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¡Sed justos! Deuteronomio 19:1–26:19

¡Sed justos! Deuteronomio 19:1–26:19

Las leyes relacionadas con la adoración y los líderes eran bastante generales. Estas últimas se dedicaban especialmente al nombramiento y requisitos de los que iban a gobernar al pueblo en la tierra prometida. La sección que nos toca estudiar en este capítulo y el siguiente, es la más detallada de todo el libro. Los expertos la llaman “el Código de Deuteronomio”.

En él se registran una serie de leyes bastante específicas que ayudarían a los encargados de la nación a saber cómo decidir en ciertos casos. Algunas de las leyes son muy escuetas, pero otras se dan en forma bastante amplia. El problema es que aparentemente no se dieron en orden lógico. Por esta razón, seguiremos el ejemplo de muchos comentaristas, y veremos estos capítulos en forma temática. Todas las leyes serán incluidas, pero bajo el tema seleccionado por el autor.

LEYES RELACIONADAS CON LA JUSTICIA

El tema de la justicia es uno de los más importantes en el libro. Ya hemos estudiado tres porciones donde se hace hincapié en la necesidad de actuar con completa rectitud en todos los tratos (1:16–17; 4:8; 16:18–20). Veamos varias esferas en que el Señor quería ver la justicia manifestada en forma especial.

En los tribunales

El material cubre los dos elementos de cualquier juicio: los testigos y los castigos

Testigos 19:15–20. Por segunda vez, Moisés recalca la necesidad de que hubiera más de un testigo, un mínimo de dos y de preferencia tres (vv. 15; 17:6–7). Pero, a veces, sólo existía uno, que era el que acusaba. Nuestro texto habla de él como “testigo falso” (vv. 16–19), pero una traducción mejor sería “testigo malicioso” o que quiere causar daño al acusado. Los dos tenían que comparecer ante los sacerdotes y jueces.

Si la acusación resultaba ser falsa, el acusador recibiría el castigo que merecía el supuesto crimen. Fíjese bien que la aplicación del castigo serviría para detener la maldad (v. 20). Esto está en contraste con el pensar moderno, porque estas leyes eran una exposición del noveno mandamiento (5:20).

Castigos 19:21; 21:22–23; 25:1–3, 11–12. Dos de estas porciones tienen que ver con la “lex talionis,” de la justa retribución. La declaración de ella se halla en 19:21.

VIDA POR VIDA, OJO POR OJO, DIENTE POR DIENTE

Las autoridades, no los individuos, tenían el deber de imponer castigos de acuerdo con la seriedad del crimen. Tenemos el único ejemplo concreto de la aplicación de esta ley en 25:11–12. Se refiere al supuesto caso de que hubiera una riña donde interviniera una mujer asiéndose de las partes nobles del enemigo. A ella se le debía cortar la mano infractora. En las culturas circunvecinas, este tipo de castigo era muy común, y se aplicaba a una gran variedad de infracciones. Pero en Israel, el castigo nunca debía ser demasiado severo.

Otra regla que guiaba la aplicación de castigos era la que tomaba en cuenta la dignidad del castigado (25:1-3). Azotar al reo más de cuarenta veces, equivaldría a tratarlo como bestia. Por otro lado, el mismo juez tenía que presenciar el castigo.

Las culturas paganas vecinas de Israel acostumbraban exhibir el cadáver del reo hasta que se descomponía en vez de enterrarlo. Pero los israelitas no debían seguir esa práctica (21:22–23). Sí, había infracciones que merecían la pena capital y sí podían exhibir el cuerpo muerto, pero debían inhumarlo el mismo día de su ejecución. Pablo usa este pasaje para enseñar que Cristo fue condenado en nuestro lugar (Gálatas 3:13).

