{"id":7080,"date":"2016-02-05T03:49:30","date_gmt":"2016-02-05T08:49:30","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/febronianismo\/"},"modified":"2016-02-05T03:49:30","modified_gmt":"2016-02-05T08:49:30","slug":"febronianismo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/febronianismo\/","title":{"rendered":"FEBRONIANISMO"},"content":{"rendered":"<p>Creencia de que la Iglesia solo es infalible a trav\u00e9s de los Concilios Ecum\u00e9nicos o generales. El nombre \u00abfebronianismo\u00bb viene de \u00abJustinius Febronius\u00bb, seud\u00f3nimo del escritor J.N. von Hontheim, sacerdote del siglo XVIII que era partidario de una iglesia situada bajo el control del pueblo o del Estado. No abogaba por el control efectivo de la realeza en asuntos eclesi\u00e1sticos aunque en algunos aspectos es algo similar al \u00c2\u00ae GALICANISMO. El movimiento de los Viejos Cat\u00f3licos continu\u00f3 las doctrinas del febronianismo despu\u00e9s de la celebraci\u00f3n del Concilio Vaticano I de 1869\u20131870 y la proclamaci\u00f3n de la infalibilidad papal. (\u00c2\u00ae VIEJOS CAT\u00ed\u201cLICOS, IGLESIA DE LOS.)<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de Religiones Denominaciones y Sectas<\/b><\/p>\n<p>DicEc<br \/>\n\u00c2\u00a0<br \/>\nEl febronianismo puede considerarse en cierto sentido como una versi\u00f3n alemana del >galicanismo. Incluye ideas antipapales y una teor\u00ed\u00ada de las relaciones Iglesia-Estado. En 1742, a petici\u00f3n de los tres arzobispos electores, el obispo de Tr\u00e9veris, J. N. von Hontheim (1701-1790), estudi\u00f3 sus quejas contra Roma, y en 1763 escribi\u00f3 El estado de la Iglesia y el poder leg\u00ed\u00adtimo del romano pont\u00ed\u00adfice.  El libro fue escrito, entre otras cosas, con una intenci\u00f3n ecum\u00e9nica. Apareci\u00f3 bajo el pseud\u00f3nimo de Justinus Febronius.  El libro reconoce al papa como cabeza de la Iglesia, pero el poder de las llaves es otorgado a toda la Iglesia. El papa ha de buscar la unidad de la Iglesia, pero no es infalible y est\u00e1 por debajo del concilio general. Todos los obispos son iguales y la infalibilidad reside en la Iglesia en su totalidad. El autor ataca los aditamentos medievales al papado, especialmente los atribuidos por medio de las >Falsas decretales.  Esta doctrina habr\u00ed\u00ada llevado a la creaci\u00f3n de una Iglesia alemana, en buena medida independiente de Roma y sometida al pr\u00ed\u00adncipe, casi como una parte de su gobierno. El libro, sin embargo, fue incluido en el >\u00ed\u008dndice  en 1764. Von Hontheim pudo haberse retractado hacia 1778. Sus ideas, difundidas por V. Eybel en un libro titulado Qu\u00e9 es el papa  (1782), fueron condenadas por Clemente XIV en 1786. Con la Revoluci\u00f3n francesa y la falta de apoyo de los obispos alemanes, el febronianismo se extingui\u00f3 a finales del siglo XVIII.<\/p>\n<p>Christopher O\u00c2\u00b4Donell &#8211; Salvador Pi\u00e9-Ninot, Diccionario de Eclesiolog\u00ed\u00ada, San Pablo, Madrid 1987<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario de Eclesiolog\u00eda<\/b><\/p>\n<p>Febronio es el seud\u00f3nimo de J. N. Hontheim (1701-1790).Su obra principal tiene por t\u00ed\u00adtulo De statu Ecclesiae de que legitima potestate Romani Ponticio (Francfort 1763). Fue puesta en el  Indice el 27 de febrero de 1764. Las tesis que all\u00ed\u00ad expon\u00ed\u00ada, conocidas con el nombre de febronianismo, obtuvieron en 1775 el consentimiento de la Asamblea del clero franc\u00e9s y conocieron enseguida una gran difusi\u00f3n entre los te\u00f3logos y los canonistas, que se ocuparon de ellas para combatirlas o para defenderlas. Hontheim se retract\u00f3 en 1781, pero esta retractaci\u00f3n se consider\u00f3 insuficiente. El febronianismo fue condenado de nuevo por p\u00ed\u00ado VI el 28 de noviembre de 1786. La tesis fundamental de la concepci\u00f3n eclesiol\u00f3gica de Febronio es que, por disposici\u00f3n de Cristo, la