{"id":7710,"date":"2016-02-05T04:07:57","date_gmt":"2016-02-05T09:07:57","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/ley-mesopotamica\/"},"modified":"2016-02-05T04:07:57","modified_gmt":"2016-02-05T09:07:57","slug":"ley-mesopotamica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/diccionarios\/ley-mesopotamica\/","title":{"rendered":"LEY, MESOPOTAMICA"},"content":{"rendered":"<p>De las dos grandes culturas de los r\u00ed\u00ados, Egipto y Mesopotamia, las que surgieron casi simult\u00e1neamente, y sin embargo, se desarrollaron a lo largo de l\u00ed\u00adneas muy diferentes, la ley juega un papel m\u00e1s importante en la Mesopotamia. Este hecho se ha explicado con base en la geograf\u00ed\u00ada, la cual, se dice, tuvo el efecto de traer una religi\u00f3n y un gobierno autoritario y centralizado en Egipto produciendo una posici\u00f3n conservadora en ideolog\u00ed\u00ada y arte, en una tierra relativamente cerrada; pero que gui\u00f3 a una sociedad m\u00e1s flexible y adaptable marcada por un mayor ejercicio de derechos personales en el territorio m\u00e1s abierto de Mesopotamia. Hasta qu\u00e9 grado la geograf\u00ed\u00ada es responsable, es desde luego asunto de especulaci\u00f3n. El hecho es que a trav\u00e9s de su historia registrada el elemento caracter\u00ed\u00adstico del pensamiento egipcio fue que el gobernador \u2014el fara\u00f3n\u2014 era la encarnaci\u00f3n del dios sol quien manten\u00ed\u00ada al territorio entero y a todos sus habitantes en servidumbre. Hubo excepciones sobresalientes, por cierto, en varios per\u00ed\u00adodos de la historia y generalmente en la pr\u00e1ctica real de la vida diaria. Pero, en realidad, fueron excepciones pr\u00e1cticas al punto de vista corrientemente aceptado. Tan fuerte fue el poder del control pol\u00ed\u00adtico y econ\u00f3mico centralizado que no hab\u00ed\u00ada necesidad en Egipto de una maquinaria elaborada que regulara y controlara el ejercicio de los derechos individuales personales y de propiedad lo cual hubiera conducido al desarrollo y sistematizaci\u00f3n de la ley.<br \/>\nEn Mesopotamia, por otra parte, dios, rey y pueblo permanec\u00ed\u00adan en una relaci\u00f3n completamente diferente el uno del otro. Se ve esto en las ra\u00ed\u00adces de la religi\u00f3n, en la literatura y en la vida diaria. Se pueden trazar las etapas sucesivas en el crecimiento econ\u00f3mico y pol\u00ed\u00adtico desde las peque\u00f1as colonias de productores de alimentos para el autoabastecimiento hasta las grandes y complejas unidades e imperios metropolitanos. Pero esto se ve mejor en las miles de tabletas de arcilla que registran cada clase concebible de negocio y transacci\u00f3n legal que demuestran, sin duda alguna, el principio de derechos personales privados individuales ante la ley. En efecto, esta necesidad de identificar la propiedad personal y de registrar la pertenencia y transferencia de la misma es casi ciertamente el est\u00ed\u00admulo que llev\u00f3 a la invenci\u00f3n y desarrollo de la escritura.<br \/>\nLa caracter\u00ed\u00adstica de la sociedad en la antigua Mesopotamia ha sido descrita como \u2020\u0153una democracia primitiva\u2020\u009d. Hab\u00ed\u00ada una asamblea (ukkin en sumerio, puhrum en acadio) de ancianos y de hombres j\u00f3venes con quienes el capit\u00e1n o l\u00ed\u00adder (antecedente del rey posterior) deb\u00ed\u00ada consultar. Todas las decisiones mayores eran puestas a votaci\u00f3n. Adem\u00e1s de eso, el capit\u00e1n estaba obligado a dar a su deidad protectora cuenta anual de su conducta de autoridad durante el a\u00f1o anterior. Sin duda, aqu\u00ed\u00ad tambi\u00e9n, como en el caso de Egipto, hubo modificaciones dr\u00e1sticas en la pr\u00e1ctica, especialmente en los a\u00f1os posteriores cuando, por ejemplo, gobernaron hombres fuertes como Sarg\u00f3n de Acadia, Hamurabi de Babilonia o Senaquerib de Asiria. Pero el principio permaneci\u00f3 en la vida diaria como una caracter\u00ed\u00adstica \u00fanica de la civilizaci\u00f3n mesopot\u00e1mica y se extendi\u00f3 a Siria y Anatolia tambi\u00e9n.