{"id":33079,"date":"2016-06-13T12:39:02","date_gmt":"2016-06-13T17:39:02","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/sermones\/un-territorio-comun-para-seguir-hablando-del-aborto\/"},"modified":"2016-06-13T12:39:02","modified_gmt":"2016-06-13T17:39:02","slug":"un-territorio-comun-para-seguir-hablando-del-aborto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/sermones\/un-territorio-comun-para-seguir-hablando-del-aborto\/","title":{"rendered":"Un territorio com\u00fan para seguir hablando del&nbsp;aborto"},"content":{"rendered":"<p><b>Por: Vicente Bellver Capella<\/b><\/p>\n<p align=\"justify\">Este art&iacute;culo quiere indagar en las posibilidades de encontrar un territorio com&uacute;n que permita, no digo un amplio acuerdo social pero s&iacute; al menos establecer las bases para una discusi&oacute;n c&iacute;vica productiva sobre la regulaci&oacute;n que deber&iacute;a tener el aborto. L&oacute;gicamente las partes enfrentadas en la arena p&uacute;blica buscan el descr&eacute;dito del contrincante e imponer su posici&oacute;n de la forma m&aacute;s eficaz. Pero quiz&aacute; en el &aacute;mbito acad&eacute;mico haya margen para que las distintas posiciones sustituyan las armas de la persuasi&oacute;n (o incluso manipulaci&oacute;n) por la deliberaci&oacute;n compartida.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nAunque seamos capaces de encontrar ese territorio com&uacute;n a la inmensa mayor&iacute;a de los ciudadanos, seguir&aacute; habiendo diferencias en los puntos de vista aparentemente insuperables. Pero, al menos, <strong>el desprecio con que se suele contemplar al contrincante en los debates sobre el aborto habr&aacute; dejado paso a la escucha respetuosa de sus razones<\/strong>.<\/p>\n<p align=\"justify\">&nbsp;<br \/>\nDesde hace unos meses se vuelve a hablar del aborto en <strong>Espa&ntilde;a<\/strong>. El Gobierno ha anunciado una reforma de la ley org&aacute;nica 2\/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupci&oacute;n voluntaria del embarazo, aprobada en la anterior legislatura, que modific&oacute; la regulaci&oacute;n del aborto vigente en Espa&ntilde;a desde 1985. La ley de 2010 se aprob&oacute; con 184 votos a favor, 158 en contra y una abstenci&oacute;n. La apoyaron los diputados del PSOE, PNV, ERC-ICV, IU, BNG, NaBai y dos de los diez diputados de CIU. Votaron en contra los diputados del PP, Coalici&oacute;n Canaria, UPN, UPyD y siete de los diez de CIU. Aunque obtuvo ocho votos m&aacute;s de los 176 votos necesarios para alcanzar la mayor&iacute;a absoluta que requieren las leyes org&aacute;nicas, no se puede decir que contara con un amplio apoyo parlamentario. M&aacute;s bien puso de manifiesto lo que suced&iacute;a en la calle: que en esta cuesti&oacute;n existe una <strong>profunda divisi&oacute;n ciudadana<\/strong> y que la ley aprobada satisfac&iacute;a a un sector de la sociedad pero era completamente rechazada por otro.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nLa <strong>ley de 1985<\/strong> establec&iacute;a la despenalizaci&oacute;n del aborto en tres supuestos: violaci&oacute;n, peligro para la vida o salud de la madre, o malformaciones del feto. La <strong>ley de 2010<\/strong> introdujo cambios sustanciales, entre los que destacan los siguientes:<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nEl m&aacute;s importante consiste en <strong>sustituir una regulaci&oacute;n en la que el aborto es delito salvo en determinados supuestos, a otra en la que el aborto es una prestaci&oacute;n a la que tiene derecho la mujer bajo ciertas condiciones<\/strong>.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nEn concreto, <strong>se pasa de una regulaci&oacute;n por indicaciones a otra por plazos<\/strong>. Con la ley de 1985 s&oacute;lo estaban despenalizados los abortos practicados al amparo de una de las tres indicaciones ya mencionadas. Con la ley de 2010 es l&iacute;cito todo aborto voluntario realizado dentro de las <strong>catorce primeras semanas<\/strong> de gestaci&oacute;n.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nAdem&aacute;s, se incluyen plazos m&aacute;s amplios para abortar si el feto presenta determinados&nbsp; <strong>problemas de salud<\/strong>.