Iglesia universal es el sujeto inmediato de la potestas clavium. De la Iglesia este poder pasa a sus ministros y al mismo sumo pont\u00ed\u00adfice. Febronio afirma la igualdad de todos los obispos. En cuanto al papa, es en la Iglesia el titular de una verdadera autoridad (primatus ordinis ac consociationibus), pero de un primado de jurisdicci\u00f3n. Febronio da un gran relieve al tema de la infalibilidad, cuyo sujeto es la Iglesia universal, garantizada por la asistencia del Esp\u00ed\u00adritu Santo. Su argumentaci\u00f3n lo lleva a afirmar que tambi\u00e9n las definiciones de fe expresadas por el romano pont\u00ed\u00adfice est\u00e1n sometidas a la aprobaci\u00f3n de los obispos, que pueden acogerlas o rechazarlas. Al atribuir al poder civil el derecho del \u00abpl\u00e1cet\u00bb y de la apelaci\u00f3n, el febronianismo abre adem\u00e1s el camino a las teor\u00ed\u00adas regalistas.<\/p>\n<p> M. Semeraro<\/p>\n<p> BibI.: A, Ant\u00f3n, El misterio de la Iglesia, 11,  BAC, Madrid 1987. Febronianismo, en ERC, III, 937-938.<\/p>\n<p>PACOMIO, Luciano [et al.], Diccionario Teol\u00f3gico Enciclop\u00e9dico, Verbo Divino, Navarra, 1995<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario Teol\u00f3gico Enciclop\u00e9dico<\/b><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p style=\"text-align: justify;\">El sistema pol\u00edtico eclesi\u00e1stico descrito por Juan Nicol\u00e1s de Hontheim, obispo auxiliar de Tr\u00e9veris bajo el seud\u00f3nimo de Justino Febronio en su obra titulada \u00abJustini Febronii Juris consulti de Stata Ecclesi\u00e6 et legitima potestate Romani Pontificis Liber singularis ad reuniendos dissidentes in religione christianos compositus\u00bb( Bullioni junto a Guillermo Evrardi, 1763; en realidad el trabajo fue publicado por Esslinger en Frankfort del Main( Meno). Tomando como base los principios galicanos que hab\u00eda aprendido del canonista Van Espen mientras estudiaba en Lovaina, Hontheim avanz\u00f3 por esa misma l\u00ednea, a pesar de muchas inconsistencias, hacia un radicalismo m\u00e1s all\u00e1 del galicanismo tradicional. Desarrolla en su obra una teor\u00eda de la organizaci\u00f3n eclesi\u00e1stica fundada en la negaci\u00f3n de la constituci\u00f3n mon\u00e1rquica de la iglesia. El prop\u00f3sito ostensible era facilitar la reconciliaci\u00f3n entre los protestantes y la iglesia,disminuyendo el poder de la Santa Sede.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Seg\u00fan Febronio (cap I) el poder de las llaves fue confiado por Cristo a todo el cuerpo de la Iglesia, que lo conserva principaliter et radicaliter, pero lo ejercita por medio de los prelados a los que solamente se comisiona la administraci\u00f3n de ese poder. El primero entre ellos, el Papa, es tambi\u00e9n un subordinado a la Iglesia como totalidad. Febronio reconoce la instituci\u00f3n divina del primado pero cree que la conexi\u00f3n con la Sede Romana no descansa en la autoridad de Cristo, sino en la de Pedro y la Iglesia, de manera que la iglesia tiene el poder de unirla a otra sede. El poder del Papa por consiguiente debe limitarse a los derechos esenciales inherentes al primado que fueron ejercidos por la Santa Sede  durante los primeros ocho siglos.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Papa es el centro con el que las iglesias individuales deben estar unidas. Debe manten\u00e9rsele informado de lo que est\u00e1 sucediendo por toda la iglesia, para que pueda ejercer las obligaciones de su oficio para preservar la unidad. Es obligaci\u00f3n suya hacer cumplir la observancia de los c\u00e1nones en toda la Iglesia: tiene autoridad para promulgar leyes en nombre de la iglesia y nombrar legados para ejercer su autoridad como primado. Su poder, como cabeza de toda la iglesia , es m\u00e1s de car\u00e1cter administrativo y unificador que jurisdiccional.