<br \/>\nAntes de ir a los documentos mismos ser\u00ed\u00ada bueno considerar brevemente los conceptos b\u00e1sicos que yac\u00ed\u00adan como fundamento de la estructura de la sociedad y de la ley. Comenzamos con su expresi\u00f3n en los sumerios porque estos son los materiales registrados m\u00e1s antiguos. En efecto, los sumerios fueron los que inventaron la escritura  ca.  3200  a. de J.C.  No se sabe si las ideas preceden el arribo de los sumerios y fueron adoptadas por ellos o si los sumerios introdujeron estas ideas ellos mismos. Hay evidencia de una notable civilizaci\u00f3n homog\u00e9nea durante el per\u00ed\u00adodo Ubaid en Mesopotamia anterior a su arribo y la idea de ley persiste a trav\u00e9s de la historia mucho despu\u00e9s que la influencia sumeria como tal hab\u00ed\u00ada cesado. Ya sea o no que los derechos legales son una importaci\u00f3n sumeria, son definitivamente una caracter\u00ed\u00adstica b\u00e1sica de la Mesopotamia.<br \/>\nEl orden en el universo que produjo el pensamiento y la conducta correctos se conceb\u00ed\u00ada de una manera notable. Se dec\u00ed\u00ada que los dioses establecieron la norma (el me sumerio) para cada funci\u00f3n concebible de la civilizaci\u00f3n. Hab\u00ed\u00ada normas para los reyes, la guerra, los negocios y toda clase de especializaci\u00f3n y de relaci\u00f3n humana. Estas normas seg\u00fan las leyendas sumerias, fueron entregadas desde los cielos al pueblo de la ciudad de Kis en la antigua edad postdiluviana a fin de que ellos pudieran organizarse a s\u00ed\u00ad mismos de una manera aceptable a los dioses. Adem\u00e1s, las l\u00ed\u00adneas directrices de la conducta correcta en general fueron comunicadas a la humanidad en dos formas por el dios-sol (Utu en sumerio, Shamash en acadio) quien es el dios de la ley y el juez del universo. La forma doble en la cual estos conceptos fueron revelados puede traducirse mejor como \u2020\u0153verdad\u2020\u009d y \u2020\u0153justicia\u2020\u009d. La primera palabra indica el concepto abstracto de verdad y se expresa por un t\u00e9rmino que significa b\u00e1sicamente \u2020\u0153estar firme\u2020\u009d y que es \u2020\u0153invariable e inmutable\u2020\u009d (n\u00c6\u2019g-gina en sumerio, kettum en acadio). La segunda palabra representa el ejercicio de la idea abstracta que produce justicia. Viene de una palabra que significa \u2020\u0153ser derecho\u2020\u009d o \u2020\u0153estar correcto\u2020\u009d (n\u00c6\u2019g-si-sa en sumerio, masarum en acadio). Estos dos t\u00e9rminos describen lo pasivo y lo activo, los aspectos abstractos y concretos de la conformidad humana a las normas celestiales. Estos conceptos, entregados al gobernante, le daban autoridad para ejercer el gobierno sobre su pueblo y tambi\u00e9n le presentan el molde para ese gobierno. Existen las inscripciones de varios gobernantes que indican que la autoridad para \u2020\u0153establecer\u2020\u009d (gar en sumerio, sakanu en acadio) verdad y justicia en la tierra les fue dada por el dios-sol. Esta afirmaci\u00f3n es frecuentemente seguida por la jactancia de que esto es exactamente lo que el gobernante ha hecho. Y as\u00ed\u00ad se ven los varios niveles de organizaci\u00f3n. Empezando en la base, hay un ciudadano medio, propietario de bienes y envuelto en negocios con sus pr\u00f3jimos. Las transacciones familiares y mercantiles eran controladas por la ley y registradas en contratos y recibos. Las infracciones eran castigadas por la ley y anotadas en los registros. En el siguiente nivel estaban los arreglos de tratados entre gobiernos registrados y jurados ante los dioses. Despu\u00e9s hab\u00ed\u00ada el informe que el gobernador deb\u00ed\u00ada dar de su ejercicio del gobierno a su dios concerniente a la situaci\u00f3n econ\u00f3mica y pol\u00ed\u00adtica. En teor\u00ed\u00ada ser\u00ed\u00ada removido si una plaga o una sequ\u00ed\u00ada dominaban la tierra o si su ej\u00e9rcito sufr\u00ed\u00ada severas derrotas militares. Todos, desde el rey para abajo, eran tenidos como responsables del debido desempe\u00f1o de sus deberes. Sobre todo, los dioses mismos fueron descritos como compartiendo responsabilidades bajo el dios principal An y su vicegerente Enlil y en reuni\u00f3n de concilio para decisiones mayores.