{"id":36774,"date":"2016-06-21T10:27:28","date_gmt":"2016-06-21T15:27:28","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/sermones\/nuevas-normas-para-la-administracion-de-bienes-de-las-canonizaciones\/"},"modified":"2016-06-21T10:27:28","modified_gmt":"2016-06-21T15:27:28","slug":"nuevas-normas-para-la-administracion-de-bienes-de-las-canonizaciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/sermones\/nuevas-normas-para-la-administracion-de-bienes-de-las-canonizaciones\/","title":{"rendered":"Nuevas normas para la administraci\u00f3n de bienes de las canonizaciones"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Nuevas normas para la administraci\u00f3n de bienes de las canonizaciones<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Rescriptum ex audientia Sanctissimi, 10.03.2016<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Sumo Pont\u00edfice Francisco, en la audiencia concedida al cardenal Secretario de Estado, Pietro Parolin, el pasado 4 de marzo, aprob\u00f3 las \u201cNuevas normas sobre la administraci\u00f3n de los bienes de las Causas de beatificaci\u00f3n y de canonizaci\u00f3n\u201d, abrogando las precedentes aprobadas por san Juan Pablo II, el 20 de agosto de 1983.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Sumo Pont\u00edfice ha dispuesto que dichas normas, alegadas a ese rescripto, y que ofrecemos a continuaci\u00f3n, sean promulgadas y publicadas en L&#8217;Osservatore Romano, estableciendo que las mismas entren en vigor <em>ad experimentum<\/em> por tres a\u00f1os a partir de la fecha de aprobaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Firma el texto el cardenal Secretario de Estado, el 7 de marzo de 2016<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Normas sobre la administraci\u00f3n de los bienes de las Causas de beatificaci\u00f3n y canonizaci\u00f3n, 10.03.2016<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las normas sobre la administraci\u00f3n de los bienes de las Causas de beatificaci\u00f3n y de canonizaci\u00f3n que se publican hoy constan de una premisa y seis art\u00edculos: Bienes de la Causa y designaci\u00f3n del Administrador; Administraci\u00f3n; vigilancia sobre la Administraci\u00f3n; contribuci\u00f3n del actor a la Sede Apost\u00f3lica; Fondo de Solidaridad; Entrada en vigor de las normas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En la premisa se afirma que las Causas de beatificaci\u00f3n y canonizaci\u00f3n que por su complejidad requieren mucho trabajo, comportan gastos para la difusi\u00f3n del conocimiento de la figura del Siervo de Dios o Beato, para la investigaci\u00f3n diocesana o eparquial, para la fase romana, y finalmente para las ceremonias de beatificaci\u00f3n o canonizaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por cuanto respecta a la fase romana -continua el documento- la Sede Apost\u00f3lica, dada la peculiar naturaleza de bien p\u00fablico de la Causa, sostiene los costes, en los que los solicitantes participan a trav\u00e9s de una contribuci\u00f3n, y presta atenci\u00f3n a que los honorarios y los gastos sean bajos para no obstaculizar su proseguimiento.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El art\u00edculo relativo a los bienes de la Causa y a la designaci\u00f3n del Administrador establece que el solicitante , despu\u00e9s de que la petici\u00f3n formal de inicio de la Causa (supplice libello) haya sido aceptada constituye un fondo para los gastos de la misma. Dicho fondo, constituido por las ofertas tanto de personas f\u00edsicas como jur\u00eddicas se considera, dada su naturaleza particular, un \u201cfondo de Causa p\u00eda\u201d. El solicitante, con el consenso del obispo o eparca, designa al Administrador del fondo. El Postulador General puede ejercer el cargo de Administrador. Para las Causas en curso durante la fase romana, el Postulador comunica a la Congregaci\u00f3n de los Santos el nombramiento del Administrador.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El apartado que ata\u00f1e a la administraci\u00f3n afirma que el Administrador est\u00e1 obligado a observar las normas relativas a la gesti\u00f3n de los bienes de las Causas p\u00edas, y en particular debe respetar escrupulosamente la intenci\u00f3n de los ofertantes, llevar una contabilidad actualizada con regularidad, redactar un balance anual, un presupuesto ( con fecha tope del 30 de septiembre) y una lista de gastos final (con fecha tope del 31 de marzo), que se debe presentar al solicitante para su aprobaci\u00f3n ,y mandar al Postulador una cop\u00eca de los balances aprobados por el solicitante.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Asimismo las Postulaciones Generales deben llevar por separado la contabilidad de cada una de las Causas. En el caso de que el solicitante quiera destinar , aunque sea solo una parte de los bienes, a objetivos diferentes de los de la Causa, tendr\u00e1 que obtener la autorizaci\u00f3n de la Congregaci\u00f3n para las Causas de los Santos. El solicitante, una vez recibido y aprobado el balance, mandar\u00e1 una copia a las Autoridades responsables de la supervisi\u00f3n de las que se habla en el apartado siguiente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p style=\"text-align: justify;\">En materia de supervisi\u00f3n de la administraci\u00f3n, el cap\u00edtulo III, establece que la autoridad competente encargada de la misma durante la fase diocesana o eparquial, as\u00ed como en la romana es: a) el obispo diocesano, el eparca o quien a ellos se equipara por derecho en el \u00e1mbito de su competencia. b) el Superior Mayor para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apost\u00f3lica en el \u00e1mbito de su jurisdicci\u00f3n; c) otra autoridad eclesi\u00e1stica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tambi\u00e9n establece este art\u00edculo que la supervisi\u00f3n abarca todos los movimientos inherentes a la Causa, tanto en entrada como en salida y que la autoridad competente para la supervisi\u00f3n anual revisa y aprueba los balances de la Causa y env\u00eda una copia a la Congregaci\u00f3n para las Causas de los Santos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por su parte la Congregaci\u00f3n para las Causas de los Santos, como alta autoridad de supervisi\u00f3n puede solicitar en cualquier momento al Administrador, as\u00ed como al Postulador y al