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Pero desde el siglo noveno, principalmente por la influencia del las Falsas Decretales del Pseudo- Isidoro, la constituci\u00f3n de la iglesia ha experimentado una transformaci\u00f3n completa en la que la autoridad Papal se ha extendido m\u00e1s all\u00e1 de sus propios l\u00edmites (cap iii). Por una violaci\u00f3n de la justicia, cuestiones que un tiempo se dejaban a la decisi\u00f3n de los s\u00ednodos provinciales y metropolitanos fueron reserv\u00e1ndose gradualmente  para la Sanita sede (cap. iv ), como, por ejemplo, la condenaci\u00f3n de herej\u00edas, la confirmaci\u00f3n de las elecciones episcopales, el nombramiento de coadjutores con derecho a sucesi\u00f3n, el traslado y destituci\u00f3n de obispos , el establecimiento de nuevas di\u00f3cesis, la erecci\u00f3n de sedes metropolitanas y primadas.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Papa, cuya infalibilidad se niega expresamente (cap. v) no puede por su propia autoridad, sin el concilio o el asentimiento de todo el episcopado, promulgar  decisi\u00f3n alguna en materias de fe de obligada aceptaci\u00f3n universal. Igualmente, en materias de disciplina no puede publicar ning\u00fan decreto que afecte a  todos los creyentes; los decretos de un concilio general tiene poder obligatorio solamente tras la aceptaci\u00f3n por parte de las iglesias particulares. El Papa no puede alterar las leyes publicadas porque quiera o le plazca. Tambi\u00e9n se niega que el Papa por la naturaleza y autoridad de su primado pueda aceptar apelaciones de la Iglesia universal. Seg\u00fan Febronio la corte de apelaci\u00f3n final en la iglesia es el concilio ecum\u00e9nico(cap vi) cuyas  reivindicaciones excluyen la pretendida la constituci\u00f3n mon\u00e1rquica de la iglesia.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Papa est\u00e1 subordinado al concilio general; y no tiene ni la autoridad exclusiva para convocarlo ni el derecho de presidir sus sesiones, ya que los decretos conciliares no necesitan su ratificaci\u00f3n. Los concilios generales son absolutamente necesarios ya que ni siquiera el asentimiento de una mayor\u00eda de obispos a un decreto Papal constituye una decisi\u00f3n formal irrevocable, si se ha dado individualmente, fuera del concilio. La apelaci\u00f3n del Papa al concilio general est\u00e1 justificada por la superioridad del concilio sobre el Papa.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De acuerdo con la Divina Instituci\u00f3n del Episcopado (cap. vii) todos los obispos tienen iguales derechos; ellos no reciben su poder de jurisdicci\u00f3n de la Santa Sede. No entra en los derechos del Papa ejercitar las funciones episcopales ordinarias  fuera de su di\u00f3cesis de Roma. La reserva Papal de la concesi\u00f3n de beneficios, annatas y la exenci\u00f3n de las \u00f3rdenes religiosas est\u00e1 en conflicto con la primitiva ley de la iglesia y debe ser abolida.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Una vez que Febronio cree haber demostrado que la existente ley eclesi\u00e1stica sobre el poder del Papa es una distorsi\u00f3n de la constituci\u00f3n original de la iglesia, debido principalmente  a los falsos Decretales, demanda que la disciplina primitiva, tal como \u00e9l la explica, sea restaurada en todas partes (cap viii). Y sugiere los medios para llevar a cabo esta reforma (cap.ix)&#160;: que se informe debidamente a la gente;  que se convoque un concilio general con plena libertad; que se re\u00fanan los s\u00ednodos episcopales nacionales; y especialmente que los gobernantes cat\u00f3licos act\u00faen de com\u00fan acuerdo con la cooperaci\u00f3n y consejo de los obispos; que los pr\u00edncipes seglares se provean del Regium Placet para resistir a los decretos; que se nieguen abiertamente a obedecer hasta un extremo leg\u00edtimo  y finalmente que se apele a la autoridad secular por medio del Appellatio ab abusu. Las \u00faltimas medidas revelan la verdadera intenci\u00f3n de los principio febronianos: mientras parece luchar para conseguir m\u00e1s independencia y autoridad  para los obispos, en realidad busca solamente dejar a las iglesias de los diferentes pa\u00edses menos dependientes de la Santa Sede para facilitar el establecimiento de iglesias nacionales en esos Estados y reducir a los obispos  a meras criaturas serviles del poder civil. Siempre que se dio un intento de llevar a cabo estas ideas , se hizo bajo estas directrices.