En casos de homicidio

El propósito de estas leyes era preservar la dignidad de la vida humana y deben interpretarse a la luz del sexto mandamiento (5:17)

El caso de homicida desconocido 21:1–9. La vida humana era tan importante, que en casos de que no se descubriera al homicida, alguien tenía que asumir la responsabilidad y hacer expiación por el pecado. Si no se conocía al individuo responsable del crimen, entonces el pueblo más cercano tenía que asumir la culpabilidad y seguir las instrucciones estipuladas. Las autoridades civiles (vv. 2, 5) tenían que sacrificar una becerra que simbólicamente recibiría el castigo que el asesino merecía.

Casos de homicidio involuntario (19:1–10) y voluntario (vv. 11–13). Precisamente para proteger la vida de los asesinos accidentales, se apartaban en Israel las ciudades de refugio (Números 35:9–34; 4:41–43). Esto se hacía para evitar la venganza personal de parte de quien quisiera vengar la sangre del muerto (el pariente más cercano era el que se encargaba de buscar la justa retribución en ese caso, y hasta podía constituirse en verdugo si era necesario). El que mataba adrede no podía refugiarse en esas ciudades y se hacía acreedor a la pena capital.

En disputas acerca de tierras 19:14

Hay que recordar que en Israel el dueño de toda la tierra era Jehová. Los israelitas sólo eran mayordomos de los terrenos que el Señor les había encomendado. Cualquiera podría robar tierra de su prójimo muy fácilmente, con sólo mover los hitos para cambiar los linderos. En esencia, esta es un ley contra el robo de la propiedad privada, que es una infracción de los mandamientos octavo y décimo (5:19, 21). Esta ley se refleja también en 27:17. El usurpador merecía la maldición, porque a fin de cuentas, el robo era contra el Señor mismo, no sólo contra el vecino.

En los negocios

Moisés incluyó dos leyes que revelaban que eramenester actuar con justicia en todos los tratos comerciales. Estas leyes también tienen que ver con los mandamientos octavo y décimo.

Pesas y medidas justas 25:13–16. Los comerciantes de nuestros días harían bien en seguir este consejo. Todos los negocios tenían que desarrollarse con absoluta rectitud. Sólo así habría bendición del Altísimo sobre la transacción.

Remuneración inmediata 24:14–15. Algunos amos tendían a aplazar el pago a sus trabajadores. Esta ley enseña que los jornaleros tenían derecho a recibir su sueldo diariamente. El aplazamiento propiciaba el olvido, por lo que retener el pago equivalía a oprimir al trabajador.

¡PENSEMOS!
El tema de las relaciones entre patrón y empleado se trata también en el Nuevo Testamento. Lea Efesios 6:5–9; Colosenses 3:22–4:1 y 1 Pedro 2:18–20. Apunte las responsabilidades del empleado en una lista y las el amo en otra. Evalúe su vida a la luz de esta enseñanza.

LEYES RELACIONADAS CON LA FAMILIA

Las Escrituras enseñan que la familia fue la primera institución social creada por Dios (Génesis 2:18–25). Por ende, tiene mucha importancia. Su preservación determina la estabilidad de cualquier sociedad. Es lógico que la ley incluyera ciertas estipulaciones para regular la vida de la familia. Veremos las relaciones matrimoniales y las que regulaban a padres e hijos.

Matrimonios

La relación entre esposo y esposa es la más fundamental, y a los ojos divinos es indisoluble (Mateo 19:6). Hay varios leyes en el “Código de Deuteronomio” que protegen el matrimonio. Todas se refieren al séptimo mandamiento (5:18).

Exención del servicio militar 24:5. Esta es la primera ley que protege al matrimonio. Los recién casados tenían derecho a vivir tranquilamente por un año porque el matrimonio era más importante que el servicio militar. Se suponía que durante ese año, habría procreación y el padre tendría descendientes que le sucedieran por si falleciera en batalla. La prioridad divina estaba en el matrimonio.