<br \/>\nLas fuentes materiales de donde viene el conocimiento de la ley y el procedimiento legal son variadas. Primera, en cuanto al descubrimiento y n\u00fameros, hay varios tipos de documentos legales que var\u00ed\u00adan desde recibos muy breves de los per\u00ed\u00adodos m\u00e1s antiguos hasta contratos complicados hechos por las partes participantes por escribas en presencia de testigos y ostentando sus nombres y sellos a fin de asegurar la exactitud y prevenir intentos de alteraci\u00f3n de cualesquiera de los t\u00e9rminos del contrato. Incluidos en una categor\u00ed\u00ada general de documentos legales y comerciales est\u00e1n los recibos, las listas, los pr\u00e9stamos, las ventas, los intercambios y los contratos que cubr\u00ed\u00adan diferentes tipos de transacciones comerciales y agr\u00ed\u00adcolas. Adem\u00e1s, hay otros cientos de documentos que describen asuntos personales y familiares tales como el matrimonio, las adopciones, los divorcios, los testamentos y otros. Muy posiblemente tales tabletas comprenden de ochenta a noventa por ciento de todos los documentos cuneiformes recobrados de las antiguas ciudades y pueblos. Su n\u00famero debi\u00f3 estar entre los cientos de miles a trav\u00e9s de los siglos y por su cantidad y variedad permiten una notable reconstrucci\u00f3n detallada de la vida diaria, del pasado y tambi\u00e9n enfatizan el alto grado de organizaci\u00f3n legal de la antigua Mesopotamia. Adem\u00e1s de los documentos mencionados anteriormente que testifican de la presencia de la ley, hay otros que revelan el procedimiento legal. Por falta de un nombre mejor se incluir\u00e1n todos bajo el t\u00ed\u00adtulo de \u2020\u0153registros de la corte\u2020\u009d. Consisten en breves registros de casos juzgados en la corte y \u2020\u0153declaraciones\u2020\u009d registrando la promesa de una persona que perdi\u00f3 una demanda de no reclamar de nuevo nada sobre la penalidad de pagar una multa doble. Hay frecuentes referencias a las \u2020\u0153ordenanzas del rey\u2020\u009d (simdat sarri) que establecen principios legales para situaciones espec\u00ed\u00adficas, pero no ha sido hallado ning\u00fan documento que contenga tales ordenanzas.<br \/>\nEn lo que se refiere a la teor\u00ed\u00ada de la ley hay muy pocos, aunque bien conocidos, documentos que contienen la substancia de la ley. El m\u00e1s famoso de todos, sin duda, es el monumento de la gran diorita sobre la cual est\u00e1 inscrito el *c\u00f3digo de Hamurabi. Esta estela es indudablemente la m\u00e1s impresionante y completa. Tiene 2, 25  mts.  de altura con una circunferencia que var\u00ed\u00ada de 1, 65 a 1, 90  mts.  de arriba hacia abajo. En la parte superior hay un relieve que presenta al rey Hamurabi de Babilonia (1728\u20131686  a. de J.C. ) parado frente al dios sol y dador de la ley Shamash. Sigue un p\u00e1rrafo introductorio de unas 5\u00c2\u00bd columnas, luego el cuerpo del texto legal y finalmente un p\u00e1rrafo final de  ca.  5 columnas. El texto est\u00e1 escrito en columnas que corren en bandas horizontales alrededor del monumento y las l\u00ed\u00adneas individuales est\u00e1n arregladas en cuadros separados por l\u00ed\u00adneas guiadas como era la costumbre en las inscripciones oficiales de piedra. Esta gran estela fue descubierta durante la serie de excavaciones de 1901\u20132 en el antiguo sitio de Susa, capital de Elam. Parece ser que Shutruk-nahhunte, (1207\u20131171  a. de J.C. ) rey de Elam, la trajo como trofeo de guerra de Sippar, una ciudad prominente de la antigua Babilonia. La tercera parte inferior del texto babil\u00f3nico fue borrada a fin de que pudiera inscribirse una inscripci\u00f3n dedicatoria elamita; pero esto nunca se llev\u00f3 a cabo.