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nSe permite que las mujeres <strong>menores de edad<\/strong> pero mayores de 16 a&ntilde;os puedan <strong>abortar sin el conocimiento de sus padres en determinadas circunstancias<\/strong>. Hasta entonces solo pod&iacute;an abortar las mayores de edad o las menores con el consentimiento de sus padres.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nSe insta a <strong>que los futuros profesionales de la salud se formen en la pr&aacute;ctica de abortos<\/strong>. Nada preve&iacute;a al respecto la legislaci&oacute;n espa&ntilde;ola hasta ese momento.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n<strong>Se regula la objeci&oacute;n de conciencia<\/strong> al aborto de los profesionales de la asistencia sanitaria. La Sentencia del Tribunal Constitucional 53\/1985, que estim&oacute; conforme a la Constituci&oacute;n espa&ntilde;ola la despenalizaci&oacute;n del aborto siempre que se incorporaran ciertas garant&iacute;as, reconoci&oacute; el derecho a la objeci&oacute;n de conciencia ante el aborto para los profesionales sanitarios. Entre 1985 y 2010 la objeci&oacute;n de conciencia se vino ejerciendo pero sin que hubiera una ley que regulara su ejercicio.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nSe exige que la mujer que manifiesta su voluntad de abortar reciba previamente una <strong>informaci&oacute;n completa acerca no solo de la intervenci&oacute;n a la que se someter&aacute; sino tambi&eacute;n de las ayudas existentes para la maternidad<\/strong>. Tampoco esto &uacute;ltimo se contemplaba en la normativa anterior.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nLa ley org&aacute;nica 2\/2010 fue objeto de <strong>recurso de inconstitucionalidad<\/strong> por el grupo parlamentario popular. En &eacute;l se solicitaba, adem&aacute;s, la suspensi&oacute;n cautelar de los preceptos impugnados. El Tribunal Constitucional admiti&oacute; a tr&aacute;mite el recurso pero deneg&oacute; la suspensi&oacute;n cautelar que se ped&iacute;a por una ajustada mayor&iacute;a de seis votos contra cinco.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nLos cinco magistrados contrarios a denegar la suspensi&oacute;n cautelar presentaron votos particulares exponiendo las razones por las que entend&iacute;an que excepcionalmente se deb&iacute;a haber acordado la suspensi&oacute;n cautelar. Los cinco coinciden en que, si la ley se empezaba a aplicar y finalmente se declara inconstitucional, iba a producir un efecto grave e irreparable: permitir la muerte de fetos cuyas vidas deber&iacute;an haber contado con la protecci&oacute;n de la Constituci&oacute;n.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nEl momento actual es de gran <strong>incertidumbre y expectaci&oacute;n<\/strong> por lo que respecta a la regulaci&oacute;n del aborto en Espa&ntilde;a. Por un lado, como ya he dicho, el Gobierno ha expresado su voluntad de modificar la normativa vigente, pero no parece inminente que el Consejo de Ministros apruebe el correspondiente proyecto de ley&nbsp; para su tramitaci&oacute;n parlamentaria.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nPor otro, la ley org&aacute;nica 2\/2010 fue objeto de recurso de inconstitucionalidad, pero en estos momentos se cumplen tres a&ntilde;os de su presentaci&oacute;n y no hay noticias de su pr&oacute;xima resoluci&oacute;n por el Tribunal Constitucional. Entre tanto, la opini&oacute;n p&uacute;blica empieza a enardecerse con un debate que, por m&aacute;s veces que se haya planteado en el pasado, sigue suscitando <strong>apasionamiento y posiciones inconciliables<\/strong>.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nEste &ldquo;impasse&rdquo; legislativo puede ser un momento propicio para indagar en las posibilidades de <strong>encontrar un territorio com&uacute;n que permita, no digo un amplio acuerdo social pero s&iacute; al menos establecer las bases para una discusi&oacute;n c&iacute;vica productiva sobre la regulaci&oacute;n que deber&iacute;a tener el aborto<\/strong>. L&oacute;gicamente las partes enfrentadas en la arena p&uacute;blica buscan el descr&eacute;dito del contrincante e imponer su posici&oacute;n de la forma m&aacute;s eficaz. Pero quiz&aacute; en el &aacute;mbito acad&eacute;mico haya margen para que las distintas posiciones sustituyan las armas de la persuasi&oacute;n (o incluso manipulaci&oacute;n) por la deliberaci&oacute;n compartida.