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El libro fue condenado formalmente el27 de febrero de 1764 por Clemente XIII. Con un Carta de 21 de mayo de 1764 el papa requiri\u00f3 al episcopado alem\u00e1n suprimir la obra. Diez prelados, entre ellos el elector de Tr\u00e9veris, cumplieron.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Pero el libro que a pesar de la prohibici\u00f3n de la iglesia  sintonizaba con el esp\u00edritu de los tiempos, tuvo un tremendo \u00e9xito. Una segunda edici\u00f3n revisada y aumentada se public\u00f3 ya en 1765&#160;;  reimpreso en Venecia y Zurich, fue traducido al alem\u00e1n , franc\u00e9s , italiano, espa\u00f1ol y portugu\u00e9s. En los tres \u00faltimos vol\u00famenes que Hontheim  edit\u00f3 como suplementos a la obra original y que numer\u00f3 de II a IV ( vol. II Frankfort y Leipzig, 1779; vol. III, 1772; vol IV, part. , 1 y 2 , 1773-4) los defendi\u00f3 con el seud\u00f3nimo de Febronio y otros contra una serie de ataques.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">M\u00e1s tarde public\u00f3 un resumen bajo el t\u00edtulo \u00abJustinus Febronius abbreviatus et emendatus\u00bb (Colonia y  Frankfort, 1777). Adem\u00e1s del \u00abJudicium academicum\u00bb de la Universidad de Colonia  (1765) fueron apareciendo refutaciones de un gran n\u00famero de autores cat\u00f3licos, de entre los cuales el m\u00e1s importante era Ballerini: \u00abDe vi ac ratione primatus Romanorum Pontificum et de ipsorum infallibilitate in definiendis controversiis fidei\u00bb (Verona, 1766); Idem, \u00abDe potestate ecclesiastica Summorum Pontifleum et Conciliorum generalium liber, una cum vindiciis auctoritatis pontifici\u00e6 contra opus Just. Febronii (Verona, 1768; Augsburg, 1770; new ed. of both works, M\u00fcnster in W., 1845, 1847); Zaccaria, \u00abAntifebronio, ossia apologia polemicostorica del primato del Papa, contra la dannata opera di Giust. Febronio\u00bb (2 vols., Pesaro, 1767; 2nd ed., 4 vols., Cesena, 1768-70; tr. alemana Reichenberger, Augsburg, 1768); Idem, \u00abAntifebronius vindicatus\u00bb (4 vols., Cesena, 1771-2); Idem, \u00abIn tertium Justini Febronii tomum animadversiones Romano-catholic\u00e6\u00bb (Roma, 1774); Mamachi, \u00abEpistol\u00e6 ad Just. Febronium de ratione regend\u00e6 christian\u00e6 reipublic\u00e6 deque legitima Romani Pontificis potestate\u00bb (3 vols., Roma, 1776-78).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tambi\u00e9n hubo refutaciones escritas desde el punto de vista protestante  para rechazar la idea de que todo lo que hacia falta para que volvieran a uni\u00f3n con la iglesia era quitar poder al Papa. As\u00ed Karl Friedrich Bahrdt, \u00abDissertatio de eo, an fieri possit, ut sublato Pontificio imperio reconcilientur Dissidentes in religione Christiani\u00bb (Leipzig, 1763), y Johann Friedrich Bahrdt, \u00abDo Roman\u00e2 Ecclesi\u00e2 irreconciliabili\u00bb (Leipzig, 1767); Karl Gottl. Hofmann, \u00abProgramma continens examen regul\u00e6 exegetic\u00e6 ex Vincentio Lerinensi in Febronio repetit\u00e6\u00bb (Wittenberg, 1768).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">P\u00edo VI tom\u00f3 las primeras medidas contra el autor urgiendo a Clemens Wenzeslaus, Elector de Tr\u00e9veris, que  retirase la obra de Hontheim. Solo despu\u00e9s de prolongados intentos y tras una retractaci\u00f3n de car\u00e1cter general que Roma consider\u00f3 insuficiente, el elector entreg\u00f3 a Roma la retractaci\u00f3n enmendada de Hontheim (15 de noviembre de 1778). P\u00edo VI  lo comunic\u00f3 a los cardenales en el consistorio del d\u00eda de Navidad.