{"id":38144,"date":"2016-06-21T16:23:53","date_gmt":"2016-06-21T21:23:53","guid":{"rendered":"http:\/\/www.biblia.work\/sermones\/motu-proprio-del-papa-francisco-en-materia-penal\/"},"modified":"2016-06-21T16:23:53","modified_gmt":"2016-06-21T21:23:53","slug":"motu-proprio-del-papa-francisco-en-materia-penal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.biblia.work\/sermones\/motu-proprio-del-papa-francisco-en-materia-penal\/","title":{"rendered":"Motu Proprio del Papa Francisco en materia penal"},"content":{"rendered":"<p align=\"justify\"><strong>Motu Proprio del Papa Francisco en materia penal, en continuidad con Benedicto XVI<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">(RV).- \u00abEn nuestro tiempo, el bien com\u00fan est\u00e1 cada vez m\u00e1s amenazado por la delincuencia organizada y transnacional, el uso indebido de las condiciones econ\u00f3micas y del mercado, as\u00ed como el terrorismo\u00bb. As\u00ed empieza la Carta Apost\u00f3lica del Papa Francisco en forma de Motu Propio en materia penal, para luego a\u00f1adir: \u00abPor tanto, es necesario que la comunidad internacional adopte instrumentos jur\u00eddicos adecuados que permitan prevenir y combatir la criminalidad, favoreciendo la cooperaci\u00f3n judicial internacional en materia penal.<br \/>\nLa Santa Sede, actuando tambi\u00e9n en nombre y por cuenta del Estado de la Ciudad del Vaticano, en la ratificaci\u00f3n de numerosas convenciones internacionales en este \u00e1mbito, siempre ha afirmado que estos acuerdos constituyen los medios para una aplicaci\u00f3n efectiva de las actividades delictivas que amenazan la dignidad humana y el bien com\u00fan y la paz\u00bb.<\/p>\n<p align=\"justify\">En la Oficina de Prensa de la Santa Sede, se llev\u00f3 a cabo la conferencia de presentaci\u00f3n de las nuevas leyes en materia penal &#8211; enmiendas al C\u00f3digo Penal y al C\u00f3digo de Procedimiento Penal &#8211; y de sanciones administrativas para el Estado de la Ciudad del Vaticano y la Santa Sede. Con la intervenci\u00f3n del Prof. Giuseppe Dalla Torre, Presidente del Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano.<\/p>\n<p align=\"justify\">\u201cEn la fecha de hoy, el Santo Padre Francisco adopt\u00f3 un Motu Proprio en materia penal\u201d. Destaca, en el primero de sus once puntos, un Comunicado de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, a\u00f1adiendo que, tambi\u00e9n en esta la misma fecha, la Pontificia Comisi\u00f3n para el Estado de la Ciudad del Vaticano ha aprobado las siguientes tres leyes:<\/p>\n<p align=\"justify\">&#8211; la ley n. VIII, que establece &#8220;Normas complementarias en materia penal&#8221;;<br \/>\n&#8211; la ley n. IX, que establece &#8220;Enmiendas al C\u00f3digo Penal y al C\u00f3digo de Procedimiento Penal&#8221;;<br \/>\n&#8211; la ley n. X que establece &#8220;Normas generales para las sanciones administrativas&#8221;.<\/p>\n<p align=\"justify\">Explicando &#8211; en el punto 2 &#8211; que \u201cel Motu Proprio tiene el objetivo de extender la aplicaci\u00f3n de las leyes penales aprobadas por la Pontificia Comisi\u00f3n para el Estado de la Ciudad del Vaticano tambi\u00e9n al \u00e1mbito de la Santa Sede\u201d, el Comunicado de Prensa a\u00f1ade \u2013 en el punto 3 &#8211; que \u201clas leyes penales adoptadas hoy prosiguen la adecuaci\u00f3n del ordenamiento jur\u00eddico vaticano, en continuidad con las acciones emprendidas, a partir del a\u00f1o 2010, durante el pontificado del Papa Benedicto XVI\u201d.<\/p>\n<p align=\"justify\">El punto 4 se\u00f1ala que \u201cLas mismas leyes tienen tambi\u00e9n contenidos a\u00fan m\u00e1s amplios, proveyendo la actuaci\u00f3n de m\u00faltiples Convenciones internacionales, entre ellas podemos recordar: las cuatro Convenciones de Ginebra de 1949 contra de los cr\u00edmenes de guerra; y la Convenci\u00f3n Internacional de 1965 sobre la Eliminaci\u00f3n de toda formas de discriminaci\u00f3n racial; la Convenci\u00f3n de 1984 contra la tortura y otras penas, y tratos crueles, inhumanos y degradantes; la Convenci\u00f3n de 1989 sobre los Derechos del Ni\u00f1o y sus Protocolos Facultativos del a\u00f1o 2000\u201d.