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nAunque seamos capaces de encontrar ese territorio com&uacute;n a la inmensa mayor&iacute;a de los ciudadanos, seguir&aacute; habiendo diferencias en los puntos de vista aparentemente insuperables. Pero, al menos, el desprecio con que se suele contemplar al contrincante en los debates sobre el aborto habr&aacute; dejado paso a la escucha respetuosa de sus razones.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nA continuaci&oacute;n&nbsp; propongo una serie de puntos que podr&iacute;an formar parte de ese territorio com&uacute;n en el que gentes con posiciones enfrentadas sobre el aborto pudi&eacute;ramos reconocernos y empezar a hablar con voluntad de entendimiento.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n1.-La grandeza moral de una persona se muestra en las intenciones que le atribuye al otro. Las personas solo podemos aproximarnos a la verdad y alcanzar una convivencia justa si dialogamos. Pero para que exista un aut&eacute;ntico di&aacute;logo es imprescindible <strong>reconocer al otro<\/strong>, superando prejuicios, dogmatismos, intransigencias y sobre todo descalificaciones personales. Ese reconocimiento se manifiesta en el <strong>esfuerzo<\/strong> que hagamos por encontrar los puntos de vista que compartimos. A partir de ellos, es m&aacute;s f&aacute;cil el di&aacute;logo, la ampliaci&oacute;n de los acuerdos y la delimitaci&oacute;n precisa de los desacuerdos, que finalmente tendr&aacute;n que resolverse conjugando la ley de las mayor&iacute;as (procurando que sean amplias) con el respeto a las conciencias personales. La <strong>ideologizaci&oacute;n<\/strong> del debate sobre el aborto en la que estamos instalados no s&oacute;lo es absurda -pues no es un tema de derechas o de izquierdas, de cat&oacute;licos o no- sino que es el mejor camino para llegar a la peor soluci&oacute;n.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n2.- Es necesario <strong>superar el debate de etiquetas entre &ldquo;fundamentalistas religiosos&rdquo; y &ldquo;delincuentes&rdquo;<\/strong>. En la controversia social que est&aacute; precediendo la anunciada reforma de la ley de aborto vuelven a lanzarse las descalificaciones de siempre. Desde las filas de los partidarios de permitir el aborto acusan a los contrarios de querer convertir en delito para todos lo que es s&oacute;lo un pecado para ellos. Por el contrario, algunos de entre los defensores de la vida del <em>nasciturus<\/em> acusan a las mujeres que defienden el aborto de convertir el &uacute;tero en el lugar m&aacute;s inseguro del mundo para la vida de un ser humano. Este tipo de recursos ret&oacute;ricos&nbsp; m&aacute;s parecen dirigidos a anular al contrincante que a rebatir sus argumentos. Y si bien es una estrategia habitual en las contiendas pol&iacute;ticas, no parece que lo sea para generar un debate ciudadanos fecundo.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n3.-Porque el problema aborto suscita <strong>reacciones viscerales<\/strong>, en cuanto que trata de nuestra visi&oacute;n acerca del ser humano y la libertad, es <strong>imprescindible debatir sobre el alcance de los bienes que entran en colisi&oacute;n<\/strong>. Todo el mundo puede comprender que si alguien est&aacute; convencido de que los fetos que se desarrollan en el seno de las mujeres son individuos de la especie humana igual a los ya nacidos, defienda sus vidas con todo su af&aacute;n. Por el contrario, si alguien piensa que la vida intrauterina es s&oacute;lo un proyecto de ser humano insistir&aacute; en la libertad de la mujer para decidir sobre si ese proyecto merece la pena llevarse adelante o no.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nL&oacute;gicamente denunciar&aacute; como intromisiones intolerables en la vida de la mujer las de aquellos que pretendan decirle qu&eacute; es lo que tiene que hacer ante una situaci&oacute;n que s&oacute;lo a ella le afecta. Como se ve, <strong>la cuesti&oacute;n sobre el aborto est&aacute; fuertemente condicionada por la interpretaci&oacute;n y valoraci&oacute;n que hagamos de dos bienes sociales: la vida humana intrauterina y la libertad de elecci&oacute;n de la mujer<\/strong>. Si queremos avanzar hacia posiciones de mayor entendimiento con relaci&oacute;n al aborto es imprescindible debatir en serio -es decir, con atenci&oacute;n hacia los argumentos del otro- sobre la <strong>configuraci&oacute;n<\/strong> que tienen estos dos bienes y la <strong>protecci&oacute;n jur&iacute;dica<\/strong> que se les debe reconocer.