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Pero  los movimientos consiguientes de Hontheim mostraron que la retractaci\u00f3n no era sincera. As\u00ed se muestra en su \u201c Justini Febronii Commentarius in suam Retractationem Pio VI. Pont. Max. Kalendis Nov. anni 1778 submissam\u00bb (Frankfort, 1781; edici\u00f3n alemana  Augsburg, 1781), escrito para justificar su postura ante el p\u00fablico.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Mientras, y a pesar de la prohibici\u00f3n, el \u201cFebronius\u201d hab\u00eda producido perniciosos efectos que  la retractaci\u00f3n ya no pudo contener. Las ideas expuestas en el libro iban en la misma direcci\u00f3n que las tendencias absolutistas de los gobernantes civiles y fueron muy bien aceptadas en las cortes y gobiernos cat\u00f3licos de Francia , los Pa\u00edses Bajos de los Austrias, Espa\u00f1a , Portugal, Venecia , Austria y  Toscana y adem\u00e1s fueron desarrolladas por los te\u00f3logos  y canonistas que estaban a favor de las iglesias nacionales. Entre los abogados de la teor\u00eda del febronianismo en Alemania hay que hacer menci\u00f3n del profesor de Tr\u00e9veris Franz Anton Haubs en \u00abThemata ex historia ecclesiastica de hierarchia sacra primorum V s\u00e6culorum\u00bb (Tr\u00e9veris, 1786); \u00abSystema prim\u00e6vum de potestate episcopali ejusque applicatio ad episcopalia qu\u00e6dam jura in specie punctationibus I. II. et IV. congressus Emsani exposita\u00bb (Tr\u00e9veris , 1788);  de Wilhelm Joseph Castello, \u00abDissertatio historica de variis causis, queis accidentalis Romani Pontificis potestas successive ampliata fuit\u00bb (Tr\u00e9veris, 1788). Sin embargo fueron los canonistas austriacos los que m\u00e1s contribuyeron a la compilaci\u00f3n de un nuevo c\u00f3digo de leyes para regular las relaciones Iglesia Estado que se puso en pr\u00e1ctica bajo Jos\u00e9 II. Son dignos de menci\u00f3n especial, porque fueron concebidos en este esp\u00edritu, los libros de texto de derecho can\u00f3nico prescritos para las universidades austriacas y compilados por Paul Joseph von Rigger  \u00abInstitutiones juris ecclesiastici\u00bb (4 vols., Vienna, 1768-72; reimpreso con frecuencia ), y Pehem, \u00abPr\u00e6lectiones in jus ecclesiasticum universum\u00bb, y tambi\u00e9n y de manera a\u00fan m\u00e1s pronunciada, la obra de Johann Valentin Eybel, \u00abIntroductio in jus ecclesiasticum Catholicorum\u00bb (4 vols., Vienna, 1777; que fue puesto en el Indice, en 1784).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El primer intento de aplicaci\u00f3n pr\u00e1ctica del febronianismo se dio en Alemania en la Conferencia de Coblenza de 1769 donde los electores eclesi\u00e1sticos de Maguncia, Coblenza y Tr\u00e9veris, a trav\u00e9s de sus delegados  y bajo la direcci\u00f3n de Hontheim,  compilaron una lista de treinta quejas contra la Sede Romana siguiendo los principios del \u201cFebronio\u201d (Gravamina trium Archiepiscoporum Electorum, Moguntinensis, Trevirensis et Coloniensis contra Curiam Apostolicam anno 1769 ad C\u00e6sarem delata; impresa en Le Bret, \u00abMagazin zum Gebrauch der Staaten- und Kirchengeschichte\u00bb, Pt. VIII, Ulm, 1783, pp. 1-21).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">M\u00e1s significativo fue el Congreso de Ems de 1786 en el que los tres electores eclesi\u00e1sticos y el Pr\u00edncipe-Obispo de Salzburgo, a imitaci\u00f3n del de Congreso de Coblenza y de conformidad con los principios b\u00e1sicos del \u201cFebronio\u201d hicieron un intento de reajustar las relaciones de la iglesia alemana con Roma, con la vista puesta en conseguir para aqu\u00e9lla la mayor independencia. Sus representantes redactaron la \u201cPuntuaci\u00f3n de Ems\u201d en 23 art\u00edculos; sin embargo no lograron resultados pr\u00e1cticos.