, pero, al menos en el caso de sentencia capital, deb\u00ed\u00ada tener la confirmaci\u00f3n del procurador romano (Mt 26,59; Mc 14,55; Lc 22,26; Jn 18,31). ->instituciones; templo; contexto.<\/p>\n<p>E. M. N.<\/p>\n<p>FERNANDEZ RAMOS, Felipe (Dir.), Diccionario de Jes\u00fas de Nazaret, Editorial Monte Carmelo, Burbos, 2001<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de Jes\u00fas de Nazaret<\/b><\/p>\n<p>V\u00e9ase TRIBUNAL JUDICIAL.<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de la Biblia<\/b><\/p>\n<p>Nota: El t\u00e9rmino sunedrion se traduce \u00abconcilio\u00bb uniformemente en la RVR; se traduce \u00absanedr\u00ed\u00adn\u00bb o \u00absanhedrin\u00bb en diversas versiones en aquellos pasajes en que se trata del juicio seguido contra el Se\u00f1or por parte del consejo conocido como sanedrin. P.ej. Besson (Mat 26:59; Mc 14.55; 15.1); tambi\u00e9n en Act 4:15; la versi\u00f3n BNC tambi\u00e9n traduce sanedr\u00ed\u00adn en estos pasajes; v\u00e9ase CONCILIO, N\u00c2\u00ba 1.<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario Vine Nuevo testamento<\/b><\/p>\n<p><p style=\"text-align: justify;\">El sanedr\u00edn (arameo, del griego <em>sunedrion<\/em>, \u00abconcilio\u00bb) era el cuerpo gobernante de la comunidad jud\u00eda, el cual control\u00f3 su vida religiosa y pol\u00edtica hasta que fue derribada la naci\u00f3n jud\u00eda en 70 d.C. Su origen es incierto. Los rabinos sostienen que empez\u00f3 con los setenta ancianos que asistieron a Mois\u00e9s (Ex. 24:1); pero no existe evidencia de que hubiese permanecido alg\u00fan concilio organizado desde el tiempo del \u00e9xodo. En el tiempo persa, los ancianos mencionados en Esdras (Esd. 5:9; 6:7, 14; 10:8) y los \u00abgobernantes del pueblo\u00bb en el tiempo de Nehem\u00edas (Neh. 2:16; 11:1) debieron de haber dirigido los asuntos de la comunidad. La primera referencia clara de un cuerpo organizado es en el tiempo de Ant\u00edoco el Grande (223\u2013187 a.C). La membres\u00eda se basaba en la edad y en la cantidad de riqueza, y el presidente era el sumo sacerdote. Despu\u00e9s de la revoluci\u00f3n macabea, los ancianos adquirieron nuevo poder. Con la venida de Pompeyo en 63 d.C., el territorio jud\u00edo se dividi\u00f3 en cinco <em>sunedria<\/em>, de los cuales el <em>sunedrion<\/em> de Jerusal\u00e9n, la capital, lleg\u00f3 a ser el factor principal en la formaci\u00f3n de la pol\u00edtica jud\u00eda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La membres\u00eda en el sanedr\u00edn estaba limitada a jud\u00edos de sangre pura, y era una posici\u00f3n que se gozaba de por vida. Su jurisdicci\u00f3n estaba limitada a Judea. Jes\u00fas fue tra\u00eddo delante del sanedr\u00edn (Mt. 26:59), y los ap\u00f3stoles fueron examinados por \u00e9l (Hch. 4:15\u201318; 22:30; 23:1ss.). Ten\u00eda la \u00faltima palabra en casos que tuvieran que ver con la interpretaci\u00f3n de la ley, y actuaban en casos de cr\u00edmenes, sujetos a la aprobaci\u00f3n del gobernador romano. Serv\u00eda como el grupo asistente del gobernador en asuntos jud\u00edos, y provey\u00f3 de un gobierno central durante los a\u00f1os que la naci\u00f3n estuvo largamente desprovista de una verdadera independencia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">BIBLIOGRAF\u00cdA<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\">\n<li>Schuerer, <em>The Jewish People in the Time of Christ<\/em>, II, I, pp. 163\u2013195; S.B. Hoenig, <em>The Great Sanhedrin<\/em>; J.Z. Lauterbach, \u00abSanhedrin\u00bb en <em><a href=\"#_ftn1\" name=\"_ftnref1\">JewEnc.<\/a><\/em><\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">Merril C. Tenney<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"#_ftn2\" name=\"_ftnref2\"><\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\"><em>JewEnc. <\/em><\/a><em>Jewish Encyclopaedia<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"#_ftnref2\" name=\"_ftn2\"><\/a>Harrison, E. F., Bromiley, G. W., &amp; Henry, C. F. H. (2006). <em>Diccionario de Teologi\u0301a<\/em> (556). Grand Rapids, MI: Libros Desafi\u0301o.<\/p>\n<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de Teolog\u00eda<\/b><\/p>\n<p><p style='text-align:justify;'><span lang=ES style=''>es la transcripci\u00f3n usada en el Talmud para el <etiqueta id=\"#_ftn407\" name=\"_ftnref407\" title=\"\">gr. <\/etiqueta><\/span><span style=''>synedrion<\/span><span lang=ES style=''> (del que el heb. <\/span><span style=''>sanhedr&#305;&#770;n<\/span><span style=''> <span lang=ES>es un pr\u00e9stamo). Tanto antes de la \u00e9poca de Cristo como durante la misma, fue el nombre del tribunal m\u00e1s alto de los jud\u00edos, que se reun\u00eda en Jerusal\u00e9n, y tambi\u00e9n de diversos tribunales menores. En algunas <etiqueta id=\"#_ftn408\" name=\"_ftnref408\" title=\"\">vss. este t\u00e9rmino se traduce con frecuencia como \u201c<\/etiqueta>concilio\u201d. Hay paralelos en escritos cl\u00e1sicos que se refieren a tribunales similares en Grecia y Roma. Josefo us\u00f3 la palabra para el consejo que gobernaba los cinco distritos en que el romano Gabinio, proc\u00f3nsul de Siria en 57\u201355 a.C., dividi\u00f3 Judea (<i>Ant.<\/i> 14.90; <etiqueta id=\"#_ftn409\" name=\"_ftnref409\" title=\"\"><i>GJ<\/i><\/etiqueta> 1.170). Josefo lo usa por primera vez para los jud\u00edos cuando se refiere a la citaci\u00f3n del Herodes joven ante ella por supuestos delitos (<i>Ant.