solicitante de la Causa, cualquier informaci\u00f3n financiera y la documentaci\u00f3n relacionada. Adem\u00e1s comprueba los balances recibidos por las autoridades competentes de las que se habla en el cap\u00edtulo anterior y controla, durante la fase romana, los honorarios y cualquier otro gasto de acuerdo con las disposiciones de la misma congregaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De igual modo el Administrador debe seguir cuidadosamente todos las normas emanadas por la Congregaci\u00f3n para las Causas de los Santos en relaci\u00f3n con las actividades administrativas y financieras de una Causa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En caso de incumplimiento o de abusos de naturaleza administrativo-financiera por parte de los que participan en el proceso de la Causa, intervendr\u00e1 disciplinariamente la Congregaci\u00f3n para las Causas de los Santos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el cap\u00edtulo IV se detalla la contribuci\u00f3n del solicitante a la Sede Apost\u00f3lica, estableciendo que para la fase romana, se le pedir\u00e1 una aportaci\u00f3n fijada por la Congregaci\u00f3n para las Causas de los Santos y comunicada a trav\u00e9s del Postulador, que se pagar\u00e1 en diversas fases, como se especifica a continuaci\u00f3n y, si fuera necesario, se pueden pedir eventualmente contribuciones extraordinarias. As\u00ed, en vista del reconocimiento del martirio o de las virtudes heroicas o del doctorado, la contribuci\u00f3n se divide en cuatro etapas: a la entrega de las Actas de la investigaci\u00f3n diocesana o eparquial; durante la solicitud del nombramiento del relator; a la entrega de la Positio, antes del Congreso Peculiar de los te\u00f3logos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En vista del reconocimiento del presunto milagro, la contribuci\u00f3n se distribuir\u00e1 en tres etapas: a la entrega de las Actas de la investigaci\u00f3n diocesana o eparquial; antes de la Consulta M\u00e9dica; antes del Congreso Peculiar de los te\u00f3logos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las contribuciones, que no incluyen el costo de la impresi\u00f3n de la Positio, deben ser enviadas por transferencia bancaria a la cuenta corriente de la Congregaci\u00f3n para las Causas de los Santos, a la que se debe remitir el comprobante de la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Una vez celebrada la beatificaci\u00f3n o la canonizaci\u00f3n, el Administrador del fondo rinde cuentas de la administraci\u00f3n general de los bienes para su debida aprobaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Despu\u00e9s de la canonizaci\u00f3n, la Congregaci\u00f3n para las Causas de los Santos, en nombre de la Sede Apost\u00f3lica, dispone del eventual remanente del fondo teniendo en cuenta los deseos del solicitante y las exigencias del \u201cFondo de Solidaridad &#8220;. Una vez cumplidos estos requisitos, el fondo de la Causa y la Postulaci\u00f3n cesan su existencia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El quinto apartado describe el Fondo de Solidaridad, constituido en la Congregaci\u00f3n para las Causas de los Santos, que se alimenta de las ofertas voluntarias de los solicitantes o de cualquier otra fuente, adem\u00e1s de lo que pueda provenir de lo dispuesto en el \u00faltimo p\u00e1rrafo del cap\u00edtulo anterior.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En los casos en que haya una aut\u00e9ntica dificultad para sostener los costes de una Causa en la fase romana, el solicitante podr\u00e1 pedir una contribuci\u00f3n a la Congregaci\u00f3n para las Causas de los Santos a trav\u00e9s del Ordinario competente. \u00c9ste, antes de enviar la solicitud eventual, debe apurar la situaci\u00f3n econ\u00f3mica y financiera del fondo y la imposibilidad de alimentarlo recurriendo a subvenciones adicionales. La Congregaci\u00f3n para las Causas de los Santos evaluar\u00e1 caso por caso.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las normas concluyen puntualizando que entran en vigor, <em>ad experimentum, <\/em>por tres a\u00f1os a partir de la fecha de su aprobaci\u00f3n y que se abroga cualquier otra norma contraria.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Firman este reglamento el cardenal Angelo Amato SDB, y el arzobispo Marcello Bartolucci, respectivamente Prefecto y Secretario de la Congregaci\u00f3n para las Causas de los Santos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0Foto de archivo<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Nuevas normas para la administraci\u00f3n de bienes de las canonizaciones Rescriptum ex audientia Sanctissimi, 10.03.2016 El Sumo Pont\u00edfice Francisco, en la audiencia concedida al cardenal Secretario de Estado, Pietro Parolin, el pasado 4 de marzo, aprob\u00f3 las \u201cNuevas normas sobre la administraci\u00f3n de los bienes de las Causas de beatificaci\u00f3n y de canonizaci\u00f3n\u201d, abrogando las &hellip; <a href=\"https:\/\/www.biblia.work\/sermones\/nuevas-normas-para-la-administracion-de-bienes-de-las-canonizaciones\/\" class=\"more-link\">Continuar leyendo<span class=\"screen-reader-text\"> \u00abNuevas normas para la administraci\u00f3n de bienes de las canonizaciones\u00bb<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-36774","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-general"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/sermones\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/36774","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/sermones\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/sermones\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/sermones\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/sermones\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=36774"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/sermones\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/36774\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.biblia.work\/sermones\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=36774"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/sermones\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=36774"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.biblia.work\/sermones\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=36774"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}