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En Austria, bajo Jos\u00e9 II  se intent\u00f3 aplicar a gran escala los principios del \u201cFebronio\u201d y se estableci\u00f3 una iglesia nacional seg\u00fan el plan establecido. Tambi\u00e9n su hermano Leopoldo en su Gran Ducado de Toscana hizo esfuerzos en esa direcci\u00f3n. Las resoluciones adoptadas por el S\u00ednodo de Pistoya, bajo el obispo Escipi\u00f3n Ricci , tambi\u00e9n en la misma l\u00ednea, fueron repudiadas por la mayor\u00eda de los obispos del pa\u00eds.\n<\/p>\n<h3>Bibliograf\u00eda<\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">MEJER, Febronius, Weihbischof Johann Nicolaus von Hontheim und sein Widerruf (T\u00fcbingen, 1880, 2nd ad., 1885), antiromano; K\u00dcNTZIGER, F\u00e9bronius et le F\u00e9bronianisme in M\u00e9moires couronn\u00e9s et autres m\u00e9moires publi\u00e9s par l&#8217;Acad\u00e9mie Royale des sciences, des lettres et des beaux-arts de Belgique, Vol. XLIV (Brussels, 1891). Tambi\u00e9n antiromano; ST\u00dcMPER. Die kirchenrechtlichen Ideen des Febronius, presentaci\u00f3n inaugural presentada a la facultad de jurisprudencia y econom\u00eda pol\u00edtica de la Universidad de  W\u00fcrzburg (Aschaffenburg, 1908), cat\u00f3lica; R\u00d6SCH, Das Kirchenrecht im Zeitalter der Aufkl\u00e4rung, I: Der Febronianismus in Archiv f. kath. Kirchenrecht, LXXXIII (Mainz, 1903), 446-82, 620-52. Tambi\u00e9n WALCH, Neueste Religions-Geschichte, Pt. I (Lemgo, 1771), 145-98; Pt. VI (1777), 175-208; Pt. VII (1779), 193-240, 453-64; Pt. VIII (1781), 529-42; Briefwechsel zwischen weiland ihrer Durchlaucht dam Herrn Kurf\u00fcrsten von Trier, Clemens Wenzeslaus und dem Herrn Weihbischof Nik. von Hontheim \u00fcber das Buch, Just. Febronii de statu Ecclesi\u00e6 (Frankfort, 1813); PHILLIPS, Kirchenrecht (Ratisbona, 1848), III, 365-74; MARX, Gesch. des Erzstifts Trier (Tr\u00e9veris, 1864), V, 90-129; BR\u00dcCK, Die rationalistischen Bestrebungen im katholischen Deutschland (Mainz, 1865); VON SCHULTE, Die Gesch. der Quellen und Lit. des canonischen Rechts (Stuttgart, 1880), Vol. III, Pt. 1, 193-205; BELLESHEIM in Historisch-politische Bl\u00e4tter, LXXXVI (1880), 529-44; KRAUS in Allgemeine Deutsche Biographie, s. v. Hontheim; BR\u00dcCK in Kirchenlex., s. v. Hontheim; ANON., Netler, Hontheim und Clemens Wenzeslaus (Die Anf\u00e4nge der febronianischen H\u00e4resie) in Katholik, I (1891), 537-57; II, 19-39; ZILLICH, Febronius in Hallesche Abhandlungen zur neueren Geschichte, XLIV (Halle, 1906).\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\nFRIEDRICH LAUCHERT.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p style=\"text-align: justify;\">Tramscrito por Douglas J. Potter . Dedicado al Sagrado Coraz\u00f3n de Jes\u00fas.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Traducido por Pedro Royo.\n<\/p>\n<\/p>\n<p><b>Fuente: Enciclopedia Cat\u00f3lica<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Creencia de que la Iglesia solo es infalible a trav\u00e9s de los Concilios Ecum\u00e9nicos o generales. El nombre \u00abfebronianismo\u00bb viene de \u00abJustinius Febronius\u00bb, seud\u00f3nimo del escritor J.N. von Hontheim, sacerdote del siglo XVIII que era partidario de una iglesia situada bajo el control del pueblo o del Estado. No abogaba por el control efectivo de &hellip; <a href=\"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/febronianismo\/\" class=\"more-link\">Continuar leyendo<span class=\"screen-reader-text\"> \u00abFEBRONIANISMO\u00bb<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-7080","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-diccionario"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7080","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=7080"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7080\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=7080"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=7080"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=7080"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}