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n4.- La mujer que aborta no debe ir a la <strong>c&aacute;rcel<\/strong>. La mujer que se plantea abortar se encuentra, por lo general, entre la &ldquo;Escila&rdquo; de llevar adelante una vida en gestaci&oacute;n que est&aacute; convencida de que puede frustrar la suya y la &ldquo;Caribdis&rdquo; de suprimirla, con el consiguiente desgarro interior que sabe que le supondr&aacute;. Si finalmente opta por el aborto suele ser porque no ve alternativa para evitar un fracaso existencial.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nPor ello, <strong>el castigo a la mujer no es por lo general una medida preventiva eficaz<\/strong> y, cuando se hace, suele agravar la desesperada situaci&oacute;n personal que le llev&oacute; a decidirse por el aborto. <strong>No se trata de eliminar cualquier sanci&oacute;n penal<\/strong> para la mujer que aborta: eso no lo contempla ni la ley hoy vigente en Espa&ntilde;a ni las regulaciones m&aacute;s permisivas del mundo. <strong>Se trata de no criminalizar<\/strong> a quien, con mucha frecuencia, es tambi&eacute;n v&iacute;ctima del aborto al que se somete.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n5.- El aborto es un drama para la mujer y para la sociedad. Es dif&iacute;cil encontrar una mujer que piense que abortar es como quitarse una verruga. Por lo general lo percibe como un drama, cuando no como una aut&eacute;ntica tragedia en su vida. Pero, adem&aacute;s, <strong>una sociedad que dispone de una estructura eficiente para practicar abortos tiene que tomar conciencia de que sufre un problema interno grave<\/strong>. El <strong>incremento del n&uacute;mero de abortos<\/strong> tiende a percibirse como un <strong>fracaso<\/strong> social y su reducci&oacute;n, en cambio, como un avance.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n6.- Es necesario <strong>desarrollar pol&iacute;ticas p&uacute;blicas que contribuyan eficazmente a reducir el n&uacute;mero de abortos<\/strong>. Precisamente porque la mayor&iacute;a de las mujeres no quieren verse ante el dilema del aborto y porque es un problema social, los poderes p&uacute;blicos tienen que tomarse en serio la elaboraci&oacute;n de pol&iacute;ticas p&uacute;blicas dirigidas a reducir su n&uacute;mero.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nL&oacute;gicamente, la medida preventiva m&aacute;s eficaz y econ&oacute;mica a largo plazo es la <strong>educaci&oacute;n<\/strong>, en la medida en que sirva para formar a los j&oacute;venes en una visi&oacute;n de la igualdad entre varones y mujeres, las relaciones de pareja, la sexualidad y el valor de toda vida humana que sean conformes a la dignidad humana y los derechos humanos.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nAcordar los contenidos precisos de esta educaci&oacute;n no ser&aacute; sencillo; pero s&iacute; al menos la necesidad de tomar el asunto en serio y de reparar en que esa formaci&oacute;n no solo se recibe <strong>en casa y en la escuela<\/strong> sino tambi&eacute;n, y muchas veces de la forma m&aacute;s eficaz pero tambi&eacute;n m&aacute;s negativa, <strong>en los medios de comunicaci&oacute;n, Internet y las redes sociales<\/strong>.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n7.- Urge implementar <strong>pol&iacute;ticas de protecci&oacute;n a la maternidad en riesgo de exclusi&oacute;n<\/strong>. Si la educaci&oacute;n puede prevenir abortos a medio y largo plazo, las ayudas a la maternidad pueden lograrlo de forma inmediata. En la medida en que la maternidad es un bien social -sin mujeres que decidieran tener hijos no podr&iacute;a haber sociedad- las ayudas p&uacute;blicas a la maternidad deber&iacute;an tener un car&aacute;cter prioritario.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nPuesto que desarrollar un sistema de ayuda eficaz a la maternidad requiere de recursos y de un cambio cultural profundo, su desarrollo llevar&aacute; tiempo. Pero las ayudas a las mujeres embarazadas en riesgo de exclusi&oacute;n son impostergables pues contribuyen de forma inmediata a reducir el n&uacute;mero de abortos y evitar su exclusi&oacute;n social.