Divorcio y nuevo matrimonio 24:1–4. Esta ley también tenía como propósito preservar la relación matrimonial. Los expertos concuerdan en enseñar que el énfasis principal de esta regla recae en el nuevo matrimonio (v. 4). Note que el nuevo casamiento no era pecado en sí (v. 2). Más bien se esperaba. Lo que se sancionaba era el casarse de nuevo bajo las condiciones específicas mencionadas en el versículo 3. Contraer nupcias en esa situación, sería el equivalente a incesto según el pensamiento judío. Los comentaristas señalan tres posibles propósitos de esta ley.

  1. Indicar que el divorcio es algo negativo que se debe evitar.
  2. Hacer que cuando sucediera, fuera más difícil de llevarlo a cabo. El esposo tendría que buscar a una autoridad para que le escribiera la carta de separación, la cual aprovecharía el momento para aconsejarle. El mismo marido tenía que entregarla, forzándolo así a reflexionar.
  3. Proteger el segundo matrimonio (vv. 2–3). Véase la enseñanza de Cristo (Mateo 5:31–32; 19:1–9) y de Pablo (1 Corintios 7:10–16).

Castidad 22:13–30. El Señor conocía perfectamente la relación que podía haber entre hombre y mujer. Estas leyes se dieron con el fin de conservar la integridad de la familia. Las dos palabras claves que rigen todas estas relaciones son: pureza y fidelidad. Estas dos cualidades en asuntos sexuales son esenciales para la preservación del bienestar de cualquier sociedad. Encontramos que esta ley tiene cinco partes:

  1. Contra las relaciones prematrimoniales vv. 13–21. Esta ley tendía a asegurar que la novia fuera virgen al casarse.
  2. Contra el adulterio v. 22. A esta ley se refirieron los fariseos cuando trataron de poner una trampa a Jesús (Juan 7:53–8:11).
  3. Contra la violación de una mujer desposada (vv. 23–27). Note la diferencia en los casos de violación en la ciudad (vv. 23–24) y en el campo (vv. 25–27). Esta regla se refiere a las mujeres que se encontraban en la primera etapa del casamiento según la tradición judía. La única forma de romper esa relación era por medio del divorcio (Mateo 1:18–25).
  4. Contra la violación de una señorita (vv. 28–29). Los involucrados tenían que casarse y no tenían la opción de divorcio.
  5. Contra el incesto v. 30. Lo que se condena aquí es que alguien se casara con su madrastra cuando quedara viuda. En lo que se refiere a relaciones sexuales, los conceptos claves son:

DIOS PIDE PUREZA Y FIDELIDAD

EN EL MATRIMONIO

Levirato 25:5–10. Esta es la única excepción a las leyes contra el incesto. La palabra se deriva del latín “levir” que significa cuñado. Tener descendientes era tan importante en la cultura israelita, que Dios hizo esta provisión. Fíjese bien en que existían dos condiciones para que el cuñado se casara con la viuda de su hermano: (1) Los dos hermanos tenían que vivir juntos (v. 5a). Esto significa que habían heredado en forma mancomunada las propiedades de su padre fallecido. (2) El primer matrimonio tenía que haber quedado sin prole varonil (v. 5b).

Los propósitos de esta ley eran dos. (1) Proteger a la viuda de la tentación de casarse con un pagano. En la cultura israelita, sería muy dificil conseguir nuevo marido. (2) Producir un heredero varón para poder conservar la propiedad dentro de la familia del muerto. Note bien que el cuñado tenía la opción de no cumplir con su deber pero, si no lo hacía, sería vergonzoso (vv. 7–10).

Padres e hijos

Son tres las leyes que tienen que ver con la relación entre padres e hijos. Todas se relacionan con el quinto mandamiento (5:16).

Derecho de primogenitura 21:15–17. La costumbre de tener más de una esposa nunca recibió la aprobación explícita del Señor y siempre provocaba problemas. Una de ellas atañía al asunto del derecho de primogenitura. La ley puso en claro que el primogénito era el primer hijo varón procreado por un hombre, sin importar que fuera de la primera o de la segunda mujer, de la amada o de la aborrecida. La doble porción siempre correspondía al que había nacido primero. Un propósito de esta instrucción era evitar favoritismos en la familia.