<\/i> 14.163\u2013184). En el <etiqueta id=\"#_ftn410\" name=\"_ftnref410\" title=\"\">NT el t\u00e9rmino se refiere ya sea a la suprema corte judaica (Mt. 26.59; Mr. 14.55; Lc. <\/etiqueta>22.66; Jn. 11.47; Hch. 4.15; 5.21ss; 6.12ss; 22.30; 23.1ss; 24.20) o simplemente a cualquier tribunal de justicia (Mt. 5.22). En unos cuantos casos se usan otras palabras en lugar de <\/span><\/span><span style='font-family: \"Charis SIL\"'>synedrion<\/span><span lang=ES style=''>, p. ej. <\/span><span style=' '>presbyterion<\/span><span lang=ES style=''>, \u2018cuerpo de ancianos\u2019 (Lc. 22.66; Hch. 22.5), y <\/span><span style=''>gerousia<\/span><span lang=ES style=''>, \u2018senado\u2019 (Hch. 5.21, <\/span><etiqueta id=\"#_ftn411\" name=\"_ftnref411\" title=\"\"><span lang=ES style='font-size:10.0pt;;color:green; text-transform:uppercase'>\u00b0vm<\/span><\/etiqueta><span lang=ES style=' '>).<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;line-height: normal'><b><span lang=ES style=''>I. Historia<\/span><\/b><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;line-height: normal'><span lang=ES style=''>La historia del sanedr\u00edn no est\u00e1 clara en todos sus puntos. Tradicionalmente se origin\u00f3 con los setenta ancianos que ayudaban a Mois\u00e9s (Nm. 11.16\u201324). Se supone que Esdras reorganiz\u00f3 dicho cuerpo despu\u00e9s del exilio. Los persas concedieron autoridad a los jud\u00edos en asuntos locales (Esd. 7.25\u201326; 10.14), y es posible que los \u201cancianos\u201d de Esd. 5.5, 9; 6.7, 14; 10.8, y los \u201coficiales\u201d de Neh. 2.16; 4.14, 19; 5.7; 7.5, constituyesen un cuerpo que se asemejaba al sanedr\u00edn de \u00e9pocas posteriores. M\u00e1s tarde, los griegos permitieron un cuerpo conocido como la <\/span><span style=''>gerousia<\/span><span lang=ES style=''> (\u2018senado\u2019; <\/span><etiqueta id=\"#_ftn412\" name=\"_ftnref412\" title=\"\"><span lang=ES style='font-size:10.0pt;;color:green; text-transform:uppercase'>\u00b0vrv2<\/span><\/etiqueta><span lang=ES style=' '> \u201cconcilio\u201d) que estaba formado por ancianos y representaba a la naci\u00f3n (<etiqueta id=\"#_ftn413\" name=\"_ftnref413\" title=\"\">Jos., <\/etiqueta><i>Ant.<\/i> 12.142; 1 Mac. 12.3, 6; 14.20). En los d\u00edas de los Sel\u00e9ucidas esta <\/span><span style=''>gerousia<\/span><span lang=ES style=''> tuvo trato con gobernantes tales como Ant\u00edoco el Grande en 208 a.C. y con Ant\u00edoco V (Jos., <i>Ant.<\/i> 12.128), y estaba entonces compuesto, al parecer, por ancianos provenientes de la aristocracia (1 Mac. 12.6; 2 Mac. 1.10; 4.44; 11.27). En los d\u00edas de la rebeli\u00f3n macabea fue este concilio el que se uni\u00f3 con Jonat\u00e1n, sumo sacerdote y l\u00edder del pueblo, para hacer una alianza con Esparta (1 Mac. 12.5ss), y fueron ellos los que le aconsejaron acerca de la edificaci\u00f3n de fortalezas en Judea (1 Mac. 12.35; cf. 13.36; 14.20, 28, 47). Parecer\u00eda que el sumo sacerdote presid\u00eda este cuerpo.<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>Bajo los romanos, excepto un breve per\u00edodo bajo Gabinio, este cuerpo tuvo amplios poderes. El t\u00e9rmino empleado para los consejos de distrito fue posteriormente adoptado para la m\u00e1s poderosa <\/span><span style=''>gerousia<\/span><span lang=ES style=''> de Jerusal\u00e9n, y hacia fines del ss. I a.C. este consejo se conoc\u00eda como el <\/span><span style=''>synedrion<\/span><span lang=ES style=''>, aunque otros t\u00e9rminos tales como gerousia y <\/span><span style=' '>boul&#275;<\/span><span lang=ES style=' '> (\u2018concilio\u2019) tambi\u00e9n se usaron en ciertas \u00e9pocas. Fue Julio C\u00e9sar el que invirti\u00f3 el plan de Gabinio y extendi\u00f3 el poder del sanedr\u00edn una vez m\u00e1s sobre toda la Judea, si bien durante el reinado de *Herodes (37\u20134 a.C.) sus poderes fueron dr\u00e1sticamente limitados. Bajo los procuradores (6\u201366 <etiqueta id=\"#_ftn414\" name=\"_ftnref414\" title=\"\">d.C.) los poderes del sanedr\u00edn fueron amplio<\/etiqueta>s, y el gobierno interno del pa\u00eds estaba en sus manos (Jos., <i>Ant.<\/i> 20.200), y se reconoc\u00eda incluso entre los de la <i>diaspora<\/i> (Hch. 9.2; 22.5; 26.12) en algunos sentidos. A partir de los d\u00edas de Arquelao, hijo de *Herodes el Grande, sus poderes directos fueron, sin embargo, limitados a Judea, ya que no tuvo ning\u00fan poder sobre Jes\u00fas mientras estuvo en Galilea. En Judea estaban, desde luego, las autoridades locales que escuchaban casos localmente pero daban cuenta de ciertos casos a la autoridad central. Los concilios (<\/span><span style=''>synedria<\/span><span lang=ES style=''>) de Mt. 5.22; 10.17; Mr. 13.9, y la <\/span><span style='font-family: \"Charis SIL\"'>boalui<\/span><span lang=ES style=''> de Jos., <i>Ant.<\/i> 4.214, etc. eran tribunales locales de por lo menos siete ancianos, y en ciudades grandes hasta de 23 ancianos.<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>Despu\u00e9s del 70 d.C. el sanedr\u00edn fue abolido y remplazado por el bet din (tribunal de justicia) que seg\u00fan se afirma se reun\u00eda en Jabnia (68\u201380 d.C.), Usah (80\u2013116), Safran (140\u2013163), S\u00e9foris (163\u2013193), y Tiberias (193\u2013220). Aunque el Talmud lo considera como continuidad del sanedr\u00edn, era esencialmente diferente, ya que se compon\u00eda de escribas cuyas decisiones s\u00f3lo ten\u00edan autoridad moral y religiosa.