{"id":36492,"date":"2016-06-21T01:49:24","date_gmt":"2016-06-21T06:49:24","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/sermones\/la-sentencia-del-tribunal-constitucional-sobre-los-matrimonios-del-mismo-sexo\/"},"modified":"2016-06-21T01:49:24","modified_gmt":"2016-06-21T06:49:24","slug":"la-sentencia-del-tribunal-constitucional-sobre-los-matrimonios-del-mismo-sexo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/sermones\/la-sentencia-del-tribunal-constitucional-sobre-los-matrimonios-del-mismo-sexo\/","title":{"rendered":"La sentencia del Tribunal Constitucional sobre los matrimonios del mismo sexo"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">El gobierno socialista del se\u00f1or Rodr\u00edguez Zapatero, por la ley 13 \/2005, del 1 de julio, a\u00f1ade un segundo p\u00e1rrafo al art\u00edculo 44 del C\u00f3digo Civil que textualmente establece: \u201cEl matrimonio tendr\u00e1\u00a0 los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo sexo o de sexo diferente\u201d. Adem\u00e1s, cambia los t\u00e9rminos \u201cmarido y mujer\u201d por los de \u201cc\u00f3nyuges\u201d en los art\u00edculos 66 y 67, entre otras muchas modificaciones. Consecuentemente, por dicho segundo p\u00e1rrafo del C\u00f3digo Civil, los matrimonios del mismo sexo quedaban legalizados y equiparados a los de diferente o distinto sexo con sus mismos requisitos y efectos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p style=\"text-align: justify;\">Contra dicha ley, el Partido Popular, con fecha 25 de octubre del citado a\u00f1o, interpuso un recurso inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, promovido por m\u00e1s de 50 diputados, en base al primer p\u00e1rrafo del art\u00edculo 32 de nuestra Constituci\u00f3n que establece: \u201cEl hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jur\u00eddica\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0Pues bien, despu\u00e9s de siete a\u00f1os y cinco meses, ayer, d\u00eda 6 de noviembre de este a\u00f1o en curso del 2012, el Tribunal Consticional del Estado Espa\u00f1ol avala por ocho votos a favor y tres en contra, la mencionadaza ley socialista que legaliza y equipara los matrimonios del mismo sexo a los matrimonios de diferente o distinto sexo, y rechaza el recurso del partido popular en base a la realidad social actual espa\u00f1ola de haber 22.500 matrimonios del mismo sexo en dicho espacio de tiempo<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En mi opini\u00f3n considero que dicho aval y sentencia del Tribunal Constitucional, que por un lado, repugnan a la realidad social actual espa\u00f1ola, que es mayoritariamente contraria a llamar matrimonio a las uniones del mismo sexo, y por otro lado, son anticonstitucionales a la verdadera luz y aut\u00e9ntica interpretaci\u00f3n de los t\u00e9rminos de los art\u00edculo 6 de la actual Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0He preguntado a 25 personas, entre ellas, homosexuales y lesbianas, si era propio y correcto \u00a0llamar matrimonio a las uniones del mismo sexo, y 23 de ellas, me dijeron que les repugna llamarles matrimonio, porque dicho t\u00e9rmino es propio y exclusivo de la uni\u00f3n de un hombre y una mujer.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0De este modo, en el a\u00f1o 2005, el Parlamento brit\u00e1nico aprob\u00f3 la ley de uniones del mismo sexo, entrando en vigor un a\u00f1o despu\u00e9s de su aprobaci\u00f3n y publicaci\u00f3n, pero no admiti\u00f3 la de matrimonios del mismo sexo. Es m\u00e1s, fue el l\u00edder de los homosexuales y lesbianas\u00a0 fue quien se opuso terminantemente llamarle matrimonio a las uniones del mismo sexo, al reconocer que este t\u00e9rmino pol\u00edticamente y jur\u00eddicamente no es propio para dichas uniones.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los t\u00e9rminos del art\u00edculo 6 de la actual Constituci\u00f3n espa\u00f1ola: \u201cEl hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jur\u00eddica\u201d excluyen antropol\u00f3gicamente los matrimonios del mismo sexo, a la luz de la naturaleza humana, del derecho natural, del derecho romano, de la cultura griega, del derecho can\u00f3nico, del derecho hist\u00f3rico hispano, del sentido com\u00fan y de la mente y sentir de los legisladores que redactaron la Constituci\u00f3n, que entend\u00edan que el matrimonio ling\u00fc\u00edsticamente y culturalmente es propio y exclusivo de las uniones legales entre un hombre y una mujer para generar y educar hijos y para complementarse mutuamente en esta vida. Los homosexuales unidos y las lesbianas unidas entre s\u00ed no pueden engendrar ni generar hijos, ni educarlos convenientemente, ni completarse debidamente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La palabra matrimonio proviene de los t\u00e9rminos latinos \u201cmatris muniens\u201d que significan defendiendo a la madre. La Real Academia Espa\u00f1ola define el \u00a0matrimonio: \u201cLa uni\u00f3n de un hombre y de una mujer, legalizada con las ceremonias y formalidades religiosas o civiles establecidas para constituir la familia\u201d. Con ocasi\u00f3n de la legalizaci\u00f3n de los matrimonios del mismo sexo, los informes previos del Consejo de Estado, del Poder Judicial y de la misma Real Academia Espa\u00f1ola manifestaron al Gobierno socialista del se\u00f1or Rodr\u00edguez Zapatero que \u00e9stos no deb\u00edan llamarse matrimonios, obstante mal aconsejado, los legaliza mediante dicha citada ley.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0Cicer\u00f3n llamaba al matrimonio: \u201cPrincimpium urbis et quasi seminarium reipublicae\u201d. En este sentido, los emperadores romanos dictaron las famosas leyes \u201cJulias\u201d para establecer el matrimonio entre un hombre y una mujer y para castigar\u00a0 a las mujeres menores de cuarenta y seis a\u00f1os que no tuvieran hijos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por todo ello, la sentencia del Tribunal Constitucional que avala y equipara los matrimonios de mismo sexo a los matrimonios de distinto sexo, es, en mi humilde opini\u00f3n, pol\u00edtica y jur\u00eddicamente anticonstitucional. Propongo al partido popular, que tiene mayor\u00eda de diputados en el Congreso y en el Senado, modifique dicha ley 13\/ 2005 y la sustituya por una ley de uniones entre personas del mismo sexo con sus respectivos derechos y obligaciones sociales y hereditarios, como lo hizo el Reino Unido, vanguardia de todas las modernidades.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">.<\/p>\n<p align=\"justify\">Jos\u00e9 Barros Guede.<\/p>\n<p align=\"justify\">A Coru\u00f1a, 7 de noviembre del 2012.<\/p>\n<p align=\"justify\">&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El gobierno socialista del se\u00f1or Rodr\u00edguez Zapatero, por la ley 13 \/2005, del 1 de julio, a\u00f1ade un segundo p\u00e1rrafo al art\u00edculo 44 del C\u00f3digo Civil que textualmente establece: \u201cEl matrimonio tendr\u00e1\u00a0 los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo sexo o de sexo diferente\u201d. 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