<br \/>\nAl principio se pens\u00f3 que este notable c\u00f3digo era \u00fanico en la historia de la Mesopotamia y por lo tanto, debi\u00f3 haber sido el prototipo para la legislaci\u00f3n mosaica. Pero muchas otras colecciones legales en babilonio, asirio y heteo, algunas que alcanzaron hasta el siglo VII  a. de J.C. , han sido descubiertas desde entonces. Dos en particular son identificadas por nombre con los codificadores reales de la ley anteriores a Hamurabi. Estas son el c\u00f3digo de Lipt-Ishtar, rey de Isin (1875\u20131865  a. de J.C. ) el cual fue identificado en siete tabletas y fragmentos recuperados en Nippur y el c\u00f3digo de Ur-Nammu (2050\u20132032  a. de J.C. ), el primer rey de la tercera dinast\u00ed\u00ada de Ur tambi\u00e9n encontrada en forma fragmentaria en una tableta rota de Nippur. Ambos documentos, aunque fragmentarios, parecen seguir el patr\u00f3n del c\u00f3digo de Hamurabi. Hay un pr\u00f3logo seguido por los p\u00e1rrafos de la ley y terminando con un ep\u00ed\u00adlogo. Sin embargo, estos c\u00f3digos y colecciones son confusos para el estudiante moderno de jurisprudencia ya que no contienen toda la legislaci\u00f3n corriente de esa \u00e9poca y no parecen seguir ninguna secuencia l\u00f3gica en su arreglo. La evidencia de que \u00e9stas no son colecciones completas de leyes existentes, se basa en el hecho de que hay muchos contratos de leyes referentes a asuntos no tratados en los c\u00f3digos y pocos contratos que tienen que ver con asuntos contenidos en los c\u00f3digos. Otra evidencia de que el as\u00ed\u00ad llamado c\u00f3digo no contiene la declaraci\u00f3n oficial de la ley en ese tiempo se deduce del hecho de que ning\u00fan contrato o caso registrado hace ninguna referencia a un canon oficial de ley. Parece que el as\u00ed\u00ad llamado c\u00f3digo en realidad consist\u00ed\u00ada de p\u00e1rrafos selectos de ley elegidos para ser enmendados o enfatizados en vez de constituir una colecci\u00f3n de toda la ley en vigencia en un momento dado.<br \/>\nDe cualquier manera, puede establecerse una relaci\u00f3n definitiva entre las leyes as\u00ed\u00ad coleccionadas por Lipit-Ishtar de Isin y Hamurabi de Babilonia casi dos siglos m\u00e1s tarde las cuales brindan una informaci\u00f3n extraordinaria referente a los cambios sociales en el sur de la Mesopotamia. De las treinta y tantas leyes de Lipit-Istar existentes y razonablemente inteligibles, hay por lo menos diecinueve que son por lo menos an\u00e1logas a la legislaci\u00f3n de la colecci\u00f3n de Hamurabi y 12 de ellas son virtualmente id\u00e9nticas. Adem\u00e1s, las 2 clases de sociedad mencionadas en las leyes anteriores (hombre libre y esclavo; l\u00fa y arad sumerios) han llegado a ser 3 (hombre libre, siervo y esclavo; aw\u00c6\u2019lum, muskenum y wardum acadios). De esta manera es posible trazar el desarrollo de la ley en una sociedad cambiante. Hasta ahora la legislaci\u00f3n atribuida a Ur-Nammu no es lo suficientemente conocida como para establecer una firme relaci\u00f3n con las leyes posteriores.<br \/>\nEs evidente, entonces, que la ley b\u00ed\u00adblica como tal no es \u00fanica en la historia del Cercano Oriente. M\u00e1s bien, la ley es el marco b\u00e1sico para la sociedad a trav\u00e9s de la historia del Cercano Oriente en contraste con, digamos, Egipto. Sin embargo, el car\u00e1cter \u00e9tico y la motivaci\u00f3n de la ley b\u00ed\u00adblica son algo \u00fanico.<br \/>\nBIBLIOGRAFIA: G. R. Driver and John C. Miles, eds., The Babylonian Laws, vol. I Legal Commentary, vol. II Text and Translation, Oxford, 1952\u20135. H. Frankfort, Kingship and the Gods, University of Chicago, 1948. F. R. Steele, The Code of Lipit-Ishtar, University of Pennsylvania (no date). H. W. F. Saggs, The Greatness that was Babylon, Hawthorn, 1962.<\/p>\n<p><b>Fuente: Diccionario B\u00edblico Arqueol\u00f3gico<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>De las dos grandes culturas de los r\u00ed\u00ados, Egipto y Mesopotamia, las que surgieron casi simult\u00e1neamente, y sin embargo, se desarrollaron a lo largo de l\u00ed\u00adneas muy diferentes, la ley juega un papel m\u00e1s importante en la Mesopotamia. 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