<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;line-height: normal'><b><span lang=ES style=''>II. Constituci\u00f3n y composici\u00f3n<\/span><\/b><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;line-height: normal'><span lang=ES style=''>La constituci\u00f3n del sanedr\u00edn se fue modificando en el transcurso de los a\u00f1os. Formado en su origen b\u00e1sicamente por la aristocracia sacerdotal predominantemente saducea, su composici\u00f3n cambi\u00f3 a partir de la \u00e9poca de la reina Alejandra (76\u201367 a.C.) cuando entraron *fariseos, como tambi\u00e9n *escribas. El m\u00e9todo de designaci\u00f3n no est\u00e1 claro, pero el origen aristocr\u00e1tico del cuerpo sugiere la designaci\u00f3n directa de miembros de las familias antiguas, a los que se agregaban gobernantes seculares. Bajo Herodes, que favoreci\u00f3 a los fariseos y deseaba restringir a los *saduceos y la influencia de la vieja nobleza, el elemento saduceo se hizo menos prominente, y el elemento farisaico, que ven\u00eda aumentando en fuerza desde los d\u00edas de la reina Alejandra, se volvi\u00f3 m\u00e1s influyente. En la \u00e9poca del NT el gran sanedr\u00edn de Jerusal\u00e9n comprend\u00eda a los sumos sacerdotes (e. d. el sumo sacerdote en actividad y los que hab\u00edan sido sumos sacerdotes), miembros de las familias privilegiadas de donde surg\u00edan los sumos sacerdotes, los ancianos (jefes tribales y de familia, del pueblo del sacerdocio), y los escribas, e. d. los expertos legales. Comprend\u00eda tanto saduceos como fariseos. (Mt. 26.3, 57, 59; Mr. 14.53; 15.1; Lc. 22.66; Hch. 4.1, 5ss; 5.17, 21, 34; 22.30; 23.6). Los miembros eran consejeros (<\/span><span style=''>bouleut&#275;s<\/span><span lang=ES style=''>, Mr. 15.43; Lc. 23.50), como, por ejemplo, Jos\u00e9 de Arimatea.<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>Seg\u00fan Josefo y el NT, a veces el sumo sacerdote era presidente (Jos., <i>Ant.<\/i> 4.224; 20.224ss; Mt. 26.57; Hch. 5.17ss; 7.1; 9.1ss; 22.5; 24.1). As\u00ed, Caif\u00e1s presidi\u00f3 durante el juicio a Jes\u00fas, y Anan\u00edas en el juicio a Pablo (Hch. 23.2). Parecer\u00eda que en \u00e9pocas m\u00e1s antiguas el sumo sacerdote ten\u00eda autoridad suprema, pero este aspecto fue restringido m\u00e1s tarde en alguna medida. La designaci\u00f3n ya no fue hereditaria, sino pol\u00edtica, y los ex sumos sacerdotes con sus asociados m\u00e1s cercanos (tales como el jefe del templo) constitu\u00edan los \u201cgobernantes\u201d (Jn. 7.26; Hch. 4.5\u20138, etc.).<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;line-height: normal'><b><span lang=ES style=''>III. L\u00edmites de su jurisdicci\u00f3n<\/span><\/b><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;line-height: normal'><span lang=ES style=''>La jurisdicci\u00f3n era amplia en la \u00e9poca de Cristo. Ejerc\u00eda no s\u00f3lo jurisdicci\u00f3n civil seg\u00fan la ley jud\u00eda sino tambi\u00e9n jurisdicci\u00f3n criminal en alguna medida. Ten\u00eda autoridad administrativa y pod\u00eda ordenar arrestos por medio de sus propios oficiales de justicia (Mt. 26.47; Mr. 14.43; Hch. 4.1ss; 5.17ss; 9.2). Ten\u00eda facultad para juzgar casos que no comprend\u00edan la pena capital (Hch. 4\u20135). Los casos de esta naturaleza requer\u00edan la confirmaci\u00f3n del procurador romano (Jn. 18.31), aunque la decisi\u00f3n del procurador generalmente coincid\u00eda con las exigencias del sanedr\u00edn, que en la ley judaica ten\u00eda poder sobre la vida y la muerte (Jos., <i>Ant.<\/i> 14.168; Mt. 26.66). En el caso especial en que alg\u00fan gentil traspasaba la barrera que divid\u00eda el atrio interno del templo del de los gentiles el sanedr\u00edn ten\u00eda el poder de muerte que le acordaban los administradores romanos (Hch. 21.18ss); y es posible que esta concesi\u00f3n incluyera otras ofensas cometidas contra el templo, ya sea con hechos o, como el caso de Esteban (Hch. 6.13s), con palabras. El \u00fanico caso de pena capital en relaci\u00f3n con el sanedr\u00edn en el NT es el de nuestro Se\u00f1or, pero la ejecuci\u00f3n se llev\u00f3 a cabo por decisi\u00f3n del gobernador romano. El caso de Esteban tiene ciertos rasgos de acto ilegal cometido por la turba.<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>Un estudio del NT pone de manifiesto la variedad de asuntos que se trataban en el sanedr\u00edn. As\u00ed, a Jes\u00fas se lo acus\u00f3 de blasfemia (Mt. 26.57ss; Jn. 19.7), a Pedro y a Juan se los acus\u00f3 de ense\u00f1ar al pueblo doctrinas falsas (Hch. 4), a Pablo de transgredir la ley mosaica (Hch. 22\u201324). Estas eran, desde luego, cuestiones religiosas. Pero hubo \u00e9pocas en que el cobro de las rentas p\u00fablicas era responsabilidad del sanedr\u00edn, como en la \u00e9poca de Floro (Jos., <i>GJ <\/i>2.406). Hab\u00eda siempre, empero, un freno te\u00f3rico a los poderes del sanedr\u00edn, porque los romanos se reservaban el derecho de intervenir en cualquier aspecto, si fuese necesario en forma independiente del tribunal judaico. El arresto de Pablo en Hch. 23 es un caso de este tipo. Es probable que convenga considerar que el sanedr\u00edn ten\u00eda dos \u00e1reas de responsabilidad: pol\u00edtica (administrativa y judicial) y religiosa. No resulta siempre claro c\u00f3mo se cumpl\u00edan estos dos aspectos, y algunos autores hasta han sugerido dos cuerpos diferentes, cada uno de ellos conocido como sanedr\u00edn. Esto probablemente no sea necesario, pero lo sugiere la falta de conocimiento suficiente de los procedimientos.