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n8.- Tomarse en serio la maternidad exige <strong>facilitar la conciliaci&oacute;n entre vida profesional y vida familiar<\/strong>. Mientras el embarazo sea un problema para la promoci&oacute;n profesional de la mujer y un &ldquo;incordio&rdquo; para la empresa, la maternidad ser&aacute; un ejercicio heroico para las que deciden llevarla a cabo y un riesgo para las empresas que contratan mujeres.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nEs urgente tomar conciencia de que la maternidad es un bien social y adoptar las medidas oportunas para que las mujeres que deseen ser madres no vean frustradas sus trayectorias profesionales; y que las empresas cuyas trabajadoras tengan hijos no sufran por ello una desventaja competitiva.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n9.- El <strong>machismo<\/strong> est&aacute; detr&aacute;s de muchos abortos. El machismo es una lacra social que dificulta la consecuci&oacute;n de una igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Con relaci&oacute;n a los embarazos el machismo se manifiesta de forma paradigm&aacute;tica <strong>en dos sentidos opuestos. <\/strong>En ocasiones el var&oacute;n impone a la mujer su voluntad para que lleve adelante la gestaci&oacute;n. Afortunadamente estas actitudes empiezan a ser residuales en sociedades libres como la nuestra. Pero en otras ocasiones, el var&oacute;n opta por desentenderse de la vida que ha contribuido a engendrar o incluso empuja a la mujer hacia el aborto. Que una mujer se vea obligada a abortar por el abandono o la presi&oacute;n de su pareja la somete a una doble agresi&oacute;n moral: la del var&oacute;n y la del aborto.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n10.- El <strong>consejo gen&eacute;tico prenatal<\/strong> debe facilitar la decisi&oacute;n libre de la mujer (o de la pareja). En los pa&iacute;ses en los que se permite el aborto por enfermedades cong&eacute;nitas del feto, como es el caso de Espa&ntilde;a en estos momentos, es preceptivo que la mujer (o, en su caso, la pareja) reciba un consejo gen&eacute;tico posterior a un diagn&oacute;stico prenatal positivo.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nEse consejo tiene como objetivo poner en manos de la mujer una informaci&oacute;n completa y asequible que le permita decidir con plena libertad entre llevar adelante la gestaci&oacute;n o acabar con ella.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nSin embargo, los protocolos de detecci&oacute;n de malformaciones cong&eacute;nitas que han aprobado muchas comunidades aut&oacute;nomas en Espa&ntilde;a m&aacute;s parecen pensados para reducir el n&uacute;mero de nacimientos de beb&eacute;s con s&iacute;ndrome de Down y otras patolog&iacute;as gen&eacute;ticas, que para facilitar la decisi&oacute;n libre de las parejas y, en su caso, proporcionar las ayudas socio-sanitarias necesarias para llevar adelante la gestaci&oacute;n y la crianza de estos ni&ntilde;os.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n11.- El reconocimiento formal del derecho a la objeci&oacute;n de conciencia debe ir acompa&ntilde;ado de una <strong>cultura de la objeci&oacute;n de conciencia sanitaria<\/strong>. Lo importante de las normas no son sus formulaciones sobre el papel sino su expresi&oacute;n en la vida real.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nLa objeci&oacute;n de conciencia es una manifestaci&oacute;n de la libertad ideol&oacute;gica y religiosa, reconocida por la Constituci&oacute;n espa&ntilde;ola (art. 16) y por la Declaraci&oacute;n Universal de Derechos Humanos (art. 18).<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nEl derecho a la objeci&oacute;n de conciencia tiene una particular relevancia a la hora de ejercer las profesiones sanitarias en contextos sociales tan plurales como los del presente.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nS&oacute;lo mediante ella se pueden salvaguardar dos bienes esenciales: el cumplimiento de las leyes aprobadas democr&aacute;ticamente y la conciencia de aquellos ciudadanos para los que cumplir con determinados mandatos del legislador ser&iacute;a ir en contra de sus convicciones morales y religiosas m&aacute;s profundas.