PARIENTE, PARENTELA

Originalmente Israel tuvo carácter tribal. Esta idea nunca se perdió totalmente, aunque a medida que fueron rodando los siglos las distinciones se fueron haciendo menos marcadas, hasta que en la actualidad prácticamente han desaparecido. Muchas de las relaciones familiares de Israel se deben entender en función de las costumbres tribales conocidas en todo el mundo. El parentesco consistía básicamente en la posesión de una misma sangre, y era más fuerte cuanto más próxima a su origen en la casa del padre, pero no se perdía en las ramificaciones más alejadas de la relación familiar. A la cabeza de la familia (mišpāḥâ) se encontraba el padre (˒āḇ), palabra que expresaba parentesco y autoridad. El padre fundaba una casa del padre (bêṯ ˓āḇ), que era la unidad más pequeña de la tribu. Pero la fuerte cohesión de la familia se extendía hacia arriba, del padre a los padres, y hacia abajo, del padre a los hijos e hijas. De allí que el término familia podía significar la casa del padre (bêṯ ˓āḇ), y también la casa de los padres (bêṯ ˓āḇôṯ). Más aun, hubo momentos en que a toda Israel se la consideraba como una familia.

Un cuadro de las relaciones tribales que es más o menos contemporáneo de los patriarcas procede de la sociedad de la edad del bronce media en *Mari, a orillas del Éufrates. Allí vivían a la par, en una sociedad dimórfica, pueblos seminómades y urbanos de un mismo tronco general. El grupo aldeano-pastoril no estaba constituido por merodeadores, sino por criadores de ovejas que trasladaban sus campamentos periódicamente en busca de agua y pasto, y que vivían en tiendas pero se asentaban por temporadas. Estos pueblos estaban organizados en “casas paternas” o “familias” (bit abim; cf. bêṯ ˓āḇ en Gn. 12.1, etc.). Estudios recientes proporcionan varias comparaciones detalladas entre Mari y la sociedad patriarcal. Los textos de Mari ofrecen pruebas literarias para dicha comparación.

La palabra hermano (˓āḥ) también denotaba diversas cosas. En su significado más simple se refería a los que tenían padres en común. En la Israel polígama había muchos hermanos que sólo tenían un mismo padre. Estos también eran hermanos, si bien esa hermandad no era igual a la de los que tenían una misma madre. Así en Gn. 42.4 hay dos clases de hermanos, plenos y medios. El hermano pleno se definía con la frase “Benjamín su hermano, hijo de su madre” (Gn. 43.29). Sin embargo, este término se ampliaba en la medida en que se experimentaba un sentimiento de consaguinidad. Dondequiera que hubiera una familia había hermanos, por cuanto todos eran portadores de parentesco (Gn. 24.4, 27, 38; Jue. 14.3). Por momentos todos los israelitas se consideraban hermanos entre sí (Ex. 2.11; Lv. 10.6; 2 S. 19.41–42).

Había límites a la proximidad del parentesco que se permitía cuando un hombre buscaba mujer. Abraham habría de buscar mujer para su hijo Isaac de su parentela (mišpāḥâ), y de la casa de su padre (bêṯ ˓āḇ), no de las hijas de Canaán (Gn. 24.38, 40). Tenía que ser alguien de la misma carne y sangre. Pero no podía ser parienta tan cercana como lo sería una hermana, una madre, la hija de un hijo suyo, etc. Las relaciones prohibidas se definen en Lv. 18.

Había obligaciones significativas entre los parientes. Entre las más importantes podemos mencionar las siguientes.

Como la mujer, casada con un hombre, normalmente tendría el privilegio de darle un hijo y heredero, en el caso de la muerte prematura del esposo sin hijo, la ley del levirato (véase *matrimonio), del lat. levir, ‘hermano del marido’, entraba en vigor, y su pariente más próximo le producía hijos al hombre que había muerto “sin nombre en Israel” (Dt. 25.5–16). Hay una buena ilustración de esto en el libro de Rut.

Luego, en la cuestión de la herencia, la propiedad del hombre generalmente pasaba a su hijo o hijos. En caso de que no los tuviese, pasaba a las hijas, y después, por orden, a sus hermanos, a los hermanos de su padre, y finalmente al pariente más próximo (Nm. 27.1–11).

Era obligación del pariente redimir la propiedad de otro pariente que hubiese caído en manos de acreedores (Lv. 25.25ss).

En la circunstancia especial en que algún hombre le quitara la vida a otro, por cuanto se trataba de parte de la vida de la familia, el hijo, o el hermano, o el pariente más cercano siguendo el (cf. Gn. 9.5–6). Cuando termina el parentesco, ya no queda ningún *vengador (gō˒ēl).

Bibliografía. R. de Vaux, Instituciones del Antiguo Testamento, 1985, pp. 49–104; id., Historia antigua de Israel, 1975, t(t). I, pp. 235–257; E. Heaton, La vida en tiempos del Antiguo Testamento, 1959.

W. G. Dever, “Palestine in the Second Millennium BC: The Archaeological Picture”, en J. H. Hayes y J. Maxwell Miller (eds.), Israelite and Judaean History, pp. 70–120, con buena bibliografía; D. Jacobson, The Social Background of the Old Testament, 1942; L. Kohler, Hebrew Man, 1956, pp. 75ss; A. Malamat, “Mari and the Bible: Some Patterns of Tribal Organization and Institutions”, JAOS 82, 1962, pp. 143–150; id., “Aspects of tribal Societies in Mari and Israel”, en J. R. Kupper (eds.), La civilization de Mari, XVð Rencontre Assyriologique Internationale, París, 1967; J. Pedersen, Israel I-II, 1926, pp. 49, 52, 58ss, 284ss, etc.; C. R. Taber, “Kinship and Family”, IDBS ; F. I. Andersen, “Israelite Kinship Terminology and Social Structure”, Bible Translator 29, 1969, pp. 29–39.

J.A.T.

Douglas, J. (2000). Nuevo diccionario Biblico : Primera Edicion. Miami: Sociedades Bíblicas Unidas.

Fuente: Nuevo Diccionario Bíblico