<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;line-height: normal'><b><span lang=ES style=''>IV. Procedimientos<\/span><\/b><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;line-height: normal'><span lang=ES style=''>Hab\u00eda momentos y lugares adecuados para las reuniones, seg\u00fan la tradici\u00f3n que ha conservado el tratado misnaico <i>Sanhedrin<\/i>. Los tribunales se reun\u00edan el segundo y quinto d\u00edas de la semana, y el sanedr\u00edn de Jerusal\u00e9n en momentos espec\u00edficos (aunque desconocidos para nosotros). No se reun\u00edan en d\u00edas festivos ni los d\u00edas de reposo.<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>Se proced\u00eda seg\u00fan formas establecidas. El sanedr\u00edn sesionaba en semic\u00edrculo y ten\u00eda dos secretarios, uno para registrar los votos de absoluci\u00f3n y el otro los votos de condenaci\u00f3n. Los disc\u00edpulos asist\u00edan a las reuniones del tribunal y se sentaban adelante. Los prisioneros concurr\u00edan vestidos en forma humilde. En casos de pena capital se presentaban los argumentos de la defensa, luego los correspondientes a la acusaci\u00f3n. Si alguien hablaba a favor de la absoluci\u00f3n no pod\u00eda cambiar de opini\u00f3n, pero si hablaba a favor de la condena pod\u00eda posteriormente cambiar su voto. Los estudiantes pod\u00edan hablar en favor de la absoluci\u00f3n pero no de la condena. La absoluci\u00f3n pod\u00eda declararse el mismo d\u00eda de la audiencia, pero la condena deb\u00eda esperar hasta el otro d\u00eda. Al votar, los miembros se pon\u00edan en pie, comenzando con el m\u00e1s joven. Para la absoluci\u00f3n bastaba la simple mayor\u00eda, para la condena se requer\u00edan dos tercios de los votos. Si doce de los 23 jueces necesarios para el qu\u00f3rum votaban por la absoluci\u00f3n, y once por la condena, el prisionero quedaba libre. Si doce votaban por la condena, y once en contra, el n\u00famero de jueces deb\u00eda aumentarse en dos, y esto se repet\u00eda hasta un total de 71, o hasta que se lograba la absoluci\u00f3n. Cuando el caso era tan dudoso como lo indica este procedimiento a la persona se le conced\u00eda el beneficio de la duda. M\u00e1s aun, el beneficio estaba siempre del lado del acusado (Misn\u00e1, <i>Sanhedr\u00edn <\/i>5.5).<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>En este sentido, la legalidad del juicio a Jes\u00fas se ha discutido por muchos autores, y resulta bastante claro que hay elementos en torno al mismo que indicar\u00edan un error judicial.<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=';text-transform:uppercase'>Bibliograf\u00eda.<\/span><span lang=ES style=''> \u00b0E. Sch\u00fcrer, <i>Historia del pueblo jud\u00edo en tiempos de Jes\u00fas<\/i>, 1985, t(t). II, pp. 269\u2013305; J. Jeremias, <i>Jerusal\u00e9n en tiempos de Jes\u00fas<\/i>, 1977; C. Guignebert, <i>El mundo jud\u00edo hacia los tiempos de Jes\u00fas<\/i>, 1959, pp. 48ss.<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal style='margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent: 18.0pt;line-height:normal'><span lang=ES style=''>E. Sch\u00fcrer, <etiqueta id=\"#_ftn415\" name=\"_ftnref415\" title=\"\"><i>HJP<\/i><\/etiqueta>, 1901, 2, i, pp. 163\u2013195; J. Z. Lauterbach, <etiqueta id=\"#_ftn416\" name=\"_ftnref416\" title=\"\"><i>JewE<\/i><\/etiqueta>, 11, 1905, pp. 41\u201344; I. Abrahams, <etiqueta id=\"#_ftn417\" name=\"_ftnref417\" title=\"\"><i>ERE<\/i><\/etiqueta>, 2, 1920, pp. 184\u2013185; H. Danby, <i>The Mishnah<\/i>, trad. ing. 1933, tratado <i>Sanhedrin<\/i>, pp. 382\u2013400; id., \u201cThe Trial of Jesus\u201d, <etiqueta id=\"#_ftn418\" name=\"_ftnref418\" title=\"\"><i>JTS <\/i><\/etiqueta>21, 1919\u201320, pp. 51\u201376; J. Blinzler, <i>The Trial of Jesus<\/i>, 1959; P. Winter, <i>On the Trial of Jesus<\/i>, 1961.<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;' class=MsoNormal align=right style='text-align:right;line-height:normal'><span lang=ES style='font-family:\"Tahoma\",sans-serif'>&#65279;<\/span><etiqueta id=\"#_ftn419\" name=\"_ftnref419\" title=\"\"><span lang=ES style='font-size:10.0pt; ;color:green'>J.A.T.<\/span><\/etiqueta><span lang=ES style='font-family:\"Tahoma\",sans-serif'>&#65279;<\/span><\/p>\n<p style='text-align:justify;'>Douglas, J. (2000). Nuevo diccionario Biblico : Primera Edicion. Miami: Sociedades B\u00edblicas Unidas.<\/p>\n<\/p>\n<p><b>Fuente: Nuevo Diccionario B\u00edblico<\/b><\/p>\n<p><p style=\"text-align: justify\">El consejo supremo y tribunal de justicia entre los  jud\u00edos.  El nombre Sanhedrin se deriva originalmente de la palabra griega sun\u00e9drion, que modificada variamente, pas\u00f3 al vocabulario arameo en un per\u00edodo desconocido.   Entre los jud\u00edos de habla griega, gerous\u00eda, \u201cla asamblea de los ancianos\u201d fue aparentemente el nombre com\u00fan del Sanedr\u00edn, por lo menos al principio; en el hebreo post-b\u00edblico el apelativo Beth-Din, \u201ccasa de juicio\u201d, parece haber sido bastante popular.\n<\/p>\n<h2>Contenido<\/h2>\n<ul>\n<li class=\"toclevel-1 tocsection-1\">1 Historia<\/li>\n<li class=\"toclevel-1 tocsection-2\">2 Composici\u00f3n<\/li>\n<li class=\"toclevel-1 tocsection-3\">3 Jurisdicci\u00f3n y procedimiento<\/li>\n<li class=\"toclevel-1 tocsection-4\">4 Bibliograf\u00eda<\/li>\n<\/ul>\n<h2>Historia<\/h2>\n<p style=\"text-align: justify\">A una instituci\u00f3n tan famosa como el Sanedr\u00edn, naturalmente, la tradici\u00f3n jud\u00eda le atribuy\u00f3 una muy venerable y sagrada antig\u00fcedad.  