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nAhora bien, una cosa es que las personas tengan reconocido el derecho a objetar y otra que se ejerza correctamente.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nExiste el riesgo del abuso por parte del objetor que dice rechazar el cumplimiento de mandatos legales por razones morales cuando, en realidad, lo hace por razones de conveniencia.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nPero m&aacute;s frecuente, y m&aacute;s grave si cabe, es el riesgo de que la objeci&oacute;n de conciencia vaya acompa&ntilde;ada de <strong>la estigmatizaci&oacute;n o incluso de la abierta discriminaci&oacute;n del objetor<\/strong>.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nPara lograr que la praxis de la objeci&oacute;n de conciencia sanitaria no perjudique al objetor, y no impida la prestaci&oacute;n de servicios establecidos normativamente, es imprescindible que exista una cultura de <strong>respeto a la diversidad ideol&oacute;gica<\/strong> entre los profesionales y de <strong>no obstrucci&oacute;n del funcionamiento normal de los servicios<\/strong>.&nbsp;<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n12.- <strong>No conviene que la regulaci&oacute;n sobre el aborto se haga pensando en supuestos dram&aacute;ticos de car&aacute;cter excepcional<\/strong>. En los pa&iacute;ses anglosajones existe una m&aacute;xima jur&iacute;dica que dice <em>hard cases make bad law<\/em>, que viene a destacar que los casos dif&iacute;ciles son una base inadecuada para establecer leyes generales.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nNo es infrecuente que casos tan dif&iacute;ciles como excepcionales relacionados con el aborto se pretendan presentar como la pauta para establecer una regulaci&oacute;n general sobre el aborto.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nEl permiso para abortar a las menores de 18 a&ntilde;os sin conocimiento de sus padres en determinados circunstancias, contemplado en la ley de 2010, quiz&aacute; puede verse como un ejemplo de lo dicho.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nEs cierto que puede haber casos&nbsp; en los que comunicar a los padres el aborto de su hija resulte terrible para ella. Pero en sociedades como la nuestra cabe pensar que sean m&aacute;s bien excepcionales.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nPor el contrario, sancionar este permiso a nivel legal puede contribuir a que las menores que abortan tiendan a ocultarlo a sus padres (es una reacci&oacute;n bastante l&oacute;gica de una chica en un trance as&iacute;) , <strong>imposibilitando as&iacute; que los padres puedan ayudarla e incrementando el distanciamiento entre padres e hija<\/strong> propio de esas edades. De entre las filas de los partidos que apoyaron la ley de 2010 se escucharon muchas voces cr&iacute;ticas con este punto concreto de la ley.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nNo es f&aacute;cil conseguir un debate respetuoso y constructivo sobre el aborto. Los enfrentamientos entre los llamados &ldquo;pro-choice&rdquo; y &ldquo;pro-life&rdquo; siguen siendo muy enconados en todas las sociedades en las que existe libertad para tratar de esta cuesti&oacute;n, a pesar de las d&eacute;cadas que llevamos debatiendo.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nQuiz&aacute; aspirar al entendimiento sea imposible pero, como es necesario, <strong>no podemos dejar de intentarlo.<\/strong> En la medida en que descubramos que existe un territorio com&uacute;n con relaci&oacute;n al problema del aborto, aunque sea reducido, ser&aacute; menos dif&iacute;cil dialogar y qui&eacute;n sabe si tambi&eacute;n conseguir alg&uacute;n d&iacute;a amplios acuerdos sobre la regulaci&oacute;n de este problema medular de nuestras sociedades.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por: Vicente Bellver Capella Este art&iacute;culo quiere indagar en las posibilidades de encontrar un territorio com&uacute;n que permita, no digo un amplio acuerdo social pero s&iacute; al menos establecer las bases para una discusi&oacute;n c&iacute;vica productiva sobre la regulaci&oacute;n que deber&iacute;a tener el aborto. 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