<\/p>\n<p align=\"justify\">\u201cEn este \u00e1mbito \u2013 se lee en el punto 5 del Comunicado &#8211; hay que se\u00f1alar la introducci\u00f3n ya producida del delito de tortura y la amplia definici\u00f3n de la categor\u00eda de delitos contra los menores (entre los cuales se se\u00f1alan: la venta, la prostituci\u00f3n, el reclutamiento y la violencia sexual contra los menores; la pornograf\u00eda infantil, la posesi\u00f3n de pornograf\u00eda infantil; actos sexuales con menores).<\/p>\n<p align=\"justify\">\u201cTambi\u00e9n se han introducido figuras criminosas relativas a los delitos de lesa humanidad, a los que se dedica un t\u00edtulo aparte \u2013 apunta el punto 6, a\u00f1adiendo que \u2013 se ha previsto, entre otras cosas, la pena espec\u00edfica de delitos como el genocidio y el apartheid, en el sentido de lo dispuesto en el Estatuto de la Corte Penal Internacional, de 1998; as\u00ed como se ha revisado el t\u00edtulo sobre los delitos contra la administraci\u00f3n p\u00fablica, en relaci\u00f3n con la Convenci\u00f3n de las Naciones Unidas de 2003 contra la corrupci\u00f3n. Desde el punto de vista de las sanciones, adem\u00e1s, se decidi\u00f3 abolir la pena de cadena perpetua, reemplaz\u00e1ndola con la pena de prisi\u00f3n de 30 a 35 a\u00f1os\u201d.<\/p>\n<p align=\"justify\">\u201cDe acuerdo con las \u00faltimas directrices en \u00e1mbito internacional \u2013 explica el punto 7 \u2013 se ha introducido tambi\u00e9n un sistema de sanciones a cargo de las personas jur\u00eddicas, en todos los casos en que \u00e9stas aprovechen de actividades criminosas cometidas por sus \u00f3rganos o dependientes, estableciendo en ellas una responsabilidad directa con sanciones de interdicci\u00f3n y pecuniarias\u201d.<\/p>\n<p align=\"justify\">\u201cEn cuanto a las disposiciones de procedimiento penal se han introducido los principios generales de un juicio justo en un plazo razonable y la presunci\u00f3n de inocencia del imputado \u2013 se lee en el punto 8, que explica asimismo que \u201cse han potenciado los poderes cautelares a disposici\u00f3n de la Autoridad judicial (con la actualizaci\u00f3n de la disciplina de confiscaci\u00f3n, potenciada por la introducci\u00f3n del bloqueo preventivo de bienes)<\/p>\n<p align=\"justify\">El punto 9 destaca que \u201cun sector muy importante de la reforma concierne a la reformulaci\u00f3n de la normativa relativa a la cooperaci\u00f3n judicial internacional, de antigua fecha, con la adopci\u00f3n de medidas de cooperaci\u00f3n adecuadas alas convenciones internacionales m\u00e1s recientes\u201d.<\/p>\n<p align=\"justify\">El pen\u00faltimo punto, el n 10 se\u00f1ala que \u201cla ley en materia de sanciones administrativas tiene car\u00e1cter de normativa general, al servicio de disciplinas particulares que, en las distintas materias, prever\u00e1n sanciones destinadas a favorecer la eficacia y el respeto de normas para la tutela de los intereses p\u00fablicos\u201d.<\/p>\n<p align=\"justify\">Y en el \u00faltimo punto, el 11 se lee que \u201cestas intervenciones normativas se colocan en la direcci\u00f3n de una actualizaci\u00f3n destinada a dar mayor sistematismo y completar el sistema normativo vaticano\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Motu Proprio del Papa Francisco en materia penal, en continuidad con Benedicto XVI (RV).- \u00abEn nuestro tiempo, el bien com\u00fan est\u00e1 cada vez m\u00e1s amenazado por la delincuencia organizada y transnacional, el uso indebido de las condiciones econ\u00f3micas y del mercado, as\u00ed como el terrorismo\u00bb. 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