Algunos doctores, de hecho, no vacilaron en reconocer al Sanedr\u00edn en el consejo de los setenta ancianos fundado por Mois\u00e9s (N\u00fam. 11,16); otros pretendieron descubrir los primeros vestigios del Sanedr\u00edn en el tribunal creado por Josafat (2 Cr\u00f3n. 19,8); pero ninguna de estas instituciones lleva, en su composici\u00f3n o en sus atribuciones, ninguna semejanza al Sanedr\u00edn como lo conocemos.  Tampoco debe buscarse el origen del Sanedr\u00edn en la Gran Sinagoga, cuya tradici\u00f3n le atribuye su fundaci\u00f3n a Esdras, y que se consider\u00f3 como el nexo de uni\u00f3n entre el \u00faltimo de los  profetas y los primeros escribas; pues aparte de la gran oscuridad que se cierne sobre las funciones de este una vez famoso cuerpo, su existencia misma es, entre los eruditos modernos, el tema de las m\u00e1s serias dudas.   Sin embargo, puede ser que el Sanedr\u00edn surgiese a partir del consejo de los nobles, los jefes y los ancianos, gradualmente desarrollado y organizado, en el que recay\u00f3 el gobierno de la comunidad restaurada en tiempos de Nehem\u00edas y Esdras (Neh. 2,16; 4,8.13; 5,7; 7,5;  Esd. 5,5.9; 6,7.14; 10,8).  De todos modos, la primera menci\u00f3n indiscutible que poseemos respecto al gerous\u00eda de Jerusal\u00e9n se relaciona con el reinado de Ant\u00edoco el Grande (223 a 187 a.C.;  Josefo, \u00abAntiq.\u00bb, XII, III, 3).  A partir de ese momento, podemos seguir la historia del Sanedr\u00edn hasta su desaparici\u00f3n en el derrocamiento de la naci\u00f3n jud\u00eda.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Dado que bajo los gobernantes griegos a los jud\u00edos se les permit\u00eda un alto grado de autogobierno, a los  sumos sacerdotes y a los gerous\u00eda les toc\u00f3 decidir sobre muchos puntos de la administraci\u00f3n civil y religiosa.  Pero cuando, despu\u00e9s de las guerras de los Macabeos, tanto los poderes reales como  sacerdotales recayeron en la persona de los reyes asmoneos, la autoridad del Sanedr\u00edn fue lanzada naturalmente a \u00faltimo t\u00e9rmino por la de los gobernantes autocr\u00e1ticos.  A\u00fan as\u00ed el Sanedr\u00edn, donde dominaba una mayor\u00eda de fariseos, sigui\u00f3 siendo \u00abla casa de justicia de los asmoneos\u00bb (\u00abTalm.\u201d, Aboda zara, 36b;. Sanh, 82a).  Un coup d\u2019etat (golpe de estado) de Juan Hircano hacia el final de su reinado provoc\u00f3 un \u00abSanedr\u00edn saduceo\u00bb (\u00abAntiq.\u00bb, XVI, XI, 1; Sanh, 52b;. Meguilat Taanith, 10), que dur\u00f3 hasta Janeo, pero debido a los conflictos entre la nueva asamblea y Alejandro, fue restaurado en breve, para volver a ser derrocado por la reacci\u00f3n farisea, bajo el gobierno de Alejandra.   La intervenci\u00f3n de Roma, ocasionada por la contienda entre los hijos de Alejandra, fue uno moment\u00e1neamente fatal para el Sanedr\u00edn, en la medida en que el proc\u00f3nsul romano Gabinio, mediante el establecimiento de asambleas similares en Gadara, Jeric\u00f3, Amathonte y Sapphora, limit\u00f3 la jurisdicci\u00f3n de la gerous\u00eda de Jerusal\u00e9n a la ciudad y al distrito vecino (57 a.C.).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">En el 47, sin embargo, el nombramiento de Hircano II como etnarca de los jud\u00edos result\u00f3 en la restauraci\u00f3n de la autoridad del Sanedr\u00edn en todo el pa\u00eds.  Uno de los primeros actos de la ahora todopoderosa asamblea fue pasar juicio sobre Herodes, el hijo de Ant\u00edpatro, acusado de crueldad en su gobierno (\u00abAntiq.\u00bb, XI, IX, 4).  No era probable que el vengativo pr\u00edncipe olvidara este insulto.  Apenas, en efecto, hab\u00eda establecido su poder en Jerusal\u00e9n (37 a.C.) cuarenta y cinco de sus ex jueces, m\u00e1s o menos relacionados con el partido de Ant\u00edgono, fueron condenados a  muerte (\u00abAntiq.\u00bb, XV, I , 2).  Sin embargo, Herodes le permiti\u00f3 al Sanedr\u00edn continuar; pero este nuevo Sanedr\u00edn, que fue llenado con sus criaturas, fue utilizado de ah\u00ed en adelante como una mera herramienta a su disposici\u00f3n (como por ejemplo en el caso del anciano Hircano).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Luego de la muerte de Herodes, la jurisdicci\u00f3n territorial de la asamblea se vio disminuida de nuevo y reducida a Judea, Samaria e Idumea, y la \u201cetnarqu\u00eda\u201d fue asignada a Arquelao.  Pero este estado de cosas no iba a durar; pues despu\u00e9s de la deposici\u00f3n del etnarca y la anexi\u00f3n de la provincia romana de Siria (6 d.C.), el Sanedr\u00edn, bajo el control de los procuradores, se convirti\u00f3 en la autoridad suprema del pueblo jud\u00edo; s\u00f3lo las sentencias capitales pronunciadas por la asamblea tal necesitaban la confirmaci\u00f3n del oficial romano antes de que pudieran llevarse a cabo.   Tal era el estado de las cosas en la vida p\u00fablica del Salvador y los siguientes treinta a\u00f1os (Mt. 26,57; Mc. 14,55; 15,1; Lc. 22,66; Jn. 11,47; Hch. 4,15; 5,21; 6,12; 22,30; 23,1 ss; 24,20; \u00abAntiq.\u00bb, XX, IX, 1; X; \u00ab.. Bell Jud\u00bb, II, xv, 6, \u00abVita\u00bb, 12, 13, 38, 49, 70).