Hijo contumaz 21:18–20. Los hijos rebeldes siempre han sido problema en todas las culturas. Pero en Israel, esta infracción tenía una importancia especial. El que rechazaba la autoridad de sus padres haría lo mismo con la de la comunidad y en última instancia, con la de Dios mismo. Lo grave de este pecado se ve por medio de la severidad del castigo, que era la muerte. No se podía tolerar la rebeldía en el seno del hogar. Vale la pena notar que no tenemos registro alguno de la aplicación de esta ley, pero su mera inclusión en el código es evidencia de la actitud divina hacia esta transgresión.

Responsabilidad individual 24:16. Cada miembro de la familia era responsable ante el Señor por el pecado cometido. Cada uno sufriría el castigo por su propia iniquidad. Pero cierto es que si el padre ponía el ejemplo de conducta pecaminosa, el hijo seguiría su modelo. En este sentido, Jehová advirtió que él visita “la maldad de los padres sobre los hijos” (5:9b).

¡PENSEMOS!
Tome unos quince minutos para hacer una evaluación de su familia a la luz de los principios encontrados en las leyes que hemos estudiado. ¿Hay pureza y fidelidad en la relación matrimonial? ¿Existen favoritismos? ¿Anda algún hijo en rebeldia? Pídale al Señor que le dé valor para hacer las modificaciones necesarias para que su familia sea auténticamente cristiana.

LEYES RELACIONADAS CON LA ECOLOGÍA

El diccionario define a la ecología como el “estudio de las relaciones entre los organismos y el medio en que viven.” Este es tema de mucha actualidad, pero también muy antiguo, tanto como la ley de Moisés. Son varias las instrucciones que pueden aplicarse a este tema. La primera tiene que ver con la relación entre el hombre y sus entornos.

SOMOS MAYORDOMOS DE LA CREACIÓN

Higiene humana 23:12–14. Para mantener un medio ambiente sano, es necesario que el hombre se deshaga de sus desechos en forma adecuada. Si no lo hace, propicia enfermedades. Para prevenir el cólera en México, el gobierno recomienda a la gente del campo que no defeque sobre el suelo, sino que siempre entierre sus desechos. Tenemos que cuidar de la higiene para protegernos a nosotros y nuestros prójimos.

Arboles 20:19–20. Los ejércitos paganos tenían la práctica de talar los terrenos que rodeaban las ciudades cuando las sitiaban. Es precisamente por esto que hay tan pocos árboles en Israel en la actualidad. Pero los israelitas sólo podían talar los árboles no frutales, protegiendo así la fuente de alimentos para el pueblo.

Aves 22:6–7. El ave hembra no podía ser tomada con sus huevos o pollitos. Hacer lo contrario, destruiría una fuente de alimentación para el futuro y esto perjudicaría al pueblo.

Animales 22:1–4; 25:4. Algunos autores escriben acerca de los derechos de los animales. Mejor sería hablar de la obligación de la humanidad de tratar bien a los animales, especialmente a los que trabajan para el hombre. Cuando se extravían, hay que buscarlos; si están en dificultades, es menester ayudarlos. Si trabajan para nosotros, tenemos que darles el alimento que merecen.

El cumplimiento de estas leyes mostraría la actitud correcta hacia la creación sobre la cual el Señor nos ha dejado como mayordomos.

¡PENSEMOS!
¿Qué hace para conservar el medio ambiente? ¿Lo trata como algo que se puede cuidar solo? ¿Qué medidas concretas puede tomar para mejorar la higiene en su casa? ¿Cómo ayudará a tener más y mejores áreas verdes? ¿Qué hará para proteger a los animales y aves?

Lloyd, R. (1994). Estudios Bı́blicos ELA: Al este de la frontera (Deuteronomio) (90). Puebla, Pue., México: Ediciones Las Américas, A. C.