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Finalmente, cuando el mal gobierno de Albino y Gesio Floro incit\u00f3 a la naci\u00f3n a la rebeli\u00f3n, fue el Sanedr\u00edn el que organiz\u00f3 por primera vez la lucha contra Roma, pero pronto los zelotes tomaron el poder en Jerusal\u00e9n, y pusieron la famosa asamblea fuera del camino.  A pesar de una resurrecci\u00f3n nominal primero en Jamnia, inmediatamente despu\u00e9s de la destrucci\u00f3n de la Ciudad Santa, y m\u00e1s tarde en Tiber\u00edades, el gran Beth-Din de Jerusal\u00e9n en realidad no sobrevivi\u00f3 a la ruina de la naci\u00f3n, y los autores jud\u00edos posteriores tienen raz\u00f3n cuando, al hablar de los tristes acontecimientos relacionados con la ca\u00edda de Jerusal\u00e9n, que deploran el cese del Sanedr\u00edn (Sota, IX, final;. Echa Rabbathi de Lam. 5,15).\n<\/p>\n<h2>Composici\u00f3n<\/h2>\n<p style=\"text-align: justify\">Seg\u00fan el testimonio de la Mishn\u00e1 (Sanh., I, 6; Shebuoth, II, 2), confirmado por un comentario de  Josefo (\u00abBell Jud\u00bb, II, XX, 5), el Sanedr\u00edn consist\u00eda de setenta y un miembros, incluido el presidente.  La tradici\u00f3n jud\u00eda apel\u00f3 a N\u00fam. 11,16, para justificar este n\u00famero; podemos dejar sin resolver el asunto de si el texto de N\u00fameros tuvo alguna influencia en la determinaci\u00f3n de la composici\u00f3n de la Beth-Din.  Los escritores del Nuevo Testamento parecen dividir a los miembros en tres clases: los  sumos sacerdotes, los escribas, y los ancianos; pero podr\u00eda ser  err\u00f3neo considerar que estas tres clases forman una jerarqu\u00eda regular, pues en el mismo Nuevo Testamento la palabra \u00abancianos\u00bb, o la frase \u00ablos ancianos del pueblo\u00bb, equivalen a menudo a \u00ablos miembros del Sanedr\u00edn\u00bb, as\u00ed como en Josefo la palabra bouleutai equivale a \u00abmiembros del consejo\u00bb.   Sin duda se les llamaba \u201cancianos\u201d en memoria de los setenta \u201cancianos\u201d que formaban la asamblea formada por Mois\u00e9s (N\u00fam. 11), pero tambi\u00e9n porque la mente popular le adjudicaba a la palabra una connotaci\u00f3n de madurez de edad y respetabilidad (Vea en \u201cTalm.\u201d, Bab., Sanh. 17b, 88\u00aa, tambi\u00e9n en Sifra, 92, las cualificaciones morales e  intelectuales requeridas para la membres\u00eda.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Dado que el Beth-Din tuvo que lidiar frecuentemente con asuntos legales, era natural que muchos de sus miembros fuesen elegidos de entre hombres dedicados especialmente al estudio de la Ley, es por eso que tan a menudo o\u00edmos de los escribas en el Sanedr\u00edn.   La mayor\u00eda de estos escribas, durante los \u00faltimos cuarenta a\u00f1os de existencia de la instituci\u00f3n, eran fariseos, mientras que los miembros pertenecientes a la casta sacerdotal representaban en  la asamblea las ideas de los saduceos ( Hch. 4,1; 5,17.34; 23,6; \u00abAntiq\u00bb XX, 9, 1; \u00abBell Jud.\u00bb, II, XVII, 3; \u00abVita\u00bb, 38, 39), pero la historia demuestra que en otros per\u00edodos la influencia de los fariseos hab\u00eda estado lejos de ser preponderante.   No podemos establecer de acuerdo a qu\u00e9 reglas se nombraban los miembros ni c\u00f3mo se llenaban las vacantes; pero parece que a este respecto prevalecieron diferentes costumbres en diferentes \u00e9pocas; sin embargo, por que se ha dicho m\u00e1s arriba, est\u00e1 claro que la pol\u00edtica interfiri\u00f3 m\u00e1s de una vez en la transacci\u00f3n.   De todos modos, se nos dice (Sanh., IV, 4) que un semikah, o la imposici\u00f3n de manos, se realizaba en la instalaci\u00f3n formal de los nuevos nombramientos, y hay muchas razones para creer que el nombramiento era vitalicio.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">\u00bfQui\u00e9n era el presidente del Sanedr\u00edn?  La Biblia y  Josefo, por una parte, y el Talmud, por el otro, contienen declaraciones que pueden arrojar alguna luz sobre el tema; lamentablemente estas declaraciones parecen contradecirse entre s\u00ed y hay que tratarlas con precauci\u00f3n. En 1 Mac. 14,44, leemos que en la tierra no se pod\u00eda convocar ninguna reuni\u00f3n (en griego: sustroth\u00e9d) sin el mandato del sumo sacerdote; pero ser\u00eda claramente il\u00f3gico deducir de ello que el sumo sacerdote era nombrado por Demetrio, presidente ex officio del Sanedr\u00edn.  Concluir lo mismo a partir del pasaje de Josefo que narra la comparecencia de Herodes ante el Sanedr\u00edn (Antiq., XIV, IX, 3-5) quiz\u00e1s tambi\u00e9n vaya m\u00e1s all\u00e1 de lo justificado por el texto del historiador jud\u00edo; pues puede ponerse en duda si en este caso Hircano actu\u00f3 como jefe de la familia asmonea o en su capacidad de sumo sacerdote.   En todo caso no puede haber ninguna duda acerca de los \u00faltimos cuarenta a\u00f1os de existencia del Sanedr\u00edn: en el juicio de Jes\u00fas, Caif\u00e1s, el sumo sacerdote (Jn. 11,49), era el jefe de la Beth-Din (Mt. 26,3), as\u00ed tambi\u00e9n fue Anan\u00edas en el juicio de San Pablo (Hch. 23,2), y leemos en, \u201cAntiq.\u201d XX, IX, 1, sobre el sumo sacerdote Anano II que convoc\u00f3 el Sanedr\u00edn en el a\u00f1o 62 d.C.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">\u00bfQu\u00e9 entonces de la tradici\u00f3n  rab\u00ednica que dice constantemente que Hillel, y su hijo Sim\u00f3n, y su nieto Gamaliel I, y Sim\u00f3n, el hijo de este \u00faltimo, ocupaban el oficio de Nasi desde 30 a.C. a 70 d.C. (Talm., Bab. Shabbath, 15a)?  En Hch. 5,34 se menciona a uno de estos hombres, Gamaliel; pero aunque se dice que jug\u00f3 un papel importante en las circunstancias mencionadas all\u00ed, no se habla de \u00e9l como presidente de la asamblea.  La verdad puede ser que durante el siglo I a.C., por no hablar de \u00e9pocas anteriores, el sumo sacerdote no era ex oficio el jefe del Sanedr\u00edn, y parece que Hillel realmente obtuvo esa dignidad.  Pero despu\u00e9s de la muerte de Herodes y la deposici\u00f3n de Arquelao, ocurrida cerca del tiempo de la muerte de Hillel, se inaugur\u00f3 un nuevo orden de cosas, y eso es posiblemente lo que Josefo quiere decir cuando, hablando de estos eventos, se\u00f1ala que \u00abla presidencia sobre el pueblo se encomend\u00f3 entonces a los  sumos sacerdotes\u00bb (Antiq., XX, X, final).   Era natural que, en una asamblea que conten\u00eda muchos escribas y llamados a decidir sobre muchos puntos de legislaci\u00f3n, debi\u00f3 haber, junto a los presidentes saduceos, hombres perfectamente conocedores de todas las complejidades de la Ley.  Mide por el nivel de los \u00faltimos tiempos, la contraprestaci\u00f3n que debe tener adjunta a la presente posici\u00f3n de confianza llev\u00f3 a la idea err\u00f3nea de la funci\u00f3n real de los descendientes de Hillel en el Sanedr\u00edn, y por lo tanto muy probable que surgi\u00f3 la tradici\u00f3n registrada en el Talmud.  A juzgar por el est\u00e1ndar de los \u00faltimos tiempos, la consideraci\u00f3n que se debi\u00f3 haber dado a esta posici\u00f3n de confianza llev\u00f3 a la mala interpretaci\u00f3n del rol real de los descendientes de Hillel en el Sanedr\u00edn, y as\u00ed muy probablemente surgi\u00f3 la tradici\u00f3n registrada en el Talmud.\n<\/p>\n<h2>Jurisdicci\u00f3n y procedimiento<\/h2>\n<p style=\"text-align: justify\">Hemos visto anteriormente c\u00f3mo la jurisdicci\u00f3n del Sanedr\u00edn vari\u00f3 en extensi\u00f3n en diferentes per\u00edodos.  En el momento de la vida p\u00fablica del Salvador, s\u00f3lo las once toparqu\u00edas de Judea estaban sujetas de jure al Gran Sanedr\u00edn de Jerusal\u00e9n; sin embargo, de facto todos los jud\u00edos en todo el mundo reconoc\u00edan su autoridad (como ejemplo de esto, vea  Hch., 9,2; 22,5; 26,12).  Como corte suprema de justicia de la naci\u00f3n, se apelaba al Sanedr\u00edn cuando los tribunales inferiores no pod\u00edan llegar a una decisi\u00f3n (Sanh., VII, 1, XI, 2); adem\u00e1s, ten\u00eda el derecho exclusivo de resoluciones judiciales en materia de especial importancia, como por ejemplo el caso de un falso profeta, acusaciones contra el sumo sacerdote, el env\u00edo de un ej\u00e9rcito en determinadas circunstancias, la ampliaci\u00f3n de la ciudad de Jerusal\u00e9n, o de los patios del  Templo, etc. (Sanh., I, 5, II, 4, III, 4).   Los pocos ejemplos mencionados en el Nuevo Testamento ejemplifican los casos a los que se extend\u00eda la competencia del Sanedr\u00edn; en definitiva, todos los asuntos  religiosos y todos los asuntos civiles no reclamados por la autoridad romana se encontraban dentro de sus atribuciones; y las decisiones emitidas por sus jueces deb\u00edan considerarse inviolables (Sanh., XI, 2-4).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Es un asunto muy cuestionado si en tiempos de Jesucristo el Sanedr\u00edn hab\u00eda sido privado del derecho a ejecutar sentencias de muerte.   Por un lado, el que realmente se hubiese efectuado tal restricci\u00f3n del poder del Sanedr\u00edn est\u00e1 impl\u00edcito en el grito de los jud\u00edos: \u00abNosotros no podemos dar muerte a nadie.\u201d (Jn. 18,31), en la declaraci\u00f3n de Josefo (Ant., XX, IX, 1) y en las del Talmud de Jer. (Sanh., 18a, 24b).  A\u00fan as\u00ed vemos en Hechos 7, a San Esteban  condenado a muerte por el Sanedr\u00edn.  Asimismo leemos en Talm. Jer.  (Sanh., 24, 25) de la mujer ad\u00faltera quemada en la hoguera y de una hereje lapidada.  Y estos tres hechos ocurrieron precisamente durante los \u00faltimos cuarenta a\u00f1os de existencia del Templo, cuando alegadamente el poder de la vida y la muerte ya no estaba en manos del Sanedr\u00edn.  Asumiendo como hist\u00f3ricos los dos hechos registrados en Talm. Jer., podr\u00edamos explicarlos, as\u00ed como la lapidaci\u00f3n de San Esteban, y conciliarlos con la disminuci\u00f3n de los derechos del Sanedr\u00edn, atribuy\u00e9ndoselos a los arrebatos de la pasi\u00f3n popular.  Sin embargo, algunos eruditos niegan que los romanos alguna vez privaran al Sanedr\u00edn de cualquier parte de su poder. El Sanedr\u00edn, dicen ellos, debido a la frecuencia de los casos de naturaleza medio religiosos y medio pol\u00edticos, a fin de no alienar a los sentimientos del pueblo y al mismo tiempo para no incurrir en el disgusto de las autoridades romanas, pr\u00e1cticamente entregaron en manos de estos \u00faltimos el derecho de aprobar la pena capital.   El grito de los jud\u00edos, \u00abNosotros no podemos dar muerte a nadie\u201d, fue por lo tanto m\u00e1s bien un halago al procurador que la expresi\u00f3n de la verdad.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Sin embargo, cabe se\u00f1alar que el primero de estos puntos de vista es m\u00e1s favorablemente aceptado por los eruditos.  En todo caso, las causas criminales eran juzgadas ante una comisi\u00f3n de veintitr\u00e9s miembros (en caso de urgencia pod\u00edan ser cualesquiera veintitr\u00e9s miembros) reunidos bajo la presidencia del Ab Beth-Din; otras dos juntas, tambi\u00e9n de veintitr\u00e9s miembros cada una, estudiaba los asuntos a ser sometidos a las sesiones plenarias.  Estas tres secciones ten\u00edan sus lugares de reuni\u00f3n separados en los edificios del Templo; la secci\u00f3n penal se reun\u00eda inicialmente en el famoso \u00abSal\u00f3n de las piedras labradas\u00bb (Mishn\u00e1, Peah, II, 6; Eduyoth, VII, 4), que estaba al lado sur del tribunal (Middoth, v, 4) y serv\u00eda tambi\u00e9n para las sesiones del \u00abGran Sanedr\u00edn\u00bb, o las sesiones plenarias.   Alrededor del a\u00f1o 30 d.C.  esa misma secci\u00f3n fue transferida a otro edificio cercano a la pared exterior.   Ten\u00edan tambi\u00e9n otro lugar de reuni\u00f3n en propiedad llamado khanyioth, \u00absalas de comercio\u00bb, perteneciente a la familia de An\u00e1s (cf. Jn. 18,13).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Los miembros del Sanedr\u00edn se sentaban en un semic\u00edrculo de modo de poder verse entre s\u00ed mientras deliberaban (Mishn\u00e1, Sanh, IV, 2; Tos, Sanh, VII, 1).  Dos empleados estaban de pie ante ellos, uno a la derecha y el otro a la izquierda, para contar los votos (Mishn\u00e1, Sanh., IV, 2).  Los miembros se pon\u00edan de pie para hablar, y en asuntos de derecho civil o ceremonial la votaci\u00f3n comenzaba con el miembro principal de la asamblea, mientras que los miembros m\u00e1s j\u00f3venes eran los primeros en dar su opini\u00f3n sobre asuntos criminales.  Para estos \u00faltimos juicios se requer\u00eda un qu\u00f3rum de por lo menos veintitr\u00e9s miembros; una mayor\u00eda de un voto era suficiente para la absoluci\u00f3n; para una condena se requer\u00eda una mayor\u00eda de dos votos, excepto cuando todos los miembros de la corte (setenta y uno) estaban presentes (Mishn\u00e1, Sanh, IV; Tos, Sanh, VII).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Puesto que a pesar de la identidad de nombres hay poco en com\u00fan entre el antiguo Gran Sanedr\u00edn de Jerusal\u00e9n y las escuelas de Jamnia y Tiber\u00edades, es in\u00fatil insistir en este \u00faltimo, as\u00ed como en las asambleas Kalla de Babilonia.  Pero no estar\u00e1 de m\u00e1s mencionar el hecho de que antes de la ca\u00edda de Jerusal\u00e9n hab\u00eda, adem\u00e1s del Gran Sanedr\u00edn del que hemos hablado anteriormente, tribunales de justicia locales a veces designados con el mismo nombre, en todas las ciudades jud\u00edas.\n<\/p>\n<h2>Bibliograf\u00eda<\/h2>\n<p style=\"text-align: justify\">Adem\u00e1s de los tractos Sanhedrin en ambos Talmudes, y las obras de JOSEFO, que son las principales fuentes de informaci\u00f3n sobre el asunto, podemos citar las siguientes obras:  MAIM\u00d3NIDES, De synedriis et p\u00e6nis, Heb. y Lat. (Amsterdam, 1695); REIFMANN, Sanhedrin, Heb. (Berdichef, 1888); SELDEN, De synedriis et pr\u00e6fecturis juridicis veterum Ebr\u00e6orum (Londres, 1650); UGOLINI, Thesaurus antiquitatum, XXV (Par\u00eds, 1672); BLUM, Le sanh\u00e9drin \u2026 son origine et son histoire (Estrasburgo, 18899); RABBINOWICZ, L\u00e9gislation criminelle du Talmud (Par\u00eds, 1876); IDEM, L\u00e9gislation civile du Talmud (Par\u00eds, 1877-80); STAPFER, La Palestine au temps de J\u00e9sus-Christ (3ra. ed., Par\u00eds, 1885), IV; B\u00dcCHLER, Das Synedrion in Jerusalem (Viena, 1902); JELSKI, Die innere Einrichtung des grossen Synedrion zu Jerusalem und ihre Fortsetzung en sp\u00e4teren pal\u00e4stinensichen Lehrhause bis zur Zeit des R. Jehuda ha-Nasi (Breslau, 1804); LANGEN, Das j\u00fcdische Synedrium und die r\u00f6mische Procurator in Jud\u00e4a in T\u00fcbing. theol. Quartalschr. (1862), 441-63; LEVY, Die Pr\u00e4sidentur in Synedrium in Frankel&#8217;s Monatschr. (1885); SCH\u00dcRUR, Geschichte des j\u00fcd. Volkes im Seitalter Jesu Christi, II (3ra. ed., Leipzig, 1898), 188 ss.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Fuente:  Souvay, Charles. \u00abSanhedrin.\u00bb The Catholic Encyclopedia. Vol. 13. New York: Robert Appleton Company, 1912.  <br \/>http:\/\/www.newadvent.org\/cathen\/13444a.htm\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Traducido por Luz Mar\u00eda Hern\u00e1ndez Medina.  rc\n<\/p>\n<\/p>\n<p><b>Fuente: Enciclopedia Cat\u00f3lica<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>griego synhedrion conjunto sentado. Era el tribunal supremo de los jud\u00ed\u00ados, que data del siglo II a. C. Estaba conformado por setenta y un miembros, presidido por un sumo sacerdote. Sus componentes pertenec\u00ed\u00adan a la aristocracia sacerdotal y a la nobleza. En tiempos de los macabeos se le denominaba \u2020\u0153Senado de la naci\u00f3n\u2020\u009d, 1 M &hellip; <a href=\"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/sanedrin\/\" class=\"more-link\">Continuar leyendo<span class=\"screen-reader-text\"> \u00abSANEDRIN\u00bb<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-5452","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-diccionario"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5452","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5452"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5452\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5452"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5452"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5452"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}